Decisión nº 24-10 de Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio de Portuguesa (Extensión Guanare), de 28 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución28 de Mayo de 2010
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio
PonenteLisbeth Karina Díaz
ProcedimientoSentencia Absolutoria

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA

TRIBUNAL DE JUICIO

Guanare, 28 de mayo de 2010

Años 200° y 151°

N° 24-10

CAUSA: 2M-321-09

JUEZ PRESIDENTE:

ESCABINOS TITULARES: L.K.D. de Tovar .

Ides A.M.

J.d.S.O.

SECRETARIA: Dora Patricia Quiroz

ACUSADORES: Fiscalía del Ministerio Público con Competencia Nacional Abg. C.M., con competencia en drogas Abg. Z.F. y Abg. N.T.

ACUSADO: J.E.A.Q.

DEFENSORES PRIVADOS: J.Á.A. y A.R.S.

SENTENCIA: Absolutoria

Se inició el juicio oral y público en fecha 2 de noviembre de 2009, en la presente causa seguida contra el ciudadano J.E.A.Q., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°6.480,621, nacido el 13 de octubre de 1962, funcionario público, residenciado en la calle Garguera con avenida Arzobispo Méndez, casa N 3, -49 Barinas, por la comisión del delito de ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano.

El día 01 de marzo de 2010, fecha en que concluyó el juicio oral y público, procedió este Tribunal de Juicio Nº 2 a leer la parte dispositiva de la sentencia, acogiéndose a las previsiones establecidas en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 453 del Código Orgánico Procesal Penal, de publicar el texto integro de la sentencia dentro del lapso legal de diez días hábiles, referidos en el citado artículo, se procede en consecuencia a la publicación íntegra del fallo en los siguientes términos:

HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL JUICIO

El Ministerio Público representado por la Fiscal Nacional Abg. C.M., expuso oralmente los hechos y alegatos iniciales en los siguientes términos: “Sobre quién o ¿contra quién presentamos acusación?, y ¿por qué?, presentamos acusación contra el ciudadano J.E.A.Q., cuya cédula de identidad es 6.480.221, y quién es el ciudadano Arellano Quintana? y decimos quién es el ciudadano Arellano Quintana porque es necesario determinar su condición de funcionario público para los efectos de poder precisar que en esta acusación existe una agravante por tal condición de funcionario público que ostentaba este señor, el es un funcionario de la DISIP, en este momento era Jefe de la Base de Contra Inteligencia N 403 de la DISIP en Barinas, o sea de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención, que nosotros conocemos como DISIP, que de ahora en adelante utilizaremos ese término que es más fácil para todos, ¿por qué delito lo acusamos?, lo acusamos por el delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previstos y sancionados en el articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, con la agravante establecida en el ordinal 4 del articulo 46 de la misma Ley, como ya se lo dije por ser funcionario público, en concordancia con el numeral 1 del articulo 16 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, qué establece ese numeral para los efectos de ustedes? sé que la ciudadana Juez lo conoce, establece que efectivamente se consideraran delito de delincuencia organizada, los delitos de narcotráfico como es el caso que nos ocupa, y el 46 ordinal 4 establece que se agrava la penalidad de las personas que hayan cometido este tipo de delitos, cuando el mismo ostente la condición de funcionario público, igualmente como es el caso que nos ocupa, ¿que sucedió?, ¿Cuándo? y ¿Cómo?, ahora el Ministerio Público pasa a narrar más o menos los hechos, la forma en que se sucedieron y por los que fué acordada con una privativa de libertad en una audiencia que se llama audiencia de presentación, previa a todo esto, como consecuencia a una detención que se realizó al ciudadano Arellano Quintana, en fecha 06 de Diciembre de 2007, allí el Tribunal en esa audiencia de presentación, acordó lo que nosotros llamamos la flagrancia, o privado de su libertad en flagrancia, por que eso significa que la persona acá detenida, fué detenida en la propia evolución de los hechos que narra el Ministerio Público , ¿Cómo fué?, el 06 de Diciembre del 2007, a eso de las 9:00 de la mañana, específicamente en la carretera Barinas, lo que llamamos o lo que conocemos nosotros como la Autopista J.A.P., a la altura de una población que se llama Boconoíto de este Estado Portuguesa, donde existe un puesto de control vial, que pertenece al Destacamento 41 del Comando Regional N 4, de la Guardia Nacional, se estaba realizando como todos los días el control vial de las personas que transitaban por ese sector, como dije ya en Boconoíto, pero se suscitó un hecho que resultó relevante ese día y es que había un Sargento de nombre J.R.M.S., es un Sargento de la Guardia Nacional, Sargento Segundo de la Guardia Nacional que se encontraba de permiso para ese día y se encontraba realizando algunas actividades personales acá en el estado Portuguesa y este señor se comunica vía telefónica, a través de celulares con el Sargento Rojas Chirinos, no a través del celular de Rojas Chirinos, sino a través del celular de un Sargento Segundo Alvarado y participa que había recibido una llamada telefónica por ese teléfono pese a que se encontraba de permiso, había recibido una llamada telefónica en donde una persona que no se identificó, ni dijo quién era, de sexo masculino, manifestó con un acento andino, quizás colombiano, que estuviesen pendientes porque por allí por esa Alcabala, iba a pasar un vehículo, que era Fiesta Power, de color verde, indicó la placas que era JAN-43P, que llevaba droga de la conocida como cocaína igualmente llevaba droga de la conocida como marihuana, en virtud de esta circunstancia este Sargento que se llama Rojas, baja porque se encuentra en el Comando, este baja específicamente a ese punto de control y este le participa a todos los funcionarios de la Guardia Nacional que en ese momento realizaban su turno, su guardia en ese punto móvil que había recibido una llamada telefónica en donde le participaban pues que venia un vehículo con esas características y que ese vehículo sugería que se le hiciera una revisión porque allí iba droga, efectivamente cuando no había terminado de informar sobre esta circunstancia encontrándose allí en el punto de control en la carretera, Rojas pudo observar o pudieron observar todos los funcionarios que se encontraban allí presentes, que se acercaba a un punto de control un vehículo Fiesta Power, color verde, con las mismas características y con la misma placa arriba ya indicadas, por lo que procedieron a decirle al ciudadano que por favor estacionara el vehículo hacia el lado derecho, y porque iba a ser revisado de conformidad con lo establecido en el articulo 205 y 207 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, iba a ser una revisión corporal y una revisión del vehículo que es lo que establece esos artículos 205 y 207 del Código Orgánico Procesal Penal, este ciudadano manifestó ser funcionario, jefe de Contra Inteligencia de la DISIP de Barinas, y manifestó que probablemente había un error porque no tenia idea de lo que estaba sucediendo, por lo que en virtud de esta circunstancia estos ciudadanos una vez que lo orillaron, se dirigieron a su inmediato superior, el superior de ellos en virtud de la información que le habían dado ordena que suban hasta un trailer donde funcionan las oficinas de los Comandantes de ese puesto en Boconoíto y le informan a un Teniente que se llama Gleimer Pineda Ramírez, que era el inmediato que estaba allí, sobre la llamada que habían recibido y sobre las circunstancias que le había comunicado el señor, el señor Arellano Quintana, en el sentido de que era funcionario de la DISIP y que le estaba realizando un conjunto de llamadas a sus superiores para informarle de estas circunstancias, el Teniente Pineda decide bajar, y le manifiesta al ciudadano Arellano Quintana que es el Teniente Pineda y que el mismo va a realizar esa inspección personal conjuntamente con el personal subalterno que tenia, buscando pues que el procedimiento fuése de alguna manera como manejado por un superior y así lo hizo, para tal efecto decidió que ese vehículo fuéra cambiado de sitio y fuéra llevado hacia una parte alta del Comando a los efectos de realizar una revisión más exhaustiva y de una manera como más cómoda y más adecuada, efectivamente llevaron allí y empezaron a observar de una manera visual el Teniente Pineda con el personal que estaba allí y lo primero que ve es hacia la puerta del lado del chofer, que es la puerta izquierda delantera del lado del chofer y pudo precisar visualmente que no le veía ningún tipo de situación extraña que pudiera indicarle que allí había alguna sustancia o algún objeto escondido o ocultado, luego en virtud de que no le era fácil visualizar las otras puertas, o la puerta trasera izquierda, se hizo necesario pedir la colaboración de unos funcionarios que se encontraban allí presentes y le pidieron que trajeran un destornillador y una linterna, una vez que el teniente con el destornillador y la linterna, que eran los instrumentos que estaban utilizando para precisar la presencia o no de sustancia estupefaciente o psicotrópica, pudo ver que efectivamente en la puerta trasera izquierda se encontraban unas panelas de marihuana, específicamente ubicadas entre lo que se llama la corneta y el vidrio de esa puerta izquierda trasera, en donde pudo observar que eran marrones los teipe que estaban cubriendo eso, razón por la cual, en cumplimiento con lo establecido en nuestra legislación, en presencia del ciudadano Arellano Quintana, todo esto en presencia del ciudadano Arellano Quintana, quien manifestó siempre sorpresa en relación con lo que él estaba viendo y manifestó que efectivamente que eso no era de él, que él se sentía extrañado de esta circunstancia, este vehículo para el conocimiento de ustedes, es un vehículo de la DISIP, que es utilizado por la DISIP para actividades propias y que estaba adscrito efectivamente a la Brigada cuyo jefe era el ciudadano Arellano Quintana y era utilizado además para realizar actividades propias de ese Comando, él manifestó que bueno que eso no era de él, mientras que de alguna manera con mucha sorpresa intentaba llamar a sus superiores para informar las novedades de lo que estaba sucediendo, una vez que se pudo precisar, entonces se buscó la colaboración de 2 testigos que se encontraban en el área o fueron localizados allí, ya después los testigos este una vez que declaren nos dirán exactamente las condiciones en que fueron localizados y que corresponde al nombre de Diosmary Coromoto Guevara Moreno y D.A., esas 2 testigos fueron las utilizadas en el cumplimiento, por qué estos 2 testigos, bueno porque generalmente se buscan 2 testigos porque efectivamente nuestra legislación en materia de delito y bajo cierta circunstancias no requiere, no establece la necesidad de estos testigos pero en este caso si es posible pues, es mejor hacerlo para contar con la presencia de otras personas diferentes a los cuerpos que investigan y darle mayor pulcritud al procedimiento, y eso hicieron ellos, le dieron una mayor pulcritud al procedimiento y procedieron a llamar a estas 2 testigos quienes efectivamente pudieron observar todo el procedimiento de esta actuación de la sustancia estupefaciente y psicotrópica que se estaba realizando allí, y efectivamente se localizaron como ya les dije 2 panelas de una hierba deshidratada que por supuesto la experiencia ya de nuestros funcionarios le indicaban que era marihuana y que efectivamente fué localizado como les dije de manera oculta, de allí la figura jurídica que estábamos manejando de una manera oculta dentro del vehículo en donde transitaba el ciudadano acusado en el presente caso y quien en todo caso se dirigía desde Barinas a la ciudad de Caracas según sus dichos, en virtud de estas circunstancias se empezó una notificación, se notificó por supuesto al superior que era un Capitán, que le participa de lo sucedido y dado la investidura del señor Arellano y quien además es una persona con una estima de toda la DISIP, comenzó un movimiento natural que todos ustedes conocen allí de llamadas y esto se hizo del conocimiento de las autoridades de la DISIP, autoridades de la Guardia Nacional para precisar los hechos que se estaban sucediendo allí, sin embargo es necesario decir, que el procedimiento es hecho con las personas que acá estamos mencionando, luego se procedió de igual manera a hacer una revisión del vehículo, no se logró encontrar alguna otra sustancia estupefaciente, sino un kilo setecientos treinta y cinco gramos, ya lo veremos más adelante con ochocientos miligramos verdad, este esa cantidad nos hace ubicarnos en el encabezamiento del articulo 31 que es el que nos dice por la cantidad de sustancias donde lo vamos a ubicar, si fué una cantidad irrisoria bueno lo ubicamos en otro articulo, pero que la tenemos que ubicar allí por la cantidad de droga que eran casi 2 kilos, luego igualmente se hizo una serie de revisión de lo que se encontraba dentro de ese vehículo y entre las cosas que se encontraban en su vehículo, recuerdo que se encontraba una P.B., 9 milímetros, con 2 cargadores y 20 capsulas para ese tipo de armas, que eran propiedad de la DISIP y que la cargaba él por su condición de funcionario, igualmente fueron localizados en su poder una computadora, con sus respectivos cargadores, fueron localizados una serie de documentos que vinieron a determinar su condición de funcionario Público , además de que es conocido por todos en el trabajo que él desarrollaba, su porta credenciales era de cuero y ahí indicaba que era funcionario, igual una credencial en su condición de Comisariode la DISIP y cargaba incluso unos pases internos propios de su trabajo, a parte de eso otras cosas como un bulto, una especie de koala de color gris que era este lo que realmente se logra encontrar allí y que procedió por supuesto la Guardia Nacional a realizar las incautaciones tomando en consideración porque todos esos elementos, son elementos de evidencia, o sea que tienen interés criminalístico a los efectos de determinar por un lado la comisión de derecho delictivo y por otro lado su condición de funcionario Público que era importante para el Ministerio Público a los efectos de determinar que efectivamente estamos frente a un delito de narco trafico que era portar de manera oculta una sustancia como era marihuana, ¿pero cómo sabemos nosotros que es marihuana?, ¿es suficiente determinar que era marihuana por qué lo dijo el funcionario?, no, efectivamente una vez encontrado esta circunstancia, al día siguiente se procedió con los funcionarios del CICPC, que ya mencionaremos más adelante, a determinar mediante una prueba de orientación que se hace para precisar si efectivamente tenia una alta probabilidad de estar frente a una sustancia propia de la marihuana, y efectivamente nos encontramos en presencia de marihuana, pero esto no fué suficiente, esta prueba de orientación, porque como su nombre lo dice, lo orienta, había que realizar una prueba mucho más completa una prueba ya de carácter indubitable, es decir, científicamente certera, definitiva, concluyente, como era la experticia botánica que fué realizada por el mismo funcionario del CICPC, que determinó en fecha 20 de Diciembre del 2007, efectivamente estamos en presencia de una sustancia que era marihuana, con el peso como les acabo de decir de 1 kilo, 735 gramos, 800 miligramos, que aparece allí, en virtud de esta circunstancia se le abría para el Ministerio Público un nuevo reto y era determinar con las investigaciones qué era lo que estaba sucediendo, y determinar si estábamos en presencia de un hecho delictivo que se inicio como dije anteriormente en las investigaciones, con los elementos de convicción y efectivamente, comisionamos en principio a la DISIP, para que la DISIP realizara las investigaciones del caso, pese a que y comisionamos a la DISIP, porque considerábamos y así lo seguimos considerando un órgano totalmente objetivo, para realizar una investigación, pese a que la persona que se estaba investigando es un funcionario, en otras oportunidades quizás algunos consideren que debe ser otro organismo, pero nadie mejor que los organismos cuando son serios y objetivos como la DISIP, para, como organismo para investigar esta circunstancia por supuesto, bajo la mirada del Ministerio Público , porque las realidades externas también no se pueden obviar, luego que se incautaron 2 celulares que como ustedes ven se realizaron llamadas, pues se incautaron 2 celulares las credenciales que le indique, los carnet, incluso un carnet de la caja de ahorro de la DISIP, todas a nombre del señor Arellano, determinándose de manera como deje ya, certera, definitiva que la sustancia era marihuana. Visto los hechos…son hechos muy objetivos, realmente y en principio tenemos hechos muy claros o sea la circunstancia de una incautación de una sustancia, dentro de un vehículo, en manos de una persona que conocía el vehículo, en donde se determinó que esta persona era un funcionario Público y se determinó igualmente que esto, que lo que él portaba de una manera oculta era marihuana con el peso que les acabo de decir, estamos en presencia del tipo de delito que ya les mencione. Qué ofrece el Ministerio Público? se va a pasar a la etapa del ofrecimiento de los medios probatorios, qué ofrece el Ministerio Público para someternos al contradictorio nuestro y en eso quiere el Ministerio Público decir que este caso de alguna manera fuímos totalmente amplios en el sentido de presentar todos y absolutamente todos los medios de prueba, porque considerábamos que era importante que se dilucidara en este Juicio, entendiendo que estamos actuando bajo la base de la buena fe y bajo los principios de ética profesional que a cada uno de nosotros nos acompaña y hablo en nombre de todos los Fiscales y en nombre del Ministerio Público , por eso de repente ciudadana Juez, dice, bueno pero medios de prueba ofrecidos por la defensa y por el Ministerio, porque el Ministerio Público así lo quiso, para manejarme de la manera más objetiva, más clara, más transparente y que nos condujera de una manera certera en la búsqueda de la verdad, precisamente en esta audiencia, en este Juicio Oral y Público , cuando desarrollemos el debate, presentamos las testifícales de los funcionarios actuantes, los voy a mencionar: Gleimer Pineda Ramírez, que fué el Teniente de la Guardia Nacional a quien he hecho referencia, al Sargento J.B.R., al Sargento H.E.F.N., al Distinguido I.C.Z., al Distinguido J.O.Á.R., al Sargento Segundo J.R.M.S., al Sargento Segundo, Segundo Alvarado, que son todos los funcionarios, que se vieron involucrados de alguna manera, en este procedimiento, que podemos decir que resulto atípico, parte de una llamada telefónica que fué realizada a uno de los Sargentos que se encontraban de permiso que es M.R. y que a veces es atípico, pero a veces no, es anormal dentro de todas las actividades que se desarrollan en el mundo de la droga, esta la declaración de Rojas que recibió, como la de Alvarado, que prestó, como la de los funcionarios que acabo de mencionar, que fueron todos los que procedieron a estar presentes allí en el procedimiento, los que detuvieron al vehículo, están el Teniente que hizo la revisión del vehículo, desde el comienzo hasta el final de ese procedimiento que realmente es el fundamento de esta acusación presentada por el Ministerio Público, estos testigos fueron llamados a declarar y se presentaron como elementos de convicción, no solamente tomando en consideración los dichos por ellos explanados de alguna manera en su acta, en su acta policial, sino también fueron llamados a declarar uno a uno en presencia del Ministerio Público , en presencia de los Fiscales acá presentes para tratar de ahondar un poco más y buscar en los elementos de convicción para precisar si el procedimiento efectivamente estaba dentro de los lineamientos ajustados por nuestra legislación, para producir los elementos probatorios lícitos, legales, pertinentes y necesarios tal y como lo establece nuestra legislación en esta área que ahora nos toca, y allí la pertinencia de estos testigos, que no voy a ahondar porque considero que ya lo hemos hecho, igualmente tenemos la declaración de los testigos Diosmary Coromoto Guevara Moreno y D.A.M., estos como ya ustedes oímos, si me han hecho el seguimiento de lo que estoy diciendo, estas dos personas fueron las testigos que fueron solicitadas, ubicadas por la Guardia Nacional para hacer presencia en la revisión del procedimiento realizado en fecha 06 de Diciembre de 2007, específicamente en la Alcabala de Boconoíto, donde quedó detenido el ciudadano acá presente, el ciudadano acusado en virtud de la incautación de la sustancia a la que ya también he hecho referencia, estos testigos son importantes porque como lo sabemos nosotros van a coadyuvar, no solamente a determinar que los dichos de los funcionarios están dentro de lo cierto, sino a precisar que se cumplieron con los extremos de Ley y los procedimientos que hasta ahora ha resultado totalmente limpios para el Ministerio Público .”

Continuó la Fiscal del Ministerio Público:”Tenemos declaraciones de expertos, los expertos son aquellas personas que por razón de sus conocimientos realizan pruebas que traemos para acá y resulta importantes para dilucidar estos casos, el primero que tenemos es el Jefe Á.F., ¿quién es Á.F.?, es el Jefe de la Sala de Análisis de Conexiones de la DISIP, en virtud de un análisis de llamadas que se hizo para precisar frente a qué estábamos, un análisis de llamadas que nos va a decir si efectivamente el funcionario que se llama Méndez, efectivamente recibió una llamada, si ese funcionario que recibió la llamada, la recibió en la fecha en que el lo dijo, si ese funcionario que recibió la llamada, la recibió en los términos, no lo que se dijo, sino los lapsos, en el posicionamiento geográfico en que dijo estar, o sea, ese análisis de llamada nos va a decir que efectivamente el señor Méndez, el Sargento Segundo de la Guardia Nacional que fué el que abrió todo este procedimiento con una llamada, efectivamente se encontraba en donde dice que se encontraba, que si mi memoria no me falla se encontraba en una actividad personal en una peluquería en Acarigua creo, donde recibió la llamada en donde le decían de unos tipos con un acento bien extraño, que de alguna manera iba a pasar ese vehículo Fiesta Power, de color verde, con las placas JAP-43B, por el puesto de Boconoíto, el nos dirá si abrió celdas en ese sitio, si hizo la llamada, pero no solamente si hizo esa llamada, también nos va a decir si efectivamente hizo una segunda llamada, recibió otra segunda llamada o una tercera llamada para corroborar si los dichos de estos funcionarios de alguna manera técnica-científica pueden ser ciertos y como se preciso que efectivamente esa llamada la había recibido ese funcionario y si ese funcionario hizo efectivamente una llamada, Alvarado para hablar con Rojas e informar de estas circunstancias lo podemos precisar, porque eso va a corroborar o no lo dicho de este ciudadano Méndez, por supuesto será sometido al contradictorio aquí en esta sala, igualmente nos va a definir una serie de análisis de llamadas que se hicieron en relación con funcionarios del CICPC, que a dicho de la Defensa estos funcionarios de alguna manera tienen una ingerencia con estos hechos y a mi no me tocara explicarlo, pero si me toca a mi determinar la verdad conjuntamente con la defensa, verdad y eso es lo que quiere el Ministerio Público para precisar si hay o no una intervención de algunos funcionarios del CICPC, de la DISIP, que por alguna razón y ya lo explicara la defensa, tenían alguna animadversión, según lo dicho por la defensa con los funcionarios, igualmente nos vamos a encontrar allí, con esa serie de llamadas de donde se encontraban esos funcionarios, pero no de lo hablado, sino donde se encontraron, donde estaban posicionados geográficamente, y que como se pudo hacer esa llamada, ya después en ese análisis, por eso es importante lo dicho por este funcionario de la DISIP, que se llama Á.F., que el Ministerio Público traerá ya de Caracas, porque viene de allí. Tenemos la declaración de J.C. que es funcionario Toxicólogo Experto del CICPC, que es la persona que hizo la prueba de orientación y la prueba de la experticia botánica para determinar que estamos en presencia de una droga que era Marihuana, con el peso establecido, para nosotros subsumir la conducta y el tipo penal del delito establecido, de alguna manera y se le explicara a cada uno y sobre todo a ustedes ciudadanos escabinos, por lo que, trato de hablar un poco más de alguna manera cada uno de nosotros conocemos un poco más estos hechos, pero a ustedes estoy es tratando que tengan una idea de que es lo que estamos dilucidando acá, este funcionario les dirá a ustedes si es cierto o no, que estamos en presencia de una sustancia que se llama Marihuana y con el peso especifico, aquí vamos a probar 2 cosas y como muchas veces nos dicen, el Ministerio Público debe probar y el Ministerio Público debe probar, efectivamente vamos a probar 2 cosas que ustedes deben tener como 2 nortes, uno ¿Estamos en presencia del delito de droga?, si o no, o sea la sustancia incautada fué droga y como se incautó, dos ¿si estamos en presencia de sustancia de droga el señor acusado aquí presente es responsable o no?, son 2 ejes que ustedes deberán dilucidar al momento en que ustedes vayan a tomar una decisión, que resulta como todos los días, como todos los venezolanos, una actividad histórica de cada uno de nosotros los venezolanos, todos los días lo hacemos, somos héroes todos los venezolanos, luchando por nuestra Patria, ese ciudadano, les va a indicar si está comprobado el cuerpo del delito o no. Tenemos la declaración de otro Experto que es G.E.O., es un experto de vehículo y este también es del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, y este ciudadano va a determinar que efectivamente el vehículo que él examinó y que él revisó, para la verdad procesal, para esa verdad procesal que a mi me resulta muy importante en este caso, para esa verdad procesal y que me resulta tan importante en este caso porque forma parte de nuestra trayectoria de cada día que trabajamos aquí verdad, y cada día que hacemos algo, me resulta tan importante en este caso porque es lo que nosotros hemos visto y es el acontecer y el por qué de estar aquí en este día, en este momento, ese señor va a decir, va a traer ese carro, ese carro que ustedes, cuando ustedes se lo imaginan, cuando lo van a ver allí, va a traer ese carro verde, Fiesta Power, que es de la DISIP y que manejaba y conducía el señor Arellano, lo va a traer aquí con una experticia y va a decir, si yo hice la experticia de ese vehículo, y el vehículo era autentico, no era o esto o aquello, ustedes van a precisar que ese vehículo que él llevo al Ministerio Público dentro de la fase de investigación y que lleva el Ministerio Público para el CICPC, para su experticia tiene un fin y es corroborar lo dicho por los funcionarios al verificar que es el mismo vehículo que ustedes van a ver aparece descrito en las actas, en esa acta procesal que es el acta de investigación que dio inicio a una flagrancia que termino en esto que estamos ahora aquí nosotros trabajando. Hay otro testimonio de otro funcionario, de otro experto del CICPC, que es L.J.C., que va a analizar una experticia que no es muy común, en las áreas de otros delitos, pero que si es muy común y muy importante en las áreas del delito de droga, lo que nosotros llamamos experticia física de capacidad, que nos va a determinar ese experto con esa experticia física de capacidad, el nos va a decir aquí y por eso es importante, esta experticia nos va a decir si efectivamente es posible, que en la puerta trasera izquierda del vehículo Fiesta Power, detenido el 06 de Diciembre del 2007, y conducido por el señor Arellano podía existir y podía albergar por su capacidad 2 panelas de Marihuana, esa experticia nos va a decir si es posible que albergue a 2 panelas de Marihuana que allí existen, pero estamos cansados de ver experticias físicas, de sustancias con residuos o del vehículo con residuos a penas mínimos de droga con la que conjugan muchas veces la defensa para decir, incluso sin ninguna gota de droga, para demostrar que ese vehículo tiene una capacidad de carga de sustancias ocultas de tanto, y eso nos ha permitido de alguna manera adelantarnos en investigaciones que nos resultan bien importantes para descubrir incluso investigaciones criminales en las actas, en este caso pues vamos derivando en precisar si los dos (2) kilos, es posible que se albergue allí, eso es lo que les va a decir el experto, mire, viene una testifical que resulta importante para también dilucidar la verdad, y es las testimoniales de funcionarios que fueron llamados por el Ministerio Público a declarar, mucho de ellos hicieron, fueron llamados por el Ministerio Público a declarar porque yo les voy a decir una cosa la verdad la primera defensa, o sea, la primera defensa es la defensa en la fase de investigación, el día en que nosotros como Ministerio Público comprendamos la importancia o nosotros lo entendemos la importancia que tiene eso, pero también oír planteamientos de otros órganos de la defensa y que la defensa traiga a colación situaciones como esta resulta mucho mas fácil traer estos juicios como efectivamente aquí se hizo, aquí se trajeron una cantidad de testigos que son funcionarios de la DISIP, funcionarios de la DISIP que eran los compañeros de trabajo del ciudadano acá presente y que él era su jefe y ellos eran sus subalternos y que de alguna manera consideró la defensa que tienen que ver con este hecho que se investiga y que sucedió el 06 de Diciembre de 2007, tiene fundamento el Ministerio Público , que por supuesto hasta ahora se mantiene incógnita, es la declaración de los ciudadanos M.F.H., L.R.A., Frangel Arellano Velasco, F.J.F.R., J.E.H., J.R.A.V., N.Y.B.G., La C.C.Á.E., Y.T.T., F.O.M.S., D.E.G., W.E.F.V., Kruber J.G., todos como ya dije funcionarios de la DISIP que deberán acotar a criterio de la defensa algunos elementos en que por qué el Ministerio Público quiso presentarlos como testigos para de alguna manera conjugar esfuérzos en la búsqueda de la verdad en este caso, que para nosotros hasta ahora de manera cierta es un procedimiento que se hizo de manera limpia y transparente, declaración de los ciudadanas Rojas M.C. y G.d.C.R. ¿quienes son estas 2 ciudadanas? estas 2 ciudadanas son 2 personas que mantienen unos negocios como estamos cansados de verlos, mantienen unos negocios donde alquilan celulares, ellas 2, alquilan celulares, cuando ellos alquilan esos celulares de alguna manera se determinó por el análisis de llamadas, que la llamada que se hizo a Méndez, al Sargento Segundo M.R. fué de esos celulares, son 2 llamadas de celulares, son 2 llamadas de diferentes sitios, en un sitio ubicado en la avenida Bicentenaria que después ellas podrán determinar y que a partir de las llamadas, esas llamadas que le hicieron donde le decían que venia una droga, con acento colombiano, que se hicieron de allí y ellas deberán señalar para coadyuvar en la búsqueda de la verdad en esta audiencia, hay 2 testigos M.C.S. y O.R.S.A., que ya le explicara la defensa las razones por las cuales ellos a criterio del Ministerio Público resultan importante porque iban a aportar elementos importantes en la búsqueda de la verdad y fundamental y por supuesto que servirían de derecho de convicción a lo dicho del Ministerio Público , porque fué importante para el Ministerio Público precisar si efectivamente alguno de todos estos elementos probatorios podrían desvirtuar en el preciso momento en la fase, entonces si se podría desvirtuar o no que estamos en presencia, entonces ese procedimiento estaba o está ajustado a derecho, si se había incautado droga y a quién se le había incautado la droga y efectivamente esos son los elementos que trajo el Ministerio Público como fundamento de esta acusación, tenemos unas declaraciones de Ytamar, Inspectores F.M., H.L.S., Torres, La C.A., Arellano Franklin, Albornoz José, este…detective Mora y E.A., que ellos, alguno de ellos como se puede observar cuál ha sido su record de vida, su condición de funcionarios, pero más sujetos al medio desde el punto de vista disciplinario, cómo alguno de ellos incluso a raíz de esta investigación fueron sometidos a una investigación dentro de la DISIP, como resultado de alguna manera va a explicar la defensa acá y se lo voy a dejar a la defensa, este con el resultado de las llamadas realizadas por el Inspector Á.F., tenemos las copias del libro de novedades del primer pelotón, porque eso nos va a precisar pues que pasó después de las instalaciones de esos organismos para la fecha en que se produjo los hechos, tenemos el oficio emanado por el Fiscal catorce donde consta la tramitación de visitas domiciliarias solicitadas por los inspectores Hernández y Arellano Franklin a la base de inteligencia donde consta que otros funcionarios van retirar la orden, por qué de esto doctora? o sea frente a un procedimiento donde se encontró una droga fué en una aprehensión, y la defensa, se hizo una defensa en donde la defensa solicitó que se hiciese, ellos consideraban que estaban frente a una siembre de droga, y se trató de averiguar en Barinas, si se ofició a la Fiscalía de Droga en Barinas, a ver si se había realizado algún tipo de allanamiento que tuviese que ver con alguna incautación de droga, para verificar de alguna manera la ubicación o sea, tratar, para desvirtuar o aseverar los dichos de la defensa de si se encontraron 2 kilos de droga y le encontraron estos señores, en tal sitio, de que podría ser esto o aquello para decirlo estos 2 kilos de droga puede conectar con esto pero que nos determinó ese oficio que no, que efectivamente esos funcionarios habían realizado una solicitud de allanamiento para un sector de un barrio en Barinas este pero nunca hicieron el procedimiento y así lo dejo ver la Fiscal, por tanto no podíamos descartarla porque esa droga pudiese tener alguna otra procedencia de otro sitio que por alguna razón, la defensa quería precisar, pero no fué posible; un histórico de llamadas ubicados en la avenida E.C., que es el que tiene que ver con el análisis de llamadas al que ya hice referencia, para ver hasta donde los funcionarios dijeron la verdad, hasta donde todo el mundo dijo la verdad y hasta donde los funcionarios de la DISIP están o no ubicados en sitio estratégicos relacionados con esta causa, tenemos la relación de llamadas con el respectivo análisis que va a ser interesante para nosotros ver cual es el alcance de esa información, puesto que nos va a hablar del posicionamiento geográfico, nos va a hablar de periodos de tiempo y o sea donde estaban ubicadas las personas que estaban investigando allí, este y quienes entre ellas se conectaron, no nos va a decir nunca lo que hablaron, tenemos la copia certificada del libro de control de asistencia durante los días del 07 de Diciembre practicada, la hora de entrada y salida de funcionarios allí adscritos y que de alguna manera se vinculan con este caso por ser funcionarios subalternos que se encontraban a la orden, tenemos los asientos del libro diario de novedades llevado por la división de narcóticos de la DISIP Caracas, tenemos la copia certificada de los libros de control de asistencia del personal de la Comisión Nacional de la Dirección de Inteligencia contra Narcóticos de los días 5 y 6 a los fines de verificar, el día y la hora en que se presento por ante esa comisión el funcionario F.M., tenían algunas actividades que realizar allí, bueno ya lo veremos, vamos materializando los órganos de prueba, tenemos el historial de llamadas de antenas ubicadas cerca del punto de control móvil de la Guardia Nacional ubicada en la Autopista de la población de Boconoíto, Estado Portuguesa porque ese es el que nos va a reflejar lo que tiene que ver con las llamadas de los funcionarios de la Guardia Nacional que hicieron el procedimiento y verificar si es verdad que ellos recibieron o no recibieron esas llamadas a los que ellos hacen mención, y que dieron origen a ese procedimiento, tengo las copias certificadas del libro de control de asistencia del personal que labora en la base 403 de Barinas para verificar precisamente las situaciones y condiciones de los funcionarios de la DISIP subalternos del ciudadano Arellano, tengo las copias certificadas relacionadas con la averiguación administrativa del funcionarios F.M., que creo que tiene más que ver con la posición de la defensa que es la que se relaciona con estos hechos, tenemos copias certificadas relacionadas con la averiguación administrativa del funcionario Y.T. y de J.F.S., tenemos copia certificada del informe enviado al ComisarioJefe de la DISIP, tenemos un juego de copias certificadas del libro de novedades de los días 17 y…16 y 17 de Agosto del 2007, que también guardan relación para buscar algún tipo de vinculaciones, que pudiesen de alguna manera corroborar o no lo dicho de los funcionarios actuantes, tenemos información relacionada con la apertura de celdas y datos filíatorios de los teléfonos relacionados con los hechos, que ocupación tienen esos teléfonos, como se ubicaron y que relación hay allí, tenemos las copias certificadas de expedientes administrativos de los funcionarios F.M., N.Y., J.H., W.A. y otros este…que fueron sancionados por el organismo de la DISIP, tengo una información relacionada como el ciudadano Arellano como alumno, o sea, se supone que los viernes, el viajaba constantemente los viernes porque estudiaba, con esto se va a determinar si efectivamente el señor Arellano viajaba todos los viernes porque iba a una actividad como alumno dentro del Helicoide en Caracas, tengo la información relacionada con el sistema en que cursaba la carrera, todo lo que estudiaba, todo lo que estaba cursando el señor Arellana para el momento en que se suscitaban estos hechos y se relaciona porque de su dicho se desprende que efectivamente el estaba cumpliendo con una actividad académica con autorización y era la razón por la cual él manifiesta se trasladaba hasta Caracas, manifestó al Ministerio Público que se trasladaba ese día, como todos los viernes, efectivamente doctora, ciudadanos escabinos, explanadas estas circunstancias no me queda más que invitarlos todos a hacer un esfuérzo este nosotros como Ministerio Público en ejercicio de la acción penal, la defensa como personas que actúan también en la búsqueda de la verdad y ustedes a coadyuvar con nosotros en esta búsqueda de la verdad, para lograr alcanzar las metas que queremos que es precisamente el buscar la responsabilidad de este hecho, evitar la impunidad de delitos como este tipo que bien nos puede afectar hoy, o no nos puede afectar hoy a nosotros aparentemente pero nos puede afectar mañana, en nuestras condiciones de padres de familia que vemos miles de jóvenes nuestros que se destruyen todos los días frente a ese micro trafico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, que requiere pues de una respuesta contundente del Estado Venezolano dentro del marco de una investigación que nos determine como se cometió un hecho delictivo y que efectivamente además de cometerse un hecho delictivo establecer las responsabilidad de quienes cometen este hecho delictivo o cualquier otro hecho delictivo que se pueda desprender de una actividad tan importante como la que estamos aperturando hoy en día y que nos va a llevar a compartir varias horas, muchas horas de trabajo para alcanzar las metas que nos proponemos, que seguro estamos lo vamos a lograr con nuestra buena fe acá presente y con ustedes, conjuntamente con la defensa y las personas que estamos acá, muchas gracias.”

En síntesis los hechos afirmados por la Fiscalía del Ministerio Público y que debía demostrar en el debate eran los siguientes:

Que el hecho ocurrió el día 6 de diciembre de 2007, aproximadamente a las nueve de la mañana, en el punto de control de la Guardia Nacional ubicado en Boconoíto.

Que el funcionario de la Guardia Nacional J.R.M.S., destacado en la alcabala de Boconoíto el día 6 de diciembre de 2007, siendo las 8:00 a.m, recibió una llamadas telefónica por parte de un ciudadano del sexo masculino, quien no se identificó y poseía acento andino o colombiano, informando que con dirección Barinas Caracas se trasladaba un vehículo Fiesta Power, color verde en el que llevaban cocaína y marihuana, que estuvieran pendientes.

Que dicha novedad la trasmite vía telefónica el funcionario J.R.M.S. al Sargento Rojas Chirinos que se encontraba en la alcabala y a su vez fué hecha del conocimiento de los funcionarios de la Guardia Nacional que se encontraban de turno, quienes visualizaron el vehículo antes descrito y le solicitaron se estacionara, resultando ser el conductor el Comisario J.E.A.Q., Jefe de la Base de Contrainteligencia de la DISIP Barinas, por lo que dada la investidura se notificó al Superior del puesto Teniente Gleimer Pineda, quien procedió a efectuar la revisión del vehículo y encontró oculta en una de las puertas dos panelas de sustancia estupefaciente de la conocida como marihuana, presenciando el procedimiento dos testigos.

Que el ciudadano J.E.A.Q., indicó al inicio que se trataba de una confusión y luego del hallazgo se mostró sorprendido manifestando que la sustancia ilícita no le pertenecía, que fué aprehendido, notificándose de esa circunstancia a la DISIP y al Ministerio Público.

Seguidamente la Juez Presidente le cedió el derecho de palabra a la Defensa Privada haciendo uso el Abg. José Ängel Añez, quien argumentó: “ La titular de la acción penal y parte de buena fe, en el ejercicio penal, ha indicado someramente y a grosso modo los argumentos también que tenia que exponer la defensa, dado a que a las ciudadanas fiscales como representantes del Estado Venezolano, al igual que la defensa y a ustedes, nos conmueve una misma dirección que es buscar y tratar de establecer los elementos o las pruebas que puedan conllevar a determinar si efectivamente existe alguna responsabilidad penal por parte del ciudadano J.E.A.Q., en relación al hecho ocurrido el día 06 de Diciembre del año 2007, a eso de las 09 de la mañana aproximadamente, cuando, a la altura de la Autopista J.A.P., punto de control Boconoíto, funcionarios adscritos a la primera compañía del Destacamento Nº 41 del Comando Regional Nº 4 realizan un procedimiento, y pues es necesario que ustedes sobre todo dirijo estas palabras a los ciudadanos Jueces Escabinos, la ciudadana Juez Presidente conoce del derecho, pero ustedes es necesario que comprendan y entiendan que existen unos principios orientadores en materia procesal, en materia procesal penal sobre todo, y estos principios a la cual también ha hecho referencia el Ministerio Público , no es más que, el primero de ellos es el principio de inmediación, dirán ustedes que es eso de inmediación o que debe entenderse por inmediación, ustedes como Jueces Legos podrán tener el contacto directo a través de sus sentidos, percibir directamente y procesar la información que suministren cada uno de los testigos y expertos que fueron aportados en la Audiencia Preliminar y admitido por el Tribunal de Control respectivamente, para que ustedes verifiquen cual es el grado de aportación de los testigos o los expertos a los fines de que al finalizar el debate probatorio determinen si existen elementos suficientes, que comprometan la responsabilidad del ComisarioJesús E.A.Q., por el hecho ocurrido el 06 de Diciembre del año 2007, o si, en ese acumulo aprobatorio analizado por ustedes y del cual ustedes pudieron tener ese contacto directo, por ello hablando de inmediación, se determina la no responsabilidad o culpabilidad en los hechos antes mencionados, igualmente es reconocido por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Adjetiva Penal, es decir, Código Orgánico Procesal Penal, como hablaba la ciudadana Fiscal, el estado o la presunción de inocencia, la Constitución Nacional reconoce esa presunción de inocencia y a toda persona independientemente que se encuentre sentado allá en su condición de acusado, debe reconocerse y ustedes entender de que el hecho de que se encuentre allá sentado, no etiquetársele previamente antes del debate probatorio de culpable por tal hecho, es necesario que ustedes entiendan que esa presunción de inocencia la obtiene una persona hasta que se le haya demostrado de manera contundente, su responsabilidad en el hecho que se le atribuye por ello, que al existir ese manto sagrado o esa armadura de hierro que nos da a todos los venezolanos y habitantes de la República, la Constitución Nacional pues, entonces le corresponde al Fiscal del Ministerio Público , en este caso a las ciudadanas que representan a la vindicta pública demostrar que esa persona no es inocente y que debe existir una sentencia por su responsabilidad en el hecho, por eso otro de los principios a parte de la presunción de inocencia, seria el de la carga de la prueba, el Fiscal del Ministerio Público tiene las carga de probar que efectivamente esos hechos ocurrieron tal como lo ha señalado en el día de hoy pero, sin embargo, en el presente caso la defensa coadyuvara en la búsqueda de la verdad, al igual que ustedes deberán determinar con las intervenciones y el control o la contradicción que se hagan sobre el medio de prueba, determinar cuál es el fondo del asunto debatido, cuál es el tema a probar en la presente causa penal que se le sigue al ciudadano J.E.A.Q., existe otro principio es necesario que lo conozcan desde la apertura del Juicio Oral y Público, que es un principio de derecho universal, que es, el principio del in dubio por reo, la duda debe favorecer al reo, en el peor de los casos de que, tanto la Fiscal como la Defensa no puedan demostrar cada uno su tesis y en caso de que quede alguna duda esa duda, por mas sustentada que sea, al ser duda, no puede ir mas allá que la presunción de inocencia, es decir, o se enfrenta la acusación de inocencia con la duda, debe superar y prevalecer la presunción de inocencia sobre la duda antes mencionada, por ello cualquier duda debe favorecer al reo y así es necesario que ustedes conozcan la realidad y esos principios orientadores, por ello ciudadanos Jueces Escabinos, ustedes representan el conocimiento colectivo y el saber humano, tal como lo refirió igualmente el Ministerio Público , ustedes día a día palpan la realidad social, por ello el legislador de una manera muy sabia ha creado la participación ciudadana, la participación en la administración de justicia, esa participación de la colectividad, que en principio busca de una u otra manera controlar el poder del Estado, ese ius puniendi que tiene el Estado en administrar justicia a través de su órgano jurisdiccional, controlar ese poder con la participación de la ciudadanía en la administración de justicia, por cuanto ustedes conocen la realidad día a día y por ello a través de esa realidad han obtenido experiencias o máximas de experiencia que podrán ustedes aportar con su conocimiento y experiencia colectiva en el presente caso, igualmente es necesario hacer una breve reseña, igual lo ha señalado de manera reiterada el Ministerio Público, efectivamente el ciudadano J.E.A.Q., y no lo discute la defensa, de hecho lo ha asumido desde un inicio, no es un tema contradictorio, es un ciudadano que para el mes de Diciembre del año 2007, se desempeñaba como Jefe de la Base de Contra Inteligencia Nº 403 de la ciudad de Barinas, estado Barinas, siendo la máxima autoridad de la DISIP en la mencionada jurisdicción, aun pertenece a las filas de la DISIP, por tener una trayectoria intachable en 21 años de experiencia, siendo un funcionario que ha pasado por otras Direcciones igualmente de la DISIP y que por ello había obtenido esa responsabilidad de controlar los actos delictivos que se venían desarrollando desde meses y años anteriores que ustedes por máxima experiencia han conocido, la ciudad de Barinas se había convertido en un caos, funcionarios, delincuencia organizada, venían cometiendo secuestros, extorsiones, este funcionario, asumió el reto del Director General, para aquel entonces, e ir a la ciudad de Barinas en calidad de Jefe máxima autoridad de la DISIP a neutralizar, desarmar y desestabilizar esas organizaciones delictivas, que amparados en la delincuencia organizada y amparados otros en su condición de funcionarios venían atropellando y vejando a la colectividad de la ciudad de Barinas y que igualmente nos arropaba a la zona del estado Táchira y a la zona de Portuguesa, para nadie es un secreto el alto índice delictivo que persistía para aquel entonces en la ciudad de Barinas y que hoy en día pues igualmente existe, por ello este ciudadano tuvo una lucha frontal con funcionarios propios de la institución, sus subordinados, sus subalternos, en ese momento en que asume, meses antes, del Diciembre del 2007, que asume la dirección de la base 403, comienza a reportar a través de sus mecanismos de inteligencia y seguridad, comienza a reportar a la Dirección General, comienza a reportar a la Dirección de Contra Inteligencia a la cual se encontraba adscrito la base como tal a través de sus informes, esas conductas de funcionarios, integrantes de la misma base 403 que complotados con otros funcionarios de otros cuerpos de seguridad CICPC, Guardia Nacional, utilizaban las armas, utilizaban toda la estrategia para cometer sus actos delictivos, eso se encuentra soportado, esos informes anteriores a la ocurrencia del hecho 06 de Diciembre se puede soportar y que fueron promovidos por la defensa que permitirá efectivamente demostrar que existe un inicio de un hecho entre la conducta del ciudadano J.E.A.Q., en relación a la conducta asumida por una serie de funcionarios, que con una conducta de animosidad se conjugaron para realizar esta actuación en contra del que para aquel entonces era la persona que era para ellos la piedra de tranca para cometer sus fechorías, por ello la defensa que aquí expone una vez conocido el caso se interesó en ayudar a buscar la verdad, efectivamente hubo una gran atención por parte de las Fiscales del Ministerio Público , que con diligencia y preocupación tramitaron como es su deber todas las diligencias de investigación que había solicitado la defensa a los fines de demostrar de que efectivamente al ciudadano J.E.A.Q., funcionarios u otras personas interesadas, tenían el interés de neutralizarlo, sembrándole una sustancia específicamente un (1) kilo, con seiscientos treinta y cuatro (634) gramos, con ochocientos (800) miligramos, para nadie es un secreto y eso será demostrado acá, de que el vehículo que para el momento era conducido el día 06 de Diciembre por el ciudadano J.E.A.Q., es un vehículo no de exclusividad del Jefe de la base, es un vehículo que por el libro de novedades que será incorporado en su debida oportunidad, será evacuado y analizado por ustedes, era conducido por todo el personal de la base, es decir, era un vehículo que tenia acceso los funcionarios integrantes para aquel entonces de la nomina de la base 403 y que, tal y como lo a señalado en su recuento histórico el Ministerio Público en esa estructura narrativa no existió un hecho típico, sino un hecho atípico, un hecho relevante atípico, por cuanto ese día 06 de Diciembre del 2007, no ocurrió un procedimiento de rutina, como normalmente ocurre cuando funcionarios adscritos a ese puesto de control solicitan a cualquier persona sospechosa o cualquier persona que este en estado de nerviosismo que se estacione a la derecha a hacerle la revisión conforme a los requerimientos y requisitos exigidos en la Ley Penal Venezolana, sino que, este funcionario, Sargento Segundo M.S., recibe ese día en horas de la mañana aproximadamente 8, 8:20 minutos una llamada telefónica, una llamada telefónica de un móvil, de un teléfono de alquiler, este funcionario de la Guardia Nacional que se desempeñaba como funcionario adscrito a ese punto de control fijo Boconoíto, ese día 06 de Diciembre se encontraba franco de servicio, es decir, no se encontraba laborando, tenia para ese día un permiso, se encontraba para el momento tal como lo refirió la Fiscal del Ministerio Público en la ciudad de Acarigua, para el momento que recibió la llamada, en una barbería, cuando ese funcionario recibe una primera llamada, se informa otra persona de que por la Autopista J.A.P., específicamente por ese punto de control iba a pasar un vehículo con las características de un Fiesta, color verde, modelo Power, y que en ese vehículo contenía droga de la blanca y monte, es decir, Cocaína y Marihuana, efectivamente el funcionario que se encontraba en la ciudad de Acarigua, realiza una llamada a un funcionario que se encontraba de servicio, le notifica la novedad, momentos después se trasladaba el Comisariopor la autopista cuando se le hace la revisión no se le consigue en la primera revisión que le realiza uno de los funcionarios, específicamente el funcionario F.N., H.E.F.N., fué el primer funcionario que le hace la revisión, no consigue ningún tipo de sustancias en el vehículo, una vez en que este funcionario le realiza esa primera revisión autoriza al ComisarioArellano a que continúe la marcha, este le manifiesta que se trasladaba a la ciudad de Caracas como de costumbre, se iba todos los jueves, por cuanto cursaba para aquel entonces un convenio la DISIP con la Universidad S.R. estudios de Administración, específicamente en el área de seguridad de estado y por ello se trasladaba todos los jueves, o mejor dicho, cada quince (15) días se trasladaba como era de costumbre a la ciudad de Caracas a cursar sus estudios, una vez en que este funcionario, le indica, realizada la investigación y que continúe la marcha, reciben otra segunda llamada, por ello hablo que no es un procedimiento de rutina, es un procedimiento atípico, un plan orquestado a los fines de buscar neutralizar al ciudadano ComisarioJesús E.A.Q., se recibe una llamada aproximadamente a los, si no mal recuerdo 20 minutos, esa persona que realiza una primera llamada, tenia según lo que expuso, el funcionario así lo podrá manifestar acá en esta sala y lo señaló la Fiscal del Ministerio Público M.S., expuso que esa primera llamada la realizaba un hombre con un acento de Andino o Colombiano, informando lo que anteriormente réferi, posteriormente hacen otra segunda llamada indican, de que no dejen ir al vehículo, que lo revisen, que ese vehículo tiene en su puerta trasera izquierda una sustancia y que allí se encontraba entre sus tableros, entre las puertas delanteras en su tablero, y en una de sus puertas traseras izquierdas, en este momento le es comunicada información al Teniente de la Guardia Nacional Gleimer Pineda, trasladan al vehículo a el trailer se hace una revisión, sin que para el momento existiera testigos instrumentales, testigos que no guardaran relación con la Guardia Nacional, sino que, así lo a afirmado el Ministerio Público por que así es el recuento histórico, ese día 06 de Diciembre fué realizado una revisión al vehículo sin la presencia de testigos instrumentales que le dieran la veracidad, o la apariencia de que se estaba aplicando un recto procedimiento a los fines de sustentar la actuación de la Guardia Nacional, pues llamó poderosamente la atención del 06 de Diciembre a las 09 de la mañana es muy concurrida la autopista General J.A.P., sobre todo los puestos de comida, en las caucheras que quedan al frente, las ventas de café, las personas que se encuentran allí, el moto taxista, porque no utilizar para ese momento a esas personas, pues, eso será necesario debatirlo en el presente Juicio Oral y Público , todos esos elementos conllevan a determinar de que efectivamente existió una conducta por parte o existieron varias conductas por parte de funcionarios adscritos a la DISIP, igual que la Guardia Nacional, funcionarios estos que se desempeñaban en la ciudad de Barinas y por ello surgió o surgieron elementos para la defensa a los fines de soportarlo con la ayuda de la Fiscalía del Ministerio Público de recabar esos elementos de convicción y transformarlos en pruebas que en el día de hoy serán recepcionados por ustedes y podrán percibir de que, efectivamente para la defensa está demostrado de que el ciudadano J.E.A.Q., ese día 06 de Diciembre, fué vulgarmente sembrado por parte de funcionarios adscritos a la base 403 de la DISIP por los siguientes elementos de pruebas que fueron evacuados en la fase preliminar, y en la fase de investigación, el día 06 de Diciembre tal como lo señaló la Fiscal del Ministerio Público , en esas 2 llamadas que se realizan, la primera llamada se hace en la avenida Cuatricentenaria de la ciudad de Barinas, eso fué determinado a través de la experticia del funcionario Á.F., Jefe de la Sala de Análisis de llamadas de la DISIP Caracas, donde, fué aportado por el funcionarios M.S., fué aportado el número telefónico que le quedó registrado en sus llamadas, una vez que el funcionario aporta al Ministerio Público dicho número, el Ministerio Público solicita unas históricas de llamadas, solicita a la Jefe de Seguridad de Movistar, los datos filiatorios de las personas que aparecen propietaria de la línea y el Ministerio Público pudo llegar, citar y declarar a la propietaria del teléfono que, se determinó que era un teléfono de alquiler que esta ubicado en la avenida Cuatricentenaria, se determinó y eso será demostrado acá en este Juicio Oral y Público y ustedes podrán junto con la Fiscalía y la Defensa, buscar esa verdad, para la defensa quedó demostrado de que efectivamente y así lo determinó la experticia y con ello conllevo también a que la mayoría de estos funcionarios, siete (7) funcionarios fuéran destituidos, se les aperturó un procedimiento disciplinario por la DISIP y fueron destituidos, para ello se encuentran agregados, y fueron admitidos así toda la documental de su procedimiento administrativo, se determinó que ese día 06 de Diciembre, a las 8:20, 8:24 si no mal recuerdo, en el momento en que, la persona que alquilo el teléfono, en la avenida Cuatricentenaria y que llamó al teléfono del funcionarios M.S., era un funcionario de la DISIP, por cuanto, en el momento que esa persona realiza una llamada del teléfono de alquiler su teléfono móvil personal se conectó, le repicó, para mala suerte de él y se conectó en la misma ubicación geográfica, es decir, el mismo posicionamiento y por ello al hacer el análisis de llamadas se determinó que efectivamente ambos teléfonos celulares se conectaban en los mismos momentos, en tiempo y lugar, conllevando a demás que este funcionario, y así lo tratara de demostrar, es un funcionario natural de el Piñal Estado Táchira, tiene el acento andino, eso quedó demostrado igualmente en el expediente administrativo, junto con otros funcionarios pues, tenían el interés de perjudicar en la persona del ComisarioJesús E.A.Q., no entraré más a fondo, a explicar, por cuanto podrán ustedes presenciar que efectivamente esto ocurrió de la manera que les dice la defensa, podrán ustedes examinar, preguntar, preguntar a los testigos expertos sobre esta afirmación de hechos que hace la defensa, el Ministerio Público hizo referencia igualmente a una solicitud planteada por la defensa en la fase de investigación en cuanto a que requiriera la información, que la Fiscalía Sexta con Competencia en Materia de Droga en la ciudad de Barinas, de un allanamiento realizado en el Barrio El Infiernito, efectivamente la fiscalías de manera eficiente hicieron todo lo necesario para constatar y verificar de la procedencia de la droga y si esa droga que supuestamente fué incautada, pero sembrada, en el vehículo, que antes ha sido descrito guardaba alguna relación, con la droga que había sido incautada previa solicitud de estos funcionarios que se vieron destituidos, efectivamente, si no mal recuerdo, la Fiscalía Sexta respondió de que se había tramitado, por ante los Tribunales de Control la solicitud de orden de allanamiento y visita domiciliaria pero nunca fué retirado la orden expedida por el Tribunal de Control, por ello presumió la defensa de que efectivamente estos funcionarios actuando por el lado sur, es decir, consiguieron la droga porque fueron días antes del 06 de Diciembre y que nunca fué reportado dicha sustancia incautada en ese Barrio el Infiernito, por lo que eso será objeto igual de debate a los fines de demostrarle el ¿por qué no retiraban?, de donde pudieron haber incautado esa sustancia, para ello estamos acá, para buscar la verdad de los hechos acontecidos días antes, durantes y después del día 06 de Diciembre, del año 2007, es necesario, a los fines de terminar la exposición, de indicar a los ciudadanos Jueces Escabinos, que la estructura de los hechos que ha determinado el Ministerio Público y que le a precisado al ciudadano J.E.A.Q. esa afirmación de hecho debe contar por lo menos con 2 o más aseveraciones de respaldo, es decir, debe tener el sustento probatorio para que pueda esa afirmación de hecho tener una connotación o una fuérza que destruya la presunción de inocencia, para ello debemos nosotros, necesariamente evacuar los expertos y testigos y verificar efectivamente si la afirmación de hecho señalada en su estructura narrativa se corresponde o no con las aseveraciones de respaldo, igualmente es necesario indicar que los tipos penales normalmente, con la estructura de los delitos, se encuentran estructurados por una acción humana, una acción humana que modifique el mundo exterior, a parte de la acción humana, esa acción humana debe ser típica, es decir, que el supuesto de hecho debe estar descrito en la norma, es decir, lo que se encuentra prohibido debe estar expresamente establecido en una norma, por ejemplo en el homicidio, de no matar, eso seria el supuesto de hecho colectivo, entonces la tipicidad lo que prohíbe la norma y esa tipicidad igualmente debe ser antijurídica, por ello quiero indicar de que esa acción como elemento integrador de la estructura de los tipos penales, es el paso que debe realizarse en los eslabones que forman la estructura, esa acción mala debe estar, realizada por la voluntad en estos tipos de delito de acción por cuanto la voluntad o el querer cometer el hecho, es lo que puede conllevar a la responsabilidad en el delito, por ello es necesario que tengan ustedes presentes estos elementos iguales y verifiquen si en algún momento a existido alguna conducta humana típica antijurídica que conlleven a la culpabilidad del ciudadano J.E.A.Q., por los hechos que el Ministerio Público ha atribuido, ocurrido el día 06 de Diciembre del año 2007, no le queda mas a esta defensa ciudadanos Jueces escabinos y a la ciudadana Juez Presidenta, como a la ciudadana Fiscal del Ministerio Público de recepcionar estos medios de prueba y así solicito ciudadana Juez que aperture el debate probatorio a los fines de verificar la tesis traída por las Fiscalía del Ministerio Público , con la tesis de la defensa como elementos necesarios para demostrar la no participación en la conducta atribuida por el delito de Ocultamiento Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas Agravada, previsto y sancionado en el articulo 31 de la Ley espacial que rige la materia en concordancia con el articulo 46 numeral 4, muchas gracias”.

Se impuso al acusado del precepto constitucional y de la advertencia preliminar manifestando su voluntad de no declarar.

