Decisión de Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jauregui, Antonio Romulo Costa, Seboruco, José Maria Vargas, Francisco de Miranda, Uribante y Sucre de Tachira, de 28 de Enero de 2009

Fecha de Resolución28 de Enero de 2009
EmisorJuzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jauregui, Antonio Romulo Costa, Seboruco, José Maria Vargas, Francisco de Miranda, Uribante y Sucre
PonenteGloria Lucia Rios Rendón
ProcedimientoInspección Judicial

Comisión N° 685-2009.

Solicitud N° 1296.

En el día de hoy miércoles veintiocho de enero de dos mil nueve, siendo las 11:00 de la mañana, se trasladó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V., F.d.M., Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y luego de recorrer aproximadamente 30 kilómetros se constituyó a las (11:45 a.m.) en el inmueble ubicado en la Vía Principal de Las Mesas, Casa N° 15-47 del Municipio A.R.C.d.E.T., previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de dar cumplimiento a la Comisión ordenada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V. y F.d.M.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 15 de Diciembre de 2008, mediante oficio N° 3160-990, que guarda relación con la solicitud N° 1296, presentada por el ciudadano J.M.D.R., actuando como Alcalde A.R.C.d.E.T.. Está presente en representación de la parte solicitante la Abogada: C.d.V.G.N., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.351.133 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 93.855. Al llegar al lugar donde se constituyó

El Tribunal se encontró una factura de CADAFE signada con el N° DD 10239061, a nombre de F.D., emitida en fecha 17-11-2008, por un monto de Bs. 395,96; posteriormente el Tribunal para inspeccionar tanto este inmueble como los vehículos que se encuentran en el estacionamiento del mismo procede a nombrar como expertos asesores al ciudadano: M.A.M.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.549.505, Técnico Superior Universitario en Construcción Civil, quien asesorará en lo relativo a los inmuebles y al ciudadano: I.R.D.O., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.304.467, de ocupación mecánico automotriz, para que asesore en lo atinente a las condiciones mecánicas de los vehículos a inspeccionar, quienes impuestos de la normativa legal inherente a su designación aceptaron el nombramiento y prestaron el juramento de ley. Acto seguido la parte solicitante solicitó el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: Solicito a la ciudadana Juez proceda a pronunciarse sobre los particulares contenidos en el folio número 11 del escrito de solicitud y que se refiere al inmueble distinguido en el escrito con la letra “T” inmueble consistente en Terreno y casa para habitación el cual se encuentra ubicado en la calle 5 (Vía Principal), entre calles 15 y 16, Sector P.N. de la población de Las Mesas, Municipio A.R.C.d.E.T., el cual le pertenece a mi representada según documento Registrado por ante el Registro Público de los Municipios Jáuregui, Seboruco, A.R.C., J.M.V. y F.d.M.d.E.T., debidamente anotado bajo el Nº 24, Tomo 51 de fecha 02 de Octubre de 2007, el cual se acompañó en copias simples marcado “T” y los vehículos: Primero: Marca FORD; Modelo PICK-UP 4X4, Año 1996; Clase CAMIONETA; Uso CARGA; Color VERDE; Serial del Motor V 8 CIL; Serial de Carrocería AJF1TP15956; Placa 15G-SAA, según Certificado de Registro de Vehículo, emanado por el Instituto Nacional de Transito y Transporte Terrestre Nº 22633924-AJF1TP15956-3-1 de fecha 08 de Diciembre de 2001; el cual se acompañó en copias simples marcado “A” y Segundo: Marca FORD; Modelo F-150; Año 2.004; Clase CAMIONETA PICK-UP; Uso CARGA; Color AZUL; Serial del Motor -5 A17844; Serial de Carrocería 8YTRF08LO58A17844; Placa 22Y-ABE, según Documento Autenticado por ante la Notaría Pública de La Fría, Municipio G.d.H.d.E.T., de fecha 11 de Febrero del 2005, quedando inserto bajo el Nº 82, Tomo 06; el cual se acompañó en copias simples marcado “C”, es todo. El Tribunal procede a pronunciarse sobre los particulares siguientes así: Con respecto al PRIMERO: Dejar constancia sobre las características tanto internas como externas de los Bienes Muebles e Inmuebles a inspeccionar. Para este particular el Tribunal deja constancia que se trata de una edificación de dos plantas, con dos encontrándose en la primera, la fachada principal en condiciones regulares de pintura, la ventanas de romanilla, en buen estado con carencia de 28 vidrios y 6 bombillos de las lámparas. En la parte lateral izquierda, pintura en malas condiciones, paredes en obra negra, acometida eléctrica que presenta el cableado externo colocado de manera artesanal; la parte lateral derecha, con pintura de paredes en malas condiciones, presencia de cajetines de lámparas y el cableado, con ausencia de lámparas; en la parte trasera solo se observan marcos y rejas de ventanas, las paredes con pintura en malas condiciones; en la fachada lateral derecha, las ventanas tienen reja y marco, sin romanilla ni vidrios. Una reja y puerta metálica que desde el exterior da acceso a una cocina con gabinetes aéreos, recubiertos de cerámica, sin puertas. Una habitación con puertas entamboradas, con piso de cerámica imitando parcket, se observa un aire acondicionado mini splint marca Riviera, modelo RAC-P180CHS de 18000 btu y posee una unidad exterior modelo RACP180CHS, se observa que le faltan piezas y tiene el cableado en malas condiciones, las paredes presentan filtraciones internas, el closet es de cemento sin puertas. Un baño con cerámica color marrón, piezas sanitarias de color beige, sin servicio de agua, con el dispensador de papel partido, una división corrediza de aluminio y fibra color beige para la regadera. Desde la calle se puede acceder a un amplio salón a través de 5 puertas de metal y vidrio, se encuentran intercaladas 6 columnas de apoyo, al lado derecho y debajo de la escalera hay un pequeño depósito con marco de madera, Una habitación con pintura en malas condiciones, hay un aire acondicionado Samsung, tipo mini splint, modelo UST12WHWB, de 12000 btu, el cual no funciona, se accede a un baño privado a través de una puerta entamborada de madera, revestida en cerámica negra, piezas negras y cenefa gris, piso de cerámica gris, sin ducha, con llave de paso, closet de madera de dos puertas, faltan las 4 gavetas, revestido de cemento. Una habitación con un closet de dos puertas y 4 gavetas pequeñas con puertas de madera. Una sala de baño con cerámica color gris y azul sin accesorios, piezas color gris, sin servicio de agua ni grifo, con filtraciones internas en las paredes, puerta de hierro. El piso del salón es de baldosa color amarilla, se observan 11 lámparas circulares fluorescentes, 5 de ellas dañadas. En la parte trasera hay un lavadero en malas condiciones, con filtraciones en las paredes y un baño con cerámica a media pared color azul y blanco, con regadera, el lavamanos esta en buenas condiciones, el WC no tiene conexiones ni accesorios para su funcionamiento. Para subir al segundo piso se hace a través de una escalera en dos tramos, con pasamanos metálico, revestidas de cerámica, con flejes de plástico en malas condiciones, a la cual se accede por medio de una puerta de metal tipo reja y dos metálicas, una con vidrio y otra completa. En el segundo piso se observa la siguiente distribución: Una sala de estar con ventana de madera de 3 cuerpos, con marco y reja de seguridad, con dos bombillos, uno quemado; Un balcón frontal que bordea la mayoría de la parte superior de la casa, en el pasillo derecho falta 36 piezas de cerámica, con reja de protección de 1,20 mts de altura. Un salón central de piso de cerámica cuadrada, beige, con jaspeado marrón, techo de viga vaciada en concreto recubierta de teja criolla como se observa desde el exterior. Una habitación con ventana de madera, reja de seguridad, aire acondicionado tipo splint, marca LG, con unidad condensadora modelo S122CGU4T de 12000 btu, serial 511KAGD00060, 2 tomas dobles, un apagador y una lámpara; puerta de madera, con chapa, closet de madera y cemento, divisiones en madera, con 6 gavetas grandes, 4 puertas medianas y en la parte inferior tiene dos pequeñas puertas (una está desprendida por deterioro de la bisagra). Un baño con piezas beige, con dos puertas entamboradas para acceso (un acceso por el salón y otra por la habitación antes descrita), con cerámica estilo granito en el piso y las paredes beige con cenefa; se percibe en buenas condiciones sin comprobar el estado de funcionamiento por no haber servicio de agua, sin ducha. Una habitación con puerta de madera con chapa, piso de cerámica beige, ventana de madera y reja de seguridad, aire acondicionado tipo mini splint, marca samsung, serial PAEL200508W, modelo UST12WHWB, de 12000 btu, completamente dañado, closet de concreto y puertas de madera, con espejo, con 8 gavetas, faltan 4 de ellas, con baño privado, piezas color rosa viaja, cerámica vino tinto en las paredes, con cenefa, piso de cerámica gris, ventana de persiana y vidrios, con reja, la puerta es entamborada con la chapa dañada, los marcos de la puerta son de madera, sin ducha. Una habitación con puerta de madera con chapa, piso de cerámica beige, ventana de madera y reja de seguridad, aire acondicionado, tipo mini splint, marca LG, con unidad condensadora modelo S122CGU41, serial 511KAQJ00028, inservible, closet de concreto y puertas de madera, falta una puerta del maletero y dos entrepaños. Una habitación con puerta de madera con chapa, piso de cerámica beige, ventana de madera y reja de seguridad, aire acondicionado marca LG, Tipo mini splint, con unidad condensadora modelo LSC182TGMO(U), serial 312KA02946 de 18000 btu, closet de concreto y puertas de madera, con 5 gavetas y 1 entrepaño con puerta, un espejo, con baño privado, piezas color azul oscuro, cerámica a.c. en las paredes, con cenefa, piso de cerámica a.c., ventana de persiana y vidrios, con reja, la puerta es entamborada con chapa, los marcos de la puerta son de madera, sin ducha. Una cocina con estructura de cemento revestida de cerámica a media pared, con mesón y barra revestida de granito color negro, una despensa revestida de cerámica con puertas de madera con barniz en mal estado, lavaplatos de aluminio de 2 tazas, con llave, el desagüe está roto y se observa una conexión exterior que da al pasillo rompiendo la pared, hay 2 ventanas con reja de seguridad, piso de cerámica beige. Un balcón trasero con reja y puerta de con chapa, pisos de cemento pulido color amarillo en malas condiciones, área de servicios techada, lavadero forrado en cerámica y tanque anexo; dos tanques de agua con capacidad de 5000 litros aproximadamente cada uno, el mas alto techado con Acerolit, soportado por 4 columnas de concreto; un área pequeña con gabinete de 2 niveles; una habitación con puerta de hierro y rejas de seguridad, sin ventanas. Se deja constancia que el inmueble en su totalidad presenta deterioro generalizado en la pintura, suciedad y filtraciones en la fachada este. Las instalaciones eléctricas se encuentran en malas condiciones, hay una caja de 10 circuitos en las cuales se observa hubo un corto circuito evidenciado por las quemaduras y aspecto de la brekera y alrededores. También se deja constancia que ninguno de los aires acondicionados posee su respectivo control remoto. Pasando al exterior del inmueble encontramos un estacionamiento con portón metálico de corredera, en buenas condiciones, con puerta de acceso para las personas con chapa, a su derecha hay un área techada en con lámina de acero galvanizado soportado por dos columnas y serchas y correas metálicas, en malas condiciones. Existe otra área techada al fondo de láminas de acero galvanizado, soportada por vigas doble T y una columna, deterioradas, quedando un área despejada de 75 % aproximadamente, pisos de cemento con tramos dilatados en mal estado, al lado del baño externo se observa la acumulación de arena desde hace tiempo evidenciado por la maleza que la recubre y escombros. La pintura de las paredes perimetrales están en mal estado, la fachada del estacionamiento está en obra negra. Hasta este momento del acto el tribunal contó con la asesoría del TSU M.A.M.C., antes identificado. En cuanto al numeral Tercero y Quinto se deja constancia que existen en el estacionamiento del inmueble de constitución los dos vehículos descritos por la abogado solicitante; el tribunal deja constancia que asesorado por el ciudadano: I.R.D.O., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.304.467, se pasa a describir las condiciones mecánicas del vehículo marcado “A”: la latonería y pintura presentan regular estado (deterioro propio del uso), no se observan golpes o abolladuras en su exterior, los cauchos están en mal estado en sus bandas de rodamiento por desgaste; la tapicería y el tablero están en mal estado, manillas de los vidrios en mal estado, el retrovisor del conductor en regular estado, la luz alta está quemada, el radio reproductor no funciona, no posee caucho de repuesto, el motor aunque está en funcionamiento presenta irregularidades, el motor no tiene serial, el parachoque trasero evidencia un impacto; las demás características se corresponden por las indicadas por la abogada anteriormente. En cuanto al vehículo marcado “C”, se observa que las condiciones de latonería y pintura son buenas con escasos deterioros propios del uso, el retrovisor del chofer está destruido, la tapicería se encuentra en regular estado, no tiene la placa delantera, el spoiler delantero está partido, no tiene gato, el caucho trasero derecho está desinflado, las demás características se corresponden con las señaladas por la parte solicitante anteriormente. El tribunal acuerda suspender la práctica de la presente medida hasta el día de mañana a las 9:30 a.m. motivado a que faltan muchos numerales por cubrir. Se da por concluido esta parte del acto, se leyó y firmó en señal de conformidad y se acuerda regresar a la sede, siendo las cinco y quince de la tarde. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. La Juez, (LS) Firma ilegible. Abog. G.L.R.R..- La Síndico solicitante, Firma ilegible. Abog. C.d.V.G.N..- Los Expertos, Firma ilegible. TSU. M.A.M.C..- Firma ilegible. I.R.D.O..- El Secretario, Firma ilegible. Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras.- Diarizado N° 05.

En el día de hoy jueves veintinueve (29) de enero de dos mil nueve, siendo las 09:30 de la mañana, se trasladó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V., F.d.M., Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y luego de recorrer aproximadamente 30 kilómetros se constituyó a las (10:05 a.m.) en el inmueble ubicado en la Vía Principal de Las Mesas, inmueble signado con el N° 14-45 del Municipio A.R.C.d.E.T., previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de continuar dando cumplimiento a la Comisión ordenada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V. y F.d.M.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 15 de Diciembre de 2008, mediante oficio N° 3160-990, que guarda relación con la solicitud N° 1296, presentada por el ciudadano J.M.D.R., actuando como Alcalde A.R.C.d.E.T.. Está presente en representación de la parte solicitante la Abogada: C.d.V.G.N., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.351.133 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 93.855. Al llegar al lugar donde se constituyó. Posteriormente el Tribunal para inspeccionar este inmueble procede a nombrar como experto asesor al ciudadano: J.A.N., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.897.352, Ingeniero Civil inscrito en el C.I.V.N° 150.085, quien asesorará en lo relativo a los inmuebles, quien impuesto de la normativa legal inherente a su designación aceptó el nombramiento y prestó el juramento de ley. Acto seguido la parte solicitante solicitó el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: Solicito a la ciudadana Juez proceda a pronunciarse sobre los particulares contenidos en el folio número 04 del escrito de solicitud y que se refiere al inmueble distinguido en el escrito con la letra “F”, inmueble consistente en Terreno y Galpón (Taller Mecánico), ubicado en la Vía Principal Las Mesas, entre carreras 14 y 15, debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Jáuregui del Estado Táchira, anotado bajo el Nº 04, Tomo VI, Protocolo Primero de fecha 16 de Mayo del 2.001, el cual acompaño en copias simples marcado “F”. El Tribunal procede a pronunciarse sobre los particulares siguientes solicitados así: El inmueble a inspeccionar consiste en un terreno de aproximadamente 15 metros de frente por 50 metros de fondo, el cual esta destinado a ser usado como taller mecánico, con portón metálico frontal, con pisos de tierra, cercado en paredes de bloque de aproximadamente 2,00 m de altura, sin viga de corona, sin frisar, sin pintar y fracturadas, con el nivel del suelo inferior al de la calzada lo que ocasiona anegaciones como se evidencia de las canales para desagüe y el lodo presente en el suelo. Las instalaciones eléctricas no están empotradas; es decir, se encuentran superficialmente y construidas artesanalmente. Existe un área de 15, 20 de fondo por 8,30 m de ancho que se encuentra techada con acero galvanizado, soportado por vigas de madera (bambú) amarrada con alambre dulce y apoyada en columnas tubulares y de concreto, en evidente estado de deterioro. No existen instalaciones sanitarias (baños, duchas, lavamanos, vestier). Sin alumbrado interior. Se observa un pequeño rancho de bambú, que hace las funciones de depósito. Existen instalaciones de aguas blancas superficiales y deterioradas. Con respecto al Numeral Tercero y Quinto, el Tribunal deja constancia que se en el interior del inmueble antes descrito los siguientes vehículos: Una Retroexcavadora 416 Caterpilar; Un volteo Marcha Chevrolet, tipo Kodiak; Dos Carrocerías con Bastidor de Camionetas Niva, una podadora Marca Gravely; Un patrol Caterpillar N° 12; Un Camión Tritón Ford 350 XL Super Duty; Un Camion Compactador de Basura Chevrolet Kodiak, Modelo 3116, Un Toyota Land Cruiser. Seguidamente, la parte actora solicitó el derecho de palabra y en uso del mismo expuso: solicito a la ciudadana Juez proceda a pronunciarse Primero: sobre los particulares contenidos en el folio número 11 del escrito de solicitud y que se refiere Vehículo Marca CHEVROLET; Modelo KODIAK; Año 2.001; Clase CAMION; Tipo VOLTEO; Uso CARGA; Color BLANCO; Serial del Motor 61V349584; Serial de Carrocería 8ZCP7H1J61V349584; Placa 31L-KAJ, según Certificado de Registro de Vehículo, emanado por el Ministerio de Infraestructura, Instituto Nacional de Transito y Transporte Terrestre Nº 24979225 de fecha 12 de Octubre de 2006; el cual acompañé en copias simples marcado “G”. El Tribunal para inspeccionar los vehículos procede a nombrar como experto asesor al ciudadano: W.A.C.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.684.599, mecánico Diesel, quien asesorará en lo relativo a los vehículos y quien impuesto de la normativa legal inherente a su designación aceptó el nombramiento y prestó el juramento de ley. Continuando con el acto y dando cumplimiento a lo solicitados en los numerales Tercero y Quinto del escrito de solicitud el tribunal se pronuncia así: Se trata de un camión con las característica señaladas por la síndico procuradora municipal anteriormente y se observa que los cauchos traseros se encuentran en mal estado, el vidrio delantero está partido, no tiene batería, la latonería y pintura están en mal estado, el piso y las paredes de la tolva están en regular estado, la tapa de la tolva está deteriorada, no tiene guardabarros, el soporte de la suspensión del lado derecho está partido, el caucho de repuesto está en mal estado, los cauchos delanteros está a media vida útil y se observa un bote de aceite en el cajetín hidráulico. Nuevamente la Síndico en uso del derecho de palabra solicita pronunciarse sobre: Segundo: Vehículo Marca TOYOTA; Modelo LAND-CRUISER, Año 1982; Tipo Pick-Up; Clase RUSTICA; Uso CARGA; Color AZUL; Serial del Motor 2F564564; Serial de Carrocería FJ45911926; Placa 592-VCK, según Certificado de Registro de Vehículo, emanado por el Ministerio de Infraestructura Nº 24979223 de fecha 12 de Octubre de 2006; el cual acompañé en copias simples marcado “B”. El Tribunal al respecto expone: Se trata de un vehículo rústico con las característica señaladas por la síndico procuradora municipal anteriormente y se observa que presenta en mal estado la latonería y la pintura, la tapicería y los tableros están en mal estado, las luces están en mal estado, no posee placa trasera, el motor está con desgaste y bajo de presión, la plataforma está en regular estado. Nuevamente la Síndico en uso del derecho de palabra solicita pronunciarse sobre: Tercero: Un vehículo Marca CHEVROLET; Modelo FVR; Año 2.007; Clase CAMION; Tipo CHASIS; Uso CARGA; Color BLANCO; Serial del Motor 47V339416; Serial de Carrocería 8ZCP8G5F47V339416; Placa 79N-IAE, según Certificado de Origen Nº A R-038301, emanado por el Ministerio de Infraestructura, Instituto Nacional de Transito y Transporte Terrestre de fecha 28 de Febrero de 2007; el cual acompañé en copias simples marcado “K”. El Tribunal al respecto expone: Se trata de un compactador de basura actualmente en uso, con el detalle que presenta un pequeño impacto en el parachoque delantero derecho y los cauchos se encuentran a media vida útil. Nuevamente la Síndico en uso del derecho de palabra solicita pronunciarse sobre: Cuarto: Un Vehículo Marca CHEVROLET; Modelo KODIAK; Año 2.001; Clase CAMION; Tipo VOLTEO, Uso CARGA; Color BLANCO; Serial del Motor 61V349598; Serial de Carrocería 8ZCP7H1J61V349598; Placa 45L-KAJ, según Certificado de Registro de Vehículo, emanado por el Ministerio de Infraestructura, Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre Nº 24979227 de fecha 12 de Octubre de 2006; el cual acompañé en copias simples marcado “F”. El Tribunal al respecto expone: se trata de otro compactador de basura con los datos descritos anteriormente y presenta la tapicería en mal estado, el tablero en regular estado, no posee radio reproductor, está sin baterías, actualmente está en reparación del sistema de compactación, la latonería y la pintura se encuentra en buen estado. Nuevamente la Síndico en uso del derecho de palabra solicita pronunciarse sobre: Quinto: Vehículo Marca FORD; Modelo F-350, Año 2.006; Clase CAMION; Tipo CHASIS; Uso CARGA; Color BLANCO; Serial del Motor 6 A23587; Serial de Carrocería 8YTKF375468A23587; Placa 89A-SAK, según Certificado de Origen Nº A L-28953, emanado por el Ministerio de Infraestructura, Instituto Nacional de Transito y Transporte Terrestre de fecha 26 de Octubre de 2005; el cual acompañé en copias simples marcado “J”. El tribunal al respecto expone: Se trata de un camión tritón Ford 350XL Super Duty, con la carrocería, pintura, tapicería y caucho de repuesto en buen estado, la bomba de la gasolina está fallando, no tiene batería, en la plataforma está anexa una cabina para transporte del personal obrero, la cual se encuentra en mal estado. Nuevamente la Síndico en uso del derecho de palabra solicita pronunciarse sobre: Sexto: Vehículo Marca FORD; Modelo F-150; Año 2.000; Clase CAMIONETA; Tipo Pick-Up; Uso CARGA; Color BLANCO; Serial del Motor Y A17664; Serial de Carrocería 8YTEF1727Y8-A17664; Placa 67V-GAH, según Certificado de Origen Nº A-102769; emanado por el Ministerio de Infraestructura, Instituto Nacional de Transito y Transporte Terrestre de fecha 04 de Febrero de 2000; el cual acompañé en copias simples marcado “E”. El Tribunal al respecto expone: se trata de una ambulancia, con latonería y pintura en regular estado, la puerta de la cabina trasera se encuentra deteriorada, la tapicería está en mal estado, la camilla está en regular estado, la tabiquería y gabinetes están en regular estado, la misma está operativa y el resto de las características se corresponden con las señaladas anteriormente. Nuevamente la Síndico en uso del derecho de palabra solicita pronunciarse sobre: Séptimo: Vehículo Marca FORD; Modelo F-150, Año 2.005; Clase CAMIONETA; Tipo AMBULANCIA: Uso CARGA; Color PLATA; Serial del Motor 5 A24251; Serial de Carrocería 3FTE17WX5MA24251; Placa 95C-PAF, según Certificado de Registro de Vehículo, emanado por el Ministerio de Infraestructura, Instituto Nacional de Transito y Transporte Terrestre Nº 24979226 de fecha 12 de Octubre de 2006; el cual acompañé en copias simples marcado “H”. El Tribunal al respecto expone: se trata de una ambulancia, con latonería y pintura en buen estado, la puerta de la cabina trasera se encuentra en regular estado, la caja de velocidades está deslizando, por lo demás la misma está operativa y el resto de las características se corresponden con las señaladas anteriormente. Nuevamente la Síndico en uso del derecho de palabra solicita pronunciarse sobre: Octavo: Vehículo Marca IVECO; Modelo 59-12; Año 2.005; Clase AUTOBUS; Uso TRANSPORTE PASAJEROS; Color BLANCO; Serial del Motor 81404336213946717; Serial de Carrocería 93Z0658S65V302155; Placa 30A-SAJ, según Certificado de Origen Nº A I-18803, emanado por el Ministerio de Infraestructura, Instituto Nacional de Transito y Transporte Terrestre de fecha 10 de Diciembre de 2004; el cual acompañé en copias simples marcado “D”. El tribunal se pronuncia al respecto así: las características se corresponden con las señaladas anteriormente, por lo demás se trata de un autobús con capacidad para 24 pasajeros, con latonería y pintura en regular estado, los cauchos traseros se encuentran a media vida útil, el parachoques trasero esta deteriorado, el stop izquierdo está partido, el depósito del agua está sin tapa, las luces de retroceso no prenden, el piso del autobús es de madera y esta en mal estado, el tablero y tapicería se encuentran en regular estado, el termoking no funciona, no posee aire acondicionado, los cojines y pasamanos están en regular estado, el techo está en regular estado, la fuente de poder del tv interno está dañada, mecánicamente está en buen estado de operatividad. En este estado solicitó el derecho de palabra la Síndico y expone: Solicito al Tribunal se sirva describir las condiciones en que se encuentran los demás vehículos y bienes que se hallan en el estacionamiento y que no aparecen descritos en la solicitud, es todo. El tribunal hace constar que se encuentra una retroexcavadora 416, Serial 5PC09110 Caterpillar, el cual se encuentra con los cauchos delanteros destrozados, los trasero a media vida útil, el motor y la caja no funcionan, la carrocería está mala, el tablero y la tapicería están en regular estado, no tiene luces ni baterías. También está un Patrol Caterpillar N° 12, Serial 13K3757, motor grade inoperable, los cauchos está a medio uso, sin baterías, la pala está en regular estado, el sistema de mando está en regular estado, el tablero está en regular estado, el cojín está destrozado, no tiene vidrios, se encuentra sin alternador, las puertas están dañadas, están sujetas mediante amarres de cabuya, no tiene luces. Se observa un PAILODER (Cargador) Caterpillar 950, serial 49U224, con cauchos a media vida útil, con desperfectos en la caja, se observa un bote de aceite en el carter, el tablero está en mal estado, el cojín está en regular estado, no tiene vidrios ni puertas, no tiene instalaciones para luz, se encuentra en uso. Dentro del terreno también se encuentra una podadora marca Gravely, motor Bristato, de 16 HP, sin serial visible, la cual está fuera de uso. También se observan los siguientes objetos: 5 baterías para máquina que luego de probarlas se encontraban quemadas, 2 cauchos N° 11, uno nuevo y otro en regular estado, 2 cauchos ring 16 deteriorados, 1 válvula para agua marca Polo de 6” nueva, 12 uniones de tubería 6” buenas, 2 unión patente de 4” buenas, 2 mezcladoras de cemento (Trompos) inservibles, una valla metálica con su base de 1 x 2 m en buen estado, un taladro de banco modelo CH4, motor de ¼ HP, serial 1977-4668, con capacidad de 13 mm, Marca KH, en mal estado, Un esmeril sin seriales visibles, en mal estado, una prensa marca Record N°6, en regular estado, una polea de levantamiento (Señorita) en mal estado, un compresor de aire, marca Truper, modelo COMP-25L, de 1500Watt, color verde en buen estado, 2 graseras manuales en regular estado, una manguerra de ½” para compresor de 6 m de longitud, en buen estado, una bomba manual o a manivela, en regular estado, un gato con capacidad para 2,5 Ton, sin seriales visibles, en mal estado, Un compresor, marca Ingersoll Rand, Serial 30T476033, modelo 231, color rojo, inservible, un gato de 10 Ton, sin seriales visibles, en regular estado, 2 marcos de segueta en regular estado, un cajón de estructura metálica cuadrada, de color azul con 2 puertas cerradas con candado para guardar herramientas, 2 chasis viejos inservibles, un muelle para descargar motores, en regular estado, una válvula de 6 pulgadas en mal estado, un mueble de madera con repuestos usados inservibles (chatarra), es todo. En este estado solicitó el derecho de palabra la síndico procuradora Municipal y en uso del mismo expone: Por cuanto en este taller no hay mas bienes que inspeccionar, solicito a la ciudadana Juez se sirva trasladarse hasta el matadero de este Municipio, para continuar con la practica de la inspección. El tribunal visto el pedimento anterior acuerda trasladarse al lugar indicado y continuar allí las demás actuaciones, siendo las dos y treinta de la tarde. Una vez ubicados en un inmueble contiguo a la Sede del Matadero Municipal de A.R.C., casa sin número, el Tribunal se constituyó y notificó de su presencia a la ciudadana: R.B.H., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.280.180, quien manifestó habitar este inmueble actual propiedad de la Alcaldía en calidad de ocupante. Acto seguido la parte solicitante solicitó el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: Solicito a la ciudadana Juez proceda a pronunciarse sobre los particulares contenidos en el folio número 04 del escrito de solicitud y que se refiere al inmueble distinguido en el escrito con la letra “M” consistente en: Terreno y casa para habitación, ubicado en la Vía Principal, Sector El Vero, debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario del Municipio Jáuregui del Estado Táchira, anotado bajo la Matricula Nº 04-RI-T15-7, de fecha 12 de Mayo de 2.004, el cual acompaño en copias simples marcado “M”. El tribunal con la asesoría de experto J.A.N., se pronuncia así: se trata de una casa para habitación y terreno o solar con las características indicadas anteriormente, la casa está construida de acero galvanizado, con correas metálicas de 2 x 2 amarres de gancho, paredes de bloque de cemento sin frisar y pintadas, consta xde tres habitaciones a medias paredes, sin techo, de bloque sin frisar, pisos de cemento rústico (obra negra), tiene tres ventanas metálicas, dos de ellas de puerta batiente y una con persianas de aluminio, de 9 tpaños con 4 vidrios escarchados azules, tres puertas metálicas, 2 hacia el exterior y 1 a la parte posterior, un área de cocina, un baño exterior con un WC de granito, con puerta metálica, un patio en concreto, un tanque de agua de concreto con bases de columnas y vigas de concreto el cual presenta filtraciones, un lavadero hecho de concreto en obra limpia. Las instalaciones eléctricas sobrepuestas en techos y paredes, las tuberías de aguas blancas sobrepuestas, descarga de aguas negras en mal estado, el acceso a la vivienda es mediante un camino de tierra, no posee paredes de lindero, el solar constituye el resto del inmueble, tiene árboles frutales y rastrojos, es todo. Acto seguido la parte solicitante solicitó el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: Solicito a la ciudadana Juez proceda a pronunciarse sobre los particulares contenidos en el folio número 04 del escrito de solicitud y que se refiere al inmueble, consistente en un Terreno ubicado en la Vía Principal, Sector El Vero (Matadero), debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Jáuregui del Estado Táchira, anotado bajo el Nº 13, Tomo VI, Protocolo Primero de fecha 15 de Diciembre de 1.994, el cual acompañé en copias simples marcado “L”. El tribunal pasa a pronunciarse en cuanto a lo solicitado y expone: Se trata de un terreno con dos construcciones, que se utilizan para sacrificar ganado (Matadero Municipal), la primera estructura corresponde al área de beneficio de ganado, que consta de techos de acerolit en buen estado, correas de 2 x 1 en regular estado, viga de carga metálica de tipo IPN de 12 cm de espesor, vigas de concreto de 18x18 cm paredes con bloque frisadas y pintadas del techo a la pared, pared mediana recubierta con cerámica blanca en mal estado, columnas en concreto de 18x18 cm, un baño con un WC en malas condiciones, medias paredes en bloque frisadas y pintadas sin techo con puertas metálicas, un depósito a medias paredes de bloque frisado y pintado, con puerta y ventanas metálicas, un tanque de agua de concreto frisado y con desagüe de canal, instalaciones eléctricas sobrepuestas en paredes y techos con dobles flectores, uno en funcionamiento y otro no. Instalaciones de aguas blancas sobrepuestas, piso en concreto con drenajes de canal y tubería, trampa de ganado de estructura de hierro en regular estado, con escalones de concreto, estructura metálica de corredera para el desposte, en malas condiciones, una ganchera estacionaria, puerta de acceso metálica, una vaquera con estructura metálica que se comunica con el matadero, instalaciones para el salado de cueros, provisional en malas condiciones, sin electrificación. La otra construcción o estructura, separada de la anterior por un patio de tierra, consta de un galpón de techo con acerolit, con correas y serchas metálicas en regulares condiciones, instalaciones eléctricas sobrepuestas, piso de concreto, paredes frisadas y pintadas, con orejas metálicas, un portón metálico, dos habitaciones, con bloque frisado, cerca perimetral en bloque sin frisar deterioradas, con columnas de 20 x 20 sin viga de corona, portón metálico y el acceso en tierra, con presencia de charcas por no tener drenajes; eso en lo que respecta a su estructura. En este estado, la síndico procuradora solicita suspender nuevamente la medida por lo avanzado de la hora y ruego se sirva continuar con la práctica el día lunes 02 de febrero de 2009. El tribunal acuerda de conformidad, y se fija el traslado para el lunes a las 9:30 a.m. a los fines de continuar con su práctica. El secretario da lectura al acta y en señal de conformidad se firma. Se acuerda regresar a la sede a las cinco de la tarde. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.- La Juez, (LS) Firma ilegible. Abog. G.L.R.R..- La Síndico solicitante, Firma ilegible. Abog. C.d.V.G.N..- Los Expertos, Firma ilegible. Ing. J.A.N..- W.A.C.C..- Firma ilegible. La Notificada, Firma ilegible. R.B.H..- El Secretario, Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras. Diarizado N° 07.-

