Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Sucre (Extensión Carupano), de 30 de Junio de 2005

Fecha de Resolución30 de Junio de 2005
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio
PonenteNohelia Carvajal Salazar
ProcedimientoSentencia Absolutoria

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE

EXTENSIÓN CARÚPANO

TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO

Carúpano, 30 de Junio de 2005

195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RJ11-P-2002-000005

ASUNTO ANTIGUO: RJ11-P-2002-000005

SENTENCIA ABSOLUTORIA

JUEZ: ABG. N.C.S.

ESCABINOS: R.A.P. Y

DAMELYS M.M.D.G.

ACUSADOS: H.J.M.B.

C.A.P.B.

FISCAL: ABG. C.M.

DEFENSA: ABG. S.K. Y

ABG. E.B.

VICTIMA: A.D.R.D.N. (OCCISA)

DELITO: HOMICIDIO CULPOSO Y ABONDONO DE PERSONAS

INCAPACES DE PROVEER A SU SALUD

SECRETARIA: ABG. L.C.

Este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, conformado como Tribunal Mixto, procede a publicar el texto integro de la sentencia, recaída en el juicio penal seguido en contra de los ciudadanos: H.J.M.B., quien es de nacionalidad venezolana, natural de Mérida, donde nació el 03-10-64, de 40 años de edad, titular de la CI N° V- 8.026.849, hijo de H.M. y E.d.M., de profesión u oficio Médico Ginecólogo y residenciado en la Urb. La Estancia, Calle Norte N° 131 de Macarapana, Carúpano Estado Sucre y C.A.P.B., quien es venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, donde nació el 06-06-59, de 45 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.862.570, hijo de C.B. y de S.P., de profesión u oficio Médico, residenciado en el Edificio A.A. 2, Calle Cantaura, Carúpano Estado Sucre.; a quienes la Fiscal Segunda del Ministerio Público, atribuyó al primero de los nombrados la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal, y al segundo la presunta comisión del delito de ABANDONO DE PERSONAS INCAPACES DE PROVEER A SU SALUD, previsto y sancionado en el artículo 437 Ejusdem, en perjuicio de la ciudadana A.D.R., este Tribunal Primero de Juicio actuando como Tribunal Mixto, procede a dictar sentencia en los siguientes términos:

DE LOS HECHOS OBJETO DEL PROCESO

Los hechos y circunstancias objetos de este proceso quedaron definitivamente fijados en el transcurso del juicio oral y público, de la siguiente manera:

La Fiscal Segundo del Ministerio Público Abg. C.M., expresó:

Ratifico en todas y cada una de sus partes la acusación Fiscal, interpuesta en fecha 01-11-2002, mediante la cual acusé a los ciudadanos H.J.M.B. y C.A.P.B., ampliamente identificado en actas, al primero de los mencionados le imputo el delito de Homicidio Culposo previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal y, al segundo de los nombrados por considerarlo incurso en la comisión del delito de Abandono de Personas Incapaces de Proveer a su Salud, previsto y sancionado en el artículo 437 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana A.D.R.d.N..- A continuación procedo a hacer una narrativa de los hechos los cuales también constan en el Escrito de Acusación que riela en el asunto.- El Ministerio Público a través de las investigaciones realizadas, fundamentan las imputaciones en contra de los dos ciudadanos, que se encuentran en esta sala, las cuales arrojan que el ciudadano H.J.M.B. es responsable del delito que se le acusa, por negligencia en el ejercicio de sus funciones, ya que él como Médico, no debió esperar durante tanto tiempo para atender a la ciudadana A.D.R., luego que había sufrido una Ruptura Uterina, toda mujer embarazada tiene en riesgo su vida y así debe ser considerado por un médico, el médico H.J.M.B., debió operar, cesarear inmediatamente a esta señora y no esperar que se le rompiera el útero para poder operarla, por ello considero que está incurso en negligencia médica, por no haber asumido la actitud de lo que es el deber ser, este ciudadano debió ser diligente, porque por ello presta un servicio a la comunidad, remunerado por el Estado, de tal manera que el Ministerio Público, demostrará en esta sala la responsabilidad penal de H.J.M., en la comisión del delito de Homicidio Culposo.- El Ministerio Público, también determinó que el médico intensivista C.A.P., es la persona que debe estar encargado en la Sala de Emergencia, a este Doctor se le hicieron varios llamados para que se presentara y atendiera a la ciudadana A.D.R. y no lo hizo, no se presentó en la Sala de Emergencia y ante el Ministerio Público no pudo demostrar el por qué no asistió al llamado que le hicieron los otros médicos, no justificó su ausencia en el Hospital, de tal manera que esa acción injustificada del Dr. C.P., a la no asistencia de sus servicios donde no pudo ser localizado, donde no pudo evaluar a la ciudadana A.D.R., y aún cuando esté a disponibilidad debe ser localizado, la Unidad de Terapia Intensiva dentro de una Institución Hospitalaria es de suma importancia, porque es el médico intensivista quien a través de su participación y de su intervención, quien puede sacar a una persona de Shock y en este caso no ocurrió, por lo tanto ambas acciones son omitidas, a través de esas conductas omitidas se generan cambios y en este caso el cambio fue tan drástico, que se generó la muerte de A.D.R.. De manera que a través del desarrollo del Juicio Oral y Público, demostraré no solo la comisión de los delitos sino la responsabilidad de los acusados.- Asimismo, con respecto a las pruebas que promoví en el capítulo V del escrito de acusación, solicito que una vez que los funcionarios vayan declarando, si es posible incorporar de una vez a través de la lectura las actas al Juicio Oral y Público.- De tal manera que para concluir acuso a los ciudadanos H.M., por la comisión del delito de Homicidio Culposo y a C.A.P. por la comisión del delito de Abandono de Personas Incapaces de Proveer a su Salud, previsto y sancionado en el artículo 437 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana A.D. Romero

