Decisión nº 0110 de Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Nuevo Régimen y Procesal Transitorio de Barinas, de 4 de Julio de 2006

Fecha de Resolución 4 de Julio de 2006
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Nuevo Régimen y Procesal Transitorio
PonenteCarmen Griselda Martínez de Macabeo
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas

Barinas, cuatro de julio (04) de dos mil seis (2006)

196º y 147º

ASUNTO: EP11-L-2005-000143

PARTE ACTORA: GERRERO SEGURA L.R., MONTILLA J.M.I., M.J.R. Y M.C.C. venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad Nros. V- 10.639.308, V-12.837, V-4.260.992 y V- 4.677.114 respectivamente.

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogados: YURELIS DEL VALLE VELASQUEZ TINEO Y H.A.S., venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-7.068.984 y V- 7.414.851, inscritos en el I.P.S.A con el Nº 56.968 y 73.707 en su orden.

PARTE DEMANDADA: Empresa: C.A HIDROLOGICA DE LA CORDILLERA ANDINA BARINAS (C.A) inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Tercer Trimestre, Tomo: A-5. Representada en este acto por su Apoderado: Abogado J.A.U., Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V- 9.330.627, inscrito en el I.P.S.A con el Nº 37.074 representación que consta en documento poder autenticado por ante la Notaria Publica Primera del Estado Barinas, en fecha once (11) de Octubre del año dos Mil (2000). Inserto al folio 77 al 79 ambos inclusive.

CODEMANDADA: HIDROVEN Sociedad Mercantil domiciliada en la Ciudad de Caracas, Según Documento constitutivo inscrito en l Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, de fecha 24 de Mayo del año 1990, anotado bajo el Nº 30, Tomo 63-A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado: E.L.M.A., Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.359.217, e inscrito en el I.P.S.A con el Nº 46.482, representación que consta en documento Poder que fue presentado en copia Certificada a efectum videndi para que previa certificación por ante este Tribunal sea agregado en copia simple a los actas procesales el cual fue autenticado por ante la Notaria Pública Duodécima del Municipio Libertador del Distrito Capital en fecha: Veintiséis (26) de Enero del año Dos mil Cinco (2005), anotado bajo el Nº 16, Tomo: 05 de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaria el cual se acuerda agregar a los autos respectivos.-

MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.

En el día hábil de hoy Tres (03) de J. delA.D. mil Seis (2006), siendo las Once (11:00) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece ante este Tribunal los Abogados: J.A.U., Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V- 9.330.627, inscrito en el I.P.S.A con el Nº 37.074 y E.L.M.A., Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.359.217, e inscrito en el I.P.S.A con el Nº 46.482 supra identificados en su condición de Apoderados de las Demandadas, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por medio de sus Apoderados, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 195 °.

La Juez

Abg. C.G. Martìnez

Los Comparecientes:

Apoderado de HIDROVEN: Abg. E.M..

Apoderado de HIDROANDES: Abg. A.U.

La Secretaria,

Abg. N.D..

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