En el día de hoy martes tres (03) de febrero de dos mil nueve, siendo las 09:30 de la mañana, se trasladó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V., F.d.M., Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y luego de recorrer aproximadamente 31 kilómetros se constituyó a las (10:30 a.m.) en el inmueble ubicado en la Vía Principal de Las Mesas, específicamente en la sede del Matadero del Municipio A.R.C.d.E.T., previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de continuar dando cumplimiento a la Comisión ordenada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V. y F.d.M.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 15 de Diciembre de 2008, mediante oficio N° 3160-990, que guarda relación con la solicitud N° 1296, presentada por el ciudadano J.M.D.R., actuando como Alcalde A.R.C.d.E.T.. El tribunal hace la observación de que el traslado estaba fijado para el día de ayer lunes 2 de febrero de 2009; pero motivado a que ese día fue decretado por la Presidencia de la República como día de júbilo no laborable. Está presente en representación de la parte solicitante la Abogada: C.d.V.G.N., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.351.133 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 93.855. Al llegar al lugar de constitución el Tribunal para inspeccionar este inmueble procede a nombrar como experto asesor al ciudadano: J.A.T.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.094.391, técnico medio en el área de mantenimiento industrial, quien asesorará en lo relativo a la descripción de los bienes y maquinaria que se observa en el depósito, quien impuesto de la normativa legal inherente a su designación aceptó el nombramiento y prestó el juramento de ley. Acto seguido la parte solicitante solicitó el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: Solicito a la ciudadana Juez proceda a describir las características y condiciones en que se encuentran los bienes muebles, maquinarias y equipos que se encuentran en el inmueble anexo al matadero, es todo. El Tribunal procede a describir los bienes así: Un Tractor Landini, serie 8860, motor 4 cilindros, sencillo, tipo TEXL/AA N° 36305, color azul, motor perkins nuevo. Un Tractor Landini, serie 8860, motor 4 cilindros, doble transmisión, tipo TS19/2, modelo 7860-8860 N° TEYLX39229, color azul, nuevo. Una prensa de banco de 4 pulgadas, Marca Bench.vise, nueva. Tres pensa para tubo, industrial, marca Bench top yoke type vise nuevas. 6 tableros para laboratorio. 14 serruchos de mano con 5 hojas de repuesto cada una, nuevos. 10 serruchos para podar medianos nuevos. Un cuadro sin marco del escudo del Municipio A.R.C.. Dos soldadores marca praxair, modelo A212.1 de color verde, nuevos. Dos Mufla ( hornos de laboratorio ) con control e indicación, marca J.P. Selecta, S.A. seriales 449244 y 0449268. Una estufa con control de temperatura, marca Selecta, serial 450466, color blanco y azul, nueva, sin comprobar su estado de funcionamiento. Dos equipos para soldadura y corte oxiacetilénico con carretilla y botellas de oxigeno y acetileno con capacidad de 5 litros. Un motocultor marca T.B.H. “Big Red”, serial 1C314G70033 color rojo. Un motocultor marca T.B.H. “Big Red”, serial 1C314G70031 color rojo. Cinco descornadores manuales, nuevos. 10 paladraga nuevos. 25 Barretones nuevos. Un estante de madera con 5 entrepaños y puerta con llave. Un estante de madera sin entrepaños. Dos esmeriles de pedestal marca Superlema, tipo E1, seriales N° 10618604 y 10615304, color azul nuevos. Un estante de madera de 5 entrepaños, de 2,00 m x 0,93 m x 0,40 m, nuevos. 18 pares de botas de caucho tipo media caña color amarillo, talla 39.- 26 pares de botas de caucho tipo media caña color amarillo, talla 40.- 93 pares de botas de caucho tipo media caña color amarillo, talla 41.- 107 pares de botas de caucho tipo media caña color amarillo, talla 42.- 42 pares de botas de caucho tipo media caña color amarillo, talla 43.- 10 pares de botas de caucho tipo media caña color amarillo, talla 44.- 12 Pata de cabra de 1,50 m. 12 bancos de trabajo en estructura metálica con cajón metálico con dimensiones 150 cmx 750 mm x 93 cm. Una puerta metálica marca Heco, tipo persiana. 75 canaletes nuevos. 2 Estufas con control de temperatura marca Selecta, color blanco y azul, seriales N° 449423 y 449435. 102 pares de guantes marca TUFFJUBA. En este estado, siendo las 5:15 pm, la síndico procuradora solicita suspender nuevamente la medida por lo avanzado de la hora y rogó se sirva continuar con la práctica el día de mañana 04 de febrero de 2009. El tribunal acuerda de conformidad, y se fija el traslado para el miércoles a las 9:30 a.m. a los fines de continuar con su práctica. El secretario da lectura al acta y en señal de conformidad se firma. Se acuerda regresar a la sede a las cinco y treinta de la tarde. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.- La Juez, (LS) Firma ilegible. Abog. G.L.R.R..- La Síndico solicitante, Firma ilegible. Abog. C.d.V.G.N..- El Experto, Firma ilegible. J.A.T.C..- El Secretario, Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras.- Diarizado N° 10.-

En el día de hoy miércoles cuatro (04) de febrero de dos mil nueve, siendo las 10:00 de la mañana, se trasladó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V., F.d.M., Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y luego de recorrer 30 kilómetros se constituyó a las (10:30 a.m.) en el inmueble ubicado en la Vía Principal de Las Mesas, específicamente en la sede del Matadero del Municipio A.R.C.d.E.T., previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de continuar dando cumplimiento a la Comisión ordenada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V. y F.d.M.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 15 de Diciembre de 2008, mediante oficio N° 3160-990, que guarda relación con la solicitud N° 1296, presentada por el ciudadano J.M.D.R., actuando como Alcalde A.R.C.d.E.T.. Está presente en representación de la parte solicitante la Abogada: C.d.V.G.N., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.351.133 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 93.855. Al llegar al lugar de constitución el Tribunal para inspeccionar este inmueble procede a nombrar como experto asesor al ciudadano: J.A.T.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.094.391, técnico medio en el área de mantenimiento industrial, quien asesorará en lo relativo a la descripción de los bienes y maquinaria que se observa en el depósito, quien impuesto de la normativa legal inherente a su designación aceptó el nombramiento y prestó el juramento de ley. Acto seguido la parte solicitante solicitó el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: Solicito a la ciudadana Juez proceda a continuar describiendo las características y condiciones en que se encuentran los bienes muebles, maquinarias y equipos que se encuentran en el inmueble anexo al matadero, es todo. El Tribunal procede a describir los bienes así: Un Planímetro digital marca Placom, serial N° S07979, modelo KP-90N.- 4 Balanzas de triple brazo marca Eurociencia.- 1 kit de test ecológico marca Hanna, model HI98107.- 12 Cepillos de alambre.- 2 cintas métricas de 100 m.- 12 cintas métricas de 25 m. 2 motosierras circulares de 7 ¼ pulgada industriales, marca grizzly.- 1 balanza analítica electrónica de 210 g aproximadamente.- 8 cintas métricas de 50 m.- 12 embudos de vidrio de 65 cm cada uno.- 1 caja de soporte para embudos para varilla de hasta 16 mm.- 24 cajas de papel de filtro de 100 unidades cada una.- Un taladro marca Milwaukee de ½ pulgada, serial 070 A 504500813.- un kit de material de laboratorio marca Visocolor (ph).- Dos motosierras marca HUSQARNA 350 sin serial color rojo.- Una pulidora industrial modelo G5968/9 marca Grizzly.- 2 kit de laboratorio, marca Hanna (medidores digitales de HP).- 2 cizallas manuales marca Peddinghaus.- 6 cápsulas de porcelana de 100 mm.- 1 Teolito marca CST/BORGER 24X, nuevo.- 5 Miras de 4 m, plegables con marcas negras y rojas, recta con nivel acoplado.- Un termo para almacenamiento de pajuelas, B2036, nuevo.- 6 ajustadores de calibre de 200mm (Vernier).- 2 Goniómetros Universal.- 12 granetes para puntear.- 2 compás metálicos de 150 mm.- 15 trazadores de acero templado.- 3 Galgarosca de 55° W/60° M. Código 34.20.0.13.- 12 porta matraz (triángulo refractario) en regular estado.- 2 escuadras universales metálicas pequeñas. 14 escuadras universales metálicas medianas.- 2 escuadras universales metálicas grandes.- una caja de brújula vacía.- 6 pinzas portaprobetas para laboratorio.- 3 calibradores de espesor (200mm) para graduación en mm y pulg.- 2 cintas métricas de fibra de vidrio de 50 m.- 8 mecheros de gas tipo Bunsen de 13 cm de alto con regulador de aire.- “ balanzas electrónicas de plataforma, rango de pesado 300 grs, marca Denver XP3000.- Una máquina de roscar eléctrica con terrajas desde ½ hasta 2 pulgadas.- 6 prensas para tubo tipo horquilla, con alcanca de 1/8 de pulgada a 2 pulgadas.- 6 prensas de banco tipo mecánica giratoria, 12 cajones metálicos de 51 x 56 x 11,5 cm, marca heco.- 2 juegos de tamices N° 4-10-20-40-80-100 con tapa y recolector.- 2 agitadores de tamices de 20 cm con temporizador incorporado.- 1 transistor digital del teodolito, marca CST/berger DGT/10.- 2 Pulidoras industriales marca Northern de 7” cada una nuevas.- 5 pistolas inyectables metálicas de 50 ml.- 5 pistolas inyectables metálicas de 30 ml.- 6 paquetes de pajuelas plásticas de 50 unidades c/u.- 9 agujas para inyectar en peritoneo.- 10 inyectadoras hipodérmicas.- 3 cajas de guantes para uso veterinario con 100 unidades cada una.- 8 cajas de agujas para inyectadora de uso veterinario.- 10 bisturí normales en acero inoxidable para uso veterinario.- 10 tijeras – pinza en acero inoxidable para uso veterinario.- 2 rollos de cincha de uso veterinario.- 30 repuestos para inyectadora metálica de 30 cc de vidrio.- 30 repuestos para inyectadora metálica de 50 cc de vidrio.- 6 probetas metálicas para inseminación.- 6 juegos de poceta y lavamanos de una llave con accesorios.- 16 cadenas pequeñas (20 cm).- 32 ganchos de colgar.- 30 machetes rectos de un filo con mango plástico, marca bellota.- 30 machetes (charapos) con mango de madera marca Bellota.- 1 cajón de madera contentivo de: 15 mandarrias de 4 kg.- 5 mandarrias de 8 kg.- 10 bultos de nailon de 100 m de 4 cabos de 20 mm c/u.- Un espirocristal de 50 m transparente.- 1 caja contentiva de : 6 buretas de vidrio de 50 ml.- 6 buretas de 25 ml.- 12 breaker de vidrio borosilicato de 100 ml c/u.- 6 pinzas para dos buretas.- 6 matraz aforados con tapa plástica con capacidad de 500 ml.- 6 embudos de separación de vidrio borosilicato con llave de teflón de 250 ml.- 12 rejillas metálicas con centro de cerámica de 14 x 14 cm.- 12 pipetas tipo Mohr de 10 ml.- 12 agitadores de vidrio de 20 cm.- 6 termómetros de vidrio de 20 a 110 °C con protector de acero inoxidable.- 12 matraz Erlenmeyer de vidrio borosilicato de 250 ml.- 12 breaker de vidio de borosilicato de 250 ml.- 12 matraz Erlenmeyer de 125 ml.- 20 crisoles de porcelana con tapa de 50 ml.- 14 espátulas de acero inoxidable con mango de madera con hoja de 7,6 cm.- 134 tubos de ensayo de vidrio borosilicato de 20 x 150 mm.- 8 morteros de porcelana con mazo de 400 ml de capacidad.- 8 Trípodes metálico de 9 cm de diámetro por 20 cm de altura.- El tribunal hace consta que la mayoría de los materiales y equipos de laboratorio presentan una etiqueta de color amarillo con el letrero: “REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DE EDUCACIÓN CULTURA Y DEPORTES. VICEMINISTERIO DE ASUNTOS EDUCATIVOS. PROYECTO DE FORTALECIMIENTO Y MODERNIZACION DE LA EDUCACIÓN TÉCNICA. VMAE LAE-001-05-02. ENVIADOS POR LA COMPAÑÍA MAKIBER DRAGADOS INDUSTRIAL”. En este estado, siendo las 5:30 pm, la síndico procuradora solicita suspender nuevamente la medida por lo avanzado de la hora y rogó se sirva continuar con la práctica el día de mañana 05 de febrero de 2009, para lo cual jura la urgencia del caso y solicita la habilitación del tiempo necesario. El tribunal acuerda de conformidad y se fija el traslado para el jueves a las 9:30 a.m. a los fines de continuar con su práctica. El secretario da lectura al acta y en señal de conformidad se firma. Se acuerda regresar a la sede a las cinco y treinta de la tarde. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. La Juez, (LS) Firma ilegible. Abog. G.L.R.R..- La Síndico solicitante, Firma ilegible. Abog. C.d.V.G.N..- El Experto, Firma ilegible. J.A.T.C..- El Secretario, Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras.- Diarizado N° 01.-

En el día de hoy jueves cinco (05) de febrero de dos mil nueve, siendo las 10:00 de la mañana, se trasladó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V., F.d.M., Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y luego de recorrer 30 kilómetros se constituyó a las (10:30 a.m.) en el inmueble ubicado en la Vía Principal de Las Mesas, específicamente en la sede del Matadero del Municipio A.R.C.d.E.T., previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de continuar dando cumplimiento a la Comisión ordenada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V. y F.d.M.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 15 de Diciembre de 2008, mediante oficio N° 3160-990, que guarda relación con la solicitud N° 1296, presentada por el ciudadano J.M.D.R., actuando como Alcalde A.R.C.d.E.T.. Está presente en representación de la parte solicitante la Abogada: C.d.V.G.N., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.351.133 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 93.855. Al llegar al lugar de constitución el Tribunal para inspeccionar este inmueble procede a nombrar como experto asesor al ciudadano: J.A.T.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.094.391, técnico medio en el área de mantenimiento industrial, quien asesorará en lo relativo a la descripción de los bienes y maquinaria que se observa en el depósito, quien impuesto de la normativa legal inherente a su designación aceptó el nombramiento y prestó el juramento de ley. Acto seguido la parte solicitante solicitó el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: Solicito a la ciudadana Juez proceda a continuar describiendo las características y condiciones en que se encuentran los bienes muebles, maquinarias y equipos que se encuentran en el inmueble anexo al matadero, es todo. El Tribunal en consecuencia y con la colaboración del experto hace constar que se encuentran los siguientes bienes: 8 gradillas para tubo de ensayo de 12 puestos.- 4 Desecadores de vidrio con plato de porcelana de 200 mm de diámetro.- 288 tubos de ensayo de vidrio con tapa de 16 x 125 mm.- 6 cilindros graduados de 100 ml de vidrio.- 12 frascos lavadores de plástico de 250 ml.- 6 cilindros graduados de 250 ml de vidrio.- 17 láminas de estriadas de 3 mm de espesor, 1,20 m de ancho por 3 metros de largo corroídas. 4 bases para mesones de laboratorio color gris.- 50 Lápices de obra, de grafito, color rojo.- 30 regaderas plásticas de 12 litros marca campos.- 15 regaderas de aluminio.- Dos rollos de material plástico para cubrir viveros.- Un cajón de madera contentivo de 14 marcos de segueta con hojas, marca Acesa.- Un juego de llaves ALLEN marca Palmera, 29 Alicates para electricidad marca Palmera.- 2 Cinceles Marca palmera.- 12 Alicates de presión de 25 mm Marca Palmera.- Dos Alicates de presión de 300 mm, marca Palmera.- Dos Alicates para plomero con mango plástico, color amarillo.- Un juego de destornilladores de 6 piezas marca Palmera.- Dos llaves de tubo de 14 pulgadas, marca super ego de 350 mm.- 4 cajas de brocas desde 1,64” a ½ “ marca castillo.- 19 martillos de cabezal plástico, marca ROES.- 10 Llaves de tubo de 8 pulgadas, marca super ego.- 30 picos sin cabo.- 75 Rastrillos metálicos marca Acesa de 5 púas.- 30 cabos para picos de madera marca Acesa.- 75 cabos para rastrillo, marca Acesa.- 14 Martillos punta redonda plana, de acero, marca Acesa.- 12 brochas de 45 x 6 mm.- 12 brochas de 51x6 mm.- 12 brochas de 64 x 6 mm.- 2 llaves ajustables de 8 pulgadas marca Irega.- 2 Llaves ajustables de 12 pulgadas.- 6 tijeras para chapa marca altura.- 2 Martillos plásticos tipo mazo, marca Acesa.- Un maletín con un juego de tarraja, marca Super Ego, desde ¼ a 1 pulgada.- Dos reglas metálicas de 30 cm cada una.- 2 piezas de madera marca Urko.- Un extractor de 3 patas marca Forza de 85 x 150.- Un extractor de 125 x 200 marca forza.- 1 Cepillo de alambre.- Un extractor de 65 x 80 marca Forza.- 12 candados niquelados marca IFAM.- 42 cintas métricas de 3 m. Marca Fisco.- 12 gafas protectoras de montura integral con policarbonato, marca personna.- 24 Limas planas marca Erizo de 8 pulgadas.- 14 limas planas de 10 pulgadas, marca Erizo.- 23 hojas de segueta.- 4 Formón.- 60 cabos para limas.- 2 limas triangulares.- Una docena de guantes de carnaza.- 14 juegos de limas pequeñas de diferentes tamaños, tipo marca GS.- 12 destornilladores de boca Phillips, marca palmera de 2 x 125 mm.- 12 destornilladores de boca forjada, planos, de 1 x 5,5 x 125.- 12 destornilladores de boca forjada (planos) de 1,2 x 8 x 175.- 12 destornilladores de boca forjada de 1,2 x 6.5 x 150 marca Palmera.- 12 destornilladores boca phillips de 1 x 100, marca palmera.- 12 destornilladores boca phillips de 0x75, marca palmera.- 2 juegos de llaves combinadas de 14 piezas.- 2 juegos de llaves combinadas de 24 piezas.- 2 Llaves de 1 ½ pulgadas.- 29 tijeras de poda marca Altuna.- Un Yunque m.A..- El tribunal hace consta que la mayoría de los materiales y equipos de laboratorio presentan una etiqueta de color amarillo con el letrero: “REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DE EDUCACIÓN CULTURA Y DEPORTES. VICEMINISTERIO DE ASUNTOS EDUCATIVOS. PROYECTO DE FORTALECIMIENTO Y MODERNIZACION DE LA EDUCACIÓN TÉCNICA. VMAE LAE-001-05-02. ENVIADOS POR LA COMPAÑÍA MAKIBER DRAGADOS INDUSTRIAL”. En este estado, siendo las 5:00 pm, la síndico procuradora solicita suspender nuevamente la medida por lo avanzado de la hora y rogó se sirva continuar con la práctica el día de mañana 05 de febrero de 2009, para lo cual jura la urgencia del caso y solicita la habilitación del tiempo necesario. El tribunal acuerda de conformidad y se fija el traslado para el jueves a las 9:30 a.m. a los fines de continuar con su práctica. El secretario da lectura al acta y en señal de conformidad se firma. Se acuerda regresar a la sede a las cinco y treinta de la tarde. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. La Juez, (LS) Firma ilegible. Abog. G.L.R.R..- La Síndico solicitante, Firma ilegible. Abog. C.d.V.G.N..- El Experto, Firma ilegible. J.A.T.C..- El Secretario, Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras.- Diarizado N° 03.-

