Decisión de Tribunal Octavo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de Caracas, de 16 de Julio de 2007

Fecha de Resolución16 de Julio de 2007
EmisorTribunal Octavo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
PonenteMaria Isabel Soto
ProcedimientoCobro De Diferencia De Prestaciones Sociales

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:

JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

CARACAS, 16 DE JULIO 2007

Años 197° y 148°

ASUNTO: N°AH23- L- 2002- 000521

PARTE ACTORA: F.A.S.Z., venezolano, mayor de edad, de este domicilio e identificada con la cédula de identidad No. V- 6.360.131.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: A.E.S.V. Abogado en ejercicio e inscritos en el inpreabogado bajo el N° 69.810, respectivamente.

PARTE DEMANDADA: PLAN BOLIVAR 2000( FUNDACIÓN PROYECTO PAÍS), Adscrito al Ministerio de la Defensa, Comando Unificado e las Fuerzas Armadas Nacionales , N° 1 constituido en fecha 07 de abril del año 1999, por ante la Notaria Décima del Municipio Libertador del Distrito Federal, anotado bajo el N° 49, Tomo 04.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: J.E.S.D. , abogada en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 76.596, respectivamente.-

MOTIVO: COBRO DE DE PRESTACIONES SOCIALES.

I

Se inicia la presente causa, mediante libelo de demanda presentado en fecha 05 de Febrero de 2002, por ante el juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en funciones de distribución para en fecha, 07-02-2002 del expediente, AH23- L- 2002-000521 a través del abogada A.E.S.V. de este domicilio e inscrito en el IPSA bajo el N° 69.810, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano, F.A.S.Z., en contra de PLAN BOLIVAR 2000 ( FUNDACIÓN PROYECTO PAÍS). Siendo admitida la misma por auto de fecha 050 02 de Febrero de 2002..

Igualmente, con motivo de la entrada dicha causa fue redistribuida a los Juzgado Quinto de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de cumplir con lo dispuesto en el Capítulo II del Título VII, del referido Texto Procesal Laboral, relativa a la celebración de la Audiencia Preliminar, por lo que el Juzgado Quinto (5°) de Primera Instacia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial según auto emanado de ese Tribunal que riela al folio 75 de la citada causa, en donde se ordenó notificar a las partes para la celebración de la Audiencia Preliminar. Correspondiéndole su celebración a las 10:am del Décimo (10°) día hábil siguiente, a que conste en autos . Juez de ese Despacho no compareció el ciudadano F.A.S.Z. venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° 6.360.131 Así como tampoco la FUNDACIÓN PROYECTO PAÍS, no compareció a esta audiencia ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, y sin lograrse la mediación en este caso, dio por concluida la audiencia preliminar supra mencionada según acta de fecha 13 de abril de 2004, y consignado como ha sido el escrito de contestación de la demanda, constante de veintidós (22) folios útiles se ordena remitir, el expediente al Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio competente.

Posteriormente en fecha 16 de abril de 2007, este Tribunal se avocó al conocimiento de la presente causa, procediendo a pronunciarse sobre la admisibilidad o no de las pruebas en el lapso legalmente establecido, y fijar el día y hora para que tuviese lugar la Audiencia de Juicio Oral. Asimismo, por auto de fecha 06 de abril de 2007, (folio 146), fijó oportunidad para la celebración de la referida Audiencia, la cual se celebró en fecha 06 de Julio de 2007, Una vez finalizada la misma, este Tribunal pronunció en forma oral el dispositivo del fallo. En tal sentido, encontrándose este Juzgado dentro de la oportunidad prevista en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procede a reproducir el cuerpo completo de la presente decisión, en los siguientes términos:

II

Ahora bien, el día ocho (06) de junio de dos mil siete (2007), siendo las 11:00 a.m., día y hora fijado por este Juzgado para que tuviese lugar la celebración de la AUDIENCIA ORAL DE JUICIO relativa al procedimiento que por Cobro de Prestaciones Sociales incoado por el ciudadano, F.A.S.Z. en contra de la PLAN BOLIVAR 2000 (FUNDACIÓN PROYECTO PAÍS) demandada, y por haberse anunciado el acto a las puertas de la Sala de Audiencias del Circuito Judicial del Trabajo y por no haber comparecido ninguna de la dos parte ni por sí ni por sus apoderados judiciales .alguno A la Audiencia Oral de Juicio supra mencionada, -

En tal sentido, de conformidad con lo previsto en el primer aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y en virtud de la no comparecencia de ninguna de las parte ni por si ni por medio de sus apoderado judicial alguno al día y hora fijado por este Juzgado para la celebración de la Audiencia Oral de Juicio como ya fue señalado, resulta forzoso para esta Juzgadora declarar desistida la acción que por cobro de prestaciones sociales incoare la parte actora contra la demandada plenamente identificada.- Y ASÍ SE ESTABLECE.-

III

DISPOSITIVA

Por los razonamientos antes expuestos este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA ACCIÓN intentada por el ciudadano, F.A.S.Z. en contra de PLAN BOLIVAR 2000 ( FUNDACIÓN PROYECTO PAÍS ).

SEGUNDO

No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.

Publíquese, y Notifíquese, la Presente decisión.

Dada, firmada y sellada, en la sala del Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los Catorces (16) días el mes de Julio de dos mil siete (2007).-

ABOG. M.I.S.

EL JUEZ,

J.G.

LA SECRETARIA,

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