Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil de Merida (Extensión Mérida), de 19 de Julio de 2011
Fecha de Resolución | 19 de Julio de 2011 |
Emisor | Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil |
Ponente | Albio Antonio Contreras Zambrano |
Procedimiento | Acción Redhibitoria. |
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, diecinueve de julio de dos mil once.
201° y 152°
Vistas las pruebas promovidas en fecha 13 de julio de 2.011, por el ciudadano J.M.M.M., parte demandada en el presente juicio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio J.E.F.B., y siendo la oportunidad legal para admitirlas, en tal sentido este Tribunal pasa a providenciar los escritos de pruebas en la forma siguiente:
.- PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDADA: (JESÚS M.M.M.)
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- VALOR Y MÉRITO JURÍDICO DE LA COPIA FOTOSTÁTICA DEL DOCUMENTO CONSTITUTIVO DE LA SOCIEDAD MERCANTIL “INVERSIONES M.D. C.A.”
En cuanto al documento público que en copia fotostática fue promovido como “PRIMERA” y que obra del folio 239 al folio 246, este Juzgado lo tiene como fidedigno tal como lo señala el artículo 429, primer aparte del Código de Procedimiento Civil.
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- PRUEBA DE INFORMES:
En cuanto a la prueba de informes promovidas como “SEGUNDA” y “TERCERA”, este Juzgado admite las mismas cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva, y para su evacuación de conformidad con el artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, ordena oficiar:
• A la Oficina Comercial de CADAFE de Ejido, a los fines de que informe sobre la certeza del convenio de pago celebrado entre la mencionada oficina y el ciudadano J.M.M.M. y de si los pagos en él indicados fueron cumplidos y si actualmente se encuentra solvente respecto de dichos pagos para con la indicada empresa de energía eléctrica. Ofíciese.
• A la Dirección de Hacienda de la Alcaldía del Municipio Campo E.d.E.M., a los fines de que informe sobre la validez de la Solvencia Municipal Nº 2472, de fecha 16 de junio de 2.010 con vencimiento el día 16 de agosto de 2.010 y si el ciudadano J.M.M.M., se encuentra solvente para el período indicado respecto de las tasas e impuestos para con el Municipio Campo Elías. Ofíciese.
EL JUEZ TITULAR,
A.C.Z.
LA SECRETARIA TITULAR,
S.Q.Q.
En la misma fecha se ofició a la Oficina Comercial de CADAFE Ejido Municipio Campo E.d.E.M., bajo el Nº 528-2.011 y a la Dirección de Hacienda de la Alcaldía del Municipio Campo E.d.E.M., bajo el Nº 529-2.011. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,
S.Q.Q.
ACZ/SQQ/dsf.