Concluida la recepción de los medios de prueba se le concedió el derecho de palabra a la representación Fiscal para sus conclusiones manifestando, la Fiscal C.M. lo siguiente: “Buenos días, voy a tratar de hacer un poquito de mi memoria, la capacidad de improvisar para recordar unas cosas en este momento de conclusiones, en principio el Ministerio Público quiere enfatizar que es una satisfacción encontrarnos aquí hoy frente a este d.T., la defensa, los familiares aquí presentes, mi compañera, que abogo en nombre de ella y todo el Ministerio Público. Por dentro de todo lo que es el proceso penal resulta bien satisfactorio cuando uno culmina de alguna manera como estamos culminando nosotros esta fase, que además es muy hermosa, además es muy interesante y resulta el final de una activad que nos ha hecho compenetrarnos por más de catorces veces acá, nos hemos sentado catorce veces por lo menos y nos hemos podido percibir usualmente no solo lo que hablamos sino lo que sentimos por que de alguna manera cada vez que nosotros hacemos un gesto, hacemos un movimiento estamos trasmitiendo, estamos comunicando y es una de la cosas interesantes del procedimiento por esta fase de juicio. Efectivamente queremos advertir en segundo lugar que este procedimiento para el Ministerio Público o que este Juicio para el Ministerio Público resultó hasta inusual si quisiéramos verlo de alguna manera y lo cito inusual porque yo creo que aquí hicimos esfuérzos para buscar una verdad que resulta muy importante, no solamente para los que estamos aquí presentes sino para la Venezuela que aquí vivimos y lo asumimos de esa manera no solamente el día dos 2 de noviembre cuando afirmamos y decíamos aquí que venimos a buscar la verdad, sino que lo asumimos el día seis de diciembre, no en horas de la mañana porque no fué a mi que le hicieron la llamada como lo refería por ejemplo Calderón en su declaración, el ComisarioCalderón, sino que en horas de la tarde una vez al fin y al cabo detenido J.E.A.Q., la Dirección de droga como es usual porque nosotros no elegimos procedimientos de fragancia sino que trabajamos por comisión, cuando ya el señor ya estaba detenido fué que se me llamó a mi a través de mi director el Dr. L.V., para que asumiera conjuntamente con la Fiscalía Regional, que en esta causa al día siguiente asumimos que era necesario explicar, explicarnos y explicarlo, y no solamente eso sino que había que hacer todos los esfuérzos para llevarlo específicamente a esa verdad procesal donde verdaderamente nos toca; efectivamente recuerdo muchísimo el día siguiente que me hice presente y que empecé a escuchar personalmente las declaraciones de cada uno de los funcionaros actuantes, tratando de determinar hasta dónde el procedimiento había estado ajustado a derecho y hasta dónde el procedimiento podría presentar vicios, porque estamos buscado si el procedimiento estaba ajustado de derecho y desde ese momento emprendimos una campaña y pedimos la colaboración a la gente de la DISIP y efectivamente no quisimos designar una comisión especifica sino que lo hicimos la propia Fiscalía 27 nacional conjuntamente con la regional la que emprendiera esa campaña de investigación con los propios miembros de la DISIP, porque consideramos que es importante para ellos para un organismos tan importante en Venezuela, compartir esa investigación y tratar de decidir hasta donde podría manejarse algunas de las versiones frente al Ministerio Público, una versión era la de un procedimiento en donde se incautada una droga y otra versión era la de una posible siembra, tuvimos mucha angustia, y quiero que entiendan todas las etapas, los primeros cuarenta y cinco días fueron bastantes angustiosos porque bueno no era tan fácil mostrar una respuesta en torno a esto, en algunas oportunidades nos hicimos presentes incluso aquí en la Fiscalía regional para la fases de investigación para determinar y precisar por ejemplo: hasta dónde, podría en caso de que estuviésemos al frente de una siembra, dónde podríamos encontrar, cómo podríamos probar que estamos frente a una siembra, acudimos a la Fiscalía, pedimos información vía telefónica y llamamos a la Fiscalía Barinas y queríamos preguntar revísame si efectivamente habían procedimientos que nos pudieran determinar de dónde se pudo haber originado la presencia de una droga y era negativo, mi auxiliar me decía doctora o el principal que estaba allí me decía no es posible ubicar, no hay procedimiento de droga, no hay esto, entrevistamos a cada uno de los funcionarios de la Guardia Nacional para buscar alguna conexión no fué posible, se ordenó la declaración de los funcionarios de la DISIP que supuestamente no tienen que estar vinculados con llamadas telefónicas, pero no nos arrojaba a una respuesta que pudiéramos precisar que estamos en presencia de droga; iba hacer la acusación y recuerdo que me llamaron con carácter de emergencia y tuve que salir, la primera acusación fué hecha por el Fiscal que ahora ya no es Fiscal quien fué quien sustituyó la doctora y recuerdo también que dentro de las instrucciones que se habían dejado eran por favor hay que meter todos los elementos probatorios que tuviéramos, todo los que encontramos allí, aunque para nosotros no fuéra importante el elemento probatorio y fuéra difícil determinar la pertinencia para nosotros durante esa prueba”.

Una vez que nosotros estábamos en esa fase de los cuarenta y cincos días se presentó el acto conclusivo, ese acto conclusivo tuvo que se reformado y tuvo que ser reformado precisamente porque en todo caso el Ministerio Público tuvo que someterse a una revisión de la acusación un objeto fundamental que era traer a acotación todos los elementos probatorios que permitieran continuar en la búsqueda de la verdad no solamente para el Ministerio Público, sino también para la defensa porque entendíamos que había que debatir en el juicio oral y Público una circunstancia que probablemente era necesario hacerlo no solamente para la defensa si no también para el Ministerio Público y efectivamente se hizo una modificación de la acusación fué incorporando todas las cantidades de elementos probatorios y que coincidieron posteriormente con los elementos presentados por la defensa precisamente con el objetivo de resolver y buscar esta verdad. Para complacer a la Doctora voy a llegar a lo que entramos al juicio como tal, efectivamente tuvimos aproximadamente catorce días en donde el Ministerio Público presenta una acusación por la incautación de un kilo setecientos treinta y cinco gramos de droga, que fué encontrada en un vehículo Fiesta Power, color verde, propiedad de la DISIP y que se encontraba asignado a la Dirección de inteligencia en el momento que era conducido por el ciudadano J.E.A.Q., siendo el ciudadano J.E.A.Q. para ese entonces ciudadano adscrito y jefe de la División de Inteligencia de la DISIP de Barinas, comenzó una fase de búsqueda de la verdad y se hicieron presentes una cantidad de órganos de pruebas que resultaron muy importante también para la postura que va asumir el Ministerio Público hoy, y que es la razón por la cual le pedí a la doctora que me dejara hablar, pudimos ver aquí pasar un grupo grande de funcionarios de la DISIP, funcionarios algunos jefes de la DISIP, que algunos se encuentra presente acá como público quienes manifestaron inquietudes referentes a como un organismo tan importante necesitaba asumir una posición institucional y así la pudimos ver acá como en varias oportunidades, una postura institucional apoyando una conducta recta y honesta del ciudadano J.E.A.Q., pudimos ver aquí pasar expertos como expertos de llamadas que de alguna manera refirieron que efectivamente habían hecho una serie de cruces de llamadas que venían a determinar, cruce de llamada que tuvimos nosotros conocimientos pero nos indicaban hasta donde ellos un grupo de funcionarios adscritos a la Brigada de la DISIP en Barinas, habían tenido conexiones y como se habían producido estas llamada que bien consideraba el experto irregular porque empezaban a hacerse llamadas desde muy temprano en la mañana, cosas que implicaba pues hacerse un análisis interno y que se había hecho ese análisis interno qué se pudo determinar y que se probó, qué pudimos nosotros traer para acá; en primer lugar se probó que se había hecho un procedimiento ajustado a derecho, que los funcionarios de la Guardia Nacional habían incautado efectivamente en la presencia de dos testigos que fueron llamados y declararon en este Tribunal frente a nosotros en presencia de dos testigos, una droga oculta no visible que no generaba olor pero que según los expertos al ser aperturada se determinó tanto desde el punto de vista científico, que precisamente estamos en la presencia de una sustancias que se llamaba marihuana y que tomando en cuenta el peso pues lo colaba en principio frente al delito de ocultamiento de sustancias estupefaciente y psicotrópicas, prevista en el encabezamiento del articulo 31, agravada por la condición de funcionario; qué más pudo probar el Ministerio Público, probó que este procedimiento se encontraba y se había hecho y que resultaba si bien no atípico era inusual porque se había hecho en ocasión a una llamada telefónica, que se le había producido a la Guardia Nacional o se le había producido a los funcionarios de la Guardia Nacional mediante una llamada anónima, después de hacer un análisis de llamada se pudo precisar que había salido de un sitio ubicado de la avenida Cuatricentenaria de Barinas, que una vez en la avenida Cuatricentenaria de Barinas, se precisa tal circunstancia se pudo determinar. Y aquí vinieron estos señores a declarar cómo era posible y cómo fué posible determinar realmente donde se acometieron esas llamadas, quién realizo esas llamadas telefónicas pero que resultaba inusual más no excepcional, porque también sabemos que efectivamente, no es normal pero no es excepcional que de vez en cuando los mismo narcotraficantes en componenda en unos con otros, en choque unos con otros, adviertan de alguna manera a los cuerpo policiales de circunstancias como esta; pudimos observar que vinieron a declara todo y cada uno de los funcionarios que estuvieron de alguna manera vinculados a este procedimiento, eran personas que estaban laborando, laborando allí en la oficina que pese a todas las contradicciones de todos los aspectos positivos que pudiese generar que hubiesen sido destituido de este trabajo y que además de eso había sido producto de esta circunstancia probablemente como consecuencia del trabajo interno que venia desarrollando el ciudadano J.E.A.Q., ninguno de ellos fué capaz de decir o negar la conducta intachable del señor J.E.A.Q., se pudo precisar algunas contradicciones que emanaba de estos ciudadanos y que no pudo corroborar el Ministerio Público, pero que sin embargo advierte que lo que si quedó evidenciado en este proceso fué efectivamente que nos encontrábamos frente a una circunstancia sumamente penosa para nosotros, cuando se vinculaba y habían sido destituidos por procedimientos administrativo, que si bien es cierto habían sido destituidos por falta administrativa más no por una falta penal que estuviese que ver con un delito, podría vislumbrarse algún tipo de delito en la conducta de estos funcionarios y que en todo caso no merecían credibilidad para el Ministerio Público, observamos acá sentados y viendo a lo que yo llamo a ese lenguaje gestual que resulta tan importante para cada uno de los ciudadanos, pudimos observar por ejemplo las testigos, las mujeres, que nos causó hasta risa al ver su conducta coloquial, las dos manifestaron una sorpresa importante al momento en que ellas referían como compartieron el procedimiento de incautación y como pudieron ver al principio una actitud sosegada del ciudadano J.E.A.Q., y como después la dos definieron que había sido bastante sorpresivo, la cara, la actitud que había asumido J.E.A. al momento en que fué localizada esa droga; percibí personalmente su posición, su situación durante las catorce audiencias y pude ver las actitudes de casa uno de ustedes y del señor J.E.A.Q., manifestar ser una persona que estaba luchando por una verdad como estaba luchando el Ministerio Público , hubo un hecho que resultó altamente significativo para el Ministerio Público y que tiene que ver con algunas teorías que apenas voy a mencionar y que son teorías que tienen que ver con la capacidad de dominio de un hecho, la posibilidad de dominio de un hecho de una persona y cuando escapa ese hecho de la capacidad de dominio, quizás en alguna oportunidad algún autor de los escabinos no conozcan, pero estoy segura que la ciudadana Juez si lo conoce y cada uno de los Abogados que estamos aquí, Roxin identifica que hay que tener dominio sobre el hecho para poder establecer alguna culpabilidad y hasta dónde llegaba el dominio del hecho del ciudadano Arellano Quintana, era posible que nosotros pudiéramos venir aquí frente a usted con toda la buena fe que debe inspirar al Ministerio Público y con la importancia de lo que se significa para el Ministerio Público, una absolutoria, una condenatoria y olvidarnos que ese vehículo totalmente, como lo digo el jefe el ComisarioAcosta que ese vehículo no era del domicilio exclusivo del ciudadano Arellano Quintana, y que en posteriores intervenciones pudimos precisar con los funcionarios que vinieron aquí a declarar, ellos mismos manifestaron que ellos utilizaban ese vehículo y que ellos salían en el vehículo y hacían diligencia de todo tipo, esto hace que salga de la esfera de disponibilidad del ciudadano J.A.Q., el hecho mismo que estamos analizando cuando sale de la esfera de disponibilidad de Arellano Quintana y que este, que quiero decir, qué significa para el Ministerio Público que salga de la esfera de disponibilidad de Arellano Quintana, significa que precisamente se ha generado para el Ministerio Público una duda y se ha generado una duda porque si bien es cierto que el procedimiento fué así, se hizo un acto de derecho que genera duda para el Ministerio Público que haya sido realmente el ciudadano J.A., la persona que realmente y definitivamente pudo haber colocado esa sustancia en esos términos, el Ministerio Público preguntó por ejemplo si se podía percibir el olor y los expertos dijeron que no se podía percibir el olor, el Ministerio Público por ejemplo si la droga se visualizaba en primera instancia y se determinó que la droga no se visualizaba eso lo dijeron todos, el Ministerio Público fué a ver si estaba todo empaquetada y si estaba todo empaquetada, el Ministerio Público preguntaba y preguntaba cuál era la conducta del señor porque nosotros tenemos que tener perfiles y en la vida hay perfiles, todo ciudadano tienen un perfil que nos hace digno o indigno que nos hace ser sabios o no o que nos hace solamente tener conocimiento o no, y todo aclarado por el Ministerio Público y me perdonan si estoy hablando un poco más de esto pero era necesario para el Ministerio Público, el Ministerio Público preguntaba usted por casualidad conoce la conducta a todos y cada uno de los que estaban aquí al final siempre lo preguntaba y al final ninguno se atrevió a decir que no era así, eso son delitos que se infieren pero así como inferimos lo malo también debemos inferir lo bueno porque nosotros estamos basados en lo que conocemos como la buena fe, porque para nosotros es importante para el Ministerio Público asumir postura institucional que favorezcan a todos, porque no podemos obviar la presencia institucional de la DISIP que manifestó en varias oportunidad en esta sala lo que es la conducta intachable, y yo le pregunto a usted y me pregunto a mi misma es que acaso una persona con un perfil intachable como lo manifestaron todas las personas, de repente pueda ser condenada por un solo hecho que no se pudo probar, la siembra tampoco se pudo probar estamos claros, no fué posible probar por qué no sabemos quién, si yo le pregunto ha usted hoy al final de juicio, usted sabe si sembraron? usted dirá no, y usted sabe cómo la sembraron? O usted sabe quién la sembró? Y usted sabe cuándo la sembraron? Y usted sabe dónde la sembraron? Y usted sabe de donde vino esa marihuana? no sabemos pero debemos inferir, porque aquí cuando condenamos, cada condena implica para el Estado Venezolano una sanción, una sanción para el propio Estado, una sanción que va más allá de la persona y que va mas allá de la familia y que nos afecta a todos en esta ciudad, pero aparte de eso de la poca fe que pueda tener el Ministerio Público se hace necesario, una vez explicado esto, una vez entendido que tenemos una dudas y que las dudas razonables y las dudas surgen en juicio y que las dudas razonables cuando se desprende en el Juicio no se pueden dejar a un lado, para la Juez y para nosotros porque existe el principio que la duda favorece al reo y yo con la satisfacción de cumplir con mi labor en el nombre de todas las personas que trabajan en la Fiscalía y manejamos este caso desde el comienzo hasta el final, una vez analizadas todas las situaciones que pudimos ver acá quisimos acotar de la manera más sencilla, solicitamos a la ciudadana Juez la absolutoria al ciudadano J.E.A.Q. de conformidad con el articulo 102 y 108 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que el Ministerio Público no logró probar, realmente no pudo precisarse en ningún momento la responsabilidad del ciudadano J.E.A.Q., en consecuencia de las dudas que se generaron en este juicio. Es todo.

La Defensa ejercida por el Abg. J.Á.A., en sus conclusiones manifestó: “Hoy estamos en esta etapa ultima del proceso penal que se le siguió al ciudadano J.E.A.Q., por un largo lapso aproximadamente por dos años y tres meses desde el momento que se inicio el procedimiento el día 6 de diciembre de 2007, por funcionario de la Guardia Nacional, como todos bien saben pensé que las conclusiones iban a ser como lo fué el debate, estas catorce sesiones de audiencias iniciadas el 09 de noviembre de año 2009, ahora bien, lo importante fué lo señalado por la Fiscal del Ministerio Público en cuanto a la solicitud la absolución dado que el Ministerio Público consideró de que existen dudas y que esas duda en el principio universal debe favorecer al reo al ciudadano J.E.A.Q., la defensa considera que amén de que el Ministerio Público indicó que se probó para el, quedó probado para el Ministerio Público que se inicio un procedimiento normal, licito, la defensa considera que efectivamente existió un procedimiento por parte de la Guardia Nacional, que fueron para la defensa utilizados, utilizados por personas enmascaradas detrás de una institución, detrás de su situación de funcionario o ex funcionarios hoy en día, para perjudicar la integridad física y psicológica del ciudadano J.E.A.Q., por inferencias podemos comenzar igualmente una investigación, no solamente considera la defensa que el día de hoy se ha buscado la verdad y que la verdad no solamente es buscar la absolución o una sentencia absolutoria del ciudadano J.E.A.Q., sino que también hoy termina lo que para él fué un vía crucis pero debe comenzar igualmente a través de todas esas inferencias que hoy indica el Ministerio Público, una investigación penal en contra de las persona que presuntamente estuvieron involucradas en que esta aberración que hoy felizmente culmina, con una decisión que debe ser de manera unánime por los jueces considera la defensa de una sentencia absolutoria, doy gracias al público asistente, a los familiares que no dejaron de apoyar al ciudadano J.E.A.Q., igualmente doy gracias a las Fiscales del Ministerio Público que efectivamente en este largo proceso hicieron su trabajo cada quien en su posición, no debemos criticar la posición porque si la defensa estuviese haya igualmente hubiese sido de una u otra manera exigente en cuanto a lo que es buscar la verdad, que a veces sobre todo en estos casos cuando estamos hablando de una siembra que fué la tesis que siempre mantuvo la defensa pues no es fácil conseguir la verdad en esos treinta o esos cuarenta y cinco días, era necesario que esa verdad la buscáramos en el Juicio oral, era necesario de que esa verdad que hoy en día consideramos que es una verdad, son estas circunstancias poco comunes por que la verdad procesal no es la verdad material y son bonitos estos casos y son pocos en que la defensa ha estado donde la verdad verdadera por llamarlo así, la verdad real lo separa de la verdad formal y que es bonito cuando uno va más allá de lo que dicta un papel, de lo que puede decir un acta policial y es importante que el día de hoy hemos conseguido esa verdad, la verdad para la defensa es la que efectivamente quedó probado que el día seis de diciembre del año dos mil siete, se inicio un procedimiento por la Guardia Nacional, pero previo a ese procedimiento unas llamadas telefónicas realizadas por unos funcionarios para ese entonces adscritos a la Brigada 403 de la DISIP de Barinas y que esos funcionarios efectivamente con nombre y apellido los voy a mencionar F.O.M. y el ciudadano Frangel Arellano, realizaron llamadas telefónica en la avenida Cuatricentenaria utilizando estos celulares móviles de alquiler y que para mala suerte ningún crimen es perfecto, ellos utilizaron para ese momento sus teléfono personal que tenían para ese día, la celda de ubicación geográfica nos determina el sitio de posicionamiento geográfico exacto, no nos puede determinar tantos metros de tal, cerca, que esa inferencia debe el Ministerio Público tomarla para el inicio de una averiguación penal y actuar más sobre la posible responsabilidad de estos ciudadanos, no basta solamente con una sentencia absolutoria, debemos ir por una sentencia condenatoria o responsabilidad de estos ciudadanos que se complotaron para perjudicar al ciudadano J.E.A.Q., ahora bien la inferencia una vez analizada de la telefonía recordemos que estuvo el inspector Á.F. en la primera oportunidad, que es el jefe de la sala técnica de llamadas realizo a través del método LIN, un análisis de llamadas y pudimos detectar a través de la conexiones de llamada y a través de lo que nos comunicó el ComisarioCalderón de que ese día seis de diciembre del año dos mil siete, se inicio una acción comunicacional, un puente comunicacional entre la ciudadana M.F. con el ciudadano F.F., a las 06:31 min., de la mañana después hubo una series de llamadas después entre M.F., Frangel Arellano y a su vez entre todos esos funcionarios que mencionó M.F., Frangel Arellano, F.M. y Y.B., y ustedes dirán y Y.B. el teléfono que poseía según la data suministrada por movistar no tuvo contacto sino solamente con la funcionaria para ese entonces que se encontraba en la sede de la fiscalía, la funcionaria D.G., pero que extraño que la defensa observó un registro de conexiones un registro del 6 de diciembre y que ese registro de llamada, había un número que se comunicaba de manera repetitiva con el número telefónico de F.M. y Frangel Arellano, ese número pertenece al ciudadano J.A., quién es J.A.? J.A. no es nada más y nada menos que al decir de la propia declaración de Y.B. su compañero, su mejor amigo, su compadre, para aquel entonces funcionario del estado Barinas, que presume y que inferencia saca la defensa y por ello es necesario que se aperture una averiguación penal, de que si bien es cierto el titular de la línea telefónica movistar aparece como propietario el ciudadano J.A., pero el poseedor, el que detentaba ese teléfono era el funcionario Y.B., esa es la explicación por la cual concluye la defensa de que si hubo comunicación ese día por cuanto los demás cuidadnos Frangel Arellano, el ciudadano F.M., indicaron que nunca conocieron al ciudadano J.A., si nunca conocieron a J.A., nunca supieron de su existencia, cómo es que se comunicaron ese mismo día eso dos funcionario F.M. y Frangel Arellano con el número telefónico que pertenece al ciudadano J.A., la explicación es que efectivamente el ciudadana Y.B. poseía para ese entonces un número que era la línea de su compadre, de su amigo, de su compañero J.A., esa es la explicación y esa es una de la cosas que resalta porque hay elementos suficientes para una averiguación penal y se tomen las medidas necesarias, en una declaración de los funcionarios de la Guardia Nacional entre ellas el teniente Pineda, M.S., como otros funcionarios que deja ver que efectivamente, esto no lo negamos, nunca la defensa negó que dentro del vehículo que conducía para ese entonces el ComisarioJesús E.A.Q., había una droga nunca fué la posición de la defensa negar el hecho, la defensa de una manera seria quiso buscar la verdad, reconociendo primeramente la existencia de la droga, lo único que no se reconoció por no existir fué el elemento volitivo es decir la voluntad, nunca tuvo la intencionalidad el ComisarioJesús E.A.Q. de transportar o ocultar esa droga en el interior del vehículo que ni siquiera era de su propiedad y tampoco se encontraba en la esfera de su dominio total, porque recordemos lo tanto criticado por funcionario para aquel entones de la DISIP, que era un vehículo destinado para el uso de la base más no para el uso exclusivo del jefe de la Brigada , por ende considero que no existe lo que ha denominado la ciudadana fiscal, la teoría del dominio del hecho, ya por desarrollar por ver que la persona que no posee un dominio sobre la situación como tal, pues no tiene la intencionalidad de la ocurrencia o la modificación del mundo exterior a través de un resultado que existe y es necesario ya la juez lo conoce pero para ustedes escabinos, existen unos elementos estructúrales de los delitos, esos elementos estructúrales de los delitos tenemos, un sujeto activo que realiza una acción, que realiza una conducta pero tenemos también un sujeto pasivo sobre todo en los casos de homicidio por decir hablándole de manera para darle un ejemplo tenemos sujetos pasivos será la victima, el sujeto activo que realiza la acción que le da muerte a la persona, el objeto material seria el arma lo que se emplea, el objeto jurídico un bien protegido por el Estado en este caso la vida, tenemos un elemento muy importante en esos elementos estructurales que es el nexo causal, es decir, que la conducta debe producir un resultado sobre todo en este tipo de delitos debe haber una modificación del mundo exterior, pero esa modificación del mundo exterior tiene que estar soportada en el elemento volutivo, en querer que el hecho, que el acto se realice, considera la defensa que al no existir ese elemento volutivo, ese elemento por parte del ciudadano J.E.A.Q., en cuanto al ocultamiento para el trasporte de esa sustancia no existen elemento que comprometa su responsabilidad. Considera la defensa innecesario entrar a debatir otras circunstancias que fueron propias del juicio oral y público, lo importante es que quedé plasmado que es necesario señora Juez y así lo solicito muy respetuosamente a usted de que el Ministerio Público, una vez verificado a través de la inmediación de que efectivamente surgieron elementos que posiblemente comprometan la responsabilidad de estos funcionarios que pasaron en calidad de testigos, pues se inicie una investigación penal sobre estos ciudadanos hoy culminamos efectivamente, es necesario que se realice esta averiguación del ciudadano J.E.A.Q., detenido por mas de 22 meses, estando detenido si bien es cierto en la sede de la división territorial de Guanare, base 406 no es menos cierto que ha estado privado de permanecer con su familia, no es menos cierto que ha estado privado de desarrollarse libremente, porque aun estando en arresto domiciliario esta persona ha estado limitada a un desenvolvimiento como cualquier persona y más que esta persona que se encuentra hoy ha estado soportando la demora habitual en los procesos penales en cuanto al retardo que ha existido, sabemos las circunstancias que ocurrieron en el proceso penal pero lamentablemente ha estado detenido 22 meses y es necesario que usted ciudadana Juez, tome en consideración la circunstancia del inicio de una investigación penal, igualmente solicita la defensa una sentencia absolutoria a favor del ciudadano J.E.A.Q., por que no existen elementos probatorios e incriminatorios de responsabilidad penal que permitiera atribuir a este ciudadano la responsabilidad en este delito que afecta a la sociedad en este caso a la salud publica, por ello solicito la libertad plena de manera inmediata y una copia del video de reproducción así como una copia del acta. Es todo”.

Cedido el derecho al acusado para el exponer sus palabras finales, nada manifestó.

Se deja expresa constancia que al inicio del debate a solicitud de la defensa con la opinión favorable de la Fiscal del Ministerio Público, se acordó que el debate oral se celebrara totalmente a puertas cerradas, de conformidad con el numeral 2 del artículo 333 del Código Orgánico Procesal Penal, al considerar las partes que en el contradictorio pudiesen revelarse asuntos inherentes a seguridad de Estado, no obstante, en la fase final de conclusiones, a solicitud nuevamente de las partes se abrió al público.

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

De las pruebas ofrecidas por la Fiscalía del Ministerio Público y la Defensa se recepcionaron los siguientes testimoniales:

Á.A.F.H., previo juramento manifestó ser venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.551.575, casado, de 37 años de edad, Inspector Jefe de la DISIP, jefe de la sala de conexiones DISIP, con domicilio en la ciudad de Caracas y sin vínculo con las partes, a quien le fué exhibida asociación de llamadas y localización geográfica, reconoció haberla practicado y expuso: “Es una experticia de análisis de llamadas en que se utiliza un software para minimizar en tiempo el trabajo, para ellos fuímos especializados con un curso en Panamá, aquí se determina que los funcionarios se encontraban en el sitio de donde se hace la llamada anónima y que son las mismas personas que el día anterior salieron en el carro.” Seguidamente mediante grafico el funcionario discriminó y explicó el cruce de llamadas.

A preguntas de la Fiscal del Ministerio Público contestó: “Que se investigaron todos los teléfonos de los funcionarios y todos coincidían; fueron en total 37 teléfonos los sometidos a análisis con los 2 de alquiler; que en el análisis se determinó que la llamada existió, su ubicación geográfica por la apertura de celda, pero no se puede determinar que hablaron; se trabajo con el registro de data telefónica; no existe conexión entre los teléfonos públicos y otros funcionarios; en el MTSO Barinas en los teléfonos públicos se ubicaban F.O.M. y Arellano Frangel; a Arellano Frangel abren celdas a las 8:07am y 8:55ª.m,; a F.O.M. a las 8:07 a.m. y 11:47 a.m. en ese sitio lo que indica que se encontraba en el sector; Figueredo Rodríguez recibió llamadas del 0424-5095021; M.S. recibe llamadas del 0424-5095021 y 0424-5143071; M.S. no se sabe donde se encontraba; no sabe donde se encontraba Cupertino; Figueredo Rodríguez llama a las 12:41 m y 3:19 p.m., a F.M. y a las 13:49 a Lucena; Mora llama a Maribel, a Figueredo y Arellano; no se puede ubicar distancia de Mora a los telefonos de alquiler; no se puede ubicar distancia de Frangel a los teléfonos de alquiler; no se sabe que hablaron; no puede haber mucha distancia de la ubicación a la antena; Mora hizo 11 aperturas en ese sector; Arellano Frangel hizo 3 llamadas, a las 6:07; 8:15 y 9:55; Maribel recibió llamadas de Frangel Arellano y del ComisarioArellano”.

A preguntas de la Defensa contestó: “El telefono que pertenecia a M.R. era el 0424-5143071, suscriptora era M.R. la portadora puduera ser otra; el telefono B suscriptor G.R., reflejo que B aperturo SJB Barinas; tengo 12 años de servicio; 8 años en análisis, conexiones llamadas; soy Jefe de Sala de Conexiones de llamadas; el radio de acción de una antena Movistar, va a depender del flujo de personas, no podría precisar, pero la experiencia nos indica que no es mucha; todo el análisis se refiere al 06-12-2007; Movistar envío 3 meses, nosotros estamos en una sala de análisis y nos circunscribimos al 06-12-2007; depende de la investigación, ese análisis se hace antes, durante y después; me sabotearon el trabajo, trataron de llegar a mí, sin ocultar los elementos que me dan para trabajar; no tengo llamadas salidas de Emiliano; no está la celda de apertura de las llamadas de Maribel; -Maribel recibió 3 llamadas a las 6:31 a.m., a Arellano, a las 7:56 a.m., al ComisarioArellano y a las 11:46 a.m., a F.F.; se trabajó sobre registro de llamadas, aquí no existe interceptación de llamadas”.

A preguntas de la Fiscal del Ministerio Público contestó: “No se el alcance de la antena; hay 2 antenas en el mismo sitio; no tengo conocimiento exacto donde fué detenido; no sé ubicación, lugar especifico en que se encontraba Figueredo Rodríguez, ni el ComisarioArellano, no sé contenido de las llamadas; en base a las llamadas no puedo afirmar que estaba haciendo cada uno”.

A preguntas de la Defensa contestó: “Las antenas no sé con qué coordenadas trabajan; la fecha de las llamadas es 6-12-07; la base de datos es el expediente que tenia la Fiscalía; el sector lo cubren 2 antenas”

A pregunta de la Juez contestó: “Trataron de sabotear mi trabajo porque hicieron ver que estaba tratando de sacar funcionarios voluntarios, otros trataban de intimidarme, cuidado te metes en eso, que ahí está todo limpio y ese Comisarioestá metido en eso; el Director de Investigaciones para aquel momento indicó que me defendió ante el Jefe”.

Otorgándole este Tribunal a la declaración del experto Á.A.F. pleno valor probatorio en virtud de los conocimientos prácticos y específicos que sobre la materia tiene, quien expuso en forma clara, directa y coherente, dejando por probado los siguientes hechos:

  1. Que se practicó experticia de conexión de llamadas efectuadas y recibidas el 6 de diciembre de 2007, entre los funcionarios adscritos a la base contrainteligencia 403 de la DISIP Barinas.

  2. Que del teléfono de alquiler de la ciudadana Rojas María ubicado en antena MTSO Barinas salió a las 8:10 a.m., una llamada para el móvil 0414-5574731 perteneciente al funcionario de la Guardia Nacional J.R.M., quien a su vez llamó a las 9:59 a.m, al funcionario de la DISIP J.E..

  3. Que el funcionario de la DISIP Detective Mora Sánchez abrió celdas en la misma ubicación de la ciudadana Rojas María a las 8:35 a.m., y llamó a F.F. a las 11:17 a.m, quien a su vez llamó a las 11:46 a.m., a M.F..

  4. Que del teléfono de alquiler de la ciudadana G.R. ubicado en Barinas salió a las 9:25 a.m., una llamada para el móvil 0414-5574731 perteneciente al funcionario de la Guardia Nacional J.R.M..

  5. Que el funcionario de la DISIP Frangel Arellano abrió celdas en la misma ubicación de la ciudadana G.R. y se comunicó a las 6:31 a.m con M.F. y 6:33 a.m, con el detective Mora Sánchez.

  6. Que M.F. recibió llamada a las 6:31 a.m de Frangel Arellano; a las 7:56 a.m., de Arellano Quintana y a las 11:46 a.m, de F.F..

    A.R.A.B., previo juramento manifestó ser venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.394.854, casado, de 42 años de edad, Comisario Jefe de la DISIP, con domicilio en la ciudad de Caracas y sin vínculo con las partes, quien impuesto del motivo de su citación expuso: “En esa fecha yo recibo llamada del Comisario B.B. en que me informan que en el punto de control de la Guardia Nacional en Boconoíto se estaba suscitando una situación irregular con el ComisarioArellano, me comunique con Saluzzo, nos trasladamos al punto de control y el Guardia Nacional explicó el procedimiento.”

    A preguntas de la Defensa manifestó: “Los hechos ocurrieron el 6-12-2007, de 8:30 a 9:00 de la mañana; para el momento era titular de la Base Contrainteligencia 403 Guanare; en esa fecha el ComisarioArellano era Jefe de la Base de Contrainteligencia Barinas; es una organización destinada a fortalecer el órgano del Gobierno Nacional contra el espionaje y en materia de seguridad ante el auge delictivo; tenia cerca del año como ComisarioSede Guanare; si conocía al ComisarioArellano antes del 6-12-2007, hace muchísimos años cuando él asumió Calabozo conociendo su pasión a ser un funcionario honorable, honesto; el desenvolvimiento laboral del Comisarioes excelente funcionario, nosotros tenemos una inspectoría que regula la hoja de vida y está totalmente limpia; recibí llamada de B.B., Coordinador de la Base Nacional como de 8:30 a 9:00 a.m., y Saluzzo y yo llegamos allá; nos acompañaba R.F.; en ese momento cuando el funcionario de la Guardia Nacional viene a darle parte a Saluzzo y le informo que es un Comisario le comunique con el Director; tengo 22 años de servicio, Director Nacional de todas las Delegaciones; si conozco a F.M. y a Y.B.; para 6-12-2007, Y.B. se encontraba en comisión de servicio, por orden de la superioridad en unos casos de secuestro en Barinas; esos funcionarios no estaban adscritos a Guanare; Frangel Arellano, Ytamar y Maribel, son de Barinas; Y.B. cumpliendo con anti-extorsión y secuestro del GAES Barinas, en el cruce de llamadas no estaba trabajando con Guanare en la sede y tampoco en la sede de Barinas; el vehículo era un Ford fiesta, sedan, cuando llegamos ya estaba aparcado; Arellano cursaba estudios universitarios en la sede Helicoide de la DISIP, cada 8 días; nosotros no tenemos vehículos oficiales asignados, los Jefes de Delegación deben cumplir con las herramientas que se disponen, los vehículos son para darle utilidad en la investigación, lo usan todos para cumplir labores, viajar en cualquier carro, todos tenemos acceso, no son personales; la información de situaciones irregulares lo trataban con el Director General, tenemos conocimiento que el ComisarioArellano había tomado medidas correctivas, pero los detalles los había suministrado al ComisarioGeneral; esas medidas correctivas consisten en que Arellano había impuesto a los funcionarios en que se detectó fallas, en que eran utilizados recursos en secuestro y cobro de vacuna, eso lo hizo con el Director General, que no llegaron a tiempo, ya él había adelantado porque se conocía que se adelantaba en contra de su gestión; posterior al hecho el ComisarioSanoja pidió se trasladaran por funcionarios a Caracas para tomar declaraciones a los funcionarios Arellano, Mora, Figueredo e Ytamar, pero motivado al juicio no se pudo detenerlo, tener los elementos, sabemos del daño que le hicieron a la institución, al estado Barinas y a la moral del Comisario; los traslados fueron posteriores al 6-12-2007; se sabe que hubo algo irregular; existía interés en perjudicarlo y lleva 2 años detenido; actuaron en contra del funcionario Arellano para seguir delinquiendo.”

    A preguntas de la Fiscal del Ministerio Público contestó: “Para la fecha me encontraba en mi oficina en Hato Modelo; de la oficina de Saluzzo a Hato Modelo hay 25-30 minutos; yo no estaba en el lugar de aprehensión en Boconoíto; la comunicación con la Guardia Nacional eran institucionalmente de buenas relaciones; Arellano tenía en Barinas 1 año; estamos haciendo trabajo de comando unificado no solo en secuestro, sino en todo lo relacionado; si trabajábamos mancomunadamente; solo trabajo institucionalmente; Saluzzo se fué conmigo; tengo 22 años compartidos en la DISIP más que con mi familia; al llegar a la Guardia Nacional observamos todo y las irregularidades surgen después en la investigación, queríamos era resguardar la integridad del funcionario; hemos trabajado de la mano con la Fiscalía; yo vi a Arellano en la Guardia Nacional, pero en ese momento estaba centrado en resguardar su integridad física; no conocía con anterioridad al Teniente Gleimer Pineda, no he hecho trabajo con Pineda; por nombre no recuerdo si he trabajado con los funcionarios de la Guardia Nacional; cuando se refiere a situaciones irregulares lo enviaba Arellano a Caracas para resolverlo, lo presento él, se comentan cosas; no tenía problemas con su personal; no supo de anormalidades, no detalle por detalle, ya uno sabia que tenia argumento para desarticular; después vino a aflorar, después de lo que pasó de la detención; por orden del director se trasladó a los funcionarios a Caracas; se llevaron a Figueredo, G.T., Frangel Arellano, a Caracas; se apertura el procedimiento administrativo; nuestro director y asesoría legal acuerdan la destitución, si hubo elementos; no se en que concluyó la averiguación”.

    La anterior declaración la valora el Tribunal por haber sido vertida bajo las formalidades de ley, por un testigo que fué coherente y firme en su narración de la manera como obtuvo conocimiento de los hechos objeto del debate como funcionario adscrito a la DISIP y las diligencias practicadas con posterioridad no cayendo en contradicción. Los hechos que individualmente se aprecian y que más adelante se concatenaran con las demás pruebas son los siguientes:

  7. Que el testigo obtuvo conocimiento el 6 de diciembre de 2007, siendo aproximadamente de 8:30 a 9:00 de la mañana de una situación irregular que ocurría en la Alcabala de Boconoíto con el ComisarioArellano, quien era el Jefe de la Base de Contrainteligencia de la DISIP Barinas por llamada que le hizo B.B..

  8. Que Institucionalmente A.R.A. en su condición de Jefe de la Base de Contrainteligencia Guanare para aquel momento, se comunicó con el Comandante de la Guardia Nacional Saluzzo y se dirigieron a Boconoíto con el propósito de resguardar la integridad física del ComisarioArellano.

  9. Que posteriormente por instrucciones del ComisarioSanoja fueron trasladados a Caracas los funcionarios Arellano, Mora, Figueredo e Ytamar, para tomarles declaraciones.

  10. Que los vehículos asignados a una Base de Contrainteligencia no son de uso exclusivo del jefe, sino un recurso a disposición para el trabajo en que se requiera.

  11. Que el ComisarioArellano tiene una hoja de vida intachable dentro de la DISIP y fué designado jefe de la Base de Barinas dado el auge delictivo en secuestros y extorsiones, quien ya había tomado algunas medidas al respecto y las había comunicado al Director General.

    M.F.H., previo juramento manifestó ser venezolana, titular de la cédula de Identidad Nº 10.051.889, soltera, de 40 años de edad, dedicada a los oficios del hogar; con domicilio en Biscucuy y sin vínculo con las partes, quien impuesta del motivo de su citación expuso: “Para esa fecha 06 de diciembre de 2007, tenia pautado viajar con el ComisarioArellano hacia Caracas a asistir a clases y en horas de la mañana de 7 a 8 de la mañana, antes de las 8, no sé exactamente la hora, el Comisariome llama preguntándome dónde estaba yo le contesté que llegando a Barinas, en la redoma y él me dijo que ya iba saliendo, a lo que yo le manifesté que tenía que llegar a la oficina para buscar los trabajos de la Universidad y a arreglar uno de ellos y me vuelve a repetir que él va saliendo a lo que le dije bueno nos vemos en Caracas que le vaya bien, posteriormente cuando llego a la oficina ya se había ido para Caracas y como a eso en el lapso de 8:30 a 9:00 estando en la oficina llega otro compañero Y.T. y me manifiesta que había recibido W.F. una llamada donde el Comisariolo tenían detenido en la Alcabala de Boconoíto, me paro y voy a la oficialía a corroborar la información y le digo a W.F. que cómo es eso y me dice que recibió una llamada de la funcionaria Dennys que había recibido una llamada que al Comisariolo tenían en la alcabala de Boconoíto, en eso llega el ComisarioKruber se le notifica de inmediato y le hace una llamada al ComisarioArellano para confirmar la información, él le repicó y el ComisarioArellano le devuelve la llamada y entablaron una conversación en que el Comisariole dijo que le estaban revisando el carro y que ya había notificado a Caracas y el ComisarioKruber le iba a mandar una comisión y el Comisariole dijo que no, que él solventaba y cualquier cosa llamaba si ameritaba, posteriormente se verifica que al Comisariolo tenían detenido por una presunta droga que llevaba en el carro y se envió una Comisión al sitio, hasta ahí es lo que tengo conocimiento”.

    A preguntas de la Fiscal del Ministerio Público contestó: “Para la fecha yo trabaja en la DISIP, desde el 16-02-90 hasta el 10-02-2009; en relación a la causa del Comisariome entrevistaron y por falta de probidad fuí destituida; indicaron falta de probidad por que la información de que yo tenia conocimiento de lo que estaba pasando con el Comisario; nos llaman a Caracas para entrevistas; trabajé en la DISIP durante 18 años y 10 meses; tuve una sanción de 24 horas por un funcionario jubilado que llamó que estaba tomado; no tengo más sanciones ni expediente administrativos; estudiaba en la Universidad S.B., Helicoide, Caracas, cada 15 días, el ComisarioArellano me llevaba un semestre; viaje con él una sola vez, en el carro del despacho, en el Fiesta Power; en la DISIP Barinas habían varios vehículos, estaban asignados al despacho, el que lo necesitaba lo usaba previa autorización; era el carro que más utilizaba el Comisario; cuando trabajaba en Barinas me levantaba a las 4:00 de la mañana, mi celular es 0414-0712440, el mismo para esa época; si portaba ese teléfono el 6-12-2007, de 6:00 a 7:00 recibí llamada del Inspector Figueredo, respecto a la guardia del día siguiente para buscar leche de Mercal y repartirla, para esa fecha Figueredo no estaba, era día martes; me destituyeron por contradicción pero para mi no es justa esa decisión; no tengo nada que decir en contra del ComisarioArellano, si es así como se estuvo manejando habría que ver dónde está la causa y para mi el Comisarioes de una conducta intachable por el tiempo que trabajé con él; no me comunique con Ytamar ese día, no he trabajado con él.”

    A preguntas de la Defensa manifestó: “Para la fecha estaba en contraespionaje, energía y petróleo, trabaja desde septiembre de 2007 en la Brigada ; trabajaba con servicio de guardia; recibió llamada de 6:30 a 7:00 de la mañana de Figueredo y no sé de donde llamó; si pertenecía a la base de Barinas ese funcionario y era Sub Inspector; tenía conociendo al funcionario Figueredo como un año; el motivo de la llamada era porque había escasez de leche y había un contacto de Mercal y se iba a comprar para los funcionarios; Figueredo no estuvo ese día en Barinas; el Mercal era en Barinas; no sé de donde me estaba llamando Figueredo, me llamó para saber si había recogido lo de la leche, y yo le dije que le colocaba el dinero y después me lo daba; recibí esa llamada cuando estaba en el terminal de Guanare; sí era habitual recibir llamadas a esa hora; el mismo día de la detención del Comisariose recibió llamada para que trasladáramos unos funcionarios a Caracas y me comisionan a mi, Figueredo estaba aquí en la base de Guanare; se recibió la llamada de Caracas del ComisarioZarraga; la llamada la recibe el encargado de la base, después del medio día y llegamos a la una de la mañana a Caracas a la unidad de narcotráfico; el motivo de la llamada de Figueredo fué solo por la leche; llegué a la entrada de Barinas como a las 7:40 a 10 para las 8, no sé exacta; recibí la llamada del ComisarioArellano antes de las 8 de la mañana; el Comisariome preguntó dónde me encontraba; para la fecha estudiaba administración en Caracas; antes del 6 de diciembre fué cada 15 días a Caracas, empezaron como en agosto 2007 las clases; 2 veces por mes tenía clases; anteriormente al 6 de diciembre había viajado una vez con el ComisarioArellano en el Fiesta Power; el fin de semana nos acuartelaron por las elecciones y después le pedí la cola; no me fuí con el Comisarioporque el ya se había ido y yo cuando le pedí la cola hablamos si usted va a viajar como a las 11 yo me voy si es más temprano no; sí el Comisariome hubiese esperado me hubiese ido con él; no le pedí que me esperara porque cuando yo le dije que iba a arreglar un trabajo, él me dijo pero cómo vamos a hacer porque voy saliendo y yo le dije bueno que le vaya bien; no vio ese día a F.M.; si Frangel Arellano estaba en la oficina antes de las 9:00, de 8 a 9 ya lo había visto ahí; no recuerda haber vista salir a Frangel porque cada quién está en sus oficinas; Dennys cuando llegó a la oficina manifiesta que recibió una llamada de Y.B..

    La anterior declaración la valora el Tribunal por haber sido rendida en el debate con las formalidades de ley, por una testigo que se limitó a contestar las preguntas sin emitir juicios de valor, fué coherente y firme en su narración de la manera como obtuvo conocimiento de los hechos objeto del debate como funcionaria adscrita a la DISIP. Los hechos que individualmente se aprecian y que más adelante se concatenaran con las demás pruebas son los siguientes:

  12. Que el día 6 de diciembre de 2007, la testigo tenía pautado viajar con el ComisarioArellano a la ciudad de Caracas con el propósito de asistir a clases en la Universidad, que recibió llamada antes de las 8 de la mañana en que el Comisariole preguntaba donde estaba y que él ya iba saliendo, que ella debía llegar a la base para recoger los trabajos y arreglar uno y que cuando llegó a la base ya el Comisariohabía salido.

  13. Que de 8:00 a 9:00 de la mañana encontrándose la testigo en la Base de Barinas, llegó el funcionario Y.T. y le dijo que W.F. había recibido llamada de la funcionaria Dennys en que indicaban que al ComisarioArellano lo tenían retenido en la alcabala de Boconoíto, que se le informó al ComisarioKruber, quien sostuvo comunicación vía telefónica con el ComisarioArellano y que posteriormente se tuvo conocimiento que lo tenían detenido porque le habían encontrado una presunta droga en el carro.

  14. Que después del mediodía el encargado de la Brigada recibió órdenes del General Zarraga de que fuéran trasladados unos funcionarios a la Brigada de narcotráfico en Caracas y la testigo fué comisionada para ello y que llegaron a Caracas a la 1:00 de la mañana.

  15. Que la testigo fué destituida de la DISIP por presuntas contradicciones en sus declaraciones, decisión que consideró injusta.

    G.S.K.J., previo juramento manifestó ser venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 6.635.038, casado, de 46 años de edad, funcionario de la DISIP, con domicilio en la ciudad de Chabásquen y sin vínculo con las partes, quien impuesto del motivo de su citación expuso: “El 06 de diciembre de 2007 yo estaba en la base Barinas adjunto, el ComisarioArellano salió para Caracas por permiso familiar, cuando estoy en la base me informaron lo que estaba pasando, Emiliano me informó que el Comisariotenia problemas en la alcabala de Boconoíto.”

    A preguntas de la Fiscal del Ministerio Público contestó: “Yo era adjunto al ComisarioArellano, tenía 5-6 meses en Barinas; cuando el Comisariose ausentaba, yo era el Jefe encargado; mi trabajo estaba vinculado al del ComisarioArellano; en la base habían 20 funcionarios policiales y 10 o12 administrativos; yo no investigue a funcionarios; si tuve conocimiento de irregularidades en que Comisarioestaba investigando informaciones que habían llegado; yo no observe ninguna irregularidad; no observé personalmente pero si me dijo el Comisario Arellano que había tenido un impase con un funcionario que trató de sublevarse y él lo controló; eso fué unos meses antes con el funcionario F.M.; no sé, desconozco comportamiento de F.M.; conozco al ComisarioArellano en la base de Barinas, el tiempo que trabajé con él; todos d.f.d. la trayectoria entre ellos los Jefes de la DISIP; E.H. tiene una conducta normal; W.F. y M.F. dicen que les informó Dennyss E.G.; Emiliano me dijo: “Yo llame un amigo que trabaja en la Guardia Nacional, y me dijo que sí” ; Á.L.C. es del equipo de trabajo de Maribel; en el libro diario el 06-12-2007, hubo cambio de escribiente; F.M., estaba en un curso en Caracas, el día anterior indicó que se iba a hacer el curso y cuando ocurre ese hecho, me llaman de Caracas me dicen que F.M. no ha llegado y después me llamó que estaba accidentado en San Carlos y dijo que se iba a devolver y presuntamente siguió a Caracas; me pareció como injustificable por el tiempo; si manifesté eso a la Inspectoría; me comunique con el ComisarioArellano, después con Emiliano y con F.M..”

    A preguntas de la Defensa manifestó: “ Ese día Frangel Arellano pernoctó y no estaba de guardia; pernoctó en la sala de servicios; Dennyss me dijo que la llamó Y.B.; Ytamar no pertenece a la base de Barinas; habían funcionarios con una conducta no acorde F.M., Frangel Arellano, Á.L.C. y Figueredo; el ComisarioArellano me comentó que no le gustaba como trabajaban y no quería trabajar con ellos, le veía una conducta no acorde; a F.M. le observe una conducta normal; en privación ilegitima y secuestro estaba G.T.; el inconveniente del ComisarioArellano con F.M. fué el altercado; J.E. está activo.”

    A preguntas de la Juez contestó: “Frangel Arellano estaba adscrito a la base de Barinas; es obligatorio para los funcionarios darse salida; Ytamar frecuentaba a algunos funcionarios de la base de Barinas, a F.M., Á.L.C. y Frangel Arellano; ellos fueron objeto de procedimiento administrativo por el caso del ComisarioArellano”.

    La anterior declaración la valora el Tribunal por haber sido vertida bajo las formalidades de ley, por un testigo que fué poco elocuente, limitándose a contestar las preguntas sin emitir juicios de valor, quien a pesar de reconocer ser adjunto al ComisarioArellano en la jefatura de la base de la DISIP Barinas indica desconocer aspectos que a criterio del Tribunal Mixto le eran propios de su cargo, los hechos que individualmente se aprecian y que más adelante se concatenaran con las demás pruebas son los siguientes:

  16. Que el testigo obtuvo conocimiento el 6 de diciembre de 2007, de los problemas que tuvo el Comisario Arellano en la Alcabala de Boconoíto porque se lo informó E.H., quien le indicó que había llamado a un amigo que tenía en la Guardia para averiguar por lo del Comisarioy le había dicho que sí.

  17. Que si tuvo conocimiento que el ComisarioArellano estaba investigando irregularidades por algunas informaciones que había recibido, pero que personalmente el testigo no investigó a los funcionarios.

  18. Que el testigo no observó ninguna irregularidad pero que el Comisariole había comentado que no le gustaba como trabajaban F.M., Frangel Arellano y Á.L.C. porque tenían una conducta no acorde.

  19. Que en una oportunidad el ComisarioArellano tuvo un altercado con el funcionario F.M. quien se le quiso sublevar y el Comisariolo controló.

  20. Que el día anterior a los hechos el funcionario F.M. indicó que se iba a hacer un curso a Caracas y el día de los hechos lo llamaron de Caracas para indicarle que F.M. no había llegado y posteriormente éste le llama y dice que estaba accidentado en San Carlos y dijo que se iba a devolver lo que a criterio del testigo le pareció injustificable por el tiempo que había transcurrido y eso lo informó a la Inspectoría.

    D.E.G., previo juramento manifestó ser venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.988.406, soltera, soltera, de 39 años de edad, contador público, con domicilio en la ciudad de Barinas y sin vínculo con las partes, quien impuesta del motivo de su citación expuso: “ Yo fuí funcionario de la DISP y para el momento era la contadora y el Comisarioera mi jefe, ese día yo debía ir a la Fiscalía porque fuí comisionada para una reunión con la fiscal porque yo era la experto en el caso CAEZZ; yo me voy a la Fiscalía no a la Base, antes de las 9:00 me llama un funcionario que antes trabajaba con nosotros que es Y.B. y me dice que si sé quiénes están de guardia y le digo que sí, que M.F. y A.L.C., que si tenía el teléfono de alguno de los dos; le di el de Á.L., después me hace un segundo llamado y que él está llamando a A.L.C. y no le atiende, entonces me dice que por favor yo llame, que no dejan pasar al Comisarioen la alcabala de Boconoíto, yo agarro el teléfono de la Fiscalía y llamó, me contesta el funcionario W.F. y le digo verifica por favor; transcurrido un tiempo me vuelve a llamar el funcionario Y.B. y me preguntó que pasó y le digo yo no sé porque estoy en la Fiscalía, me dice llama y pregunta que pasó, yo llamó y me dicen que ya todo está listo y me vuelve a llamar Ytamar, que pasó yo le digo no listo, no paso nada y en eso fueron las 9 y yo entré a la reunión con los Fiscales Nacionales y ahí no nos permitían el celular, cuando salimos de la reunión al medio día me voy a la base y cuando estoy en administrativo recibo otro llamado de Ytamar y me dice que al Comisariolo habían detenido por droga y que cónchale qué quién le había hecho eso, por supuesto me consterne porque era mi jefe, en eso me llaman que mi esposo había tenido un accidente y me olvide de todo y me voy a la clínica, me voy a la base y pido permiso al Comisario Kruber, cuando voy subiendo a la casa como a las ocho antes de las nueve me vuelve a llamar el Comisario Y.B., diciéndome que cómo era posible que le habían hecho eso al Comisario, que eso era que le habían sembrado aquello, que serán muchos los problemas que yo tengo, pero no es tal y no sé que más y empezó a hablar, y en vista de que yo iba en carretera le dije, si, si, okey, y colgué la llamada duraría como 10 minutos hablando pero yo okey.”

    A preguntas de la Fiscal del Ministerio Público contestó: “Siempre he sido funcionaria de la DISIP, acabo de regresar de dos años de comisión de servicio; del 28 de abril de 2008 a abril de 2009; no se me aperturó procedimiento administrativo por este caso; cuando yo estaba en Barinas estaba en una oficina con D.R. y después me pasan a un pasillo dentro de la sede de la DISIP; si le hice un trabajo de la Universidad y tenía que hacerle una corrección por algo que le hice en la introducción; ella tenía que llevarse a Caracas y siempre se iba con el Comisariosegún rumores porque yo no los vi salir; según dijeron que no se había ido con el Comisariopara arreglar el trabajo; tenía con M.F. relación laboral, no de amistad; no tenía conocimiento que Maribel estaba haciendo algo para la compra de una leche; si comprábamos leche de Mercal íbamos para allá y el Comisarionos dejaba; vi al ComisarioArellano el día anterior, el día de los hechos no porque yo no fuí a la base; Ytamar es un funcionario que trabajo en la DISIP Barinas; Ytamar si entraba en la Brigada ; si iba a la Brigada trabajando allí el ComisarioArellano y el ComisarioKruber y tenía que ir a darse entrada porque eso está establecido así; si visitaba la Brigada Ytamar; Ytamar me llamó cuatro veces, la primera me preguntó quiénes estaban de guardia; la segunda me dice que el número que yo le dí no le contestaba, que llamara yo, que al Comisariono lo dejaban pasar en la alcabala; la tercera me llama para saber que había pasado; Ytamar no me dijo cómo supo y yo no le pregunté; las 4 llamadas fué de 8 a 9, exactamente no sé solo sé que fué en ese tiempo; me pareció extraño que Ytamar me haya llamado, tenia mucho tiempo que no me llamaba; Ytamar era Comisarioadscrito a Caracas; Ytamar estaba fuéra de Barinas; no tuve conocimiento de irregularidades con Ytamar, las investigaciones de los funcionarios son confidenciales; habían rumores que habían estado detenidos en Apure, G.T., F.A. y G.G.; escuche que el Comisariotuvo una discusión con el detective F.M. y que el Comisariotranquilizó al funcionario, fué un enfrentamiento fuérte; yo me enteré de todo lo que hicieron, inspectoría, averiguación administrativa y los botaron fué mucho después; en el comedor se habló de una siembra de droga al Comisario; en el comedor todos dijeron eso, pero no recuerdo quienes lo dijeron; no dijeron quién lo sembró, quiénes lo sembraron, cómo lo sembraron; supe que inspectoría les había aperturado un procedimiento y fueron destituidos por la averiguación de lo que le había pasado al ComisarioArellano, fueron destituidos F.F., M.F., F.M., G.T. y Á.L.C.”.

    A preguntas de la Defensa manifestó: “Yo estuve como administradora en la base de Barinas; las llamadas de Y.B. fueron antes de las 9:00 a.m.; creo que la detención tuvo que hacer antes de las 9:00 de la mañana porque fué la hora en que yo entré a la reunión; que claro que antes de las 9:00 de la mañana Ytamar tenía conocimiento de la detención del Comisarioporque quien me lo dice a mi es él; no sé quién le informó a Y.B.; Ytamar era jefe de investigaciones; me dijo que con todo y lo que es el Comisario porque le van a hacer algo así, yo presumo que el quería que yo le echara todo el cuento, pero que le voy a contar yo estaba en lo mío; Ytamar me llama de su celular porque me dijo que no tenía para llamar a la Brigada ; le entregue el trabajo a Maribel en horas de la tarde como a las 6:00 del día 5; la corrección del trabajo era quitarle un párrafo; Maribel le habló de la corrección al medio día cuando yo regrese de la Fiscalía; en la base cuando llegué en horas del mediodía pase al comedor y no recuerdo que funcionarios estaban, recuerdo a las de la cocina, es que yo no siquiera me senté a comer porque llegué a la Brigada con la conmoción de lo que le estaba pasando a mi jefe y me llaman de lo que le había pasado a mi esposo; en la entrada e.M. y Alvaro y ellos me dieron entrada que venía de la Fiscalía y al recibir la llamada de mi esposo salí pedí permiso y me fuí; cuando yo llamé a la Brigada yo dije que el que me había llamado era Y.B.; F.M. le faltó el respeto a la superioridad; no supe la hora de detención del Comisario, ellos decían que había salido antes de las 8:00 de la mañana; con Franklin hubo algo del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y yo acompañe al ComisarioArellano a averiguar sobre ese hecho en que estaba investigado F.M. estaba implicado; el Comisariohabía instado al funcionario F.M. a que se calmara; no supe de amenazas por parte de F.A. al Comisario; los funcionarios es un grupo aparte yo era administrativa y ellos policial y eso es aparte; Ytamar daba a entender que era que eso se lo habían colocado al Comisario”

    La anterior declaración la valora el Tribunal por haber sido vertida bajo las formalidades de ley, por una testigo que fué coherente y firme en su narración de la manera como obtuvo conocimiento de los hechos objeto del debate como funcionaria adscrita a la DISIP, pero quien nada acredita respecto a los hechos ocurridos en el punto de control, sino a los aspectos internos de la institución. Los hechos que individualmente se aprecian y que más adelante se concatenaran con las demás pruebas son los siguientes:

  21. Que a la testigo la llamó en cuatro oportunidades el ComisarioY.B. el 6 de diciembre de 2007, entre las 8:00 y 9:00 de la mañana, que en una primera llamada le pidió los números de los funcionarios que estaban de guardia; en la segunda le pidió llamara a la base y dijera que al Comisariono lo dejaban pasar en la alcabala de Boconoíto; la tercera para preguntarle que había pasado con el Comisariopara saber y la cuarta para saber de nuevo sobre lo que había pasado.