En el día de hoy lunes nueve (09) de febrero de dos mil nueve, siendo las 9:30 de la mañana, se trasladó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V., F.d.M., Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y luego de recorrer 30 kilómetros se constituyó a las (10:00 a.m.) en el inmueble ubicado en la Vía Principal de Las Mesas, específicamente en la sede del Matadero del Municipio A.R.C.d.E.T., previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de continuar dando cumplimiento a la Comisión ordenada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V. y F.d.M.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 15 de Diciembre de 2008, mediante oficio N° 3160-990, que guarda relación con la solicitud N° 1296, presentada por el ciudadano J.M.D.R., actuando como Alcalde A.R.C.d.E.T.. Está presente en representación de la parte solicitante la Abogada: C.d.V.G.N., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.351.133 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 93.855. Al llegar al lugar de constitución el Tribunal para inspeccionar este inmueble procede a nombrar como experto asesor al ciudadano: J.A.T.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.094.391, técnico medio en el área de mantenimiento industrial, quien asesorará en lo relativo a la descripción de los bienes y maquinaria que se observa en el depósito, quien impuesto de la normativa legal inherente a su designación aceptó el nombramiento y prestó el juramento de ley. Acto seguido la parte solicitante solicitó el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: Solicito a la ciudadana Juez proceda a continuar describiendo las características y condiciones en que se encuentran los bienes muebles, maquinarias y equipos que se encuentran en el inmueble anexo al matadero, es todo. El Tribunal en consecuencia y con la colaboración del experto hace constar que se encuentran los siguientes bienes: Una Caja de madera contentivo los siguientes materiales nuevos: Un juego de modelos anatómicos de especies animales, modelo H0-90.- Un juego de modelos anatómicos de especies animales, código 0431051.- Un juego de modelos anatómicos de especies animales, modelo PC-100, código 0431044.- Un juego de modelos anatómicos de especies animales, modelo RZ-90, código 0402009.- Un juego de modelos anatómicos de especies animales, modelo FL-95, código 0402000.- Un juego de modelos anatómicos de especies animales, modelo OV-84, código 0431037.- Un juego de modelos anatómicos de especies animales, modelo CE-99, código 0431090.- Un juego de modelos anatómicos de especies animales, modelo VA-95, código 0431026.- Un juego de modelos anatómicos de especies animales, modelo TA-90, código 0402010.- Un juego de modelos anatómicos de especies animales, modelo C0-44, código 0431076.- Un juego de modelos anatómicos de especies animales, modelo GA-90, código 0402081.- Un juego de modelos anatómicos de especies animales, modelo CA-69, código 0431056.- Cuatro (4) Mesones Centrales de estructura metálica con fondo anticorrosivo y pintura de esmalte color gris, con tope de piedra o resina, con servicio para gas, electricidad y agua, fregadero en un extremo, dimensiones 260 cmx120cmx85cm, los topes de piedra o resina están a la intemperie observándose uno (1) de ellos fracturado.- 3 cajas de machos de una pulgada, marca Castillo, nuevos.- 3 cajas de machos de 7/8 de pulgada, marca Castillo, nuevos.- 3 cajas de machos de 3/4 de pulgada, marca Castillo, nuevos.- 3 cajas de machos de 5/8 de pulgada, marca Castillo, nuevos.- 3 cajas de machos de 9/16 de pulgada, marca Castillo, nuevos.- 3 cajas de machos de 1/2 de pulgada, marca Castillo, nuevos.- 3 cajas de machos de 7/16 de pulgada, marca Castillo, nuevos.- 3 cajas de machos de 3/8 de pulgada, marca Castillo, nuevos.- 3 cajas de machos de 5/16 de pulgada, marca Castillo, nuevos.- 3 cajas de machos de ¼ de pulgada, marca Castillo, nuevos.- Un cajón de madera contentivo de los siguiente equipo nuevo: Una máquina de uso múltiple para carpintería (canteador, sierra, ruteadora, etc), con todos sus accesorios, marca Robland X26 Serie N° 0125082004.- 24 Taburetes de madera con asiento de 30 cm de diámetro y 60 cm de alto.- Un taladro de pedestal con volante frontal expulsor, automático y mesa giratoria, modelo TSR32 marca C.M. Erlo Sa. N° 820/1244.- 15 carretones con caucho neumático nuevo.- 12 juegos de cartas murales de material plastificado, tamaño 0,90 x 1 m, impresas a color, lavables conformadas por anatomía de aves, bovinos, caprinos, equino, porcinos, conejos, peces, abejas, sistema muscular, óseo, digestivo, respiratorio y circulatorio, todos nuevos.- Un cajón de madera contentivo del siguiente material nuevo: 8 mecheros Bunsen.- 8 lupas estereoscópicas, Marca Eurociencia, cabezal con rotación de 360°, luz incidente, plataforma con disco reversible, blanco y negro para contraste, disco de vidrio para iluminación incidente, oculares 10X y objeto 2X, distancia interlupar ajustable, 110 V, 60 Hz.- 8 Microscopios Binoculares, con rotación de 360 °, marca Eurociencia, nuevos.- Una b.e. de plataforma de rango de pesado de 3000 grs. Marca Denver XP3000, nueva.- Un Tensión/voltaje, marca JP Selecta S.A. serial 0449585.- 8 Mecheros de alcohol con recipiente de vidrio de 120 ml.- 5 Cuentapasos sin marca nuevos.- 25 láminas de vidrio portaobjetos para uso del microscopio, con muestras de bacterias, hongos, levaduras, protozoos, virus, células y tejidos vegetales.- Una caja de alfileres de colores surtidos para uso del laboratorio.- Un mediclave, marca JP Selecta S.A. Serial 0449518 nuevo.- 8 kit para uso veterinario compuesto cada uno de una tijera curva, una tijera plana, dos mangos de bisturí, una pinza curva, una pinza plana, 8 hojillas de cirugía, 6 hojas de bisturí.

El tribunal hace constar que la mayoría de los materiales y equipos de laboratorio presentan una etiqueta de color amarillo con el letrero: “REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DE EDUCACIÓN CULTURA Y DEPORTES. VICEMINISTERIO DE ASUNTOS EDUCATIVOS. PROYECTO DE FORTALECIMIENTO Y MODERNIZACION DE LA EDUCACIÓN TÉCNICA. VMAE LAE-001-05-02. ENVIADOS POR LA COMPAÑÍA MAKIBER DRAGADOS INDUSTRIAL”. En este estado, siendo las 5:00 pm, la síndico procuradora solicita suspender nuevamente la medida por lo avanzado de la hora y rogó se sirva continuar con la práctica el día de mañana 10 de febrero de 2009, para lo cual jura la urgencia del caso y solicita la habilitación del tiempo necesario. El tribunal acuerda de conformidad y se fija el traslado para el martes 10-02-2009 a las 9:30 a.m. a los fines de continuar con su práctica. El secretario da lectura al acta y en señal de conformidad se firma. Se acuerda regresar a la sede a las cinco y treinta de la tarde. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. La Juez, (LS) Firma ilegible. Abog. G.L.R.R..- La Síndico solicitante, Firma ilegible. Abog. C.d.V.G.N..- El Experto, Firma ilegible. J.A.T.C..- El Secretario, Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras.- Diarizado N° 02.-

En el día de hoy martes diez (10) de febrero de dos mil nueve, siendo las 9:40 de la mañana, se trasladó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V., F.d.M., Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y luego de recorrer 30 kilómetros se constituyó a las (10:15 a.m.) en el inmueble ubicado en la Vía Principal de Las Mesas, específicamente en la sede del Matadero del Municipio A.R.C.d.E.T., previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de continuar dando cumplimiento a la Comisión ordenada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V. y F.d.M.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 15 de Diciembre de 2008, mediante oficio N° 3160-990, que guarda relación con la solicitud N° 1296, presentada por el ciudadano J.M.D.R., actuando como Alcalde A.R.C.d.E.T.. Está presente en representación de la parte solicitante la Abogada: C.d.V.G.N., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.351.133 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 93.855. Al llegar al lugar de constitución el Tribunal para inspeccionar este inmueble procede a nombrar como experto asesor al ciudadano: J.A.T.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.094.391, técnico medio en el área de mantenimiento industrial, quien asesorará en lo relativo a la descripción de los bienes y maquinaria que se observa en el depósito, quien impuesto de la normativa legal inherente a su designación aceptó el nombramiento y prestó el juramento de ley. Acto seguido la parte solicitante solicitó el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: Solicito a la ciudadana Juez proceda a continuar describiendo las características y condiciones en que se encuentran los bienes muebles, maquinarias y equipos que se encuentran en el terreno interno del matadero, es todo. El Tribunal en consecuencia y con la colaboración del experto hace constar que adyacente al lado oeste y al frente de los corrales se observa maquinaria y equipo a la intemperie, cubierto de maleza por lo que se procedió a limpiar la misma y luego de realizada la labor se deja constancia que se encuentran los siguientes bienes: Dos Surcadores de 4 anclas, modelo 220/APL/4, metálicas color rojo, nuevas.- Dos Rastras de tiro, con gato hidráulico de 20 discos de 22 pulgadas, tipo desterronadora, marca FAZA, con todos sus accesorios.- Dos Aradoras marca FAZA, serie BRV-71-H de 2 discos de 26 pulgadas, nuevos.- Dos carretas con tanque de fumigación incorporados con sus respectivas bombas de presión, con capacidad de 500 litros cada una, marca Mañez Lozano, sin serial visible.- Dos carretas tipo Zorras para transporte marca Tritón Modelo Carr.4 ton TR-688, con todos sus accesorios, nuevos.- Dos Arados subsolador, piccin, con todos sus accesorios nuevos.- Dos cortadoras combinadas de pasto (forrajes), marca Faza (Walpeco), con dos gatos hidráulicos seriales Nos: B18101C y B18090C, nuevos.- Una jaula para romana, nueva.- Dos Tensadores con cadena, conocidos comúnmente como señoritas, de 4 pulgadas, nuevos, marca Super Ego, N° 1033200.- En la parte posterior del depósito se observa una habitación anexa, con 8 formaletas para brocales en regular estado.- Un rollo de guaya de 1” de grosor, en regular estado.- Un transformador perteneciente a CADELA signado con el N° 15 en mal estado.- Dos niveles de precisión, con apreciación de 0.00051N/101N, con código de barra 690550026829, en su caja de madera, nuevos.- El experto hace la siguiente acotación con referencia la tractor 8660 Landinis sencillo: por tener el filtro del aceite flojo antes de la inspección, el tractor perdió parte del contenido de aceite del carter del motor, se recomienda por razones de seguridad cambiar el aceite y el filtro antes de movilizarlo o encenderlo, esta sugerencia es valedera también para el otro tractor, así como el cambio de ambas baterías por estar vencidas en su tiempo de vida y sin carga alguna, es todo.- Siendo las 12:30 pm, la síndico procuradora solicita trasladarnos a la sede del consejo de protección del niño y del adolescente del Municipio A.R.C., ubicado al frente de la Alcaldía, es todo.- Cumplidas como están las actuaciones solicitadas en este inmueble, el tribunal acuerda el traslado al lugar indicado y continuar con la práctica de la inspección. El secretario da lectura al acta y en señal de conformidad se firma, siendo las 12:40 p.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. La Juez, (LS) Firma ilegible. Abog. G.L.R.R..- La Síndico solicitante, Firma ilegible. Abog. C.d.V.G.N..- El Experto, Firma ilegible. J.A.T.C..- El Secretario, Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras.- Diarizado N° 01.-

En el día de hoy miércoles once (11) de febrero de dos mil nueve, siendo la 1:40 de la tarde, se constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V., F.d.M., Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en el inmueble ubicado entre las calles 6 y 7 con carreras 10 y 11 del sector El Módulo, específicamente en la sede de la Alcaldía del Municipio A.R.C.d.E.T., previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de continuar dando cumplimiento a la Comisión ordenada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V. y F.d.M.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 15 de Diciembre de 2008, mediante oficio N° 3160-990, que guarda relación con la solicitud N° 1296, presentada por el ciudadano J.M.D.R., actuando como Alcalde A.R.C.d.E.T.. Está presente en representación de la parte solicitante la Abogada: C.d.V.G.N., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.351.133 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 93.855. Al llegar al lugar de constitución el Tribunal para inspeccionar este inmueble procede a nombrar como experto asesor al ciudadano: R.J.M.U., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.361.420, profesión arquitecto, inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el N° 189.265, quien asesorará en lo relativo a la descripción del inmueble donde está constituido el Tribunal, quien impuesto de la normativa legal inherente a su designación aceptó el nombramiento y prestó el juramento de ley. Acto seguido la parte solicitante solicitó el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: Solicito a la ciudadana Juez proceda a pronunciarse sobre los particulares contenidos en el folio número 11 del escrito de solicitud y que se refiere al inmueble especificado en el escrito en el numeral Octavo y cuyo documento anexé marcado “I”. Inmueble ubicado en la Calle 6, carrera11, Sector El Modulo (Sede de la Alcaldía), debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Jáuregui del Estado Táchira, anotado bajo el Nº 30, Tomo I, Protocolo Primero de fecha 14 de Abril de 1.993, consistente en un Terreno con inmueble de cinco módulos que en conjunto forman la sede de la Alcaldía del Municipio A.R.C.d.E.T.. El Tribunal en consecuencia y con la colaboración del experto hace constar que se trata de un inmueble en un terreno, cercado al sur que es su frente con malla ciclón, donde se distinguen 4 construcciones tipo módulo de diferentes dimensiones, ubicadas alrededor de una plazoleta interna con caminerías y otro módulo anexo por estar sobre la acera. El primer módulo, destinado al funcionamiento de la ONA y de la INACEC y Sala técnica de Consejos Comunales, la cual consta de una construcción en paredes de bloque frisadas, no posee columnas, perfiles tubulares para soporte de techo en ambos sentidos (estructura de perfil de 2 x 1) rectangular, posee una malla electro soldada de cabilla de 3/8 de pulgada en ambos sentidos a cada 8 cm aproximadamente, techo de acerolit, posee techo falso en el cielo raso, con perfiles de aluminio, el techo en cielo raso esta colgando de la malla electro soldada solo en el área de sala técnica, tiene protectores de ventanas con acero, posee dos ventanas onduladas de metal de dos hojas con pasador (0,80 x 0,80) cada una, tiene tres puertas onduladas de metal, con ángulo para marcos de 1”, todas con chapa en cerradura cisa, todas en buen estado. En el área de la cocina tiene una ventana de 0,40 x 0,40 con paredes de bloque de cemento de 10 cm, el piso se trabajó en concreto armado con base de 15 cm, existe un protector de aire acondicionado, el cual se encuentra soldado en la estructura del techo, se utilizaron ganchos de 2 x 1” para el soporte del techo. Alrededor del módulo existe una cera de cemento. Es de acotar que el acceso para la sala técnica está en el área externa del ambiente enmallado de la alcaldía y el de la cocina está en el área interna de su acceso. En lo referente a la arquitectura de la sala técnica se observa una puerta entamborada de madera con marco de madera de 10 cm, con tres bisagras, en buen estado, la pintura es de caucho, se observa desgastada, se recomienda pintar nuevamente, en la electricidad presenta todo el cableado en forma superficial, tiene 7 tomacorrientes dobles polarizados, pero solo lo alimentan dos cables (no presenta sistema de aterramiento) dos lámparas fluorescentes circulares de las cuales una no funciona. En el área de sala técnica presenta un punto de agua de media pulgada, el cual se encuentra sellado con un tapón galvanizado de media pulgada, presenta piso requemado de cemento en buen estado solo con una grieta en dos en un área donde fue demolida una pared de 0,80 metros de altura, presenta canalización en una de las dos caídas del techo, el cual cae directamente en un área verde próximo al módulo de sala técnica, la alimentación eléctrica es recibida solo por una cuchilla, con cable doble número 8, en la cual está directamente conectado el aire acondicionado. En el área de la cocina se utilizó tubo PVC de tres pulgadas como principal y dos pulgadas para el piso y lavaplatos; para el cielo raso se utilizaron láminas rectangulares de anime expandido en regular estado. El aire acondicionado presenta un brequero independiente, la puerta entamborada de madera tiene como compartimiento un cerramiento vertical a media altura, completando la altura de la puerta con un vidrio transparente en buen estado, solo presenta un bombillo de 110V en el área externa a la sala técnica con boquilla plástica. En la parte interna del área de la cocina se encuentran dos tomacorrientes de 3 tomas en buen estado, dos bombillos de 110V en buen estado, el cableado de la electricidad es superficial, la pintura es de caucho en estado de deterioro, los marcos de la ventana son con perfiles tubulares rectangulares de 2 x 1, con una reja de protección (no tiene hojas metálicas para cerrar), en regular estado de conservación, posee un solo centro piso sin la tapa superficial, tiene un solo punto de agua blanca, con tubería PVC de media y accesorios en acero galvanizado, hay un lavaplatos en acero inoxidable, con una llave de chorro la cual no está fija, lo que dificulta su manipulación al abrirla, presenta un planchón con placas de concreto en dos niveles, en un extremo el techo de acerolit está al ras con la pared y al no presentar volado el agua se mete por la venta cuando llueve con brisa, un área de la pared no está frisada, internamente existe una puerta de metal de 0,70 de ancho, ondulada con marco de ángulo de 1x1 y chapa cisa en regular estado, sobre el área del planchón existe un empotramiento en madera maciza de 4 puertas en buen estado, el piso es requemado en cemento, en buen estado. En este estado y por lo avanzado de la hora, la ciudadana Síndico Procuradora Municipal solicita a la ciudadana Juez suspender la práctica de la inspección para continuarla el día 12 de febrero de 2009, para lo cual rogó nuevamente se sirva trasladar el Tribunal. La Juez acuerda de conformidad y fija el traslado para el día de mañana 12 de febrero de 2009 a las nueve y treinta de la mañana. El secretario da lectura al acta y en señal de conformidad se firma, siendo las 5:30 p.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. La Juez, (LS) Firma ilegible. Abog. G.L.R.R..- La Síndico solicitante, Firma ilegible. Abog. C.d.V.G.N..- El Experto, Firma ilegible. Arq. R.J.M.U..- El Secretario, Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras.- Diarizado N° 8.-

En el día de hoy Jueves doce (12) de febrero de dos mil nueve, siendo las 9:30 de la mañana, se constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V., F.d.M., Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en el inmueble ubicado entre las calles 6 y 7 con carreras 10 y 11 del sector El Módulo, específicamente en la sede de la Alcaldía del Municipio A.R.C.d.E.T., previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de continuar dando cumplimiento a la Comisión ordenada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V. y F.d.M.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 15 de Diciembre de 2008, mediante oficio N° 3160-990, que guarda relación con la solicitud N° 1296, presentada por el ciudadano J.M.D.R., actuando como Alcalde A.R.C.d.E.T.. Está presente en representación de la parte solicitante la Abogada: C.d.V.G.N., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.351.133 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 93.855. Al llegar al lugar de constitución el Tribunal para inspeccionar este inmueble procede a nombrar como experto asesor al ciudadano: R.J.M.U., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.361.420, profesión arquitecto, inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el N° 189.265, quien asesorará en lo relativo a la descripción del inmueble donde está constituido el Tribunal, quien impuesto de la normativa legal inherente a su designación aceptó el nombramiento y prestó el juramento de ley. Acto seguido la parte solicitante solicitó el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: Solicito a la ciudadana Juez continuar pronunciándose sobre los particulares contenidos en el folio número 11 del escrito de solicitud y que se refiere al inmueble especificado en el escrito en el numeral Octavo y cuyo documento anexé marcado “I”. Inmueble ubicado en la Calle 6, carrera11, Sector El Modulo (Sede de la Alcaldía), debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Jáuregui del Estado Táchira, anotado bajo el Nº 30, Tomo I, Protocolo Primero de fecha 14 de Abril de 1.993, consistente en un Terreno con inmueble de cinco módulos que en conjunto forman la sede de la Alcaldía del Municipio A.R.C.d.E.T.. El Tribunal con la colaboración del experto hace constar que el Segundo Módulo se trata del Local destinado al Ambulatorio y cuya estructura es metálica con perfiles IPN en columnas y vigas. Los perfiles IPN para el soporte de techo de asbesto con ganchos 2 x 1 para su soporte. Las bases son de concreto armado. Tiene marco metálico en las puertas con espesor de 15 cm para puertas de acceso y 10 cm para las internas. Se utilizaron ángulos de 1 x 1 pulgada para la colocación de ventanas de romanilla con vidrio liso fijado con goma. Hay un protector de aire acondicionado el cual está empotrado en la pared. Las ventanas tienen todos sus protectores con perfiles de hierro de media por media pulgada macizo. Arquitectónicamente tiene cielo raso en los ambientes internos con laminas de anime expandido y perfiles de aluminio colgando en la estructura metálica del techo, en regular estado. El piso está en capas de 1m x 1m separados con fleje plástico. El piso presenta deterioro por desgaste y presenta algunos huecos. El piso del baño presenta las mismas características; las paredes son de bloque de cemento con espesor de 15 cm en el perímetro y de 10 cm en las paredes internas. Todas las paredes tienen el friso en buenas condiciones y la pintura se encuentra en regular estado ameritando nuevos retoques. Las paredes del baño están forradas de cerámica blanca de 10 cm x 10 cm, en buen estado. La ducha, el WC y el lavamanos con sus accesorios funcionan bien. El aire acondicionado no enfría. El cableado eléctrico está empotrado en parte y en parte superficial; los tomacorrientes son polarizados con sistema de aterramiento. El baño tiene el centropiso en buenas condiciones. La puerta principal es metálica acanalada con chapa marca Cisa. Internamente existen dos puertas entamboradas de madera con marco metálico de chapa doblada y una reja de hierro con pasador. Una lámpara fluorescente no enciende. La recepción de la acometida eléctrica es por medio de una cuchilla de tres fases. El techo es de asbesto presentando filtraciones severas en dos puntos. Las ventanas son de romanilla fija con vidrios transparentes. El cielo raso está deteriorado por falta de mantenimiento. Externamente llegan los cables de electricidad por medio de tubería galvanizada de hierro. Existe un tanque elevado que abastece de agua al ambulatorio; se observa un derrame constante en la base del mismo. En el perímetro existe una tanquilla para la recolección de las aguas negras. El techo presenta canal de recolección en un extremo para las aguas de lluvia. Alrededor del módulo presenta una acera de cemento de 1 metros de ancha aproximadamente. El siguiente módulo esta destinado a la administración la cual estructuralmente consta de sistema porticado viga-columna en concreto armado (cabillas y cemento) rectangulares. En el área de despacho el techo es de asbesto y en la parte de Tesorería y Administración tiene estructura de machihembré, en buen estado de conservación. La base de la administración es en concreto, los marcos de las puertas son de acero, se observan dos protectores para aire acondicionado. Arquitectónicamente las paredes son de bloque de cemento de 15 cm de exterior y 10 cm en los interiores. Las paredes están frisadas en buen estado con pintura de caucho. Dividiendo el despacho está un tabique de madera a media altura con vidrio protegido, sobre el cual se soporta una puerta entamborada de madera. La parte del techo de asbesto está ornamentada con cielo raso de láminas de anime expandido, con soportes de aluminio y lámparas fluorescentes en buen estado. Parte del cableado eléctrico está empotrado en la pared y parte está a nivel superficial. Los tomacorrientes son polarizados sin tener activado el sistema de aterramiento. Las ventanas del despacho son de romanilla con vidrio liso transparente. En el área de la tesorería y la administración las ventanas son corredizas con perfiles de aluminio. El sistema eléctrico es interno con tomacorrientes polarizados. Existe una breakera de 8 circuitos. El acceso a las áreas de tesorería y administración es a través de una puerta de madera entamborada batiente. Internamente el área de Tesorería y Administración tiene dos puertas entamboradas de madera, una con marco metálico y otra de madera. El techo de ésta área es de machihembré con perfiles de 3 x 1 ½” , teja criolla, todo en buen estado. El piso es de porcelanato de 60 cm x 60 cm. La iluminación es por medio de lámparas fluorescentes toda en buen estado. En el área de Tesorería y Administración existe una batería de baño, sin ducha, con lavamanos de pedestal y WC ambos en buenas condiciones; las paredes y el piso del baño son en cerámica, con accesorios en aluminio, existe una lámpara fluorescente, todo en buenas condiciones. La pintura presenta desgastes, ameritando sustitución. La pendiente del techo está a un solo lado y no presenta canal de recolección de aguas pluviales; parte del piso de porcelanato se encuentra en regular estado. En el área de tesorería el piso es de porcelanato, las ventanas son panorámicas con perfiles de aluminio, las paredes presentan deterioro a la altura del mobiliario, el aire esta en buenas condiciones; las lámparas fluorescentes están en regular estado. El machihembré y la estructura del techo están en buenas condiciones; el área externa del módulo presenta en su perímetro una acera de cemento de aproximadamente un metro de ancho. En este estado y por lo avanzado de la hora, la ciudadana Síndico Procuradora Municipal solicita a la ciudadana Juez suspender la práctica de la inspección para continuarla el día 13 de febrero de 2009, para lo cual rogó nuevamente se sirva trasladar el Tribunal. La Juez acuerda de conformidad y fija el traslado para el día de mañana 13 de febrero de 2009 a las nueve y treinta de la mañana. El secretario da lectura al acta y en señal de conformidad se firma, siendo las 5:30 p.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. La Juez, (LS) Firma ilegible. Abog. G.L.R.R..- La Síndico solicitante, Firma ilegible. Abog. C.d.V.G.N..- El Experto, Firma ilegible. Arq. R.J.M.U..- El Secretario, Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras.- Diarizado N° 01.-

En el día de hoy viernes trece (13) de febrero de dos mil nueve, siendo las 9:30 de la mañana, se constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V., F.d.M., Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en el inmueble ubicado entre las calles 6 y 7 con carreras 10 y 11 del sector El Módulo, específicamente en la sede de la Alcaldía del Municipio A.R.C.d.E.T., previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de continuar dando cumplimiento a la Comisión ordenada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V. y F.d.M.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 15 de Diciembre de 2008, mediante oficio N° 3160-990, que guarda relación con la solicitud N° 1296, presentada por el ciudadano J.M.D.R., actuando como Alcalde A.R.C.d.E.T.. Está presente en representación de la parte solicitante la Abogada: C.d.V.G.N., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.351.133 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 93.855. Al llegar al lugar de constitución el Tribunal para inspeccionar este inmueble procede a nombrar como experto asesor al ciudadano: R.J.M.U., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.361.420, profesión arquitecto, inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el N° 189.265, quien asesorará en lo relativo a la descripción del inmueble donde está constituido el Tribunal, quien impuesto de la normativa legal inherente a su designación aceptó el nombramiento y prestó el juramento de ley. Acto seguido la parte solicitante solicitó el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: Solicito a la ciudadana Juez proceda a pronunciarse sobre los particulares contenidos en el folio número 11 del escrito de solicitud y que se refiere al inmueble especificado en el escrito en el numeral Octavo y cuyo documento anexé marcado “I”. Inmueble ubicado en la Calle 6, carrera11, Sector El Modulo (Sede de la Alcaldía), debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Jáuregui del Estado Táchira, anotado bajo el Nº 30, Tomo I, Protocolo Primero de fecha 14 de Abril de 1.993, consistente en un Terreno con inmueble de cinco módulos que en conjunto forman la sede de la Alcaldía del Municipio A.R.C.d.E.T.. El Tribunal con la colaboración del experto hace constar que en siguiente módulo destinado al uso de la Biblioteca el sistema estructural es porticado viga-columna de concreto armado (cabilla-cemento) cuadradas en buen estado, techo de asbesto, esta roto en uno de sus extremos en el área de volado, base de concreto en piso, ventanas de romanilla con vidrio liso fijas porque están duras para girar, marcos metálicos en puertas en buenas condiciones, amerita un retoque de pintura, en el área de biblioteca el techo presenta fuertes filtraciones, en el área de INFOCENTRO presenta filtraciones pero cuando llueve y es por debajo de la puerta. En cuanto a su arquitectura, las paredes son de bloque con friso, en un área externa donde esta roto el techo hay deterioro en la parte baja de la pared debido a la humedad, presenta cielo raso de anime expandido con perfiles de aluminio, faltando algunas láminas y otras que están rotas, de 8 lámparas fluorescentes que están en la biblioteca solo funcionan 4, en la biblioteca y el infocentro el piso liso esta en buen estado, salvo un área dentro del infocentro que presenta irregularidad en desnivel debido a una remodelación, de 6 lámparas fluorescentes que existen en el infocentro 2 de ellas no funcionan, así como también el aire acondicionado esta en malas condiciones porque prende pero no enfría. El cableado de electricidad en los dos ambientes es superficial con cable blanco doble encontrándose bien ubicado y buenas condiciones, los tomacorrientes están empotrados y funcionan bien, la batería de baño presenta paredes con cerámica de 10x10 lisa en buen estado, el lavamanos no esta bien fijo a la pared y su llave hay que tenerla con una mano para poderla abrir, el W.C. esta en buen estado, la tubería de agua blanca presenta filtraciones en la pared, las puertas principales son de metal a 2 hojas con chapa Cisa, ambas en buen estado, entre el infocentro y la biblioteca existe una puerta de dos hojas tipo batiente de madera entamborada, en el infocentro el sistema de distribución de la red es superficial con tubería plástica rectangular y el sistema eléctrico es a través de tubería galvanizada también superficial, con sistema de aterramiento todos los tomacorrientes los cuales están en buen estado, salvo uno que no tiene la tapa plástica, el módulo de información del infocentro es con tabiquería en yeso y vidrio liso con marcos de madera, la puerta es en madera entamborada y chapa, todo en buenas condiciones, en un área de depósito de la biblioteca la iluminación no funciona, una de las ventanas en romanilla en la biblioteca presenta 2 vidrios rotos, la acometida eléctrica al módulo en la biblioteca es directo y en el infocentro existe un regulador y una breakera doble ameritando este mantenimiento todo el cajón. Continuando con la inspección se pasó al módulo anexo donde funciona IAMVARC; ahí el sistema estructural es porticado viga-columna de concreto armado, las ventanas son en romanilla de vidrios liso con marco de metal, también están fijas porque no se puede girar, el techo es de asbesto en buen estado, el perímetro del módulo es con bloque de cemento y friso liso presentando deterioro en una de las paredes por la humedad debido a las lluvias, internamente las distribución de los espacios es mediante tabiquería de yeso con friso salpicado y pintura de caucho ameritando nueva mano por deterioro en varios sectores, en una de las esquinas presenta hundimiento el tabique, el tabique hacia el acceso de los ambientes es a media altura completando con vidrio liso y marco de madera estos en buen estado, las puertas internas son de madera con más de la mitad en vidrio corrugado azul y marco de madera presentando 3 de las cuatro puertas deterioro en las bases del piso debido a la humedad , la puerta de acceso principal es metálica, la puerta es de 2 hojas, una de ellas con brazo hidráulico en buen estado, su sistema de seguridad es con chapa cisa, existen 2 baterías de baño uno en la oficina de vivienda y el otro en la oficina de sindicatura, en el de la oficina de vivienda las piezas sanitarias están en buen estado, tiene tubería para ducha pero no esta en funcionamiento, el lavamanos presenta bote de agua, las paredes son de cerámica, el de sindicatura las piezas están en buen estado, no presentan bote de agua, existe tubería para ducha pero no funciona, el lavamanos no esta bien fijo a la pared, las paredes son de cerámicas, el sistema eléctrico es interno con tubería en la aducción, solo existe una brequera principal, el alumbrado esta es buen estado, en las paredes la pintura presenta desgaste en su mayoría a altura de inmobiliario, al frente del módulo presenta canal de recolección de aguas de lluvia con material plástico y dos caídas de agua directamente y en chorro al área verde, la canal presenta irregularidad a nivel estético, su soporte es con perfiles tubulares atornillados en las columnas. Pasando finalmente al último Módulo destinado al uso de catastro y de la prefectura, a nivel general el sistema estructural es porticado viga columna de concreto armado con techo de asbesto de una sola caída, las ventanas son de sistema de romanilla fijas también debido a que están muy duras para girar, son de vidrio liso con marcos de metal, la base de piso es de concreto, el piso esta en buenas condiciones y esta flejado en paños de 1,00 m x 1,00 m, el marco de las puertas es de metal, la puerta principal es metálica con una sola hoja y chapa cisa, la puerta de acceso a la prefectura es de madera entamborada con reja metálica de protección, la puerta de acceso a catastro es de 2 hojas de madera entamborada, las puertas de los baños son entamboradas de madera y están en deterioro por falta de chapa y por desgaste ambas en la madera, el acceso principal presenta una pared de ventilación con bloques cuadrados de huecos estando en buen estado, salvo la pintura en paredes que en algunas áreas la pintura se esta cayendo, en el perímetro del módulo la acera de concreto la que se encuentra al frente esta agrietada en uno de sus extremos a su vez se esta desprendiendo de la base del piso del módulo, el sistema de distribución eléctrica es superficial con cable blanco doble presentando tomacorrientes dobles polarizados sin sistema de aterramiento, los 2 baños existentes tienen paredes con cerámica en ambos, los lavamanos no están bien fijos a la pared, presentan filtraciones, los WC están funcionando, la iluminación interna está en funcionamiento y en el área externa están los puntos pero no tiene fluorescente , presenta cielo raso en todos los ambientes y en algunos espacios no están las láminas de anime y otras están en deterioro, los perfiles son de aluminio, en el área de catastro las lámparas fluorescentes no tienen las tapas de protección, internamente las paredes presentan deterioro en la pintura a la altura del mobiliario, en el área de los baños las ventanas son con bloque de hueco fijas, el marco metálico se esta cayendo debido al deterioro que presenta, los aires acondicionados presentan rejas de protección soldadas a la estructura de las ventanas. Exteriormente el perímetro del entorno de la alcaldía esta protegido con malla ciclón con perfiles circulares de soporte sostenido en la base con un pequeño tubo de concreto, con alambre en la parte superior, en la entrada principal no presenta protección de alambre de púa que debe llevar, los perfiles superiores ubicados h.n. están en buen estado en su mayoría, en la parte posterior toda la malla de protección esta en buen estado, el alambre púa en la parte superior debe ser templado, en el lateral que da con la calle de cemento la malla presenta una rotura en una de sus esquinas y la tubería h.n.e. en buen estado, existen 2 portones de acceso, uno de 2 hojas y el otro de una hoja para abrir, ambos son cerrados por medio de candados, las lámparas que se encuentran en el área del parque no están en funcionamiento por el mal estado en que se encuentran, todas las bancas son con base de ladrillos en obra limpia y soporte en losas de concreto, de las cuales existe 14 y solo dos de ella están desniveladas por efectos de la raíz de uno de los árboles, pero en su mayoría ameritan retoques de pintura y mantenimiento, el sistema eléctrico para la alimentación de las lámparas están subterráneas con varias tanquillas de distribución, el lindero lateral de la malla ciclón que da con la cancha esta en mal estado, el área del parque tiene 3 bancos de metal y uno de ellos esta en mal estado, presenta varios elementos de recreo infantil: La rueda de hierro esta en buen funcionamiento y le falta un retoque de pintura y colocación de una buena base, el puente en escalera en perfiles de hierro también por falta en retoque de pintura y esta en buen funcionamiento, el columpio presenta 4 sillas para mecerse de la cual una no tiene la base de madera, todas necesitan retoque de pintura y colocación de base en el piso, la mecedora conocida comúnmente como sube y baja amerita ajuste para su correcto funcionamiento, igualmente pintura, su funcionamiento en regular estado, las caminarías son todas en acera de cemento y el ancho de las misma varían según el ambiente que da acceso en su mayoría están en buen estado, salvo algunos paños que están rotos y otros solo desplazados de su punto de origen, todas las señalizaciones están visibles, solamente se encuentra en el suelo la que indica que va hacia las oficinas de sindicatura catastro y vivienda, el engramado de la zona verde esta en buenas condiciones así como todos los arbustos que llevan su mantenimiento de podar, existe un asta de bandera que esta en el acceso principal y se encuentra en regular estado, el protector de las lámparas se encuentran en su mayoría en mal estado. Acto seguido la ciudadana Síndico Procuradora Municipal solicita a la ciudadana Jueza dejar constancia de las características y condiciones en que se encuentran el mobiliario y los equipos que se encuentran en la sede de la Alcaldía. El Tribunal así lo acuerda y a los fines de hacer el procedimiento mas estructurado lo hace por dependencias ó áreas administrativas así: DESPACHO DEL ALCALDE: 1 aire acondicionado marca Electrolux sin serial visible en buenas condiciones, 1 escritorio ejecutivo de cinco gavetas de madera en regular estado, 1 silla ejecutiva con pasamanos forrada en tela en regular estado, 1 escritorio metálico de tres gavetas en malas condiciones, 1 monitor de 14” marca Isonic, modelo 1770 serial B040C7000-925-1AZA, sin impresora ni mouse, 1 mesa de entrepaños en madera y formica, color negro en buen estado, 1 regulador de voltaje marca integratech, modelo office plus 650, serial Nº h416400014, 1 sumadora marca canon MP41DHII, serial Nº 20047881 en buenas condiciones, 1 archivo metálico de 4 gavetas de color azul en regular estado, 1 silla de computadora color negro, en mas estado, 2 sillas de cuero sintético, color negro en regular condiciones, 1 silla secretaría con apoya brazo de color negro y azul sin respaldar.- ARCHIVO: 1 monitor de 14” marca Hunday, modelo S450, serial Nº S8A10HA04J de color gris (dañado), 1 monitor de 14” marca Phillips, modelo 10SE11, serial CX000131862724, de color gris (dañado), 1 monitor de 14” marca AOC, modelo 570, serial B040C5004615-3CXY de color negro (dañado), 1 CPU, Intel incide (pentium 4) dañado, sin serial, 1 CPU, o.S., sin serial, tiene una etiqueta de bien nacional, perteneciente a Proyecto Conexión inalámbrica a internet de entes gubernamentales, signada con el Nº LAEETAR 226 8dañado), 1 CPU Intel incide (incide pentium, sin serial) dañado, 1 monitor Markvision, modelo VC144L, SERIAL Nº 7006003287 (dañado), 1 teclado modelo 6512-WA (dañado), 9 fluorescentes circulares marca Whitelux de 32W, 8 fluorescente circulares marca Whitelux de 22 W, 2 fluorescentes circulares G.elect de 32 W, se desconoce su funcionamiento, 1 guaraña en mal estado, modelo SM45, serial Nº 3143275, 1 impresora, Hewlett Packano, serial Nº CN83F1K0K7, (dañado), 1 scanner marca Plustek Optiepro Piz, serial Nº AFBA4601CP, 1 regulador marca Unitek, modelo ALPHA500RT (dañado), 1 sumadora marca Royal 8500iD, serial R0067337.- TESORERÍA: 1 mmonitor Isonic Modelo N1770, serial Nº B040C7000 925IAZA, 1 teclado marca BENQ, modelo 100-P, serial Nº 9JPIMPIU8566Z14175S80000, 1 impresora HP DESKJT 3550, serial Nº CN43H3948X, 1 CPU marca Intel, Pentium 4, sin serial, en buen estado, 1 escritorio de madera con formica de cinco gavetas, en regular estado, 1 escritorio metálico de tres gavetas en mal estado, 1 estante metálico de 4 gavetas en regular estado, 1 mesa de un nivel de computación en mal estado, 1 sumadora marca Casio DR-14º6, serial Nº Q2014318, 2 mesas de dos niveles en madera y formica en buen estado, 1 monitor de 14” marca Philips , modelo 105E11/75N, serial Nº 4892ª006, 1 sumadora marca Casio FR-2650, serial Nº Q5076943, 1 silla de visitante color negro en regular estado, 1 silla giratoria en color negro en regular estado, 1 silla giratoria de semicuero en regular estado.- RECURSOS HUMANOS: 1 MONITOR hp-7540, de 14” , modelo HSTND-1A02-M, serial Nº CNC 5490T8W, 1 teclado HP, modelo SK-2880, serial Nº B93CB0ADPSWODE, 1 CPU HP compaq, serial Nº MXJ60700ZF, 1 impresora multifuncional HP PSC 1410, serial MY59GCDITM, en buen estado, 1 archivador metálico de cuatro en regular estado, 2 escritorios metálicos y madera de dos gavetas en regular estado, 1 aire acondicionado marca Mabe sin serial, funcionando en regular estado, 2 sillas giratorias en regular estado.- INDE-PROCAC: 1 monitor HP 7540, 14”, serial Nº CNC6150HDK, 1 impresora Epson LQ590, modelo P363A serial FSQY085486, 1 CPU HP Compact, serial Nº MXJ63909LD, FUNCIONANDO, 1 mesa de computadora de tres niveles con dos gavetas con ruedas en buen estado, 1 máquina de escritorio marca Remington, serial F5508022, en malas condiciones, 2 fuentes de poder marca APC, modelo LE600, serial 3L0615X06708 y serial Nº 3L0615X06710, 1 archivo metálico de 4 gavetas en regular estado, 1 silla secretarial con apoya brazos en tela de color azul en malas condiciones, 1 silla en cuero sintético marrón en malas condiciones, 1 estante en madera de dos divisiones y una puerta.- ADMINISTRACIÓN: 1 monitor Pantalla Plana, modelo 701N w, Samsung, serial Nº MJ17H9NP500266M, 1 teclado GPC, serial Nº 0507074435, 1 impresora HP Officejet Prok550, serial Nº MY632410ZQ, 1 CPU marca GPC Pentium IV, 1 regulador Marca Integra Nº 052600439, 1 fuente de poder marca New Line en buenas condiciones, 1 fuente de poder marca New Line, 1 fotocopiadora Marca Gestether 2913Z, serial H4226300667, 1 archivador metálico de 2 puertas en regulares condiciones, 1 impresora marca Epson LX300, serial 1XMY607214 en regular estado, 1 impresora multifuncional, marca HP, modelo HP PSC 1610, serial MY4CND21YS sin cable USB, ni de generados de energía, 1 aire acondicionado digital, marca Samsung y posee central ARC-709, máquina de escribir marca Brother, modelo M100 Standard, serial Nº K6K175747, 1 archivo metálico de cuatro gavetas, en malas condiciones, 1 biblioteca en madera grande de tres entrepaños y dos puertas con llave, en regulares condiciones, 1 regulador de poder, modelo AVP-1212, marca Nipón American, 1 radio transmisor, marca Motorola, modelo EM400, serial Nº FLN3108ALA, 2 radios transmisores portátiles, marca Motorola, modelo EP450, serial 442TFYW785 y modelo LAH65KDC9AA2AN, 1 radio transmisor, serial Nº 442TFYJ309, se desconoce su funcionabilidad, marca Epson, serial Nº F83G003478, 1 máquina elaboradora sin Software, mesa de computadora de dos niveles en Madera y formica en regular estado, 1 cargador de batería de radio portátil, marca Motorola, modelo 481609003NT, 1 escritorio de madera de seis gaveta en regular condiciones (grande), 1 silla secretarial con pasamanos en tela azul en condiciones regulares, 1 sumadora, marca canon MP41AH11, serial Nº 20052971, 1 escritorio pequeño de madera de tres gavetas, 1 pizarrón acrílico pequeño en buenas condiciones, 1 silla de computador en tela azul y negro en mal estado, 1 silla de material sintético de visitante, en buenas condiciones.- BIBLIOTECA: 1 Fotocopiadora marca Ricoh Aficio 1113, serial J7566300867, en buenas condiciones, 1 mesa metálica porta fotocopiadora de dos puertas en regular estado, 1 cartelera en madera en regular estado, 1 fuente de poder New Line, serial 81127 en buen estado.- INFOCENTRO: 1 aire acondicionado marca Lennox, serial Nº 009427, en mal estado, modelo CCU10A36A-1, SERIAL MOTOR 1604K03206.- SINDICATURA: 1 Escritorio secretarial en madera, pequeño de tres gavetas, color marrón, en regular condiciones, 1 escritorio secretarial en madera, color marrón de cuatro gavetas grande en buen estado, 1 archivador de madera, color azul en regular estado, 1 teléfono celular fijo, marca Motorola FX800C, color blanco, serial Nº SJWF0133AA – (0277-4146794), 2 sillas secretariales una de color negro y otra de color gris (giratoria) en buen estado, 1 sumadora marca Royal, serial R0065930, modelo 8500 PD en regular estado, 3 sillas de madera forrada en tela floreada, en malas condiciones, 1 aire acondicionado marca Mabe, posee una etiqueta de bienes municipales signado con el Nº 025, 1 reloj de pared, 1 impresora marca HP DESKJET840C, serial Nº MAX0C71Y1T1, 1 monitor pantalla plana, marca Samsung de 14”, modelo 732 Nplus, serial Nº PE17HUZP344898E, 1 mause inalámbrico, MARCA A4TECA, modelo 0678, 1 CPU sin marca, serial 8115BS, 1 regulador marca Integra, serial Nº 20020726005687, 1 regulador marca CAP, modelo Nº B-VPR755, serial Nº 0704191290727, 1 mesa de computadora de dos niveles en buen estado.- REGISTRO CIVIL: 1 escritorio metálico de tres gavetas en mal estado, 2 sillas secretariales forradas en tela de color negro en regular estado, 1 estante metálico de seis entrepaños en regular estado, 2 sillas de madera forradas en tela en regular estado, 1 mesa de computadora de dos niveles en buen estado, 1 guillotina base en material plástico en buen estado, 1 monitor AOC, modelo CT710G, serial Nº NCM9P5AA609549, 1 CPU LG, sin serial visible, 1 impresora multifuncional HP-PSC1410, SERIAL Nº CN59CC61Q5, 1 teclado marca Genius, serial ZZM6339072387, 1 fuente de poder marca Integra, serial Nº 315900840, 1 escritorio metálico de tres gavetas en regular estado, 1 silla secretarial en cuero, en mal estado, 1 silla secretarial en tela en regular estado.- VIVIENDA: 1 escritorio secretarial pequeño de tres gavetas en regular estado, 1 escritorio secretarial de madera de dos gavetas en buen estado, 1 mesa de tres gavetas en madera en buen estado, 1 mesa tipo archivadora de planos en madera en buen estado, 1 estante metálico de cuatro gavetas en regular estado, 1 teléfono celular fijo, marca Axess.Tel, modelo AXW-L800, serial Nº K6A128152C, 1 sumadora, marca Canon , modelo P120-DH, serial Nº 625332 en regular estado, 2 sillas secretariales forradas en tela, en regular estado, 1 aire acondicionado, marca Mabe, 2 estantes metálicos de seis entrepaños cada uno en regular estado, 1 monitor pantalla plana, marca AOC, serial T76CNNAKAGA1FIE, 1 CPU sin marca, serial Nº 2818ª-4, 1 regulador, marca CDP, serial Nº 0705061291090, 1 impresora multifuncional HP-PSC 1350, modelo Q3500A, serial Nº MY46TD8255, 1 nevera ejecutiva marca LG, modelo GR13W11CPF, serial 104KR00654, 1 sacapuntas eléctrico, modelo 19, marca Boston, 1 silla de madera forrada en tela en regular estado.- CATASTRO: 1 estante metálico de seis entrepaños grande en regular estado, 1 escritorio metálico de tres gavetas, el posee una sola gaveta, en mal estado, 1 estante metálico de cuatro gavetas en regular estado, 1 escritorio metálico de tres gavetas en mal estado, 1 mesa de arquitectura color blanco y negro en regular estado, 1 mesa de 1 nivel de computadora en regular estado, 1 mesa de tres niveles de computadora en regular estado, 1 mesa de dos niveles de computadora en regular estado, 1 aire acondicionado marca Mabe (dañado), 1 teléfono celular fijo, marca Motorola, modelo FX800C, serial Nº SJWF0133AA, en buen estado, 1 monitor AOC, 14”, modelo 4V, serial Nº V3CJ26A699710 (dañado), 1 mause Benq, modelo M800-PZM, serial Nº 9JQ4088PZM65Z 141755ª0000 (dañado) 1 teclado marca Genius, serial Nº ZM4907101840, 1 CPU sin marca y sin serial; (dañado), 3 sillas en madera forradas en tela, en regular estado, 1 silla secretarial en cuero sintético, color gris en regular estado, 1 monitor marca HP, modelo Nº 7540, serial Nº CNC61523F5, 1 impresora marca HP PSC 1410, serial Nº CN59EC71Q1 en buen estado, 1 teclado marca HP, serial Nº 382925-161, 1 CPU, marca HP compact Penth, serial Nº MXL6380TFR, 1 fuente de poder marca APC Line-R6000, serial Nº 3L0615X06715, 1 monitor AOC, modelo 1770, serial Nº 5774AAR5S2NC, 1 teclado marca GPC, serial Nº 05573700, modelo KB8101, 1 CPU marca GGPC Pentiun 4, sin serial, 1 scanner, marca ACER, modelo SCANPRISA 340p, serial Nº 91685240QL02600410SS7000, 1 regulador marca CAP, serial Nº 050109-1265886, 1 sumadora marca Casio FFR-520, serial Nº Q5033524. De esta manera se concluye la inspección en el área sede de la Alcaldía. En este estado y por lo avanzado de la hora, la ciudadana Síndico Procuradora Municipal solicita a la ciudadana Juez suspender la práctica de la inspección para continuarla el día 17 de febrero de 2009, para lo cual rogó nuevamente se sirva trasladar el Tribunal. La Juez acuerda de conformidad y fija el traslado para el día de martes 17 de febrero de 2009 a las nueve y treinta de la mañana. El secretario da lectura al acta y en señal de conformidad se firma, siendo las 5:30 p.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. La Juez, (LS) Firma ilegible. Abog. G.L.R.R..- La Síndico solicitante, Firma ilegible. Abog. C.d.V.G.N..- El Experto, Firma ilegible. Arq. R.J.M.U..- El Secretario, Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras.- Diarizado N° 08.-

