Fundamentos de la Ley

AutorEdison Lucio Varela Cáceres
Cargo del AutorUniversidad de Los Andes, Abogado Cum Laude, Universidad Central de Venezuela, Especialista en Derecho de la Niñez y de la Adolescencia, profesor asistente de Derecho Civil i Personas, Universidad Metropolitana, profesor de Derecho Civil Universitat de Barcelona, Máster en Derecho de Familia e Infancia
Páginas45-51
C     L  P   F,  M   P 45
Responsabilidad Paterna y Materna, de Nicaragua, fue el modelo que
tomó el legislador nacional32.
En todo caso, no podemos negar que las normas foráneas aludidas son
mucho más claras que las que en denitiva se incorporaron en la vernácula
se verá en la parte .
3. F   L
Siendo la aspiración de este estudio preliminar a los comentarios y reparos
especícos a cada disposición que el lector adquiera una visión en conjunto
del contenido de la Ley y así pueda comprender e interpretar adecuada-
mente cada norma en su verdadero alcance, se exige abundar sobre los
cimientos del texto, los cuales ya han quedado parcialmente señalados.
Pues bien, desde una perspectiva exclusivamente pragmática, la Ley in
comento emerge como una respuesta a los contenidos constitucionales in-
corporados o mejorados con la Constitución de 1999. Luego, lo anterior no
responde a la interrogante sobre el porqué existe la imperiosa necesidad de
regular dichos aspectos, así como tampoco cuá l es el enfoque que debió se-
guirse para desarrollar c orrectamente los contenidos normativos emanados
de la Con stitución.
A raíz de lo expuesto, nace el requerimiento de explanar los fundamentos
subyacente en la Ley para Protección de las Familias, la Maternidad y la
32 A C, Ramón Alfredo: La liac ión paterna (consideraciones sobr e el
nuevo régimen legal y s u fundamento constit ucional). UCV. Caracas, 2013, pp. 60
y ss., alude a dos legislaciones foráne as en las cuales se regula n trámites que procu-
ran «la facilid ad en el establecimiento de la paternidad», como son: la Ley Org ánica
del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, de Costa Rica (según
modicación de la Le y de Paternidad Responsable de 2001) y el Código de Familia
de Panamá (según reforma re alizada a través de la Ley N.º 39, de 30-04- 03).

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