Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de Tachira (Extensión San Antonio), de 1 de Agosto de 2006

Fecha de Resolución 1 de Agosto de 2006
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control
PonenteIker Yaneifer Zambrano Contreras
ProcedimientoCon Lugar Solicitud Fiscal

San A.d.T., 1 de Agosto de 2006

196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2005-002598

ASUNTO : SP11-P-2005-002598

RESOLUCION

Vista la solicitud presentada por el abogado , en su carácter de Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, presentado ante la Oficina de Alguacilazgo del Palacio de Justicia Extensión San A.E.T., en fecha 31-07-2006; este Tribunal considera procedente y ajustado a derecho DECLARARLA CON LUGAR, en virtud de que la Carta Rogatoria emanada de la Fiscalía General de la República de Colombia, cumple con las formalidades exigidas por el artículo 857 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, los artículos 388 y 391 del Código Bustamante o Código de Derecho Internacional Privado, el artículo 59 de la Ley de Derecho Internacional Privado, el artículo 5, literal j, de la Convención de V.S.R.C. y las normas contenidas en la Ley N° 9 ó Ley Aprobatoria del Acuerdo de Cooperación y Asistencia Judicial en Materia Penal entre el Gobierno de la República de Venezuela y el Gobierno de Colombia (Gaceta Oficial N° 5.506, Extraordinario del 13 de Diciembre de 2000).

En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA EXTENSION SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide: UNICO.- DECRETA la práctica de los ACTOS DE INVESTIGACION que deben realizarse en el Territorio de la República Bolivariana de Venezuela, específicamente en la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en virtud de la Carta Rogatoria librada por la Fiscalía Veintisiete Delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializado, adscrita a la Unidad Nacional Antinarcóticos y de Interdicción Marítima de la Fiscalía General de la Nación de la República de Colombia, de conformidad con la solicitud presentada por el abogado Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial. Así mismo, este Tribunal AUTORIZA a la Fiscalía Vigésima Primera del Ministerio Público, para recabar la información relacionada con un ciudadano de nombre , quien posiblemente fue detenido en Territorio Venezolano (San Antonio, Municipio B.d.E.T.) durante los meses de Agosto o de Septiembre del año 2004, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal, notifíquese al Representante Fiscal y remítanse las actuaciones a la Fiscalía 21° del Ministerio Público.

ABG. I.Y.Z.C.

JUEZ PRIMERO DE CONTROL

ABG. H.E.O.H.

SECRETARIO

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