En el día de hoy martes diecisiete (17) de febrero de dos mil nueve, siendo las 9:00 de la tarde, se constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V., F.d.M., Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en el inmueble ubicado entre la Calle 4 con carrera 11 del sector P.N., específicamente en la sede de Protección Civil del Municipio A.R.C.d.E.T., previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de continuar dando cumplimiento a la Comisión ordenada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V. y F.d.M.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 15 de Diciembre de 2008, mediante oficio N° 3160-990, que guarda relación con la solicitud N° 1296, presentada por el ciudadano J.M.D.R., actuando como Alcalde A.R.C.d.E.T.. Está presente en representación de la parte solicitante la Abogada: C.d.V.G.N., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.351.133 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 93.855. Al llegar al lugar de constitución el Tribunal para inspeccionar este inmueble procede a nombrar como experto asesor al ciudadano: R.J.M.U., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.361.420, de profesión Arquitecto, inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el N° 189.265, quien asesorará en lo relativo a la descripción del inmueble donde está constituido el Tribunal, quien impuesto de la normativa legal inherente a su designación aceptó el nombramiento y prestó el juramento de ley. Acto seguido la parte solicitante solicitó el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: Solicito a la ciudadana Juez proceda a pronunciarse sobre los particulares contenidos en el folio número 11 del escrito de solicitud y que se refiere al inmueble distinguido en el escrito con la letra “O” inmueble consistente en un Terreno y casa para habitación, ubicado en la calle 4 con carrera 11, Sector P.N.. El Tribunal en consecuencia y con la colaboración del experto hace constar que se trata de un inmueble consistente en un terreno de aproximadamente 25 metros de frente por 30 metros de fondo, sobre el cual está construida una casa para habitación tipo rural signada con el N° 4-18, distribuida en dos habitaciones, sala, baño y porche; toda de paredes de bloque frisado, el sistema estructural de la unidad de la vivienda es en metal en columnas, vigas y correas, con techo de acerolit en la vivienda original y techo de cinc en la ampliación; el perímetro del terreno presenta una pared de bloque de concreto sin frisar y con columnas de concreto armado con vigas de corona. La pintura de la pared esta escareada debido a la humedad y la intemperie. Las cuatro ventanas ubicadas en la pared perimetral son de metal sin vidrio. Se accesa a través de un portón metálico de dos hojas de tres puertas, una de ellas tipo reja la cual se encuentra en regular estado de pintura y conservación. El acceso principal se encuentra deteriorado sin pintura en parte y parte de la pared sin frisar. Los marcos de las puertas y ventanas de la vivienda son de metal, las ventanas son de metal con dos persianas fijas, en buen estado. Las puertas de la vivienda son metálicas sin chapa, solo con pasador interno y arandela exterior para candado. Toda la cubierta de techo está en buen estado, sin filtraciones, no tiene canal de recolección de aguas de lluvia. El techo está soportado por ganchos de 2 x 1 pulgada, con correas metálicas. Las paredes son de bloque de cemento con friso salpicado en buenas condiciones, con pintura de caucho en regular estado. El área de ampliación de la vivienda tiene algunas paredes que están sin frisar, salvo algunas irregularidades en cuanto al friso. La ampliación no presenta columnas, solo las correas metálicas donde descansa el techo de cinc, el piso es de cemento requemado, presentando deterioro, por donde se presenta el mayor flujo de circulación; en el área de ampliación donde está la cocina, el tanque y el lavadero no existe acabado de piso así como también el baño no presenta ningún tipo de acabado ni en piso ni en pared. En la cocina los mesones son de cemento con soporte en las paredes de bloques, como acabado presenta cemento requemado. El sistema eléctrico presenta una distribución superficial con la mayoría de los cables sueltos, sin ningún tipo de elementos de fijación. El medidor eléctrico funciona perfectamente pero amerita mantenimiento preventivo. No presenta tablero de distribución, en consecuencia el voltaje está directo del medidor a toda la casa. De los dos WC que existen, uno no funciona, el otro está en regulares condiciones y el lavamanos tiene la llave suelta en su base. La llave de la ducha no está en buen estado, la tubería no tiene elementos de fijación. El lavaplatos no funciona ya que la llave está fuera de uso. El tanque de almacenamiento de agua está en buen estado, tiene flotante y su tanquilla funciona bien, solo amerita mantenimiento en su pintura. En las dos habitaciones existe un closet en concreto y sin acabado alguno. El patio principal no tiene piso por lo que esta en tierra y con maleza, es todo. Seguidamente a solicitud de la Síndico se deja constancia del inventario de bienes muebles que se encuentran en esta sede de la Defensa Civil: Una nevera marca América, color blanco, sin serial, en mal estado.- Dos colchones clínicos antiescaras, individuales, en regular estado.- Dos sillas blancas, plásticas en malas condiciones.- dos camas de madera individuales en regular estado, una cama matrimonial de madera en regular estado.- Una camilla de ruedas, con colchoneta, en regular estado, dos parabanes o divisiones de sala, en regular estado.- Dos portasuero en regular estado.- dos mesas de estructura metálica pequeña de tubo cilíndrico de 50x50 cm aproximadamente, sin vidrio, en regular estado.- Un ventilador de pie, marca Royal, serial N° 1230000933, en mal estado.- Un escritorio de madera tallado, color caoba, de una gaveta, en mal estado.- Una silla ejecutiva, forrada en material sintético, color marrón con apoyabrazos, en regular estado.- Un estante metálico de 4 entrepaños, sin puerta, marcado con el N° de inventario de bienes Municipales 004, en mal estado.- Un escritorio de metal y fórmica de tres gavetas en mal estado.- Un monitor Marca ViewSony, de 14 pulgadas, modelo VCDT522037, serial N° 21P004912562. Un teclado color negro serial KM3502PSP.- Un CPU 52Xmax, marcado con el N° de Bienes municipales 078.- Un regulador marca Energizer, modelo ER-500 serial N° 20414500412, el cual se encuentra en malas condiciones.- Una silla secretarial, tipo giratoria, color verde, en regular estado.- Un ventilador de mesa, marca Windair, sin serial visible, en funcionamiento.- Dos cajas de porta medicamentos, color naranja y negro.- Un tensiometro, marca Legacy, signado con la etiqueta N° 150 de Bienes Municipales, sin estetoscopio, es todo.- Seguidamente la Síndico Municipal solicita a la ciudadana Juez suspender temporalmente la practica de la comisión y continuar el día jueves 19 de los corrientes. El tribunal acuerda de conformidad. El secretario da lectura al acta y en señal de conformidad se firma, siendo las 04:30 p.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. La Juez, (LS) Firma ilegible. Abog. G.L.R.R..- La Síndico solicitante, Firma ilegible. Abog. C.d.V.G.N..- El Experto, Firma ilegible. Arq. R.J.M.U..- El Secretario, Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras.- Diarizado N° 01.-

En el día de hoy jueves diecinueve (19) de febrero de dos mil nueve, siendo las 9:30 de la mañana, se trasladó y luego de recorrer aproximadamente 31 kilómetros se constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V., F.d.M., Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la sede de la Escuela Especial, jurisdicción del Municipio A.R.C.d.E.T., previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de continuar dando cumplimiento a la Comisión ordenada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V. y F.d.M.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 15 de Diciembre de 2008, mediante oficio N° 3160-990, que guarda relación con la solicitud N° 1296, presentada por el ciudadano J.M.D.R., actuando como Alcalde A.R.C.d.E.T.. Está presente en representación de la parte solicitante la Abogada: C.d.V.G.N., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.351.133 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 93.855. Al llegar al lugar de constitución el Tribunal para inspeccionar este inmueble procede a nombrar como experto asesor al ciudadano: R.J.M.U., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.361.420, de profesión Arquitecto, inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el N° 189.265, quien asesorará en lo relativo a la descripción del inmueble donde está constituido el Tribunal; impuesto de la normativa legal inherente a su designación aceptó el nombramiento y prestó el juramento de ley. Acto seguido la parte solicitante solicitó el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: Solicito al ciudadano Juez proceda a pronunciarse sobre los particulares contenidos en el folio número 11 del escrito de solicitud y que se refiere al inmueble Primero: el distinguido en el escrito con el numeral XV y cuyo documento esta en el anexo “P”, consistente en Terreno y casa para habitación, ubicado en la Calle 5 Vía Principal, Sector Unión-Las Mesas (Escuela Especial), debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario de los Municipios Jáuregui, Seboruco, A.R.C., J.M.V. y F.d.M.d.E.T., anotado bajo la Matricula Nº 06RI-T 65-36, de fecha 18 de Octubre de 2.006.- El Tribunal con la colaboración del experto hace constar que se trata de: El techo de la vivienda es en acerolit con serchas metálicas de tubos de 2x1 como soporte debido a que el inmueble no posee sistema estructural sino paredes de bloques trabados en las esquinas todo el techo se encuentra en buen estado, los 5 marcos de puertas y ventanas es en hierro con ángulo 1”x1” , las ventanas del frente laterales y posterior, son de dos hojas con lámina de hierro acanalado, con rejas de protección, solo la ventana que esta en el área de consultorio no posee reja de protección todas se encuentran en buen estado, las puertas de entrada y el acceso a las aulas son de hierro con láminas acanaladas con pasador interno y candado externo para efectos de seguridad todas en buenas condiciones, las paredes son de bloque de cemento con friso liso en su mayoría presentando irregularidades de nivelación en la parte baja, la pintura presenta desgaste lo que amerita nuevo retoque de pintura, presenta buena iluminación todos los ambientes, el sistema de distribución interno de electricidad es superficial en la parte alta y subterránea en las partes bajas, el piso es en cemento pulido en su mayoría en buen estado, ya que presenta roturas y desgaste por uso donde hay mayor circulación, la cocina y el ala próxima a la misma son los que presenta mayor desgaste, una de las aulas tiene closet empotrado en paredes de bloque y placa de cemento, un baño con la batería completa en buen estado, el piso de la cocina presenta irregularidades de nivelación debido a remodelaciones, las planchas de la cocina son de pared de bloque y hojas de concreto con cerámica en regular estado, el lavaplatos se encuentra en regular estado, el área de baño esta ubicado en la parte posterior de la vivienda el cual no esta en buenas condiciones, las paredes y piso no poseen cerámica, la salida al área posterior es una pared medianera y continua al techo con una reja y puerta de hierro con lámina acanalada, las columnas que presentan solo están en el perímetro que dan con los corredores, existe un tanque elevado en paredes de cemento con columnas de cemento y un deposito en la parte baja con una puerta de hierro con lámina acanalada, las paredes del deposito no están frisadas no por dentro ni por fuera, todo el perímetro del área de la parcela esta encerrado con malla ciclón en buen estado, en el lateral de la vivienda existe un área de recreación techada con piso de cemento el techo es en zinc el cual se encuentra en malas condiciones, para el acceso principal es a través de un portón corredizo manual con acceso para vehículo y en acera de cemento por el área de circulación con grama en el medio el piso donde se encuentra la dirección no esta en buenas condiciones debido a irregularidades de nivelación, frente a la vivienda existe una pequeña plaza con pisos de cemento y algunas losetas de terracota, presenta dos astas y el busto del Libertador en una base de cemento en buenas condiciones, en la mayoría de los ambientes existen ventiladores de pared en buenas condiciones, en el área posterior de la vivienda esta ubicado un lavadero con paredes de bloque en las bases planchón en cemento con una pequeña tanquilla el mismo se encuentra en regular condiciones, el piso de corredor de acceso a la vivienda presenta grietas a nivel transversal en muy malas condiciones..- Segundo: el distinguido en el escrito bajo el numeral X y cuyo documento esta en el anexo “K”, inmueble consistente Terreno ubicado en la Calle 3, Sector P.N., (Cancha Deportiva), debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Jáuregui del Estado Táchira, anotado bajo el Nº 19, Tomo I, Protocolo Primero de fecha 04 de Abril del 2.001.- El Tribunal seguidamente y con la colaboración del experto hace constar que se trata de una cancha esta en malas condiciones por efectos de abandono ya que el piso presenta desgastes en pintura, así como también la pares medianera la cual se le esta cayendo la pintura por efecto de humedad, la amalla ciclón esta en buenas condiciones solo amerita de mantenimiento ya que esta siendo a tapada por vegetación, el perímetro amerita de mantenimiento porque la vegetación esta muy próxima, las bancas de espectadores esta en buenas condiciones, la iluminación se encuentra en malas condiciones por lo que no esta prestando sus servicios, la estructura de los talleres y portería , si están en perfectas condiciones, debido al deterioro en la pintura del piso no se puede visualizar bien la marcación e indicación de las áreas de juego, el área de terreno frente a la cancha esta con vegetación baja y presenta un a acera de acceso en cemento en buenas condiciones, existe al frente de la cancha una pared de cemento donde esta ubicado la breakera de 6 circuitos y un tomacorriente polarizado doble en regulares condiciones. Tercero: el distinguido en el escrito bajo el numeral XXVII y cuyo documento esta en el anexo “CC”, inmueble consistente en Terreno y casa para habitación, ubicado en la Calle 5 Vía Principal, Sector Nuestra Señora del Carmen-Las Mesas, debidamente Autenticado por ante la Notaría Pública de La Fría, Municipio G.d.H.d.E.T., quedando inserto bajo el Nº 58, Tomo 44 de fecha 14 de Septiembre de 1.998. El Tribunal con la colaboración del experto hace constar que se trata de una construcción cuyo sistema estructural es en viga, columnas en cemento, el techo es una losa de tabelón con perfiles de hierro, todo el sistema estructural esta en buenas condiciones, el área de garaje tiene techo de zinc, el cual presenta perforaciones, lo que permite el paso del agua cuando llueve de acceso al mismo se encuentra un portón metálico de lámina acanalado, el piso de la vivienda esta en cerámica solo la sala y el pasillo de distribución, las habitaciones tienen piso de cemento pulido en mal estado por desgaste de uso, el piso de la cocina y comedor es en cemento requemado el cual presenta irregularidades de nivelación por ser construido por etapas, todos los marcos de puertas y ventanas son en madera, las ventanas son de tipo romanilla en vidrio corrugado y perfiles de aluminio las ventanas en las fachadas es con marco de hierro con vidrio liso y sistema de romanilla, todas las ventanas están en buenas condiciones, la puerta principal de acceso es de madera maciza a dos hojas y las puertas de los cuartos están todas en madera entamborada, de las 6 solo una de ella no posee chapa de seguridad, las misma se encuentran en regular estado, la puerta para salir al patio posterior es de hierro con lámina acanalada en regular estado, todas las paredes son en bloque de cemento, todas frisadas y pintadas en buen estado salvo en algunas áreas donde presenta desgaste por efectos de mobiliario, el sistema eléctrico esta distribuido de forma empotrada en pared salvo algunos tomacorrientes que están con cable superficial, la losa del tabelón presenta varias filtraciones dentro de la vivienda y uno de los filtrados genera algunos cortos en el área del comedor lo que genera daño en la boquilla, de las ventanas de romanilla que están internas en la vivienda en su mayoría no funciona el sistema de persiana y la ventana que esta en la cocina esta en mal estado, la sala cocina tiene techo de acerolit y esta en buenas condiciones, todo el patio posterior esta en piso de cemento en buen estado y el perímetro esta todo en pared de bloque, el tanque elevado que esta en el patio posterior es en bloque de cemento con columnas de concreto como soportes el mismo se encuentra en malas condiciones ya que presenta varias filtraciones, existen 2 baterías de baño con lavamanos de pedestal ambas en buen estado, existe un lavadero en concreto en regular estado, los dos baños tienen cerámica en el piso y en la pared en buenas condiciones, en el área de cocina los planchones son en plancha de cemento con acabado en cerámica blanca y la pared a una altura de 60 centímetros el lavaplatos se encuentra en regulares condiciones, como la vialidad esta mas alta al nivel de la vivienda las aguas de lluvia bajan y en su mayoría entran por el acceso al garaje, lo que amerita un sistema de tubería interna para darle cause y solventar el inconveniente, es todo. Cuarto: el distinguido en el escrito bajo el numeral XXV y cuyo documento esta en el anexo “Z”, consistente en Terreno y casa para habitación el cual se encuentra ubicado en la Calle 4, entre carreras 10 y 11, Sector P.N. de la población de Las Mesas, Municipio A.R.C.d.E.T., el cual le pertenece a mi representada según documento Registrado por ante el Registro Público de los Municipios Jáuregui, Seboruco, A.R.C., J.M.V. y F.d.M.d.E.T., debidamente anotado bajo el Nº 34, Tomo 58 de fecha 09 de Noviembre de 2007. El Tribunal con la colaboración del experto hace constar que se trata de la vivienda ubicada en la Calle 4 entre carreras 10 y 11, N° 10-128 de esta población y destinada para habitación, tipo rural, con techo de asbesto en su totalidad, la ventanas son tipo persianas con perfiles de aluminio, marco de hierro, vidrio corrugado y reja de protección en hierro, todas en buen estado, una de las ventanas laterales es corrediza, con marco de madera y vidrio liso, presenta un sistema de canalización para recoger las aguas de lluvia, todo el piso de la vivienda está recubierto de cerámica, paredes pintadas en caucho en buen estado, una de las paredes internas de la cocina está forrada en cerámica rústica. La cocina está en buen estado, con paredes y planchones recubiertos de cerámica, el lavaplatos es de doble tanque y presenta empotrado y closet de cemento en la cocina, con acabados de cerámica, la distribución eléctrica es empotrada en el área ampliada y superficial en la construcción original, la tubería de aguas blancas es de hierro galvanizado, en el patrio posterior de la vivienda existe una batería de baño en buenas condiciones, con cerámica en piso y pared, con puerta de madera para acceso y corrediza para el área de la ducha, con techo de acerolit. Aledaño también existe un área techada en cinc con columnas de cemento y estructura de hierro para soportar el techo, el piso es de cemento requemado, presentando la misma un lavadero y un encierro con pared medianera y rejas de protección en hierro que aparenta ser un corral. Anexo al baño posterior existe un tanque de almacenamiento de agua de plástico esférico, de aproximadamente 2500 lts, soportados en una plancha de concreto que descansa en una columna de cemento, se observa moho producto de la humedad externa, es todo. Seguidamente la Síndico Municipal solicita a la ciudadana Juez suspender temporalmente la practica de la comisión y continuar el día viernes 20 de los corrientes. El tribunal acuerda lo solicitado y fija el traslado para las 9:30 a.m. del día de mañana. El secretario da lectura al acta y no habiendo objeciones contra la misma se concluyó el acto siendo las 04:30 p.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. La Juez, (LS) Firma ilegible. Abog. G.L.R.R..- La Síndico solicitante, Firma ilegible. Abog. C.d.V.G.N..- El Experto, Firma ilegible. Arq. R.J.M.U..- El Secretario, Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras.- Diarizado N° 03.-

En el día de hoy viernes veinte (20) de febrero de dos mil nueve, siendo las 9:30 de la mañana, se trasladó y luego de recorrer aproximadamente 32 kilómetros se constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V., F.d.M., Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Cancha Múltiple del sector “El Contento”, jurisdicción del Municipio A.R.C.d.E.T., previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de continuar dando cumplimiento a la Comisión ordenada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V. y F.d.M.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 15 de Diciembre de 2008, mediante oficio N° 3160-990, que guarda relación con la solicitud N° 1296, presentada por el ciudadano J.M.D.R., actuando como Alcalde A.R.C.d.E.T.. Está presente en representación de la parte solicitante la Abogada: C.d.V.G.N., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.351.133 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 93.855. Al llegar al lugar de constitución el Tribunal para inspeccionar este inmueble procede a nombrar como experto asesor al ciudadano: R.J.M.U., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.361.420, de profesión Arquitecto, inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el N° 189.265, quien asesorará en lo relativo a la descripción del inmueble donde está constituido el Tribunal; impuesto de la normativa legal inherente a su designación aceptó el nombramiento y prestó el juramento de ley. Acto seguido la parte solicitante solicitó el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: Solicito al ciudadano Juez proceda a pronunciarse sobre los particulares contenidos en el folio número 11 del escrito de solicitud y que se refiere al inmueble donde está constituido el Tribunal. Seguidamente con la colaboración del experto el Tribunal hace constar que se trata de: una cancha cuya estructura de la cubierta del techo esta en buenas condiciones, con la salvedad que la mayoría de las bases donde las columnas tienen el punto de partida, presentan corrosión y oxidación, el techo es en acerolit y esta todo en buenas condiciones, las lámparas de iluminación de 10 que hay solo una de ellas no funciona, el perímetro de la cancha existe una pared medianera y uno de sus laterales funciona como muro por la pendiente del terreno, dicha pared amerita retoque de pintura e igualmente mantenimiento, ya que presenta moho por la humedad, la estructura del tablero de básquetbol y la portería ambas están en buen estado, el piso de la cancha están en buenas condiciones solamente amerita retoque de pintura, la malla ciclón esta en buenas condiciones solo en el frente donde esta el acceso presenta varias roturas, la puerta principal de acceso presenta oxidación e igualmente la malla presenta deterioro, el escalón que esta al acceso esta en malas condiciones, la cancha en uno de sus laterales cuando llueve presenta empozamiento del agua, en el lateral donde esta el muro existe un sistema de canalización de recolección del agua de lluvia el cual no esta funcionando, ya que se encuentra tapado de tierra y de vegetación, el tablero eléctrico es de 12 circuitos y esta fijado en una pared de bloque y esta ubicado en las afueras del enmallado de la cancha y el mismo se encuentra en regulares condiciones, la recolección de aguas de lluvia en el techo en sus dos extremos esta en malas condiciones, ya que no presenta en algunas partes la tubería para la recolección. A continuación el Tribunal a solicitud de la parte actuante se constituyó en el Campo Deportivo del Centro Poblado y con la colaboración del experto hace constar que se trata de un terreno a la intemperie utilizado eventualmente para la práctica de actividades recreativas y deportivas, se observa que la malla ciclón esta en mal estado, ya que se encuentra rota y caída en varios puntos, la puerta principal de acceso no funciona encontrándose en mal estado, la iluminación se encuentra en regular estado de las 16 lámparas 4 no funcionan el drenaje del campo deportivo no existe lo cual genera empozamiento en la misma, una realidad fuerte que presenta es que como el cementerio esta próximo y en un nivel mas alto el agua de lluvia al sumergirse sale directamente al campo, lo que deja malos olores y riesgo de infección, el tablero principal funciona perfectamente, salvo las puertas del mismo que se encuentran en el suelo. Luego el Tribunal se traslado al sector C.G. de esta población de Las Mesas y constituido en el mismo cedió el derecho de palabra a la abogada actuante y expuso: solicito a la ciudadana jueza pronunciarse sobre el inmueble distinguido en el escrito bajo el numeral VII y cuyo documento esta en el anexo “H”, inmueble consistente en Terreno ubicado en la Aldea C.G. hoy Cancha Deportiva, debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Jáuregui del Estado Táchira, anotado bajo el Nº 03, Tomo VI, Protocolo Primero de fecha 16 de Mayo del 2.001. El Tribunal con la colaboración del experto hace constar que a nivel general la cancha se encuentra en mal estado, la malla ciclón esta caída, el muro desplazado, la base de piso hundida, sin estructura de tablero y portería, no se ve la pintura de señalización del piso. Luego la parte actora señaló para inspeccionar el inmueble distinguido en el escrito bajo el numeral XXV y cuyo documento esta en el anexo “R”, consistente en Terreno y casa para habitación, ubicado en la Calle 5, Vía Principal, Sector El Carmen-Las Mesas hoy Liceo Bolivariano No Consolidado, debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario de los Municipios Jáuregui, Seboruco, A.R.C., J.M.V. y F.d.M.d.E.T., anotado bajo el Nº 08, Tomo 38, de fecha 27 de Julio de 2.007. El Tribunal con la colaboración del experto hace constar que se trata de una edificación de dos plantas con estructura de concreto y viga columnas y la cubierta del techo es en parte con zinc acanalado y en parte teja criolla, el patio posterior esta en deterioro, ya que el piso de cemento que presenta esta agrietado con grandes roturas, el tanque de cemento y lavadero que contiene no esta en funcionamiento, las paredes ameritan retoques en friso y pintura, la placa de entrepiso presenta filtraciones, el baño de la planta baja no le funciona el bajante del wc y la llave del lavamanos esta dañada, la escalera que da a la segunda planta es de cemento con acabado en losas de arcilla y barandas en hierro con perfiles laterales soldados, en planta baja parte del cableado esta colgando de la placa del friso, la cocina no esta en funcionamiento y las paredes se ven deterioradas. Seguidamente la Síndico Municipal solicita a la ciudadana Juez suspender temporalmente la práctica de la comisión y continuar el día jueves 26 de los corrientes. El tribunal acuerda lo solicitado y fija el traslado para las 9:30 a.m. del día 26 de febrero de 2009. El secretario da lectura al acta y no habiendo objeciones contra la misma se concluyó el acto siendo las 05:30 p.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. La Juez, (LS) Firma ilegible. Abog. G.L.R.R..- La Síndico solicitante, Firma ilegible. Abog. C.d.V.G.N..- El Experto, Firma ilegible. Arq. R.J.M.U..- El Secretario, Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras.- Diarizado N° 04.-