  22. Que Y.B. antes de las 9:00 ya sabía que al Comisariolo habían detenido porque él fué quién se lo dijo y en la última llamada que le hizo en la noche le hizo entender que al Comisariola habían sembrado y que por muchos problemas que tuviera con el Comisariono le parecía lo que le habían hecho.

  23. Que en el comedor de la DISIP en horas del medio día del 6 de diciembre de 2007, se hablaba de que la Comisario lo habían sembrado.

    O.R.S.A., previo juramento manifestó ser venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 6.441.821, de 50 años de edad, funcionario jubilado de la DISIP, con domicilio en el estado Miranda y sin vínculo con las partes, quien impuesto del motivo de su citación expuso: “Me entere de que al Comisario lo habían detenido presuntamente por ocultamiento de drogas cuando me presentó a la Brigada de Araure después de haber regresado de un reposo, motivado a eso se presentó una comisión de la Inspectoría General de los Servicios de la DISIP, y donde comienzo a escuchar los relatos en relación al Comisario y le dije a la comisión y al Comisario, mire yo tengo conocimiento que cuando usted me mandó de comisión para Sabaneta, eso fué el 27 de noviembre a las 4:00 4:45 me mandan a Sabaneta a una investigación de contrabando de combustible y es cuando pude percatarme de la presencia de una unidad adscrita a Barinas, al volante de la unidad iba un funcionario que conozco como Chazan, me paro pensando que están accidentados y estaba otro de chaqueta negra y le digo que le pasó Comisarionecesita apoyo y me dice no, es que Arellano esta hablando con un funcionario de la Guardia que él lo conoce, yo seguí mi destino; posteriormente me entero de la cuestión del Comisarioy comienzo a sacar la conclusión de todo los maltratos verbales que decía el ComisarioY.B., en contra del ComisarioArellano, que lo iba hacer salir como corcho de limonada o como botellazo de mesonera de la Brigada , que él tenía que dar a entender en Caracas que el era una bate quebrado y que no estaba apto para el puesto, que lo sacaba de una u otra forma que él hablaba con el ComisarioB.B., que era el director cuando eso. Saque la conclusión porque una vez yo trabajé en un grupo de anti extorsión y secuestro y siempre viajábamos para Apure una comisión ordenada por Caracas y le decía Comisariodese entrada en Barinas porque usted es el jefe de la comisión porque si se presentaba una extorsión, una situación de rescate, un procedimiento, lo que nos respalda a nosotros jurídicamente es el libro de novedades y me decía no, no te preocupes que aquí el jefe de la comisión soy yo, yo no me voy a dar entrada y cuando llegamos a Apure le dije Comisariodese entrada y decía no, no ese también es un bate quebrado era el ComisarioChurrio y ese también tiene que salir de aquí como un bate quebrado y yo le decía pero Ytamar date entrada qué cuesta eso y me decía no, no te des mala vida.”

    A preguntas de la Defensa manifestó: “Tenía 22 años trabajando en la DISIP, salí Inspector Jefe; en Diciembre 2007, me encontraba en la Brigada 404 Araure Acarigua; el jefe era A.P.J.; era una investigación de contrabando de combustible ahí en Sabaneta, en el momento en que me trasladaba al sitio fué cuando logré ver un Jeep chasis largo color blanco que fué cuando salude al ComisarioChazan y lo salude y me dijo que tranquilo que era que Emiliano conocía al funcionario de la Guardia; el 27-11-2007, cuando los vi estaba Chazan en el volante, en la alcabala de Boconoíto a 10 metros, en dirección Guanare Barinas estacionado a la derecha, el otro era Emiliano que estaba hablando con un funcionario de la Guardia Nacional para ese momento no sabia el nombre; no hablé con Emiliano y ya lo habían visto con Y.B. en un lugar de comida; no recuerdo el nombre del funcionario de la Inspectoría de los Servicios; ya había visto la unidad en varias oportunidades en la alcabala a Emiliano y Mora como el 22, 23 de Noviembre de 2007; yo andaba con 2 funcionarios uno nuevo y Sub-ComisarioArnoldo Salazar, pertenecían a la 404; trabajé con Ytamar en comando motorizado en Barquisimeto y después él era Jefe Comando Unificado anti-extorsión y secuestro en Barinas; cuando dio inicio al maltrato verbal contra el ComisarioArellano y según él le había desmantelado un grupo que tenia con el CICPC y como lo había sacado, también lo iba a sacar como botellazo de mesonera; Mora, Emiliano, Arellano, pertenecen a la DISIP, eran de confianza de Ytamar y pertenecían al grupo de él; si surgió de ese grupo la enemistad; Ytamar dijo que sacaba al ComisarioArellano que lo conseguía de alguna manera, si tenia que pagar lo hacia; también decía eso en presencia de una ciudadana y 2 funcionarios en una licorería, vamos a celebrar que el nuevo Jefe de la DISIP soy yo, eso fué posterior al hecho; Ytamar mandó a cerrar la licorería y llegó portando fusiles y dijo que iba a ser Jefe Barinas, eso lo vio la muchacha; ella era la que estaba en el sitio, Carolina, el hermano no lo conozco; la deducción que yo saque como funcionario es que lo habían sembrado; no puedo culpar directamente pero si 22, 23 y 27 veo la unidad que se encontraba en Barinas el mismo grupito que se había desintegrado”.

    A preguntas de la Fiscal del Ministerio Público contestó: “Tengo 22 años de servicio, inicie con curso Comando Motorizado; a Ytamar lo conoció por primera vez en el año 91 que lo vi en un comando del Estado Lara, y llego un grupo nuevo y lo volví a ver en el 2007; hasta los momentos se corre la voz, nunca se tuvo conocimiento que estuviera en malos pasos o conducta que manchara su nombre; presumía algo extraño porque en cada momento ComisarioY.B. se reunía con Emiliano, F.M. y Frangel Arellano en Barinas, por la manera cómo se reunían; en todo momento en que nos trasladábamos a Apure se reunían con ellos, los vi 2 veces en Boconoíto, cuando Comisariose va a retirar le dicen espere para revisar, que si hay, de manera que alguien sabia lo que estaba ahí; el 22-23 de Noviembre vi a Mora, Emiliano y otro atrás que no lo visualice; yo iba dirección Guanare-Barinas, estaban hablando con un funcionario de la Guardia Nacional, que no conozco que es gordo; el 22, 23 y 27 estaban hablando con el mismo gordo; trabajé con Ytamar desde en anti extorsión y secuestro en Junio en Apure; decía que lo iba a sacar al ComisarioArellano porque lo había desincorporado porque tenía grupo con CICPC para realizar procedimiento; Ytamar no me pidió que me integrara al grupo Mora, Emiliano; no trabajé con Mora, Emiliano; Ytamar trabajaba con GAES, Policía, Guardia Nacional, en comisión emanada por el ComisarioBenito; si trabajaba con la Guardia Nacional con algunos casos; Ytamar entraba a la oficina de la Guardia Nacional, saludaba y salía; los únicos procedimientos que realice con Y.B. fueron 2 rescates, en Guasdualito de L.O. y Sanabria, la mayoría de las veces me dejaba en la finca y se iba y yo le decía yo vengo a cuidarle la finca o a trabajar; vi muchos movimientos raros al dejarnos en la finca y se iba; el fin lo desconozco pero siempre llegaban carros a la parte de abajo y me dejaba en la finca; eran irregularidades, siempre estaba en la oficina del GAES, me dejaba en el carro y yo no podía entrar y yo fuí a trabajar; Ytamar manejaba dinero bastante y se llenaba la boca, después que mi suegra le prestaba 10 Bs, para que se viniera de Barquisimeto y con un sueldo, ahora tenga finca de 1500 millones de bolívares vía Barinitas, reces, de la DISIP no es, yo salí y tengo es una bronco; lo que estaba a la vista no necesita ante ojos, no tenia nada y después tiene una avalancha y 7 carros; tenia combo con Barrios, la palabra era vamos a trabajar, tenia que pagarle a Benito una vacuna de 5000 y V.J. me apoya; yo creo que el fin era para sacarlo, como él decía que el ComisarioArellano era un bate quebrado e iba a salir como botellazo de mesonera; el 6 diciembre de 2007, cuando iba llegando a la Brigada me entere y comencé a indagar; no lo comenté con nadie; cuando llegó el Comisarioles di esa información a la Inspectoría; no le vi droga, ni lo vi comprando, eso es mentira; Carolina mi amiga es civil estaba en la licorería y vio que llegó Ytamar con dos funcionarios y se llenó la boca y mando a cerrar y dijo que iba a celebrar porque era el nuevo jefe de la DISIP-Barinas; el 22-23 estaban más adelantito de la alcabala; no conozco a los funcionarios de la Guardia Nacional; en el GAES Barinas conocí a uno era Soto; es una irregularidad la segunda llamada que hacen a la alcabala con que le dijeron que revisara, era que si sabían, eso se dijo porque se investigó con la inspectoría, el contacto fué con la DISIP; después que me jubilaron me fuí a mi casa; vi a Ytamar hace 6-7 meses que lo vi aquí; no se si sigue trabajando; Ytamar nunca entraba conmigo en la DISIP-Barinas y no se daba entrada ahí, llegaba al GAES; la situación del ComisarioArellano no es envidiable, es un funcionario dedicado a su función, a estudiar y lo que estaba era superándose, estudiando, es excelente porque estaba superándose; para uno estar en un puesto de esos no puede ser Madre T.d.C. y no le conoce bienes de fortuna, solo lo conozco de trabajo; cuando los jefes están de movimiento raro eso se sabe en cualquier lugar; no vi a ninguno el día 6-12-2007, ni antes, ni después; lo único que hice fué pedir mi traslado, todo el mundo sabia en las Brigada s quien es quien.”

    A preguntas de la Juez manifestó: “El grupo de ellos realizaban procedimientos de anti extorsión y secuestro, Ytamar decía que grupo como ese no era más nunca; presuntamente eran al margen de la Institución fuéra de los Jefes eran los únicos que se enteraban”.

    La anterior declaración la valora el Tribunal por haber sido vertida bajo las formalidades de ley, por un testigo que fué coherente y firme en su narración, aportando su conocimiento sobre circunstancias previas al 6 de diciembre de 2007, y las conclusiones a las que arribó por su experiencia y su intuición en el análisis de los hechos como funcionario de la DISIP, no obstante, nada aporta de manera directa respecto al procedimiento desarrollado en la Alcabala de Boconoíto. Los hechos que individualmente se aprecian y que más adelante se concatenaran con las demás pruebas son los siguientes:

  24. Que el testigo se encontraba adscrito a la Brigada de la DISIP Araure Acarigua para el momento de los hechos y allí se presentó posteriormente una comisión de la Inspectoría General de los Servicios.

  25. Que en el mes de noviembre de 2007 el testigo vio a los funcionarios J.E.H. y F.M. en la alcabala de Boconoíto hablando con un funcionario de la Guardia Nacional.

  26. Que el funcionario de la DISIP Y.B. se refería al ComisarioArellano despectivamente como bate quebrado y que lo iba a sacar de Barinas como botellazo de mesonera, así le tocara que pagar, porque le había desmantelado un grupo de trabajo que tenía; asimismo que una amiga de nombre Carolina vio a Ytamar llegar a una licorería en Barinas con dos funcionarios armados con fusiles y mandar a cerrar el local para celebrar que iba a ser el nuevo jefe de la DISIP Barinas.

  27. Que por sus máximas de experiencia en conocimiento de las circunstancias en que fué aprehendido el ComisarioArellano concluye que fué objeto de una siembra de la sustancia estupefaciente.

    H.J.E., previo juramento manifestó ser venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 13.213.804, soltero, de 32 años de edad, funcionario público de la DISIP, con domicilio en la ciudad de Barinas y vínculo de jefe subalterno con el acusado, quien impuesto del motivo de su citación expuso: “El día 6-12-2007, yo llegué a mi trabajo normalmente, al rato salí, como de 8:50 a.m., a 9:00 a.m., me fuí oficialía y ahí me entero que lo tenían retenido en la alcabala de Boconoíto e iban a sacar una comisión y llame a M.S. y le pregunte si tenía conocimiento y me dijo que estaba libre y que me averiguaba, al rato, recibí llamada y me dijo llámame y yo le llamo y le dije averiguaste bien, nos vinimos para la alcabala de Boconoíto y tenían al Comisariodetenido por droga”.

    A preguntas de la Fiscal del Ministerio Público contestó: “Mi jerarquía es Inspector Jefe con 12 años en la DISIP, era auxiliar de Investigación; si fuí investigado por este caso, por relación de llamadas con cruce de llamadas; ese día sólo llame a la Guardia Nacional y puede ser que allá hablado; había relación camaradería, por relación de funcionarios nada más; yo no salgo con M.S. , la relación fué cuando se trabajo secuestros; trabajé con M.S. como uno o dos meses en el 2003 y me lo conseguía en la alcabala de Boconoíto; yo lo había visto 6-7 veces en la alcabala; yo estuve en la alcabala 2 veces antes que el Comisariotuviera ese altercado; estuve con el Comisario(Chazan-apodo) Macario, veníamos de Barinas a traer un carro; Chazan esta jubilado; después de la primera investigación no hay elementos suficientes para culparme, archivaron el expediente; si conozco a Y.B., fué funcionario investigado y lo sacaron de la DISIP por destitución o articulo 20; fué Sub Comisariolo conocí Brigada Barinas, donde lo conocí, trabajamos casos extorsión y secuestro en Barinas, Ytamar era Jefe de Investigación Barinas; . no sé porque lo trasfirieron; la relación era Jefe-Subalterno Ytamar trabajo con Albornoz, Arellano, Mora, Salas, Rebolledo; no se podría decir que trabaja con grupo de Y.B., casos especiales, yo trabajo con el por que llegué en investigaciones; Ytamar realizaba visitas a la Base de Barinas, llegaba a la oficialía y otras veces no; yo no soy testigo del problema entre Arellano y Becerra, pero por pasillos se sabia que habían tenido problemas; Maribel fué funcionaria en Barinas, porque a raíz del problema salió; si he tenido contacto con Maribel y hemos hablado después; Maribel ese día estaba en oficialía; todos acostumbrábamos a llamar de teléfonos públicos; en la DISIP no hay casi sitios alrededor; si transitaba la Cuatricentenaria, queda a un kilómetro de la DISIP; no hablaba con Y.B., la relación fué laboral; me han dicho que una finca es de Ytamar, no he ido nunca, no la conozco; la relación con Frangel Arellano es superior - subalterno, he trabajado con ellos, extorsión y secuestro; no he observado irregularidades; no se si han trabajado conforme pautas de la DISIP; no observe irregularidad en Y.B., le gusta trabajar, no le importaba perder día o noche para que el trabajo saliera; el Comisario Arellano comentó que tenía problemas con Ytamar; Ytamar salió de la DISIP cuando estaba el ComisarioArellado de Jefe; Ytamar no informó que quería salir; de acuerdo a como se desenvolvieron los hechos se consideró que lo sembraron, yo tengo 12 años trabajando y si me dicen que a una persona como el ComisarioArellano le encontraron marihuana puedo presumir que lo sembraron; no sé porque lo sembraron al menos que tendría problemas con alguno; no escuché decir que funcionarios de la DISIP tuvieran que ver con eso; ese organismo si es inquisitivo primero es culpable y después averiguan; al Barrio el Infiernito, perdón no a Corocito fuímos porque teníamos información que había droga, se solicitó orden de allanamiento y el jefe de investigaciones incautó droga, se pidió orden; se consiguió base de cocaína 500 gramos, municiones, estaba libre, y lo último que supe que solicitaron orden de aprehensión; actualmente estoy en investigaciones; cuando se sale de comisión la orden es no dejar solo el vehículo, pero se deja a veces; yo creo que es difícil sembrar vehículo de la DISIP; no puedo descartar, ni condenar, hasta donde lo conozco desde Caracas, su conducta es intachable hasta donde yo he visto, porque puede tener doble personalidad, no es que prevalece, pero es la hipótesis de la manera cómo ocurrieron los hechos”.

    A preguntas de la Defensa manifestó: “Conozco al ComisarioArellano desde hace 12 años; yo llegué a Barinas en mayo de 2004; el jefe de investigaciones para la fecha era Ytamar; trabajábamos Albornoz, Arellano, Ytamar y mi persona y pedíamos colaboración a inteligencia; Mora no pertenecía a investigación, creo que pertenecía a inteligencia; si salí a trabajar Mora; no recuerdo fecha en que estuve en Boconoíto 10 o 15 días antes; sería como un mes y puco un mes antes que estuve en Boconoíto; llegué con el ComisarioMacario a Boconoíto; allí sostuve conversación con M.S. por que trabajamos en el 2003; yo tenía el número de teléfono de M.S.; debe estar en el libro la salida a Boconoíto de esa segunda oportunidad; la información confidencial me la dio Chirinos verbalmente; el 6-12-2007 estaban de guardia : G.T., Frías, Á.L.C. y Maribel; yo no estaba pendiente de la agenda del Comisario; yo no recuerdo bien pero si creo que estaba Frangel, hora no recuerdo, salía a Clínica, tenía enfermo un familiar; después de la detención si vi a Mora; llame a Mora a las 9:00 a.m., y a las 10:00 a.m., a M.S.; en oficialía e.M., G.T. y Älvaro La Cruz; si se solicitó orden de allanamiento para el Barrio el Infiernito, no recuerdo fecha; eso fué antes de la detención del ComisarioArellano, fué tramitado a la Fiscalía y nunca se recibió; yo mismo se la lleve a la Fiscal y el Secretario me dijo que cuando llegara me llamaban”.

    La anterior declaración la valora el Tribunal por haber sido vertida bajo las formalidades de ley, por un testigo que narró circunstancias o situaciones ocurridas en el seno de la DISIP y entre sus funcionarios, que de alguna manera cree que tienen relación con los hechos objetos del debate. Los hechos que individualmente se aprecian y que más adelante se concatenaran con las demás pruebas son los siguientes:

  28. Que el día 6 de diciembre de 2007, el testigo llegó a la sede de la DISIP a trabajar y como de 8:50 a.m., a 9:00 a.m., se fué oficialía y ahí se entero que tenían al ComisarioArellano retenido en la alcabala de Boconoíto, por lo que llamó al funcionario M.S. y le pidió averiguara y posteriormente formó parte de la comisión que se trasladó a la alcabala de Boconoíto y allí tenían al Comisarioal Comisariodetenido por droga.

  29. Que por la manera en que ocurrieron los hechos y la conducta del ComisarioArellano la tesis que se manejaba era que había sido sembrado, pero que el testigo desconoce quienes estaban involucrados en ese hecho.

  30. Que con anterioridad al 6 de diciembre de 2007, el testigo conversó en dos oportunidades en la alcabala de Boconoíto con el funcionario de la Guardia Nacional M.S. y que tenía su número telefónico.

  31. Que los vehículos asignados a una Base de contrainteligencia no son de uso exclusivo del jefe, sino un recurso a disposición para el trabajo en que se requiera y que a su criterio era difícil hacer la siembra en la DISIP.

    E.R.A.P., previo juramento manifestó ser venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 5.675.368, soltero, de 50 años de edad, conductor en la DISIP, con domicilio en la ciudad de Barinas y sin vínculo con las partes, quien impuesto del motivo de su citación expuso: “Con respecto a eso es que esa fecha que usted dice yo llegué a mi trabajo y escuche a los compañeros decían que el Comisariolo tenían en la alcabala de Boconoíto detenido por droga”.

    A preguntas de la Fiscal del Ministerio Público contestó: “Yo soy chofer de la DISIP, tengo 6 años, empecé en Caracas, estuve en Barinas, Los Teques, Barinas y tenía como 1 año y algo más; trabajaba a la orden del Comisario Arellano y antes en Caracas; cuando llegué estaba de jefe Arellano Quintana; trabajo de 7:30 a.m, a 8:00 p.m., vivía en Barinas, en la casa de una hermana; yo llegaba a mi trabajo y hacia mi trabajo de mantenimiento de áreas verdes; el 6-12-07, en la mañana no vi al Comisario, ni en la tarde; cuando llego firmó el libro de entrada y salida, el libro está en oficialía; estaban de guardia Emiliano y otro; no recuerdo quien estaba dentro de la sede; conozco a Ytamar porque el iba a la sede, lo conozco de vista es moreno, bajito, gordito; Ytamar muchas veces entraba y otras veces se quedaba en la acera, hablaba con Arellano, Albornoz y otro que es de Abejales; iba cada 15-22 días a veces iba seguido o pasaba tiempo que no entraba; entraba y hablaba con los mismos muchachos; no lo llegué a ver hablando con Maribel, ni con el ComisarioArellano; nunca manejo el Ford Fiesta verde; lo manejaban la mayoría de los funcionarios, si se sabía que era el carro que conducía el ComisarioArellano; sí se oía que tenía problemas pero no vi en mi presencia; yo oí que había discutido con Mora; no escuché que tuvo problemas con Ytamar; eso lo escuchó de los compañeros; no conozco a los funcionarios de la Guardia Nacional; no hago trabajo de investigaciones.”

    A preguntas de la Defensa manifestó: “Ingrese a la DISIP en el 2004 en Caracas; conocí a ComisarioArellano en Caracas, le hacia mudanzas, él pedía colaboración al Jefe de Transporte y me mandaban; fuí trasferido a Barinas en el 2006 y ya estaba el ComisarioArellano; para mi era una persona de respeto, no vi maltrato con nadie, ni discusión, como jefe era honorable; yo o escuché que discutió con ese funcionario que me recordó Mora; a Frangel Arellano le decían el colombiano; el acento para mi suena normal, porque Mora tenia acento andino, es del Piñal; Ytamar no era funcionario de esa base, andaba en la zona y visitaba; Ytamar se reunía con 4 o 3, con el Colombianos, Mora, Albornoz y si no había sino uno solo hablaba con ese; a ellos los botaron por motivos de este hecho; entre ellos el grupo hablaba de bromas, si uno pasaba se callaban; el grupo eran ellos mismos; en la DISIP habían como cuatro carros el Machito vino tinto, una Cheyenne, el chasis largo blanco y el del Comisarioun fiesta Power verde, lo utilizaban los funcionarios; con frecuencia utilizaban el vehículo, esos que fueron destituidos; respecto a lo sucedido uno de los funcionarios dijo a el Comisariolo agarraron, fué uno de los destituidos; ese fué G.T. el que dijo; para hablar con sinceridad lo vi con reacción de alegría; Giovanni dijo eso después de las 10:00 de la mañana; para ese día no recuerdo si hicieron una colecta de leche, a veces hacen, inclusive Mercal”.

    La anterior declaración la valora el Tribunal por haber sido vertida bajo las formalidades de ley, por un testigo que narró circunstancias o situaciones ocurridas en el seno de la DISIP y entre sus funcionarios, ante las preguntas formuladas por las partes, pero que nada aportan directamente en relación al procedimiento efectuado en la incautación de la sustancia ilícita. Los hechos que individualmente se aprecian y que más adelante se concatenaran con las demás pruebas son los siguientes:

  32. Que el funcionario Y.B. frecuentaba la Base de la DISIP en Barinas y se reunía con Frangel Arellano, Albornoz y F.M.; que escuchó que el ComisarioArellano discutió con F.M. y que a Frangel Arellano le decían el colombiano por el acento que tenía.

  33. Que todos los funcionarios utilizaba con frecuencia el vehículo Ford Fiesta en que fué detenido el ComisarioArellano..

  34. Que el funcionario Y.T. dijo como a las 10:00 a.m, que al ComisarioArellano lo habían agarrado y que considera que tenía una reacción de alegría.

    W.E.F.V., previo juramento manifestó ser venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 12.199.064, casado, de 36 años de edad, técnico en explosivos, con domicilio en la ciudad de Barinas y sin vínculo con las partes, quien impuesto del motivo de su citación expuso: “ Para esa misma fecha estando de servicio en de coordinación de explosivos en colaboración al funcionario de oficialía estando allí de 8:30-8:50, recibí llamada de Dennyss Gutiérrez, que dice que el Comisariohabía sido detenido en Boconoíto, después di la novedad”

    A preguntas de la Fiscal del Ministerio Público contestó: “ Fuí inspector de la DISIP; actualmente no soy DISIP me retire el 19 de abril de 2008; me retire por convicción soy cristiano; trabajé en Barinas como 2 años y medio; en la DISIP 9 años; En Barinas fueron mis jefes P.G., Aguilar y J.A.; no estuvo allí Y.B. de jefe; la relación con el fué laboral pero no trabajé con Ytamar porque yo soy de explosivos y él de investigación; no tengo opinión personal porque no tenia comunicación con él; el ComisarioArellano es un ejemplo a seguir, la envidia es un pecado; varios de los que estaban en investigaciones e.F., Giovanni, Colmenares, Briceño; soy cristiano evangélico, solo iba a procedimientos como técnico explosivo pero no me reunía con ellos; no tenia conocimiento de lo que hacían cuando salían de puerta afuéra; las veces que trabajamos actuaron dentro del marco legal; si conduje vehículo fiesta verde, cuando salía con el Comisario; el Comisariole daba las llaves a ellos, le entregaba el vehículo, el que más conducía era Crisanto; el 06-12-2007, yo estaba de guardia y me entere a través de la llamada telefónica; G.T. me dijo agarraron al Comisariocon droga; Emiliano llamó a un Guardia Nacional y le confirmó la información; el ComisarioArellano habló con Kruber; se trasladaron al sitio como a las 2:30 de la tarde, Arsenio, Emiliano, Mecha de Coleto (Lizcano); yo fuí en la Chasis larga; no le tomé importancia a la actitud; de Kruber y Maribel, la percepción fué de asombro, susto; hacían comentarios de que el Comisario no compartía, problemas, no llegué a ser testigo; Frangel Arellano y F.M. no compartían con el Comisario; Ytamar llegaba, entraba y salía, no era frecuente, él se comunicaba con la gente de investigación; no trabajé con Y.B.; si escuché comentario de siembra, hubo funcionarios de la Brigada igual que yo que pensamos, na’ guara lo que le hicieron al Comisario; el Comisario Arellano es correcto, dijimos es que lo sembraron y con la trayectoria que tenia caer por esa basura; por las circunstancias como ocurrieron los hechos tengo entendido le revisaron el carro y no consiguieron y que el Comisariose iba a retirarse y es muy ordenado y se puso a ordenar y es cuando lo vuelven a llamar; sé que dicen que a un Guardia Nacional lo llamaron un anónimo para indicar que iba a pasar; no tengo relación con funcionarios de la Guardia Nacional de Boconoíto, ni con R.P.; no conozco a M.S.; llegué a Boconoíto y vi al ComisarioArellano en compañía del ComisarioA.A. y a un lado el carro con las 5 puertas abiertas y la parte interna abierta destrozada; no puedo decir que fué un buen procedimiento; pienso que lo sembraron porque su conducta fué intachable, cuando veo la forma en que estaba el vehículo destrozado; tuve conocimiento posterior de la llamada anónima; el vehículo dormía frente a oficialía; lo manejaban solo los funcionarios de la DISIP”.

    A preguntas de la Defensa manifestó: “Recibí la información de D.G.; hubo una discusión con F.M., no estuve presente en la discusión, ni reunión; el descontento era porque el Comisarioera una persona muy correcta; F.M., era muy rezongón, creo que por solidaridad compartían, Arellano, Álvaro, Figueredo, había mucha confianza entre ellos, hablaban groserías, yo me abría; Ytamar trabajaba inteligencia y visitaba frecuentemente con los muchachos de investigación; no eran reuniones de novedades operativas; a Frangel Arellano le dicen el colombiano porque tiene acento gocho, Albornoz tiene acento andino; el Comisarioutilizaba vehículo fiesta Power; en la alcabala el vehículo tenia todas las puertas abiertas inclusive el capot, en las puertas de atrás donde está la manilla, estaba abierta, la tapicería desmantelado el vehículo totalmente cortada; no observe latonería rota; donde va plástico duro estaba resquebrajado; la impresión fué que alguien aviso que revisara ahí para que encuentre; siempre hacían eso de colectar dinero para comprar la leche, no recuerdo ese día; no recuerda si estaba Frangel Arellano; en ese momento nadie hizo comentarios de eso, fué a los días que comienzan los comentarios, eso de la siembra era la opinión general”.

    La anterior declaración la valora el Tribunal por haber sido vertida bajo las formalidades de ley, por un testigo que narró circunstancias o situaciones vividas en el seno de la DISIP y entre sus funcionarios, ante las preguntas formuladas por las partes, aportando las conclusiones a las que se arribó por su experiencia y su intuición en el análisis de los hechos como funcionario de la DISIP, en relación al procedimiento efectuado en la incautación de la sustancia ilícita. Los hechos que individualmente se aprecian y que más adelante se concatenaran con las demás pruebas son los siguientes:

  35. Que el día 6 de diciembre de 2010, el testigo W.F. se encontraba en la oficialía de la DISIP de 8:30 a 9:00 de la mañana cuando se recibió llamada de la funcionaria D.G. e informó que el ComisarioArellano lo habían detenido en la alcabala de Boconoíto y después Y.T. dijo que agarraron al Comisariocon Droga y E.H. llamó a un Guardia y le confirmó la información.

  36. Que el testigo formó parte de la comisión que se trasladó a la alcabala de Boconoíto y al llegar vio al ComisarioArellano en compañía del ComisarioA.A. y a un lado el carro con las 5 puertas abiertas y la parte interna destrozada.

  37. Que dentro de la DISIP la opinión general era que al Comisariolo habían sembrado, tesis que comparte el testigo por la manera en que ocurrieron los hechos, la conducta y trayectoria del ComisarioArellano dentro de la institución.

    Frangel Arellano Velazco, previo juramento manifestó ser venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 14.551.410, comerciante, de 32 años de edad, con domicilio en la ciudad de Barinas y sin vínculo con las partes, quien impuesto del motivo de su citación expuso: “El día 5 termine mis labores a las 6:00 de la tarde, DISIP-Barinas, y regrese como de 9 a 9:30 de la noche, a pernoctar, el día 6 me levante como 6:00 a 6:30 a hacerme el aseo y al salir el funcionario Wilmer me informó que al Comisariolo tenían retenido en Boconoíto”.

    A preguntas de la Fiscal del Ministerio Público contestó: “Renuncie a la DISIP, no me la aceptaron y no volví; trabajé 9 años en diversas partes del país; conozco al acusado en el momento que llega; conocí a Ytamar al llegar a la base en Barinas; pernocté en la base, me levanté a las 7:00 de la mañana, en la cuadra principal uno duerme si uno está de guardia, pero ese día estaban todas las camas ocupadas por eso dormí en la cuadra de oficialía; en la cuadra principal estaba Mujica y principal, hay muchas camas, pero algunas no tienen colchón; cuando se está de guardia se tiene cama ahí; uno se queda en la cuadra principal cuando se está de guardia; me levanté a las 7:00 de la mañana y salí, a las 7.30 a.m., me informaron que ya había sido detenido el Comisario; desayune al frente de la Brigada ahí se reúnen los funcionarios, los que estaban de guardia, Inspector Mujica, Principal y Colmenares; estaban de guardia R.C. y otros; estaba Kruber, W.F., iba llegando el personal administrativo y de mantenimiento; M.F. no estaba ahí; Al ComisarioArellano desde que lo conocí como una persona recta, no dijeron por qué estaba detenido, sino después que por droga; me pareció raro que dijeran eso; trabajaba con investigaciones y estaba haciendo trabajo acorde; no recuerdo inconveniente o problema entre Comisarioy otros funcionarios; no escuché versión que lo habían sembrado, cuando supo Wilmer dijo que estaba detenido y no por qué; el jefe mandó a 7 o 8 funcionarios, el ComisarioLiscano, Emiliano; cuando regresó la comisión estaba atrás y dijeron que era droga, me llamaron otros funcionarios porque creían que era yo por que tenia el mismo apellido; Á.l.C. y otro me pidieron el teléfono prestado por que yo tengo habla pegado; me llamó F.M. como 4 o 5 veces; F.M. iba de viaje a Caracas a recibir titulo; no recuerdo ultima vez que vi; no me comunique antes con F.M.; ese día en la mañana Franklin iba a Caracas, no se si fué ese día o antes; desconozco si F.M. había solicitado autorización para salir; trabajaba con F.M. en la misma Brigada , él era detective y yo Sub-Inspector, yo le presté apoyo; si trabajé con Franklin, no trabajé en Apure; Ytamar tiene una casa saliendo por Barinitas que se ve; una vez fuímos a llevar una citación allí por un secuestro; para esas fecha si estaban recogiendo dinero para leche, Dennyss y Maribel, eso siempre se hacia; di 5000 bolívares para un kilo de leche; para ese entonces vivía en la Sinqueña-Barinas; pernocté en la base porque estaba con problemas con mi esposa; no se deja constancia de pernocta, solo de entrada y salida para trabajar; tenía conocimiento que el ComisarioArellano viajaba, pero no los días, porque el permiso se lo daban los Jefes por teléfono, vía directo; ese día iba a viajar con Maribel pero ella no había llegado; no conozco a los funcionarios de la Guardia Nacional; se me abrió procedimiento por caso del Comisariocomo a 16 funcionarios que el Comisarionombró; mi expediente está en proceso; F.M. estaba en p.d.e. y petróleo y cuando el problema, estaba de curso en Caracas; el vehículo en que se encontró droga es fiesta Power, verde; utilice ese vehículo con el ComisarioEmiliano en las elecciones una semana antes; estuvo asignado el vehículo un día para supervisar centros de votación y salimos y llegamos a comer, después en la noche salieron otros funcionarios; si se necesitaba el vehículo el Comisariolo entregaba y se utiliza; no tuve problemas con funcionarios; tengo un Juicio en Apure, se cumplió presentaciones, con G.T., Á.L.C., G.G., no recuerdo delito, son varios, eso era por investigación de abigeato; creo que era por lesiones, robo, secuestro, porte ilícito por armas largas; trabajé con Bastidas, Padilla, Soto, Carrero, funcionarios del GAES; si transito por Boconoíto, me han parado, pero no visito a nadie allí; escuche comentarios que el Comisariosalía y llegaba en la madrugada; la ultima vez que vi al Comisariofué el día 05, no recuerdo hora ni si hablé con él; no recuerdo si pernocté en la Brigada el día 06; no han decidido la causa administrativa”.

    A preguntas de la Defensa manifestó: “ “Llegué a la Brigada en m.a.d. 2003; si trabajé con Ytamar, era el Jefe de Investigaciones; si pertenecía a Investigaciones, se trabajaba secuestro y extorsión; me apodan el colombiano; actualmente soy comerciante; pernocté en la base porque tenia problemas con mi esposa; no se refleja qué persona pernocta; e.M., Principal, pernoctaron aproximadamente como 6 funcionarios; no pernocté en cama principal porque estaban ocupadas, no sé cuantas camas hay; pernocté en oficialía con R.C.; el día de las elecciones conduje el vehículo con Emiliano, eso fué antes del problema del Comisario; el 6 de diciembre de 2007 me levante a las 7.00, aseo personal, salí a oficialía y Frías dijo lo del Comisario; no recuerdo llamadas realizadas; A.G. me quitó el teléfono temprano, no sé a quién llamó; no recuerda llamada de F.F.; tuve información del Comisariode 7:30 a 8:00 de la mañana, en la oficialía estaba R.C. y W.F., dijeron que lo tenían detenido en Boconoíto; que llamó la funcionaria Dennys a W.F.; F.M. me efectúo llamadas para estar pendiente del Juicio; no recuerdo la hora en que llegué al Circuito; si hablé vía telefónica con F.M., no recuerdo haberle dicho nada sobre la detención del Comisario; creo que fuí al Banco Venezuela, no estoy seguro; fuí al Circuito solo; no tuve comunicación ese día con Ytamar; desconozco qué llamadas hizo Á.L.C.; en el expediente se corrió comentario de amonestación pero no se más; conozco a J.A. funcionario Policía-Barinas, no recuerdo si ese día lo llamé; no tuve contacto con Ytamar posteriormente; se hizo solicitud de allanamiento por Emiliano, con autorización del Comisario, nunca llegó la orden; no recuerdo si me entrevisté con F.M. el 5; el l día que llamó me dijo que iba a Caracas; ese día anterior estábamos hablando y pasó Ytamar y estábamos G.G., Emiliano al frente de la Brigada ; hablamos cuestiones de amistad, de trabajo; no recuerdo la hora en que llegué a la Brigada , antes de medio día; se me conminó a ir a Caracas, como de 12- a 2:30 nos llamo Kruber y nos dice que por orden del ComisarioZarraga, entregáramos arma, credencial y nos trasladan a Caracas y llegamos nos tuvieron un día y nos dejaron ir; en la causa de Apure estábamos G.T., Á.L.C. y mi persona; en mi concepto el ComisarioArellano es una persona correcta, estricta, de buenos principios

    La anterior declaración la valora el Tribunal por haber sido rendida en el debate bajo las formalidades de ley, por un testigo que se limitó a contestar las preguntas formuladas por las partes respecto a las relaciones interpersonales como funcionario de la DISIP, así como sobre sus actividades y comunicaciones el día de los hechos, observando el Tribunal Mixto que en contraposición a todos los demás testigos funcionarios de la DISIP, es el único que no escuchó o no tuvo conocimiento de la tesis, hipótesis o cometario de que el ComisarioArellano había sido objeto de una siembra. Los hechos que individualmente se aprecian y que más adelante se concatenaran con las demás pruebas son los siguientes:

  38. Que el testigo el día 6 de diciembre de 2007 pernoctó en la sede de la Brigada de la DISIP en Barinas en oficialía, porque tenía problemas con su esposa y en el área destinada para dormitorio las camas estaban ocupadas y otras no tenían colchón.

  39. Que tuvo conocimiento de 7:30 a 8:00 de la mañana que al ComisarioArellano lo habían detenido en Boconoíto, que estaban presentes Frías y R.C., observando el Tribunal Mixto que está aseveración no se corresponde con lo expresado por los demás funcionarios respecto a la hora, ya que inclusive ni siquiera había llegado el Comisarioa la alcabala de Boconoíto.

  40. Que en las elecciones celebradas antes del 6 de diciembre de 2007, utilizó el vehículo Power verde en compañía de E.H. para hacer recorrido por los centros de votación, que el vehículo era utilizado por el funcionario que lo requería para labores de trabajo.

    F.J.F.R., previo juramento manifestó ser venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.466.473, de 29 años de edad, desempleado, con domicilio en la ciudad de Guanare y sin vínculo con las partes, quien impuesto del motivo de su citación expuso: “Me entere pasadas las 4:30 de la tarde de los hechos, no recuerdo fecha, llegaron a mi casa una comisión al mando de A.A., me dijo que recogiera ropa, que teníamos que ir a Caracas, nos llevó a la Base de Guanare y aquí A.A. se puso a 8 pasos y me dijo que entregara celulares, credenciales y cédula de identidad, y me dio conocer lo que había pasado y que por orden de la superioridad”.

    A preguntas de la Fiscal del Ministerio Público contestó: “Según Inspectoría me destituyeron por el artículo 86 falta de probidad en una declaración; ellos nos tomaron declaración y dicen que en los testimonios habían contradicciones; tenía 9 años en la DISIP; primero 05 años en la Dirección de Comunicaciones en Caracas, de ahí a Barinas y después del problema transferido a San Juan de los Morros; trabajé con F.M. como 1 mes, porque tenía curso y viaje a Caracas; el día 06-12-2007, me encontraba en mi casa, estaba libre; el día anterior estaba en un tratamiento de colon y no pude cumplir guardia; vivo aquí en Guanare; vi al ComisarioArellano el día martes que le giro instrucciones para un trabajo, llegué a la Brigada entregue guardia; a F.M. lo vi el martes en la mañana; al señor Ytamar lo vi unos días después en la sede afuéra; lo vi una vez que estaba haciendo un trabajo y siempre lo veía que llegaba al negocio; el trato con F.M. es de compañero, con Ytamar no he tratado, y con el ComisarioArellano de Jefe Subalterno, lamentó lo que le pasó; lo único que supe fué lo que me dijo el ComisarioAlexis; no me dijeron cuáles contradicciones, que por indagaciones del hecho que había pasado nos tenían allá 2 días, por que nos iban a reseñar y llego un defensor del pueblo y desistieron, nos entregaron los teléfonos; lo que se oía era que nos iban a meter bolsa, no sé quien dijo; nos tenían a Frangel Arellano, G.T., Mora llego después, Albornoz llego ahí después; mi concepto del ComisarioArellano hasta donde pude percibir era persona recta; me sorprendió mucho lo del hecho, había muy poca comunicación; se habló mucho de siembra de droga y eso decían en Caracas, de eso no sé nada, no estuve en el sitio del suceso, solo que llegaron a mi casa y vamos y nos trataron como presos; intentamos recurso contra la decisión de Inspectoríia G.T., Á.L.C.; escuche que había tenido percance con Mora, con Emiliano, yo no lo vi, solo se escuchaba, no recuerdo quien lo dijo; no tuve conocimiento de investigación de los funcionarios, escuché que se reunió a hablar con G.T.; no era conflictivo el ComisarioArellano; no escuché decir que iban a sacar al Comisario; no llevo proceso en mi contra, es la primera vez que estoy en sala de juicio; si supe que había que pagar una leche, Chirinos, Emiliano y Maribel, habían cuadrado leche en Mercal, yo se lo pague a Maribel después que regrese de Caracas; salí con la ComisarioMaribel hasta Termo Barrancas a verificar una posible toma y nos regresamos, creo que fué día martes, en la mañana el Comisarionos dio instrucciones, salimos serian 2 horas o menos; si sabía que el ComisarioArellano viajaba porque estaba estudiando; cuando le tocaba viajar iba con Maribel; no trabajé procedimiento de droga; desconozco si había resguardo de drogas, no trabajé esa área, eso es muy ajeno a petróleo; F.M. cumplía con su trabajo; ese día me llamó Arellano y no me dijo nada, también me estuvo llamando Mora, no se cuántas llamadas, pasado el medio día; F.M. me llamaba; Frangel me llamó ese día y dijo ya te llamo, ya te llamo y no llamó; permanecí en mi casa todo el día”.

    A preguntas de la Defensa manifestó: “Estaba residenciado en San Rafael de las Guasduas, no tenia carro particular, viajo en carrito, ruta, camioneta; estaba en compañía de Z.d.C.A., mi esposa; no trabajé el 6 de diciembre por problemas con colon, diarrea, ese día me tocaba recibir Guardia, llamé a Maribel a las 6:30 de la mañana del teléfono mío, 2 teléfonos tenia, no los recuerdo, retire la línea, le pregunté que si iba a viajar y me pagara la leche; no estuve en la Brigada el 05; el último día que estuvo fué el martes; pertenecíamos a Energía y Petróleo, Maribel y yo, cambiaron a F.M. varios días y después se fué de curso; si tenía conocimiento que Maribel viajaba a Caracas; los encargados de la compra e.C. y Emiliano; la llamé a ella porque era la jefe de la División; estuve en mi casa pasadas las 9-8; no recuerdo haber prestado el teléfono; si tenia en mi poder el teléfono; ese día fuí compré carne en la Carnicería Coromoto y regrese; solo vine de san Rafael a comprar carne; estuve pintando la casa ese día; regresé a San Rafael como a las 9; vine a Guanare solo; ese día llamé a F.M. para saber si se había ido o no para que se quedara en la Brigada , no hablamos mucho, me trancó, no me escuchó, no sé que pasó; llame a Colmenares, grupo de guardia y le pregunte que habían dicho por qué había faltado; no me informó de la detención del ComisarioArellano; llamé a Frangel Arellano para saber de Mora, para saber si se fué o no; Frangel Arellano me recibió en la Brigada , somos más conocidos; la hora de la llamada a Frangel no recuerdo, dijo que estaba dormido serian las 7:00 de la mañana; las llamadas las realicé estando en la casa; en esos días era el juicio o algo así de hermano de F.M.; no recuerda favor a Mora por parte de Frangel.”

    La anterior declaración la valora el Tribunal por haber sido rendida en el debate bajo las formalidades de ley, por un testigo que fué sometido al contradictorio por las partes respecto a sus actividades y comunicaciones el día de los hechos con otros funcionarios de la DISIP y sobre el procedimiento administrativo instaurado en su contra. Los hechos que individualmente se aprecian y que más adelante se concatenaran con las demás pruebas son los siguientes:

  41. Que el día 6 de diciembre de 2007, al funcionario F.J.F. le correspondía recibir de guardia en la DISIP, pero no asistió porque tenía problemas de colon y diarrea, no obstante, se traslado a Guanare a comprar carne y se regresó a su casa, que la estaba pintando ese día.

  42. Que se enteró de lo ocurrido al ComisarioArellano en horas de la tarde que llegó el ComisarioA.A. a su casa y le indicó que por ordenes de la superioridad debía entregar arma, credencial y cédula, que lo trajeron a la base en Guanare y luego lo trasladaron a Caracas, donde decían que le iban a meter una bolsa, que posteriormente hizo acto de presencia un Defensor del Pueblo y les entregaron los teléfonos y los dejaron ir, que en Caracas tenían a Frangel Arellano, G.T., F.M. y Albornoz.

  43. Que fué destituido de la DISIP por cuanto a criterio de la Inspectoría había incurrido en falta de probidad.

  44. Que se habló mucho de siembre de droga, que eso era lo que se manejaba en Caracas pero que no podía decir nada porque él no estuvo en el lugar de los hechos.

    J.R.A.V., previo juramento manifestó ser venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 15.753.908, de 27 años de edad, laborando en una empresa de seguros, con domicilio en la ciudad de Barinas y sin vínculo con las partes, quien impuesto del motivo de su citación expuso: “El día 6 de diciembre de 2007, me encontraba en Guasdualito trabajando allí, porque tenía 3 meses transferido, en horas de la tarde se supo eso del ComisarioArellano, a eso de las 3:00 de la tarde Zarraga llamó que me quitaran las credenciales, nos llevaron a Caracas, nos tuvieron allá y después nos soltaron”.

    A preguntas de la Fiscal del Ministerio Público contestó: “Fuí funcionario de la DISIP hasta el 11-02-2009, que me aplicaron que no había cargo disponible, como si no fuéra destituido; me sacan del cargo como si no hubiese cargo vacante; en el expediente no hubo decisión y salí; desconozco por que me involucran; no sé si fuí culpable o no, sólo me sacaron a pesar de tener 7-8 años; desde Junio de 2002 fuí funcionario; mi expediente de inspectoría está limpio, fué sólo ese caso; trabajé en Inspectoría de los Servicios en Caracas, de ahí transferido a Barinas y después a Guasdualito; cuando ocurrió el hecho tenía 15 días sin salir de la jurisdicción; cuando llegué a Barinas estaba B.B. y otros y el ComisarioArellano, no tuve problema alguno, el 07 de octubre me transfirieron a Guasdualito, cuando regrese hablé con el Comisario, quien me dijo que no sabía por qué me habían trasferido; cuando llegué a Barinas trabajé con Ytamar, con Frangel Arellano desde la Inspectoría General; soy amigo de F.M., Frangel Arellano y Y.T. de parrandas con la familia; fuí compañero de curso de F.M.; trabajé con Ytamar como 3 o 4 meses; Ytamar es dedicado a su trabajo; Mora cumplía lo que le ordenaba; en la DISIP cuando pasa algo todo se sabe, llegó el comentario allá a la Brigada ; a las 7:00 de la mañana hablé con F.M. y después en la noche hablé con él porque estaba preocupado, los demás estaban incomunicados; estaban incomunicados F.T., Frangel Arellano y Figueredo; no sabía donde estaba Mora, hablamos de la lista de ascensos, tengo llamadas en la noche de abogados, fiscales, amigos; en la tarde ya sabía que me iban a llamar para quitarme las credenciales; no recuerdo con quién más hablé; estaba en la Brigada de Guasdualito; siempre estaba en comunicación con F.M. y Frangel Arellano, cosas de amistad, compañeros; desconozco de enfrentamiento entre Mora y ComisarioArellano; no escuché comentarios, problemas; nunca llegó información de investigación en contra de funcionarios; no escuché que F.M. aspiraba sacar al Comisario; no hablé con ellos del Comisario; F.M. no pertenecía a investigación; si trabajé con funcionarios de la Guardia Nacional del GAES; no conozco a R.M.; para la fecha vivía en Barinas; si conozco a Maribel; claro que como funcionarios todos usan el vehículo, pero yo tenia 3 meses transferido y ahí uno no tiene acceso a nada; fuí llevado al Helicoide, la orden la dieron el 6, el 7 a las 4:00 de la mañana nos llevaron a Caracas y después nos soltaron; e.T., Frangel Arellano; cuando yo llegué todo el mundo se asombró porque si ya había sido transferido hace tiempo; estaba encargado G.L., a los muchachos intentaron reseñarlos por orden del General Zarraga, llegó un Defensor del Pueblo y nadie quiso atenderlo; no recibí amenazas; yo estaba era en un rincón, no observé lesiones ni golpes; no sé de compra de leche; ese vehículo y cualquier vehículo se recibe autorización, se asienta por novedad, se busca la llave en oficialía y ya; Y.T., Á.L.C., Frangel Arellano y Gustavo tuvieron inconveniente por un Tribunal, no sé las razones; no se deja constancia qué funcionarios pernoctan; no se deja constancia cuando están libres; no visité el inmueble de Ytamar, yo entrando y a él lo cambian y después que el ComisarioBarrios me solicitó brindarme apoyo; no sé nada del procedimiento de la Guardia Nacional, ni visité el punto de control de Boconoíto; no conozco a los funcionarios de la Guardia Nacional nombrados; no escuché decir que lo habían sembrado”.

    La Defensa no formuló preguntas.

    La anterior declaración la valora el Tribunal por haber sido rendida en el debate bajo las formalidades de ley, por un testigo que se limitó a contestar las preguntas formuladas por las partes respecto a sus relaciones interpersonales como funcionario de la DISIP, así como sobre sus actividades y comunicaciones el día de los hechos, observando el Tribunal Mixto que en contraposición a todos los demás testigos funcionarios de la DISIP, al igual que Frangel Arellano Velasco, son los únicos que no escucharon el cometario de que el ComisarioArellano había sido objeto de una siembra de droga. Los hechos que individualmente se aprecian y que más adelante se concatenaran con las demás pruebas son los siguientes:

  45. Que el testigo el día 6 de diciembre de 2007, se encontraba en la Brigada de Guasdualito por cuanto tres meses antes había sido transferido, pero que ya en la tarde sabía que lo trasladarían a Caracas y fué llevado al Helicoide por instrucciones del ComisarioGeneral Zarraga.

  46. Que todos los funcionarios utilizan los vehículos de la DISIP, se asienta por el libro y busca la llave. .

  47. Que cuando llegó a Barinas trabajó con Ytamar, con Frangel Arellano desde la Inspectoría General y es amigo de F.M., Frangel Arellano y Y.T. de parrandas con la familia y siempre mantiene comunicación con ellos.

    Á.E.L.C.C., previo juramento manifestó ser venezolano, titular de la cédula de Identidad Nº 12.238.799, de 34 años de edad, taxista, con domicilio en la ciudad de Guanare y sin vínculo con las partes, quien impuesto del motivo de su citación expuso: “Lo que se sabe que lo detuvieron en la alcabala de Boconoíto con presunta droga, me están ofreciendo como testigo cuando no tengo conocimiento de eso, ni antes, ni después”.

    A preguntas de la Fiscal del Ministerio Público contestó: “Para la época era funcionario de la DISIP; tengo siendo taxista 9 meses, a raíz de éste problema fuí destituido porque el Comisariome nombra a mi como persona capaz de hacerle algo cuando es totalmente falso porque ni siquiera un llamado de atención tuve de él; me aplicaron falta de probidad, no sé en que se fundaron; me preguntaron por problemas con él y dije la verdad que no, y ejercí una acción legal y estoy esperando respuesta; fuímos detenidos M.F., J.A., F.M., Y.B. y Frangel Arellano; ComisarioArellano dice que soy capaz y se desmiente con los informes, con la evaluación realizada por él, donde me evalúa positivamente; llevaba juicio en Apure en mí contra, acusado por lesiones y porte ilícito por los fusiles del despacho; eso fué hace 2 años y ya cumplí con lo ordenado; no tuve problema con el Comisario; con Y.B. lo conocí cuando me robaron la pistola y él me la recuperó; trabajé con Maribel en Guanare y Barinas; Maribel es excelente madre, persona y amiga; el día de los hechos recibí guardia, no recuerdo de que funcionario; el libro de novedades creo que lo continúe yo, cuando llegué me entregan tabla de novedades y me la entrega Chirinos o Kruber; en la mañana se abre el libro y se pasa en la tarde o en la noche; recibí guardia con Maribel, G.T., mi persona y Colmenares; de Caracas me dieron la orden, traiga a esos funcionarios presos; tal y como estaba en la tabla lo puse, Kruber o Chirinos me dijo deja eso como está, ni borres, ni pongas; me entero por la funcionaria Dennys que fué quien llegó a la Brigada entre 9 y 10 de la mañana diciendo que habían detenido al Comisario; ella llegó y lo dijo a voz populi, llegamos a la Brigada y arreglamos y creo que ella primero llamó al ComisarioKruber y después lo dijo a voz populi; escuche a la funcionario Dennys de una siembra, le dije ahorre el comentario porque eso arropa a cualquiera; si el ComisarioArellano tuvo problemas no lo supe, conmigo no lo tuvo, él es un profesional, gerente; los conocidos son muchos y las relaciones de trabajo, pero amigo mi papá y mi hijo; por eso me llamaron bastante porque se supo a nivel nacional; me llamó Ytamar y yo le pedí el teléfono a Arellano y lo llame; llamaron a la Brigada a nivel nacional para confirmar; ese día yo salí con Maribel a marcar un sitio salimos y no lo conseguimos entonces fuímos a la fuente; no practique ni participé en procedimiento de drogas; si se estaba recolectando para compra de leche de Mercal, lo estaba organizando Maribel, era ella la que tenia el contacto”.

    A preguntas de la Defensa manifestó: “Para el 6-12-2007, tenia en la base Barinas como año y medio, 2 años; venía de Inteligencia en Caracas; debía viajar Guanare-Barinas, me trasladaba con Maribel, cada vez que teníamos guardia coincidíamos; ese 6 de diciembre de 2007 salí de Guanare como 7-7:30 de la mañana, tarde por la cola llegando a Barinas, no previo, no llamo antes, yo llegué a la base a las 8:10-8:15; en la redoma había una tranca y pasamos 8:10-8:15 y pase informe al Jefe de Servicios, estoy casi seguro que la recogí en el terminal, en Guanare; en la redoma Maribel recibió llamada, recibió una del ComisarioArellano entrando a la redoma y otra de Figueredo por la leche, no se cuál recibió primero, la del Comisarioen la redoma, no sé cuál fué primero; el ComisarioJacinto estaba molesto porque el ComisarioArellano había dejado a Maribel; Maribel le dijo que tenía que hacer corrección del trabajo e irse para Caracas; Maribel me dice dale rápido para que no me deje, ella tenia que arreglar el trabajo; me entere de la retención del ComisarioArellano por Dennys que llegó vociferando y fué a hablar con el ComisarioKruber, de 9 a 10 de la mañana ella llegó y dijo detuvieron al Comisarioen Boconoíto con droga; estaba en la Jefatura de la Brigada en compañía de G.T., W.F., una de las obreras que estaba en la oficina de al lado, creo que Frangel Arellano; yo estaba de guardia, estaba de auxiliar de jefatura, llevando el libro; Frangel Arellano se encontraba ahí, el amaneció ahí, cuando llegó Dennyss todos salieron a ver; Frangel pernoctó en la Brigada ese día; si conozco a Y.B., yo trabajé en Guanare de 99 a 2001 y aquí fuí objeto de robo de mi arma y él me recuperó el arma en Barinas de ahí no he tenido más contacto; Ytamar llegaba a la base, yo saludaba y seguía, no sé si hacia labores de trabajo allí; no tuve conocimiento de choque por la gestión del ComisarioArellano; el ComisarioArellano es un buen gerente, por lo menos no tengo por qué quejarme, no tenemos iimpase, no le dí motivos; si hubiese sido mal gerente hubiese salido, porque en la base siempre tenia trabajo y rendía; no escuché de que por qué el Comisario no se reunía a hablar de temas personales con los funcionarios; la reacción del grupo fué de asombro, por el tipo de persona que era el Comisario; trabajé con Frangel Arellano en secuestro, sí salía de comisión; utilice un día antes del hecho el vehículo para marcar un sitio con Maribel para un allanamiento; se investigaba que había material de PDVSA; no trabajé procedimiento de drogas”.

    La anterior declaración la valora el Tribunal por haber sido vertida bajo las formalidades de ley, por un testigo que fué coherente en su narración de la manera como obtuvo conocimiento de los hechos objeto del debate como funcionario adscrito a la DISIP y dio respuesta a las interrogantes de las partes. Los hechos que individualmente se aprecian y que más adelante se concatenaran con las demás pruebas son los siguientes:

  48. Que el testigo el día 6 de diciembre de 2007, salió de Guanare con destino a Barinas en compañía de la funcionaria M.F., que había una tranca en la redoma de Barinas y llegó 8:10 a 8:15 a la base a recibir la guardia.

  49. Que cuando estaban en la redoma en Barinas Maribel recibió llamada del ComisarioArellano y de Figueredo por la leche pero no sabe cuál recibió primero.

  50. Que fué destituido de la DISIP porque el ComisarioArellano lo nombró como una persona capaz de hacerle algo, lo que estimó como falso porque nunca tuvieron un impase y sus evaluaciones fueron positivas por parte del Comisario, a quien considera un buen gerente.

  51. Que el día anterior a los hechos salió en el vehículo a marcar un sitio para un allanamiento en un lugar en que se presumía había material de PDVSA.

  52. Que tuvo conocimiento de lo ocurrido al ComisarioArellano porque D.G. llegó vociferando como de 9 a 10 de la mañana que habían detenido al Comisariopor droga y habló de siembra, a lo que el testigo le indicó que se ahorrara el comentario porque eso arropaba a cualquiera.

  53. Que por los hechos ocurridos al Comisario fueron detenidos M.F., J.A., F.M., Y.B., Frangel Arellano y el testigo Á.E. la Cruz.

    Y.T.T., previo juramento manifestó ser venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 13.330.868, comerciante, de 34 años de edad, residenciado en Guanare, compañero de trabajo del ComisarioArellano, quien impuesto del motivo de su citación expuso: “El día ese yo estaba recibiendo guardia a eso de las 8:30-9:00, el funcionario W.F. recibió una llamada que dijo que habían retenido al ComisarioArellano en la alcabala de Boconoíto, el ComisarioKruber dijo que se iba a conformar una comisión al sitio pero se comunico por teléfono con el ComisarioArellano y él le dijo que ya había solventado.”

