Decisión nº 1524 de Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de Barinas, de 4 de Octubre de 2011

Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2011
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Agraria
PonenteJosé Joaquín Toro Silva
ProcedimientoAccion Posesoria Agraria Por Restitucion

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.

Barinas, 04 de Octubre de 2011.

201º y 152º

Por cuanto se observa de una revisión de las actas que conforman el presente expediente que el ciudadano M.A.G., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.715.337, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.995, no dio contestación a la demanda en su momento oportuno, lo que hace pertinente la aplicación del artículo 211 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario la cual ordena la apertura de mero derecho de una articulación probatoria de cinco (5) días cuyo lapso de tiempo también se observa que transcurrió sin que tampoco promoviera las pruebas a que se refiere el Artículo 211 ejusdem, y por cuanto ya transcurrió íntegramente el lapso establecido en el mismo artículo a los efectos de proceder a sentenciar, acto este que el Tribunal se reserva su motivación para explanarla en la definitiva; y en consecuencia, se declara la Confesión Ficta en lo que respecta al ciudadano M.A.G., antes identificado.

EL JUEZ.

Abg. J.J.T.S.

LA SECRETARIA.

Abg. J.W.S.P.

JJTS/JWSP/nh.

EXP N° 5289

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