En el día de hoy jueves veintiséis (26) de febrero de dos mil nueve, siendo las 9:30 de la mañana, se trasladó y luego de recorrer aproximadamente 31 kilómetros se constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V., F.d.M., Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Escuela Bolivariana C.G., jurisdicción del Municipio A.R.C.d.E.T., previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de continuar dando cumplimiento a la Comisión ordenada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V. y F.d.M.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 15 de Diciembre de 2008, mediante oficio N° 3160-990, que guarda relación con la solicitud N° 1296, presentada por el ciudadano J.M.D.R., actuando como Alcalde A.R.C.d.E.T.. Está presente en representación de la parte solicitante la Abogada: C.d.V.G.N., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.351.133 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 93.855. Al llegar al lugar de constitución el Tribunal para inspeccionar este inmueble procede a nombrar como experto asesor al ciudadano: R.J.M.U., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.361.420, de profesión Arquitecto, inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el N° 189.265, quien asesorará en lo relativo a la descripción del inmueble donde está constituido el Tribunal; impuesto de la normativa legal inherente a su designación aceptó el nombramiento y prestó el juramento de ley. Acto seguido la parte solicitante solicitó el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: Solicito al ciudadano Juez proceda a pronunciarse sobre los particulares contenidos en el folio número 11 del escrito de solicitud y que se refiere al inmueble Primero: el distinguido en el escrito con el numeral VI y cuyo documento esta en el anexo “G”, consistente en Terreno ubicado en la Aldea C.G. (Escuela), debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Jáuregui del Estado Táchira, anotado bajo el Nº 27, Tomo III, Protocolo Primero de fecha 24 de Abril del 2.001.- El Tribunal con la colaboración del experto hace constar que: La escuela esta en una edificación de 2 plantas, con una estructura aporticada viga-columna de concreto armado, la estructura del techo es con perfiles tubulares y cubierta con techo de acerolit, solo una de las tres aulas se filtra cuando llueve, existen 3 wc con entrada independiente cada uno y en uno de ellos la puerta esta caída, al wc no le funciona la palanca para bajar el agua del tanque, los pisos son en cemento pulido en su mayoría presenta agrietamiento, las paredes están en pintura de caucho con caída de pintura a la altura del mobiliario, a nivel eléctrico los circuitos son superficiales, los apagadores de las aulas de la primera planta no esta funcionando, para ventana solo existe un enrejado metálico el cual se pasa el agua cuando llueve con brisa, ya que no hay vidrios, los ventiladores que existen están colgando del techo sin ningún tipo de amarre fijo, solo hay un lavamanos con la lleve de palanca y una esta bien fija, los tubos de agua blanca próximos al lavamanos están superficial a la pared, el área de la cocina ubicada en planta baja tiene con cerámica todos los planchones y en buen estado, los cables de electricidad se mantienen superficiales colgando del techo, casi esta en toda la planta baja, el piso es de cemento pulido, la cerámica de los planchones de la cocina están rotas algunas piezas solamente en las orillas, próximo a la cocina hay una aula pequeña por la cual hay que pasar para acceder a la cocina, el piso no es regular y es en cemento pulido, la ventana es con dos hojas de hierro con pasadores, la placa de toda la edificación es con perfiles IPN y tabelón de arcilla, las paredes con pintura de caucho presentan desgaste y en algunos caso parte de la pintura esta caída, el único tomacorriente ubicado en el aula próximo a la pared esta colgando de la pared, debajo de las escaleras hay una batería de baño donde el wc esta caído hacia la pared, la palanca del bajante no funciona, las paredes y piso no tienen cerámica y su puerta es de hierro, en un solo ambiente que tiene 2 accesos con puertas de hierro, funciona el preescolar, primer grado y las oficinas de dirección e información, separados por tabiques de madera compuesta, el piso es con cemento pulido, las paredes son con pintura de caucho presentando desgaste, la electricidad es superficial y en el preescolar de los 3 bombillos 1 no funciona, el otro esta colgando y solo uno está en buen estado; los dos puertos de acceso a este ambiente presenta una reja cada uno de hierro medianera, una de ellas tiene desprendido uno de los marcos, alrededor de toda la edificación existe un pasillo de 1,00 m aproximadamente en las paredes que da con los linderos y en uno de esos pasillos es lo que dan acceso a la cocina, frente a la edificación existe un patio con una pequeña plaza, el patio esta todo con acabado de cemento, cuatro de las puertas que tienen chapa con llave para su seguridad, solo una de ellas no funciona correctamente, el resto de las puertas es a través de candados que tiene su sistema de seguridad.- Segundo: el distinguido en el escrito bajo el numeral IV y cuyo documento esta en el anexo “E”, inmueble consistente Terreno ubicado en el Sector El Vero (hoy Cancha Deportiva), debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Jáuregui del Estado Táchira, anotado bajo el Nº 42, Tomo VIII, Protocolo Primero de fecha 27 de Marzo del 2.002.- El Tribunal ubicado en el sitio seguidamente y con la colaboración del experto hace constar que se trata de una cancha múltiple la cual no se encuentra en buenas condiciones debido a lo siguiente: cuando llueve el piso presenta empozamiento en varios sectores y el marcado de las líneas del área de práctica de las disciplinas deportivas presenta desgaste, la pared medianera donde comienza la malla ciclón presenta mas de 10 agrietamientos así como también desgaste e la pintura, a nivel general el enmallado esta en buenas condiciones, solo en algunas zonas esta deformada debido a los golpes en los momentos de juego, la puerta de acceso no esta completa falta una de las dos hojas la estructura de los tableros y porterías ambas están en buenas condiciones salvo los conos de baloncesto que están un poco doblados y un retoque de pintura que necesita la estructura, el tablero de electrificación esta desprendido y algunos cables están sueltos y no esta funcionamiento porque no tiene el cable de la acometida. Tercero: el distinguido en el escrito bajo el numeral IX y cuyo documento esta en el anexo “J”, inmueble consistente en Terreno ubicado en el Sector El Vero (actual Escuela), debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Jáuregui del Estado Táchira, anotado bajo el Nº 46, Tomo I, Protocolo Primero de fecha 14 de Octubre de 1.994. El Tribunal con la colaboración del experto hace constar que se trata de una instalación utilizada para impartir educación con la problemática de que el pozo séptico presenta rebose y siempre existe agua acumulada cuando llueve, el enmallado que da a las calles esta en deterioro principalmente en la parte superior, existen 3 ambientes: Primero. Una aula en perfectas condiciones, con techo de machihembre, estructura metálica, dos puertas de acceso, el piso es de cemento pulido, el sistema eléctrico funciona perfectamente. Segundo. Una aula con área de depósito y dos baños, la estructura de hierro, el techo esta en acerolit y en algunos lugares presenta pequeños levantamientos, el aula tiene un ambiente que funciona como deposito, este espacio presenta planchones en cementos, un baño el cual no tiene cerámica ni en piso, ni en pared y el lavamanos no tiene el sifón de recolección del agua, por lo que hay un tobo, varios de los bombillos del aula están quemados, el piso es en cemento pulido con ajustes plásticos, anexo al aula están los baños para niños y otro para niñas, ninguno de los baños tiene cerámica ni en pared, ni en el piso y los dos lavamanos, las llaves están rotas, los wc funcionan perfectamente, las puertas son metálicas con candado para su seguridad, una cocina, la cual esta en buenas condiciones, con piso de cemento, paredes con cerámica, planchones en cemento y empotrado en las paredes, todos con cerámica, la reja de protección se cayo porque se desprendió el punto de soldadura, la estructura es de hierro y el techo es en acerolit, al frente tiene una ventana enrejada. Anexo a la cocina esta una casilla para el deposito de alimentos con reja en las puertas, existe un tanque elevado en buen estado y funcionando. Seguidamente la Síndico Municipal solicita a la ciudadana Juez suspender temporalmente la practica de la comisión y continuar el día lunes 02 de marzo de 2009. El tribunal acuerda lo solicitado y fija el traslado para las 9:30 a.m. del día indicado. El secretario da lectura al acta y no habiendo objeciones contra la misma se concluyó el acto siendo las 04:30 p.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. La Juez, (LS) Firma ilegible. Abog. G.L.R.R..- La Síndico solicitante, Firma ilegible. Abog. C.d.V.G.N..- El Experto, Firma ilegible. Arq. R.J.M.U..- El Secretario, Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras.- Diarizado N° 06.-

En el día de hoy lunes dos (02) de marzo de dos mil nueve, siendo las 9:30 de la mañana, se trasladó y luego de recorrer aproximadamente 44 kilómetros se constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V., F.d.M., Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Escuela Básica Principal MESITAS, jurisdicción del Municipio A.R.C.d.E.T., previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de continuar dando cumplimiento a la Comisión ordenada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V. y F.d.M.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 15 de Diciembre de 2008, mediante oficio N° 3160-990, que guarda relación con la solicitud N° 1296, presentada por el ciudadano J.M.D.R., actuando como Alcalde A.R.C.d.E.T.. Está presente en representación de la parte solicitante la Abogada: C.d.V.G.N., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.351.133 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 93.855. Al llegar al lugar de constitución el Tribunal para inspeccionar este inmueble procede a nombrar como experto asesor al ciudadano: R.J.M.U., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.361.420, de profesión Arquitecto, inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el N° 189.265, quien asesorará en lo relativo a la descripción del inmueble donde está constituido el Tribunal; impuesto de la normativa legal inherente a su designación aceptó el nombramiento y prestó el juramento de ley. Acto seguido la parte solicitante solicitó el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: Solicito al ciudadano Juez proceda a pronunciarse sobre los particulares contenidos en el folio número 11 del escrito de solicitud y que se refiere al inmueble distinguido en el escrito con el numeral XXVII y cuyo documento esta en el anexo “BB”, consistente en Unas mejoras, sobre terrenos de la comunidad Guania, ubicado en el Sector El Guamal-Aldea Mesitas, debidamente Autenticado por ante la Notaría Pública de La Fría, Municipio G.d.H.d.E.T., quedando inserto bajo el Nº 72, Tomo 45 de fecha 12 de Septiembre de 1.997.- El Tribunal con la colaboración del experto hace constar que: La escuela esta implantada en una parcela de 400 mts2 , cuenta con un sistema estructura de columnas de cemento y vigas de acero, paredes de bloque de cemento, piso pulido de cemento y friso con mortero de cemento, una pared lateral y posterior de la parte externa no presenta friso, el sistema eléctrico presenta corto y al igual parte de los tomacorrientes están dañados y quemados la cubierta del techo en su totalidad es en acerolit, se encuentra en buenas condiciones, la mayoría de los cables están colgados en techo y pared, todas las puertas interna y externas son de hierro con hojas de láminas acanaladas, las ventanas son de hierro y tienen rejas de hierro de protección, de los 3 baños que tiene la escuela solo 1 esta en buenas condiciones, ninguno de ellos posee ningún tipo de cerámica ni en piso, ni pared, el pizarrón es de cemento con pintura de alta resistencia, la cocina presenta planchones de cemento sin revestir, el lavaplatos no funciona encontrándose todo esto en regular estado.- Posteriormente a solicitud de la parte actuante el tribunal se constituyó en la Escuela del sector “La Pajuilera”. El Tribunal ubicado en el sitio seguidamente y con la colaboración del experto hace constar que se trata de una edificación donde funciona la Escuela Básica Unitaria N° 06 “La Pajuilera” y a nivel estructural sus paredes y techo se encuentran todas en buenas condiciones, la estructura es de hierro en vigas y columnas con cubierta de techo en acerolit con caída a dos aguas, las paredes son de bloque de cemento frisada con mortero de cemento y pintura de caucho ameritando en algunos ambientes retoques de pintura, de los 3 baños que tiene la escuela solo 1 esta en funcionamiento, la cocina esta en buen funcionamiento, solo que el área del planchón y pared, los baños no cuentan con cerámica en piso y pared, todas las puertas son de hierro con hojas acanaladas y marcos con ángulos de hierro, las ventanas son solo los marcos de protección, no tienen vidrios, el sistema eléctrico es deficiente, la iluminación exterior no funciona, en el aula solo funciona una lámpara, el piso de toda la escuela es de cemento pulido, frente a la escuela existe un patio en base de cemento en buenas condiciones y esta conectada a la escuela a través de una escalera , al perímetro de la planta física de la escuela existe una acera de aproximadamente 1,00 m de ancho, los tomacorriente solo funcionan los de la cocina en los demás solo están los cables, donde no hay lámparas, no hay apagadores y solo se ven los cables.- Después la abogada solicitante pide al tribunal trasladarse a la Escuela de “La Minas” para continuar con la inspección de los inmuebles y así se Acordó. Una vez constituidos en la Escuela Municipal N° 8 “Las Minas”, el Tribunal con la colaboración del experto hace constar que la edificación presenta 3 ambientes de las cuales están el aula principal, la cocina y los dos baños, la estructura es con vigas y columnas de cemento, marco metálico en puertas y ventanas, techo de acerolit acanalado, las paredes son con bloque de arcilla y el friso es con mortero de cemento salpicado en el exterior y liso en el inferior del recinto, interna y externamente el friso se esta cayendo desde la parte baja de las paredes hacia arriba producto la humedad, la pintura de caucho que contiene como acabado en partes se esta cayendo y en otras están rayadas por el roce del mobiliario, las puertas con metálicas con hojas acanaladas y chapas cisa para su seguridad, el piso en el aula es de cemento pulido, está en buen estado, el piso de la cocina esta roto en su totalidad y el piso de los baños es con cemento pulido, el baño que esta en la cocina le funciona bien el wc pero el acabado de piso y pared presenta deterioro en parte esta roto y el friso caído, en la cocina solo hay un planchón, no tiene el lavaplatos, lo que indica que actualmente no esta en funcionamiento, las ventanas son tipo persianas con marcos de metal y vidrios lisos, en su mayoría no tiene los vidrios y el sistema de abrir y cerrar no funciona porque están fijas, en cuanto a la iluminación funciona solamente un bombillo en el aula, los demás están todos quemados, solo hay un tomacorriente en el aula, el cableado esta superficial a la pared y colgado del techo, en una de las paredes del aula presenta bloques de ventilación, al perímetro de la edificación existe una pequeña acera de 1,00 m aproximadamente y esta totalmente en deterioro por lo que presenta rotura y esta enmantado, el tanque elevado de cemento con bases de columnas de cemento presenta leve filtración. Finalmente la Síndico Municipal solicita trasladarse ahora al sector La Esperanza donde está la cancha deportiva y una vez constituidos en la Cancha Múltiple del Centro Poblado del Sector La Esperanza, el tribunal con la ayuda del experto hace constar que de manera general la cancha múltiple techada presenta deterioro en aspectos tales como: la malla ciclón que encierra la cancha esta rota en las partes de la base, una de las puertas de acceso esta caída, la tubería que soporta a la malla ciclón, presenta oxidación, la malla ciclón en una de sus esquinas esta siendo atrapada por la vegetación, en el intermedio de la malla esta suelta en varios puntos, el piso presenta algunas roturas y la pintura y el rayado en algunos puntos se esta desprendiendo, los tableros y las porterías a nivel estructural están bien fijados, pero la capa de pintura presenta deterioro lo que esta ocasionando corrosión y oxidación, los tableros de básquet ameritan mantenimiento , la estructura del techo presenta corrosión y oxidación en casi todas las bases lo que pone en riesgo a los jugadores, ya que por la oxidación esta presentando corte, la canalización de las aguas de lluvia esta en buen estado, solo una de sus tuberías que bajan el agua recogida en la canal esta desprendida de la misma, las lámparas de iluminación que tiene actualmente ninguna de ellas funcionan, el techo presenta roturas en uno de sus laterales, el tablero principal que alimenta la iluminación esta en buenas condiciones a excepción de una de sus puertas que no esta porque fue desprendida, cerca del área de la cancha hay una batería de baño, una para dama y otra para caballero, se notó que las piezas sanitarias están en perfectas condiciones, el wc le hace falta solo la manguera de conexión del agua blanca, de los 2 urinarios uno de ellos tiene roto el sifón de recolección del agua, la iluminación no esta funcionando de ninguno de los dos baños, al baño de dama no se acceder porque estaba cerrado, internamente las paredes están con acabado de cerámica blanca, exterior a la pares el acabado es de lajas de ladrillos de los cuales varios de ellos están rotos y otros que están desprendidos, el techo es en machihembrado con varias de sus tejas rotas en el perímetro, la estructura es con perfiles tubulares de hierro. Seguidamente la Síndico Municipal solicita a la ciudadana Juez suspender temporalmente la practica hasta nuevo aviso por motivos administrativos. El tribunal acuerda lo solicitado y para un nuevo traslado lo hará mediante auto separado que lo provea. El secretario da lectura al acta y no habiendo objeciones contra la misma se concluyó el acto siendo las 04:30 p.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. La Juez, (LS) Firma ilegible. Abog. G.L.R.R..- La Síndico solicitante, Firma ilegible. Abog. C.d.V.G.N..- El Experto, Firma ilegible. Arq. R.J.M.U..- El Secretario, Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras.- Diarizado N° 03.-

En el día de hoy lunes ocho (08) de junio de dos mil nueve, siendo las diez de la mañana se trasladó y luego de recorrer aproximadamente 31 kilómetro se constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V., F.d.M., Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a las 11:00 a.m., en un inmueble ubicado diagonal a la iglesia de la población de Las Mesas, específicamente en la casa N° 8-86, sede del Centro Bolivariano de Atención Integral al Adulto Mayor “Abrigo Doña Rosa”, Municipio A.R.C.d.E.T., previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de continuar dando cumplimiento a la Comisión ordenada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V. y F.d.M.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 15 de Diciembre de 2008, mediante oficio N° 3160-990, que guarda relación con la solicitud N° 1296, presentada por el ciudadano J.M.D.R., actuando como Alcalde A.R.C.d.e.T.. Está presente en representación de la parte solicitante la Abogada: C.d.V.G.N., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.351.133 e inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 93.855. Al llegar al lugar de constitución el tribunal para inspeccionar este inmueble procede a nombrar como experto asesor al ciudadano: R.J.M.U., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.361.420, profesión arquitecto, inscrito el colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el N° 189.265, quien asesorará en lo relativo a la descripción del inmueble donde está constituido el Tribunal, quien impuesto de la normativa legal inherente a su designación aceptó el nombramiento y prestó el juramento de ley. Acto seguido la parte solicitante solicitó el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: Solicito a el ciudadano Juez proceda a pronunciarse sobre los particulares contenidos en el folio número 11 del escrito de solicitud y que se refiere al inmueble consistente en: Terreno y casa para habitación (Ancianato), ubicado diagonal a la iglesia “Nuestra Señora del Carmen”, debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Jáuregui del Estado Táchira, anotado bajo el N° 05, Tomo VI, Protocolo Primero de fecha 16 de Mayo de 2001, el cual acompaño en copias simples marcado “D”. El Tribunal con ayuda del experto pasa a pronunciarse sobre los particulares solicitados por lo tanto, constituido en el inmueble se observó que tiene un frente de aproximadamente veinticinco metros (25 m) visto de frente que colinda con la carretera vía La Grita y por los costados tanto izquierdo como derecho tiene una extensión de aproximadamente ciento cuarenta metros lineales (140 m) y dentro de esa cabida existen cuatro módulos; el módulo que aquí se identifica como Uno (01); que colinda por el frente general del inmueble y que tiene 6 metros de retiro de la vía a La Grita, en ocho metros lineales (8 m) aproximadamente y, de fondo dieciséis metros medio lineales (16,50 m) aproximadamente, ocupando una superficie de aproximadamente de ciento treinta y dos metros cuadrados (132 m2 ), un quiosco de estructura y láminas metálicas con techo de zinc de un metro y medio (1,50 m) por un metro medio (1,50 m) aproximadamente, cuyo frente da hacia la carretera vía La Grita y uno de sus costados colinda con el costado lateral izquierdo visto de frente área general del inmueble ; Un módulo aquí denominado Número Dos (02), el cual tiene de frente doce metros lineales aproximadamente (12 m) y de fondo Dieciséis y medio metros lineales (16,50 m) aproximadamente, cuyo retiro frontal del final del módulo Uno (1) es de seis metros lineales (6 m) aproximadamente de frente, el retiro visto de frente en su costado derecho es de seis metros lineales (6 m) aproximadamente, el retiro visto de frente en su costado izquierdo es de siete metros lineales (7 m) aproximadamente, cuya cabida total del módulo es de aproximadamente ciento noventa y ocho metros cuadrados (198 m2); del final del módulo Dos (02) hacia el fondo se encuentra un área asfaltada de estacionamiento de quince metros y medio lineales de frente (15,50 m) aproximadamente por catorce metros lineales (14 m) aproximadamente de fondo, que colinda esta última medida con el costado izquierdo visto el inmueble de frente, previo retiro de diecinueve metros lineales (19 m) aproximadamente del módulo Dos (2); Un módulo aquí denominado como Tres (3) constituido cerca del fondo del terreno hacia el costado lateral derecho visto de frente, el cual tiene unas dimensiones de ocho metros lineales (8 m) aproximadamente por dieciocho y medio metros lineales (18,50 m) aproximadamente de fondo, cuya cabida general es de ciento cuarenta y ocho metros cuadrados (148 m2) aproximadamente; un módulo aquí denominado como Cuatro (4) el cual se encuentra cerca del fondo del terreno hacia el costado lateral izquierdo visto de frente, cuyos retiros por la parte frontal es de seis metros lineales (6 m) aproximadamente del espacio asfaltado destinado para estacionamiento y retirado tres metros lineales (3 m) aproximadamente del costado lateral izquierdo visto de frente, módulo este que tiene de frente seis metros y medio lineales (6,50 m) aproximadamente y de fondo diecinueve metros lineales (19 m) aproximadamente, entre los módulos tres y cuatro se encuentra un tanque plástico de almacenamiento de agua potable con capacidad de dos mil quinientos litros (2.500 lts.), suspendido sobre columna de cemento. Particularizando cada uno de los módulos antes señalados, el módulo Uno (1) tiene las siguientes características externas: tiene un sistema estructural con perfiles CONDUVEN de 120 mm por 120 mm, y estructura de techo con perfiles de 60 mm por 40 mm, la cubierta de techo es de machihembrado y teja criolla, paredes de bloque de concreto frisado, pisos de cerámica en general, marcos de hierro en puertas y ventanas, las ventanas son tipo persianas en vidrio con bases de aluminio, las puertas externas son metálicas; por encontrarse éste cerrado, se aprecia a través de las ventanas, dos ambientes divididos por una barra, el primer ambiente es el área de recepción y tras la barra hay un área vacía y al fondo del inmueble hay una batería de baño con puertas entamboradas y otro que sirve de depósito igualmente con puerta entamborada de madera; ésta área esta rodeada perimetralmente por una acera de un metro que finaliza con malla ciclón, existe un tanque de almacenamiento de agua potable de aproximadamente mil litros (1000 lts.) suspendido sobre una placa y columna de concreto armado; en la recepción en la antesala de observa en el techo una construcción de placa y tabelón como cubierta de tabelón como cubierta de corredor. El Módulo Dos (2) tiene techo de acerolit, paredes de bloque trabado y de estructura solo en la fachada, paredes de bloque frisada en su mayoría, pisos de cemento pulido, las ventanas de la fachada son de marco de hierro y ventanas de persianas de vidrio y en la parte posterior con persianas metálicas, protegidos todo ello con rejas; solo los accesos principales y baños tienen puertas metálicas; consta de cinco (5) habitaciones, una de ellas habilitada para despensa; área de cocina-comedor con servicios; área de recepción y visita, se observan dos baterías de baño y un área de estar abierta; en cuanto a los baños el destinado a caballeros no tiene lavamanos, la pieza sanitaria está deteriorada y la ducha no funciona correctamente; el baño usado por las damas tiene el lavamanos fuera del recinto, la pieza sanitaria no le funciona el herraje y la ducha termina en nicle metálico. El Módulo Tres (3) destinado al uso del programa de Medicina Integral Comunitaria, tiene perfil estructural CONDUVEN, de 100 mm por 100 mm, la estructura de techo de perfiles CONDUVEN de 60 mm por 40 mm, techo de machihembrado con teja criolla, paredes de bloque de concreto frisadas, piso de terracota, con ventas panorámicas, rejas de protección, marcos y puertas de hierro, constituido por dos áreas destinadas a salón de clases y entre ellas el área de depósito y batería de baño sin usar por presentar filtraciones al abrirse la llave de paso de agua potable, por el costado lateral derecho visto de frente del módulo, hay una pieza sanitaria con lavamanos exterior, finalmente el módulo Cuatro (4) está erigido en columna estructural metálica y la estructura de techo con dos perfiles uno de 3” x 15” y el otro de 100 mm por 40 mm con cubierta de machihembre y cubierta de acerolit acanalado rojo, el piso es de cerámica y a nivel general presenta dos ambientes, uno destinado a consultorio y otro de habitación al personal, el primero tiene dos áreas de consulta, una de ellas tiene área de servicio e higiene y el otro es de consulta de pacientes, hay un baño común donde la pieza sanitaria carece de manguera para el llenado del tanque y el lavamanos carece de herrajes de desagüe, área ésta que presenta filtraciones en el techo, ocasionando desprendimiento del friso de la pared del baño; el ambiente de habitación está constituido por tres habitaciones, cocina y comedor, una de las habitaciones con baño privado y una última batería de baño en la parte exterior, todo ello en óptimas condiciones de mantenimiento y uso. Dicho módulo en su parte posterior presenta dos espacios cerrados con puertas y marcos de hierro que no se logró determinar su finalidad y condición. En este estado, la ciudadana Síndico Procuradora Municipal solicita al ciudadano Juez suspender la práctica de la inspección para continuarla el día martes nueve (09) de junio de 2009, para lo cual rogó nuevamente se sirva trasladar el Tribunal. El Juez acuerda de conformidad y fija el traslado para el día de martes 09-06-2009, a las nueve de la mañana. El secretario da lectura al acta y en señal de conformidad se firma, siendo las 3:30 p.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. El Juez (LS). firma ilegible. Abog. Panagiótis Paraskevás Collitiri. La Síndico solicitante, firma ilegible. Abog. C.d.V.G.N.. El Experto, firma ilegible. Arq. R.J.M.U.. El secretario, firma ilegible. Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras. Diarizado N° 08.- En el día de hoy martes nueve (09 de junio de dos mil nueve, siendo las nueve y treinta de la mañana se traslado y luego de recorrer aproximadamente 29 kilómetros se constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V., F.d.M., Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a las 10:15 a.m., en un inmueble ubicado en la Vía principal Las Mesas, entre carreras 14 y 15 Municipio A.R.C.d.E.T., previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de continuar dando cumplimiento a la Comisión ordenada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V. y F.d.M.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 15 de Diciembre de 2008, mediante oficio N° 3160-990, que guarda relación con la solicitud N° 1296, presentada el ciudadano J.M.D.R., actuando como Alcalde del Municipio A.R.C.d.E.T.. Esta presente en representación de la parte solicitante la Abogada: C.d.V.G.N., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.351.133 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 93.855. Al llegar al lugar de constitución el Tribunal para inspeccionar el camión procede a nombrar como experto asesor al ciudadano: J.L.F.C., titular de la Cédula de Identidad N° 80.368.143, de ocupación mecánico diesel adscrito a la Alcaldía del Municipio A.R.C., quien asesorará en lo relativo a la inspección del vehículo y quien impuesto de la normativa legal inherente a su designación aceptó el nombramiento y prestó el juramento de ley. Acto seguido la parte solicitante solicitó el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: Solicito al ciudadano Juez proceda a pronunciarse sobre los particulares contenidos en el folio número 11 del escrito de solicitud y que se refiere al vehículo descrito en el numeral NOVENO: consistente en un Vehículo Marca CHEVROLET; Modelo KODIAK; Año 2006; Clase CAMION; Tipo VOLTEO; Uso CARGA; Color BLANCO; Serial de Carrocería 8ZCP7H1C36V311819; Placa 41C-IAE, según Certificado de Registro de vehículo N° 24979228, emanado por el Ministerio de infraestructura, Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre de fecha 12 Octubre de 2006; el cual acompaño en copias simples marcado “I”, presento en original en este acto para su vista y devolución, a los efectos de dejar constancia de que al momento de recibir la alcaldía, dicho vehículo se encontraba en mantenimiento y reparación, por ello fue que no se había logrado su inspección con anterioridad y en consecuencia consigno copia fotostática simple de las facturas emitidas por la Sociedad Mercantil Servicios Técnicos Caterpilar C.A. N° 004550 de fecha 04 de febrero de 2009 y recibo de pago N° 001539 de fecha 06 de marzo de 2009. El Tribunal pasa a pronunciarse y con la ayuda del experto expone: Realizada la inspección correspondiente al vehículo automotor se observó que hay una disparidad en cuanto al serial del motor indicado en el certificado de registro de vehículo suministrado por la parte solicitante y la presente inspección, pues el motor es de marca CATERPILAR modelo ADR80-00 y tiene como serial 9SZ23851 y no como indica dicho certificado “36V311819”; en cuanto a las demás características si coinciden con las allí identificadas; es de acotar que el serial del chasis indicado por el experto es el siguiente: GM 15641039 113093; y sus condiciones en la tolva son regulares pues el piso lo tiene hundido y en cuanto al neumático de repuesto se aprecia que tiene un desgaste tal que seria peligroso ponerlo a funcionar, en lo relativo a su operabilidad se encuentra en pleno funcionamiento, se acuerda agregar las copias presentadas a los folios de la comisión, es todo. Seguidamente el tribunal se trasladó al casco urbano del centro poblado, en la calle 7 entre carreras 5 y 6 inmueble consistente en un módulo industrial sin número. El Tribunal nombra como experto para ésta parte de la inspección al ciudadano: R.J.M.U., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.361.420, profesión arquitecto, inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el N° 189.265, quien asesorará en lo relativo a descripción del inmueble conde está constituido el Tribunal, quien impuesto de la normativa legal inherente a su designación aceptó el nombramiento y prestó el juramento de ley. Acto seguido la parte solicitante solicitó el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: Solicito a el ciudadano Juez proceda a pronunciarse sobre los particulares contenidos en el folio número 11 del escrito de solicitud y que se refiere al inmueble consistente en: Terreno ubicado en la Calle 7, Sector Centro Poblado Las Mesas, debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario de los Municipios Jáuregui, Seboruco, A.R.C., J.M.V. y F.d.M.d.E.T., anotado bajo el N° 46, Tomo 16 de fecha 08 de abril de 2008, el cual acompaño en copias simples marcado “Q”. El Tribunal con ayuda del experto pasa a pronunciarse sobre los particulares por lo tanto, constituido en el inmueble se observó que considerando las medidas lineales indicadas en el documento de propiedad suministrado por la parte solicitante, se logro ubicar el inmueble de forma irregular en el cual el frente o norte da hacia la calle 7, el costado derecho visto de frente con el terreno que fue de J.G.G., el costado izquierdo visto de frente y el fondo, con propiedades de as cuales se ignora su titularidad, sin perjuicio de la literalidad del documento de propiedad suministrado por la solicitante donde indica ser la Municipalidad titular. Entre el ángulo que forma el lindero norte de la calle 7 y el costado lateral izquierdo del inmueble hasta una distancia de sesenta y cinco coma veinticinco metros lineales (65,25 m) hasta llegar al lindero de fondo colinda con ciertas edificaciones: desde el mismo punto norte de la calle corre paralelo unas distancia de cuatro coma cincuenta metros lineales (4,50 m) para cruzar perpendicular catorce metros y medio (14,50 m) lineales hacia el interior del terreno hasta llegar a un pequeño módulo de tipo industrial y de allí en adelante vuelve a tomar la dirección paralela a la calle 7 hasta encontrarse con el lindero lateral derecho del inmueble en una medida de nueve metros y medio (9,50 m) lineales; desde ese punto, en línea recta y colindante a dicho lindero se encuentra la propiedad que fue de J.G.G. en una extensión de Cincuenta y nueve metros y medio (59,50 m) lineales; para que en el lindero del fondo se cierra la cabida en dieciséis metros (16 m) lineales; en principio se encuentra un módulo industrial que tiene de frente catorce metros (14 m) de frente por nueve metros (9 m) de fondo aproximadamente, dicha infraestructura tiene las siguientes características: perfiles estructurales IPN utilizados en columnas, vigas y estructuras de techo y utilización de láminas de asbesto para la cubierta de techo, con caída a dos aguas, paredes de bloque de cemento de 15 cm sin frisar pero pintadas, internamente cuenta con un ambiente amplio utilizado para trabajos de costura, al fondo se presentan dos ambientes con baño cada uno, de los cuales uno es utilizado para depósito; en consecuencia su baño no está en funcionamiento y el otro es utilizado como dormitorio; el acceso frontal es a través de portones tipo Santamaría y los del fondo son mediante puertas y marcos de hierro, piso de cemento pulido. A continuación finalizado dicho módulo penetramos casi nueve metros dentro del terreno y nos conseguimos con un galpón de piso de cemento rústico, estructura en perfiles CONDUVEN de 4” x 4” techo de zinc, sin paredes, es decir solo espacio abierto, con unas medidas generales de nueve metros (9 m) lineales de de frente por seis metros (6 m) lineales de fondo, donde uno de sus costados colinda con el lindero lateral izquierdo del terreno en inspección. Igualmente finalizado dicho módulo penetrando casi nueve metros dentro del terreno pero en el costado lateral derecho visto de frente, nos conseguimos con una edificación de cuatro metros y medio (4,50 m) lineales de frente por nueve metros y medio (9,50 m) lineales de fondo aproximadamente, de ambiente de servicio con paredes de bloque frisado y techo de zinc, prosiguiendo hasta el fondo de este inmueble en la misma media, con malla gallinera y alambre de púas, donde se desconoce totalmente la cualidad de ocupantes de todas estas edificaciones pues ninguno presentó documentación válida pertinente sobre el particular, es todo. Nuevamente en uso del derecho de palabra la ciudadano Síndico actuante solicitó al tribunal trasladarse ahora hasta el “Boulevard del Estudiante” el cual se encuentra ubicado en las adyacencias de la esquina de la carrera 5 con calle 9, frente a la Unidad Educativa L.B.P.F., el tribunal acuerda de conformidad a lo solicitado y constituido en el boulevard antes mencionado procedió a pronunciarse sobre los particulares solicitados y con ayuda del experto expone: el sitio a inspeccionar posee estructura de columnas y vigas de concreto armado de 20 cm por 20 cm, con pared medianera al frente de 0,80 m de altura forradas en piedra laja y divisiones internas con paredes hasta el techo, todas frisadas excepto la pared posterior que colinda con la Unidad Educativa, pisos de cemento pulido requemado de diferentes colores, la estructura de techo es de perfiles CONDUVEN de medidas 3” x 1 ½” y recubierto de techote machihembré y teja criolla, en regular estado por cuanto se observa rastros de filtraciones los accesos son de puerta y rejas de hierro soldado, en su frente hay un retiro de acera complementaria al boulevard a la acera principal de 0,80 m; dicho boulevard está constituido por ocho (8) módulos de diferentes dimensiones; desde la que hace esquina entre la calle 9 y la carrera 5 hasta su culminación tiene una medida lineal de treinta y tres metros (33 m) aproximadamente por tres metros como ochenta (3,80 m) de fondo, con la particularidad que el último de los módulos tiene un frente de cinco metros (5 m) lineales y le sigue pasillo de acceso a la Unidad Educativa L.B.P.F. de tres metros y medio (3,50 m) lineales de ancho para continuar con los siete módulos restantes en una medida de veinticuatro como setenta metros (24,70 m) lineales, en condiciones de uso normal de tipo comercial y/o depósito, es todo. En este estado, la ciudadana Síndico Procuradora Municipal solicita al ciudadano Juez suspender la práctica de la Inspección para continuar el día miércoles diez (10) de junio de 2009, par lo cual rogó nuevamente se sirva trasladar el Tribunal. El Juez acuerda de conformidad y fija el traslado para el día miércoles 09-06-2009, a las diez de la mañana. El Secretario da lectura al acta y en señal de conformidad se firma, siendo las 4: p.m. Es todo, se leyó y conformes firman. El Juez (LS). Firma ilegible. Abog. Panagiótis Paraskevás Collitiri. La Síndico solicitante, firma ilegible. Abog. C.d.V.G.N.. El Experto mecánico, firma ilegible. J.L.F.C.. El Experto, firma ilegible. Arq. R.J.M.U.. El secretario, firma ilegible. Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras. Diarizado N° 02.- En el día de hoy miércoles diez (10) de junio de dos mil nueve, siendo las nueve y treinta de la mañana se trasladó y luego de recorrer aproximadamente 28 kilómetros se constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V., F.d.M., Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a las 10:15 a.m., en un inmueble ubicado contiguo a la vía Principal La Grita-la Fría de Las Mesas, específicamente en la inmediaciones del Mercado Municipal del sector La V.d.C., jurisdicción del Municipio A.R.C.d.e.T., previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de continuar dando cumplimiento a la Comisión ordenada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V. y F.d.M.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 15 de diciembre de 2008, mediante oficio N° 3160-990, que guarda relación con la solicitud N° 1296, presentada por el ciudadano J.M.D.R., actuando como Alcalde del Municipio A.R.C.d.e.T.. Esta presente en representación de la parte solicitante la Abogada C.d.V.G.N., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.351.133 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 93.855. Al llegar al lugar de constitución el Tribunal para inspeccionar este inmueble procede a nombrar como experto asesor al ciudadano: R.J.M.U., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.361.420, profesión arquitecto, inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el N° 189.265, quien asesorará en lo relativo a la descripción del inmueble donde está constituido el Tribunal; el mismo impuesto de la normativa legal inherente a su designación aceptó el nombramiento y prestó el juramento de ley. Acto seguido la parte solicitante solicitó el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: solicito al ciudadano Juez proceda a pronunciarse sobre los particulares contenidos en el folio número 11 del escrito de solicitud y que se refiere al inmueble donde está constituido el Tribunal y que por tradición desde la creación del Municipio ha estado bajo la administración de la Alcaldía del Municipio A.R.C., sin que exista documento de propiedad particularizado al respecto. El Tribunal con ayuda del experto pasa a pronunciarse sobre los particulares solicitados por lo tanto, constituido en el inmueble se observó que el inmueble en general tiene una cabida de aproximadamente Seis Mil Quinientos Trece metros cuadrados (6.513 m2) con tres edificaciones constituidas en su interior, una primera área de ocupación de placa de concreto de 62,5 m de frente por 11 m de profundidad, o sea 687,5 m2 donde se encuentran erigidos dos módulos de 8 locales cada uno constituidos por seis locales comerciales por el frente y dos por la parte posterior, cada módulo con área general de 120,60 m2 que hoy por hoy si bien se encuentran algunos ocupados los están utilizando con un doble propósito tanto comercial como habitacional, sin que pudieren demostrar su cualidad o legitimidad de ocupantes, negándose a identificarse. Módulos éstos edificados en columna CONDUVEN de 100 mm x 100mm, vigas de estructura de 120 mm x 65 mm y perfiles en estructura de techo de 3” x 1 ½ “, techo de machihembrado y teja criolla, en regular estado de mantenimiento, el acabado del piso es en cemento rústico, paredes internas de división de bloque frisado y pintado y paredes externas en ladrillo de arcilla a un metro de altura, completando en reja cada uno de los locales, con excepciones de un solo local de ellos. Es de observarse que en los locales posteriores fueron sellados con paredes de bloque y ocupados por los habitantes de los locales frontales, comunicándose ambos locales a través de una abertura en la pared medianera. Una segunda infraestructura que ocupa un área de frente de 10,10 m y de fondo 41,10 m, es decir de 415,11 m2 en losa de concreto con tuberías internas para aguas blancas, aguas negras y electricidad, levantando en un sistema estructural aporticado de columnas 200 mm x 200 mm, vigas de 300 mm x 100 mm, en doble planta y los perfiles para el soporte de la losacero de aproximadamente 15 cm x 8 cm. Una tercera edificación que se encuentra erigida en el extremo lateral izquierdo visto de frente el terreno, constituido por una cancha deportiva múltiple , que tiene las siguientes medidas: 19,30 m de frente por 32,40 m de fondo, encerrada en malla ciclón en mal estado de conservación. Existe la particularidad que de manera irregular pero bordeando el límite posterior del terreno se encuentra una pared de aproximadamente tres metros de alto, que ocupa una medida lineal de 193 metros aproximadamente. Finalmente se observó en el ángulo que forma el lindero frontal haciendo esquina con el lindero lateral izquierdo del terreno, un pequeño kiosco de 1,5 m x 1,5 m, de paredes y estructura metálica y techo de zinc. También se observó, un área aproximada de 500 m2 de inundación por aguas de lluvia, sin drenaje aparente. En este estado, la ciudadana Síndico Procuradora Municipal solicita al ciudadano Juez suspender la práctica de la inspección para continuarla el día lunes quince (15) de junio de 2009, para lo cual rogó nuevamente se sirva trasladar el Tribunal. El Juez acuerda de conformidad y fija el traslado para el día 15-06-2009, a las diez de la mañana. El Secretario da lectura al acta y en señal de conformidad se firma, siendo las 3:00 p.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. El Juez acuerda de conformidad y fija el traslado para el día miércoles 09-06-2009, a las diez de la mañana. El Secretario da lectura al acta y en señal de conformidad se firma, siendo las 4: p.m. Es todo, se leyó y conformes firman. El Juez (LS). Firma ilegible. Abog. Panagiótis Paraskevás Collitiri. La Síndico solicitante, firma ilegible. Abog. C.d.V.G.N.. El Experto, firma ilegible. Arq. R.J.M.U.. El secretario, firma ilegible. Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras. Diarizado N° 02.

En el día de hoy lunes veintinueve (29) de junio de dos mil nueve, siendo las 9:30 de la mañana, se trasladó y luego de recorrer aproximadamente 31 kilómetros se constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V., F.d.M., Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en el inmueble ubicado entre la Calle principal del sector El Bolivariano, específicamente en la sede de la Escuela del lugar, jurisdicción del Municipio A.R.C.d.e.T., previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de continuar dando cumplimiento a la Comisión ordenada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V. y F.d.M.d. la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha 15 de Diciembre de 2008, mediante oficio N° 3160-990, que guarda relación con la solicitud N° 1296, presentada por el ciudadano J.M.D.R., actuando como Alcalde A.R.C.d.e.T.. Está presente en representación de la parte solicitante la Abogada: C.d.V.G.N., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.351.133 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 93.855. Al llegar al lugar de constitución el Tribunal para inspeccionar este inmueble procede a nombrar como experto asesor al ciudadano: R.J.M.U., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.361.420, de profesión Arquitecto, inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo matrícula N° 189.265, quien asesorará en lo relativo a la descripción del inmueble donde está constituido el Tribunal; impuesto de la normativa legal inherente a su designación aceptó el nombramiento y prestó el juramento de ley. Acto seguido la parte solicitante solicitó el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: Solicito al ciudadano Juez proceda a pronunciarse sobre los particulares contenidos en el folio número 11 del escrito de solicitud y que se refiere al inmueble Primero: el distinguido en el escrito bajo el numeral XXI y cuyo documento esta en el anexo “V”, inmueble consistente en un terreno ubicado en el Sector El Bolivariano-Las Mesas, debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario de los Municipios Jáuregui, Seboruco, A.R.C., J.M.V. y F.d.M.d.e.T., anotado bajo el Nº 10, Tomo 12 de fecha 12 de Marzo de 2.008.- El Tribunal en consecuencia y con la colaboración del experto anteriormente juramentado hace constar que se trata de dos (2) lotes de terreno que unidos forman una sola integridad, cubierto de maleza y pasto con cerca de alambre de púas en sus linderos, el cual tiene unos linderos generales identificados así: Frente, con calle pública, mide cincuenta y dos metros (52 m); lado Izquierdo visto de frente, mide cuarenta metros (40 m) con inmueble ocupado hoy por hoy por N.S.; Fondo, inicialmente mide veintidós metros (22 m) lineales, luego de hacer ángulo de 90° existen 10 metros lineales que se dirigen hacia el lindero frontal, para luego volver a cruzar otros 90° hacia el lateral derecho en una medida de 30 metros y haciendo lindero con el inmueble ocupado por N.R., para concluir con el lindero lateral derecho general del inmueble que mide este último 30 metros lineales sobre calle pública, es todo.- Segundo: el distinguido en el descrito en el numeral XXVI y cuyo documento esta en el anexo “AA”, inmueble consistente en un Terreno ubicado en el Sector El Bolivariano-Las Mesas, debidamente Autenticado por ante la Notaría Pública de La Fría, Municipio G.d.H.d.e.T., quedando inserto bajo el Nº 13, Tomo 58 de fecha 23 de Diciembre de 2.004.- El Tribunal en consecuencia y con la colaboración del experto hace constar que se trata de un terreno plano de forma rectangular, alinderado y medido así: Frente, con calle pública que mide veintitrés metros (23 m) lineales; fondo, mide veintitrés metros (23 m) con inmueble y construcción cuyo propietario se desconoce por no ubicarse sus habitantes; Lado derecho visto de frente, mide treinta y tres metros (33 m) con calle pública y Lado Izquierdo, mide treinta y tres metros (33 m) con inmueble cuyo propietario se desconoce. Se deja constancia que sobre este terreno están construidos dos módulos con techos de zinc, paredes de madera a media pared culminando hasta el techo con malla gallinera, pisos de cemento y ventilación natural, las puertas de acceso son de madera; dichos módulos están funcionando como aulas para los cursos superiores de la escuela del sector El Bolivariano, al fondo de las dos aulas hay una batería de baño dividida en paredes de bloque frisadas y pintadas con techo de zinc, de las dos baterías de baño, solo una esta en funcionamiento y la otra esta inhabilitada, es todo. Tercero: el distinguido en el descrito en el numeral XIII y cuyo documento esta en el anexo “N”, inmueble consistente en Terreno y casa para habitación, ubicado en el Sector Caliche-Las Mesas, debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario de los Municipios Jáuregui, Seboruco, A.R.C., J.M.V. y F.d.M.d.e.T., anotado bajo la Matricula Nº 06RI-T 22-44, de fecha 25 de Abril de 2.006. El Tribunal con la colaboración del experto hace constar que se trata de lote de terreno rectangular, alinderado y medido así: Frente, mide cincuenta metros (50 m) con calle pública; Fondo, mide Cincuenta metros (50 m) con camino real destinado a ser construida futura vía pública, hoy terreno cubierto de maleza y pasto; lado derecho, mide Ochenta metros (80 m) con camino real y futura construcción de vía pública; Lado Izquierdo, mide Ochenta Metros (80 m) lineales con módulo de suministro de alimentos. Se hace constar que sobre este terreno están edificadas tres infraestructuras a saber: a) una casa para habitación edificada sobre una placa de 7,50 m de frente por 14,20 m de fondo y separada 5,80 m de izquierda a derecha y 4,50 m de frente a fondo, la cual es de las siguientes características: paredes de bloque trabado sin ningún tipo de estructura o columna ni friso ni pintura interna ni externa, techo de zinc, internamente tiene 4 habitaciones, cocina, comedor, sala y, el área de baño y servicio está en el exterior de la edificación, al no tener columnas la mayor parte de las paredes presentan grietas. B) Dos Aulas de clase de la escuela Bolivariana, con medidas de 8,40 m de frente por 10,40 m de profundidad cada una de ellas, separadas entre sí por un patio de 2,20 m de ancho y con una separación de 3,50 m de frente a fondo, el resto del terreno está cubierto de pasto natural a la intemperie que sirve para el desarrollo de actividades deportivas y recreativas de los alumnos de escuela que en él opera; estructuralmente estas últimas, son de paredes de bloque frisado, con la pintura en regular estado, una con columnas de cabilla y cemento, y otra de tubo estructural, ambas con techos de estructura metálica, recubiertos de machihembrado y teja criolla a dos aguas, tiene ventanas panorámicas con reja de protección, cada aula tiene una sola puerta metálica de acceso, no se observan filtraciones y en general en buenas condiciones de uso y mantenimiento. Para Continuar con la inspección la ciudadana Síndico Procuradora, solicitó al Tribunal trasladarse ahora al sector El Módulo de esta población de Las Mesas y así se acordó y siendo las dos de la tarde se constituyó en la carrera 11, en un terreno que se destinará a un acceso o vía pública y le concedió el derecho de palabra a la solicitante y expuso: Solicito al ciudadano Juez proceda a pronunciarse sobre los particulares contenidos en el folio número 11 del escrito de solicitud y que se refiere al inmueble distinguido en el descrito en el numeral XVIII y cuyo documento esta en el anexo “S”, inmueble consistente en Terreno ubicado en la carrera 11, Sector El Modulo-Las Mesas (Vía Pública), debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario de los Municipios Jáuregui, Seboruco, A.R.C., J.M.V. y F.d.M.d.e.T., anotado bajo el Nº 08, Tomo 24 de fecha 22 de Mayo de 2.007, El Tribunal con la colaboración del experto hace constar que se trata de un terreno a la intemperie adyacente a la vía pública, sin pavimentar, alinderado y medido así: frente, mide once metros (11 m) con vía pública; fondo, mide once metros (11 m) con terrenos que son o fueron de R.C.; Lado derecho, mide veinte metros (20 m) con inmueble habitado por P.V.; Lado Izquierdo, igual medida a la anterior con inmueble habitado por L.O.. Se hace constar que dentro de este terreno están plantados dos árboles, no hay pavimento y es usado como vía de acceso a una lotificación, es todo. Prosiguiendo con la inspección la ciudadana Síndico Procuradora, solicitó al Tribunal trasladarse ahora al sector El Carmen de esta población de Las Mesas y así se acordó; siendo las tres de la tarde se constituyó en la Escuela Básica Bolivariana NER 202, ubicado en el sector El Carmen de esta población y le concedió el derecho de palabra a la solicitante y expuso: Solicito al ciudadano Juez proceda a pronunciarse sobre los particulares contenidos en el folio número 11 del escrito de solicitud y que se refiere a un terreno propiedad de la Alcaldía según consta en documento registrado ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Jáuregui, bajo el N° 26, Protocolo 1°, Tomo 1, de fecha 18 de enero de 1994. El Tribunal con la colaboración del experto hace constar que se trata de terreno de sesenta y tres metros (63 m) de frente por cincuenta y cuatro metros (54 m) de fondo aproximadamente, donde está edificada la Escuela Básica Bolivariana NER 202 C.G., en su parte frontal izquierda tiene un área de estacionamiento de 17 m de frente por 7 m de fondo; dicha escuela consta básicamente de seis edificaciones a saber: Primera: un patio central techado con estructura tubular de 27 cm de diámetro, con techo a 4 aguas, cubierto de machihembré y teja criolla, con medidas de 16,80 m por 11,80 m.- Segunda: un módulo con paredes de bloque frisadas con columnas de cemento y cabilla que soportan una estructura techo de 3 X 1 ½ pulgadas, con serchas de 2” x 1”, que soportan el techo de machihembré recubierto de teja criolla a dos aguas, dicha instalación tiene medidas de 7,40 m x 28,40 m que comprende áreas administrativas, cocina y baños. Este módulo se encuentra a una distancia de 15 m de la entrada y 11 m del fondo donde se encuentra la cerca de la cancha deportiva; 10,40 m del lindero izquierdo visto de frente y 7 m del patio central. Tercera: un módulo con paredes de bloque frisadas con columnas de cemento y cabilla que soportan una estructura techo de 3 X 1 ½ pulgadas, con serchas de 2” x 1”, que soportan el techo de machihembré recubierto de teja criolla a dos aguas, dicha instalación tiene medidas 7,40m x 28,40 m, está dividida en espacios utilizados para Computación, Primer Grado, Cuarto Grado y Segundo Grado, este módulo se encuentra a una distancia de 6 m del módulo antes descrito, 4 m del fondo donde se encuentra la cerca de la cancha deportiva y 4,50 m de la pared limítrofe derecha vista de frente. Cuarta, un módulo con paredes de bloque frisadas con columnas de cemento y cabilla que soportan una estructura techo de 3 X 1 ½ pulgadas, con serchas de 2” x 1”, que soportan el techo de machihembré recubierto de teja criolla a dos aguas, dicha instalación tiene medidas de 12,40 m x 11,50 m, está dividida en dos área de preescolar uno de salón de clases y otro de parque infantil y, este parque ocupa 5m x 11,50m de la cabida general del módulo infantil. Este módulo se encuentra a una distancia de 4,50 m de la pared lateral derecha y a 5,80 m del patio central. Quinta: un módulo con paredes de bloque frisadas con columnas de cemento y cabilla que soportan una estructura techo de 3 X 1 ½ pulgadas, con serchas de 2” x 1”, que soportan el techo de machihembré recubierto de teja criolla a dos aguas, dicha instalación tiene medidas de 7,40 m x 28,40 m, destinado para las aulas de Primero “B”, Quinto, Sexto y Tercer Grado. Este módulo se encuentra a una distancia de 4,50 m de la pared lateral derecha, 7 m de la pared del frente y a 5,50 m del parque infantil. Sexto: Una cancha múltiple encerrada con malla ciclón en condiciones de operatividad con la observación que la base de la pared que colinda con los terrenos del Mercado Municipal presenta signos de humedad producto del agua estancada en el terreno aledaño mencionado. En líneas generales la escuela antes descrita se encuentra en buen estado de funcionabilidad y con una planta física apta para sus funciones.- Después siguiendo con la inspección, la ciudadana Síndico Procuradora, solicitó al Tribunal trasladarse ahora a la entrada de la Aldea C.G. de esta población de Las Mesas y así se acordó y siendo las cuatro de la tarde se constituyó en la adyacencia de la carretera que de las mesas conduce a Seboruco, específicamente en la entrada al sector Vega de Pato, le concedió el derecho de palabra a la solicitante y expuso: Solicito al ciudadano Juez proceda a pronunciarse sobre los particulares contenidos en el folio número 11 del escrito de solicitud y que se refiere al inmueble distinguido en el descrito en el numeral XXIX y cuyo documento esta en el anexo “DD”, inmueble consistente en Terreno para ser utilizado únicamente como vía pública, ubicado en el Sector C.G.-Las Mesas, debidamente Autenticado por ante la Notaría Pública de La Fría, Municipio G.d.H.d.e.T., quedando inserto bajo el Nº 29, Tomo 65 de fecha 23 de Octubre de 2.006. El Tribunal con la colaboración del experto hace constar que se trata de un terreno a la intemperie ramal de la vía pública que de Seboruco conduce a las Mesas, cubierto de pavimento de cemento rígido, tipo regresiva, con desnivel y de forma irregular por el trazado de las curvas que mide en promedio 5 metros de ancho y 180 metros de longitud, prolongándose aún más la parte que actualmente está cementada, hasta llegar al puente de Vega de Pato, es todo. Seguidamente la Síndico Municipal solicita al ciudadano Juez suspender temporalmente la practica de la comisión y continuar el día de mañana. El tribunal acuerda de conformidad a lo solicitado y fija un nuevo traslado para el día martes 30 de junio de 2009 a las 9:30 a.m. El secretario da lectura al acta y en señal de conformidad se firma, siendo las 04:30 p.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. El Juez, (LS) Firma ilegible. Abog. Panagiotis Paraskevás Collitiri.- La Síndico solicitante, Firma ilegible. Abog. C.d.V.G.N..- El Experto, Firma ilegible. Arq. R.J.M.U..- El Secretario, Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras.- Diarizado N° 03.-