    A preguntas de la Fiscal del Ministerio Público contestó: “No soy funcionario, me aplicaron articulo 21 a raíz del problema del funcionario y como no me encontraron nada me aplicaron ese; si me levantaron expediente administrativo y no se llegó a nada y por eso aplicaron articulo 21, me removieron del cargo; que por ese asunto botaron como a 6 o 7, Á.L.C., Figueredo, M.F.; los únicos removidos fuímos J.A. y yo; para esa época vivía aquí en Guanare; esa dirección de Barinas era la que tenía en Barinas con mi esposa; el 27-05-2007, murió mi esposa; yo vivía en Barinas, en una casa de ciudad Barynà, yo no me he mudado para allá, doy esa dirección pero no vivo allí, porque estoy construyéndola; estaba libre y recibí guardia ese día; viajaba todos los días a Barinas; no recuerdo a quién recibí guardia; me percate porque W.F. recibió llamada que notificó que al Comisariolo tenían retenido y dijeron que conformaran comisión y después cuando estábamos en la camioneta el ComisarioKruber dijo que no, que ya el ComisarioArellano había solventado; me trasladaron a Caracas y nos tuvieron en una oficina por allá y nos quitaron el teléfono; yo nunca fuí amenazado; yo estaba agradecido por que el Comisariome ayudo cuando se murió mi esposa; se oía que decían que nos iban a meter bolsa por orden del director; nunca nos golpearon, ni metieron bolsa; yo decía, que el que no la debe no la teme, que esto es un órgano de investigación, que lleguén a las personas que sean; W.F. estaba ahí y recibió llamada; no estuve presente en procedimiento de la Guardia Nacional; no conozco a los funcionarios de la Guardia así, solo conocí ahí en procedimientos de secuestros; no conozco a esos funcionarios nombrados; conozco a M.S., J.R., en el caso de secuestro en Mérida que trabajé con Emiliano; eso fué como 2004-2005; no vi más a M.S. y solo lo veía en la alcabala porque esa es mi vía para Barinas; no me bajaba a saludar en Boconoíto; había problemas porque el funcionario Arellano llamaba la atención a funcionarios, a F.M. por que estaba retardado; supe que tuvo problemas con F.M. una o dos veces, él llamaba a la oficina para llamar la atención; todo el tiempo decían que F.M. se portaba mal, porque se retardaba; F.M. trabajaba en un grupo y yo otro; conocí a Ytamar porque llegaba a la Brigada y decían que no le gustaba al Comisarioy decía Ytamar que estaba adscrito a Caracas y no quería darse entrada y el ComisarioArellano le decía y no quería; yo vi a Ytamar 2 o 3 veces; Ytamar llegaba y pasaba el HCM de las hijas; algunas veces Ytamar llamaba y hablaba unas con Frangel Arellano y F.M.; eso fué que hicimos inspección, ciudadano nos fuímos para allá y cuando iban a vender ganado y el hombre era concejal de Bruzual, y nos presentaron por lesiones y porte de arma; nunca utilicé el fiesta Powers, yo utilizaba mi vehículo, para usar el vehículo el procedimiento era que el que iba a salir iba y le pedía la llave para la comisión; nunca tuve conocimiento de investigación del Comisariopor algún hecho; se escuchaba rumores que se estaba investigando a Ytamar, eso se decía a voz populi en la Brigada , el llagaba y hacia bromas ahí y se iba a Caracas; cuando dijeron que estaba retenido el Comisarioyo le dije a Frías que eso seguro era por el arma porque esos funcionarios siempre le piden a uno el porte y que la credencial no indicaba porte; yo supe cuando Kruber dijo ya no vayan que el Comisariosolventó; cada rato me revisaban de Barinas a Guanare; a M.S. lo vi como 2 veces, no tenia su número de teléfono y no lo llegué a tener; cuando dijeron de droga yo dije que no, por la personalidad del Comisarioy dije fué que alguien que lo sembró, él llegaba y se encerraba en la oficina; nunca supe quien le puso eso ahí, pero uno sabe que él no es trampero, como dice uno, y no creo; tuvieron que tener el vehículo o meterlo un día antes; el carro no quedaba afuéra, lo usaba el Comisario, el chofer Crisanto, o los funcionarios cuando tenían que ir a un sitio a tomar fotografías; el Comisarioactuó ajustado a derecho; yo no compré leche, ni si se hizo pote para eso, nunca supe; en el libro de asistencia se coloca la pernocta; yo llegué a las 8:00 de la mañana; no recuerdo haber recibido llamadas telefónicas”.

    A preguntas de la Defensa manifestó: “Para el 2007 tenía 7 años en la Brigada Barinas, era Inspector, tenia 13 años en la DISIP; no trabajé con Y.B.; con Frangel Arellano trabajé investigación y después me cambiaron de departamento; W.F. recibió la llamada de 8:30 a 9:00 de la mañana, dijo que lo había llamado Dennyss Gutiérrez y a e.Y.B.; Kruber cuando íbamos saliendo dijo el ComisarioArellano ya solventó; ese 6-12-2007, estaba aperturando libro de novedades y alcancé a dar salida de comisión al Comisarioa las 8:00 de la mañana; en el libro de novedades se deja constancia de lo relevante; las novedades fueron llamadas del ComisarioKruber y comisiones que salieron; cuando yo llegué ya el ComisarioArellano ya había salido; la tabla es referencia para el libro de novedades; de 8:30 a 9:30, es la hora en que se recibió llamada de Dennyss Gutiérrez y el ComisarioKruber, mandó a parar el libro porque cuando hay problemas así Fiscalía pide el libro, para que esté bien redactado; Frangel Arellano pasó por oficialía; no supe la hora que se retiró porque cuando hay problemas uno estaba era pendiente del teléfono; Wilmer recibió la llamada porque estaba ahí en oficialía; dijeron que lo tenían parado ahí en Boconoíto; después el ComisarioKruber recibió otra llamada que le habían conseguido droga en el carro como media hora después; cuando llegué Maribel no había llegado, después llegó con Á.L.C.; la mayoría salió de comisión y otros se reúnen en una placita que hay ahí, pero yo estaba en oficialía porque tenia que atender el teléfono; creo que no hubo salida en el libro de novedades, no sé porque no estaba pendiente del libro; cuando la primera llamada no me fijé si estaba Frangel Arellano; conozco a Ytamar de vista; Ytamar nunca se daba entraba en libro de novedades porque decía que estaba a la órden de Caracas; todo funcionario debe darse entrada si esta fuéra de jurisdicción; Ytamar decía que trabajaba casos de secuestro en Barinas; nunca vi que trabajaba con funcionarios de la Brigada ; una a sola vez lo vi afuéra en la camioneta hablar con Emiliano y Frangel Arellano; él decía que el ComisarioArellano no lo dejaba trabajar y lo otro que decía que quería ser Jefe de la Brigada , eso era todo el tiempo; una vez ellos rescataron una persona y pasó y no lo saludo: que el ComisarioArellano no le ayudaba, era porque no le prestaba apoyo, armas, pero yo lo vi con funcionarios del GAES; .el ComisarioArellano viajaba todo el tiempo porque estudiaba allá; viajaba en el vehículo fiesta Power y todos sabían que era el vehículo asignado; no tengo conocimiento si Frangel Arellano pernoctó en la base; no se refleja quién pernoctó en el libro de novedades, sino en el libro de asistencia, se escribe al lado pernoctó; no recuerdo llamadas con funcionarios de la base de contrainteligencia; yo creo que al funcionario fué que lo sembraron; no sé decir, si alguna persona lo quería perjudicar, lo pudo hacer, así me decían en Inspectoría que yo tenia que saber, y yo decía, cómo voy a decir, como si no fueron , pero yo estoy agradecido con el Comisario, él estuvo en la muerte de mi esposa y uno agradecido no hace eso”.

    La anterior declaración la valora el Tribunal por haber sido aportada bajo las formalidades de ley, por un testigo que fué elocuente ante las interrogantes de las partes, quien contestó de manera directa sobre su conocimiento de los hechos y sus propias percepciones. Los hechos que individualmente se aprecian y que más adelante se concatenaran con las demás pruebas son los siguientes:

  54. Que el testigo el día 6 de diciembre de 2007, recibió guardia en la base de contrainteligencia en la DISIP en Barinas, a la que llegó como a las 8:00 de la mañana y tuvo conocimiento de lo ocurrido con el ComisarioArellano porque W.F. que se encontraba en oficialía recibió una llamada en que Dennyss Gutiérrez informaba que al Comisariolo habían retenido en la alcabala de Boconoíto, que el ComisarioKruber ordenó conformar una comisión para trasladarse al lugar y cuando estaban por salir les indicó que no fuéran que el ComisarioArellano ya había solventado la situación y después volvió a recibir otra llamada en que le señalaron que lo habían detenido por drogas.

  55. Que el ComisarioArellano había tenido problemas con el funcionario F.M. porque estaba retardado, que el Comisariohacia los llamados de atención en su oficina.

  56. Que el funcionario Ytamar llegaba a la Brigada y decían que no le gustaba al Comisario; que Ytamar nunca se daba entraba en el libro de novedades porque decía que estaba a la órden de Caracas, que Ytamar todo el tiempo decía que el ComisarioArellano no lo dejaba trabajar y que quería ser Jefe de la Brigada ; que Ytamar decía que el ComisarioArellano no le ayudaba, porque no le prestaba apoyo, armas y se sabía que estaban investigando a Ytamar.

  57. Que todos los funcionarios sabían que el ComisarioArellano viajaba para Caracas porque estaba estudiando y que el vehículo Fiesta Power era el asignado.

  58. Que considera que al ComisarioArellano le sembraron la droga, que se la colocó en el carro alguien que lo tuvo, o el día antes, porque todos saben que el Comisariono es trampero y en la Inspectoría le exigían que dijera quienes habían sido pero que nunca lo supo.

  59. Que como consecuencia de éstos hechos al testigo le fué aperturado procedimiento administrativo y no le consiguieron nada, no obstante, lo removieron del cargo.

    F.O.M.S., previo juramento manifestó ser venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 16.123.220, comerciante, de 29 años de edad, con domicilio en la ciudad de Barinas y sin vínculo con las partes, quien impuesto del motivo de su citación expuso: “Sé que me llamaron sobre el ComisarioArellano de DISIP Barinas, que debía comparecer al Juicio”.

    A preguntas de la Fiscal del Ministerio Público contestó: “Por el problema del Comisariome destituyeron de la DISIP y de todas maneras iba a dejarla porque con mi esposa trabajo transporte escolar; anteriormente vivía en el Piñal, allí viva para el momento de los hechos, a 3 horas de Barinas; estuve 5 años en la DISIP, como detective, es la jerarquía más baja, era todo el tiempo auxiliar de jefatura; trabajé un caso con Ytamar en un secuestro de S.F., con una comisión que llegó de Caracas y el ComisarioArellano me ordenó ponerme a la orden de Ytamar; yo estaba haciendo en curso en Caracas y tenia que recibir certificado el 6 de diciembre; el 6-12 me encontraba viajando, en horas de la mañana, pero como tengo un hermano PTJ que tuvo un problema y ese día lo iban a presentar; creo que salí después de las 10 de la mañana, me trasladé al Comando de Barinitas, fuí al Tribunal, compré unas cuestiones y me fuí; yo llamé a la DISIP Barinas y le dije al ComisarioKruber Gil que iba a estar en Barinas para estar pendiente de mi hermano; le dije eso a Kruber el 5-12; en esos días me quedé pernoctando en la Brigada y otros donde mi pareja, no recuerdo exactamente; trabajé con el ComisarioArellano como 2 a 6 meses; problemas personales no tuve con el ComisarioArellano pero profesionales por retardo y en una oportunidad porque rendí entrevista en Barinas y no le informé al Comisarioy fuí amonestado, la mayoría de llamadas de atención fué por retardo; en la Brigada todo el mundo sabia de las amonestaciones; yo nunca he dicho nada en contra del Comisario; Y.B. es un ex-Comisariode la DISIP y trabajé secuestro de S.F. y el ComisarioArellano me ordenó presentarme a la órden de Ytamar; Ytamar nos conocemos de vista y trabajé ese caso solamente; soy curso de Albornoz; me encontraba en la Autopista J.A.P., no me acuerdo a que altura, el carro se recalentó y se lo comunique al ComisarioKruber; llamé la lprimera vez para darme salida, la segunda vez porque estaba accidentado, cerca de San Carlos, en horas de la tarde, medio día; me comunique ese día con Albornoz, quien me llamó para lo del ascenso; a Frangel Arellano le pedí el favor que me mantuviera informado de mi hermano; no recuerdo haber hablado con Á.L.C.d. eso; todos saben que mi hermano estaba detenido porque salió en el periódico; ese día me llamaron e hice llamadas desde las 9:00 de la mañana; me levanté de 6 a 7 de la mañana, no recuerdo hora de su primera llamada; Frangel Arellano me comentó que el acto de mi hermano lo habían suspendido, en eso me llama ComisarioJ.P., asistente de General Zarraga, y de ahí me dijo que me presentara porque usted está involucrado en lo del Comisario; eso fué en horas de la tarde; cuando me enteré ya había reparado el vehículo, no recuerdo a qué hora; me comunique con Albornoz casi en horas de la noche cuando supe que trasladaban a funcionarios de la DISIP Barinas, llegué a Caracas 7 a 8 de la noche, llegué al Helicoide y como me enteré que me estaban buscando me salí y llame a Kruber y me estuve esperando que llegara la comisión que traía a los demás; como era el último día de curso no era necesario darse entrada formal; el Comisariofué algo grosero conmigo, me dijo allá vamos a ver que es lo malo que son; yo esperé en el estacionamiento a la Comisión de Barinas; llamé a mi hermano O.M., que es Ingeniero, a mi mujer para que no se preocupara; cuando me encuentro con la Comisión, hablé con el Inspector Jefe y le dije que a mi también me estaban esperando y nos dirigimos a la Brigada Narcotráfico, nos entrevistaron los funcionarios.; los funcionarios nos dicen que tenemos que decir la verdad, que nos iban a caer a coñazos; ellos me sacaron a mí con la intención de reseñarme a lo que me opuse, porque yo no sabia porque estaba ahí, y me metieron en un cuarto y me dijeron que me iban a dar coñazos para que dijera la verdad, yo estaba en un cuarto a parte, primero llegó un grupo de amenazas; fuí detenido por no haberme ceñido a la verdad en la declaración del Comisario, y como lo dije fué injusto, no se tomaron en cuenta los alegatos de nosotros, yo soy padre de tres (3) niños, el mayor de 6 años, me dijeron que tenia que decir que funcionario fué y me sacaban del problema; Ytamar sabe y tiene experiencia por sus años, trabaja sus casos y se dedica, lo conozco de vista porque lo vi en Caracas; no asistí a la finca pero si sé que tiene una granja creo que era de su esposa; no conozco a los funcionarios de la Guardia Nacional nombrados; la relación con el ComisarioArellano era normal Jefe-Subalterno”.

    A preguntas de la Defensa manifestó: “Si conozco a Frangel Arellano y le dicen el colombiano porque es de Socopó; la declaración que rendí fué en una investigación contra funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Mora y Yordi, me hicieron una amonestación por haber violado órgano regular, de la amonestación se deja constancia en el libro de novedades; yo hable con el ComisarioKruber de la salida a Caracas, no sé si lo asentaron en el libro de novedades porque pedí copia y me la negaron; yo hablé con Kruber en varias ocasiones personalmente y después por teléfono porque éramos buenos compañeros de trabajo; el 5-12-2009 me retiré de la Brigada y me fuí a donde mi mujer; mi horario era de de 8 a 12 y de 2 a 5 de la tarde, y uno espera por ahí un ratico y se retira.; mi hermano es G.A.M., pertenecía al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas tenia varios días detenido en Sabaneta y recluido en Barinitas; yo siempre le llevaba comida no recuerdo hora, 7, 7:30 de la noche; el 5-12 pernocté en casa de mi señora; el 6-12-2009 no recuerdo a qué funcionarios llamé, no recuerdo el motivo; supe lo del Comisariodespués del medio día no recuerdo hora yo estaba viajando; ese día salí, me levanté normal, aseo personal, salgo 6:30-7:00 de la mañana a Barinitas, regrese fuí al Tribunal averigüe no me dijeron nada, fuí y compre unas cosas que necesitaba, busqué la ropa del bolso y de ahí me fuí; en el circuito le pregunté al alguacil si el acto se iba a realizar; el Abogado Boscon me asesoraba por el problema de mi hermano; no recuerdo s estuve en la Avenida E.C., el 06-12-2007 salí en un Ford Fiesta Power viajaba solo; salí a Caracas a las ultimas horas de la mañana de 10 a 11; si i conozco a M.F.; no me entrevistaba con Y.B.; la amonestación era por retardo, me reporta por el libro de novedades, la relación con el ComisarioArellano la califico de normal de Jefe a Subalterno; en una oportunidad que me amonestó porque llegaba tarde y yo ya había participado y entre a la oficina y le dije que no estaba de acuerdo; ese día busqué un mecánico, me dijo que tenia problemas con el termostato, no sabría decir que tiempo tardé en eso, una hora, hora y media, no recuerdo con exactitud; recibí llamada del Asistente General Zarraga, en horas de la tarde, me llamó en varias oportunidades porque no había buena señal; el 6-12-2007 si me comunique con Figueredo 3 o 4 oportunidades, él me llamó y creo que no había buena cobertura y le corte; la comisión llegó algo tarde, no recuerdo si ahí llegó Albornoz porque ahí trasladaban a los de Barinas y no sé a que hora llegó Albornoz; el ComisarioArellano es una persona normal, poco conversadora, solo se dirigía a nosotros para instrucciones de trabajo no recuerdo llamada con Figueredo ni Frangel Arellano”.

    La anterior declaración la valora el Tribunal por haber sido rendida con cumplimiento de las formalidades de ley, el testigo dio respuesta a las preguntas de las partes respecto a circunstancias anteriores, concomitantes y posteriores a la detención del ComisarioArellano, así como a las relaciones laborales dentro de la Base de Contrainteligencia de la DISIP en Barinas. Los hechos que individualmente se aprecian y que más adelante se concatenaran con las demás pruebas son los siguientes:

  60. Que el testigo el día 6 de diciembre de 2008, salió a primera hora de la mañana a Barinitas y al Circuito porque tiene un hermano funcionario del Cuerpo de Investigaciones Penales y criminalísticas que se encontraba detenido, posteriormente compró algunas cosas, buscó su maletín y en las últimas horas de la mañana salió con destino a Caracas porque debía recibir un titulo por el curso que realizaba.

  61. Que en el trayecto a Caracas el funcionario se accidentó en San Carlos buscó un mecánico solventó su situación y continuó el viaje, que recibió llamada telefónica del ComisarioJ.P. asistente del General Zarraga, quien le indicaba que debía presentarse en Caracas porque estaba involucrado en lo que le había pasado al ComisarioArellano.

  62. Que esperó la comisión que trasladaba a los demás funcionarios de Barinas en el Helicoide y los llevaron a la Brigada de Narcotráfico y allí fué objeto de amenazas, entrevistado por los funcionarios y que como consecuencia de éste hecho fué destituido.

  63. Que el testigo conoce a Frangel Arellano y le dicen “El Colombiano” porque es de Socopó; que si conoce a M.F.; que trabajó un caso de secuestro con Y.B. por órdenes del ComisarioArellano, pero que no se reunía con él.

  64. Que el testigo había sido objeto de llamados de atención por parte del ComisarioArellano por llegar retardado y que una vez lo consideró injustificado y entró a su oficina y se lo dijo, calificando que sus relaciones eran normales Jefe Subalterno.

    N.Y.B.G., previo juramento manifestó ser venezolano, titular de la cédula de Identidad Nº 9.989.479, de 43 años de edad, era funcionario de la DISIP destituido por este problema de aquí, con domicilio en la ciudad de Barinas y sin vínculo con las partes, quien impuesto del motivo de su citación expuso: “ El día 6 de diciembre en horas de la mañana, me encontraba yo en mi casa en Barinitas de vacaciones después de haber realizado una serie de casos de levantamiento de secuestros y rescate y me dieron vacaciones para esa época porque estaba cansado y había sacado unos casos buenos y había pedido las vacaciones para ese tiempo para estar en la casa, como de 7:30 a 8:00 de la mañana me llama el Comisario J.P. que era asistente del General Zarraga y ese me llama y yo estaba levantando y cuando ví la primera llamada no le atendí, pero después dije voy a ver qué será y me dice, dónde estás tu? Yo le dije aquí en la casa por qué, me dice mira al Comisariolo tienen parado en la alcabala de Boconoíto, hay un problema allá y no lo dejan pasar, yo me encuentro en una misa con el Comisario Zarraga y el Comisario Benito y al parecer allá en Barinas no saben nada, y que pasa con eso? entonces para ver qué haces tú ahí porque como tu conoces la gente del GAES, porque como yo trabajé los secuestros con ellos, entonces para ver que haces, yo le dije está bien; entonces yo tengo mi teléfono con habla pegado pero no tenía saldo para 0273, empiezo a revisar para ver en mi teléfono y a la única que tengo registrada es a D.G. que es una asistente de administración ahí, la tenía registrada porque ella estaba encargada para ese tiempo del HCM y como yo soy de Barinas, tengo mis hijos en Barinas ese es un teléfono que nunca lo borraba para cualquier problema o de hospitalización, entonces la llamo a ella, le digo Dennys quién está de guardia y me dice no sé, creo que es LaCruz, le digo será que tu me puedas dar el teléfono de alguno de los que están de guardia para llamarlo y todavía no le digo nada de lo que me están diciendo, entonces me dice sí espera un momentico que estoy en la Fiscalía viendo un caso de corrupción, me da el teléfono y yo lo anoto, y empiezo a llamar a La Cruz y no agarraba, lo volví a llamar y no agarraba, la volví a llamar a ella nuevamente y le digo Dennys lo que pasa es que estoy llamando a LaCruz y no agarra, entonces me dice pero qué es lo que pasa, yo le digo mira hazme un favor llama para la Brigada que me acaba de llamar el ComisarioJ.P. que hay un problema con el ComisarioArellano en el punto de control de Boconoíto y entonces estoy llamando a ese número y no me agarra y bueno pasó; me cambié y fuí al GAES y no conseguí sino a los funcionarios de guardia y me dijeron lo que pasa es que ese punto de control no tiene nada que ver, el GAES de aquí de Barinas en eso no se mete; al rato como a las 9:30 de la mañana me llaman al teléfono y le digo quién es, me dicen quién habla ahí es que tengo dos llamadas perdidas es La Cruz y yo le digo que era yo Ytamar que le pedí el número a Dennys con relación al Comisarioy me dice Ytamar ya la comisión salió para el sitio, pasó la cuestión. Esta llamada de éste funcionario me frustró la vida, acabó con mi carrera, acabó con todo, yo al Comisariohoy en día creo que lo he visto dos veces nada más, me siento mal, me siento molesto, yo no tengo palabras, como le dije yo a la gente allá en Caracas por qué me van a tirar a mi a la calle con 21 años de servicio, si yo estaba en mi casa descansando de vacaciones, yo no tengo nada en contra de él, ni de nadie, yo estoy en mi casa descansando de un poco de secuestros y con esto es que me vienen a pagar, a todas éstas yo no sé, quedé como se dice desarmado, en la calle amenazado, usted no se imagina la cantidad de secuestros que yo resolví, la cantidad de tipos que he llevado en Barinas, Apure, Portuguesa y quedé señalado por una llamada y como le dije al Comisario General yo no sé porque Dios yo prendí el teléfono ese día y esa llamada me frustró la vida, familiar, de mi trabajo, de mis padres, de mis hermanos que todos son funcionarios, jamás en 21 años de servicio supe lo que era una inspectoría, supe de nada, eso me cargaban a chismes que yo hablaba mal del hombre, que yo no sé que más, que yo estaba interesado en la Brigada , pero yo les dije pero por favor hermanos que es lo que le pasa a ustedes, lo mío es trabajar yo no tengo nada contra nadie, que yo tengo una finca, que yo tengo no sé que más, mire esa es una tierrita que le compré yo al doctor Bustillos, mi esposa en treinta y cinco millones, cuando sucedieron los hechos yo estaba alquilado, entonces se tejieron una serie de comentarios, de chismes de pasillo contra mi, en todo éste tiempo yo no sé, un día me provocó venirme para la DISIP Guanare y ponerme a hablar con él, decirle sí a usted alguien le causó ese daño o no, yo también me siento afectado porque le envenenaron la cabeza contra mi, qué es eso, claro está aquí que cuando me hacen la llamada a quien llamé yo? A Dennys por qué llame a Dennys porque no tengo el teléfono con ellos, trabajé en la Brigada cambiado en el 2004, a veces pasaba por allá me daba entrada y saludaba, entonces me pregunto por qué y tengo ésto en el Contencioso, por qué no averiguaron bien, como digo yo, uno, no trabajo en esa Brigada , dos, no tengo ningún problema con el Comisariode ninguna índole; solamente que le llenaron la cabeza de chismes, que yo quería la Brigada , que yo hablaba mal de él, ¿qué es eso? Una vez se lo reclamé a uno y chismes y chismes a donde me llevaron y enfilaron que como yo iba a ascender a Comisariolo que quería la Brigada y yo dije a mi no me den Brigada solo déjenme trabajar. La muchacha esta que llamé Dennys que me da tristeza porque actuó de mala fé, yo la llamé después que ya se sabía lo que había pasado con el Comisarioy clarito recuerdo que le dije, que vagabundo son, que vagabundos son si hicieron esa cosa con el Comisario, yo si soy funcionario con ética, y yo le dije si esa vaina fué así de lo que le hicieron al Comisariopor mucho que el Comisariohubiese sido con ellos, porque el problema era con ellos, no tuvieron que haber hecho eso, por esas tres llamadas que le hice, haciéndole ver que me molestaba porque me caía mal porque se trataba de la DISIP y de un jefe, le dije esas palabras eso no se le hace a un hombre, esas palabras que le dije yo a ella, ella las utilizó me extraña Ytamar nunca me había llamado tantas veces al día y eso es lo que le puedo contar esa llamada de J.P. me encasillo y acabó con mi carrera.

    A preguntas de la Fiscal del Ministerio Público contestó: “Trabajé 20 años, 9 meses en la DISIP, en varios Estados; yo presto dinero desde hace más de 15 años y me dijeron que no prestara plata dentro de la Brigada porque estaba prohibido; resolví varios secuestros y dí de baja a varios delincuentes; esa parcela de Barinas la compró mi esposa con el trabajo de ella, antes era policía y ahora maestra; el viernes 6 de diciembre estaba en mi casa, como a las 10:30 a 11:00 le eché otra llamada a Dennys y yo no estaba tomando si hubiese estado borracho lo hubiese dicho porque ella todo lo dice; no acostumbraba usar armas largas eso está prohibido, uno usa fusiles sólo cuando sale de comisión y cargamos todo el grupo; para ese tiempo estaba construyendo la casa; casi nunca iba con funcionarios a la parcela, jamás fuí con funcionarios, solamente una vez que estaba trabajando un caso que pararon el Jeep eran dos funcionarios de Acarigua un maracucho y otro; en Barquisimeto era supervisor de un grupo de motorizados; no recuerdo haber quitado prestado dinero a alguien en Barquisimeto; hable muy poco con Emiliano sólo de saludo pero si trabajo conmigo, con A.L.C. nunca y a Maribel ni siquiera la conocía; no supe que el ComisarioArellano había solicitado investigación a unos funcionarios; yo no sabía que el Comisario viajaba porque yo no trabajaba en esa Brigada ; yo estaba adscrito a Guanare y trabajaba de Barinas, Táchira para arriba me daba instrucciones el General Zarraga que era el jefe de contrainteligencia; contrainteligencia no es la que le hace inteligencia en Barinas; trabajaba lo que me mandaba el General Zarraga, en esos últimos meses rescatamos y resolvimos varios secuestros; mi sede físicamente era Guanare; yo le voy a aclarar ese embrollo que si Bolívar, que si Benito, me decían que no fuéra a la Brigada , que trabajara así y yo le dije ¿ por qué, no; porque se arma un chisme y dicen que tu les estás quitando los casos, pero yo le decía habla con el Comisarioque ahí hay unos carajitos que también le echan, y me decía no trabaja así y usted sabe como son esos militares, aquí viene la parte que yo le quiero explicar y que el Comisariola oiga, éste juego comenzó contra mi por lo siguiente, había un secuestro de un i.F. y yo llamó al ComisarioBolívar y le digo tenemos tal información, tenemos los presuntos y me dice vengase para acá y le llevé el informe y me lo firmó me dice vaya y hable con el hombre, yo fuí y el hombre me atendió, me acuerdo como si fuése hoy, resulta que el ComisarioBolívar que era un ComisarioGeneral y existía la oficina de contrainteligencia que era el ComisarioZarraga y tenían sus diferencias con este ComisarioGeneral que también tenía poder allí para ese tiempo, entonces cuando el ComisarioArellano llama, tremendo problema me metí yo, me recogieron entonces fuí yo con el informe, un Comisariogeneral me mandó para allá y yo fuí por lo claro y hablé con el ComisarioArellano que estábamos aquí con éstos funcionarios para trabajar éste caso y como es posible que este General me haya formado este tremendo problema, entonces me dijo es que hay unas diferencias ahí, entonces por las diferencias de ustedes los jefes me van a tomar de chivo expiatorio, eso no es así Comisarioeso no se hace y de ahí nació éste broyo, pero eso fué un madre problema porque el ComisarioArellano, claro él es el jefe de regiones habla con él y le dice yo no lo he enviado para allá, claro me manda un ComisarioGeneral, Director de una oficina, es un jefe, tengo que venirme, más no sabía yo aquella diferencia que había entre estos dos jefes para el momento; se armó un conflicto de jefes Bolívar con el otro y yo quedé en el medio, menos mal que yo no lo agarre de boca sino que el Comisariome firmó el informe y me mandó para allá; cuando comenzó el caso de Ferranti yo vine y me senté hablé con el ComisarioArellano y me dijo está bien, pero cuando el llama al ComisarioMilitar General y yo quedé así contra la pared y yo quedé como inventor para el momento y menos mal que yo me apoye en el informe; cuando yo comienzo hablar con el General que hablaba duro y ahí el me apoya que vayas a trabajar, me dijo no quiero que vayas para Barinas, no quiero que entres allá, vaya y trabaja y me informa directamente a mi, Ytamar - Alexis, Alexis - Zarraga, entonces no trabajé ahí busque el apoyo en el GAES por qué que más iba a hacer; no he trabajado con la Guardia; el ComisarioZarraga me llamó ese día del problema preguntándome que creía yo de eso y le dije que le puedo decir yo jefe, yo al Comisariono lo conozco pero lo que yo he oído hablar de él es que es un carajo de una ética na¨ guara imagínese, hasta donde lo que se habla es que es de una conducta intachable, es de presumirse que lo jodieron le dije yo, yo no creo, dos veces hablé con él, pero se lo juro que no creo; la hipótesis de la siembra nace en el mismo momento, en el periódico, en todo, es una cosa a la luz pública; de los detalles del caso no me enteré; la abogado del Contencioso le da risa porque dónde están las pruebas; yo no tengo conocimiento que me hayan imputado por éste caso; la DISIP tiene su tecnología y buenos funcionarios; me destituyeron por chismes, la resolución no la recuerdo, por eso por estar involucrado.”

    A preguntas de la Defensa manifestó: “Trabajé en investigaciones con Gómez, G.G., Frangel Arellano, Albornoz, Emiliano, D.G.; yo fuí Jefe de Investigaciones desde que llegué y ascendí al frente de esa oficina y mi ascenso es por la cantidad de casos resueltos, en el año quedamos en 1er lugar como más de 8-10 veces en el año, que son reconocimientos por estadísticas y rendimiento; en esa época saqué casos con PTJ, GAEZ, DISIP, casos relevantes de 3 pescadores que fueron asesinados, el ComisarioBenito me ordenó trabajar el caso y descubrimos los hechos, eso por decirle un caso, pero otros de extorsión y secuestro, de esto consta felicitaciones en registros; en el 2006 creo que estaba en Valle de la Pascua; en el 2004 fuí trasferido de Barinas a Yaracuy, de ahí a Valle de la Pascua porque allá hubo un problema de droga y quedo acéfala, de ahí fuí a la Jefe de Investigaciones, dure un año, ahí fuí Dirección General de Investigaciones de ahí transferido a San Félix, Jefe de Investigaciones, ahí para Caracas; trabajé en 2007 en el GAEZ.; mi jefe inmediato era Benito y él era el adjunto al General Zarraga; estoy molesto y con rabia porque esos funcionarios que estuvieron aquí fueron los que le dijeron cosas de mi al Comisarioy después querían acercárseme a mi pero yo no, Benito me dijo que no visitara la Brigada , sino que trabajara en el GAES y mis 2 funcionarios de la DISIP Acarigua, rabia porque yo estaba en mi casa tranquilo y por todo esto mire lo que pasó; F.S. y E.S.e. los funcionarios que trabajaron conmigo; Sarrameda trabajó conmigo unos días y vamos a Guasdualito e íbamos por una finca cuando caminamos monte adentro les digo quédense aquí cuidando el sitio y me voy con los del GAES y monte adentro 4 horas y después llamó Sarro y me dijo que cuando estaban cuidando se estaban agarrando una guaraña y me dio pena con la gente y llame y le dije a Alfredo que cuando suba no lo mandes más porque pasó una cosa y me dio pena y como Sarrameda estaba de la buena con la Negra Antonia pidió comida para nosotros que no estábamos pidiendo y esa era una mala práctica y por eso yo lo saqué y después cuando supo de ésto llegó y se puso a hablar sinverguensuras; los llamo vagabundos porque eso se lo dijeron en el GAES que les decían que eran inventores; solo me dijeron eso y yo escuché; yo les pregunte a ellos y dijeron que eran los de investigaciones; .para esa época en investigaciones e.A., La Cruz y Albornoz; tenía prohibido acercarme a la sede, dormía en el GAES, en Hoteles, para no ir; no recuerdo fecha última que fuí a la base, solo pasaba y me daba mi entradita por ahí; que yo pase y los salude es normal, pero no en esos días porque yo estaba de vacaciones, solo saludo de “epa^, “epa Comisario”, saludo normal; ir para qué, si tenia prohibido acercarme a la base, utilizar armas; jamás me acerque una semana antes en la base afuéra, para nada me reunía con Mora, Albornoz y Arellano, un saludo normal cuando iba a darme entrada si estaban ahí en la placita, pero tampoco eran mis enemigos; en esa época yo tendría los números de ellos, pero en el 2007 no tenia número de ninguno; yo no tenía los números porque tenia ordenes de no comunicarme ni de ir a la Brigada y no tenia comunicación con ellos y en caso de un apoyo llamaba al GAES; conozco a toditos los funcionarios del GAES, Gutiérrez, Salaza; tuve conocimiento que porque estaba en Caracas de curso y supe que los allanaron a los del GAES y me dio una explicación ahí y no le di más importancia; J.P. me llamó, no recuerdo fecha, hora de 7 a 8 de la mañana, pero no hora precisa, cuando la vi no quise atender porque estaba de vacaciones y llamó 2 veces más y me dice que está con el General Zarraga en misa y dijo tu que tienes contacto allí para que ayudes que hay un problema con el Comisarioen la alcabala; la hora no sé , 7:30-8 hora de la mañana; Dennys cuando la llamé ella me dijo que estaba en la Fiscalía revisando un expediente de corrupción; cuando J.P. me llamó me estaba levantando en el apartamento en Barinitas; J.P. me informó que había un problema con el ComisarioArellano en la alcabala, en la Guardia, que mandaran una comisión allá; no llamé a la Guardia Nacional para saber, llamé a Dennys y fuí al GAES; fuí al GAES como a las 9 más o menos, primero entre a la parcela; no recuerdo con qué funcionario del GAES me comuniqué; el GAES pertenece a San Cristóbal y Boconoíto a Portuguesa y no creo que se comunicaron, el GAES es el GAES ; yo no fuí a Boconoíto yo me devolví a la finca; no fuí a Boconoíto porque hice lo que me indicaron, porque además estaba de vacaciones; a Maribel no la conozco de trato; ese día me comunico con R.F. y me dijo que sí, que ya sabemos y él iba con A.A. y en la entrevista en Inspectoría dijo que no sabia y no sé por qué dijo eso; Dennys dijo en inspectoría que me había llamado un policía, cuál policía, si fué Julio; D.G. y el chofer de la Brigada son manipuladores; no conversé por teléfono con nadie de la Brigada de contrainteligencia; converse con el que yo llame, que fué el número que me dio Dennys; de hecho cuando me llama le digo: es el ComisarioYtamar, y me dijo la comisión ya salió; después que sé los hechos, yo tengo 20 años y eso repercutía en el periódico porque yo soy funcionario y eso me duele; yo no sé de dónde sacaron esa basura de que yo estaba rascado y cerré licorería, me duele la DISIP, por eso me duele, a parte de repulsión del hecho, no se trataba de un bebé de escuela, era el Comisarioy yo sabia que eso iba a salir a la prensa; no fuí a Boconoíto porque hice lo que me ordenaron y yo estaba de vacaciones en lo mío; si conozco a J.A. de la Policía de Barinas, era funcionario; lo conozco de Barinas de la casa de la familia, de Pozones de donde yo me críe, ahora trabaja en Ipostel; no tengo línea telefónica de J.A., tengo los números de las líneas que me han dado cuando los compré; a Frangel Arellano, yo lo conocí cuando trabajaron conmigo y eran buenos funcionarios y después en el GAES oí que eran inventores y no se de eso porque son inventores, para decir hay que tener pruebas; yo no he dicho que ellos me involucraron, solo dije que en el GAES me dijeron eso y lo dije en Inspectoría pero no tengo pruebas; dije que eran vagabundos fué porque me dijeron en el GAES pero no tengo pruebas de eso, yo no tengo nada en contra de ellos, porque no me han hecho nada, estoy molesto y me alejé porque me da rabia por qué ¿hasta cuando esto?; Á.L.C. me dijo que la comisión ya había salido; no tengo finca en Yaracuy; piensan involucrarme que yo fuí quien embromó al Comisarioporque le pusieron la cabeza grande en mi contra y yo no tengo contacto con ellos; la Consultora Jurídico Dra. Gladys de la DISIP, me dijo que en el expediente no había nada contra mi, pero que ella estaba cumpliendo órdenes de arriba; .como investigador diría que la investigación la hicieron mal, se pusieron a hacer allanamientos a lo loco y no se concentraron en la investigación, yo no creo que él anduviera en eso pero no tengo las pruebas, la investigación la hicieron mal y por aquí pasaron otros que no tienen que ver, y otros que si, pero no paso nada”.

    La anterior declaración la valora el Tribunal por haber sido vertida bajo las formalidades de ley por un testigo que ante las preguntas de las partes manifestó su conocimiento relacionado con la aprehensión del ComisarioArellano, la manera como obtuvo conocimiento de los mismos y las diligencias practicadas, emitiendo juicios de valor contradictorios en si mismos respecto a los funcionarios de la base de Contrainteligencia Barinas y los resultados de la investigación y procedimiento de la Inspectoría de los Servicios. Los hechos o circunstancias que individualmente se aprecian y que más adelante se concatenaran con las demás pruebas son los siguientes:

  65. Que el funcionario Y.B. se encontraba el 6 de diciembre de 2007, en su apartamento en Barinitas y recibió de 7:00 a 8:00 de la mañana llamada de J.P. quien era el asistente del General Zarraga, pidiéndole que como tenía contacto con el GAES ayudara porque al ComisarioArellano lo tenían en la alcabala de Boconoíto, que el testigo se trasladó al GAES pero primero entró a su finca, que en el GAES le dijeron que ellos no tenían que ver con Boconoíto; que como el único teléfono que tenía era el de la funcionaria D.G. la llamó y le pidió el número de los funcionarios que estaban de guardia y ella le dio el de Á.L.C., pero no se pudo comunicar y tampoco le atendían en la Brigada por lo que insistió con D.G. y le dijo que al ComisarioArellano lo tenían en la alcabala para que mandaran una comisión y que posteriormente se regresó a su finca en Barinitas y no se traslado a Boconoíto porque ya había cumplido lo que le habían pedido y estaba de vacaciones.

  66. Que el jefe de Y.B. era B.B. el adjunto del General Zarraga y le había pedido que no fuera a la Brigada en Barinas, que trabajara en el GAES con dos funcionarios de la DISIP Acarigua, por lo que dormía en hoteles o en el GAES, que en algunas oportunidades solo pasaba por la Brigada en Barinas, saludaba, se daba entrada y seguía, que nunca se reunía con los funcionarios a conversar.

  67. Que Y.B. fué jefe de investigaciones en la Brigada en Barinas donde trabajó con Frangel Arellano, Albornoz, E.H., D.G., de quienes primero indicó que eran buenos funcionarios pero después para referirse a ellos dijo que eran unos sinvergüenzas, justificando dicho calificativo en el hecho de que los funcionarios del GAES le habían dicho que eran unos inventores pero que no tenía pruebas; que D.G. y el chofer eran unos manipuladores; que no sabía de donde habían sacado la basura de que había cerrado una licorería para celebrar; que trabajó con Zarrameda y lo sacó porque le hizo pasar penas y después se puso a hablar sinverguenzuras.

  68. Que querían involucrarlo en que había sido quien había embromado al ComisarioArellano, que le llenaron la cabeza de mentiras en su contra y que la Consultora Jurídica de la DISIP, Dra. Gladis le había dicho que en el expediente no había nada en su contra, pero que ella estaba cumpliendo órdenes superiores y a su criterio como investigador diría que la investigación la hicieron mal y que por la sala de juicio habían pasado unos que no tienen que ver, y otros que si.

  69. Que la hipótesis de que el ComisarioArellano había sido sembrado surgió el mismo día por todas partes, por los periódicos, que era algo a la luz pública.

    J.J.L., previo juramento manifestó ser venezolano, titular de la cédula de Identidad Nº 14.835.674, Experto Toxicológico adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación Guanare, con domicilio en esta ciudad, quien impuesto el motivo de su comparecencia se procedió a dar lectura al acta de prueba de orientación, de fecha 8 de enero de 2008, practicada a la sustancia incautada indicando que: “Me fué remitida a fin de practicar prueba orientativa a una muestra A, dos panelas confeccionadas en material sintético de color negro recubierto de una cinta adhesiva de color marrón contentiva de restos vegetales deshidratados de color verde parduzco y semillas del mismo color, con un peso bruto de un kilogramo con ochocientos noventa gramos y un peso neto de un kilogramo seiscientos treinta y cuatro gramos y ochocientos miligramos y una vez realizados los respectivos análisis, se concluyó que la muestra resultó positiva para la planta conocida como marihuana (cannabis sativa linne).”

    Seguidamente le fué expuesta al funcionario experticia botánica Nª N° 9700-057-207 262 de fecha 20 de diciembre de 2007, reconoció haberla practicado y expuso: “ Esta experticia consiste en certificar con certeza que tipo de sustancias tenemos y en el caso especifico una vez sometidas a separación por cromatografía en capa fina comparada con patrón de tetrahidrocannabinol se llegó a la conclusión de que estamos en presencia de la planta conocida como marihuana, cuyo nombre científico es cannabis sativa linne.”

    Igualmente le fué exhibida Experticia de barrido N° 9700-057-004, de fecha 08-01-2008 y manifestó: “La muestra suministrada para realizar la presente experticia es muestra A, material heterogéneo conocido como tierra colectada en la parte interna de la puerta antero derecha del vehículo Ford, Fiesta , verde placa JAM-43P; muestra B, material heterogéneo conocido como tierra colectada en la parte interna de la puerta antero izquierda del vehículo Ford, Fiesta , verde placa JAM-43P; muestra C, material heterogéneo conocido como tierra colectada en la parte interna de la puerta postero derecho del vehículo Ford, Fiesta , verde placa JAM-43P; muestra D, material heterogéneo conocido como tierra colectada en la parte interna de la puerta postero izquierda del vehículo Ford, Fiesta , verde placa JAM-43P, de acuerdo a las reacciones químicas de coloración y cromatografía en capa fina aplicada a las muestras a,b,c y d, no se detectó la presencia del alcaloide cocaína ni de tetrahidrocannabinol o marihuana”

    A preguntas del Fiscal del Ministerio Público contestó: “Tengo 4 años como toxicológico en el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas; los paquetes estaban totalmente cerrados, con cinta color marrón; la prueba de orientación es orientativa pero se le hizo experticia botánica y eso establece certeza que es marihuana; tomé personalmente la muestra de barrido; estaba en el estacionamiento en un lugar abierto, eso no afecta en nada, si el vehículo estaba cerrado; no hubo contacto directo de la droga con las puertas, pero si las panelas vienen envueltas no van a encontrar nada allí; el vehículo era Ford Fiesta; tenía las características en el vehículo de solicitud; orientación es orientativa son reacciones que no dan certeza de la sustancia a pesar de que los reactivos dan la coloración se debe hacer la prueba de certeza con patrón conocido, el cual se realizó y sin lugar a dudas era marihuana; las tapas de las 4 puertas estaban violentadas; el barrido en la puerta izquierda resultó negativo; la cinta adhesiva es aislante”.

    A pregunta del Defensor respondió: “Los envoltorios estaban totalmente sellados, con material sintético negro; las medidas de las panelas eran de 23 centímetros de largo por 16,5 centímetros de ancho; en las experticias no se refiere o conducen a conclusión sobre responsabilidad”.

    La anterior declaración la valora este tribunal como cierta, por emanar de un ciudadano que depuso de manera segura con los conocimientos propios de su profesión y pericia en la materia, de su declaración se acreditan y extraen los siguientes hechos:

  70. Que la sustancia sometida a experticia consistía en dos panelas confeccionadas en material sintético de color negro recubierto de una cinta adhesiva de color marrón contentiva de restos vegetales deshidratados de color verde parduzco y semillas del mismo color, con un peso neto de un kilogramo seiscientos treinta y cuatro gramos y ochocientos miligramos y que resultó positiva para la planta conocida como marihuana.

  71. Que se practicó primero la prueba de orientación y después la experticia botánica de certeza y sin lugar a dudas era marihuana.

  72. Que al vehículo Ford Fiesta verde, placas JAM-43P, se le practicó experticia de barrido en la parte interna de sus cuatro puertas y no se detectó la presencia del alcaloide cocaína, ni marihuana.

    Gleimer O.P., previo juramento manifestó ser venezolano, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.760.062, militar activo, domiciliado en Barquisimeto estado Lara y no tener vínculo con las partes, E impuesto del motivo de su comparecencia expuso: “Eso fué el 6 de diciembre de 2007, en horas de la mañana se me presenta el sargento Rojas informando que lo había llamado M.S. que había recibido una llamada anónima que eran veinte kilogramos de cocaína que estaba armado, que era policía. Después me informan que el ciudadano no se quiere dejar revisar bien, en eso lo suben al trailer, yo salgo, me identifico y él me dice que no se dejaba revisar porque era Comisariode la DISIP y que él manejaba información de inteligencia que por ahí pasaba un vehículo con armas, le dije que iba a proceder a revisar el vehículo yo mismo y le digo si no tienes nada yo le pido disculpas, cuando la encontramos el me dice asombrado “me sembraron”, procedí a llamar al Superior y dar cuenta.

    A preguntas formuladas por la Fiscal del Ministerio Público, contestó: “Eso fué el 6-12-2007, en horas de la mañana, me encontraba en el tráiler, porque me había quedado la noche anterior, yo era para el momento el Comandante del Pelotón del punto de control fijo de Boconoíto, tenia para el momento 4 meses destacado; mi superior era C.T.; ahí se encontraba el Sargento Rojas que recibió la llamada; el punto de control queda en la autopista J.A.P. en la población de Boconoíto, son vigas de hierro grueso, el tráiler es para descansar y pernoctar, yo tenía dos oficinas una ahí en el Comando de Boconoíto y otro en Guafillas, para el momento me encontraba en el trailer, en mi oficina que está a mano derecha del trailer, al frente la oficina de mi auxiliar, a la izquierda está el comedor y cocina y después cuadra de personal; el tráiler se encuentra a cien metros del punto de control, a una distancia entre 15 y 20 minutos de Barinas a una velocidad de 100 kilómetros por hora; el Sargento Rojas dice que Méndez, recibió datos que en un vehículo verde donde venia un ciudadano que portaba arma y que se iba a identificar; el funcionario A.C. es el primero que llama al Sargento Méndez, y el que retuvo el vehículo es el Sargento Rojas y sube al trailer e informa que el ciudadano no se dejaba revisar, por lo que le di la órden, que subiera el carro en una emplanada y que yo mismo lo iba a revisar y que subiera al señor para ver por qué no se dejaba revisar, en eso el mismo señor sube el vehículo custodiado, le pregunté al señor por qué no se dejaba revisar, en eso estando el carro parqueado es que me entero, yo no sabia que era el Comisario, solo que era un funcionario y que llevaba un arma, cuando estoy frente al carro con el ComisarioArellano en el trailer y me dijeron los otros funcionarios éste es el señor que no se deja revisar, en eso le pedí que parara el carro debajo del árbol que yo mismo lo voy a revisar, le pregunté al Comisarioexplíqueme las razones por las que usted no se deja revisar, y me dijo brothers yo también tengo información que un vehículo como éste trafica armas pero soy funcionario, yo le dije bueno de aquí no se va hasta que no le revise el vehículo, y si no hay nada yo le pido disculpas por el tiempo; prestó la colaboración y estaba presente Álvarez, Rojas, Núñez prestó la seguridad y Arrellano siempre estuvo pendiente; en la revisión fuí directamente a la parte de adentro del vehículo, el funcionario Sargento Rojas, cuando detiene al vehículo la primera vez vió el armamento en la palanca y el ciudadano se identificó como funcionario, en ese momento le retienen el armamento y dijo que no se iba a dejar revisar, por esto el Sargento subió y me informó que el funcionario no se quería dejar revisar, salgo y yo mismo comienzo a revisar la parte interior por el lado del chofer, por el lado de las velocidades y tableros, procedo a quitar la tapicería de la puerta con un destornillador, como no se veía muy bien por el vidrio lo destapo, en ese momento no revise la maletera porque comencé revisión de adelante para atrás; utilice una linterna para poder observar; yo mismo destape y en la puerta no observe nada, luego me dirigí puerta de atrás del chofer y al quitar la tapicería ahí estaban dos panelas de color beige ocultas, las panelas no desprendían olor y en el carro no había olor como para advertir al Comisario; seguí la revisión y encontré entre la corneta y el vidrio las dos panelas; eran dos panelas con cinta plástica color beige; al verlo yo le dije “vio hermano” y me dijo “brothers me sembraron”, como con rabia me dijo “me sembraron”, yo me entere que era Comisarioal momento en que se encontraron las panelas, y me dijo no tengo nada contra ti hiciste el procedimiento como debía ser, yo no recuerdo quienes eran los testigos, pero en eso que están ahí se abrieron la panelas por un ladito y les mostré que era una sustancia verde de olor fuérte y penetrante, marihuana, se les muestra sin oler; recuerdo que las panelas salieron un poco presionadas inclusive; en la revisión se desarmó todo el carro inclusive los cauchos, se sacó el caucho de repuesto y monté al ciudadano en el Toyota del puesto y lo llevé a la cauchera para que lo revisaran, en este procedimiento realizamos una revisión tan exhaustiva porque como él no se dejaba revisar y también por lo de la llamada, Arellano no se separó del vehículo; para meter esas panelas ahí se requiere hacer lo que yo hice y la puerta no tenía signos de violencia, todo estaba normal, en la parte de atrás estaba levantado por un poquito; en el puesto de Boconoíto no sembramos a nadie, ese no es el trabajo, no tenemos droga para sembrar a nadie, no tengo evidencias ahí; todos mis funcionarios que estaban ahí son excelentes, todos eran responsables, disciplinados, que se esmeran por su trabajo, e.A.C., M.S. y Rojas que fué el que recibió la llamada anónima; los testigos que estuvieron no se apartaron del vehículo; en el vehículo no se encontró más nada, habían unas carpetas, un computador y otros objetos personales; luego todo se mete en la cadena de custodia, se traslada previa notificación a la Fiscal de Drogas y ella me indicó llevara las panelas al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, las cuales eran como de cinco centímetros de ancho por 25, 30 de largo, con cinta plástica color beige; las pesa el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, nosotros allí no la pesamos; yo nunca había visto al Comisario, ni sabia que era DISIP, yo nunca he trabajado en la DISIP, ni en extorsión y secuestro, el Comisariocreó que llamó a sus superiores; a mi nadie me llamó para preguntarme del caso; yo llame al capitán para informarle del caso, luego llegaron varias comisiones de la DISIP y el capitán llegó en su carro particular; los funcionarios de la DISIP decían ese es nuestro jefe, es muy honesto, lo sembraron, yo no creo que haya sido de él, yo les dije por aquí pasan inclusive superiores nuestros, mises y son objeto de revisión igualito, yo no sabia ni quién era el caballero; no tengo amistad o enemistad con él, no lo conocía; yo no maneje ninguna versión de nadie, la investigación determina si lo sembraron o no, yo solo fuí el funcionario que practicó el procedimiento; duramos como una hora, una media hora mientras no se dejaba revisar y como media horas más en la revisión; el funcionario M.S. es un excelente trabajador, no se si trabaja con extorsión y secuestro; después que agarramos al funcionario llegaron muchos funcionarios de la DISIP, pero no conozco a ninguno, no conozco a los nombrados; nunca he trabajado con funcionarios de la DISIP, y si trabajé en algo me los presentaban, los conocía, chao y nunca más lo vi; recuerdo que conocí a uno de bigotes que decía que trabajaba aquí de Jefe, otro medio chinito, el Sargento Linarez me presentó al Jefe DISIP de bigote si no mal recuerdo; en la actuación se procedió a detener al ciudadano y se le leyeron sus derechos, se le quitó el teléfono y se mete en el acta; después fué trasladado a Guanare siguiendo instrucciones de la Fiscal del Ministerio Público ; no nos ofrecieron dinero por ese procedimiento, ni antes, ni después, para mi fué un procedimiento común como cualquier otro, en muchas oportunidades se reciben llamadas, pero la mayoría de los casos es por suspicacia que uno los revisa, uno está para agarrar delincuentes, pero a un funcionario eso no me llena de gloria” .

    A preguntas formuladas por la defensa respondió: “Específicamente la hora no la recuerdo porque no revise el acta para venir aquí y vengo por el hecho que yo practique el procedimiento; recuerdo que estaban de guardia en el punto fijo el Sargento Álvarez y Núñez, yo no monto servicio por ser superior, yo estoy en la oficina y salgo y me estoy un rato afuera, en ese momento estaba adentro en el tráiler; el funcionario Cupertino se encontraba en la cuadra, en la cama descansando y recibió la llamada; a M.S. le había otorgado permiso yo mismo; los turnos los impongo yo para evitar grupos de amigos, yo le di permiso porque estaban trabajando cuarenta y ocho por cuarenta y ocho y un fin de semana si y el otro no, sin embargo, si no había rendimiento se le daba orden de quedarse y si no se le daba permiso normal; mande que llamaran al Sargento que estaba en la pista que viniera a recibir la llamada; cuando tienen el vehículo retenido el funcionario Rojas deja a los funcionarios para que le presten seguridad al vehículo y al ciudadano, luego subió y me dijo que el ciudadano no se dejaba revisar; quedaron a cargo de la seguridad el Sargento Álvarez, Sargento Núñez; en fecha 5-12-2007, no recuerdo retención de leche y azúcar, de todas maneras todas las novedades se dejan en el libro y lo firmó yo; no recuerdo que se haya dado orden a un funcionario a las 7:40 de la mañana para trasladarse a sanidad; no recuerdo si algún funcionario salió; el sargento Rojas estuvo en el procedimiento y el que me informó; Núñez y Á.e. en el trailer para la revisión; cuando lo revisaron no se amotinó, se dejó revisar, yo creo que no se dejaba revisar por el grado que tiene en su institución; no son dos revisiones sino una sola y él me manifestó yo sé que por aquí pasa un individuo con armas y yo no me voy a dejar revisar y ahí fué donde le dije “bueno hermano de aquí no te vas hasta que no se deje revisar”; si hay resistencia al principio pero ya después se dejó revisar; en la llamada anónima no sé si se identificó, lo único que dijo que hablaba como un Colombiano; los testigos no se encontraban al momento de abrir las puertas; luego en el procedimiento no recuerdo funcionarios de la DISIP que conoció, ni si fué antes del 6 de diciembre, pudo ser, al momento de la detención del jefe llegaron muchos a constatar que era el caballero, eran como diez más o menos; uno de esos diez me lo habían presentado antes, medio guajiro, moreno, a ese fué el que me presentaron, me lo presentó un funcionario de la Guardia; la revisión corporal del Comisariono se quien la realizo eso fué abajo, ya cuando subió ya traían el armamento; el vehículo fué revisado primero por el Sargento Rojas, ya que según lo que me manifiesta el Sargento Rojas, ven el armamento, se lo piden para chequear, ahí estuvieron de diez a quince minutos, para ver si se dejaba revisar el Fiesta, hasta que sube a informar que no se quería dejar revisar; no sé cuantas llamadas anónimas recibió M.S.; no tengo conocimiento de dos llamadas y de mi teléfono se llamó a M.S. para informarle que fué positivo, y se le dio las gracias; en la llamada le dicen, viene un funcionario con veinte kilos de cocaína, y le dan las placas y características del vehículo; no indican lugar donde venia la droga, solo las características del vehículo; en ese momento Cupertino está descansando.

    A preguntas realizadas por la Juez respondió: “Para desarmar la puerta me llevó entre cinco a diez minutos; se debe requerir el mismo tiempo para meterlas y rapidito porque lo dejaron mal tapado”.

    La anterior declaración la valora este tribunal como cierta, por emanar de un funcionario público hábil, quien en cumplimiento de sus atribuciones practicó el procedimiento en que se incautó la sustancia ilícita, depuso en forma clara, firme y coherente sobre los hechos ocurridos en la alcabala de Boconoíto, no obstante, su dicho fué contradictorio respecto a todos sus subalternos en relación a que el acusado se oponía a ser objeto de revisión. Los hechos que individualmente se acreditan y que más adelante se concatenaran con los demás órganos de pruebas son:

  73. Que el día 06 de Diciembre de 2007, en horas de la mañana, en el punto de control fijo de la Guardia Nacional en Boconoíto, Estado Portuguesa el testigo personalmente, donde está el trailer, realizó la revisión del vehículo que conducía el ComisarioArellano Quintana, posterior a una primera revisión que fué realizada en la pista por el funcionario Rojas Chirinos.

  74. Que en el vehículo que conducía el acusado, fué encontrado oculto en la parte interna de la puerta izquierdo posterior dos panelas de color beige que contenía en su interior marihuana, que no expedían olor como para alertar que se encontraban allí.

  75. Que el Funcionario M.S. que se encontraba de permiso recibió una llamada anónima de un ciudadano con acento Colombiano quien le suministró las características del vehículo, la placa, que era funcionario y que cargaba 20 kilos de cocaína.

  76. Que una vez hecho el hallazgo de las panelas el Comisario manifestó “brothers me sembraron” y posteriormente al punto de control de Boconoíto llegaron muchos funcionarios de la DISIP quienes indicaban que el Comisarioera su jefe, que no lo podían creer, que eso era que lo habían sembrado y que le presentaron a uno de bigotes que decía que era el jefe de Guanare y a uno como chinito.

    J.B.R.C., previo juramento manifestó ser venezolano, de 48 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.680.291, Guardia Nacional activo, domiciliado en El Peñon, no tener vínculo con las partes, e impuesto del motivo de su comparecencia expuso: “El día seis de diciembre de 2007, me encontraba de servicio Puesto de Control Fijo de Boconoíto y hubo información a través de llamada telefónica de M.S., que me informa que un vehículo fiesta Power verde que venía en sentido Barinas Guanare presuntamente trasportaba sustancias, yo baje a la autopista y luego observe el vehículo y le ordené a Chacón detuviera el vehículo y posteriormente se identificó como funcionario de la DISIP y una vez notificado de ello, le informe al ciudadano que se me identifique, le dije que iba a ser revisado, me lo lleve a la parte de atrás, le informe al Capitán y él indicó que se encargaría del procedimiento con el funcionario Chacón.

    A preguntas formuladas por la Fiscal del Ministerio Público, contestó: “El Sargento M.S. me informó que un vehículo Fiesta Power transportaba droga que se lo habían indicado vía telefónica por una llamada anónima; le di la órden al distinguido que retuviera el vehículo; M.S. me dijo que el vehículo venia en sentido Barinas Caracas con droga; el Teniente Pineda me dijo que jefe a jefe le iba hacer la revisión y yo regrese a la pista; Chacón fué quien ubicó a los testigos.”

    A preguntas hechas por la Defensa respondió: “Pertenezco a la Guardia Nacional y destacado en la alcabala Boconoíto, tengo 21 años de servicio; he realizado tres procedimientos de droga en 21 años; el procedimiento fué el 6-12-2007, entre las 08:00 a 8:30 de la mañana; me encontraba en la sala del comedor al momento de recibir llamada; es un trailer donde está la cocina y el comedor, tiene dormitorio y antesala Jefe de Puesto; los dormitorios están a 3 metros de la sala de Jefe de Puesto; yo me encontraba entre el comedor y la cocina; no recibí llamada a mi celular, sino en el celular del funcionario C.A.; M.S. se encontraba libre (franco servicio); el Sargento Mayor A.C., fué quien recibió la llamada, no sé si M.S. había hablado primero con C.A., sólo me dijo que venía un vehículo sentido Barinas-Caracas y ocultaba droga; al recibir la llamada tome el Jeep y me fuí a la pista y le indique a los dos funcionarios que venía un vehículo con esas características, que tenían que estar pendientes, los funcionarios e.D.C., Distinguido M.S., Distinguido F.N.; cuando venia el vehículo Chacón le solicitó se detuviera a la derecha y se informo que era funcionario de la DISIP, por lo que me acerque al ciudadano y él muy cortés abrió la puerta y dijo revisen; él nunca se opuso en ningún momento, él estaba muy sereno; al momento no se hizo revisión, sólo observe el armamento y se lo retire por seguridad, en eso observe la parte de atrás y le dije que íbamos a revisar y se traslado al trailer para una revisión más minuciosa; al momento le dije a F.N. que informara al Teniente del procedimiento y más atrás fuímos Chacón hasta el Teniente y se identifican, a mi me mandan a la pista; Chacón se encargó de la custodia del vehículo hasta el trailer y le dije a los demás funcionarios se quedaran en la pista; en ningún momento le informe al Teniente que el ciudadano no se quería dejar revisar, al contrario él estaba muy sereno; del puesto al trailer hay 300 metros; Chacón y Álvarez custodiaron al ciudadano; en ningún momento presencie la revisión del vehículo; el Distinguido Chacón, buscó los testigos que estaban en la entrada del pueblo, en la autopista; no recuerdo si el día anterior se incautó azúcar, leche condensada; J.Á. si salía de 7:30 a 11:00 para llevar los procedimientos; M.S. dijo que recibió la llamada anónima de una persona que tenia un dialecto gocho”.

    La anterior declaración la valora este tribunal como cierta, por emanar de un funcionario público hábil en cumplimiento de sus atribuciones, quien depuso en forma clara, firme y coherente sobre la manera en que se practicó el procedimiento en que se incautó la sustancia ilícita, y de la cual se deducen los siguientes hechos:

  77. Que el día 06 de Diciembre de 2007, aproximadamente a las 8:00 a.m a 8:30 a.m., en el punto de control de la Guardia Nacional ubicado en Boconoíto, el testigo recibió llamada telefónica del funcionario de la Guardia Nacional M.S. que se encontraba de permiso, quien le indicó que venía un vehículo Fiesta Power verde con sentido Barinas Caracas, en que traían droga, que se lo habían indicado en una llamada telefónica por un ciudadano con dialecto colombiano.

  78. Que ante la información suministrada el testigo se traslado a la pista e informó a los funcionarios que estuvieran pendientes, momentos en que visualizan el referido vehículo y el funcionario Chacón le solicitó se estacionara a la derecha, que el conductor se identificó como DISIP por lo que el testigo se le acercó y el conductor abrió la puerta y de manera cortez le dijo que revisara y entregó armamento.

  79. Que en ningún momento el Comisario opuso resistencia a la revisión, que por el contrario estaba muy sereno, asimismo que el testigo no le indicó al Teniente Pineda que el ciudadano no se quería dejar revisar.

  80. Que el testigo le ordenó a F.N. informara al Teniente del procedimiento y trasladaron el vehículo al trailer para hacer la revisión más minuciosa de jefe a jefe y al testigo le ordenaron regresara a la pista, quedándose con el Teniente los funcionarios Chacón que fué quien buscó los testigos y F.N..

    H.E.F.N., previo juramento manifestó ser venezolano, de 36 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.547.450, militar activo, domiciliado en Araure estado Portuguesa y no tener vínculo con las partes, impuesto del motivo de su comparecencia expuso: “Eso fué el seis de diciembre de 2007, yo estaba de guardia en la alcabala de Boconoíto, en lo que llega mi Sargento Rojas Chirinos y me informa que había recibido una llamada y que venía un vehículo con droga, se revisa el vehículo y observo el arma de reglamento que se identifico como funcionario de la DISIP, ya con el armamento en mano, me dijo mi Sargento que notificara al Teniente, subí y le dije, y me ordenó que él lo iba a revisar, notifique y me devolví a la pista”.

    A preguntas formuladas por la Fiscal del Ministerio Público, contestó: “Me informó del vehículo Rojas Chirinos; informándome y a escasos minutos llega el vehículo, me dijo Ford fiesta verde, no que era funcionario de la DISIP, el Sargento revisó y sacó el arma; no observe que incautaron droga, el vehículo fué revisado en el tráiler; mi función fué servir de seguridad del Sargento y retener el vehículo; informe al Teniente y me dijo que lo traigan, que yo me encargo de revisarlo; no sé quién llamó a M.S.; en ningún momento presentó el conductor nerviosismo, es el señor presente en sala”.

    A preguntas formuladas por la defensa respondió: “Me encontraba de servicio en Boconoíto, tenia como 6 meses allí; tengo 15 años de servicio; en tres procedimientos de droga he estado, la información me la dan como 8:00 a 8:30 de la mañana, nos encontrábamos Rojas Chirinos, Álvarez y yo, como a los diez veinte minutos pasó el vehículo, yo pare el vehículo a la derecha y Rojas Chirinos fué a identificarlo; estaba de servicio el Sargento y me informa viene el vehículo y se acercó el Sargento y ve el armamento; me dice que lleve el armamento e informe al Teniente y este me dijo que lo suban; en ese momento no se le hizo revisión como debe hacerse, solo lo observamos, sacamos el armamento y nada más; no recuerdo si el Sargento abrió la maletera; la revisión se hizo arriba en el tráiler, no habían más funcionarios todos estaban en la pista; el Sargento me entrega el armamento y que se lo lleve al Teniente y él me giró instrucciones que lo suba al trailer.; subí primero yo solo, le informó al Teniente y me indicó que lo suban, en el trailer estaban otro grupo durmiendo; no recuerdo quienes eran; no recuerdo quien sube el vehículo al tráiler; en el momento que lo pararon en ningún momento tuvo conducta de grosero o nervioso; Chacón fué quien ubico los testigos; estuvo normal la revisión”.

    La anterior declaración la valora este tribunal como cierta, por emanar de un funcionario público hábil en cumplimiento de sus atribuciones, quien depuso en forma clara, firme y coherente sobre la manera en que se practicó el procedimiento en que se incautó la sustancia ilícita, y de la cual se deducen los siguientes hechos:

  81. Que el día 06 de Diciembre de 2007, aproximadamente a las 8:00 a.m a 8:30 a.m., en el punto de control de la Guardia Nacional ubicado en Boconoíto, el funcionario Rojas Chirinos le informó al testigo que venía un vehículo Fiesta Power verde con sentido Barinas, en que traían droga y como a los 10, 20 minutos pasó el referido vehículo.

  82. Que el funcionario Chacón le solicitó al conductor se estacionara a la derecha, que Rojas Chirinos lo identificó y le despojo del armamento por seguridad y le ordenó al testigo informara al Teniente Pineda quien le indicó que subieran el carro para hacerle la revisión.

  83. Que en ningún momento el Comisario opuso resistencia a la revisión, que por el contrario estaba muy sereno, asimismo que el testigo no le indicó al Teniente Pineda que el ciudadano no se quería dejar revisar.

    I.C.Z., previo juramento manifestó ser venezolano, de 31 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.418.329, militar activo, domiciliado en Guanare estado Portuguesa y no tener vínculo con las partes, impuesto del motivo de su comparecencia expuso: “Yo estaba de servicio en la alcabala de Boconoíto, cuando bajó el Sargento Rojas Chirinos y nos informó que iba a pasar un vehículo con ciertas características, en eso venia un vehículo que era Director de la DISIP, se acercó a mi Sargento Chirinos y se pusieron de acuerdo y fuímos a donde mi Teniente y él me dio la orden de buscar las herramientas y después a las testigos, baje y las ubique en la parada pública, subimos, mi Teniente revisó y encontró en la puerta trasera lateral izquierda las dos panelas”.

    A preguntas formuladas por la Fiscal del Ministerio Público, contestó: “Rojas Chirinos venia del Comando, bajando a la autopista y nos informó las características, Fiesta, Power, verde, pasaron entre cinco a diez minutos desde que se suministró la información hasta que apareció el vehículo; mandé a estacionarse el vehículo y me entrevisté con el ciudadano; estaban presente F.N. a mi espalda, pero no sé que hizo él, no observé nada en el vehículo porque no lo revise; no lo revisé porque estaba ocupado hablando con mi Sargento Chirinos; recibí la orden de que subiera con él y el vehículo a entrevistarse con mi Teniente, en el trailer nos recibió el Teniente Pineda; el ciudadano si estuvo presente al momento de encontrar la droga; a parte del Teniente y yo, estaba el funcionario Álvarez; la incautación la hizo el Teniente y sí vi cuando la sacaron; se utilizó para sacar la tapicería un destornillador de paleta y de estrías y se encontraron dos panelas en la parte lateral izquierda de atrás del vehículo; mi Teniente nos dio la órden de revisar con Álvarez el resto del vehículo; Rojas Chirinos nos dijo pendiente que viene un vehículo con las siguientes características, que trae droga, al momento no sabía que había una llamada; fué Sargento Rojas Chirinos quien le solicitó el arma; creo que le pidieron el armamento, porque en la pista no se revisó el vehículo; yo vi el arma en el trailer que mi Teniente estaba revisando; los testigos los fuí a buscar yo en la parada de pasajeros, eran dos testigos mujeres; estuvieron al momento de la revisión; se realizan dos revisiones hasta el momento que consigue la droga mi Teniente; en la primera revisión que hizo el Teniente se encontró la droga; no sé en quien quedó la custodia del arma; yo tuve la custodia de los celulares del señor; luego me enteré que había sido por una llamada, que había recibido M.S., quien llamó al Sargento Chirinos, pero no se de boca de quien, M.S. estaba de permiso”.

    A preguntas formuladas por la defensa respondió: “Tengo 8 años de servicio en la Guardia Nacional, en Boconoíto tenía 1 mes; el procedimiento fué el 6 de diciembre de 2007, la hora en que informan Rojas Chirinos fué como entre 8:00 a 8:30 a.m; estábamos en la pista el Sargento Flores, uno más antiguo Rojas Chirinos y yo; mi guardia comenzó a las 07:00 de la mañana, Álvarez salió a llevar un procedimiento a Guanare; si se registra la salida de los funcionarios en el libro de novedades; no sé a qué hora llegó o por donde llegó Álvarez cuando íbamos a revisar el vehículo; la revisión del vehículo la hizo el teniente, en el vehículo yo no vi ninguna arma de fuego, cuando lo paramos el señor se bajo y se dejo revisar sin ningún problema, no me consta como fué la entrega del arma; en ningún momento opuso resistencia; pero si hubo nerviosismo porque se dedicó a atender su teléfono, él me decía chequealo y hablaba por teléfono, no hubo ningún tipo de resistencia u oposición; me indicaron que lo subiera al trailer con el vehículo, el Teniente se encontraba en el tráiler; estábamos en el trailer el Teniente y yo, yo no vi que le hicieron revisión personal, en el momento de la revisión estaban el Teniente, los testigos y yo presentes; los testigos fueron buscados previo a la revisión del vehículo; la puerta estaba desajustada un poco, en la tapicería suelta, para desarmar la puerta seria un minuto lo que utilizó el Teniente; se requiere la misma operación de desarmar para armar; al quitar la tapicería está un forro plástico transparente que tenia el roto; el Teniente llamó a los testigos para que observaran; habían panelas envueltas en cinta para embalar, color marrón, no recuerdo si el Teniente cortó y exhibió panela a los testigos”.

    La anterior declaración la valora este Tribunal Mixto como cierta, por emanar de un funcionario público hábil en cumplimiento de sus atribuciones, quien depuso en forma clara, firme y coherente sobre la manera en que se practicó el procedimiento en que se incautó la sustancia ilícita, y de la cual se deducen los siguientes hechos:

  84. Que el día 06 de Diciembre de 2007, aproximadamente a las 8:00 a.m a 8:30 a.m., en el punto de control de la Guardia Nacional ubicado en Boconoíto, el funcionario Rojas Chirinos bajó a la pista y les solicitó estuvieran pendientes que venía un vehículo Fiesta Power en que traían droga.

  85. Que a los cinco, diez minutos observaron el vehículo y le solicitó se estacionara a la derecha, que el conductor se identificó y decía chequealo y en ningún momento opuso resistencia a la revisión, que el conductor se dedicó a hablar por teléfono.

  86. Que el funcionario fué quien buscó los testigos en la entrada al pueblo y las herramientas para que el Teniente Pineda hiciera la revisión, que el teniente quitó la tapicería de la puerta izquierda de atrás del chofer y encontró dos panelas forradas en cinta de embalar marrón.

  87. Que al momento en que el funcionario ordena estacionar el vehículo desconocía que era por una llamada que había recibido el funcionario M.S., que de eso se enteró después, que M.S. había llamado a Rojas Chirinos.

    J.R.M.S., previo juramento manifestó ser venezolano, de 44 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.316.001, militar activo, domiciliado en Acarigua estado Portuguesa y no tener vínculo con las partes, impuesto del motivo de su comparecencia expuso: “Yo en verdad no estuve en el procedimiento, porque yo estaba de permiso, yo solo recibí la llamada de un anónimo que me dijo que si yo era el Sargento Méndez y me dijo que me iba a dar una información de una droga que venia de Barinas para Caracas, en un vehiculó Fiesta Powers verde, llamé al Teniente y no me contestó, entonces llame a Rojas Chirinos y le di la información, él que llamó tenía como acento Colombiano o Andino, en eso me volvió a llamar y me dijo que pasó con el man, revisen bien en la puerta de atrás, yo le dije no sé porque yo llamé, entonces llamé al Teniente y me dijo si ya tenemos al vehículo y resultó ser un funcionario de la DISIP”.

    A preguntas formuladas por la Fiscal del Ministerio Público, contestó: “Recibí la llamada entre las 8:00 de la mañana, y llame a Boconoíto, inmediatamente pasarían como cinco o diez minutos; el vehículo me lo describieron Fiesta Powers verde, me dio la placa pero no la recuerdo; yo me encontraba libre de permiso, cortándome el pelo en una barbería, llamé al Teniente y como no pude hablar con él, llame al Sargento Rojas que era de guardia; me llamó una segunda vez pero no era el mismo número, pero si el mismo acento, que revisara la puerta y el tablero; me enteré después del procedimiento que era funcionario de la DISIP; me dijo agarren a ese tipo, “ ese man me hizo una y me la va a pagar”; cuando declaré en la Fiscalía yo suministré los dos números de teléfonos que me llamaron y quedaron registrados; entre una llamada y otra pasarían de veinte a treinta minutos; me entere que detuvieron el vehículo como a las 11:00 de la mañana que me llamó el Teniente”.

    A preguntas formuladas por la defensa respondió: “Tengo 22 años de servicio, varios procedimientos de droga, no se cuántos; eso fué el 06 de diciembre de 2007; la primera llamada fué a las 8:00 de la mañana, me dijeron que el vehiculó se trasladaba a Caracas, que pasaba cada 15 días; llamo a Rojas Chirinos, primero llamó al Teniente Pineda y no cayó la llamada; yo llame a C.A. y me dijo yo estoy aquí durmiendo te voy a pasar a Rojas Chirinos; le informe a Rojas Chirinos que había recibido llamada anónima y le di las características del vehículo; la segunda llamada fué veinte minutos después y me decía que pasó con el man, el dijo que el man le había hecho una vaina y me la tiene que pagar; yo creo que eran llamadas de un celular y se los di a la Fiscalía, yo no averigüe para saber; yo tenia en Boconoíto como cuatro o cinco meses; conozco al funcionario de la DISIP Emiliano, trabajamos grupo extorsión y secuestro, amistad de trabajo porque antes no había compartido; días antes al 06-12-2007, pasó Emiliano y me saludó y me pidió el número de mi celular y yo le di el mío; yo le conté a Emiliano que en el río Anaro habían pasado a un señor encapuchado, la primera vez que nos vimos me pidió el teléfono; la segunda vez lo llamé para darle la información de un secuestro; como a las once o doce el Teniente me llamó y fué que tuve conocimiento que el detenido era de la DISIP; con G.T. trabajé en un grupo unificado y él no se acercó a la alcabala; Emiliano iba con un funcionario en una camioneta blanca y de ahí para acá con dos funcionarios; no recuerdo exactamente haberlos visto en la alcabala; yo creo que se trata de un siembre por las características del caso y la experiencia.

    La anterior declaración la valora este tribunal como cierta, por emanar de un funcionario público hábil, rendida en el debate con las formalidades de ley, siendo el testigo firme y coherente en su narración sobre el conocimiento que obtuvo de los hechos que dieron origen al procedimiento en el punto de control fijo de Boconoíto, siendo coincídente su declaración con la de los demás funcionarios de la Guardia Nacional, asi como con la exposición realizada por el funcionario jubilado de la DISIP Sarrameda, respecto a la presencia del funcionario E.H. en la alcabala días anteriores al 6 de diciembre de 2007. Los hechos que individualmente se acreditan y que posteriormente serán correlacionados con los demás órganos de prueba son:

  88. Que el funcionario de la Guardia Nacional el día 6 de diciembre de 2007, se encontraba de permiso y recibió siendo las 8:00 de la mañana una llamada en su teléfono celular de un ciudadano anónimo, con acento andino o gocho, quien le indicó que por la alcabala en sentido Barinas Caracas iba un vehículo Fiesta Power, verde y le suministró la placa, en el que llevaban droga, que lo agarraran ahí.

  89. Que ante la información recibida el funcionario llamó al Teniente Pineda y como no pudo comunicarse con él, llamó al funcionario C.A. quien estaba de guardia, pero que este le indicó que estaba descansando por lo que le pasó al funcionario Rojas Chirinos y le suministró la información.

  90. Que después de 20 a 30 minutos de la primera llamada, recibió el testigo una segunda llamada del mismo sujeto anónimo, pero de un teléfono celular distinto, números que el testigo suministró a la Fiscalía y que en esta oportunidad le preguntó que había pasado con el man (sic), que ese man (sic) le había hecho una vaina y se las tenía que pagar, que revisaran bien el tablero y las puertas.

  91. Que el testigo conoce al funcionario de la DISIP E.H., con quien días antes al 6 de diciembre de 2007, había conversado y le había pedido el número de su celular y a su vez le dio el de él, que Emiliano andaba con otro funcionario en una unidad blanca; que trabajo con Yiovanny Torres pero no habló con él.

  92. Que el testigo tuvo conocimiento que habían retenido el vehículo y que el detenido era un funcionario de la DISIP como de 11 a 12 que lo llamó el Teniente Pineda.

  93. Que por sus máximas de experiencia considera que se trató de un siembre por la manera como ocurrieron los hechos.

    J.O.Á.R., previo juramento manifestó ser venezolano, de 31 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.738.248, militar activo, domiciliado en Guanare y no tener vínculo con las partes, impuesto del motivo de su comparecencia expuso: “ Eso fué el 6 de diciembre de 2007, aproximadamente a las 9:00 de la mañana, nos encontramos en el punto de control fijo Boconoíto, el primer turno al mando del Sargento Chirinos, quien nos informó que el Sargento Cupertino le informó que en sentido Barinas-Guanare venia un vehículo Ford Fiesta Power y debía ser revisado, nos giraron instrucciones y en lo que venia el vehículo se ordenó estacionar a la derecha, le informaron al ciudadano que iba a ser objeto de revisión y el ciudadano se identificó como funcionario de la DISIP, luego revisaron el vehículo Sargento, Chacón y Teniente Pineda y en la puerta encontraron 2 panelas rectangulares contentivas supuestamente de droga”.

    A preguntas formuladas por la Fiscal del Ministerio Público, contestó:”Estaba en el punto de control como de 8:30 a 9:00 de la mañana; me informó el Sargento Rojas Chirinos; a Rojas Chirinos le informó Cupertino; no sé quién llamó a Cupertino; Cupertino estaba descansando y mando a llamar a Sargento Rojas Chirinos; el vehículo lo detuvieron Chirinos y Chacón; me encontraba de seguridad y vi cuando sacaron la droga, la sacó el Teniente Pineda; los testigos los buscó F.H., estaban en la autopista esperando buseta; el ComisarioArellano portaba arma y quedó en manos de Rojas Chirinos; en la pista estábamos el Sargento F.H., Chacón y yo con Rojas Chirinos; mi función fué solo de seguridad; el Sargento Cupertino también le informó al Teniente Pineda; me entere después cuando nos llamaron a Fiscalía que había sido M.S. quien llamó a Cupertino”.

    A preguntas formuladas por la defensa respondió: “El primer turno de pista comienza a las 07:00 de la mañana nos encontrábamos Rojas Chirinos, Flores, Chacon, y mi persona; me levanté a las 07:00 de la mañana y antes de recibir la guardia fuí a llevar al puesto de las Guafillas, un vehículo camión Encava por una infracción de seguridad; esa cava había sido retenida en la noche, era leche condensada y debía llevarlo al puesto las Guafillas; en el libro de novedades debe quedar el sitio a donde se dirige, solo fuí a las Guafillas y entregué la cava; regrese al punto Boconoíto a las 7:30 8:00, de la mañana; el Sargento Rojas Chirinos estaba en puesto Boconoíto, pista, y Cupertino lo manda a llamar a las 8:30 de la mañana que estaba descansando en el trailer; Rojas Chirinos me indicó que venia vehículo Fiesta Power, verde y debía pararlo y revisarlo, habían pasado 15 minutos cuando venia el vehículo; el conductor andaba vestido deportivo, mono azul, franela blanca; mi función fué de seguridad, estaba a un metro de mi compañero; no hubo resistencia en ningún momento a la revisión; en la pista revisaron el vehículo solo de identificación, pero la revisión en si fué arriba en el trailer; ahí no abrieron maleta; el vehículo lo condujo el mismo ciudadano en compañía de Rojas Chirinos; el ciudadano se entrevistó con el Teniente Pineda, no sé que le dijo, mi función era seguridad; F.H. ubicó los testigos; O.M. quedó en la pista; subieron Rojas Chirinos, H.F. que buscó testigos y Chacón; al mismo momento de la revisión se encontraban los testigos; el armamento se le incauta en la pista; se inicio revisión por el maletero y concluyó por la puerta”.

    La anterior declaración la valora este tribunal como cierta, por emanar de un funcionario público hábil en cumplimiento de sus atribuciones, quien depuso en forma clara, firme y coherente sobre la manera en que se practicó el procedimiento en que se incautó la sustancia ilícita, y de la cual se deducen los siguientes hechos:

  94. Que el día 06 de Diciembre de 2007, aproximadamente a las 8:00 a.m a 8:30 a.m., en el punto de control de la Guardia Nacional ubicado en Boconoíto, el funcionario Rojas Chirinos le informó al testigo que venía un vehículo Fiesta Power verde con sentido Barinas, en que traían droga y como a los 10, 20 minutos pasó el referido vehículo.

  95. Que se le solicitó al conductor se estacionara a la derecha, seidentificó como funcionario de la DISIP y Rojas Chirinos le incautó el armamento por seguridad y ordenó informaran al Teniente Pineda quien indicó que subieran el carro para hacerle la revisión.

  96. Que en ningún momento el Comisario opuso resistencia a la revisión.

  97. Que en la revisión el Teniente Pineda encontró en la parte de la puerta de atrás del chofer dos panelas, en presencia de testigos que había buscado previamente el funcionario F.N..

    J.F.O.G., previo juramento manifestó ser venezolano, de 27 años de edad, residenciado en Guanare, titular de la cédula de identidad N° 16.476.985, de profesión Técnico Superior en Criminalística, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y no poseer vínculo con las partes, quien en su condición de experto ofrecido por la Fiscal del Ministerio Público, reconoció haber practicado experticia N °9700-254 008, de fecha 30 de enero de 2008, expuso: “ Me fué suministrado a los fines de practicar experticia de reconocimiento un porta credencial, elaborado en cuero de color negro; una chapa identificativa en forma circular de color amarillo; un carnet identificativo, elaborado en material sintético color blanco, en el que se l.R.B.d.V.. DISIP, credencial; un carnet identificativo, elaborado en material sintético color amarillo, a nombre de J.O.; un carnet identificativo, elaborado en material sintético color blanco; un teléfono celular marca MOTOROLA, modelo racel, serial número HEX 1405D5659UJ, confeccionado en material sintético de color gris; un teléfono celular marca LG, modelo MD-185, serial número 607MXHBO762697, fabricado en material sintético color gris oscuro y negro; dos cargadores metálicos, color negro, con capacidad para albergar balas del calibre 9 milímetros, en columna simple; veinte balas para armas de fuégo tipo pistola, calibre 9, milímetros, con inscripciones a nivel de su culote donde se l.C.; un arma de fuégo tipo pistola, con las siguientes caracteristicas: Tipo: Pistola, Marca: Prieto Bereta, Calibre: 9 mm, Serial: BER2744302, destinadas cada uno a su uso propio.”

    Las partes no formularon preguntas.

    La anterior declaración la valora este tribunal como cierta, por emanar de un funcionario hábil con los conocimientos propios de su profesión, quien practicó la experticias en ejercicio de sus atribuciones como experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quien depuso en forma clara, firme, conteste y coherente sobre la misma, acreditándose con su dicho única y exclusivamente la existencia de las evidencias físicas que fueron incautadas y el destino propio de cada una de ellas.

    L.J.C., previo juramento manifestó ser venezolano, de 40 años de edad, residenciado en Guanare, titular de la cédula de identidad N° 7.446.106, de profesión Técnico Superior en Criminalística, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y no poseer vínculo con las partes, quien en su condición de experto ofrecido por la Fiscal del Ministerio Público, reconoció haber practicado experticia N °9700-254 749, de fecha 10 de enero de 2008, expuso: “ Esta fué una experticia para ver la capacidad de una puerta en su parte interna, su ancho, espesor, longitud fué solicitada por la Fiscalía del Ministerio Público ”.

    A preguntas formuladas por el Fiscal del Ministerio Público respondió: “ De acuerdo al volumen que se menciona allí, que sea menos de 9,5 de espesor y 53 centímetros de longitud por profundidad, puede fácilmente ocultarse allí; por las medidas de las panelas 23 centímetros de largo, 16,5 de ancho, 7 de espesor, si se puede albergar y además por el tipo de sustancia se puede hacer presión, entran las 2 panelas”.

    A preguntas del Defensor contestó: “Fué una experticia solicitada por la Fiscalía por oficio, en la que se hace énfasis en la puerta para establecer medida, sólo se requería medida, capacidad y volumen; no puede establecerse con esta experticia qué tipo de sustancia se guardada allí o identificar a la persona.”

    En este estado le fué exhibida al funcionario experticia q N°9700-254 742, de fecha 18 de diciembre de 2007, reconoció haberla practicado y expuso: “Es una experticia de barrido que se le practicó al vehículo descrito Fiesta Power color verde, alfanuméricas JAM-43P, en sus puertas, se toman las muestras y se embalan las evidencias con las letras A, B, C y D y se remiten al laboratorio”.

    Las partes no formularon preguntas al experto.

    Finalmente, le fué exhibida al funcionario experticia química de activación especial N °9700-254 743, de fecha 17 de diciembre de 2007, reconoció haberla practicado y expuso: “Se basó en la búsqueda de rastros dactilares, se describe el envoltorio y se hace la experticia de reactivación de huellas dactilares. No se registraron rastros para su identificación”.

    Las partes no formularon preguntas

    La anterior declaración la valora este tribunal como cierta, por emanar de un funcionario hábil con los conocimientos propios de su profesión, quien practicó las experticias en ejercicio de sus atribuciones como experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quien depuso en forma clara, firme, conteste y coherente sobre la misma. Con la anterior declaración se acreditan los siguientes hechos:

  98. Que el funcionario practicó experticia física a un vehículo Fiesta Power color verde, alfanuméricas JAM-43P, en lo que respecta a la capacidad de la puerta posterior izquierda del vehículo antes mencionado, y que por las medidas de las dos panelas de marihuana y la longitud y profundidad de la parte interna de la puerta si podían ser introducidas allí.

  99. Que se practicó experticia de barrido al vehículo Fiesta Power color verde, alfanuméricas JAM-43P, en sus puertas, se tomaron muestras de material heterogéneo se embalaron y se remitieron al laboratorio.

  100. Que se practicó experticia química de activación especial de rastros dactilares a las dos panelas en las que no se localizaron rastros dáctilares legibles para su individualización.

    Y.E.O.O., previo juramento manifestó ser venezolano, titular de la cédula de Identidad Nº 12.646.942, de 35 años de edad, domiciliado en Guanare, T.S.U. adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y no poseer vínculo con las partes, quien en su condición de experto ofrecido por el Fiscal del Ministerio Público, le fué exhibida experticia de reconocimiento y regulación real N°9700-057-347-729, de fecha 06 de diciembre de 2007, reconoció haberla practicado y expuso: “ “Se le practicó experticia a un vehículo para determinar su existencia, así mismo como su valor real, siendo un vehículo clase automóvil, Marca: Ford, Modelo: Fiesta, Tipo: Sedán, Color: verde,. Placas: JAM-43P, Año 2004, con el serial de carrocería y motor original, y no aparece solicitado.”

    Testimonio que se estima como cierto por emanar de funcionario hábil y capaz con los conocimientos propios de su profesión, quien depuso en el debate de manera directa y clara, llevando la convicción única y exclusivamente en lo referente a la existencia del vehículo clase automóvil, Marca: Ford, Modelo: Fiesta, Tipo: Sedán, Color: verde,. Placas: JAM-43P, Año 2004, con el serial de carrocería y motor original, y no aparece solicitado.

    C.A.V.T., previo juramento manifestó ser venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.820.353, de 45 años de edad, periodista, con domicilio en la ciudad de Barinas y sin vínculo con las partes, quien impuesto del motivo de su citación expuso: “Previamente había ocurrido un procedimiento y según información que teníamos de segunda mano y que se había practicado un procedimiento en que se incautó droga y al segundo día por información de muy buena fuente se obtuvo información muy fundada que se presumía que el funcionario era victima de ésta situación”.

    A preguntas de la Defensa manifestó: “En mi caso obtuvimos información fidedigna de fuentes extraoficiales en que se sabía que detrás del caso había problemas internos DISIP-Barinas porque habían funcionarios en secuestros; previamente si se sabia de mafia de secuestro, no se señalaban nombres, habían unos pero no recuerdo, eso es muy delicado; siembra es la terminología que se utiliza, porque se presumía que fué un plan fraguado en contra del Comisario; no conocía antes al Comisario, solo lo vi en una rueda de prensa en la Guardia Nacional; la DISIP nunca tiene comunicación con los medios; no obtuve información referencial del Comisario”.

    A preguntas de la Fiscal del Ministerio Público contestó: “Fuentes de primera mano es un Jefe de Organismo o autorizado donde se confía información pero no sé identifica; de segunda mano ya estaba referida a funcionarios de rango inferior; se recibió información de primera y segunda mano en este caso; se recibió de primera mano ya existía dentro del mundo policial que habían funcionarios involucrados y de hecho se habían abierto investigaciones y la hipótesis que más surgió fué esa, más el ambiente que estaba circundando y concluimos que esa era la hipótesis más fuerte; hipótesis es algo que está por comprobarse; los periodistas manejamos como hipótesis, la justicia comprobará; el titulo de la nota de prensa es una hipótesis porque hay elementos que no podemos comprobar cien por ciento; sembró es una hipótesis, es del argot policial, periodístico, así como occiso es una persona que muere violentamente; la fuente era confiable; fuente directa de los jefes policiales, llegar al sitio pero en este caso llegamos tarde; no fuimos al sitio el día del decomiso; dicen que el procedimiento fué por el grupo GAES porque ellos llegaron; cuando uno redacta no lo asevera personalmente, sino se tiene conocimiento, se presume, toda la vida se investiga periodísticamente secuestro hasta donde uno pueda; si siguen produciéndose secuestros en Barinas; A Frangel Arellano creo que lo conozco; a Y.B. lo conozco de la DISIP y marido de una amiga mía que es funcionaria de la policía y él de vez en cuando informaba de liberación; a los demás no los conozco; hay fuentes de primera mano en el CICPC y Guardia Nacional y de segunda mano también.”

    La anterior declaración la valora el Tribunal por haber sido vertida bajo las formalidades de ley, por un testigo que fué coherente y firme en su narración de la manera como obtuvo conocimiento de los hechos objeto del debate como periodista no cayendo en contradicción, pero obviamente con la reserva de la fuente de información. Los hechos que individualmente se aprecian y que más adelante se concatenaran con las demás pruebas son los siguientes:

  101. Que el testigo en su condición de periodista tuvo conocimiento por fuentes que calificó confiables y de primera mano por tratarse de altos funcionarios de los organismos de seguridad que la tesis que más fuérza tenía era que al ComisarioArellano le habían sembrado droga.

  102. Que al día siguiente a los hechos se manejaba la hipótesis de que habían problemas internos en la DISIP Barinas porque habían funcionarios involucrados en secuestros y se habían aperturado investigaciones y que el Comisarioera víctima de esa situación.

    C.A.C.C., previo juramento manifestó ser venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 10.352.300, de 39 años de edad, servidor público, con domicilio en la ciudad de Caracas y sin vínculo con las partes, quien impuesto del motivo de su citación expuso: “Ese mismo día se recibe la novedad en la sede Central de nuestro Despacho en la DISIP para ese momento, División de los Servicios de Inteligencia y Prevención, en la ciudad de Caracas, para ese entonces yo me desempeñaba como Jefe de la Unidad de Casos Especiales de la Dirección Nacional de Contra Inteligencia de la DISIP, en virtud de que todas las bases territoriales de nuestra geografía están adscritas a esa dirección, fuímos comisionados para que en estos casos, para que nuestra organización se especialice, entonces nos comisionó la superioridad a fin de indagar las circunstancia de los hechos que se estaban describiendo, y máxime que, la relevancia, primero por el tipo de delito que supuestamente se había cometido y la persona que estaba siendo señalada que para nosotros, en un cargo de muchísima responsabilidad y más en la zona y el estado donde se desempeñaba la gerencia de la base de contrainteligencia del Estado Barinas, entonces fuímos comisionados un grupo de funcionarios, nos trasladamos, comenzamos a hacer la coordinación con la base, partiendo de las informaciones previas que se había recabado, y fué donde, fuímos determinando porque nos trasladamos a la alcabala de Boconoíto, conocimos de una serie de llamadas previas antes de que se cometiera el hecho, tratamos de establecer los niveles de responsabilidad, los errores internos para apoyar la Consultaría Jurídica Interna de nuestro Despacho y a la Inspectoría General de los Servicios a los fines de establecerse los errores administrativos, si había alguna responsabilidad por parte del ComisarioJ.A., recabando todos esos elementos de convicción, pudimos establecer en orden interno, que hubo participación de otros funcionarios de nuestro Despacho, en virtud de que ante la Dirección de Contrainteligencia, cursaban informes confidenciales, de seguridad de Estado donde se establecían la participación de funcionarios lamentablemente de nuestro servicio, en hechos irregulares, hechos delictivos, tales como la extorsión, el secuestro y otra serie, había una componenda con otros funcionarios de otras instituciones, tales como el GAES, el CICPC y todo eso, ya por la parte de inteligencia se estaba manejando toda esa situación, una vez nosotros, un poco para aclarar como más o menos funciona nuestra organización en este sentido, se hace una investigación de campo, desde el punto de vista de contrainteligencia lo que nosotros habíamos observado y elaboramos un dossier que para efecto no surte ningún efecto ni administrativo, ni penal, ni nada, nosotros manejamos e informamos y una vez se establece en el órgano jurisdiccional de orden interno a quien le corresponde, con la asesora legal nacional se determina si bueno, vamos a notificar al Ministerio Público , porque estamos presuntamente en presencia de un hecho punible, se hacen las coordinaciones pertinentes, y se abre la averiguación, abierta a través de la dirección nacional de investigaciones o en el caso que seamos comisionados, más o menos en ese orden de ideas, luego comenzamos a trabajar, luego que recabamos nos dimos cuenta, que efectivamente habían elementos suficientes para poder inferir, que efectivamente unos funcionarios de nuestro Despacho que colocaron, primero que el vehículo donde se consiguió la droga no era de uso exclusivo del ComisarioJ.A. Jefe de la Delegación, porque eso está plasmado en nuestro libro de novedades que llevamos diario, y posteriormente que hubo comunicación entre ellos, antes de la salida del ComisarioArellano y se determinó que en el sitio y el lugar donde se produjeron llamadas notificando a la Alcabala de la Guardia Nacional ubicada en Boconoíto, vía Portuguesa, donde le manifestaban que iba una persona, con tales características, describen exactamente las características del vehículo tripulado por el ComisarioJ.A., aparte con mucha anterioridad, al Comisariohubo una funcionaria que le solicitaba constantemente que le diera la cola a la ciudad de Caracas, esta funcionaria por sin razones o sea sin justificación alguna, aparente, el mismo día en la mañana, cuando ya se trasladaba a la ciudad de Caracas, ella desiste de ir, no aparece, de hecho el Comisariola estuvo llamando y no apareció, que estaba en una cola, cuando sabemos que no había tráfico a esa hora, todo eso se determinó y tenemos la relación de llamadas donde nos ubica tiempo y lugar, a parte de esas llamadas, que se producen en la alcabala que fueron 2, donde ya al Comisariole habían hecho una primera revisión del vehículo, la delegación tuvo conocimiento y le preguntó que si necesitaba apoyo, la cual él dijo que no, que no había problema, porque era una revisión de rutina, que él iba a la ciudad de Caracas a rendir cuentas de su gestión, a la instancia superior y aparte a cumplir con los estudios que estaba cursando allá en la sede del Helicoide, un convenio que hay con la Universidad S.R.; se produce una segunda llamada de parte de sujeto desconocido, a esa alcabala, a un Sargento de la Guardia, que a la vez hace contacto con la alcabala, llama a la alcabala de Boconoíto dice, mira háganle la revisión y le describen, busca en tal y tales sitios específicos del vehículo, que allí esta la droga y ellos hablaban entre 20 kilos entre blanco y monte decían ellos, según sus relatos, a lo que los funcionarios de la Guardia Nacional proceden a una nueva revisión es donde manifiestan que consiguió, que un hallazgo que una presunta droga allí en el interior del vehículo, nosotros conociendo ya estos hechos comenzamos a hacer un trabajo de campo, o sea la valoración de estudios reales, de los datos tecnológicos, las tranzas comunicacionales, funcionales todo eso, que ahí es donde conocemos los números que portaban para el momento los funcionarios, de un plan de ubicación que existe en nuestra delegación, de cada uno de los funcionarios donde está plasmado dirección ,teléfono, todo eso, tomamos todos esos datos y comenzamos a procesarlo, entonces determinamos por la información que nos provee la empresa de comunicaciones que en este caso fué Movistar, si Movistar, ella nos da una serie de datos, donde dice ubicación geográfica, frecuencia de llamadas de la persona, una serie de cosas, nosotros analizamos todo estos números, pedimos datos filiatorios de algunos y arrojaron efectivamente estaban a nombre de unos a terceros y otros efectivamente a nombre de unos funcionarios, lo cotejamos con la data que nos está dando la delegación y efectivamente se determina que el usuario de cada uno de esos teléfonos eran, tal o cuales funcionarios, nos vamos a la ubicación geográfica, la ubicación geográfica nos da un punto, en la avenida Cuatricentenaria, donde se producen ambas llamadas a el Sargento de la Guardia Nacional y ubicamos también donde estaba para el momento de la llamada el Sargento de la Guardia Nacional y él se comunica con la alcabala de Boconoíto para pasar la novedad, a lo que los funcionarios atienden al llamado de la presunta comisión de ese hecho punible, ellos lo interceptan, el vehículo con los datos que ya sabemos, lo interesante de todo esto, los que estamos analizando sabemos que en el tiempo, en el mismo tiempo que se estaba produciéndose las llamadas de un teléfono de telefonía formal, que logramos establecer donde estaba que lo vamos a ver en las presentaciones estaban ubicados en esa misma avenida Cuatricentenaria hubo 2 funcionarios nuestros, adscritos a esa delegación que también se encontraban en las mismas horas, en esos sitios, una vez que evaluamos las características del sitio, determinamos según nuestro análisis, que es, un sitio lo que le llamamos, un sitio de observación, porque era en una redoma, que era paso obligado de cualquier persona que se traslade vía terrestre de la ciudad de Barinas hacia Caracas, hacia estos lados, entonces esa es la razón que inferimos, por la cual decidieron tomar ese sitio especifico, para ver el momento en que pasaba el vehículo, que efectivamente iba tripulado por el Comisarioy todo eso, entonces luego llamar a la alcabala a los fines de ser interceptado, para neutralizarlo ¿por que para neutralizarlo?, porque el ComisarioJ.A. en el ejercicio de su gestión de mando y dirección del personal, se había determinado a través de las labores de inteligencia y contra inteligencia que habían funcionarios que estaban presentando conductas irregulares, por lo cual a través de los órganos correspondientes lo venia informando a la superioridad, ya por alguna razón se fugó la información en el orden interno y los funcionarios decidieron neutralizarlo de esa manera todo eso fué, producto del análisis que hicimos y se estableció en el tiempo antes, durante y después de la llamada y antes, durante y después del hecho, del hallazgo de esa presunta droga en el vehículo que conducía el ComisarioJ.A., las conexiones y comunicación entre un grupo de funcionarios que por eso es que por este motivo que haya sido nombrado en las averiguaciones de orden interno y por que se han tomado, se tomaron ya de hecho o sea en el Despacho en aras de sanear y de sancionar pues al que haya cometido irregularidades en el ejercicio de las funciones, ya se tomaron algunas acciones de tipo administrativo con investigaciones y todo lo que arrojó, con lo que determinaron en las investigaciones de orden interno y la razón por la que nosotros estamos acá, seguimos siendo, los que comisionaron dentro del orden interno de nuestra superioridad, de nuestro ciudadano Director General en los que los cuadros jerárquicos a los fines de atender el caso, en virtud de que para nuestro Despacho según lo que manejamos de orden interno tenemos, hemos determinado que el ciudadano ComisarioJ.A. a sido victima de una neutralización por parte de los funcionarios que se torcieron en el camino, esa es nuestra humilde apreciación, a los que hemos llegado en nuestro Despacho y la razón por la cual estamos acá en aras de la búsqueda de la verdad y que se haga lo justo, por supuesto atendiendo y dando la cara en el orden legal, pero de verdad Doctora me veo obligado y la necesidad de verdad de comentarle, esto que nuestro Despacho ya, para el Despacho institucionalmente hablando, esta situación es más que un caso porque de verdad que no puede ser que hombres honestos al servicio de la patria por hacer lo que tienen que hacer en el ejercicio de sus funciones, por tratar de limpiar y mantener el buen orden y ese servicio público al que nos debemos con esa mística y esa vocación de servicio, entonces vayan a ser neutralizados y victimas de estas agresiones que producen no solamente el daño a la privación de la libertad sino a otros daños morales, físicos, el desprestigio y una serie de situaciones pero aquí, esa fué una de las intenciones de estos señores, por el contrario por lo menos en el orden institucional lo que se ganaron fué un gran repudio, un gran rechazo, en vista de que, por lo menos en el orden interno conocemos la trayectoria, se conoce la trayectoria del ciudadano Comisarioy se determinó pues, por lo menos en las investigaciones y en todas las instancias y en nuestro Despacho, con todos los recursos que se aplicaron en aras de conseguir la verdad, de que fué victima de una lesión por parte de ellos, que dio como consecuencia, producto del rechazo de todas las direcciones, pero necesariamente de casi todos los sectores y en la jefatura pues porque si esto sucede para un funcionario de alta jerarquía, de confianza, de una trayectoria impecable en nuestra organización, que quedara para los demás, entonces para nosotros es un deber de estar aquí y dar la cara y llegar hasta la ultima consecuencia, en aras de la verdad y de acuerdo a la situación, eso es, más nada sobre ese asunto y todo eso seria una síntesis de la combinación de todo lo que en el tiempo pudimos recabar llegamos a la inferencia y posteriormente a la conclusión que la plasmamos tal cual, se la presentamos a la Superioridad, a una de las instancias de la Consultoría Jurídica Nacional, a la Inspectoría General de los Servicios que es la garante de la disciplina de orden interno, por supuesto a nuestros Directores y de ahí imagínese a otras instancias, tal cual así lo presentamos es un trabajo con la Defensa, es un trabajo con la Fiscalía, tratando de apoyarlos en todo lo que se pueda, hemos solicitado las relaciones de llamadas, todo lo que podamos dentro de nuestros recursos técnicos, inclusive se ha comisionado dentro de nuestra misma organización, en diferentes departamentos a los fines de acotejar y de evitar, en virtud de que hay funcionarios involucrados que no se produjera algún mal manejo y para que la superioridad cotejara y se estableciera pues de manejara cierta con esos elementos técnicos científicos que nos da nuestra telefonía, si efectivamente quien está diciendo la verdad, porque a fin de cuenta todos los análisis condujeron a lo que ya tenemos, tal cuál está plasmado en la presentación que quiero presentarles, las dos personas que estuvimos al frente de esta situación es mi persona por ser el Jefe de esa unidad para el momento y de ahí bueno, tener que seguir desarrollando otras responsabilidades y la Licenciada que también fué promovida, la Licenciada Jessi Odremán que es la Jefa de esa Sala de Análisis de Comunicaciones y t que es la especialista en la parte de técnica del análisis de comunicaciones, como se maneja ya la parte mas digital, la parte ya de ese análisis de lo que son las trazas comunicacionales y toda esa serie de situaciones, las antena históricas, todas esas situaciones, entonces del compendio de todos esos conocimientos se llevan luego a una sala, a una discusión, en una mesa de trabajo, para fijar una línea de investigación, todo lo que hay que aclarar, dentro de nuestra misma organización requerimos a los fines de establecer la verdad entorno de está situación, eso en líneas generales es lo que tenemos que exponer en relación al caso”

    En este estado con apoyo en las presentaciones en video beam el funcionario continuó su exposición en los siguientes términos: “Esto es más o menos a los fines de ilustrar lo que ya he tratado de explicarles, entonces una vez que tenemos conocimiento, ese día 06 de un hecho que se presentó en la alcabala de Boconoíto, recibimos instrucciones de la superioridad, en este caso a través del Director de Contrainteligencia que integráramos una comisión a la zona a los fines de establecer la verdad de los hechos, que sucedió previamente, nosotros tenemos conocimiento, que en la Unidad de Seguridad Vial, en el punto de Control N° 41 de la Guardia Nacional ubicado en la Autopista J.A.P. de la Población de Boconoíto de Guanare Estado Portuguesa, fué el sitio donde justamente el ComisarioJ.A. el día 06 de Diciembre del año 2007, mas o menos para ilustrar la zona donde ocurrió el hecho, ya en la segunda revisión le realizó el efectivo Gleimer Pineda de la Guardia Nacional Bolivariana, al vehículo Ford Fiesta color verde, placa JAM-43P, lograron ubicar justo en la puerta del vehículo 2 panelas de una sustancia presuntamente de origen vegetal, que se presume para el momento era algún tipo de droga, entonces donde se señala posteriormente pasa a ser imputado el ComisarioJesús E.A.Q., cédula de identidad Nº V- 6.280.621, fecha de nacimiento 13-10-1962, de 45 años de edad para el momento, jerarquía Comisario, para efecto de que estaba en orden interno unos datos que para nosotros son importantes fecha de ingreso, su historial, una hoja de servicio bastante impecable, para el momento era el jefe y estaba al frente de la Gerencia Jefe de la Base de Contrainteligencia ubicada en el Estado Barinas, que por su característica, su ubicación, la geopolítica que se mueve allí, pues obviamente la persona a ser designada tiene que ser un hombre muy inteligente, entonces por ser el área fronteriza, políticamente está allí sabemos que hay factores especialísimos entonces por eso se determina la persona con las características, que por ser como es bueno ya sabemos la categoría de por que estos señores, se dedicaron e hicieron lo que hicieron, tuvo conocimiento del caso la Fiscalía Séptima Nacional del Ministerio Público con Competencia Plena, la Dra. C.M., en la Fiscalía Nacional, la Fiscalía Primera del Ministerio Público con Competencia en Materia de Droga de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, el Dr. F.M., tiene conocimiento de que en el orden interno, este funcionario se estaba adelantando unas investigaciones relacionadas al hecho, se hizo conocer por manera de primera los avances de la búsqueda de la verdad y de hecho se comisionó para que se abra análisis comunicacional, relaciones de llamadas y todo eso, el defensor del imputado es el Abg. Viloria y el Dr. J.Á.A., entonces solicitamos a la base de Contrainteligencia 403, con sede en la ciudad de Barinas, con área Jurisdiccional en el Estado Barinas, el libro de novedades del día anterior a los hechos, del día 05 de Diciembre, hasta el día del hecho para establecer quienes habían usado o quienes hacían uso del vehículo, entonces en se libro de novedades pudimos establecer que en ese día o sea el día anterior a los hechos a los que estamos haciendo referencia sale el mismo vehículo Ford, placas JAM-43P, que es el vehículo Ford Fiesta, donde se consiguió la presunta droga, tripulado, manejado o conducido por el funcionario C.S. quien es funcionario de nuestro Despacho, para llevar a la ayudante de los servicios de cocina Coromoto Berríos, se van hasta la residencia de la señora Coromoto, en un barrio quien tenia que solucionar un problema familiar y se le prestó la colaboración para que se trasladara a ese lugar en ese vehículo, la cual, eso consta en nuestro libro de novedades, luego, salieron a las 8:00 de la mañana y regresaron a las 8:25, eso es cerca, luego este salía con el mismo vehículo a las 9:35 de la mañana, con regreso a las 10:50 horas de la mañana, donde el vehículo es tripulado por la Inspector Jefe M.F., que más adelante lo vamos a ver que es la misma funcionaria que hacia tiempo le solicitaba la cola al ciudadano ComisarioJ.A. para trasladarse a la ciudad de Caracas a los fines de ir a clases, sin embargo ese día en la mañana no se presentó a que el Comisariola trasladara a la ciudad de Caracas y montó una excusa ella y Á.L.C. salieron según el libro de novedades al centro de la ciudad de Barinas, en labores relacionadas al proceso de hidrocarburos que es uno de los procesos que adelanta nuestro Despacho a los fines de monitorear su actividad en nuestra Oficina Nacional para garantizar la seguridad del Estado en ese sitio; entonces, ese mismo día a las 16, a las 04: 15 horas de la tarde, dándole salida por novedades ese mismo libro, hacia la sede Central en la ciudad de Caracas, en el Helicoide, para salir al acto de culminación y graduación de un curso de ascenso del cual él formó parte, el funcionario F.M., también pudimos ver en ese mismo libro de novedades, para ese día las guardias nocturnas fueron divididas desde las 12:00 de la noche a las 03:00 de la madrugada quien estaba al frente el Inspector J.D., hasta las 06:00 de la mañana y el Inspector R.C., todo esto en referencia con respecto a que vayamos avanzando, con los órganos de los hechos, ubicarnos en cada uno de estos ciudadanos, en cada uno de los actores y como se va relacionando con los hechos atribuidos, entonces del análisis de ese libro de novedades surgen algunas interrogantes, y también podemos certificar algunas situaciones, tenemos que evidenciar que el vehículo Ford Fiesta JAM-43P, no es de uso exclusivo del ComisarioArellano, ¿Por qué? porque cada funcionario que lo requiere y por ser un bien del Estado, o sea, un bien común y para el servicio del Estado, cada funcionario que para algún momento lo requiere, claro, previa autorización y con formalidades que según están establecidos en nuestras reglamentaciones internas, con su salida de novedad y con el conocimiento del Jefe de Guardia o el Jefe de la Dirección, pueden salir, entonces, aquí se demostró que efectivamente el ciudadano Comisariono es la persona que exclusivamente usaba ese vehículo y que otros funcionarios el día anterior lo usaron, y quedó ahí parqueado en la Base de Contrainteligencia de allá de Barinas, hasta el día 6 en la mañana que es que el Comisarioaborda el vehículo para trasladarse a la ciudad de Caracas,; el Detective F.M. nos faltaba, recordemos que en la lámina anterior vimos que ese día se le daba salida en el libro de novedades, en horas de la tarde para trasladarse al acto de ascenso que estaba previsto en el Helicoide, ese día salía, me voy justamente, sin embargo pudimos determinar que ese Detective F.M., no se fué a Caracas, como él lo solicitó y como lo reflejo en el libro de novedades, lo que sucede en su ubicación de su móvil celular, registro en el Estado Barinas, hasta el día siguiente y no fué sino como aproximadamente a la 01:00 de la tarde, o sea ya del día 06, una vez que ya habían ocurrido todos esos hechos que conocemos que había sido interceptado el ComisarioArellano allá, que había sido revisado allá en la Alcabala de Boconoíto y habían encontrado todo eso, fué que comenzó su recorrido, comenzó a salir de la ciudad de Barinas con vía, con ruta hacia Caracas, y eso lo describe el bloqueo tecnológico que nos va a dar una clase de horas del recorrido hasta la ciudad de Caracas, esto va argumentado con las versiones que nos dan la Compañía Telefónica, según lo que ellos nos dan ya del día 06, el día de los hechos comienza a las 08: 05 horas el ComisarioJ.A. en el vehículo JAM-43P, sale, tiene salida a la Sede Central en nuestro Despacho en nuestra ciudad, a los fines de rendir cuentas de los informes de gestión y asistir a las actividades académicas que tenia previstas allá en la Universidad Nacional Experimental S.R., a las 09:25 la Contadora D.G., que trabaja en la Base de Contrainteligencia de allá de Barinas, le hace una llamada al Inspector W.F., que trabaja en la Base, informándole que había una situación con el Comisario, que se había enterado de una situación irregular con el ComisarioJ.A., ella a la vez a las 09:20, se comunica con el Sub-ComisarioKrubel Gil, que había quedado a cargo de la Delegación, este Comisario, a la vez se comunica con el ComisarioJ.A. y no sabe que lo tienen detenido en el puesto de control de Boconoíto para una revisión de la unidad, le ofrece enviar una comisión de apoyo por su jerarquía y su investidura y como Jefe de toda la DISIP, de toda esa zona, en apoyo y por resguardo, por si acaso se presenta una situación, a lo que el ComisarioArellano le responde que no es necesario porque es una revisión de rutina, le dicen parece a la derecha, vamos a revisarlo OK, no hay ningún problema, se hubiese solucionado, no hace falta para continuar la marcha, entonces luego a las 09:45 el Inspector Jefe E.H. que esta en la Sub-Delegación, llama al Sargento de la Guardia Nacional de apellido Méndez, solicitando información de la presunta detención del Jefe de la Base de Contrainteligencia de Barinas en la alcabala, de allá de Boconoíto, a las 09:45, el Sargento le responde que él se encuentra en Acarigua, que va a averiguar que sucedió y que lo llame luego, luego a las 09:55 de la mañana, del día 06 que lo habían detenido, porque le encontraron droga en el vehículo que conducía, supuestamente el Sargento Méndez le dice a esa hora al Inspector Arellano que el ciudadano Comisariofué retenido, fíjese 09:55 ya estaba retenido, porque supuestamente le consiguieron droga, más adelante nos damos cuenta, que el Sargento Méndez dice que él se enteró que habían conseguido la droga efectivamente y quien tripulaba el vehículo era un Comisariode la DISIP, fué después de las 12 del medio día en adelante, fíjense ya aquí se ven ciertas irregularidades, en las novedades que él plasma y lo que alega, lo que él trascribe, dicho por el Inspector Jefe E.H., lo que están demostrando ahí según los argumentos que tenemos que están falseando una información, que es lo que nosotros llamamos en el ámbito policial un cuadre, que están haciendo algún arreglo ahí para justificar su fin”.

    Continua: “ Seguimos con el libro de novedades del día 6, a las 2 de la tarde, cuando se produjo este evento, hubo mucha conmoción, se activaron todos los mecanismos de nuestro Despacho a los fines de establecer qué era lo que estaba sucediendo en el orden, en todo los ámbitos, en el ámbito político, militar, una serie de situaciones, porque no sabemos ante esa situación irregular policial, qué pudiera pasar, qué más, qué fines, ante qué amenaza estábamos, de qué amenaza o de qué tipo de lesión estábamos siendo objeto, tanto la persona del Comisariopor su investidura, y como a través de la organización y de ahí el estado por ser el Jefe de la DISIP del estado Barinas, y por eso se activan todos los mecanismos del Despacho a los fines de establecer la verdad de los hechos, a ver qué es lo que está sucediendo igualmente y se toma cierto control y para evitar que haya una escalada en los otros ámbitos o una repercusión, entonces se activa entre el ComisarioLucas Gómez, quien para el momento era el Jefe, el Coordinador Nacional contra el Narcotráfico, Terrorismo y Subversión de la DISIP, se activa, y llama al ComisarioKruber Gil, que es el que está al mando de la Sede en Barinas y le indica que por instrucciones de la Superioridad o el mando Superior los inspectores Y.T., ese mismo día, sobre la marcha, se activaron todos los mecanismos, porque ya se tenia conocimiento por los informes previos que había estado produciendo la Base de Contrainteligencia de Barinas y que había enviado el ComisarioJ.A. a la Dirección de Contrainteligencia, de que había un grupo de funcionarios que estaban en situación irregular, que se estaban ventilando situaciones de extorsión, de secuestro y otra serie de actividades y que había la presunción, ya se estaba manejando, que el Comisariopodía ser objeto de alguna lesión, tanto de llegar a darle muerte, a un atentado, o una serie de situación, al darse este evento entonces se abrieron los mecanismos y toda nuestra inteligencia daba a que presuntamente estos funcionarios pudieran estar involucrados, en el orden interno, razón por la cual nuestras leyes y nuestros órganos jurisdiccionales, se toman las previsiones y se ordena que estos funcionarios sean trasladados a la ciudad de Caracas y que sean despojados, como medida inmediata, hasta que se establezca la verdad de los hechos de qué es lo que sucedió, su estado de responsabilidad, que sean despojados del arma de reglamento, que es una práctica normal de nuestro reglamento interno, las credenciales, o sea las chapas de insignias y sus teléfonos celulares, a los fines de establecer comunicaciones, para que haya control de la situación y que fueran trasladados a la ciudad de Caracas, hasta nuestra Sede Central en el Helicoide, eso fué a las 02:00 de la tarde, donde este Comisarioen el mismo día de los hechos hace la llamada, entonces según el libro de novedades, el mismo día 06 de Diciembre de 2007, la Inspector Jefe Maribel, que recordemos que es la que, cuando en días antes, le pedía la cola al ciudadano ComisarioJ.A., la misma que después no quiso ir y que el día anterior, también tiene por novedad una salida en el vehículo en cuestión, la misma persona, es a las 06:00 de la tarde ese mismo día, una vez que pasó todo, toda esa situación, se da salida a las 06:00 de la tarde para la ciudad de Caracas para asistir a una clase, en la Universidad S.R., sin embargo, entre nuestra plantilla de los funcionarios de guardia de responsabilidad en nuestra delegación, aparece los funcionarios de guardia Inspector Jefe supervisor, Inspector Jefe M.F., Jefe de los Servicios, fué ella ausentarse y más en una situación que se está presentando, en una comisión de orden interno, como Jefe de los Servicios irse a las 06:00 de la tarde a la ciudad de Caracas, sin embargo más adelante vamos a ver otros detalles que pudimos apreciar allí, el Inspector G.T. era quien el día anteriores era el responsable del libro de novedades, el Inspector Á.L.C.d. libro de asistencia de los funcionarios, el Inspector A.G., que también era como el asistente del Inspector G.T., en la guardia nocturna desde las 12:00 de la noche a las 03:00 de la madrugada, estaba de responsable el Inspector A.G. y de las 03:00 horas de la madrugada a las 06:00 horas de la mañana el Inspector Á.L.C., entonces fíjense, sabemos que aquí la ciudadana Inspectora, que a parte tenia la responsabilidad de los Servicios, la responsable de todas las actividades de la Base de Contrainteligencia, se da salida a las 06:00 de la tarde para, según el libro, para ir a clases allá en la Universidad S.R., sin embargo después de se presentó toda esa situación, ahí nos damos cuenta que el Inspector G.T. era el funcionario el escribiente, verdad, el de escribir el libro de novedades, aquí surge una interrogante, si el Inspector G.T. era el funcionario escribiente del libro de novedades, según él, fué el que escribió todas esas novedades, ¿Por qué a las 8:05 horas iba a ser trasladado a la Sede Central por labores inherentes al servicio, recordemos que la orden de Caracas surgió fué a las 02:00 de la tarde, entonces ya ahí de plano no sabemos la razón, el motivo, el por qué él coloca una hora que nada tiene que ver con la realidad de los hechos, ya eso se lo cotejamos con el libro de novedades de la Sede Central de la Coordinación Nacional Contra el Narcotráfico, Terrorismo y Subversión, que efectivamente esa fué la orden, el llamado fué a las 02:00 de la tarde, no a las 08:00 de la mañana, porque a las 08:00 de la mañana todavía no habían ocurrido los hechos, además, entonces ya ahí estamos viendo que ellos buscando de cuadrar o de cualquier cosa, comenzaron a falsear en las novedades y otra serie de situaciones, entonces ¿Cómo se entera la contadora Jefe Dennys, que el ComisarioJefe J.A. se encontraba detenido en la alcabala de Boconoíto? cómo lo estuvimos analizando, su llamada, ¿cómo se entera ella?, porque ella estaba en otro sitio no en la Delegación, ella no sabia y ella misteriosamente llama mira, el Comisarioestá en esta situación y ¿Cómo la Inspector Jefe M.F., se encuentra como Jefe de los Servicios, como lo vimos anteriormente, y primero que si ella tenia que hacer alguna otra cosa, que se coordinan previamente, porque tenemos instrucciones y la red interna que le facilita a los funcionarios para que cumplan con algún convenio, porque tiene cierta flexibilidad para que algún funcionario pueda atender sus actividades académicas, en el estudio de pre-grado, post-grado, en lo que sea, entonces cómo si eso estaba previsto ella aparece de pronto como Jefe de los Servicios, ya el ComisarioJ.A. no estaba en el puesto, él salio a las 08:00 de la mañana, ya después pudieron haber hecho cualquier cantidad de cosas, pero está es una situación que me llamó mucho la atención, porque los que están de guardia, no tiene sentido que a sabiendas con antelación de que esa funcionaria no iba a estar presente en la Base de Contrainteligencia, mal pudiera ser la Jefa de los Servicios, no es normal para nosotros, cómo se encuentra de Jefa de los Servicios si tenia clases en el Helicoide ? y se iba ese día, porque ya lo había manifestado a todos y por eso le estaba pidiendo la cola al Comisarioy desde hace una semana la Inspector M.F. le estaba pidiendo la cola al ComisarioArellano para irse a Caracas y ese día en la mañana, cuando el ComisarioArellano se va, ella no aparece, por qué era entonces que M.F. no se fué con el ComisarioArellano a Caracas?, si había tanta insistencia, estaba todo previsto, todo programado, para salir con él, por qué extrañamente el Comisariollamándola para que se reunieran y lo acompañe no apareció por ningún lado? Entonces, eso nos llamó la atención y entonces comenzamos a explorar a ver el por qué el Inspector Jefe E.H. justifica en el libro de novedades, que llamó al Sargento de la Guardia Nacional M.S. y él habla que lo llamó en la mañana, que lo llamó no sé a que hora, que como a las 9:55 si no mal recuerdo en la primera gráfica, ya él sabia que según le comento el Sargento Méndez de la Guardia Nacional que ya el ComisarioJesús, que hubo un hallazgo de una presunta droga y que era un funcionario de la DISIP, el ComisarioJ.A., cuando el mismo Sargento Méndez dice que él andaba en sus otras actividades porque estaba libre, y cada vez que recibía una información de esa lo hubiese transmitido como lo hubiese hecho cualquiera de nosotros, mira aparentemente hay una situación activen allá y él se desprendía de todo y seguía, es como después de medio día, a esa hora de medio día más o menos es que él tiene conocimiento de que efectivamente hubo un hallazgo de la droga, entonces, cómo puede, por qué el Inspector E.H., hace, se preocupa en colocar en nuestro libro de novedades unos hechos que no fueron a esa hora y justificando que el llamó o que tuvo conocimiento a través del Sargento Guardia Nacional M.S., qué interés tenia él en falsear toda esa información, que para nosotros en el orden interno es sagrado, para nosotros es muy riguroso, esos son tal cuál en hora, en orden cronológico, una serie de situaciones, inclusive en la mayoría de nuestros Despachos nos reflejamos con la hora oficial de la República de Venezuela elaborado por el laboratorio, del Observatorio Cagigal, para nosotros es de vital importancia, entonces, según el libro de novedades de la Coordinación Contra el Narcotráfico, Terrorismo y Subversión que es la Coordinación con Competencia en el área Jurisdiccional en todo el territorio Nacional de la República Bolivariana de Venezuela y si están involucrados los intereses de la Patria, también previa coordinaciones con el Gobierno se hace esa previa coordinación, se hace el intercambio y esa serie de situaciones, entonces en virtud de que se consigue para el momento, que estamos en presencia de una situación que tenia que ver con todo se activa la comisión del Narcotráfico, Terrorismo y Subversión desde el mismo día, entonces, me llama la atención, que la Inspector Jefe M.F. nuevamente, recordemos que ella se dio salida por allá, primero que se fué y luego tenia salida que iba a unas actividades académicas en la Universidad S.R., ella con el Inspector Jefe R.F., en la unidad 14HF2, se da entrada a la 1:15 horas de la madrugada, paralelo del día 06, para el día 07 en la Sede Central de nuestro Despacho en Caracas, donde deja a la orden en la autoridad de esa coordinación por instrucciones del Director, a los funcionarios G.T., que recordemos anteriormente que fueron llamados por superiores, que pasó aquí y toda la pertinencia y todo eso, a los fines de adelantar las averiguaciones del orden interno, entonces el Inspector Jefe G.T., el Inspector Frangel Arellano, el Inspector L.F.F. y al Detective F.M., entonces ella, ya estamos viendo todas estas inconsistencias y nos permite inferir que efectivamente hay, determinamos que hay irregularidad y evidentemente nos permite inferir que algún interés tienen para estar falseando, montando y tergiversando toda esta información que está plasmada tanto en los libros de novedades da la Base de Contrainteligencia de Barinas, entonces de nuevo surge otra interrogante, ¿Por qué la Inspector Jefe M.F. se da salida a la ciudad de Caracas a clase y aparece después en el libro de novedades de la Coordinación de Contra el Narcotráfico, Terrorismo y Subversión de la Dirección de Contra Inteligencia, presentando y dando la orden a funcionarios antes descritos? eso es lo que más o menos trataba de explicarles anteriormente, entonces, según entrevista realizada al ciudadano M.S., en la Fiscalía Primera con Competencia en Materia de Drogas, del Estado Portuguesa, a cargo del Dr. F.M., el día 07 de diciembre, qué es lo que él dice en el relato, llega a las 08:00, esto es bien importante que es lo que nos da los datos tecnológicos, del tiempo y lugar, a las 08:00 horas de la mañana del día 06, se produce una llamada, de este número telefónico, de este número telefónico llaman al Sargento M.S. y le dicen, con el perdón de los presentes, si me permiten voy a leerlo textualmente para saber a lo que se refieren, dando con la siguiente información, que iba a pasar un vehículo Fiesta Power verde, placas JAM-43P, por la alcabala de Boconoíto y dice textualmente: “yo quiero que lo jodan, porque el tipo me hizo una a mi y lleva 20 kilos entre blanca y montes”, esa es la primera llamada, de este número telefónico que para nosotros es desconocido a el señor que determinamos que se llamaba el Sargento Méndez de la Guardia Nacional, se produce una primera revisión y todo aquello, no se consiguió nada, luego se deja constancia en el diario de enviar una comisión al sitio , un refuerzo pero el Comisariodice no, que es una revisión de rutina, el Sargento le dice continúe con la marcha, se produce una segunda llamada, que es a las 08:40, de este otro número telefónico 0414-5095071, al mismo Sargento M.S., no me expliqué aquí, cuando se produce la primera llamada igual que la segunda, el Sargento M.S. se comunica con la alcabala de Boconoíto, con un compañero de él que es el Sargento Rojas, entonces se produce la segunda llamada del 0424-5095021, entonces describen a alguien como una persona de timbre de voz masculino, con acento entre andino, pero más con acento colombiano, entonces y le dice algo como esto “que pasó con el man”, entonces dice, le respondí, esos son el relato del Sargento Méndez, quien llama y dice “que pasó con el man”, entonces le respondí que yo no estaba de servicio y que yo ya llame para allá, al Sargento Rojas y lo estaban revisando, ya se había producido la primera revisión, no habían encontrado nada y todo el cuento, y le dijo la persona que llama, revísale el tablero, la maleta y la puerta trasera, ahí está la droga, otro dato importante que viene de ese mismo relato, ante la Fiscalía del Estado Portuguesa, este señor el Sargento Méndez, él dice, certifica que se entera es en horas del medio día que al dueño del vehículo le habían encontrado 2 panelas de Marihuana y que era un DISIP, entonces, mal puede decir él si es a horas del medio día, el Sargento M.S., mal puede decir el Inspector Arellano, que él se comunico con el Sargento a las 9:45 y que ya a esa hora él le comunicó, le dijo, le informó, que ya se había producido el hallazgo, evidentemente está falseando allí, E.H. es el Inspector, surgen todas estas interrogantes producto del análisis de nuestras novedades y con el mismo intercambio de estas comunicaciones que se van produciendo, entonces por qué el Inspector E.H. se entera que el ComisarioArellano queda detenido como a las 9:55 horas, por medio del Sargento M.S., si el Sargento dice que fué a medio día que él se entera que al dueño del vehículo, o sea al que conducía el vehículo, le habían conseguido 2 panelas de Marihuana y que era un DISIP, entonces, aquí claramente como este señor manifiesta ante la Fiscalía Primera y ante la Guardia Nacional que fué a medio día y no a las 9:45 como venían escribiendo ellos que evidentemente para nosotros en el orden interno ya están incurriendo en falta que tienen unas sanciones de tipo administrativa como en efecto se fueron tomando los correctivos en su momento, para nosotros certificamos que obviamente fueron falseados y manipularon la información, ocultaron información a sus superiores y hubo tergiversación y hubo una serie de irregularidades que para nosotros debe ser sancionado y máxime que somos un órgano de seguridad del Estado con competencia en contrainteligencia y para nosotros la palabra dicha, o la palabra escrita como oficiales al servicio del Estado debe ser sagrada, esa es nuestra doctrina, entonces, la Fiscalía Primera con Competencia en Materia de Droga del Estado Portuguesa a cargo del Dr. F.M., nos pide a nosotros que estamos colaborando en esto, como ya nosotros tenemos las revisiones de inteligencia tecnológicas y otras series de situaciones para que ayude, coopere, en el análisis de comunicaciones, de la telefonía, entonces se procedió a solicitar a la compañía telecomunicaciones Movistar, celdas de ubicaciones esto es más o menos para saber dónde está ubicada la persona que está operando ese teléfono, bajo ese teléfono celular mejor dicho, ese móvil, dónde está abriendo, dónde se está desplazando, y a través de dónde o de qué celdas se está comunicando para equis momento, entonces se procedió a solicitar a la compañía de telecomunicaciones Movistar, celda de ubicación y relación de llamadas entrantes y salientes, o sea, quién llama y a quién llama y quién llama a la persona, de quién? de la inspector Jefe M.F., por las situaciones que venimos describiendo anteriormente, tiene ciertos indicios que nos dan señales para tomas la previsiones, entonces M.F.d. móvil 0414-0712440, el Inspector Frangel Arellano 0414-5672675, 0414-9736457, el Inspector F.F. 0414-5568646, 0416-7718036, y el Detective F.M., con el móvil celular 0414-0332183, para qué pedimos todas esas relaciones de llamadas? para cotejar las posibles conexiones de estos funcionarios antes, durante y después que estaban sucediendo los hechos del hallazgo de la presunta droga en el vehículo que tripulaba el ComisarioJ.A.; aquí producto del análisis de toda esa información que nos da la Compañía que administra el servicio de telefonía móvil se pudo determinar con toda esta serie de llamadas, pero aquí se refleja gráficamente cuál fué el comportamiento del teléfono de la Inspector Jefe M.F., para el día de los hechos, ella a las 7:56 horas, llama efectivamente el ComisarioJ.A. y es cuando le dice, le da una excusa inconsistente, en que por que no va, que está en un tráfico no sé que, no sé cuanto y total que ella no aborda el vehículo, porque quién sabe qué se pone a pensar, que llama la atención porque en toda la Base de Contrainteligencia se sabia que ella tenia mucha insistencia durante toda la semana para que por favor el Comisariono la fuese a dejar porque tenia un compromiso de causa mayor en el Helicoide, en la Universidad S.R. en ese momento, entonces extrañamente el día en que tenia que irse no aparece, aquí está la llamada del Comisario, cuando ella llama al Comisario, están las llamadas, que antes, fíjense, a las 7:56 la del Comisario, después de eso ella llama a este número incógnita 0414-5697630, luego comienza a comunicarse con el Inspector Figueredo, al que hemos descrito por allí, a F.M., si seguimos ahí con detalle, nos damos cuenta que la primera llamada fué al Inspector F.F. a las 06:00 durante la mañana, y su celular dio apertura en Guanare, entonces en el momento que hace la llamada se encuentra en Guanare, ya había hablado con el Comisarioque ella estaba por allá haciendo una cola, ellos ya tenían según nosotros, ya tenían un despliegue, como un monitoreo de la ruta del Comisario; F.M. se comunica con él, con respecto a lo que estuvimos estudiando a su comunicación y vemos reflejado el comportamiento para ilustrarnos hasta dónde llegaron para llegar a las posteriores conclusiones, el Inspector Frangel Arellano, comienza a hacer llamadas desde las 06:46 al Inspector ya vamos a ver como del análisis de toda estas comunicaciones es una gran red y vamos a determinar el comportamiento de las comunicaciones entre todos estos señores que tenemos aquí presentes, 6:35 comunicación con Frangel Arellano, F.M. desde las 6:35, era una operación, como decimos nosotros se quedó comunicando antes, durante y después del hecho, igual con el Inspector Frangel Arellano y Figueredo, se comunica por otro teléfono que es objeto de estudio el Inspector Frangel Arellano se comunica antes, durante y después con Albornoz, Emiliano, F.M., J.A., y el Sub-ComisarioY.B. y E.H., y aquí arriba con el detective F.M. que son con los que tiene más contacto de llamadas, con los que tiene más comunicaciones son con el detective F.M., en este caso, con el señor J.A., fíjense todas las llamadas que se producen y después con Y.B. y Albornoz, unas comunicaciones del Inspector F.F. que se comunica desde las 06:46 de la mañana con Frangel Arellano, a las 06:31 fué la primera llamada a la Inspector M.F. que nosotros inferimos que fué que le dijeron, no te montes ahí porque el carro trae una droga, eso es lo que en el orden interno se piensa, tenemos a F.M. que se comunica a las 06: 33, Maribel llama a Figueredo 6:31 de la mañana y sobre la marcha se produce comunicación, trancando ella la comunicación se comunica con F.M., ese mismo día de los hechos, luego se empieza a comunicar 06:46 con Frangel Arellano, con todos estos números, con el número dijeron que era la casa de uno de los funcionarios, de Figueredo, hubo llamadas, desde las 07:00 de la mañana, con el Inspector F.F., por acá, con F.M., con el Inspector N.C., que es otro funcionario, acá llamó al Banco de Venezuela, eso fué más o menos el comportamiento del señor F.M., Detective F.M., analizando su teléfono desde las 8:00 de la mañana contestó Frangel Arellano, se comunica, llama a un tío de él, llama a Figueredo, a la Inspector M.F., al Inspector Á.L.C., al Inspector Figueredo, a F.M. ve, F.M. llamando a F.M., porque por que son telefotos que están a nombre de él, ¿que hacen ellos?, le da un teléfono a fulano y el otro teléfono se lo da al compañero para hacer, muy importante, toma, comunícate tú por aquí, que yo me comunico por aquí, entonces de repente hacen un teléfono sur, eso lo vamos a ver en el producto del avance, entonces él llamándose a ese mismo teléfono, al Inspector Albornoz, entre otras cosas esto nos permite ver, inferir que antes, durante y después hubo comunicaciones con estos señores y quien estaba al mando, por lo menos dando instrucciones y monitoreando lo del acontecimiento en pleno desarrollo por ahí es el señor F.M., aliado por allá con Y.B., que lo vamos a ver más adelante”.

    “Aquí vemos ya una vez que todas y cada una de las llamadas, o sea, tiene un comportamiento de cada uno de los móviles de los funcionarios, luego lo llevamos a un grafico único, para tratar de hacerlo más visual, para ver cuál es el comportamiento entre todos ellos, recuerden que cuando veíamos que por ejemplo, F.M. llamó a Figueredo, llamó otra vez a Figueredo, miren cuántos teléfonos tiene Figueredo aquí, todo eso es Figueredo, entonces tenemos que desde las 06:31, cuando comienzan la serie de comunicaciones, la primera llamada es de F.F. a la Inspector M.F., la primera llamada 06:31, acto seguido hay comunicación de aquí para acá, viene y le hace un repique a F.M., me imagino que es porque no tiene saldo, minutos, no sé, y sobre la marcha le devuelve la llamada a él, de allí se activa y comienza el flujo de llamadas con el Inspector Frangel Arellano, o sea ellos se llaman, entre un número y otro fíjense, en la hora, 08:00, 8:55, 8:07, 06:35, y de aquí, después se produce otra llamada, después a las 07:53 otra llamada, y ahí si a las 8:05, 8:14, 8:55, 09:00, 08:00, antes, durante y después cuando se estaba desarrollando el evento allá y así con todos y cada uno de los demás actores y empiezan a abrir el enlace de comunicaciones a través de Maribel, con el Inspector Albornoz, enlazada con Y.B., con Á.l.C., con Frangel Arellano por allá y con E.H., que son más o menos los actores de eso, por eso es el antes, durante y el después de los hechos hubo muchísima comunicación entre solamente estos señores¸ hay un detalle que me interesa de estas comunicaciones, recordemos que, hablamos al principio de 2 llamadas que se produjeron de una persona aun por identificar, con acento Colombiano, que llamó al Sargento Guardia Nacional M.S., ¿Por qué llaman al Sargento Guardia Nacional M.S.?, porque el Sargento Guardia Nacional M.S. es plaza de esa alcabala, lo que pasa es que para el momento en que lo llaman, el Sargento estaba de permiso, por eso es que él conecta, enlaza con la alcabala con el otro Sargento como dijo él, Rojas para pasar la novedad y que se implemente el operativo, fíjense en el siguiente detalle, una versión más clara de cómo se manejaron los hechos antes de la intercepción del vehículo, se produce llamada, se produce una primera llamada a las 08:00 de la mañana, lo que vimos en graficas anteriores, de este número 0424-5143071, que una vez que se solicita la información de los datos filiatorios y a nombre de quien están los datos del servicio de ese móvil y la compañía telefónica nos dice que está a nombre de una señora M.R., indagamos, indagamos y llegamos a que ese teléfono es utilizado en un puesto de telefonía de esos informales de comunicaciones que hay en la calle, ¿en qué calle? en la Cuatricentenaria entre la oficina de Vengas y el kiosco de empanada que está aquí en la esquina, esta es una foto del sitio donde funciona, aquí se ve un poco borroso desde donde se domina de alguna forma según el punto geográfico el área, donde esta ubicado el teléfono que utilizaron los señores verdad y él llamó de ese número a el Sargento, luego se produce una segunda llamada de este número del 0424-5095021, a el mismo Sargento M.S., de igual forma indagamos y es de la señora G.R., ¿se ubica donde?, también en un puesto de telefonía informal en la avenida E.C., al frente de Llanoven, donde hay una venta de repuestos en la misma avenida Cuatricentenaria, aquí está la foto de la fachada del sitio donde funciona ese puesto de telefonía informal, analizando las comunicaciones de los funcionarios de una serie de llamadas, el sitio donde se encontraba celdas de ubicaciones, del espacio geográfico donde se encontraban, determinamos que estos señores estaban produciendo estas llamadas, estaban ubicados en sus celdas de ubicaciones el Inspector Frangel Arellano y el Detective F.M., estaban ubicados ambos en la avenida Cuatricentenaria, entonces se llaman entre ellos para confirmar lo que está sucediendo, ya llamaste de aquí, ya llamaste, él habla de aquí, ya llamaste, a OK, dónde los ubica en tiempo y lugar la celda de la compañía de telecomunicaciones? en la misma avenida Cuatricentenaria, adyacente a los 2 puntos de telefonía informal, punto que queda adyacente a una redoma, que tiene el área visual que nosotros determinamos que era un punto de observación, porque es un paso obligado del ComisarioJ.A., entonces ¿que hicieron?, le montaron una estática allí, una vigilancia, pasó el vehículo y se comienza, se produce la llamada, esa es nuestra inferencia de investigación, en relación a este punto, entonces, la relación de llamadas y ubicación geográfica del móvil celular 0414-5164324 propiedad del señor Gleimer Pineda; se produce una nueva llamada verdad, como lo explique anteriormente en el primer gráfico de los móviles esos de telefonía informal de M.R. y G.R. al Sargento M.S., comunicaciones de su superior inmediato que era el Teniente Pineda de la Guardia Nacional verdad.

    Recordemos que ya se determinó quiénes llaman a M.H., Frangel Arellano, a F.M.e. en otro sitio haciendo la llamada; el Inspector E.H., había solicitado 2 ordenes ante una Fiscalía del Ministerio Público de la localidad, de la Circunscripción Judicial de allá de Barinas, 2 ordenes de visita domiciliaria, para allanar la casa de un señor Brizuela, conocido como el “Cura”, y según los informes que maneja el Despacho es como llaman ellos, el rey de la Marihuana allá en esa zona, que él es el que la lleva, el que la trae, la comercializa y todas esas cosas, esas ordenes nunca se llevaron oficialmente, nunca se les dio cumplimiento, ¿Qué pasó allí?, no sé, que inferimos nosotros? ,que fué todo producto de un error, también teníamos la comisión Fiscal para el momento, pero, ¿que podemos inferir? que de ahí pudo haber surgido la droga, que casualmente es el mismo tipo de Marihuana para en una operación de esas que se llaman por ahí extraoficiales, que fué la colocada en el vehículo que tripulaba el Comisario J.A. a los fines de neutralizarlo, de todos esto tiene conocimiento la Fiscalía con Competencia Nacional, a cargo de la Doctora C.M., entonces que queremos destacar acá, démonos cuenta de las conexiones, una vez analizadas todas las circunstancias, de las llamadas, el libro de novedades, después de todo ese trabajo de campo, nos damos cuenta que, efectivamente hay algunos factores como entre funcionarios E.H., que enlace con el Sargento Méndez, que a parte éste le habla de hace una semana había visto al Sargento Méndez y le había pedido su número de teléfono, no se extraña que después llaman justamente al Sargento Méndez y después E.H. se preocupa muchísimo en arreglar o en falsear la información dentro, en lo que son nuestros libros de novedades y todas esas situaciones como se demostró en la investigación, entonces tenemos a Frangel Arellano, a E.H. y a F.M., ubicados en sitios, en el lugar, en las horas donde se producen las llamadas al Sargento M.S., direccionando para que sea interceptado el vehículo que tripula el Comisario J.A. allá en la alcabala de Boconoíto, luego visto estos señores con Arellano, por eso vimos, lo vemos todo así cerrado, todo unido, que hay una conexión entre cada uno de los actores o personas que estamos aquí reflejados y por la otra parte, tuvimos conocimiento y eso se demostró a la Fiscalía Primera del Estado Portuguesa, que él lo verificó en su oportunidad y efectivamente este señor Emiliano le había solicitado esas 2 ordenes de visita domiciliaria y por lo menos oficialmente nunca le dieron cumplimiento, pero lo que si nos permitió inferir es que pudo haber sido de allí que salió esa droga, no llegamos a certificarlo o a verificarlo, ¿Por qué?, porque no teníamos la condición y las razones ya ustedes las conocen, ustedes más que yo, entonces los presuntos involucrados, todo esto según los reportes que nosotros le hacemos a nuestros superiores a los fines de que ellos, así como lo estamos haciendo aquí en esta sala, los presuntos involucrados según la investigación y los estudios que adelantamos, luego de análisis comunicacional de todas las ubicaciones de orden de llamadas, de todos estos señores, de los móviles, de todos estos estudios, pudimos determinar que los presuntos involucrados en el hecho son: el señor N.Y.B.G., de cédula de identidad N° 9.989.479, de 44 años de edad, con la Jerarquía para el momento de Sub-Comisario, quien ingresó a la institución como DISIP en el año 88, tenia en la Institución aproximadamente 19 años de antigüedad, tenemos a la Inspector en Jefe, que ahora, después de eso ascendió a Sub-Comisario M.F., Hernández, cédula de identidad N° 10.051.889, de 39 años de edad, todavía, ingresó al Despacho en el año 90, tiene 7 años en la Institución; J.E.H., cédula de identidad N° 13.213.804, de 30 años, con la jerarquía de Inspector Jefe, ingreso a la Institución en el año 97, con un tiempo de 10 años de servicio, eso, me dijeron que todavía es Inspector Jefe; F.J.F.R., cédula de identidad N° 14.466.473, edad 27 años, jerarquía Inspector, fecha de ingreso 21-12-2000, tiempo en la institución 7 años, Frangel Arellano Velásquez, cédula de identidad N° 14.551.410, edad 31 años, jerarquía Inspector, fecha de ingreso 21-12-2000, tiempo en la institución 7 años; F.O.M.S., cédula de identidad N° 16.123.220, edad 28 años, con la jerarquía de Detective, ese es el que más llamadas tiene, fecha de ingreso 01-02-2004, tiempo en la institución 4 años también, estos que son los marcos referenciales con la metodología de la investigación que implementamos, entonces nosotros tratamos con lo que teníamos previamente analizados, tratar de ver que según todos los elementos de convicción y los indicios que se están manejando para ver en dónde, o sea más o menos con qué se corresponde, para presentarlo a la superioridad, , la conducta de tipo punible, tenemos los elementos: autor material, autor intelectual, cooperador inmediato y necesario, cómplice, encubridor, facilitador, financista, aprovechadores de cosas provenientes del delito, asesores, investigadores, testigos, victimas, de los familiares, entonces, bueno, eso es más o menos lo que nosotros decimos, o lo que se estudio en materia, entonces, los investigadores que mal pudieran pasar a ser facilitadores, de testigos que pudieran pasar a ser encubridores, los asesores podrían pasar a ser facilitadores, encubridores y cómplices, según su conducta, en su condición de victima a autores intelectuales o autores materiales, los familiares en algunos casos podrían pasar de su condición de familiares pasar a ser cooperadores inmediatos, autores intelectuales o hasta autores materiales, entonces nosotros con estos marcos referenciales presentamos nuestras resultas, nuestras inferencias, y alguna que otras conclusiones, nos arriesgamos a presentar en Juicio porque así es la metodología que utilizamos, los indicios de la señora M.F., portadora de la cédula de identidad 10.051.889, según lo que hemos relatado anteriormente, pudimos ver que el día 05-12-2007, uso el vehículo matricula JAM-43P, según el Libro de Novedades, salió a labores inherentes al p.d.E. y Petróleo, eso fué el día 05, el día 06, el día de los hechos, el día 06-12-2007, a las 06:31 horas de la mañana, recibe llamada del Inspector Figueredo, el día 06-12-2007, el día de los hechos, a las 07:56 horas, el Comisario J.A., la llama, para irse con él y le dice nos vamos para darte la cola hacia la ciudad de Caracas, ella responde que no se va, porque tiene que terminar de arreglar un trabajo que Dennys le hizo mal, ¿Cuál era la urgencia de irse a Caracas a sus actividades?, no se va por esa causa, que le tenia que hacer un trabajo y se lo hizo mal, esa fué la razón, pero ella desde hace una semana le estaba pidiendo la cola al Comisario Arellano como con mucha insistencia para irse con él a Caracas, ¿Por qué a ultima hora no se fué con el Comisario Arellano?, cuando ella llegó a la Base de Contrainteligencia 403, ubicada en Barinas, pregunta que si el Comisario Arellano se dio salida con la rendición de gastos y ordena que se asiente en el libro, es decir, cuando ella llega a la Base de Contrainteligencia pregunta ¿el Comisario J.A. se dio salida con la rendición de gastos?, no, bueno verifica ahí, pásalo por el libro, o sea, ella muy pendiente y muy atenta con que se diera salida, a él lo venían, y a nosotros nos dan la lectura y evidentemente hay un interés anormal en la situación y aun no se habían cometido los hechos, ¿Cómo el día 06-12-2007, se encontraba como Jefe de los Servicios y se iba con el Comisario Arellano a Caracas?, porque tenia clase en el Helicoide, según el convenio de la Universidad S.R.; el día 06-12-2007, ella se dio salida en el libro de novedades a las 06:00 de la tarde, eso fué el día del hecho, en la tarde, se da salida por nuestro libro de novedades de la Base de allá de Barinas, para asistir a clases en Caracas, luego aparece presentando y dejando a la orden de Contra Narcotráfico, Terrorismo y Subversión, de la División de Contrainteligencia a los funcionarios antes descritos a la 1:15 horas de la madrugada, o sea, ya en ese momento día 07-12, en la madrugada, para amanecer el día 07, y ella tiene registrado en la Compañía de Telecomunicaciones Movistar el móvil 0414-0713140, y en la Compañía Digitel, el móvil número 0412-3719183, según todos estos indicios que se manejan, de deducción, de nuestro trabajo, inferimos, que los componentes del crimen organizado y según la conducta de estos funcionarios que son estos, el cómplice, encubridor o facilitador, pudiera ser todas esas conductas punibles que nosotros se lo presentamos a la superioridad y ahí vamos a determinar según con nuestra Consultaría Jurídica con nuestra Inspectoría General. Los indicios del Inspector Jefe J.E.H., cédula de identidad 13.213.804, indicios: ¿Por qué él fué a la alcabala de Boconoíto, una semana antes del hecho y se entrevistó con el Sargento Guardia Nacional M.S. pidiéndole su número celular? por alguna conexión, o sea, la semana anterior de los hechos, ellos se consiguen en la alcabala con el Sargento M.S., el mismo que recibió esa llamada, le dijo mira, dame tu número telefónico, que uno no sabe para tener un contacto, hasta ahí es una situación normal, a la semana siguiente, cuando se producen los hechos, entonces, llaman justamente al Sargento Méndez y luego el mismo se encarga de mandar a escribir, de arreglar muy bien las novedades y sus intereses, y ¿Por qué el día 06-12-2007, a las 9:45 y 9:55 horas justifica por el libro de novedades de la Base de Contrainteligencia 403 Barinas, que él llamó al Sargento M.S.?, no tendría porque hacerlo, sino que estaba como decimos nosotros cuadrando ahí, ¿Por qué manifiesta que a las 9:55 horas se entera que el Comisario Arellano se encuentra detenido, por parte del Sargento Méndez, si éste manifiesta que él se entera de lo sucedido como en horas de medio día; solicitó según oficio N° 600 de la Base de Contrainteligencia si mal no recuerdo N° 40335-2007, a la Fiscalía Décimo Cuarta del Ministerio Público a cargo de la Doctora R.N., orden de visita domiciliaria a la residencia del ciudadano Padrón Brizuela, una de las informaciones que manejamos es que se dedica al narcotráfico de Marihuana, solicitó la orden y solicitó una segunda orden, no le dio cumplimiento a la primera, sin embargo solicitó una segunda orden de visita domiciliaria a la misma residencia del ciudadano antes mencionado, donde a ninguna se le dio cumplimiento según lo que pudimos establecer; según la conducta que se presentó en el Helicoide que pudiera estar relacionado con cada una de las conductas de todo lo que se estudio, facilitador, pudiera ser, eso es lo que nosotros, inferimos del análisis. El señor F.M.S., cédula de identidad 16.123.220, indicios: el día 05-12-2007, el día antes del hecho, le solicitó permiso al Comisario J.A., para asistir al acto de culminación y graduación del curso de ascenso, eso en la ciudad de Caracas, en el Helicoide, en nuestra Sede Central, aquí hay que acotar algo, hay situaciones como estas y más con la jerarquía de funcionario, cuando se dan este tipo de eventos en la cúpula, en la Sede Central de nuestro Despacho esta toda la plana mayor, toda la Jefatura, todos, absolutamente todos y a veces autoridades invitadas, Ministros, algunos personajes del Gobierno y es más que obligatorio y a parte ¿quién es la persona más interesada en ir a su acto de grado?, el graduando, entonces son cosas que me llamaron poderosamente la atención, de por qué si él se da salida y tiene todo autorizado, no aparece, sino después es que se va, son cositas que uno va divagando allí, entonces el día 05-12-2007, le solicitó permiso al Comisario Arellano para asistir al acto de culminación y graduación de su ascenso, a las 04:15 horas de la tarde se dio salida por el libro de novedades hacia la ciudad de Caracas para asistir a dicho grado en el Helicoide, pero su celda de ubicación y los datos tecnológicos que nos ofrece, dada por las empresas de telecomunicaciones nos dice que a su celda de ubicación geográfica, o sea su celda de ubicación geográfica de su móvil celular, que es el 0414-0332083, del día 05-12-2007, estuvo siempre en la ciudad de Barinas, su celda de ubicación siempre estuvo en la ciudad de Barinas, es decir, no se fué a la ciudad de Caracas como así lo solicitó o como lo plasmó en el libro de novedades, no se fué a la ciudad de Caracas, está detectado por su posicionamiento geográfico según su posición geográfica, él llama a las 8:55 al Inspector Frangel Arellano, en los gráficos que vimos anteriormente cuando estaba sucediendo el hecho y su celda de ubicación geográfica, saliente, lo ubica a él en la avenida Cuatricentenaria, que es de donde se están produciendo las llamadas, ¿que inferimos nosotros?, que están justificando las salidas, como decimos nosotros el cuadre para decir, no yo estoy por aquí, yo estoy en Caracas, verdad, y se producen las llamadas dónde, para que intercepten al vehículo donde lleva tripulado por el Comisario J.A., para ver, así lo describe tecnológicamente su ubicación geográfica, ¿Qué pasó?, que producto del análisis de su comunicación, pudimos establecer que no estaba en Caracas nada, sino que estaba ubicado en tiempo y lugar en la avenida Cuatricentenaria que era donde se estaba produciendo las llamadas para interceptar al Comisario J.A., que él falseo esa salida y toda esa información en la Brigada para taparse y justificar las acciones que estaba utilizando, aquí vemos que estaba enlazado con otro funcionario para que neutralizaran al Comisario J.A., entonces su celda geográfica de ubicación a través de su móvil celular 0414-0332083, del día 05-12-2007, estuvo todo el tiempo en la ciudad de Barinas, nunca se fué para Caracas, llama al Inspector Frangel Arellano el día de los hechos, a las 08:55 horas, desde la avenida Cuatricentenaria, según los datos y según la llamada, y el Inspector Frangel Arellano lo llama a él a las 9:30 horas y su celda de ubicación entrante es en la Cuatricentenaria, ambos están en la Cuatricentenaria, en los sitios donde se están produciendo las llamadas, como lo vimos en los gráficos anteriores y en las fotografías del sitio de economía informal, los 2 números celulares que llamaban al Sargento Guardia Nacional M.S., dándole la placa del vehículo, que iba conduciendo el Comisario Arellano y la ubicación de la droga, son teléfonos de alquiler ubicados en la avenida Cuatricentenaria, en la ciudad de Barinas, en la misma avenida donde están ubicados estos 2 señores para el momento, según su celda geográfica de ubicaciones del día 06-12-2007, empieza el recorrido como lo describe el mapa tecnológico según se vaya desplazando, hacia la zona, empieza a salir de la zona, a partir de la 01:00 de la tarde, ya cuando había pasado todo el evento, el hallazgo y todo aquello, cuando eso comienza su desplazamiento hacia la ciudad de Caracas, según su celda geográfica de ubicación del día en cuestión registra en el Helicoide, o sea que él llegó en el Helicoide, abre su señal en el Helicoide, a las 10:13 horas, a las 10:13 horas él llegó al Helicoide, y no es sino hasta la 01:15 horas de la madrugada cuando se da entrada a la Coordinación de Narcotráfico con la Inspectora Jefe Maribel y todo aquel combo que llegaron y se dieron entrada, o sea, que él estaba al tanto esperándolos a ellos, lo cierto del caso es que tecnológicamente pudimos demostrar que efectivamente ese señor tuvo todo ese comportamiento por el mapa cronológico que va describiendo su teléfono, él estuvo, él llegó, en el Helicoide abrió la señal a las 10:13, tampoco andaban en ese carro, como dicen que salieron juntos, ni nada de eso; el puesto de alquiler de la ciudadana M.R., ubicado en la avenida Cuatricentenaria es un punto de observación a la trayectoria del vehículo, lo que explicaba automáticamente un punto que estaba próximo a una redoma, de donde es obligatorio el pasó de salida de quien vaya y venga a la ciudad de Caracas; tiene registrado en la Compañía de telecomunicaciones Movistar los siguientes móviles celulares: 0414-033-2083 y 0424-541-6084 y 0424-541-4523 y 0424-544-8886, componente del crimen organizado en el que pudiera tener correspondencia en el hecho punible, probablemente pudiera ser el autor material o autor intelectual, o ambas figuras. Tenemos al señor Frangel Arellano Velásquez, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.551.410, indicios: él pernoctó, o sea, durmió, en la Base de Contrainteligencia 403 de la ciudad de Barinas, específicamente en la oficialía de guardia, esa es el área donde se reciben a las personas o donde se da la informaciones del Despacho, sin motivo, ni justificación aparente, ¿Por qué decimos sin motivo, ni justificación aparente?, porque no es común de este funcionario específicamente pernocté o se quedé en la delegación, en la base de contrainteligencia, no es normal y así lo evidencian las novedades y la rutina, no es su rutina, adicional a eso tiene una muletilla, eso del “man”, él dice siempre “el man”, y eso es típico en él, “el man” y hablar así e imitar y acentuar ese acento colombiano, él tiene esa muletilla y todo el mundo lo conoce, es natural de la población de el Piñal, el Piñal en Táchira, esta cerquita entre Apure y Táchira y es lindero con Colombia, su acento es Andino-Colombiano, lo que coincide con las declaraciones del Sargento Guardia Nacional M.S., que en su relato expone que recibió una llamada de una persona de acento, de timbre de voz masculino, con acento Colombiano y que “ese man, que tiene que joderlo, porque no sé qué, que él me hizo una vuelta ahí, o algo así y que hay 20 kilos entre blanca y monte y todo eso, él se hace llamar, es conocido como el Colombiano, su apodo, su seudónimo, así le dicen sus compañeros de trabajo, así que en la organización se conoce que es llamado de esa manera, y es bastante importante, su lugar de residencia es en Barinas, no tiene motivos para quedarse en la base, por eso nos pareció extraño que ese día sin justificación aparente y estando libre, se quedara en la base de noche, el día 06-12-2007, llama al Detective F.M. a las 09:11 horas de la mañana, y su celda de ubicación geográfica, ¿Dónde estaba él cuando estaba llamando?, en la avenida Cuatricentenaria, como la que vimos anteriormente, que fué donde se produjeron las llamadas, donde estaba ubicado el centro de comunicaciones informales del que llaman al Sargento de la Guardia Nacional que estaba en la alcabala. Este señor Frangel Arellano, tiene registrado en la compañía de telecomunicaciones de Movistar, los siguientes móviles celulares: 0414-567-2675, 0424-511-3726, 0424-571-8063, 0414-973-6457, 0414-575-7485 y los teléfonos que no conocen: 0257-415-1850, 0273-415-8840 y 0273-414-3357, que son de donde llaman de telefonía fija componente del crimen organizado, conducta de un hecho punible y los elementos que trabajan, puede ser autor material, autor intelectual, cómplice o todas esas. El señor F.F., titular de la cédula de identidad Nº V- 14.466.473, indicios: se encontraba libre, él se encontraba libre de permiso el día 06-12-2007, el día de los hechos, ese mismo día, inicia las comunicaciones a partir de las 06:31 de la mañana eso fué así que abre las operaciones, de un análisis de teléfono, se comunica con la Inspector Jefe M.F., seguidamente a las 06:33 horas, con el Detective F.M. y luego con el Inspector Frangel Arellano y siguen la red, como se demuestra en la grafica general de conexiones que vimos anteriormente, luego, mantienen sus comunicaciones antes, durante y después de los hechos donde tiene registrado en la compañía de telecomunicaciones movistar, los siguientes móviles celulares: 0414-556-8646, 0257-414-3759, 0414-266-4997, 0414-516-3761, 0414-350-7370, 0257-415-2237, 0414-516-3583, 0424-510-4864, componente del crimen organizado, conducta de hecho punible, elemento, autor material, cómplice e encubridor, hay unos teléfonos que no fueron objeto de análisis y fué porque en ningún momento estuvimos comisionados, para explorar más allá, poder avanzar un poquito más en los indicios. El señor N.Y.B., cédula de identidad 9.989.479, indicios, según nuestro análisis Jefe de la Banda, según los informes de inteligencia y contrainteligencia que maneja nuestro Despacho en el orden interno y de todo lo que se ha adelantado, él es Jefe de la banda de una red de extorsión, secuestros y narcotráfico en toda la ciudad de Barinas y sus zonas, en las adyacencias, a parte, producto a todas estas situaciones después que ocurrieron todos estos eventos y como no hubo resultados que ellos esperaban, entre el repudio que generó ante la Institución DISIP, este señor mueve operaciones desde la ciudad de Barinas, Yaracuy y Portuguesa, con sus contactos, eso es lo que maneja nuestro Despacho desde el punto de vista de inteligencia y contrainteligencia, como garantes que debemos ser de la seguridad del Estado en si, este señor tiene registrado en la compañía telecomunicaciones Movistar, los siguientes móviles celulares: 0414-573-6228, 0414-504-2152 y es usuario del móvil celular número 0414-879-0545; componente del crimen organizado, conducta punible a la cual pudiera corresponderse como autor material, autor intelectual o concuerda como alguna de ellas. Según nuestra investigación producto de todo este análisis que hicimos, pudimos concluir y así presentarlo ante nuestros superiores jerárquicos y fué toda esa mesa de trabajo, con los superiores, penosamente y con pena ajena como miembro de esta honorable Institución, pero ahí pareciera, hay situaciones en casa que se escapan, que no deberían ser. Entonces terminados los elementos de convicción, en las circunstancias de tiempo, modo y lugar que sirven de elementos probatorios para nosotros, en el orden interno, para demostrar la simulación del hecho punible, que coloca en condición de victima al Comisario J.A. y a su vez individualiza y establece la responsabilidades de los verdaderos autores complotados en este caso, que son los ciudadanos que se describieron anteriormente, por esa razón la Rectoría General de los Servicios, garante del orden interno, de que de verdad hayan funcionarios honorables como creo que se merece nuestra victima y como servidores públicos que somos, que se toman las medidas tanto administrativas como judiciales, entonces la Inspectoría General a nuestro servicio ha tomado unas medidas en los casos con todos estos ciudadanos, por ahora esta es nuestra representación, todo lo que se hizo, el análisis de todas las comunicaciones y las inferencias y nuestras conclusiones”.

    A preguntas de la Defensa manifestó: “Para el momento ostentaba la jerarquía de Sub-Comisario y era el Jefe de la Unidad de Casos Especiales de la Dirección Nacional de Contrainteligencia, es decir, todos los casos que tuvieran que ver con toda la geografía patria que fuesen de interés del Estado, de seguridad del Estado y que tuviese que ver con la Base de Contrainteligencia era mi deber trabajarlo y procesarlo y adelantar las averiguaciones a nivel nacional, casos especiales solamente; tengo 20 años de servicio; esa unidad de casos especiales, para ese momento como le dije, que estaba a mi mando, estaba adscrita a la Dirección de Contrainteligencia de la DISIP; nos corresponde trabajar lo que nosotros llamamos confidenciales o sensibles, donde se viera comprometida la seguridad del Estado en si, y lo que tuviese que ver con el buen orden interno, o sea interno institucional, interno de la Nación, todo lo que de una forma u otra pudiera afectar a la estabilidad en cualquiera de los ámbitos, estudiantil, religioso, en todos los ámbitos, a nuestro Estado o Nación; en primera instancia, de una vez, a penas conociendo los hechos por orden de la superioridad, se constituye comisión, la unidad de casos especiales de contrainteligencia, en conjunto con un equipo de profesionales de la Dirección de Investigación de Contra Narcotráfico, Terrorismo y Subversión, hubo gente de inteligencia, o sea, se activaron todos los mecanismos a los fines de establecer la verdad de los hechos, primero de orden interno, para ver las posibilidades, qué tipo de responsabilidades habían de orden administrativo y todo lo demás, una vez que ya estamos realizando ese trabajo de campo la Fiscalía Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial de acá de Portuguesa, con Competencia en Materia de Droga tiene conocimiento y nos autoriza, a cargo del Fiscal F.M., nos dan el análisis de comunicaciones a través de la Fiscalía 27 Nacional; se inicio como una investigación cerrada, una vez que nosotros tenemos todo eso, con los elementos de convicción que hay, trataremos de establecer las circunstancias de tiempo, modo y lugar y las afectaciones que pudiera tener cada evento, por esos casos especiales, en cualquiera de los ámbitos del acontecer nacional, o cualquiera de las instituciones y que tuviera consecuencias de una prognosis, de una evaluación, de hasta que punto podría ser afectada la seguridad de Estado o Nación, en cualquiera de sus ámbitos, político, religioso, estudiantil, en todos los ámbitos militar, entonces una vez que se hace el diagnostico, la superioridad es quien determina el uso, o lo que se hace, hacia donde se va a direccionar todo eso, obviamente si hay una presunción de que estamos en presencia de la presunta comisión de un hecho punible, se activan los mecanismos, a través, con nuestra Rectoría y el Ministerio Público ; de lo que arroje esa investigación, se nutren las otras Direcciones a los fines de tomar las decisiones correspondientes, tanto administrativas, las sanciones a las que haya lugar, hacia la verdad de los hechos, y si hay alguna responsabilidad de alguno de los funcionarios pues se toman las acciones a las que haya lugar para el buen nombre y el buen ejercicio de las funciones que nos corresponden como institución y si hay una amenaza en cualquiera de los órganos contra la Institución o el Estado como tal; la data para realizar el análisis de llamadas lo suministra la Compañía Administradora de la telefonía, bien sea, en este caso Movistar, de su registro ubicacional, ellos llevan para efecto de facturación un record de las llamadas, de flujo de las llamadas y también tienen un registro tecnológico que da tiempo y lugar, facturación de la llamada del lugar donde se están produciendo y el tiempo en que hubo entre esas comunicaciones, entonces producto de ese análisis del comportamiento de esas comunicaciones, de esas trazas comunicacionales, que eran esas conexiones, ellos también lo usan para efecto de facturación, pero nosotros para establecer estas situaciones plasmamos hace un rato y en definitiva que nos pone la compañía administradora de servicio de telefonía; la conclusión de la mesa de trabajo fué que efectivamente hubo y lamentablemente también, es penoso para nosotros como organización, pero que de verdad hubo un grupo de funcionarios, que complotaron, que se confabularon, para neutralizar al Comisario J.A. y decidieron fraguar esa simulación de hecho punible y le colocaron esa droga, otros funcionarios, varios funcionarios nuestros y bueno, neutralizarlo, ¿por qué?, porque ya habían informes previos, donde se estaba organizando, nosotros estábamos montados como decimos en alrededor de contrainteligencia, ya nosotros le teníamos el ojo puesto, como decimos, en una investigación previa en el orden interno de contrainteligencia a estos funcionarios porque tenían, presentaban conductas irregulares y el Jefe responsable de la seguridad del estado y de la contrainteligencia y por eso era el Jefe de la Base de Contrainteligencia para ese momento en la ciudad de Barinas, era el Comisario J.A. y por, obviamente, y por no ser él cómplice, ni ser permisivo ante las actividades ilícitas que venían desarrollando estos funcionarios y por informar a la superioridad, entonces, obviamente era un obstáculo, un elemento de obstrucción para sus fines y procedieron a neutralizarlo de esa manera como se describe aquí, esa fué la conclusión a la que llegamos nosotros; el inspector Á.F. trabaja en la Dirección de Investigaciones; en la Dirección de Investigaciones, Dirección Nacional de Investigaciones del CIP, hay una sala que se llama, sala de análisis situacional que es donde se analizan también toda esa información telefónica, es decir, una Dirección a parte a la nuestra, pero a la final todas tributan a la Dirección General, entonces se realizó todo ese tipo de situaciones por qué? para cotejarlo, como usted mismo lo decía hace un rato; esos informes eran generados por las labores de contrainteligencia, valga la redundancia, de la base de contrainteligencia 403 de allá de Barinas, y suscritos, quién remite? el Comisario J.A., ¿a quién?, al Director Nacional de Contrainteligencia que para el momento de los hechos es el General E.S., entre nosotros, en la institución hay un principio que se llama compartimentación, eso tiene, quién envía el informe, era el jefe de la unidad, en este caso, de Barinas y recibe el Director de contrainteligencia para efecto de la reserva en las informaciones, en resumidas cuentas remitía los informes el Comisario J.A. al Director Nacional; una vez que sucede el hecho en Boconoíto, nos enviaron a nosotros a hacer una evaluación de campo, una vez que nosotros comenzamos a reportar, lo que nosotros decimos sobre la marcha, desee cuenta que ya a las 02:00 de la tarde, desde nuestro comando central ya estaban enviando la orden para que subieran a la ciudad de Caracas a este grupo de funcionarios ¿Por qué?, porque ahí se activa un mecanismo, ya había una operación de contrainteligencia en función de las actividades irregulares que venían adoptando estos funcionarios producto de los reportes de que se lleva en la base, sin embargo yo tengo acceso y me entero de esos informes porque el mismo director de contrainteligencia me pone en auto, mira hay esta situación, y se viene adelantando unas pesquisas, una información ahí en inteligencia en relación a estos, tales y tales señores, vamos a, averiguar, obviamente le metemos, como decimos nosotros la lupa primero, vamos a anotar sus teléfonos, todo y todo, se comienza a hacer el trabajo de campo y efectivamente todo apuntaba hacia ellos, entonces, de una vez que lanzamos el trabajo de campo nos llegan copias de esos informes confidenciales que venían de contrainteligencia, de la Base de contrainteligencia y fuimos cotejando y viendo que efectivamente habían reportes donde se transmitía, se comunicaba que ahí en la ciudad de Barinas se estaba fraguando y cada día iba incrementando más los índices en materia de los delitos de extorsión, secuestro y habían unas conexiones ahí con trafico de droga, y que habían funcionarios de nuestro Despacho en componenda con funcionarios de otras instituciones, en este caso algunos del CICPC, algunos de la Guardia Nacional, como decimos nosotros torcidos a sus unidades y se dedicaron a las actividades del delito, eso se estaba monitoreando desde el punto de vista de contrainteligencia, entonces se estaba reportando constantemente al Comando Central, a la Dirección de Contrainteligencia y donde aparecían los nombres de funcionarios de la base de Barinas que son los que vimos y los que hemos descrito; todos esos informes eran fechados con anterioridad; tengo entendido que se tomaron las medidas y hubo varias figuras destituciones, remociones, todo eso, bueno, con la Jefatura, con todos estos órganos, según el grado de responsabilidad que la Superioridad o el Órgano correspondiente en este caso; nosotros una vez que, concluimos nuestras inferencias nos llevaron a nuestras conclusiones, sobre el comportamiento, de la gran responsabilidad de esa gente, comenzamos en principio a analizar a cada uno de los funcionarios, presentamos nuestras conclusiones a la superioridad, o sea, para efectos interno, no es suficiente para acusar ante la Inspectoría General de los Servicios y ante la asesoría jurídica nacional, el procedimiento le correspondía a ellos, por otra parte no indagamos más ya para estos efectos porque simple y llanamente no teníamos la autorización fiscal para indagar, en función de eso simplemente nos limitamos a cumplir con la parte que nos pidieron colaborar, hasta allí, esa es la razón por la que otros números no se investigaron más; la conclusión del equipo de trabajo, analizando los elementos de convicción que tenemos, los elementos tecnológicos que nos da la compañía de comunicaciones, analizando esas circunstancias de tiempo, modo y lugar, pudimos establecer y determinar que funcionarios, los que se nombraron en las láminas, en la representación, se complotaron, se pusieron de acuerdo para colocar ese material allí en el vehículo que iba a ser tripulado, para nadie es un secreto que el Comisario iba a ir a Caracas, a cumplir con esas actividades, a rendir las cuentas, porque es un deber y una obligación además; le colocaron eso allí para neutralizarlo, por qué? porque no se correspondía con los intereses de ellos, que eran sus delitos, lo que estaba manejando la contrainteligencia en las materias de extorsión y secuestro y todas esas actividades ilícitas, y el Comisariocomo en ningún momento se prestó para esas situaciones ilegales, era el obligado, tenia el deber de ser garante del orden interno y del buen servicio que le debemos al Estado, a la Nación, entonces, obviamente, ellos agarraron y antes de verse perjudicados ellos por la investigación que por alguna manera se filtró, es decir, que estaban siendo objeto de investigación, y que el Comisario estaba el frente de ese monitoreo, antes de asumir esas responsabilidades prefirieron neutralizarlo como en efecto fué y ¿qué es lo que buscaban?, ¿por qué el tipo de delito, en el que se relaciona?, porque es un delito que todos sabemos, que primero la rigurosidad de la Ley y el repudio que produce, para quienes ejercen ese tipo de actividades, algo más o menos como lo que paso aquí, entonces institucionalmente, el efecto que lograron fué todo lo contrario, ¿por qué?, porque para nadie es un secreto, todo el mundo comentaba, saben quienes son, más o menos los perfiles y quién es cada quién, en cada una de las organizaciones, de las instituciones, bien sea por referencia, por lo que sea y más cuando se documentan y ven los historiales y la trayectoria de las personas, sabemos en presencia de quien se está, entonces sabemos que la trayectoria del Comisario J.A. es un hombre probo, un hombre con una hoja de servicio intachable, rígido en el orden, en la disciplina y en lo que debe ser, entonces esa fué la causal por la cual estos señores ejercieron estas acciones, esa fueron las conclusiones a las que llagamos todos, en todo ese equipo de trabajo; al Comisario Arellano lo he visto cualquier cantidad de veces en el Despacho, pero conocerlo como tal, después de los hechos, después del día ese 06 de Diciembre del 2007, porque me tocó la responsabilidad de trabajar el caso, en algún momento acercarme allá a ver, a indagar, a tomar mis datos con ese trabajo de campo y de ahí a la fecha es donde pude entablar con él, de saber de él.”

