Decisión nº GP01-P-2005-001612 de Tribunal Octavo de Primera Instancia en funciones de Control de Carabobo (Extensión Valencia), de 18 de Julio de 2005

Fecha de Resolución18 de Julio de 2005
EmisorTribunal Octavo de Primera Instancia en funciones de Control
PonenteIlvia Samuel
ProcedimientoTraslado De Imputado

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL

Valencia, 18 de Julio de 2005

Año 195º y 146º

ASUNTO : GP01-P-2005-001612

MOTIVO. TRASLADO D E PRESENTACIONES

RESOLUCIÓN: ACORDADA

Quien suscribe la jueza octavo en funciones de control de esta Jurisdicción Penal, recibido escrito presentado por el ciudadano: F.V.O.G., identificado con el numero de cedula de identidad; 3.194.862, recibido escrito presentado por el ciudadano: F.V.O.G. Asistido por sus defensoras privadas , M.C., Y T.C., identificadas plenamente en autos, donde entre otras cosas solicitan a este despacho que las presentaciones que ha venido realizando el imputado de autos, sean trasladas al estado Táchira por cuanto es allí donde tiene su domicilio fijo. Este tribunal a los efectos de decidir lo peticionado por las defensoras privadas en representación de su patrocinado observa que efectivamente este despacho el día 3 de Junio del presente año, se realizo audiencia especial de presentación donde estaba incurso en la investigación el mencionado ciudadano: : F.V.O.G., ahora como quiera que realmente es menester que se siga presentando el imputado de autos, hasta tanto se dicte el acto conclusivo a que diere lugar , este tribunal acuerda que dichas presentaciones se realicen por el estado Táchira específicamente en San C.M.L.C., Unidad Vecinal , Bloque 4B, apartamento 7, Parroquia la concordia . en consecuencia este tribunal en Nombre de la Republica y por autoridad de la ley, Acuerda la solicitud de cambio de Jurisdicción Penal al estado Táchira, San Cristóbal, para la cual se librara los oficios correspondientes al tribunal de la sede de San Cristóbal, donde se comisiona al tribunal de control a los fines de que se materialice las presentaciones correspondientes, debiéndose informar a este despacho las correspondientes presentaciones cada 15 días, informándose a este despacho de tales presentaciones por lo menos cada mes. Así mismo se deberá consignar a este despacho, recibo de luz, aseo, condominio, teléfono, copia de la cedula de identidad, foto reciente tipo carné. Donde se constata que el imputado reside en el domicilio que se ofrece en el escrito presentado por la defensa privada, donde serán cotejados y consignada en copia fotostática de cada uno de los recibos solicitados por este despacho. Guárdese copia certificada líbrese oficio al tribunal de control del estado Táchira donde se solicita la colaboración respectiva, Notifíquese a las partes.

Ylvia S.E..

La Jueza

El Secretario

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