Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio y del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de Apure (Extensión San Fernando de Apure), de 3 de Febrero de 2010

Fecha de Resolución 3 de Febrero de 2010
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio y del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo
PonenteCarlos Espinoza Colmenares
ProcedimientoCobro De Beneficios

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Apure

San F. deA., tres de febrero de dos mil diez

199º y 150º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

Nº DE EXPEDIENTE: CP01-L-2009-000262

PARTE ACTORA: LENNYS COROMOTO LOVERA ESCALONA

APODERADO DE LA PARTE ACTORA: R.A.M.

PARTE DEMANDADA: INSTITUTO AUTONOMO DE VIALIDAD, TRANSPORTE, PUERTOS Y AEROPUERTOS DEL ESTADO APURE (INVIALPA)

APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: HÈCTOR RÌOS CALDERON

MOTIVO: COBRO DE BENEFICIOS SOCIALES

En el día hábil de hoy, miércoles tres (03) de febrero de dos mil diez (2010), siendo las ocho y treinta (8:30 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, previo el anuncio de Ley se dio inicio a la misma, y visto que no comparecieron las partes ni por si, ni por medio de apoderado alguno, en consecuencia, este Tribunal deja constancia de tal circunstancia; por lo que de conformidad con lo previsto en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, terminó, se leyó, Publíquese, Regístrese.

Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los catorce tres (03) de febrero de dos mil diez (2010). Años: 199 de la Independencia y 150 de la Federación.-

El Juez Titular,

Abg. C.E.C.

La Secretaria,

Abg. M.C.H.L.

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