Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Delta Amacuro, de 18 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2010
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteLuis Muñoz
ProcedimientoCobro De Pretaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO D.A..

200° y 151°

Tucupita, Dieciocho (18) de Octubre de 2010

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

PERENCIÓN

ASUNTO: YH02-L-1998-000001

PARTE ACTORA: E.E.L.

APODERADA JUDICIAL: Abg. HERNAN TRUJILLO, I PSA. Nº: 56.096

PARTE DEMANDADA: EMPRESA TRANSPORTE ARMENIA, C.A.

APODERADOS JUDICIALES: NO ACREDITO

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy, Dieciocho (18) de Octubre de 2010, siendo las Dos(02:00 PM) de la Tarde, este Tribunal, procede a Dictar Sentencia Interlocutoria en esta causa, por las siguientes consideraciones:

ANTECEDENTES

Observa este Juzgador, que prevalece el abandono del procedimiento por parte del Actor, una vez que el Expediente Reingresa al Tribunal, procedente del Archivo Judicial, por solicitud del ciudadano: E.E.L., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº: 1.665.073 en fecha; causa ésta recibida en este Tribunal en fecha: Diecisiete (17) de Marzo del 2.010. Observa este Juzgador que la presente Demanda, fue Declarada en su oportunidad Perimida, sin Embargo haciendo uso de las Herramientas Legales, que garantizan el Derecho a la Defensa y el Debido Proceso, esta Tribunal, ordenó la Apertura del Expediente a petición del Actor, antes mencionado. Pero en virtud que han Transcurrido Seis (06) meses, desde el momento en que se realizó la única actuación por parte del Actor, es imperante para este Tribunal, ordenar el Archivo Judicial del Expediente. ASI SE ESTABLECE.

DECISIÓN

Por todos los razonamientos antes analizados, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO REGIMEN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO D.A., CON SEDE EN LA CIUDAD DE TUCUPITA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: DECLARAR LA PERENCION BREVE. SEGUNDO: ORDENAR EL ARCHIVO del Expediente, CUARTO: PUBLICAR en la cartelera del circuito laboral, una (01) copia de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado D.A., a los Dieciocho (18) días del mes de Octubre de 2010.- Años: 200º de la Independencia y 151º de la Federación. CUMPLASE LA PRESENTE SENTENCIA.

EL JUEZ

Abg. LUIS MUÑOZ

LA SECRETARIA

Abg. MILAGROS MARCANO

LM/ mm/YH02-L-1998-000001

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR