Decisión nº 066-2010 de Juzgado Primero del Municipio Muñoz de Apure, de 9 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2010
EmisorJuzgado Primero del Municipio Muñoz
PonenteAmbrosio Enrique Valdivieso Rodriguez
ProcedimientoObligación Alimentaria

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MUÑOZ

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

BRUZUAL, ESTADO APURE

Bruzual, 09 de Noviembre de 2010

200° y 151°

EXPEDIENTE…N°..301-2010.

PARTE ACTORA: F.M. PUMAR CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.987.343, domiciliada en el Barrio el Centro Casa S/N, Parroquia San Vicente, Municipio Muñoz, Estado Apure.

PARTE DEMANDADA: G.U. ZAMBRANO SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.069.105, domiciliado en el Fundo el Solito, Vía San Vicente, Municipio Muñoz, Estado Apure.…………………………... ………………………………………………………..

MOTIVO:XHOMOLOGACIONXDE OBLIGACION DE MANUTENCION

Se inicia el presente procedimiento en fecha 08 de Octubre de 2010, donde se levanto acta con sus recaudos, en este JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MUÑOZ DEL ESTADO APURE, quedando anotado en el Libro de Entrada de causas bajo el numero 301-2010, inserta al folio 01 al 06, donde la ciudadana F.M. PUMAR CASTILLO, antes identificada solicita el Cumplimiento de la obligación de Manutención al padre de su hija xxxxxxxxxxxxxxxx, habida con el accionado, según se evidencia en la Partida de Nacimiento Nro 51, expedidas por el Registro Civil de la Parroquia San V. delM.M. delE.A. inserta a el folio 07.

En fecha 13/10/2010, se admite la solicitud y se ordenó la citación del demandado para la contestación de la demanda y celebración del acto conciliatorio y se ordeno la Notificación del Fiscal Sexto del Ministerio Publico, insertaXXalXXfolioXX10,

En fecha 08 de Noviembre de 2010, oportunidad fijada para que tenga lugar el Acto Conciliatorio, comparecieron los ciudadanos F.M. PUMAR CASTILLO y G.U. ZAMBRANO SILVA, plenamente identificados, donde efectúan convenimiento, por motivo de Cumplimiento de Obligación de Manutención.

En dicho Convenimiento .el..Ciudadano. G.U. ZAMBRANO SILVA, ya..Identificado se..Comprometió..a:

PRIMERO

Aportar la cantidad de TTRESCIENTOS BOLÍVARES (300,oo Bs.) mensuales por concepto de obligación de manutención a favor de su hija, xxxxxxxxxxxxxxx ..

SEGUNDO

Aportar en los meses de Septiembre y Diciembre de cada año, una cantidad adicional igual a la Obligación de Manutención para los gastos de..Útiles..Escolares..y..festividades..decembrinas, es decir la cantidad de SEISCIENTOSXXBOLIVARES…(600,ooBs.)XXenXXdichosXXmeses. ………………………………

TERCERO

Aportar el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los Gastos Médicos, consultas y medicinas

…………Por su parte, la ciudadana F.M. PUMAR CASTILLO, en su carácter..de..madre..se..Comprometió..a:……………………………………………

… PUNTO UNICO: Aceptar el ofrecimiento hecho por el padre de su hija ciudadano G.U. ZAMBRANO SILVA, antes identificado, en los términosXXantesXXexpuestos.

Las partes se comprometen a darle fiel cumplimiento al presente convenimiento..y..solicitan..la.Homologación..de..acuerdo.…………………………………………………

DISPOSITIVA

Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, este Juzgado Primero del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, por cuanto el referido convenimiento no es contrario al orden publico, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley, así mismo; dando cumplimiento a las disposiciones contempladas en los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos suscritos y ratificados por Venezuela, específicamente los Artículos 19 del Pacto de San J. deC.R., y el Artículo 24 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos así como los Artículos 3 y 6 de la Convención sobre los Derechos del Niño, aplicables de manera inmediata y directa por los Tribunales de la República, conforme lo dispone el Artículo 23 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, admite y HOMOLOGA el convenimiento suscrito por la ciudadana, F.M. PUMAR CASTILLO, y el ciudadano, G.U. ZAMBRANO SILVA, plenamente identificados, y a favor de su hija xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.. de conformidad con lo establecido en los artículos 375 y 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y adolescentes, en consecuencia el obligado deberá cumplir de la siguiente manera.

PRIMERO

Aportar a partir del mes de Noviembre la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES (300,oo Bs.) mensuales por concepto de obligación de manutención a favor de su hija xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx,

SEGUNDO

Aportar en los meses de Septiembre y Diciembre de cada año, una cantidad adicional igual a la Obligación de Manutención para los gastos de..Útiles..Escolares..y..festividades..decembrinas, es decir la cantidad de SEISCIENTOSXXBOLIVARES…(600,ooBs.)XXenXXdichosXXmeses…………………TERCERO: Aportar el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los Gastos Médicos, consultas y medicinas

Los depósitos de la Obligación de Manutención el obligado los efectuara en la Cuenta de Ahorro del Banco A. deV. que se encuentra a nombre de la madre de la beneficiaria.

Déjesexcopiaxcertificadaxenxelxcopiadorxdexsentencia,xdeconformidad.con..el.artícu- lo..248..del..Código..de..Procedimiento..Civil

Publíquese,XXRegístrese,XXNotifíqueseXXaXXlasXXpartes.

Dada firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Primero del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en Bruzual, a los nueve (9) días del mes de Noviembre del año dos mil Diez (2010). AÑOS: 200° Y 151°………………………………………………………...-::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::EL Juez.

A.E. VALDIVIESO RODRIGUEZ.

La secretaria.

GREMAIRIS COA

Seguidamente se cumplió con lo ordenado. Conste.

La Secretaria.

GREMAIRIS COA

EXPEDIENTE:301-10 ………………………………………….. .................................................................................

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