Decisión nº PJ0042013000067 de Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Falcon (Extensión Punto Fijo), de 15 de Abril de 2013

Fecha de Resolución15 de Abril de 2013
EmisorTribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio
PonenteClaudia Bracho
ProcedimientoInterrupción Del Juicio Oral Y Público

Tribunal Primero de Juicio de Punto Fijo

Punto Fijo, Lunes quince (15) de Abril de 2013

202º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2011-000669

ASUNTO : IP11-P-2011-000669

AUTO DECLARADO INTERRUMPIDO JUICIO ORAL Y PÚBLICO.-

Revisadas como han sido las actas procesales que componen la presente asunto, se observa que en fecha (24) de septiembre de 2012, se dio inicio al Juicio Oral y Público Unipersonal, seguida contra del acusado ciudadano E.A.B., por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACION, previsto y sancionado en el del artículo 149 en su segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; habiéndose celebrado continuación para los días 20.10.2012; 15.11.2012; 03.12.2012; 19.12.2012; 23.01.2013; 04.03.2013 e igualmente reprogramado para los días 20.03.2013, 03.04.2013; 04.04.2013 y 05.04.2013 respectivamente.

Es de hacer notar, que en la oportunidad en que estaba fijado la continuación del debate Oral y Publico (05.04.2013) no se celebro el traslado del acusado de actas desde el Centro de Detención Preventiva, siendo este la Comunidad Penitenciaria de S.A.d.C. en razón de encontrarse los funcionarios de custodia y resguardo integrando la comisión de restitución a la calma de dicho Centro en razón de los motines ocasionados por los reos, siendo este el ultimo de los días hábiles para la celebración de la continuación del juicio oral y publico previsto por nuestro Legislador Patrio.

Es así como, al verse afectado un principio continuidad del proceso penal venezolano, es razón por la cual se declara INTERRUMPIDO el Juicio Oral y Publico iniciado en la presente causa en fecha 24 de septiembre del 2012, de conformidad con el artículo 318 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.

Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO F.E.P.F. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: INTERRUMPIDO el Juicio Oral y Publico iniciado en la presente causa en fecha (24) de septiembre de 2012, se dio inicio al Juicio Oral y Público Unipersonal, seguida contra del acusado ciudadano E.A.B., por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACION, previsto y sancionado en el del artículo 149 en su segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, al haber sido afectado el principio continuidad del proceso penal venezolano, es razón por la cual se declara INTERRUMPIDO el Juicio Oral y Publico, conforme con el artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se fija juicio oral y publico para el día LUNES 27.05.2013, A LA (01:00 p.m) HORAS DE LA TARDE; fecha esta, en virtud de la cantidad de los actos fijados en la agenda Única Llevada por este despacho, de conformidad a lo establecido en la sentencia N° 483 de fecha 14-04-2005, expediente N° 050265 emanada de la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Notifíquese a la totalidad de las partes. Solicítese el respectivo traslado

ASUNTO : IP11-P-2011-000669

LA JUEZA PRIMERA EN FUCIONES DE JUICIO

ABOG. C.R.B.P..

LA SECRETARIA

ABG. RITA CACERES

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR