Decisión de Tribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de Caracas, de 16 de Marzo de 2009

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2009
EmisorTribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
PonenteMarianela Melean
ProcedimientoAuto De Mero Tramite

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA

METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 16 de Marzo de 2009

199º y 150º

Asunto AP21-L-2008-004442

Visto el escrito de Pruebas presentado por la parte demandada, el Tribunal pasa a pronunciarse sobre la admisión de las mismas en los siguientes términos:

Promovió documentales referidos a comprobantes de pago de salario, comprobantes de propinas, contrato de trabajo y justificativos médicos. Este Tribunal las admite, en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación o no en la definitiva. Se deja constancia que las presentes documentales rielan del folio 39 al 83 del expediente.

Promovió informes al Ministerio de Educación, Deportes y Cultura y al Instituto Nacional de Cooperación Educativa INCE. Al respecto este Tribunal niega su admisión de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, según el cual el Juez desechará las pruebas que aparezcan manifiestamente ilegales o impertinentes, y en virtud que según el dicho de la propia parte demanda con dicha prueba persigue demostrar el nivel profesional alcanzado del actor, hecho éste que no se encuentra controvertido en el presente juicio, este Tribunal niega su admisión por considerarla impertinente. Así se establece.

Promovió la testimonial de los ciudadanos M.T., J.L.R., J.Q., A.M., J.C.M., A.M., Wirber Aguirre, A.G., A.C., M.G.T. y J.Q.. Este Tribunal las admite, en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación o no en la definitiva de conformidad con lo establecido en el artículo 153 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

M.M.L.

LA JUEZ TITULAR

EL SECRETARIO

CARLOS MORENO

MML/cm/vr.

EXP: AP21-L-2008-004442

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