En el día de hoy martes treinta (30) de junio de dos mil nueve, siendo las 9:30 de la mañana, se trasladó y luego de recorrer aproximadamente 31 kilómetros se constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V., F.d.M., Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en el inmueble ubicado la carrera 11 de esta población de Las Mesas, específicamente en la vía principal, jurisdicción del Municipio A.R.C.d.e.T., previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de continuar dando cumplimiento a la Comisión ordenada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V. y F.d.M.d. la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha 15 de Diciembre de 2008, mediante oficio N° 3160-990, que guarda relación con la solicitud N° 1296, presentada por el ciudadano J.M.D.R., actuando como Alcalde A.R.C.d.e.T.. Está presente en representación de la parte solicitante la Abogada C.d.V.G.N., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.351.133 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 93.855. Al llegar al lugar de constitución el Tribunal para inspeccionar este inmueble procede a nombrar como experto asesor al ciudadano: R.J.M.U., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.361.420, de profesión Arquitecto, inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el N° 189.265, quien asesorará en lo relativo a la descripción del inmueble donde está constituido el Tribunal; impuesto de la normativa legal inherente a su designación aceptó el nombramiento y prestó el juramento de ley. Acto seguido la parte solicitante solicitó el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: Solicito al ciudadano Juez proceda a pronunciarse sobre los particulares contenidos en el folio número 11 del escrito de solicitud y que se refiere al inmueble; Primero: el distinguido en el escrito bajo el numeral XXIV y cuyo documento esta en el anexo “Y”, inmueble consistente en Terreno ubicado en la Carrera 11, Sector El Módulo-Las Mesas, debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario de los Municipios Jáuregui, Seboruco, A.R.C., J.M.V. y F.d.M.d.e.T., anotado bajo el Nº 19, Tomo 47 de fecha 17 de Septiembre de 2.008.- El Tribunal en consecuencia y con la colaboración del experto hace constar que se trata de lote de terreno a la intemperie y enmontado el cual, en su lindero lateral derecho visto de frente, se observa una boca de visita de aguas negras que atraviesa de forma diagonal al terreno y culmina en la carrera 11, con alcantarillado de cloaca que esta a mitad de vía asfaltada, el terreno rectangular mide 15 metros de frente por 19 metros de fondo, es todo.- Segundo: el distinguido en el descrito en el numeral XXIII y cuyo documento esta en el anexo “X”, inmueble consistente en un Terreno ubicado en el Sector R.G.-Las Mesas, debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario de los Municipios Jáuregui, Seboruco, A.R.C., J.M.V. y F.d.M.d.e.T., anotado bajo el Nº 27, Tomo 47 de fecha 18 de Septiembre de 2.008.- El Tribunal en consecuencia y con la colaboración del experto hace constar que se trata de un terreno plano de forma rectangular, a la intemperie, cubierto de maleza y arbustos, alinderado y medido así: Frente, con calle pública que mide treinta y nueve metros (39 m); fondo, mide treinta y nueve metros (39 m) con inmueble y construcción que es o fue de R.S. según consta en documento; Lado derecho, mide cuarenta y cinco metros (45 m) con calle pública y da frente al CEI Materno Simoncito “Consuelo Mayorca”; y Lado Izquierdo, mide cuerenta y cinco metros (45 m) con propiedad que es o fue de B.M., datos éstos que se desprenden de documento de propiedad suministrados por el solicitante, es todo. Tercero: el distinguido en el descrito en el numeral XXII y cuyo documento esta en el anexo “W”, inmueble consistente en Terreno ubicado en el Sector R.G.-Las Mesas, debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario de los Municipios Jáuregui, Seboruco, A.R.C., J.M.V. y F.d.M.d.e.T., anotado bajo el Nº 10, Tomo 34 de fecha 02 de Julio de 2.008. El Tribunal con la colaboración del experto hace constar que se trata de lote de terreno de forma irregular, alinderado y medido así: Frente, mide sesenta y siete metros (67 m) con calle pública Caliche – Las Minas; Fondo, mide Sesenta y Dos metros (62 m) con calle pública en Construcción del Desarrollo habitacional El Araguaney; lado derecho, mide Veinticuatro metros (24 m) con vía pública; Lado Izquierdo, mide Cincuenta y Cinco (55) metros con terreno que es o fue de G.G., según documento de propiedad suministrado por el promovente. Se hace constar que este terreno está cubierto de pasto natural y destacan 6 puntos de aguas negras. Para Continuar con la inspección la ciudadana Síndico Procuradora, solicitó al Tribunal trasladarse ahora a las adyacencias donde se erigirá la manga de coleo provisional de esta población de Las Mesas y así se acordó y siendo la una de la tarde se constituyó en un paso real o calle de tierra del sector R.G.. Cuarto: A la Síndico le concedió el derecho de palabra y expuso: Solicito al ciudadano Juez proceda a pronunciarse sobre los particulares contenidos en el folio número 11 del escrito de solicitud y que se refiere al inmueble distinguido en el descrito en el numeral XX y cuyo documento esta en el anexo “U”, inmueble consistente en Terreno ubicado en el Sector R.G.-Las Mesas (Vía Pública), debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario de los Municipios Jáuregui, Seboruco, A.R.C., J.M.V. y F.d.M.d.e.T., anotado bajo el Nº 24, Tomo 55 de fecha 22 de Octubre de 2.008. El Tribunal con la colaboración del experto hace constar que se trata de un terreno a la intemperie usado como vía pública, sin pavimento, alinderado y medido así: frente, mide ocho metros (8 m) con vía pública; fondo, mide ocho metros (8 m) con vía pública en construcción; Lado derecho, mide veinte metros (20 m); Lado Izquierdo, igual medida a la anterior de 20 m, se desconocen los propietarios de los terrenos colindantes por todos los lados. Prosiguiendo con la inspección la ciudadana Síndico Procuradora, solicitó al Tribunal trasladarse ahora al sector El Contento de esta población de Las Mesas y así se acordó; siendo las dos de la tarde se constituyó en una finca con casa de habitación sin número, se le concedió el derecho de palabra a la solicitante y expuso: Quinto: Sobre el inmueble distinguido en el escrito bajo el numeral Segundo (II) y cuyo documento esta en el anexo “C”, consistente en Terreno ubicado en el Sector el Cañal (El Contento), debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Jáuregui del estado Táchira, anotado bajo el Nº 16, Tomo VI, Protocolo Primero de fecha 28 de Mayo del 2.001. El Tribunal hace constar que constituido en la finca mencionada se entrevistó con su ocupante, ciudadano que se identificó como A.A.A.A., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.335.672, el cual al ser impuesto del motivo y razón de la presencia del tribunal presentó documento debidamente Registrado bajo el N° 14, Tomo 9, de fecha 25 de febrero de 2009, donde consta que adquirió ese inmueble por compra hecha a L.A.M.S., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.303.762, quien a su vez lo adquirió también por documento debidamente registrado ante la Oficina Subalterna de registro Público de los Municipios Jáuregui, Seboruco, A.R.C., J.M.V. y F.d.M., bajo el N° 22, Tomo 14, de fecha 26 de marzo de 2008. El Tribunal deja constancia que habiéndosele presentado un documento registrado que indica la coincidencia total de todos los linderos con el aquí indicado para su inspección, es por lo que se abstiene de realizar dicha inspección física del inmueble por oposición del ocupante anteriormente indicado, es por lo que este Tribunal omite el llevar a cabo la inspección sobre el mismo. Finalmente a petición de la solicitante y para culminar con los inmuebles solicitados el tribunal se trasladó a la comunidad de EL MORRETÓN, y ubicado en uno de los puntos de colindancia del inmueble señalado en el numeral XXX y documento anexado “EE”, solicitó el derecho de palabra la Síndico y expuso: Por cuanto se observa que el acceso a los puntos geográficos que permitan hacer la digitalización del plano de este lote de terreno que aproximadamente puede tener una cabida superior a las cien hectáreas (100 ha), aunado a la dificultad técnica por carecer del equipo de medición adecuado y las circunstancia de tiempo, considero prudente omitir la inspección de este numeral XXX para hacerlo con detenimiento y con la asesoría de algún organismo público competente en la materia agrícola y ambiental o la contratación de algún profesional en el ramo, es por lo que solicito se omita su inspección solicitada; finalmente me resta pedirle un nuevo traslado para inspeccionar o dejar constancia sobre unos equipos y materiales depositados en las adyacencias de la vía principal de Las Mesas, para lo cual ruego la urgencia del caso. El Tribunal vista la proposición hecha por la solicitante acuerda no inspeccionar el lote de terreno conocido como “El Morretón” considerando lo argumentado por la Síndico Procuradora Municipal y lo difícil del acceso a los puntos que sirven de lindero a la propiedad por ser montaña virgen y terrenos en pendiente; en lo referido a la solicitud para un nuevo traslado acuerda hacerlo para el día de mañana miércoles primero de julio de este año. El secretario da lectura al acta y en señal de conformidad se firma, siendo las 04:30 p.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. El Juez, (LS) Firma ilegible. Abog. Panagiotis Paraskevás Collitiri.- La Síndico solicitante, Firma ilegible. Abog. C.d.V.G.N..- El Experto, Firma ilegible. Arq. R.J.M.U..- El Secretario, Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras.- Diarizado N° 03.-

En el día de hoy miércoles primero (01) de julio de dos mil nueve, siendo las 9:30 de la mañana, se trasladó y luego de recorrer aproximadamente 30 kilómetros se constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V., F.d.M., Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en el inmueble ubicado en la Coordinación de Educación Municipal de población de Las Mesas, específicamente en la vía principal a escasos metros de la Pasarela, jurisdicción del Municipio A.R.C.d.e.T., previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de continuar dando cumplimiento a la Comisión ordenada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, A.R.C., Seboruco, J.M.V. y F.d.M.d. la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha 15 de Diciembre de 2008, mediante oficio N° 3160-990, que guarda relación con la solicitud N° 1296, presentada por el ciudadano J.M.D.R., actuando como Alcalde A.R.C.d.e.T.. Está presente en representación de la parte solicitante la Abogada C.d.V.G.N., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.351.133 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 93.855. Acto seguido la parte solicitante solicitó el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: En vista que en uno de los particulares de la solicitud me reservo el derecho a pedir cualquier otra circunstancia de hecho que refiera a inspección es por lo que formalmente así solicito que sea inventariado y para efectos de que sea nombrada una persona experta en la materia indico a la ciudadana: M.E.N.P., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.731.047, quien es Licenciada en Bioanálisis y a los efectos aceptó el nombramiento y prestó la juramentación de ley. El Tribunal procede a solicitarle a la experta que comience a indicarle a este Tribunal el contenido del inventario existente dentro del depósito y dicho inventario consiste en: Una (1) Camas Clínicas, color beige, sin colchoneta, en regular estado. Tres (3) Cilindros de Oxigeno (uno grande, uno mediano y uno pequeño). Cinco (5) Resmas de papel oficio. Una (1) Caja de gorros clínicos blancos (vence en el 2.014). Seis (6) Cajas de equipos de IAPAROTOMIA Y APARATOMIA, de 30 grs. Una (1) Impresora, marca Epson FX-880+, serial Nº D2HY001239 (se desconoce su estado). Dos (2) Cajas de Gerdex (desinfectante). Dos (2) Cajas de monos quirúrgicos. Una (1) Lámpara metálica sin bombillo. Un (1) Ventilador de pared FM, serial 200105044644 (se desconoce su funcionamiento, Código de Inv. Nº 080). Cinco (5) Paquetes de equipos de infusión (vence en el 2.009). Una (1) Caja contentiva de diez (1) cajitas de inyectadoras de 60 cc (vence marzo 2.009). Cuatro (4) Cajas de 50 unidades de guantes quirúrgicos. Tres (3) Toldillos de color a.c.. Una (1) Lavadora, marca Whipe-Westinghouse (automática), serial Nº 1005852 (se desconoce su estado de uso, Código de inv. Nº 151). Una (1) Caja rompe membranas. Cuatro (4) Cajas de catetes intravenosos periféricos (vencidos). Una (1) Caja de inyectadoras de 1 c.c. Una (1) Caja de inyectadoras de 5 c.c. Treinta y cinco (35) Cajitas de inyectadoras de insulina (vencidas). Una (1) Caja de agujas desechables de cien (100) unidades (vencidas). Un (1) Electro Bisturí, modelo 733, marca BIRTHERHYFRECATOR (se desconoce su estado de uso). Un (1) Peso, marca Camry. Una (1) Lámpara Quirúrgica, marca KIRSCHNER, serie 20 (se desconoce su funcionamiento). Cuatro (4) Cajas de solución Fisiológica Dextrosa al 5 % (vencidas). Treinta y cinco (35) Cajitas de 35 unidades C/U de agujas espinal (vencidas). Dos (2) Patos plásticos. Dos (2) Cajas de solución inyectable de Dextro-Sal al 0,45 % (vencidas). Tres (3) Cajas de solución inyectable Dextro-Sal al 0,30 % (vencidas). Un (1) Baño María, marca, Aquabath, serial 1000-0117 (código de Inv. 212, se desconoce su funcionamiento). Un (1) Macro Centrifuga de ocho (8) puestos, serial 7840, modelo Clin Aste, (Cod. de Inv. Nº 201, se desconoce su funcionamiento). Diecisiete (17) Bolsas de solución inyectable Delmed (vencidas). Un (1) Esterilizador, marca Procinac, modelo P 2000 (Cod. de Inv. Nº 144, se desconoce su estado de uso). Un (1) Rotador, Marca Rotogron, serial 489, (Cod. de inv. Nº 200, se desconoce su estado de uso). Un (1) Rotador, marca Rotomix, modelo M50825, serial 1088010506075 (Cod. de Inv. Nº 204, se desconoce su funcionamiento). Un (1) Baño María, marca Shel-LAB, modelo 1203, serial 0712601 (Cod. de Inv. Nº 205, se desconoce su estado de funcionabilidad). Un (1) Lector de Química, marca Stat-Fax 1020 (se desconoce su funcionamiento). Dos (2) Guías de Atlas de Venezuela. Tres (3) Manuales Operativos. Una (1) Guía de Entrenamiento. Un (1) Curso de Asistencia. Dos (2) Libros del hábitat y la huella del hombre. Una (1) Libreta de consultas ginecológicas. Una (1) Caja de vendas de yeso, marca Gypsona, (contiene 4 cajitas de 24 unidades C/U). Un (1) Megatoscopio, marca Mara X Rayilumi, modelo PH95, serial SN010000112 (Cod, de Inv. Nº 140, se desconoce su funcionamiento). Un (1) Megatoscopio, marca Mara X Rayilumi, modelo 74B3, (Cód. de Inv. Nº 137, se desconoce su funcionamiento). Un (1) Monitor AOC, serial S4CS14A844238 (se desconoce su funcionamiento). Una (1) Caja contentiva de ordenes de pago y compras del Ambulatorio

Dos (2) Cajitas de Pipetman, marca Wilson. Una (1) Caja de cilindros de 50 metros lineales. Una (1) Caja de cilindros de 250 ml con sus copas. Una (1) Caja de Micro Pipettes, marca Boeco Germanía. Tres (3) Bases plásticas de tubos grabados. Tres (3) Bases metálicas de tubos grabados. Un (1) Contador de cinco (5) teclas, modelo DBC-6, de laboratorios Counter (Cod. de Inv. Nº 209). Un (1) Contador de ocho (8) teclas, modelo HUD-DBC-9, de laboratorios Counter (Cod. de Inv. Nº 210). Una (1) Bolsa de diez (10) pipetas de 2 /0,02 metros lineales. Una (1) Caja de jeringas de insulina de 1 ml (vencida). Una (1) Caja de anime de solución inyectable (algunas vencidas). Cinco (5) Fluorescentes quemados. Cuatro (4) Mesas metálicas, color beige, de una gaveta y dos entrepaños (Cod. de Inv. Nº 121, 122 y 123, en regular estado). Una (1) Caja con Historias Medicas. Una (1) Caja con varias medicinas vencidas. Un (1) Microcentrifuga, marca Heiga, serial 02030122, (Cod. de Inv. Nº 203, se desconoce su funcionamiento). Un (1) Mezclador Hematológico, serial 1862, modelo BR01 con sus respectivos accesorios (Cod. de Inv. Nº 22, se desconoce su funcionamiento). Una (1) Brequera pequeña. Un (1) Cuadro de objetivos. Un (1) Desfibrilador, marca HEWLETT-PACKARD, serial 290509639 (Cod. de Inv. Nº 238, se desconoce su funcionamiento). Un (1) Monitor Tensiómetro Electrónico, marca OHMEDA 4700 Oxicarp, serial CE-1478 (Cod. de Inv. Nº 141, se desconoce su funcionamiento). Un (1) Ventilador vertical marca Kangle, modelo GL-468ª. Una (1) Mesita de noche en madera con dos gavetas (Cod. de Inv. Nº 156). Una (1) Tapa de hierro, color azul. Un (1) Gabinete de formica, de 2 gavetas y 2 puertas, color blanco y marrón (Cód. de Inv. Nº 196, en regulares condiciones). Una (1) Caja 21 unidades de Bicarbonato de Sodio 50 % de 100 ml (vence 12/08). Cincuenta (50) Unidades de Cefalotina de un gramo (polvo para solución inyectable, vencidas). Un (1) Equipo de ORL, marca WELCHALLYN, serial 767 (Cod. de Inv. Nº 026, se desconoce su funcionamiento). Un (1) Equipo de ORL, marca WELCHALLYN, serial 767 (Cod. de Inv. Nº 019, se desconoce su funcionamiento). Un (1) Aparato, marca Heine, en 80, serial Nº 0/11237 (se desconoce su funcionamiento).Un (1) Aparato Microspin 24, marca Vulcon Technologies, serial 2380, modelo MS 24 (se desconoce su funcionamiento). Dieciocho (18) Persianas de aluminio. Un (1) Peso-talla, marca Seca, serial 904785 (se desconoce su funcionamiento). Un (1) Peso-talla, marca Detecto, serial Nº 3P7044 (Cod. de Inv. Nº 011, se desconoce su funcionamiento). Un (1) Peso-talla, marca Seca, serial Nº 904614 (nuevo, se desconoce su funcionamiento). Un (1) Analizador de Química Sanguínea, marca A.W., serial Nº 509, monitor serial Nº 81930254 (Cod. de Inv. Nº 207, se desconoce su funcionamiento). Dos (2) Mesas de madera, de color azul (en regulares condiciones). Una (1) Campana Extractora, marca Kenmore (Cod. de Inv. Nº 191, se desconoce su funcionamiento). Un (1) Megatoscopio, marca Mara X RAYILUMINETOR, modelo Nº PH95, (Cod. de inv. Nº 140, se desconoce su funcionamiento). Cuatro (4) Bases de color negro para tubos de ensayo. Unas (1) Caja repleta de solución dextrosa al 0,45 % y al 5 % (vencidas). Un (1) Cloche, marca Ford (dañado). Un (1) Galón plástico para suero, de cuatro (4) litros. Una (1) Pata giratoria de silla de cinco (5) ruedas. Una (1) Esterilla con diez (10) tubos giratoria. Una (1) Colchoneta para camilla, color verde (reglares condiciones). Una (1) Camilla color beige ( en regulares condiciones). Una (1) Camilla blanca con ruedas (Cod. De Inv. Nº 173, en regular estado).

Una (1) Cajita metálica, color crema. Un (1) Regulador de corriente, marca Rush, Nº FP-38, color negro (se desconoce su funcionamiento). Un (1) Transmisor, marca Migland, modelo 77-099, serial 20809360 (se desconoce su funcionamiento). Un (1) Transmisor, marca General Electric, serial 0277210, usado (se desconoce su funcionamiento). Un (1) Transmisor, marca Cobra, 19 DX, serial 411015422, usado ( se desconoce su funcionamiento). Una (1) Maquina de escribir eléctrica, marca S.C. XD4950 (se desconoce su funcionamiento, Cod, de Inv. Nº 206). Una (1) Maquina de escribir eléctrica, marca S.C. XD4950, modelo 5ª-4 (se desconoce su funcionamiento). Cuatro (4) Cunas Clínicas para bebes (Cod.de Inv. Nº 129, 182 y 183. Un (1) Peso para bebe, marca Seca, modelo 7251021009, serial Nº 2725282029375 ( se desconoce su funcionamiento). Una (1) Caja de insumos Nº 5, contentiva de cincuenta y tres (53) cajitas de agujas 26G ½

Una (1) Caja de agujas 27 G ½. Una (1) Cajas de agujas de sutura 2-0 de 37 mm. Una (1) Cajas de agujas de sutura 3-0 de 26 mm. Una (1) Caja de catete intravenoso (vencido). Una (1) Caja de Anestesia Xileston al 2 % (vencido). Una (1) Caja con material quirúrgico. Diez (10) Cajas de insumos (medicinas varias). Una (1) Caja de batas para cirujano. Una (1) Caja de infusión intravenosa. Un (1) Gabinete de cuatro puertas (en regular estado). Un (1) Tensiómetro BMS, modelo 12-525 (Cód. de Inv. Nº 018). Una (1) Maquina Centrifuga laboratorio, modelo HUD-DSC 1524SD, serial 02030085, marca Heigar (se desconoce su funcionamiento). Un (1) Microscopio Binocular, marca Único, serial 200014913, (Cód. de Inv. Nº 202). Un (1) Microscopio marca Carl Zeiss, serial Nº 3108000428 (Cód. de Inv. Nº 208). Una (1) Caparazón de un CPU. Un (1) Conector de Química Sanguínea UPS, modelo ON 900ª, serial Nº 0150-1262. Un (1) Carro de faena sucia (Cód. de Inv. Nº 154). Un (1) Analizador de Hematología marca Sell-Dyn 1700, modelo CD-17000, serial 55697U (Cód. de Inv. Nº 213). Una (1) Cama de Cirugía y Obstetricia (Cód. de Inv. Nº 111). Una (1) Cama de Cirugía Mayor Nº 1080 y 477 (Cod.de Inv. Nº 167). Una (1) Cartelera de madera grande. Una (1) Caja de documentos varios. Un (1) Maletín pequeño de Ginecología (Lotería del Táchira). Una (1 Caja de suturas y sobres de esterilización. Cinco (5) Ángulos de hierro finitos. Un (1) Angulo de hierro grueso. Cuatro (4) Puertas de hierro, color azul. Cuatro (4) Puertas de madera marrón. Una (1) Reja. Una (1) Silla Presidencial, color marrón (en mal estado). Seis (6) Sillas de metal, (en regular estado). Un (1) Pie de amigo de hierro grande. Un (1) Ventilado de pared, marca taurus, (dañado). Una (1) Silla gris de cuero (en mal estado).Un (1) Escritorio de madera de tres gavetas (en regular estado). Tres (3) Lavaplatos pequeños (Cód. de Inv. Nº 237, 238 y 239). Dos (2) Lavaplatos grandes (Cód. de Inv. Nº 240 y 241). Un (1) Peso de bebe (en malas condiciones). Útiles varios de cocina. Dos (2) Sillas de madera (en mal estado). Tres (3) Figuras Santas. Una (1) Mesa de planchar de madera. Dos (2) Sillas giratorias (en mal estado). Un (1) Envase plástico de color rojo. Un (1) Aparato modelo 1130, compresor marca T.M.-Pump. Un (1) Cajetín metálico. Una Caja grande (perteneciente al ambulatorio) donde se encuentran constancia de nacimiento y otros. Una (1) Unidad Odontológica, color blanco y silla color verde (Cód. de Inv. Nº 056). Un (1) Aparato de Rayos X, marca Elity (Cód. de Inv. Nº 063). Un (1) Esterilizador, color beige (Cód. de Inv. Nº 101). Una (1) Lámpara foto curado, marca Milenium (Cód. de Inv. Nº 065). Un (1) Amalgamador, marca Mileniun, color gris y verde (Cód. de Inv. Nº 064). Un (1) Calitron, marca BOBCAT, (Cód. de Inv. Nº 072). Seis (6) Bandejas metálicas. Culminado así el inventario, y siendo este el último punto a tratar que versa sobre la inspección solicitada y así comisionada, es por lo que se declara cumplida en su totalidad e integridad la presente comisión, por lo tanto siendo las cinco y cincuenta y cinco de la tarde, este Tribunal culmina su labor y acuerda regresar a su sede. El secretario da lectura al acta y en señal de conformidad se firma. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. El Juez, (LS) Firma ilegible. Abog. Panagiotis Paraskevás Collitiri.- La Síndico solicitante, Firma ilegible. Abog. C.d.V.G.N..- La Experta, Firma ilegible. Lic. M.E.N.P..- El Secretario, Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras.- Diarizado N° 03.-

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