    A preguntas de la Fiscal del Ministerio Público contestó: “Doctora a usted la conocí en su Despacho, en la ciudad de Caracas, después, producto del trabajo que se venia adelantando, primero estuvimos en la zona de Portuguesa, en la Fiscalía Primera con Competencia en Materia de Drogas y después, producto de esas coordinaciones, tuvimos que ir a la Fiscalía que tenia la rectoría, en cuanto al caso como tal y para hacer las coordinaciones en el Ministerio, en materia de apoyo a la Institución en relación a los análisis de llamadas a los fines de buscar la verdad de los hechos; la comunicación fué solo por este caso; para apoyar al Ministerio Público para eso nos comisionaron, en el Despacho, en la institución; cuando es comisionada la Institución, además que es nuestro deber y siempre bajo la rectoría del Ministerio Público , cada vez que nos requieran, nosotros como institución y como funcionarios, al servicio de este Estado Nacional, estamos siempre a la orden y al momento para cualquier cosa; la actividad que estaba llevando a cabo dentro de la institución tenía que ver con la posibilidad de que se hubiese cometido una simulación de hecho punible; ante la simulación de hecho punible porque se analizaron, cuando fueron llegando, producto de búsqueda, ordenamiento, procesamiento y análisis de todos los elementos y de todas las comisiones que venían llegando en ese trabajo de campo y de toda esa diligencia tecnológica que vimos hace un rato, en cuanto a la telefonía que describían cierta situaciones de tiempo, modo y lugar, una vez que teníamos todos esos elementos a la mano y producto de declaraciones que se tomaron, las otras fueron en la Fiscalía Primera, nos permitió inferir que pudiéramos estar en presencia de una simulación de hecho punible, donde ponían en condición de victima, por ser imputado, o sea, se le causaba una lesión, un daño, al Comisario J.A.; una vez que se comenzó, eso es un proceso de búsqueda, esto es parte del proceso, búsqueda de la información, ordenamiento, procesamiento, luego cuando llegamos a la fase del análisis, ya al concluir, después que analizamos todos esos elementos de convicción que recabamos y los diferentes factores, producimos la metodología que se utiliza en la investigación, produce una inferencia y una conclusión, que eso se debate entre los diferentes equipos disciplinarios, en las diferentes Direcciones de nuestro Despacho y se llega a la conclusión final, que es la que se presenta, a sea, ya como última, es como cuando uno presenta una terna, le doy 3 opciones a la superioridad sin embargo, en lo que coincidimos todos, es esto, en esta apreciación, esta es la conclusión y la decisión a la final, en el orden administrativo y presentada a la superioridad; producto, ya de una vez, que llegamos al análisis y una vez pasado por todo el proceso lógico de ordenamiento, procesamiento y análisis de la información; cuando, hay formas y modos de metodologías de cada profesional, en cada una de las áreas del conocimiento, y cada experto procesa, ordena o aplica cada uno de los elementos que le parece que es más idóneo, para llegar a los resultados, claro, en el orden lógico científico, la Fiscalía pidió, pidió, que se le apoyara con el análisis de comunicación que nos da una lectura de tiempo y lugar, tiempo y lugar que nosotros cotejamos a ver quien se queda solo en el papel y abrió aquí, en tal sitio en Boconoíto y abrió allá, nosotros, le demostramos que abrieron personas en tal sitio y lo documentamos gráficamente, con quién se comunicó, donde están, ¿donde nace todo eso?, producto de ese apoyo que pidió en ese momento el Ministerio Público , de hecho, por eso refería anteriormente que cuando la defensa me hizo una pregunta en relación a un número telefónico, nosotros no avanzamos más allá, ni exploramos mas allá con ese número, por cuanto no teníamos la solicitud fiscal en relación a ese número en especifico, siempre supeditado y circunscrito a lo que se nos pedía; Doctora, hace un momento le presentamos, un análisis de comunicaciones, que son análisis telefonitos, producto de unas trazas comunicacionales que dejan cada móvil celular en antes, durante y después de los hechos que nos ocupa, y se determinó que en unos estaban a nombre o registrados ante la compañía telefónica, a nombres de tales o cuáles personas, que ya se describieron y otros quienes eran sus usuarios; en primera instancia, yo no involucre a nadie, en ningún hecho ni en ninguna investigación, ni nada, en segundo lugar me aboco a la averiguación en búsqueda de la verdad, comisionado por los órganos, los mandos superiores, en labores de contrainteligencia, ¿por qué?, porque el hecho ocurre en ejercicio de funcionarios de nuestro Despacho y el Jefe de la oficina o de la Base de contrainteligencia con sede en la ciudad de Barinas, con jurisdicción en todo el estado, entonces es deber de la Dirección de Contrainteligencia a la cual estoy adscrito y de paso tengo la responsabilidad de ser el Jefe de la Unidad de Casos Especiales con jurisdicción nacional de ir e indagar y ver como se activa la Consultoría Jurídica de nuestro Despacho, se activa la Inspectoría General de los Servicios y toda esa serie de profesionales a fin de indagar y verificar la verdad de los hechos, no de involucrar a nadie, sino nosotros simple y llanamente somos transmisores de los elementos de convicción, de las circunstancias de tiempo, modo y lugar que vemos en el camino, de los informes que nos presentan y entonces nosotros se la transmitimos a nuestros órganos, posteriormente a todo eso, cuando el Ministerio Público , comisiona a la DISIP como tal, a la cual me siento honrado de haber sido parte de ese día, me ordenan para que cooperemos, entonces se hacen esos enlaces, que fuimos a la Fiscalía 27 Nacional y seguíamos en contacto con la Fiscalía Primera, porque es interés del Estado, tengo entendido que el Ministerio Público es único e indivisible, pero también es parte de la estructura del Estado y nos debemos a esa gran Nación, en función de todo eso y por aquello de la corresponsabilidad, el principio de corresponsabilidad, como todos somos responsables, todos absolutamente todos y garantes de la seguridad del Estado, es nuestro deber abocarnos a esta área, a aclarar la verdad de los hechos donde se pueda ver lesionado o en peligro la estabilidad de nuestro Estado o Nación, por esas razones, apoyamos como siempre hemos estado y estaremos dispuestos a apoyar al Ministerio Público o a cualquiera de las instituciones, en estas funciones y nos supeditamos solo y solo a los números para los cuales fuimos autorizados que son los que estamos presentando acá en estas laminas el día de hoy; porque nosotros en ningún momento hemos hecho investigación, más que la que ordeno, ni siquiera investigación, análisis, análisis como expertos de una data, de unos elementos que esta proveyendo en este caso la compañía telefónica y de orden interno apenas tuvimos conocimiento que ocurrió el hecho se activan los mecanismos de verificación del Despacho a ver qué es lo que estaba aconteciendo, salen comisiones a mi mando, a verificar la veracidad de esos hechos que se están desarrollando, de esa alarma, de esa novedad, que supuestamente se está suscitando allí, donde aparece, aparentemente involucrado un funcionario de nuestro Despacho, de nombre J.A., que es además Jefe de la Unidad, de la Base de Contrainteligencia de Barinas, una vez que se verifica todo eso, comenzamos en el trabajo de campo, ahí en el lugar, se da la alarma, nos trasladamos y verificamos, si efectivamente pasó tales y tales y cuales cosas, lo documentamos y lo reportamos a nuestro órgano central, y en el orden interno la Inspectoría General por como está tipificado en nuestro reglamento interno, debemos evaluar, a través de los mecanismos de nuestra institución, que pasó allí, o sea, la verdad, en la búsqueda de la verdad y las circunstancias de tiempo, modo y lugar que rodean el hecho, ¿para qué? se lo tributamos a nuestros órgano superior, para que ellos sean los que determinen y si estuvieran o si lo visualizáramos en algún momento, si pudiera ver algo que diera aviso de que pudiéramos estar en presencia de la comisión de un hecho punible, serán alguno de esos órganos que se encargara de comunicar al Ministerio Público , como en efecto creo que se hizo ese nivel de gerencia; después que en nuestra rectoría se analizó, después de que el Ministerio Público comisionó para que se analizara todo aquello, ¿que donde nace?, por eso le digo que me disculpe, porque pienso que es una cuestión de concepto, tal vez a mi humilde postura, como se dio; por eso le digo que en cada área profesional, hay términos técnicos que tal vez yo no manejo y me disculpa, de repente para un mecánico investigación es una cosa, para un medico investigación o exploración es otra cosa, para nosotros indagar, investigar, estudio, eso de verdad, ahora Jurídicamente hablando, o sea, técnica jurídica, así como usted me lo plantea, de verdad que no, yo lo que si le puedo explicar y que le reitero, es que nosotros, una vez que se tuvo conocimiento del hecho, salió, se activo todo el aparataje del Despacho, de la DISIP, de la División de los Servicios de Inteligencia y Prevención, a los fines de establecer la veracidad de esos hechos, salimos a establecer la veracidad, a ver, indagar, como nos corresponde en el orden institucional interno, también pudiera ser, sinónimo de cerrado, ahora cuando hablamos de darle vía legal, eso lo informamos al Ministerio Público en su oportunidad, para darle vía legal a los avances de su investigación, eso lo hablamos en su Despacho, allá en la sede central de la Fiscalía del Ministerio Público , en la Fiscalía 27, Usted dijo que una vez que nos daban, que nos solicitaron verdad, que colaboráramos con el análisis para darle vía legal a esos hallazgos, a esas situaciones a las que nosotros habíamos llegado y eso concatenado o en coordinación con la Fiscalía Primera del Ministerio Público con Competencia en Materia de Droga de la Circunscripción del Estado Portuguesa, a cargo del Dr. F.M., ¿Por qué?, porque él era el que estaba más tiempo acá en la jurisdicción y le tributaba o le reportaba a Usted que era su superior jerárquico, cosa que yo por lo menos no conocía; en este estado la Fiscal del Ministerio le indicó al funcionario: “ le voy a explicar, que usted constantemente en su intervención, refirió, que usted no había continuado la investigación porque el Ministerio Público no lo había comisionado, dando a entender que el límite de su investigación era el Ministerio Público , entendiendo el Ministerio Público que usted estaba realizando era un trabajo propio, dentro, interno”; no hice un trabajo propio, propio es cuando uno trabaja por sus propios ingresos; el Ministerio Público en ningún momento comisiona a la DISIP, la Dirección de Servicios de Inteligencia entre su estructura, ya venia adelantando una averiguación de orden interno para ver que era lo que había pasado allí, en este caso la DISIP, comisiona, por una parte la misma Fiscalía, entonces a la Dirección de Investigaciones, esa coordinación institucional, bueno, eso le corresponde a investigaciones, en investigaciones hay una sala de análisis Lin, entonces por allá designaron, si mal no recuerdo creo que fué al funcionario Á.F., por eso entendí cuando por allá me preguntaron, creo que fué la defensa, me preguntó usted conoce a aquel funcionario que designaron por la parte de investigación, por la parte de contrainteligencia, la Dirección de contrainteligencia a la cual está adscrita la base y el Comisario Arellano, a través de su órgano directo, también está haciendo la averiguación, están indagando a los fines de cotejar esas 2 resultas, cuando la Fiscalía del Ministerio Público solicita unos análisis bajo la rectoría del Ministerio Público , es cuando uno dice, necesitamos precisar esto, esto, esto y tales números, para darle vía legal, en ningún momento, o sea, no es la intención decir que la limitante la puso el Ministerio Público, no, simplemente aclarar, aclarar que estamos sustentados y circunscriptos a simple y llanamente a lo que se nos pidió que analizáramos, es decir, qué cantidad de números, números tales, de hecho los números a los que usted se refiere, nosotros manejamos números, números no personas; cuando se hace el análisis de la telefonía, se parte de números, de esos números se solicitan datos filiatorios, aquí se establece ese número tal está asignado a fulano, al señor P.P. (ejemplo), cuál fué su comportamiento, dónde estaba ubicado el señor, nosotros según los datos que nos está dando, entonces, ese señor estuvo en orden cronológico en tal y tal fecha estuvo, su comportamiento fué así, se movió en tales y cuales sectores de la geografía nacional, ¿con quién se comunicó?, con los móviles celulares tales y tales, ¿con qué frecuencia?, tales y tales frecuencia, en tales horas, tanto tiempo de duración y todo aquello, si nos piden, en todo ese universo de números que aparecen allí, identifique a fulano y el número este, okey, entonces, es como que de pronto si yo tengo mi número y usted me dijera a mi, mira dame todos los números que tienes en la agenda telefónica, o sea, de mi móvil celular, o sea humanamente eso no lo puedo hacer, pero si puedo hacer es cotejarlo, entonces yo decir, este número y así como tenemos los datos, para saber de lo que estamos hablando, con qué persona se relacionan, con los libros de novedades de la organización, con la información que nos provee la telefónica, todo eso, entonces vamos sabiendo a quien le corresponde cada uno de los números, eso es todo, el Teniente en cuestión, es el Jefe inmediato del Sargento M.S. y de ese puesto de control de mando, allí en la alcabala de Boconoíto, y se describió quien es este señor por qué se comunica, o sea, porque eso fué parte del análisis que se tuvo, más nada, o sea, ni estamos diciendo ni “A” ni “B”, sino que objetivamente esto fué el comportamiento, ya de ultimo y le dije, en el orden interno para efectos de la DISIP, para efectos de la institución como garante, como parte de todo este Estado y como responsables que somos de la seguridad de la Nación, todos, todos nosotros los ciudadanos, y mas siendo funcionarios de este Despacho, prevenimos, es decir una vez lanzado, yo se lo explicaba, un proceso lógico, búsqueda, recolección o colección de la evidencia, ordenamiento, análisis, y después de esos análisis se producen inferencias y por ende consecuencias, conclusiones, que se le tributan a la superioridad o en este caso si lo requiere, cuando lo requiere el Ministerio Público , cuando nos faculta, se le tributa al Ministerio Público o a la instancia del Estado que lo requiera y esas instancias son las llamadas en el área de su competencia de tomar las decisiones, por eso le respondí, que nosotros en nuestra humilde postura, nos limitamos simple y llanamente a cumplir esas instrucciones; en relación a la fuente para indicar que el teniente Pineda se comunicó con usted no recuerdo con exactitud porque mi memoria, no me da tan allá, pero creo que no fué el día 06, fué otro día y si a ver vamos, como le vengo diciendo, si eso está allí, la fuente obviamente debió haber sido la compañía telefónica, lo cual imagino que debe estar allá en el expediente, si no lo tiene usted, el doctor F.M. en ese momento.”

    La anterior declaración la valora el Tribunal por haber sido vertida bajo las formalidades de ley, por un funcionario experto en casos especiales adscrito a la DISIP, quien de manera elocuente, coherente y firme explicó, analizó y concatenó las circunstancias previas, concomitantes y posteriores a la aprehensión del acusado en el punto de control móvil de Boconoíto, como consecuencia del trabajo de investigación dentro del orden interno de la institución y su cooperación con la Fiscalía del Ministerio Público en el área de análisis de la telefonía; que le fué comisionado, aportando las inferencias y conclusiones a las que arribó el órgano de seguridad de Estado. Los hechos que individualmente se aprecian y que más adelante se concatenaran con las demás pruebas son los siguientes:

    a) Que el 6 de diciembre de 2007, una vez se tiene conocimiento de los hechos ocurridos con el jefe de la Base de Contrainteligencia de la DISIP Barinas, Comisario J.E.A. en la alcabala de Boconoíto del estado Portuguesa, se activaron todos los mecanismos internos de seguridad de dicha institución a los fines de evaluar la situación y su alcance, iniciándose en el orden interno un trabajo de investigación de campo tomándose además las medidas pertinentes y de carácter urgente.

    b) Que previamente al 6 de diciembre de 2007, por trabajos de investigación de inteligencia y contrainteligencia dentro de la DISIP existían informes que daban cuenta de la conducta irregular de algunos de sus funcionarios, quines estarían vinculados a la comisión de los delitos de extorsión, secuestro e inclusive con algunas conexiones con narcotráfico, conformando así una posible organización delictiva conjuntamente con funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y de la Guardia Nacional.

    c) Que la Fiscalía del Ministerio Público comisionó a la DISIP como institución a los fines de hacer el análisis de llamadas realizadas antes, durante y después de la detención del Comisario Arellano, siendo la base de datos los aportados por las empresas de telefonía y que en dicho análisis se determinó las llamadas recibidas y realizadas, sus conexiones, frecuencia, ubicación geográfica y comportamiento individual de cada uno de los actores vinculados al suceso para posteriormente correlacionarlos y plasmar las inferencias del equipo de trabajo, conclusiones que fueron presentadas ante la superioridad de la DISIP y a la Fiscalía que llevaba la investigación.

    d) Que el equipo de trabajo de la DISIP una vez efectuada su investigación de campo, analizados los elementos de convicción tecnológicos aportados por la compañía de comunicaciones y las circunstancias de tiempo, modo y lugar como ocurrieron los hechos estableció en el orden interno que funcionarios adscritos a la base de contrainteligencia Barinas se complotaron, se confabularon para neutralizar al Comisario J.E.A. y decidieron fraguar la simulación de un hecho punible colocando la sustancia estupefaciente y psicotrópica en el vehículo que conduciría con destino a Caracas, siendo el motivo para ello que había una investigación de contrainteligencia a esos funcionarios porque presentaban conductas irregulares y el Comisario Arellano no era cómplice, ni permisivo ante las actividades ilícitas que venían desarrollando.

    e) Que en el marco de la investigación realizada por las distintas Direcciones que conforman la DISIP, en el orden interno de la institución quedó establecido que existían indicios de responsabilidad de los funcionarios M.H., Frangel Arellano Velasco, F.J.F., J.E.H., F.O.M. y N.Y.B.G., en fraguar para que el 6 de diciembre de 2007 en la alcabala de Boconoíto el Comisario J.E.A. apareciera como responsable del delito de ocultamiento de sustancias estupefacientes, colocando la sustancia en el vehículo en que iba a viajar y asegurándose que su aprehensión se realizara.

    J.C.A.L. previo juramento manifestó ser venezolano, de 46 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.666.643, militar activo, domiciliado en Guanare estado Lara y no tener vínculo con las partes, e impuesto del motivo de su comparecencia expuso:

    En esa fecha estaba de servicio en la alcabala de Boconoíto, en el segundo turno y me fuí al sitio de descanso y serian las siete, siete y más y recibí llamada de un funcionario que estaba de permiso en su casa, me dio una información sobre un vehículo que venia, por lo que llame al funcionario que estaba en la alcabala y le suministre los datos del vehículo que se me habían dado”

    A preguntas formuladas por la Fiscal del Ministerio Público, contestó:”Me encontraba de descanso en el trailer que comprende dormitorio, oficina y baños; recibida la llamada me y comunico con Rojas Chirinos que se encontraba en la pista; yo recibo la llamada de Sargento Méndez, él era Jefe de Grupo pero se encontraba en Acarigua; me llamó porque de repente no sabía quién estaba de servicio en ese momento; al trancar la llamada me comunico con Rojas vía telefónica, me traslade a la pista; me entere que había sido detenido como al medio día; M.S. me dice dónde estas? yo le dije descansando, ¿quién esta en la pista? yo le dije Rojas, dile que viene un Fiat verde, con chaqueta de DISIP, que trae droga; no conozco a Dennys, Frangel, Albornoz, Ytamar, Maribel, Emiliano, Á.L.C., F.M..

    A preguntas formuladas por la defensa respondió: “No recuerdo fecha de procedimiento, recibí la llamada de 7:00 a 8:00 de la mañana; estaba adscrito a la Alcabala de Boconoíto, tenia 7-8 meses, el Jefe era el Teniente Ramírez; me encontraba descansando en el trailer, que es la zona para resguardo de nosotros; para ese día estaba de servicio y para el momento de descanso; el turno es 6 de la tarde a 12 de la noche y de 12 de la noche a 6 de la mañana; recuerdo que me relevó Rojas Chirinos, no recuerdo de más; esos turnos se integran por 7-8 miembros de tropa; me dijeron que era un Fiesta, color verde no me dijo quien conducía o placa de carro; M.S. me llamó a mi y yo le informe a Rojas Chirinos; me indicó que venían con chaqueta negra, con escudo DISIP; me encontraba en el área del dormitorio con los que habíamos entregado guardia; Teniente Pineda estaba en el dormitorio; le suministré la información vía telefónica a Rojas Chirinos; no recuerdo que Rojas Chirinos subió, no lo vi; solo recibí una llamada de M.S.; no presencie revisión de vehículo verde; tuve información del caso después de medio día; sí estaba un efectivo Álvarez, no recuerdo que el día antes se haya realizado procedimiento de azúcar y no tuve más contacto con M.S..”

    La anterior declaración la valora este tribunal como cierta, por emanar de un funcionario público hábil en cumplimiento de sus atribuciones, quien depuso en forma clara, firme y coherente su conocimiento del procedimiento en que se incautó la sustancia ilícita, y de la cual se deducen los siguientes hechos:

  103. Que el testigo es funcionario de la Guardia Nacional y se encontraba de servicio el día de los hechos, que estando en el trailer descansando, entre 7:00 y 8:00 de la mañana recibió llamada de otro funcionario de la Guardia Nacional M.S., quien se encontraba en Acarigua y le preguntó quien estaba en la pista a lo que le contestó que Rojas Chirinos, indicándole que le dijera que venía un fiat verde, con chaqueta de la DISIP y traía droga.

  104. Que el funcionario Cupertino le trasmite la información vía telefónica al funcionario Rojas Chirinos, continuó en el trailer y no participó en el procedimiento.

    J.J.O., previo juramento manifestó ser venezolana, titular de la cédula de Identidad Nº 15.022.841, de 29 años de edad, Licenciada en Estudios Internacionales, con domicilio en la ciudad de Caracas y sin vínculo con las partes, quien impuesta del motivo de su citación expuso: “ Fuí promovida por la dirección de Contra Inteligencia para realizar conexión de llamadas entre M.F., Frangel Arellano, F.F., F.M., J.A..”

    A preguntas de la defensa contestó: “Me entregan relaciones de llamadas con datos filiatorios proveniente de la compañía telefónica, aparece un telefono de J.A. y puede ser que lo porte otro usuario; F.M. se comunicó con J.A. una vez; Frangel Arellano llamó a con J.A. dos veces a las 9:36 y 11:22 de la mañana; J.A. llamó a Frangel Arellano cuatro veces, a las 7:39 , 8:11, 12:54 horas de la mañana”.

    A preguntas de la Fiscal del Ministerio Público contestó: “ No sé si J.A. pertenece a la DISIP; la data me la entrega el Director de Contrainteligencia; no recibí la data directamente de la compañía; se estableció que F.M. permaneció el día 5 en Barinas; las llamadas fueron en Barinas, en la avenida Cuatricentenaria; no puedo ubicar punto geográfico especifico, solo se refiere la avenida Cuatricentenaria; se me ordenó el día especifico de análisis y se realiza gráfico con conexiones”.

    La anterior declaración la valora el Tribunal por haber sido vertida bajo las formalidades de ley, por una testigo hábil, con su dicho se acredita exclusivamente que realizó análisis y grafico con conexiones de llamadas de los funcionarios M.F., Frangel Arellano, F.F., F.M. y J.A..

    Theomarys Coromoto Guevara, previo juramento manifestó ser venezolana, de 27 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.400.983, licenciada en educación, domiciliada en Guanare estado Portuguesa y no tener vínculo con las partes, e impuesto del motivo de su comparecencia expuso: “Ese día, yo trabajo en Boconoíto en la Casa de la Cultura, yo viajo todos los días a Boconoíto, yo llego en el autobús y me quedo ahí hablando con un amigo y llegó el Guardia Nacional y nos explicó que le sirviese de testigo de un procedimiento de revisión de vehículo, que era un procedimiento de rutina y nos llevaron al puesto de la Guardia, ahí estaba el carro verde con el Teniente y el señor y nos explicaron el procedimiento que iban a realizar y se revisó el vehículo, se encontró en la parte de atrás dos paquetes:”

    A preguntas formuladas por la Fiscal del Ministerio Público, contestó: “El carro era verde pequeño; estaban el Teniente, el Guardia que nos trajo y 2 más; había un guardia gravando; cuando llegamos ya tenían las puertas abiertas; para la revisión del vehículo comenzaron a desarmar todo el carro, tapicería, techo, latonería, todo y encuentran en la puerta del lado izquierdo; eran 2 panelas envueltas en tirro marrón, las pusieron para que viéramos que eran y observé que era algo verde como monte; lo observamos los 4 testigos que estábamos ahí; ahí se encontraba presente la persona que conducía el vehículo.”

    A preguntas formuladas por la defensa respondió: “La fecha de ese hecho es 06-12-2007, entre las 8:00 y 9:00 de la mañana; me encontraba en la esquina de la autopista donde venden café; me pidió la colaboración un Guardia Nacional gochito; me acompañó como testigo un amigo pero él se tuvo que ir; el vehículo estaba en el puesto de la Guardia; el vehículo tenía las 4 puertas abiertas, las cosas de la maletera estaban afuera, un bolso deportivo y zapatos; el carro estaba al lado del trailer; al momento de llegar las puertas no estaban desarmadas, yo escuché cuando el Teniente mandó a buscar las herramientas; la revisión fué por todo el carro, el Teniente se cambiaba por el tablero, la tapicería del techo, el motor, todos los asientos, por debajo del carro, las puertas; el Teniente duró bastante en desarmar las puertas, calculo 20 minutos porque le costaba abrir la tapa de la puerta; si era necesario desarmarla para encontrar el interior; estaba como una puerta normal; eran 3 Guardias Nacionales y el Teniente, no recuerdo nombres; el dueño del carro estaba tranquilo y él decía que eso era un procedimiento de rutina, le cambio la cara cuando le encontraron eso, dijo algo ahí y se puso las manos en la cabeza; el teléfono se lo quitaron después que le encontraron las cosas, no opuso resistencia, lo entregó.”

    La anterior declaración la valora este tribunal como cierta, por emanar de una ciudadana hábil a quien se le solicitó su colaboración como testigo en el procedimiento de revisión del vehículo, quien depuso en forma clara, firme y coherente sobre la manera en que se efectuó esa búsqueda en que se incautó la sustancia ilícita y de la cual se deducen los siguientes hechos:

  105. Que la testigo fué testigo presencial de la revisión realizada el 6 de diciembre de 2007, entre las 8:00 y 9:00 de la mañana en la alcabala de Boconoíto a un vehículo pequeño color verde, que se encontraba al lado del trailer de la Guardia Nacional.

  106. Que el Teniente revisó el vehículo por todas partes y solicitó unas herramientas y desarmó las puertas encontrando en la puerta del lado izquierdo dos panelas que contenían algo verde como monte.

  107. Que la revisión del vehículo la realizó un Teniente en presencia de los testigos, tres funcionarios de la Guardia Nacional y del dueño del carro, quien estaba tranquilo y decía que ese un procedimiento de rutina, pero que después le cambio la cara cuando encontraron las panelas y se puso las manos en la cabeza, que le quitaron el teléfono y lo entregó sin oponerse.

    D.I.A.M., previo juramento manifestó ser venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 16.643.486, estudiante, de 25 años de edad, con domicilio en Boconoíto y sin vínculo con las partes, quien impuesta del motivo de su citación expuso: “Yo estaba en la parada para irme al trabajo y me pidieron la colaboración que iban a hacer revisión de un carro, yo me llegué hasta el sitio”.

    A preguntas de la Fiscal del Ministerio Público contestó: “No recuerdo fecha, hora como a las 7:00 de la mañana; me buscó un Guardia Nacional yo estaba en la parada, junto en la alcabala; el Guardia Nacional me dijo que tenía que estar ahí para la revisión del carro; no conocía a los Guardias Nacionales, vi a las personas del procedimiento; me llevaron a la alcabala, estaban revisando un carro ahí, no recuerdo color ni nada y encontraron una cosa ahí; si habían más testigos, la revisión la hacían los 6; cuando llegué no recuerdo si las puertas estaban abiertas o cerradas; encontraron paquetes en la puerta de atrás del carro; si destaparon la puerta; no recuerdo a la persona que conducía el vehículo; vi los paquetes, ellos lo abrieron y era un monte verde; no recuerdo por donde lo abrieron; no recuerdo otras cosas encontradas del vehículo.”

    A preguntas de la Defensa manifestó: “La fecha no la recuerdo y la hora de 6:30 a 7:00 de la mañana para ir al trabajo; creo que se me acercaron dos Guardias; donde esta la alcabala fuí llevada al cowboy; el carro era como pequeño, 4 puertas, no recuerdo color; no sé cuántos Guardias Nacionales habían; consiguieron ahí 2 cuestiones marrones; nos acercamos la muchacha y los que estábamos ahí; no recuerdo cuántos revisaron el vehículo; si fué identificado el conductor que era un Jefe de la DISIP, el señor decía hagan su trabajo, yo me puse nerviosa y el mismo señor me decía tranquila eso es un procedimiento normal; si fué revisado no recuerdo que se le encontró; yo lo veía a el normal, ni nervioso, ni tranquilo, él hablaba por teléfono normal, cuando encontraron dijo “que es eso y se puso las manos en la cabeza”, abrió el paquete el Guardia Nacional y nos lo mostró para que vean y siguieron revisando el vehículo; contenía monte verde, decían que eso era droga.”

    La anterior declaración la valora este tribunal como cierta, por emanar de una ciudadana hábil a quien se le solicitó su colaboración como testigo en el procedimiento de revisión del vehículo, quien depuso en forma clara, firme y coherente sobre la manera en que se efectuó la búsqueda en que se incautó la sustancia ilícita, y de la cual se deducen los siguientes hechos:

  108. Que la ciudadana fué testigo presencial de la revisión realizada en la alcabala de Boconoíto a un vehículo pequeño que se encontraba al lado del Cowboy de la Guardia Nacional.

  109. Que desarmaron la puerta de atrás del vehículo y encontraron unos paquetes, que los abrieron y contenían algo verde como monte y decían que eso era droga.

  110. Que el conductor del vehículo que estaban revisando fué identificado, que era un Jefe de la DISIP y que decía “hagan su trabajo”, que la testigo estaba nerviosa y el mismo señor le decía “tranquila eso es un procedimiento normal”; que ella observó que el conductor tenía una actitud normal, ni nervioso, ni tranquilo, que hablaba por teléfono normal y cuando encontraron dijo “que es eso y se puso las manos en la cabeza”.

    M.C.R., previo juramento manifestó ser venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 17.261.976, de 27 años de edad, dedicada a los oficios del hogar, con domicilio en la ciudad de Barinas y sin vínculo con las partes, impuesta del motivo de su citación expuso: “De esos hechos yo no sé, yo empecé a trabajar el 23 de noviembre y realizaron unas llamadas, el 6 de diciembre el teléfono no tenía cadena, los clientes se llevaban el teléfono no tengo conocimiento de qué hablaron, con quién, no sé nada de eso.”

    A preguntas de la Fiscal del Ministerio Público contestó: “Tenía un puesto de teléfonos en la Avenida Cuatricentenaria con Industrial, frente a la oficina de Vengas; dure casi un año trabajando allí; desde 2l, 23 de noviembre de 2007 hasta octubre de 2008; un teléfono era mío y el otro se lo compre a mi cuñada; no ocurrió nada especial, el que llegaba agarraba el teléfono llamaba y me lo devolvía; yo trabajaba a veces en la mañana y otras en la tarde; la DISIP en Barinas queda por el Barrio 3 de Diciembre; no conozco a ningún funcionario de la DISIP, ni del CICPC, ni Guardia Nacional, solo de vista que pasaban por ahí; una vez un policía hizo una llamada pero eso fué al tiempo; a G.d.C. la vi ahorita, no la conocía”

    A preguntas de la Defensa manifestó: “Empecé a trabajar el 23 de noviembre, el puesto queda entre la avenida Cuatricentenaria e Industrial, en toda la puerta de Vengas; ese puesto lo empecé a trabajar yo, los teléfonos eran 0416-9597243 y 0424-5143071; a media cuadra queda la avenida Industrial; desde el puesto de teléfonos si se ven los vehículos circular por la Cuatricentenaria e Industrial; no sé quienes llamaron; estando yo ahí no hicieron llamadas personas con placa o identificación alguna; en la mañana no trabajaba yo, sino mi cuñada; al frente hay otro teléfono y a la salida de la avenida Industrial hay otro puesto; para el 6 de diciembre de 2007 vivía en el Barrio Continental; no puedo decir si las personas que estaban allí llamando recibían llamadas también”.

    La anterior declaración la valora este tribunal como cierta, por emanar de una ciudadana hábil y haber sido rendida bajo las formalidades de ley, llevando al convencimiento del Tribunal Mixto única y exclusivamente que para el 6 de diciembre de 2007, existía un puesto de teléfonos de alquiler de los números 0416-9597243 y 0424-5143071, ubicado en la Avenida Cuatricentenaria con Industrial, frente a la oficina de Vengas; en la ciudad de Barinas, punto desde el cual se visualizaba la circulación de vehículos de ambas avenidas y en la que trabajaba la testigo.

    G.d.C.R.A. previo juramento manifestó ser venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 15.829.205, de 34 años de edad, trabaja en alquiler de teléfonos, con domicilio en la ciudad de Barinas y sin vínculo con las partes, a quien impuesta del motivo de su citación se le solicitó expusiera su conocimiento de los hechos objeto del debate y expuso: “Pues ninguno”

    A preguntas de la Fiscal del Ministerio Público contestó: “La avenida E.C. está muy lejos de la avenida Cuatricentenaria, como a 20 o 30 cuadras; queda muy lejos del puesto de Vengas; tengo tres años en el puesto de alquiler con los teléfonos 0416-8795950, 0414-5095021; todos a nombre mío y vivo en el Primero de Diciembre; queda como a 40-45 minutos de la casa al puesto de teléfonos y no es mi dirección ahora; no sé donde queda la sede de la DISIP en Barinas, tengo 5 años en Barinas; no conozco avenida Caldera; es la segunda vez que declaro, la primera vez fué en Acarigua; los teléfonos los tenía sin cadena, los clientes se retiran a hablar y yo no tengo interés en lo que hablan; solo trabajo en el puesto; los más allegados que van a llamar son los que trabajan por ahí, es muy raro que lleguén funcionarios policiales; no tengo contacto con funcionarios de la DISIP, CICPC ni Guardia Nacional.”

    A preguntas de la Defensa manifestó: “Tengo tres años en el alquiler de teléfonos; tenía como un año cuando me llaman a declarar a Acarigua; no recuerdo que hayan ido funcionarios a llamar; no tengo contacto con la DISIP; hay un puesto cerca del Terminal al frente de la empresa Tuercas y Tornillos; mis teléfonos eran 0416-8786706; 0416-8795950; 0414-5095021; 0414-5095023; hay varios puestos de teléfonos por ahí; para el 6 de diciembre de 2007 mi puesto de teléfonos era el único por ahí.”

    La anterior declaración la valora este tribunal como cierta, por emanar de una ciudadana hábil y haber sido rendida bajo las formalidades de ley, llevando al convencimiento del Tribunal Mixto única y exclusivamente que para el 6 de diciembre e 2007, tenía un puesto de teléfonos de alquiler de los números 0416-8786706; 0416-8795950; 0414-5095021; 0414-5095023; 0416-9597243 y 0424-5143071, ubicado en la avenida Cuatricentenaria de Barinas, al cual concurrían muchas personas pero que la testigo desconoce que fuesen funcionarios o el contenido de las conversaciones de los clientes en general.

    De las testimoniales ofrecidas por las partes se prescindió de la declaración de la ciudadana M.B.A. y del funcionarios Segundo Alvarado, a pesar de haberse agotado la notificación por la fuerza pública y de la ciudadana Escobar S.M.C., cuya carga de hacerla comparecer le correspondía a la defensa.

    En el desarrollo del debate oral y público se incorporaron por su lectura de conformidad con el artículo 339 del Código Orgánico Procesal Penal al haber sido ofrecidas por la Fiscalía del Ministerio Público y la Defensa y admitidas en el auto de apertura a juicio las siguientes documentales:

    1) Copia certificada del listado del personal que labora en la base contrainteligencia 403 sede Barinas, que riela en la pieza uno al folio 254 y siguientes, en el que se constata nombre y apellido, número de cédula, cargo, jerarquía, fecha de ingreso, edad y dirección de cada uno de los funcionarios adscritos a la referida Base, acreditándose así dichas circunstancias.

    2) Resultados de los antecedentes disciplinarios, emitido por la Dirección General Sectorial de los Servicios de Inteligencia Y Prevención (DISIP) Inspectoría General de los Servicios, en fecha 08/01/2008, información suministrada por Comisario General R.J.M.P., en tal sentido tenemos a:

    a.- Frangel Arellano Velasco, cédula de identidad: 14.551.410; no registra Antecedentes Disciplinarios; actualmente se practican averiguaciones preliminares a fin de determinar si el mencionado funcionario incurrió en faltas previstas en la Ley del estatuto y la funciona pública

    b.- F.O.M.S., cédula de identidad: 16.123.220; fecha: 25/09/2009 expediente Nº: HC-785, emanado por: la BCI. 403 Barinas, decisión: Amonestación Escrita; actualmente se practican averiguaciones preliminares a fin de determinar si el mencionado funcionario incurrió en faltas previstas en la Ley del estatuto y la funciona pública.

    c.- E.R.A.P., cédula de Identidad: 5.675.368: no registra Antecedentes Disciplinarios.

    d.- F.J.F.R., cédula de Identidad: 14.466.473; no registra Antecedentes Disciplinarios.

    e.- J.R.A.V., cédula de Identidad: 15.753.908; no registra Antecedentes Disciplinarios.

    f.- Kruber J.G.S., cédula de Identidad: 6.635.038; fecha: 05/01/1989 Nº T-019, emanado por: la Brigater Nº 94 Acarigua; decisión: veinticuatro (24) horas de arresto; fecha: 11/11/1991 Nº 17-967, emanado por: S/E, decisión: Amonestación; fecha: 02/02/1994 Nº 20-472, emanado por: S/E, decisión: seis (06) días de arresto disciplinario; fecha: 08/07/1997, emanado por: Dirección de Regiones y Brigada s, decisión: Amonestación.

    g.- M.F.H., cédula de Identidad: 10.051.889; fecha: 20/07/1993 Nº 19-686, emanado por la Brigada de Guanare; decisión: Transferencia; fecha: 09/08/1996 Nº T-490, emanado por: La Brigater Nº 93, Guanare, decisión: veinticuatro (24) horas de arresto.

    h.- Á.E.L.C.C., cédula de Identidad: 12.238.799; fecha: 31/07/1998 Nº M-S-N, emanado por: la División de Inteligencia Interior, decisión: veinticuatro (24) horas de arresto; fecha: 30/05/2000, Nº 23-610, emanado por mantener averiguación abierta; decisión: Archivar; fecha: 07/03/2003, Nº 24-092, emanado por: ordena el inspector General según HC. S/N FECHA 27-05-03, decisión: Archivar.

    i.- N.Y.B.G., cédula de Identidad: 9.989.479, fecha: 17/02/1999, Nº 23-210, emanado por: el Arma fué recuperada posteriormente; decisión: veinticuatro (24) horas de arresto; fecha: 25/12/1992, Nº 19-101, emanado por: S/E, decisión: Amonestación; fecha: 02/04/1993 Nº M-399, emanado por: LA B. T. 95 Barinas, decisión: cuarenta y ocho (48) horas de arresto; fecha: 27/02/1991 Nº T-309, emanado por: LA B. T. 95 Barinas; decisión: cuarenta y ocho (48) horas de arresto; fecha: 09/12/1993 Nº 20-243; emanado por: Y transferir a otra Brigada ; decisión: Amonestación; fecha: 12/04/1993 Nº M-062, emanado por: LA BRIGATER. 95 Barinas; decisión: cuarenta y ocho (48) horas de arresto; fecha: 10/05/1995 Nº 0-733, emanado por: La Brigater Nº 51 Barquisimeto, decisión: veinticuatro (24) horas de arresto; fecha: 23/03/1998, emanado por: La Región 05. Centro Occidental, decisión: cuarenta y ocho (48) horas de arresto.

    j.- J.E.H., cédula de Identidad: 13.213.804, fecha: 18/12/1999 Nº 23-461; emanado por: Cancelar el valor del bien y reasignar, decisión: veinticuatro (24) horas de arresto.

    k.- Y.T.T., cédula de Identidad: 13.330.868; fecha: 15/09/1997 Nº 0-447, emanado por: la Brigater Nº 62. Anaco, decisión: cuarenta y ocho (48) horas de arresto; fecha: 04/06/2007, emanado por: remitir los autos al M.I.J, según dictamen 1660 fecha 16-10-2007, decisión: Archivar.

    l.- J.E.A.Q.., cédula de Identidad: 6.480.621, fecha: 07/10/1997 Nº M-694; emanado por: la División de Investigaciones, decisión: setenta y dos (72) horas de arresto; fecha: 01/11/1997 Nº M-857, emanado por: la División de Investigaciones, decisión: setenta y dos (72) horas de arresto; fecha: 21/04/1998 Nº M-317, emanado por: la División de Investigaciones, decisión: setenta y dos (72) horas de arresto.

    3) Oficio 0152-2008 del 31-1-2008 emanado de la Fiscalía XIV, relacionado con orden de allanamiento solicitada para el infiernito residencia del ciudadano Padrón Brizuela Lueser Alejandro, acordada por el Tribunal de Control Nª 6 Barinas, la cual no fué retirada por el funcionario solicitante, acreditándose con su lectura que la referida orden fué requerida pero no retirada para su ejecución formal.

    4) Copias fotostáticas certificadas del Libro de control de asistencia del personal general adscrito a la Base Contrainteligencia Barinas, de los días 5 y 6 de diciembre de 2007, expedida por el Comisario Kruber G.S., jefe encargado de la Brigada , la cual riela a los folios 80 y siguientes de la pieza 15 que conforman la presente causa, en las que se observó que se dejó indicación de la fecha, la jerarquía, nombre y apellido del funcionario, hora entrada, firma del funcionario, hora de salida y firma nuevamente; asimismo se observó que en algunos aparece la observación que se encontraba de reposo o si pernoctó, firmando al final de la planilla el Inspector jefe Supervisor de Guardia y el Comisario Jefe de la Brigada , acreditándose con la presente documental el personal que asistió a la base los días 5 y 6 de diciembre, su hora de llegada y salida, así como quienes pernoctaron.

    5) Relación de llamadas disponibles en el sistema CANTV del número telefónico 0416-6207330, emanado de la coordinación de análisis y administración de comunicaciones oficiales, remitido a la Fiscalía del Ministerio Público con competencia en drogas, en la que se observó la fecha, hora, duración y celda de ubicación geográfica de las llamadas efectuadas y recibidas, historial de llamadas en que el acusado indicó de manera directa o personal al Tribunal Mixto la secuencia de las mismas y las personas con quien se comunicó conforme a como se fueron suscitando los hechos, hasta el momento en que los teléfonos le son incautados.

    6) Copias fotostáticas certificadas de los oficios 403/680; 403/679; 403/785 emitidas por el Sub Comisario Livio J Sánchez, en su carácter de Jefe encargado de la Delegación Territorial DISIP Barinas y que son del tenor siguiente:

    Barinas 23 de agosto de 2006. 403/689. Ciudadano Comisario General. Director de Contrainteligencia. Su Despacho. Referencia: remisión copia fotostática de oficio Nº 347 de fecha 21/08/06, emanada de la Inspectoría Estadal del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Barinas. Tengo el honor de dirigirme a usted, con la finalidad de remitir anexo a la presente, Copia Fotostática de oficio 347 de fecha 21/08/06, emanado de la Inspectoría Estadal del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en donde remiten a este Despacho copia fotostática y certificada de una denuncia interpuesta por ante esa Inspectoría por el ciudadano: G.C.D.L.P., C.I 11.397.725, a fin de que ordene lo conducente para que este organismo aperture la averiguación administrativa correspondiente a que haya lugar con el fin de establecer responsabilidades o no. De igual manera, que dicha denuncia se le dio inicio por ante esa oficina la averiguación disciplinaria Nº 37.485-06 y con participación a la Fiscalía Superior de esta ciudad. Remisión que hago a usted, a los fines que ordene lo conducente en el presente caso. Atentamente. J.E.A.. Comisario Jefe de la B.C.I 403 Barinas

    .

    Barinas 23 de agosto de 2006. 403/679. Ciudadano Comisario General. Director de Contrainteligencia. Su Despacho. Referencia: remisión copia fotostática de oficio Nº 345 de fecha 17/08/06, emanado del C.I.C.P.C Inspectoría Estadal Subdelegación Barinas. Tengo el honor de dirigirme a usted, con la finalidad de remitir anexo a la presente, Copia Fotostática de oficio 345 de fecha 17/08/06, emanado de la Inspectoría Estadal del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Barinas en donde solicita la colaboración a este Despacho para que comparezca por ante esa Inspectoría el funcionario F.M., adscrito a esta Base, con la finalidad de tomarle entrevista en relación a la causa administrativa signada con el Nª 37-485-06, instruida por la referida oficina. De igual manera solicita si en este despacho labora algún funcionario de nombre Yoghi. Remisión que hago a usted, a los fines que ordene lo conducente en el presente caso. Atentamente. J.E.A.. ComisarioJefe de la B.C.I 403 Barinas

    .

    “Barinas 25 de septiembre de 2006. 403/785. Ciudadano ComisarioGeneral. Director de Contrainteligencia. Su Despacho. Referencia: remisión copia de Amonestación Escrita impuesta al funcionario Detective: Mora S.F.O., cédula Nº 16.123.220, adscrito a esta Base. Tengo el honor de dirigirme a usted, con la finalidad de remitirle anexo a la presente comunicación, copia de AMONESTACION ESCRITA, impuesta al funcionario DETECTIVE: F.O.M.S., C.I.N 16.123.220, adscrito a esta B.I.C 403-Barinas, por haber infringido el articulo 83, numeral 1 de la Ley del Estatuto de la Función Publica, que dispone “Negligencia en el cumplimiento de los deberes inherentes al cargo” al incurrir en el siguiente hecho: Rendir entrevista en calidad de testigo en fecha 22/08/06, ante la Inspectoría Estatal del C.I.C.P.C Sub delegación Barinas, sin haber notificado debidamente a su Superior Inmediato y sin la respectiva autorización. Remisión que hago a usted, para su conocimiento y demás fines. Atentamente. J.E.A.. ComisarioJefe de la B.C.I 403 Barinas”.

    Leído el texto integró se acredita con las referidas documentales una denuncia interpuesta por el ciudadano G.C.d.l.P., en que hace referencia a que estaba siendo coaccionado por funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y uno de la DISIP de nombre Mora, con quien se entrevistó para la entrega de un dinero, para ayudarlo por un problema de violación y que la denuncia fué remitida por el Comisario Arellano al Comisario General, Director de Contrainteligencia y amonestado en consecuencia.

    7) Copia fotostática certificada de oficio 403/778 emitidas por el Sub Comisario Livio J Sánchez, en su carácter de Jefe encargado de la Delegación Territorial DISIP Barinas y que son del tenor siguiente:

    Barinas 22 de septiembre de 2006. 403/778. Ciudadano ComisarioGeneral. DIRECTOR DE CONTRAINTELIGENCIA. Su Despacho. Referencia: Remisión legajo de actuaciones. Tengo el honor de dirigirme a usted, con la finalidad de remitirle anexo a la presente comunicación, legajo de los siguientes documentos: * Denuncia formulada ante esta base el día 21/09/06, por la ciudadana A.C. TORRES CASANOVA, titular de la cédula de identidad 13.576.518, en la cual se mencionan a los funcionarios Inspectores: Y.T. y J.F.S.R., adscritos a esta Base. * Comunicación Nª 776 de fecha 22/09/06, enviada por esta Base al Abogado Walmore Pérez, Fiscal Superior del Ministerio Público, Circunscripción Judicial del estado Barinas, en donde se envia la respectiva denuncia. * Informe presentado por el Inspector SALAS REBOLLEDO J.F., C.I. 11.716.773, adscrito a esta Base. Remisión que hago a usted, para su conocimiento y demás fines. Atentamente. J.E.A.. Comisario Jefe de la B.C.I 403 Barinas

    .

    Leído el texto integro de la comunicación se acredita con la existencia de una denuncia interpuesta por la ciudadana A.C.T.C., en que hace referencia a que estaba siendo coaccionada para pagar por la devolución de unos vehículos y hace mención a los funcionarios Y.T. y J.S.R. como funcionarios DISIP, probándose así mismo que la denuncia fué remitida por el Comisario Arellano al Comisario General y a la Fiscalía del Ministerio Público.

    8) Copias fotostáticas certificadas de informe remitido al Comisario General H.J.R.S., por el Comisario J.E.A.Q., en fecha 18 de enero de 2007, emitidas por el Sub Comisario Livio J Sánchez, en su carácter de Jefe encargado de la Delegación Territorial DISIP Barinas, relacionado son la situación irregular en relación a las actividades realizadas en la jurisdicción del estado Barinas por parte del Sub Comisario Becerra Garrido N.Y., cédula de identidad N1 9.989.479, en el que se narra la actividad desarrollada con ocasión al secuestro del ciudadano S.F., en que se indica que el funcionario estaba autorizado para operar en la jurisdicción por el Comisario General B.B., que le facilitó dos fusiles, dos chalecos y al funcionario detective F.M., sin que hubiesen consignado el expediente cuando les fué requerido y se hace mención en el informe a irregularidades suscitadas en fecha 19-10-2006, 17-08-2006 con el referido funcionario Y.B.. Leído el texto integró del informe se acredita que el Comisario Arellano Quintana informó en fecha 18 de enero de 2007, al Jefe General de los Servicios de Inteligencia y Prevención, irregularidades en el desempeño del funcionario N.Y.B..

    9) Celdas ubicación llamadas entrantes y salientes de los abonados 0414-5672675, 0414-9736457 y 0414-0332083 del día 6 de diciembre de 2007, así como datos filiatorios, celdas de ubicación geográfica, llamadas entrantes y salientes de los abonados 0414-5554617, 414-1595839, 0424-5253063, 0414-5645314, 0424-5416084, 0257-4152237 de esa misma fecha emitida por la coordinación de análisis y administración de comunicaciones de la empresa de telefonía Movistar.

    10) Constancia de estudios del Comisario Arellano Quintana J.E. suscrita por al Abg. M.Y.R., Coordinadora del Convenio Universidad S.R. y el cual es del tenor siguiente:

    Quien suscribe, Coordinadora del Convenio UNESR – DISIP, Caracas, dando respuesta al oficio FMP-27NN-056-2009, suscrito por la ciudadana Fiscal Auxiliar Vigésima Séptima con Competencia Plena a Nivel Nacional Dra. B.A., certificado que en los registros académicos existentes consta que el Bachiller, Arellano Quintana J.E., titular de la cédula de Identidad Nº 6.480.621, curso el II semestre en la carrera de Administración, ciclo General, bajo la modalidad de viernes y sábado, en las Instalaciones del Helicoide – Caracas, en el horario comprendido desde 8:00 am hasta 5:30 pm, durante el periodo académico 2007-II, el cual inicio en el mes de octubre del año 2007 y concluyó en enero del año 2008

    .

    Con la anterior documental se acredita que el Comisario J.E.A.Q. ciertamente se encontraba cursando estudio universitarios para la fecha de ocurrencia del hecho objeto de debate, en la ciudad de Caracas los días viernes y sábados.

    11) Constancia de asignación vehículo 041 a la Brigada 403 DISIP Barinas de fecha 15-6-2006, el cual contiene:

    Asignación de vehículo 041.

    DE: DIRECCION DE SERVICIOS GENERALES

    PARA: DIRECCION DE BASES (B.A.I 403 BARINAS)

    FECHA: CARACAS, 15 D JUNIO DE 2006.

    Por medio de la presente, se deja constancia de la asignación del vehículo que a continuación se describe:

    TIPO: SEDAN MARCA: FORD MODELO: FIESTA

    COLOR: VERDE AÑO: 2004

    PLACA PARTICULAR: JAM-43P

    Cabe destacar que el mismo quedara bajo su responsabilidad cumpliendo lo estipulado de manera textual en el artículo 1.185 del Código Civil, el cual señala lo siguiente:

    Articulo 1.185 “El que con intención o por negligencia o por imprudencia ha causado un daño a otro, esta obligado a repararlo”.

    Suscriben A.R.A. como Sub Comisario Jefe de la División de Transporte y B.B.M. como Comisario General. Director de Servicios Generales

    .

    Con la anterior documental se acredita que efectivamente el vehículo TIPO: SEDAN, MARCA: FORD, MODELO: FIESTA, COLOR VERDE, AÑO: 2004 PLACA PARTICULAR: JAM-43P, era un vehículo asignado a la Brigada de Contrainteligencia Barinas, desde del 15 de junio de 2006.

    12) Copia certificada de los expedientes administrativos aperturados por la Coordinación de Inspectoría General de los Servicios de Inteligencia y Prevención, a los funcionarios, con ocasión a los hechos ocurridos en fecha 6 de diciembre de 2007, en los que consta la totalidad de los actos de investigación practicados por la institución en el orden interno y que razones practicas con el acuerdo entre las partes se incorporó por la lectura sólo el resultado de cada uno de estos expedientes, siendo en consecuencia:

    a.- “Expediente Nº 24541; Imputado: N.Y.B.G., cédula: 9.989.479; agraviado: El Despacho; Delito: falta de probidad, conducta Inmoral en el Trabajo o Acto Lesivo al buen nombre o a los Intereses del órgano o ente de la Administración Publica; Acta Nº 685, suscrita por la ciudadana R.B.A., directora de personal de los Servicios de Inteligencia y Prevención, donde se notifica destitución del Sub-Comisario N.Y.B.G., por haber incurrido en la causal establecida en el articulo 86 numeral 6 de la Ley del Estatuto de la Función Publica, referida a: 6…”Falta de Probidad …”. Motivo por el cual conforme con lo dispuesto en el artículo 78 numeral 6 ejusdem se procede a su retiro de la Administración Publica”.

    b.- “Expediente Nº 24542.; Imputado: Inspector Jefe: J.E.H., cédula 13.213.804; Agraviado: El Despacho; Delito: falta de probidad, conducta Inmoral en el Trabajo o Acto Lesivo al buen nombre o a los Intereses del órgano o ente de la Administración Publica; no consta decisión o acto conclusivo”.

    c.- “Expediente Nº 24546. Sub-Comisario M.F.H., cédula 10.051.889; Agraviado: El Despacho; Delito: falta de probidad, conducta Inmoral en el Trabajo o Acto Lesivo al buen nombre o a los Intereses del órgano o ente de la Administración Publica; Acta Nº 688, suscrita por la ciudadana R.B.A., directora de personal de los Servicios de Inteligencia y Prevención, donde se notifica la destitución de la Sub-Comisario M.F.H., por haber incurrido en la causal establecida en el articulo 86 numeral 6 de la Ley del Estatuto de la Función Publica, referida a: 6…”Falta de Probidad…”. Motivo por el cual conforme con lo dispuesto en el artículo 78 numeral 6 ejusdem se procede a su retiro de la Administración Publica”.

    d.- “Expediente Nº 24547; Imputado: Inspector: Y.T.T., cédula 13.330.868; Agraviado: El Despacho; Delito: falta de probidad, conducta Inmoral en el Trabajo o Acto Lesivo al buen nombre o a los Intereses del órgano o ente de la Administración Publica; Acta Nº 010-2009, suscrita por el ciudadano H.R.S., Director General de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención, dirigida al Inspector: Y.T.T., donde lo remueve del cargo que en la Dirección de Contrainteligencia (B.C.I Nº 403, Barinas) con la jerarquía de Inspector, venia desempeñando dentro de esta Institución”.

    e.- “Expediente Nº 24544. Imputado: Inspector Á.E.L.C.C., cédula 12.238.799; Agraviado: El Despacho; Delito: falta de probidad, conducta Inmoral en el Trabajo o Acto Lesivo al buen nombre o a los Intereses del órgano o ente de la Administración Publica; Acta Nº 684, suscrita por la ciudadana R.B.A., directora de personal de los Servicios de Inteligencia y Prevención, dirigida al Inspector Á.E.L.C.C., donde se le notifica la destitución por haber incurrido en la causal establecida en el articulo 86 numeral 6 de la Ley del Estatuto de la Función Publica, referida a: 6…”Falta de Probidad…”. Motivo por el cual conforme con lo dispuesto en el artículo 78 numeral 6 ejusdem se procede a su retiro de la Administración Publica”.

    f.- “Expediente Nº 24556; Imputado Inspector: Frangel Arellano Velasco, cédula 14.551.410; Agraviado: El Despacho; Delito: falta de probidad, por presuntamente no ceñirse a la verdad de los hechos al momento de rendir entrevista en fecha 02-07-2008; no tiene acto conclusivo o no consta en el expediente” .

    g.- “Expediente Nº 24545.Imputado: Sub-Inspector: J.R.A.V., cédula 15.753.908; Agraviado: El Despacho; Delito: falta de probidad, conducta Inmoral en el Trabajo o Acto Lesivo al buen nombre o a los Intereses del órgano o ente de la Administración Publica; Acta Nº 009-2009, suscrito por el ciudadano H.R.S., Director General de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención, dirigida al Sub-Inspector: J.R.A.V., donde lo remueve del cargo que en la Dirección de Contrainteligencia (B.C.I Nº 405, Guasdualito) con la jerarquía de Sub-Inspector, venia desempeñando dentro de esta Institución”.

    h.- “Expediente Nº 24555; Imputado: Detective: F.O.M.S., cédula 16.123.220; Agraviado: El Despacho; Delito: falta de probidad, por presuntamente no ceñirse a la verdad de los hechos al momento de rendir entrevista en fecha 02-07-2008; Acta Nº 686, suscrita por la ciudadana R.B.A., directora de personal de los Servicios de Inteligencia y Prevención, dirigida al Detective: F.O.M.S., donde lo destituye por haber incurrido en la causal establecida en el articulo 86 numeral 6 de la Ley del Estatuto de la Función Publica, referida a: 6…”Falta de Probidad, vías de hecho,… acto lesivo al buen nombre o a los intereses del órgano o ente de la Administración Publica”. Motivo por el cual conforme con lo dispuesto en el artículo 78 numeral 6 ejusdem se procede a su retiro de la Administración Publica”.

    1. Expediente Nº 24543; Imputado: Inspector: F.J.F.R., cédula 14.466.473; Agraviado: El Despacho; Delito: falta de probidad, conducta Inmoral en el Trabajo o Acto Lesivo al buen nombre o a los Intereses del órgano o ente de la Administración Publica; Acta Nº 687, suscrita por la ciudadana R.B.A., directora de personal de los Servicios de Inteligencia y Prevención, dirigida al Inspector: F.J.F.R., donde lo destituye por haber incurrido en la causal establecida en el articulo 86 numeral 6 de la Ley del Estatuto de la Función Publica, referida a: 6…”Falta de Probidad, …”. Motivo por el cual conforme con lo dispuesto en el artículo 78 numeral 6 ejusdem se procede a su retiro de la Administración Publica”.

    Con los expedientes administrativos se acredita al Tribunal Mixto sin lugar a dudas, las sanciones que fueron impuestas a algunos de los funcionarios adscritos a la Base de la DISIP Barinas, con ocasión a los hechos objetos del debate, por parte de su órgano de disciplina interna.

    13) Publicación de fecha 7 de diciembre de 2007, en que en la página 31 de sucesos del “Diario de Frente” El matutino de los Llanos de Barinas, se lee:

    Y lo detuvieron en la alcabala de Boconoíto

    Le sembraron drogas al Jefe Disip Barinas.

    A.B..

    En horas de la mañana de este jueves 06 de diciembre, fué detenido en la alcabala de Boconoíto, el Comisario J.A., Jefe de la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención, Disip-Barinas, junto a dos funcionarios más que le acompañaban en viaje hacia la ciudad de Caracas.

    La información se pudo conocer extraoficialmente, donde se dijo que, en el vehículo donde se desplazaba el Comisario J.A. y estos dos funcionarios que le acompañaban, fueron hallados dos panelas de presunta marihuana, equivalente a dos Kilogramos de esa presunta droga.

    Igualmente se conoció, que oficialmente se maneja la tesis de la siembra de esta droga en este vehículo, el cual fué abordado por el referido Comisario confiado en que estaba en condiciones de emprender el viaje que tenia previsto, pues no se le ocurrió revisarlo antes, ya que el mismo acababa de llegar de un procedimiento que habían realizado otros funcionarios de ese organismo adscritos a la Disip-Barinas.

