Decisión de Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de Apure, de 3 de Octubre de 2016

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2016
EmisorTribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca
PonenteFrancisco Padrón
ProcedimientoTitulo Supletorio

San F.d.A., 3 de Octubre de 2016

206° y 157°

SOLICITUD: 16-282.

SENTENCIA: DEFINITIVA

MATERIA: CIVIL

PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO

SOLICITANTE(S): GERMARYS T.H.

BETANCOURT

FECHA DE ENTRADA: 23 DE SEPTIEMBRE DE 2016

Vista la solicitud presentada por la ciudadana: GERMARYS T.H.B., venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. V-16.977.536, de este domicilio, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su solicitud, vistas, oídas como fueron las mismas y las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y encontradas conforme. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Administrando Justicia en nombre de “La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley”, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN; suficiente a la ciudadana: GERMARYS T.H.B., en las bienhechurías existentes construidas sobre un lote de terreno de Propiedad Municipal según: AUTORIZACION, de fecha Veintitrés (23) de Febrero del 2016, otorgada por la Sindica Procuradora (E), ABOG. JHEANCERLHIS DEL VALLE ECHENIQUE ROJAS, de la Alcaldía del Municipio Autónomo San Fernando, del Estado Apure, constante de una superficie de: CUATROCIENTOS TRES METROS CON SESENTA Y DOS CENTIMETROS (403,62Mts); Ubicado en: LA PARROQUIA SAN FERNANDO, AVENIDA REVOLUCION, S/N, DEL ESTADO APURE”, dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: CASA DE FAMILIA CARREÑO Y CASA DE FAMILIA TOVAR, en Dieciocho Metros con Cuarenta y Cinco Centímetros mas Doce Metros con Noventa Centímetros (18,45 + 12,90Mts); SUR: COMERCIAL COFRI SUR, en Dos Metros con Ochenta Centímetros mas Veinticinco Metros con Setenta Centímetros (2,80 + 25,70Mts); ESTE: IGLESIA C.R., en Trece Metros con Cuarenta y Tres Centímetros (13,43Mts) y OESTE: AVENIDA REVOLUCION, en Cero Metros con Cuarenta y Seis Centímetros mas Trece Metros con Quince Centímetros (0,46 + 13,15Mts). En las que construyo a sus solas y únicas expensas, con dinero de su propio peculio y a sus solos únicos esfuerzos Una Casa de Habitación Familiar, de construcción de mampostería, piso de cerámica, techo de platabanda, Tres (3) ventanas panorámicas grandes y una de baño, Cinco (5) puertas, Un (1) portón y protectores de hierro, con columnas de concreto armado cada cuatro (4) metros, distribuida de la siguiente manera: Una (1) cocina (empotrada), Dos (2) habitaciones, Un (1) baño (empotrado), Un (1) lavandero, Un (1) garaje, con cerca perimetral de bloques, con estructura de tubos metálicos cada Cuatro (4) Metros sobre la Platabanda para la construcción de una Primera planta, con los servicios respectivos de agua y electricidad. Sobre la cual invirtió, a sus únicas y solas expensas la cantidad de: TRES MILLONES DE BOLIVARES EXACTOS (Bs. 3.000.000,00), tanto en los materiales como la mano de obra.- Bienhechurías estas que se determinan en la solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de la ciudadana: GERMARYS T.H.B., plenamente identificada. Se ordena devolver estas resultas a la solicitante antes identificada en el escrito de solicitud.-

El Juez;

Abog. F.J.P..

La Secretaria Titular;

Abog. M.M.A.T.-

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones a la interesada, constante de folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio del Libro Diario.

La Secretaria Titular;

Abog. M.M.A.T.-

SOLICITUD: N°.16-282.

FJP/MMAT/jwpc.-

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