    También se señaló que, en razón de esta detención, desde la Central de la Disip-Caracas, ya se ordeno el retiro de las credenciales a dos o tres funcionarios de ese organismo en Barinas, que podrían estar implicados en la siembra de esta presunta droga, quienes serán pasados a la orden de la superioridad y luego, a la Fiscalía del Ministerio Público para que se les siga el juicio a que haya lugar

    .

    Con esta documental se acredita al Tribunal Mixto sin lugar a dudas, que ciertamente desde el momento en que ocurren los hechos surgió la tesis de que el Comisario Arellano había sido objeto de una siembra en la que podrían estar involucrados funcionarios de la DISIP Barinas, documental que se correlaciona con las testimoniales recepcionadas en el debate y que reiteran ésta hipótesis.

    Se deja expresa constancia que desde el 2 de noviembre de 2009, fecha en que se inicio el juicio oral, se le requirió a la Fiscalía del Ministerio Público la consignación de las documentales que fueron ofrecidas y que no constaban físicamente en el expediente, no obstante, llegada la última sesión de juicio el Tribunal prescinde de las mismas ante la imposibilidad de incorporarlas por inexistentes en la causa, en tal sentido no se incorporaron: “Historial de llamadas de la antena ubicada en la Av E.C., cerca de la Av Cuatricentenaria Barinas; Asientos del libro diario de novedades de la División de Narcotráfico de la DISIP Caracas, ultima semana de noviembre y todo diciembre de 2007; histórico de llamadas captadas en la celda de Boconoíto estado Portuguesa; copia certificada del libro de control de asistencia de la Coordinación Nacional de la Dirección de Contra Inteligencia contra el Narcotráfico Terrorismo y Subversión los días 5 y 6 de diciembre de 2007; Historial de llamadas de la antena ubicada cerca de la unidad de seguridad vial, punto de control Boconoíto.

    Seguidamente se pasa a determinar de manera precisa y circunstanciada los hechos imputados por la representación fiscal que este Tribunal estima acreditados:

  111. Que el día 6 de diciembre de 2007, siendo aproximadamente las 8:00 a.m., el funcionario de la Guardia Nacional J.R.M.S., recibió en su celular dos llamadas de un anónimo con acento, dialecto colombiano o andino, que le indicaba en la primera llamada que en sentido Barinas Caracas se trasladaba un vehículo Fiesta Power, color verde, placas JAM-43P el cual llevaba 20 kilos de cocaína, por lo que el funcionario llamó al jefe del punto de control de Boconoíto Teniente Pineda y al no poderse comunicar, llamó al funcionario Cupertino que estaba de guardia, quien a su vez le indicó que estaba descansando y le pasó la llamada al sargento Rojas Chirinos a quien le transmitió la información aportada. Que en la segunda llamada el sujeto anónimo le preguntó al Sargento M.S. que había pasado con el man, porque éste le había echado una vaina y se la tenía que pagar; le quedó debidamente acreditado al Tribunal Mixto de manera indubitable con la declaración del funcionario de la Guardia Nacional J.R.M.S., quien manifestó: “… yo solo recibí la llamada de un anónimo que me dijo que si yo era el Sargento Méndez y me dijo que me iba a dar una información de una droga que venia de Barinas para Caracas, en un vehículo Fiesta Power verde, llamé al Teniente y no me contestó, entonces llamé a Rojas Chirinos y le di la información, el que llamó tenía como acento Colombiano o Andino, en eso me volvió a llamar y me dijo qué pasó con el man, revisen bien en la puerta de atrás, yo le dije no sé porque yo llamé; entonces llamé al Teniente y me dijo si ya tenemos al vehículo y resultó ser un funcionario de la DISIP” declaración que se adminicula con lo expresado por el funcionario J.B.R.C. quien a preguntas aseveró: “El Sargento M.S. me informó que un vehículo Fiesta Power transportaba droga que se lo habían indicado vía telefónica por una llamada anónima; M.S. me dijo que el vehículo venia en sentido Barinas Caracas con droga el procedimiento fué el 6-12-2007, entre las 08:00 a 8:30 de la mañana; me encontraba en la sala del comedor al momento de recibir llamada; no recibí llamada a mi celular, sino en el celular del funcionario C.A.…” , afirmaciones que se corresponde de manera lógica con lo señalado por el funcionario H.E.F.N., al indicar: “….Eso fué el seis de diciembre de 2007, yo estaba de guardia en la alcabala de Boconoíto, en lo que llega mi Sargento Rojas Chirinos y me informa que había recibido una llamada y que venía un vehículo con droga…”; no sé quién llamó a M.S.; la información me la dan como 8:00 a 8:30 de la mañana…”, siendo coherente con lo manifestado por el funcionario I.C.Z., quien sometido al contradictorio asentó: “Rojas Chirinos nos dijo pendiente que viene un vehículo con las siguientes características, que trae droga, al momento no sabía que había una llamada luego me entere que había sido por una llamada que había recibido M.S., quién llamó al Sargento Chirinos, pero no sé de boca de quién, M.S. estaba de permiso”; las sucesos narrados son análogos a los expuestos por el funcionario C.A. quien manifestó:”En esa fecha estaba de servicio en la alcabala de Boconoíto, en el segundo turno y me fuí al sitio de descanso y serian las siete, siete y más y recibí llamada de un funcionario que estaba de permiso en su casa, me dio una información sobre un vehículo que venia, por lo que llame al funcionario que estaba en la alcabala y le suministre los datos del vehículo que se me habían dado” A preguntas formuladas contestó:”… M.S. me dice dónde estas? yo le dije descansando, ¿quién esta en la pista? yo le dije Rojas, dile que viene un Fiat verde, con chaqueta de DISIP, que trae droga…”. estas declaraciones son coincidentes, concordantes y coherentes entre sí para acreditar las circunstancias relativas a la información suministrada a los funcionarios del punto de control de Boconoíto y que justifican su actuación.

    Desde el punto de vista tecnológico fué acreditada la ocurrencia de las dos llamadas recibidas por el funcionario de la Guardia Nacional J.R.M.S., con la declaración del experto Á.F., quien mediante gráficos descriptivos realizados con la data suministrada por la empresa de telefonía celular, llevó al convencimiento del Tribunal Mixto que ciertamente el día 6 de diciembre de 2007, el móvil 0414-5574731 cuyo usuario era J.M.S., recibió una primera siendo las 8:10 a.m. del 0424-5143071, cuya suscritora era la ciudadana Rojas M.C., quien para la fecha tenía un puesto de alquiler de teléfonos ubicado en la Avenida Cuatricentenaria de Barinas; asimismo que siendo las 9:25 a.,m de ese mismo día recibió una segunda llamada del 0424-5095021, cuya suscritora era la ciudadana G.d.C.R., quien para la fecha tenía un puesto de alquiler de teléfonos en Barinas; de igual forma se certificó que del 0414-5574731 de M.S. salió o se efectuó llamada al 0414-5209753 del funcionario Cupertino, abonándose así la credibilidad de los funcionarios actuantes. Las mencionadas llamadas igualmente quedaron acreditadas en cuanto a la fecha, hora, posicionamiento geográfico de las personas que las realizaron y recibieron, así como las celdas que aperturaron, con la declaración del experto C.A.C.C., debidamente correlacionado con la declaración de la funcionaria J.O..

    La existencia de los puestos de alquiler de teléfonos celulares y su ubicación quedó acreditada sin lugar a dudas con la declaración de la ciudadana M.C.R., quien a preguntas contestó: “Tenía un puesto de teléfonos en la Avenida Cuatricentenaria con Industrial, frente a la oficina de Vengas; dure casi un año trabajando allí; empecé a trabajar el 23 de noviembre, el puesto queda entre la avenida Cuatricentenaria e Industrial, en toda la puerta de Vengas; los teléfonos eran 0416-9597243 y 0424-5143071; a media cuadra queda la avenida Industrial; desde el puesto de teléfonos si se ven los vehículos circular por la Cuatricentenaria e Industrial..:” en este mismo sentido la ciudadana G.d.C.R.A. manifestó: “La avenida E.C. está muy lejos de la avenida Cuatricentenaria, como a 20 o 30 cuadras; queda muy lejos del puesto de Vengas; tengo tres años en el puesto de alquiler con los teléfonos 0416-8795950, 0414-5095021; los teléfonos los tenía sin cadena, los clientes se retiran a hablar y yo no tengo interés en lo que hablan…” ratificando estos aspectos el experto Á.A.F.H., “El telefono que pertenecia a M.R. era el 0424-5143071, suscriptora era M.R. la portadora pudiera ser otra; el telefono B suscriptor G.R., reflejo que B aperturó SJB Barinas..”

    La existencia del vehículo Fiesta Power, verde, placa JAM 43P, asignado a la Brigada 403 de la DISIP Barinas, quedó debidamente acreditada no solo con el dicho de los testigos, vale decir, de los funcionarios de la Guardia Nacional y de la DISIP que refirieron sus características en el debate, sino también desde el punto de vista técnico con la declaración del experto Y.E.O.O., quien en relación a experticia de reconocimiento y regulación real N°9700-057-347-729, de fecha 06 de diciembre de 2007, expuso: “Se le practicó experticia a un vehículo para determinar su existencia, así mismo como su valor real, siendo un vehículo clase automóvil, Marca: Ford, Modelo: Fiesta, Tipo: Sedán, Color: verde,. Placas: JAM-43P, Año 2004, con el serial de carrocería y motor original, y no aparece solicitado.”; asimismo quedó establecido sin lugar a dudas que el mencionado vehículo se encontraba asignado a la Brigada 403 Barinas con la documental consistente en el acta de entrega que señala entre otras cosas: “Asignación de vehículo 041.DE: DIRECCION DE SERVICIOS GENERALES. PARA: DIRECCION DE BASES (B.A.I 403 BARINAS). FECHA: CARACAS, 15 D JUNIO DE 2006.Por medio de la presente, se deja constancia de la asignación del vehículo que a continuación se describe: TIPO: SEDAN MARCA: FORD, MODELO: FIESTA; COLOR: VERDE, AÑO: 2004, PLACA PARTICULAR: JAM-43P, Cabe destacar que el mismo quedara bajo su responsabilidad cumpliendo lo estipulado de manera textual en el artículo 1.185 del Código Civil…” Y que el mencionado vehículo no era del uso exclusivo del ciudadano J.E.A. como jefe de le DISIP sino destinado para el trabajo, por lo que en consecuencia lo utilizaba quien lo requería para cumplir labores quedó probado sin lugar a dudas con la declaración de los funcionarios que a continuación se mencionan y que a preguntas de las partes contestaron, M.F.: “…viaje con él una sola vez, en el carro del Despacho, en el Fiesta Power; en la DISIP Barinas habían varios vehículos, estaban asignados al despacho, el que lo necesitaba lo usaba previa autorización; era el carro que más utilizaba el Comisario…” E.R.A.P.: “…Yo soy chofer de la DISIP, tengo 6 años; nunca manejo el Ford Fiesta verde; lo manejaban la mayoría de los funcionarios, si se sabía que era el carro que conducía el Comisario Arellano; en la DISIP habían como cuatro carros el Machito vino tinto, una Cheyenne, el chasis largo blanco y el del Comisario un fiesta Power verde, lo utilizaban los funcionarios; con frecuencia utilizaban el vehículo esos que fueron destituidos…” W.E.F.V., “…si conduje el vehículo Fiesta verde, cuando salía con el Comisario; el Comisario le daba las llaves a ellos, le entregaba el vehículo, el que más conducía era Crisanto…” J.R.A.V.: “…ese vehículo y cualquier vehículo se recibe autorización, se asienta por novedad, se busca llave en oficialía y ya…” A.E. LaCruz: “…utilice un día antes del hecho el vehículo para marcar un sitio con Maribel para un allanamiento; se investigaba que había material de PDVSA; no trabajé procedimiento de drogas”. Y.T. señaló: “ …nunca utilicé el fiesta Powers, yo utilizaba mi vehículo, para usar el vehículo el procedimiento era que el que iba a salir iba y le pedía la llave para la comisión; el carro no quedaba afuera, lo usaba el Comisario, el chofer Crisanto, o los funcionarios cuando tenían que ir a un sitio a tomar fotografías…”. A.R.A.B.: “…nosotros no tenemos vehículos oficiales asignados, los Jefes de Delegación deben cumplir con las herramientas que se disponen, los vehículos son para darle utilidad en la investigación, lo usan todos para cumplir labores, viajar en cualquier carro, todos tenemos acceso, no son personales…”.

  112. Que el funcionario Rojas Chirinos se traslada hasta la pista de la alcabala de Boconoíto y le suministra las características del vehículo a los funcionarios H.E.F. e I.C. para que estuvieran pendientes, cuando habiendo transcurrido 10 minutos observan el vehículo y le solicitan al conductor se estacionara a la derecha, quien se identifica como funcionario de la DISIP y entrega el armamento sin oponer resistencia a la revisión que le dijo el funcionario Rojas Chirinos se le iba a realizar, seguidamente el Sargento le ordenó a H.E.F. llevar la novedad y el arma al jefe del puesto Teniente Pineda, quien a su vez le instruyó que trasladaran el vehículo y al ciudadano al trailer para personalmente hacerle la revisión, la cual se realizó en presencia de las ciudadanas Theomarys Coromoto Guevara y D.I.A., encontrándose en la puerta de atrás del chofer dos panelas contentivas en su interior de marihuana, por lo que fué privado de su libertad, le quedó acreditado al Tribunal Mixto sin lugar a dudas con la declaración del funcionario Rojas Chirinos quien manifestó: “…al recibir la llamada tome el Jeep y me fuí a la pista y le indique a los dos funcionarios que venía un vehículo con esas características, que tenían que estar pendientes, los funcionarios e.D.C., Distinguido M.S., Distinguido F.N.; cuando venia el vehículo Chacón le solicitó se detuviera a la derecha y se informo que era funcionario de la DISIP, por lo que me acerque al ciudadano y él muy cortés abrió la puerta y dijo revisen; él nunca se opuso, él estaba muy sereno; el procedimiento fué el 6-12-2007, entre las 08:00 a 8:30 de la mañana; me encontraba en la sala del comedor al momento de recibir llamada; al momento no se hizo revisión, sólo observe el armamento y se lo retire por seguridad, en eso observe la parte de atrás y le dije que íbamos a revisar y se traslado al trailer para una revisión más minuciosa; al momento le dije a F.N. que informara al Teniente del procedimiento y más atrás fuimos Chacón hasta el Teniente y se identifican, a mi me mandan a la pista; Chacón se encargó de la custodia del vehículo hasta el trailer y le dije a los demás funcionarios se quedaran en la pista…” debidamente adminiculada con la declaración del funcionario H.E.F. quien aseveró: “…Me informó del vehículo Rojas Chirinos; informándome y a escasos minutos llega el vehículo, me dijo Ford Fiesta verde, no que era funcionario de la DISIP, el Sargento revisó y sacó el arma; no observe que incautaron droga, el vehículo fué revisado en el tráiler; mi función fué servir de seguridad del Sargento y retener el vehículo; informe al Teniente y me dijo que lo traigan, que yo me encargo de revisarlo; en ningún momento presentó el conductor nerviosismo…”; en este mismo sentido resulta coherente la declaración del funcionario I.C., quien manifestó: “ …en eso venia un vehículo que era Director de la DISIP, se acercó a mi Sargento Chirinos y se pusieron de acuerdo y fuimos a donde mi Teniente y él me dio la orden de buscar las herramientas y después a las testigos, baje y las ubique en la parada pública, subimos, mi Teniente revisó y encontró en la puerta trasera lateral izquierda las dos panelas”, a preguntas formuladas contestó: “… la incautación la hizo el Teniente y si vi cuando la sacaron; se utilizó para sacar la tapicería un destornillador de paleta y de estrías y se encontraron dos panelas en la parte lateral izquierda de atrás del vehículo; los testigos los fuí a buscar yo en la parada de pasajeros, eran dos testigos mujeres; estuvieron al momento de la revisión; se realizan dos revisiones hasta el momento que consigue la droga mi Teniente; en la primera revisión que hizo el Teniente se encontró la droga; no sé en quien quedó la custodia del arma; yo tuve la custodia de los celulares del señor…” ; respecto a este particular el funcionario J.O.Á.d. manera coincidente manifestó: “ Eso fué el 6 de diciembre de 2007, aproximadamente a las 9:00 de la mañana, nos encontramos en el punto de control fijo Boconoíto, el primer turno al mando del Sargento Chirinos, quien nos informó que el Sargento Cupertino le informó que en sentido Barinas-Guanare venia un vehículo Ford Fiesta Power y debía ser revisado, nos giraron instrucciones y en lo que venia el vehículo se ordenó estacionar a la derecha, le informaron al ciudadano que iba a ser objeto de revisión y el ciudadano se identificó como funcionario de la DISIP, luego revisaron el vehículo el Sargento Chacón y el Teniente Pineda y en la puerta encontraron 2 panelas rectangulares contentivas supuestamente de droga”, en armonía con lo manifestado por los funcionarios de la Guardia Nacional el Teniente Gleimer Pineda manifestó: “Eso fué el 6-12-2007, en horas de la mañana, me encontraba en el tráiler, porque me había quedado la noche anterior, yo era para el momento el Comandante del Pelotón del punto de control fijo de Boconoíto, el Sargento Rojas dice que Méndez, recibió datos que en un vehículo verde donde venia un ciudadano que portaba arma y que se iba a identificar como funcionario; el funcionario A.C. es el primero que llama al Sargento Méndez, y el que retuvo el vehículo es el Sargento Rojas; utilice una linterna para poder observar; yo mismo destape y en la puerta no observe nada, luego me dirigí puerta de atrás del chofer y al quitar la tapicería ahí estaban dos panelas de color beige ocultas, las panelas no desprendían olor y en el carro no había olor como para advertir al Comisario; seguí la revisión y encontré entre la corneta y el vidrio las dos panelas; eran dos panelas con cinta plástica color beige; para meter esas panelas ahí se requiere hacer lo que yo hice y la puerta no tenía signos de violencia, todo estaba normal, en la parte de atrás estaba levantado un poquito…”

    Certifica la declaración de los funcionarios de la Guardia Nacional actuantes en relación a la incautación de la sustancia ilícita en presencia de testigos la declaración de la ciudadana Theomarys Coromoto Guevara, quien manifestó: “Ese día, yo trabajo en Boconoíto en la Casa de la Cultura, yo viajo todos los días a Boconoíto, yo llego en el autobús y me quedo ahí hablando con un amigo y llegó el Guardia Nacional y nos explicó que le sirviese de testigo de un procedimiento de revisión de vehículo, que era un procedimiento de rutina y nos llevaron al puesto de la Guardia, ahí estaba el carro verde con el Teniente y el señor y nos explicaron el procedimiento que iban a realizar y se revisó el vehículo, se encontró en la parte de atrás dos paquetes:” A preguntas formuladas contestó: “El carro era verde pequeño; estaban el Teniente, el Guardia que nos trajo y 2 más; para la revisión del vehículo comenzaron a desarmar todo el carro, tapicería, techo, latonería, todo y encuentran en la puerta del lado izquierdo; eran 2 panelas envueltas en tirro marrón, las pusieron para que viéramos que eran y observé que era algo verde como monte; La fecha de ese hecho es 06-12-2007, hasta entre las 8:00 y 9:00 de la mañana; yo escuché cuando el Teniente mando a buscar las herramientas; el dueño del carro estaba tranquilo y él decía que eso era un procedimiento de rutina, le cambio la cara cuando le encontraron eso, dijo algo ahí y se puso las manos en la cabeza; el teléfono se lo quitaron después que le encontraron las cosas, no opuso resistencia, lo entregó.” , declaración que es coincidente y concordante con lo expuesto por la ciudadana D.I.A.M., quien expuso: “Yo estaba en la parada para irme al trabajo y me pidieron la colaboración que iban a hacer revisión de un carro, yo me llegué hasta el sitio”. A preguntas contestó: “….encontraron paquetes en la puerta de atrás del carro; si destaparon la puerta; no recuerdo a la persona que conducía el vehículo; vi los paquetes, ellos lo abrieron y era un monte verde; si fué identificado el conductor que era un Jefe de la DISIP, el señor decía hagan su trabajo, yo me puse nerviosa y el mismo señor me decía tranquila eso es un procedimiento normal; yo lo veía a él normal, ni nervioso, ni tranquilo, él hablaba por teléfono normal, cuando encontraron dijo “que es eso y se puso las manos en la cabeza…”

    Desde el punto de vista técnico quedó debidamente acreditada en el debate la existencia de las evidencias materiales incautadas al momento de la aprehensión del acusado con la declaración del experto J.F.O.G., quien en relación a experticia N °9700-254 008, de fecha 30 de enero de 2008, expuso: “ Me fué suministrado a los fines de practicar experticia de reconocimiento un porta credencial, elaborado en cuero de color negro; una chapa identificativa en forma circular de color amarillo; un carnet identificativo, elaborado en material sintético color blanco, en el que se l.R.B.d.V.. DISIP, credencial; un carnet identificativo, elaborado en material sintético color amarillo, a nombre de J.A.; un carnet identificativo, elaborado en material sintético color blanco; un teléfono celular marca MOTOROLA, modelo racel, serial número HEX 1405D5659UJ, confeccionado en material sintético de color gris; un teléfono celular marca LG, modelo MD-185, serial número 607MXHBO762697, fabricado en material sintético color gris oscuro y negro; dos cargadores metálicos, color negro, con capacidad para albergar balas del calibre 9 milímetros, en columna simple; veinte balas para armas de fuégo tipo pistola, calibre 9, milímetros, con inscripciones a nivel de su culote donde se l.C.; un arma de fuégo tipo pistola, con las siguientes características: Tipo: Pistola, Marca: Prieto Beretta, Calibre: 9 mm, Serial: BER2744302, destinadas cada uno a su uso propio.”

    Fué acreditada sin lugar a dudas que la sustancia incautada era cannabis sativa linne, comúnmente denominada marihuana, en presentación de dos panelas con la declaración del experto J.J.L., quien en relación a prueba de orientación, de fecha 8 de enero de 2008, practicada a la sustancia incautada indicó: “Me fué remitida a fin de practicar prueba orientativa a una muestra A, dos panelas confeccionadas en material sintético de color negro recubierto de una cinta adhesiva de color marrón contentiva de restos vegetales deshidratados de color verde parduzco y semillas del mismo color, con un peso bruto de un kilogramo con ochocientos noventa gramos y un peso neto de un kilogramo seiscientos treinta y cuatro gramos y ochocientos miligramos y una vez realizados los respectivos análisis, se concluyó que la muestra resultó positiva para la planta conocida como marihuana (cannabis sativa linne).” Estableciendo el experto la certeza de la sustancia a través de la experticia botánica Nª9700-057-207 262 de fecha 20 de diciembre de 2007, quien reconoció haberla practicado y expuso: “ Esta experticia consiste en certificar con certeza que tipo de sustancias tenemos y en el caso especifico una vez sometidas a separación por cromatografía en capa fina comparada con patrón de tetrahidrocannabinol se llegó a la conclusión de que estamos en presencia de la planta conocida como marihuana, cuyo nombre científico es cannabis sativa linne.”

    En orden a lo descrito quedó probado igualmente que la parte interna de la puerta trasera del lado izquierdo del vehículo Fiesta, Power verde, tenía la capacidad para albergar las dos panelas allí localizadas, asimismo que en el mencionado vehículo se realizó experticia de barrido y no se localizó rastros de ninguna sustancia estupefaciente o psicotrópica, ni en las panelas huellas dactilares que permitieran su individualización, aspectos criminalísticos que fueron llevados al convencimiento del Tribunal Mixto con la declaración del experto L.J.C., quien en relación a experticia N °9700-254 749, de fecha 10 de enero de 2008, expuso: “ De acuerdo al volumen que se menciona allí, que sea menos de 9,5 de espesor y 53 centímetros de longitud por profundidad, puede fácilmente ocultarse allí; por las medidas de las panelas 23 centímetros de largo, 16,5 de ancho, 7 de espesor, si se puede albergar y además por el tipo de sustancia se puede hacer presión, entran las 2 panelas”, asimismo en relación a experticia N°9700-254 742, de fecha 18 de diciembre de 2007, señaló: “Es una experticia de barrido que se le practicó al vehículo descrito Fiesta Power color verde, alfanuméricas JAM-43P, en sus puertas, se toman las muestras y se embalan las evidencias con las letras A, B, C y D y se remiten al laboratorio” y sometidas éstas muestras a experticias químicas el resultado expresado por el experto es: “…de acuerdo a las reacciones químicas de coloración y cromatografía en capa fina aplicada a las muestras A,B,C Y D, no se detectó la presencia del alcaloide cocaína ni de tetrahidrocannabinol o marihuana” y finalmente en relación a la prueba efectuada a las panelas asentó: “Se basó en la búsqueda de rastros dactilares, se describe el envoltorio y se hace la experticia de reactivación de huellas dactilares. No se registraron rastros para su identificación”.

    Finalmente, que como consecuencia del hallazgo de la sustancia ilícita en el vehículo que conducía el ciudadano J.E.A.Q., fué privado de su libertad, es un hecho que quedó indubitablemente acreditado y suficientemente debatido, por lo que al respecto tenemos la declaración del Teniente Gleimer Pineda quien aseveró: “…en la actuación se procedió a detener al ciudadano y se le leyeron sus derechos, se le quitó el teléfono y se mete en el acta; después fué trasladado a Guanare siguiendo instrucciones de la Fiscal del Ministerio Público …”, teniendo probado el Tribunal Mixto que los funcionarios de la Brigada Nª 403 de la DISIP Barinas de la cual era Jefe el ciudadano acusado, adquirieron el conocimiento de los hechos de la siguiente manera y según sus dichos, con la declaración del funcionario N.Y.B., quien señaló: “…El día 6 de diciembre en horas de la mañana, me encontraba yo en mi casa en Barinitas de vacaciones …omissis…, como de 7:30 a 8:00 de la mañana me llama el Comisario J.P. que era asistente del General Zarraga, me llama y yo me estaba levantando y cuando ví la primera llamada no le atendí, pero después dije voy a ver qué será y me dice, dónde estas tu? Yo le dije aquí en la casa por qué, me dice mira al Comisario lo tienen parado en la alcabala de Boconoíto, hay un problema allá y no lo dejan pasar, yo me encuentro en una misa con el Comisario Zarraga y el Comisario Benito y al parecer allá en Barinas no saben nada, y que pasa con eso? entonces para ver qué haces tú ahí porque como tu conoces la gente del GAES, porque como yo trabajé los secuestros con ellos, entonces para ver que haces, yo le dije está bien; entonces yo tengo mi teléfono con habla pegado pero no tenía saldo para 0273, empiezo a revisar para ver en mi teléfono y a la única que tengo registrada es a D.G. que es una asistente de administración ahí, …omissis… entonces la llamo a ella, le digo Dennys quién está de guardia y me dice no sé, creo que es La Cruz, le digo será que tu me puedas dar el teléfono de alguno de los que están de guardia para llamarlo y todavía no le digo nada de lo que me están diciendo, entonces me dice sí espera un momentico que estoy en la Fiscalía viendo un expediente de corrupción, me da el teléfono y yo lo anoto, y empiezo a llamar a La Cruz y no agarraba, lo volví a llamar y no agarraba, la volví a llamar a ella nuevamente y le digo Dennys lo que pasa es que estoy llamando a La Cruz y no agarra, entonces me dice pero qué es lo que pasa, yo le digo mira hazme un favor llama para la Brigada que me acaba de llamar el Comisario J.P. que hay un problema con el Comisario Arellano en el punto de control de Boconoíto y entonces estoy llamando a ese número y no me agarra y bueno pasó…” declaración que se adminicula por resultar coherente con lo expresado por la funcionaria D.E.G., quien en el debate señaló: “Yo fuí funcionario de la DISP y para el momento era la contadora y el Comisario era mi jefe, ese día yo debía ir a la Fiscalía porque fuí comisionada para una reunión con la fiscal porque yo era la experto en el caso CAEZZ, yo no me voy a la fiscalía no a la base, antes de las 9:00 me llama un funcionario que antes trabajaba con nosotros que es Y.B. y me dice que si sé quiénes están de guardia y le digo que sí, que M.F. y A.L.C., que si tenía el teléfono de alguno de los dos; le di el de A.L., después me hace un segundo llamado y que él está llamando a A.L.C. y no le atiende, entonces me dice que por favor yo llame que no dejan pasar al Comisario en la alcabala de Boconoíto, yo agarro el teléfono de la Fiscalía y llamo, me contesta el funcionario W.F. y le digo verifica por favor; transcurrido un tiempo me vuelve a llamar el funcionario Y.B. y me preguntó que pasó y le digo yo no sé porque estoy en la Fiscalía, me dice llama y pregunta que pasó, yo llamó y me dicen que ya todo está listo y me vuelve a llamar Ytamar, que pasó yo le digo no listo, no paso nada y en eso fueron las 9 y yo entré a la reunión con los Fiscales Nacionales y ahí no nos permitían el celular, cuando salimos de la reunión al medio día me voy a la Base y cuando estoy en administrativo recibo otro llamado de Ytamar y me dice que al Comisario lo habían detenido por droga…” en este sentido el funcionario W.F. asentó: “Para esa misma fecha estando de servicio en de coordinación de explosivos en colaboración al funcionario de oficialía estando allí de 8:30-8:50, recibí llamada de D.G., que dice que el Comisario había sido detenido en Boconoíto, después di la novedad”, A preguntas contestó: “G.T. me dijo agarraron al Comisario con droga; Emiliano llamó a un Guardia Nacional y le confirmó la información; el Comisario Arellano habló con Kruber; se trasladaron al sitio como a las 2:30 de la tarde, Arsenio, Emiliano, Mecha de Coleto (Lizcano); yo fuí en la Chasis larga; llegué a Boconoíto y vi al Comisario Arellano en compañía del Comisario A.A. y a un lado el carro con las 5 puertas abiertas y la parte interna abierta destrozada.”; aportando respecto a estos hechos en el funcionario E.H., lo siguiente: “El día 6-12-2007, yo llegué a mi trabajo normalmente, al rato salí, como de 8:50 a.m., a 9:00 a.m., me fuí oficialía y ahí me entero que lo tenían retenido en la alcabala de Boconoíto e iban a sacar una comisión y llame a M.S. y le pregunte si tenía conocimiento y me dijo que estaba libre y que me averiguaba, al rato, recibí llamada y me dijo llámame y yo le llamo y le dije averiguaste bien, nos vinimos para la alcabala de Boconoíto y tenían al Comisario detenido por droga”; declaraciones que se adminiculan por ser aportadas por los testigos desde su perspectiva con las deposiciones de la funcionaria M.F.H., al señalar: “…. posteriormente cuando llego a la oficina ya se había ido para Caracas y como a eso en el lapso de 8:30 a 9:00 estando en la oficina llega otro compañero Y.T. y me manifiesta que había recibido W.F. una llamada donde el Comisario lo tenían detenido en la Alcabala de Boconoíto, me paro y voy a la oficialía a corroborar la información y le digo a W.F. que cómo es eso y me dice que recibió una llamada de la funcionaria Dennys que había recibido una llamada que al Comisario lo tenían en la alcabala de Boconoíto, en eso llega el Comisario Kruber se le notifica de inmediato y le hace una llamada al Comisario Arellano para confirmar la información, él le repicó y el Comisario Arellano le devuelve la llamada y entablaron una conversación en que el Comisario le dijo que le estaban revisando el carro y que ya había notificado a Caracas y el Comisario Kruber le iba a mandar una comisión y el Comisario le dijo que no, que él solventaba y cualquier cosa llamaba si ameritaba, posteriormente se verifica que al Comisario lo tenían detenido por una presunta droga que llevaba en el carro y se envió una Comisión al sitio, hasta ahí es lo que tengo conocimiento”; del funcionario G.S.K.J., quien presentó: “El 06 de diciembre de 2007 yo estaba en la base Barinas adjunto, el Comisario Arellano salió para Caracas por permiso familiar, cuando estoy en la base me informaron lo que estaba pasando, Emiliano me informó que el Comisario tenia problemas en la alcabala de Boconoíto” del funcionario Frangel Arellano Velasco, quien aseveró: “El día 5 termine mis labores a las 6:00 de la tarde, DISIP-Barinas, y regrese como de 9 a 9:30 de la noche, a pernoctar, el día 6 me levante como 6:00 a 6:30 a hacerme el aseo y al salir el funcionario Wilmer me informó que al Comisario lo tenían retenido en Boconoíto” A pregunta contestó: me levanté a las 7:00 de la mañana y salí, a las 7.30 a.m., me informaron que ya había sido detenido el Comisario…” del funcionario J.R.A.V., expuso: “El día 6 de diciembre de 2007, me encontraba en Guasdualito trabajando allí, porque tenía 3 meses transferido, en horas de la tarde se supo eso del Comisario Arellano, a eso de las 3:00 de la tarde Zarraga llamó que me quitaran credenciales, nos llevaron a Caracas, nos tuvieron allá y después nos soltaron”; Á.E.L.C.C., “Lo que se sabe que lo detuvieron en la alcabala de Boconoíto con presunta droga, me están ofreciendo como testigo cuando no tengo conocimiento de eso, ni antes, ni después” Y.T.T., expuso: “El día ese yo estaba recibiendo guardia a eso de las 8:30-9:00, el funcionario W.F. recibió una llamada que dijo que habían retenido al Comisario Arellano en la alcabala de Boconoíto, el Comisario Kruber dijo que se iba a conformar una comisión al sitio pero se comunicó por teléfono con el Comisario Arellano y él le dijo que ya había solventado…” y finalmente A.R.A.B., dijo: “En esa fecha yo recibo llamada del Comisario B.B. en que me informan que en el punto de control de la Guardia Nacional en Boconoíto se estaba suscitando una situación irregular con el Comisario Arellano, me comunique con Saluzzo, nos trasladamos al punto de control y el Guardia Nacional explicó el procedimiento.”

  113. Que ante la detención del ciudadano J.E.A.Q., Comisario Jefe de la DISIP Barinas por la presunta comisión del delito de ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, surgió simultáneamente la matriz de opinión generalizada e inclusive publicada en la prensa regional, de que el Comisariohabía sido objeto de una siembra de droga en la que estarían involucrados funcionarios de la institución, asimismo que con ocasión a esos hechos resultaron algunos funcionarios sancionados por la Inspectoría General de los Servicios, le quedó acreditado al Tribunal Mixto de manera indubitable con la declaración del Teniente Gleimer Pineda, quien manifestó: “… le dije que iba a proceder a revisar el vehículo yo mismo y le digo si no tienes nada yo le pido disculpas, cuando la encontramos él me dice asombrado “me sembraron”, procedí a llamar al Superior y dar cuenta; A preguntas contestó: “…los funcionarios de la DISIP decían ese es nuestro jefe, es muy honesto, lo sembraron, yo no creo que haya sido de él, yo les dije por aquí pasan inclusive superiores nuestros, mises y son objeto de revisión igualito, yo no sabia ni quién era el caballero; no tengo amistad o enemistad con él, no lo conocía; yo no maneje ninguna versión de nadie, la investigación determina si lo sembraron o no, yo solo fuí el funcionario que practicó el procedimiento…” declaración que se correlaciona con la respuesta dada por el sargento M.S. a pregunta formulada: “… yo creo que se trata de un siembre por las características del caso y la experiencia…”; siendo totalmente contestes los funcionarios de la Guardia Nacional J.B.R.C., H.E.F.N., I.C. y J.O.Á., quienes estuvieron presentes al momento de la retención del vehículo y de la revisión, que el ciudadano J.E.A.Q. se identificó como funcionario de la DISIP, que entregó su armamento y en ningún momento opuso resistencia a la revisión que se le iba a realizar, advirtiendo los funcionarios una actitud serena, tranquila y que sólo se dedicó a atender su teléfono, apreciación que es coherente y análoga a la percibida por las ciudadanas que en su condición de testigos presenciaron el procedimiento y que en el debate manifestaron Theomarys Coromoto Guevara: “… no recuerdo nombres; el dueño del carro estaba tranquilo y él decía que eso era un procedimiento de rutina, le cambio la cara cuando le encontraron eso, dijo algo ahí y se puso las manos en la cabeza; el teléfono se lo quitaron después que le encontraron las cosas, no opuso resistencia, lo entregó….” En este mismo orden de ideas la ciudadana D.I.A.M. a preguntas contestó: “…si fué identificado el conductor que era un Jefe de la DISIP, el señor decía hagan su trabajo, yo me puse nerviosa y el mismo señor me decía tranquila eso es un procedimiento normal; yo lo veía a él normal, ni nervioso, ni tranquilo, él hablaba por teléfono normal, cuando encontraron dijo “que es eso y se puso las manos en la cabeza”…”

    En referencia a este particular los funcionarios de la DISIP que rindieron declaración en el debate oral, sometidos al contradictorio de las partes reiteraron por referencia, por convicción, por máximas de experiencia, por conocimiento privado o bien como resultado de la investigación en el orden interno, que al ciudadano J.E.A.Q. le fué colocada o puesta la sustancia ilícita en el vehículo que todos sabían iba a utilizar el día 6 de diciembre de 2007, para trasladarse a la ciudad de Caracas, con el propósito de hacerlo aparecer como responsable del delito de ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, en tal sentido tenemos la declaración de A.R.A.B., “… esas medidas correctivas consisten en que Arellano había impuesto a los funcionarios en que se detectó fallas, en que eran utilizados recursos en secuestro y cobro de vacuna, eso lo hizo con el Director General, que no llegaron a tiempo, ya él había adelantado porque se conocía que se adelantaba algo en contra de su gestión; se sabe que hubo algo irregular; existía interés en perjudicarlo y lleva 2 años detenido; actuaron en contra del funcionario Arellano para seguir delinquiendo.” Adminiculado con la declaración de la funcionaria M.F.H.: “…no tengo nada que decir en contra del Comisario Arellano, si es así como se estuvo manejando habría que ver donde está la causa y para mi el Comisario es de una conducta intachable por el tiempo que trabajé con él…” ; G.S.K.J.: “….si tuve conocimiento de irregularidades en que Comisario estaba investigando informaciones que habían llegado; conozco al Comisario Arellano en la base de Barinas, el tiempo que trabajé con él; todos d.f.d. la trayectoria entre ellos los Jefes de la DISIP…”; D.E.G.: “…., cuando voy subiendo a la casa como a las ocho antes de las nueve me vuelve a llamar el Comisario Y.B., diciéndome que cómo era posible que le habían hecho eso al Comisario, que eso era que le habían sembrado aquello, que serán muchos los problemas que yo tengo, pero no es tal y no sé que más y empezó a hablar, y en vista de que yo iba en carretera le dije, si, si, okey, y colgué la llamada duraría como 10 minutos hablando pero yo okey.” ; “….en el comedor se habló de una siembra de droga al Comisario; en el comedor todos dijeron eso, pero no recuerdo quienes lo dijeron; no dijeron quién lo sembró, quiénes lo sembraron, cómo lo sembraron; supe que inspectoría les había aperturado un procedimiento y fueron destituidos por la averiguación de lo que le había pasado al Comisario Arellano; Ytamar daba a entender que era que eso se lo habían colocado al Comisario….” ; O.R.S.A.: “….la deducción que yo saque como funcionario es que lo habían sembrado; no puedo culpar directamente pero si 22, 23 y 27 veo la unidad que se encontraba en Barinas el mismo grupito que se había desintegrado; A preguntas contestó: ”…la situación del Comisario Arellano no es envidiable, es un funcionario dedicado a su función, a estudiar y lo que estaba era superándose, estudiando, es excelente porque estaba superándose; para uno estar en un puesto de esos no puede ser Madre T.d.C. y no se le conocen bienes de fortuna, solo lo conozco de trabajo; cuando los jefes están en movimientos raros eso se sabe en cualquier lugar….”; H.J.E.: “….de acuerdo a como se desenvolvieron los hechos se consideró que lo sembraron, yo tengo 12 años trabajando y si me dicen que a una persona como el Comisario Arellano le encontraron marihuana puedo presumir que lo sembraron; no sé porque lo sembraron al menos que tendría problemas con alguno; no escuché decir que funcionarios de la DISIP tuvieran que ver con eso; ese organismo si es inquisitivo primero es culpable y después averiguan; yo creo que es difícil sembrar vehículo de la DISIP; no puedo descartar, ni condenar, hasta donde lo conozco desde Caracas, su conducta es intachable hasta donde yo he visto, porque puede tener doble personalidad, no es que prevalece, pero es la hipótesis de la manera cómo ocurrieron los hechos….”. E.R.A.P.: “…. para mi era una persona de respeto, no vi maltrato con nadie, ni discusión, como jefe era honorable; a ellos los botaron por motivos de este hecho…” ; W.E.F.V.: “… si escuché comentario de siembra, hubo funcionarios de la Brigada igual que yo que pensamos, na’ guara lo que le hicieron al Comisario; el Comisario Arellano es correcto, dijimos es que lo sembraron y con la trayectoria que tenia caer por esa basura; por las circunstancias como ocurrieron los hechos tengo entendido le revisaron el carro y no consiguieron y que el Comisario se iba a retirarse y es muy ordenado y se puso a ordenar y es cuando lo vuelven a llamar; sé que dicen que a un Guardia Nacional lo llamaron un anónimo para indicar que iba a pasar; no puedo decir que fué un buen procedimiento; pienso que lo sembraron porque su conducta fué intachable, cuando veo la forma en que estaba el vehículo destrozado; en ese momento nadie hizo comentarios de eso, fué a los días que comienzan los comentarios, eso de la siembra era la opinión general…”. F.J.F.R., “…se habló mucho de siembra de droga y eso decían en Caracas, de eso no sé nada, no estuve en el sitio del suceso, solo que llegaron a mi casa y vamos y nos trataron como presos…”; Á.E.L.C.C.: “…Dennys fué quien llegó a la Brigada entre 9 y 10 de la mañana diciendo que habían detenido al Comisario; ella llegó y lo dijo a voz populi, llegamos a la Brigada y arreglamos y creo que ella primero llamó al Comisario Kruber y después lo dijo a voz populi; escuche a la funcionario Dennys de una siembra, le dije ahorre el comentario porque eso arropa a cualquiera; la reacción del grupo fué de asombro, por el tipo de persona que era el Comisario…” ; Y.T.T.: “…. cuando dijeron de droga yo dije que no, por la personalidad del Comisario y dije fué alguien que lo sembró, él llegaba y se encerraba en la oficina; nunca supe quien le puso eso ahí, pero uno sabe que él no es trampero, como dice uno, y no creo; tuvieron que tener el vehículo o meterlo un día antes; el carro no quedaba afuéra, lo usaba el Comisario, el chofer Crisanto, o los funcionarios cuando tenían que ir a un sitio a tomar fotografías; yo creo que al funcionario fué que lo sembraron; no sé decir, si alguna persona lo quería perjudicar, lo pudo hacer, así me decían en Inspectoría que yo tenia que saber, y yo decía, cómo voy a decir, como si no fueron , pero yo estoy agradecido con el Comisario, él estuvo en la muerte de mi esposa y uno agradecido no hace eso…”; finalmente el funcionario N.Y.B. manifestó: “…. La muchacha esta que llamé Dennys que me da tristeza porque actuó de mala fe, yo la llamé después que ya se sabía lo que había pasado con el Comisario y clarito recuerdo que le dije, que vagabundos son, que vagabundos son si hicieron esa cosa con el Comisario, yo si soy funcionario con ética, y yo le dije si esa vaina fué así de lo que le hicieron al Comisario por mucho que el Comisario hubiese sido con ellos, porque el problema era con ellos, no tuvieron que haber hecho eso, por esas tres llamadas que le hice, haciéndole ver que me molestaba, porque me caía mal, porque se trataba de la DISIP y de un jefe, le dije esas palabras eso no se le hace a un hombre, esas palabras que le dije yo a ella; el Comisario Zarraga me llamó ese día del problema preguntándome que creía yo de eso y le dije que le puedo decir yo jefe?, yo al Comisario no lo conozco pero lo que yo he oído hablar de él es que es un carajo de una ética na¨ guara imagínese, hasta donde lo que se habla es que es de una conducta intachable, es de presumirse que lo jodieron le dije yo, yo no creo, dos veces hablé con él, pero se lo juró que no creo; la hipótesis de la siembra nace en el mismo momento, en el periódico, en todo, es una cosa a la luz publica; de los detalles del caso no me enteré; piensan involucrarme que yo fuí quien embromó al Comisario porque le pusieron la cabeza grande en mi contra y yo no tengo contacto con ellos; como investigador diría que la investigación la hicieron mal, se pusieron a hacer allanamientos a lo loco y no se concentraron en la investigación, yo no creo que el anduviera en eso pero no tengo las pruebas, la investigación la hicieron mal y por aquí pasaron otros que no tienen que ver, y otros que si, pero no pasó nada…”; ante la percepción unánime antes señalada es menester indicar que los únicos funcionarios adscritos a la DISIP que no tuvieron conocimiento según sus dichos de esta hipótesis son Frangel Arellano Velasco: “….no escuché versión que lo habían sembrado, cuando supo Wilmer dijo que estaba detenido y no por qué; en mi concepto el Comisario Arellano es una persona correcta, estricta, de buenos principios…” y el funcionario J.R.A.V.: “…no escuché decir que lo habían sembrado…”.

    Que activados todos los mecanismos de orden interno en la DISIP, efectuada una investigación de campo, analizada y cotejada la información recabada por los distintas Divisiones o Departamentos designados por la Superioridad para ejecutar este trabajo se arribó a una misma conclusión le quedó acreditado al Tribunal Mixto sin lugar a dudas con la declaración del experto C.A.C., quien manifestó: “… la conclusión de la mesa de trabajo fué que efectivamente hubo y lamentablemente también, es penoso para nosotros como organización, pero que de verdad hubo un grupo de funcionarios, que complotaron, que se confabularon, para neutralizar al Comisario J.A. y decidieron fraguar esa simulación de hecho punible y le colocaron esa droga, otros funcionarios, varios funcionarios nuestros y bueno, neutralizarlo, ¿por qué?, porque ya habían informes previos, donde se estaba organizando, nosotros estábamos montados como decimos en alrededor de contrainteligencia, ya nosotros le teníamos el ojo puesto, como decimos, en una investigación previa en el orden interno de contrainteligencia a estos funcionarios porque tenían, presentaban conductas irregulares y el Jefe responsable de la seguridad del estado y de la contrainteligencia y por eso era el Jefe de la Base de Contrainteligencia para ese momento en la ciudad de Barinas, era el Comisario J.A. y por obviamente, por no ser él cómplice, ni ser permisivo ante las actividades ilícitas que venían desarrollando estos funcionarios y por informar a la superioridad, entonces, obviamente era un obstáculo, un elemento de obstrucción para sus fines y procedieron a neutralizarlo de esa manera como se describe aquí, esa fué la conclusión a la que llegamos nosotros…”.

    Que la hipótesis de la siembra fué hecha de la opinión pública a través de la prensa regional del estado Barinas quedó probado con la declaración del periodista C.A.V.T., quien expuso: “Previamente había ocurrido un procedimiento y según información que teníamos de segunda mano y que se había practicado un procedimiento en que se incautó droga y al segundo día por información de muy buena fuente se obtuvo información muy fundada que se presumía que el funcionario era victima de ésta situación”. A preguntas de la Defensa manifestó: “En mi caso obtuvimos información fidedigna de fuentes extraoficiales en que se sabía que detrás del caso había problemas internos DISIP-Barinas porque habían funcionarios en secuestros; previamente si se sabia de mafia de secuestro, no se señalaban nombres, habían unos pero no recuerdo, eso es muy delicado; siembra es la terminología que se utiliza, porque se presumía que fué un plan fraguado en contra del Comisario; se recibió de primera mano ya existía dentro del mundo policial que habían funcionarios involucrados y de hecho se habían abierto investigaciones y la hipótesis que más surgió fué esa, más el ambiente que estaba circundando y concluimos que esa era la hipótesis más fuérte; hipótesis es algo que está por comprobarse; los periodistas manejamos como hipótesis, la justicia comprobará; el titulo de la nota de prensa es una hipótesis porque hay elementos que no podemos comprobar cien por ciento…”.

    Evidencia de lo antes expresado fué la publicación en otro periódico local, específicamente en el “Diario de Frente” , de fecha 7 de diciembre de 2007, en que en la página 31 de sucesos se lee:

    Y lo detuvieron en la alcabala de Boconoíto

    Le sembraron drogas al Jefe Disip Barinas.

    A.B..

    En horas de la mañana de este jueves 06 de diciembre, fué detenido en la alcabala de Boconoíto, el Comisario J.A., Jefe de la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención, Disip-Barinas, junto a dos funcionarios más que le acompañaban en viaje hacia la ciudad de Caracas.

    La información se pudo conocer extraoficialmente, donde se dijo que, en el vehículo donde se desplazaba el Comisario J.A. y estos dos funcionarios que le acompañaban, fueron hallados dos panelas de presunta marihuana, equivalente a dos Kilogramos de esa presunta droga.

    Igualmente se conoció, que oficialmente se maneja la tesis de la siembra de esta droga en este vehículo, el cual fué abordado por el referido Comisario confiado en que estaba en condiciones de emprender el viaje que tenia previsto, pues no se le ocurrió revisarlo antes, ya que el mismo acababa de llegar de un procedimiento que habían realizado otros funcionarios de ese organismo adscritos a la Disip-Barinas.

    También se señaló que, en razón de esta detención, desde la Central de la Disip-Caracas, ya se ordeno el retiro de las credenciales a dos o tres funcionarios de ese organismo en Barinas, que podrían estar implicados en la siembra de esta presunta droga, quienes serán pasados a la orden de la superioridad y luego, a la Fiscalía del Ministerio Público para que se les siga el juicio a que haya lugar

    .

    Finalmente, se comprobó en juicio que funcionarios de la DISIP fueron objeto de sanciones administrativas por parte de la Inspectoría General de los Servicios de Inteligencia y Prevención, con ocasión a la ocurrencia de los hechos objeto del debate, con la declaración de los propios funcionarios que así lo reconocieron en el interrogatorio, siendo corroborados sus dichos con la incorporación por la lectura del acto conclusivo, en que se señaló: a.- “…destitución del Sub-ComisarioN.Y.B.G., por haber incurrido en la causal establecida en el articulo 86 numeral 6 de la Ley del Estatuto de la Función Publica, referida a: 6…”Falta de Probidad …”. Motivo por el cual conforme con lo dispuesto en el artículo 78 numeral 6 ejusdem se procede a su retiro de la Administración Publica”.b.- Inspector Jefe: J.E.H., falta de probidad, conducta Inmoral en el Trabajo o Acto Lesivo al buen nombre o a los Intereses del órgano o ente de la Administración Publica; no consta decisión o acto conclusivo” c.- destitución de la Sub-ComisarioMaribel F.H., por haber incurrido en la causal establecida en el articulo 86 numeral 6 de la Ley del Estatuto de la Función Publica, referida a: 6…”Falta de Probidad…”. Motivo por el cual conforme con lo dispuesto en el artículo 78 numeral 6 ejusdem se procede a su retiro de la Administración Publica”; d.- Inspector: Y.T.T., donde lo remueve del cargo que en la Dirección de Contrainteligencia (B.C.I Nº 403, Barinas) con la jerarquía de Inspector, venia desempeñando dentro de esta Institución”.; e.- al Inspector Á.E.L.C.C., donde se le notifica la destitución por haber incurrido en la causal establecida en el articulo 86 numeral 6 de la Ley del Estatuto de la Función Publica, referida a: 6…”Falta de Probidad…”. Motivo por el cual conforme con lo dispuesto en el artículo 78 numeral 6 ejusdem se procede a su retiro de la Administración Publica”; Inspector: Frangel Arellano Velasco, Delito: falta de probidad, por presuntamente no ceñirse a la verdad de los hechos al momento de rendir entrevista en fecha 02-07-2008; no tiene acto conclusivo o no consta en el expediente” ; g.- al Sub-Inspector: J.R.A.V., donde lo remueve del cargo que en la Dirección de Contrainteligencia (B.C.I Nº 405, Guasdualito) con la jerarquía de Sub-Inspector, venia desempeñando dentro de esta Institución”; h.- al Detective: F.O.M.S., donde lo destituye por haber incurrido en la causal establecida en el articulo 86 numeral 6 de la Ley del Estatuto de la Función Publica, referida a: 6…”Falta de Probidad, vías de hecho,… acto lesivo al buen nombre o a los intereses del órgano o ente de la Administración Publica”. Motivo por el cual conforme con lo dispuesto en el artículo 78 numeral 6 ejusdem se procede a su retiro de la Administración Publica”.; al Inspector: F.J.F.R., donde lo destituye por haber incurrido en la causal establecida en el articulo 86 numeral 6 de la Ley del Estatuto de la Función Publica, referida a: 6…”Falta de Probidad, …”. Motivo por el cual conforme con lo dispuesto en el artículo 78 numeral 6 ejusdem se procede a su retiro de la Administración Publica”.

    Una vez confirmados los hechos señalados, se hace necesario encuadrar los mismos en el tipo delictivo que corresponda, así las cosas la Fiscalía del Ministerio Público imputó la calificación de ocultamiento ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previstos y sancionados en el artículo 31 de Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, el cual señala: “ El que ilícitamente trafique, distribuya, oculte, transporte por cualquier medio ...omissis… con las sustancias o sus materias primas …omissis… a que se refiere esta Ley, aún en la modalidad de desecho para la producción de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, será penado con...” (subrayado propio); por su parte, el artículo 2 de la referida Ley define el ocultamiento como: “Toda acción vinculada a esconder, tapar o disfrazar la tenencia ilícita de las sustancias químicas controladas por esta Ley”.

    Hechas las consideraciones anteriores se observa que con los órganos de prueba recepcionados en el debate oral y público, no se confirmó con absoluta certeza que el ciudadano J.E.A.Q. haya sido la persona que libre y conscientemente introdujo las dos panelas contentivas de marihuana en el vehículo Ford, Fiesta Verde, placas JAM 43P para ocultarlas o transportarlas, conclusiones a las se arriba ante la tesis debatida y establecida por indicios en el debate de que terceras personas aún por identificar, hayan colocado la referida sustancia en el interior de la puerta del vehículo que iba a ser utilizado por el ciudadano acusado para trasladarse a la ciudad de Caracas, haciéndose del conocimiento de los funcionarios del punto de control fijo de Boconoíto de dichas circunstancias para asegurarse así el señalamiento y enjuiciamiento del ciudadano por encontrarse incurso en uno de los delitos previstos en la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, tal y como podemos observar del análisis comparativo de todos los órganos de pruebas incorporados y debatidos en el juicio, no se llevó al conocimiento y convencimiento del Tribunal Mixto sin lugar a dudas elementos de prueba que relacionen su conducta de manera directa con el ilícito atribuido.

    De manera que surge la duda insalvable al no existir dominio del hecho por parte del acusado J.E.A.Q., por lo que como lo reconoció la Fiscal del Ministerio Público en sus conclusiones, no quedó acreditada su tesis y establecida la insuficiencia probatoria, este Tribunal debe partir del principio de presunción de inocencia, el cual debe operar en los casos de ausencia total de pruebas contundentes que desvirtúen la inocencia del acusado, practicadas con todas las garantías constitucionales y legales, el cual conduce a su vez a la aplicación del principio in dubio pro reo, conforme al cual no se puede condenar únicamente sobre la base de declaraciones testifícales que no expresan sino dudas o invoque exclusivamente revelaciones policiales que sugieren sospechas no verificadas, en tal sentido la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia N° 397 de fecha 21 de junio de 2005 expreso:

    El principio que rige la insuficiencia probatoria contra el imputado o acusado es el principio in dubio pro reo, de acuerdo al cual todo juzgador está obligado a decidir a favor del imputado o acusado cuando no exista certeza suficiente de su culpabilidad. Dicho principio no tiene en nuestra legislación regulación específica, sólo indirecta, a través de diversas disposiciones legales como los artículos 13 y 468, entre otros, del Código Orgánico Procesal Penal. Sin embargo es considerado como un principio del Derecho Procesal Penal y por ende, como todo principio general del Derecho, cumple con la función de ser fuente indirecta de esa rama de Derecho, bien como vía acogida por el legislador cuando se consagra expresamente en la ley, o través de la jurisprudencia cuando el legislador lo acoge en su sentencia para resolver lagunas y carencias de las leyes procesales, en la solución de conflictos que acarrea el proceso penal

    Partiendo del principio de presunción de inocencia, del cual deriva el in dubio pro reo, resulta que ésta presunción libera al acusado de probar su inocencia, remitiendo esa carga exclusivamente al Fiscal del Ministerio Público, a quien le incumbe la prueba de la culpabilidad aprovechando la duda al acusado y es innegable que en el enjuiciamiento del ciudadano J.E.A.Q., esa verdad interina no fué desvirtuada con la concurrencia de pruebas capaces de convencer al Tribunal Mixto sin duda alguna, de la comisión del delito y de la responsabilidad atribuida por la vindicta pública, por el contrario reveló la posible ejecución de un plan fraguado para hacer aparecer al ciudadano como responsable de un delito, así las cosas y según lo dispuesto en el numeral 2 del articulo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 8 del Código Orgánico Procesal Penal “Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario”, según ello esa verdad interina puede ser destruida por una sentencia condenatoria, pero para ello, es necesario que quede acreditada la culpabilidad del acusado, es decir, que el juzgador obtenga la convicción acerca de esta culpabilidad sin ningún tipo de duda racional, en el presente delito no se trajo al debate ninguna prueba convincente y fehaciente que acreditase la comisión del delito de ocultamiento de estupefacientes y psicotrópicas, por ello la Sentencia que se dicte con relación a él debe ser ABSOLUTORIA. Y ASI SE DECIDE.

    DISPOSITIVA.

    Con fundamento en las anteriores consideraciones este Tribunal en funciones de Juicio Mixto Nº 02, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de manera UNANIME absuelve al ciudadano J.E.A.Q., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°6.480,621, nacido el 13 de octubre de 1962, funcionario público, residenciado en la calle Garguera con avenida Arzobispo Méndez, casa N 3, -49 Barinas, por la comisión del delito de ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano.

    Dada la naturaleza absolutoria de la presente sentencia se ordena el cese de la medida cautelar privativa de libertad impuesta y en consecuencia se acuerda su libertad de manera inmediata desde esta sala de conformidad con el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.

    Se exonera al Estado Venezolano del pago de costas, de conformidad con el establecido en el artículo 268 del Código Orgánico Procesal Penal.

    Dados los indicios aportados en el debate que apuntan a la posible comisión de un delito en contra del ciudadano J.E.A.Q., se acuerda la remisión de una copia certificada de la presente sentencia a la Fiscalía Superior del Ministerio Público a los fines legales que estime pertinentes.

    Publíquese el texto íntegro de esta sentencia y entréguese copias a las partes que lo requieran. Archívese el original de esta decisión. Certifíquese copias por Secretaría a los fines de agregarlas a las actuaciones. Se deja constancia que la presente sentencia se publica fuera del lapso establecido en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se ordena su notificación. Dada, firmada, refrendada y sellada en la sede de este Juzgado en función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Guanare veintiocho del mes de mayo de dos mil diez. Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.

    La Juez de Juicio N° 2

    Abg. L.K.D. de Tovar.

    Escabino Titular 1 Escabino Titular 2

    Ides A.M.J.d.S.O.

    La Secretaria

    Abg. Dora Patricia Quiroz

    Se publicó siendo las 10:30 a.m., conste.

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