Por su parte la Defensora Pública Abg. S.K.H., expuso lo siguiente:

El Ministerio Público argumenta una serie de elementos que se contradicen, habla y dice que al haber una ruptura del útero difícilmente se salva, entonces en este caso, era imposible que la paciente en una situación como esta pudiera salvarse, nada más por ser valorada por un intensivista, el sujeto activo es aquel que abandona algo que le pertenece, algo que está bajo su cuidado, el sujeto pasivo en este caso representaría la persona a quien yo abandono, cuando está bajo mi custodia, cuando tengo el cuidado médico de esa persona, lamentablemente falleció una persona, pero también es cierto que un médico salva vidas, que un médico da hasta su propia vida, para que cada acto que realice sea el justo y el correcto, yo no puedo decir que yo actué, entre la acción del delito de Abandono de personas Incapaces de Proveerse a su Salud, cuando esa persona yo nunca la he atendido, nunca ha estado a su cuidado y es el caso que nos ocupa hoy, en este caso la Defensa solicita, analicemos a cada uno de los testigos que van a comparecer a esta Sala y van a decir las actuaciones que cumplieron, en ese momento determinado.- No puede haber abandono si la paciente no ha sido mía, ahora bien, para que una paciente sea atendido por un intensivista, es necesario que ingrese a la unidad de Terapia Intensiva, es allí donde interviene el Intensivista, eso debe ser una cuestión en todos los aspectos digna de ser atendido a un paciente, pero me pregunto si la Sra. Domitila no ingresó a esa Unidad de Terapia Intensiva, puedo yo ser responsable como Intensivista de lo que produjo la muerte.- Aquí se está jugando la reputación de dos médicos con una conducta intachable, con una hoja de vida intachable, aquí hubo actividad médica, a la Sra. Domitila la atendió un Médico Obstetra, la atendió en varias oportunidades, y lo dijo el Ministerio Público, difícilmente una persona puede salvarse cuando hay ruptura de útero y si hay esto es difícil, que de un Quirófano meterla a la Unidad de Terapia Intensiva, mi defendido fue llamado y él compareció al hospital, cuando compareció al hospital la paciente todavía estaba en quirófano y cuando estaba en quirófano muere, nunca fue pasada a la Unidad de Terapia Intensiva, entonces como dice el Ministerio Público, que la paciente fue abandonada si la paciente nunca fue suya.- No era el Intensivista, quien debió participar allí y si era el Intensivista la paciente debió estar en la Unidad de Terapia Intensiva.- El Dr. C.P., estuvo en el Hospital cuando se le hace el llamado y eso lo vamos a demostrar en sala.- Pido al Tribunal, que analice cuidadosamente cada una de las pruebas que se vayan a debatir en este Juicio Oral y Público y, estaríamos sometiendo la dignidad más, que la responsabilidad de dos médicos que han dedicado con alma, corazón y espíritu, su trabajo y profesionalismo.- Es todo

Asimismo, el Defensor Público Penal Abg. E.A.B.T., expuso lo siguiente:

"El caso que hoy me ocupa, es la representación del ciudadano H.M., connotado Médico Obstetra de esta comunidad.- Resulta curioso que durante seis años que hemos estado ejerciendo estas responsabilidades, nos encontremos debatiendo y representando a un ilustre ciudadano. que tiene una función, un compromiso, una actividad no solo tendiente a salvar vidas, sino tendientes a atender a la parturienta.- Ese es un arte sagrado y yo en particular respeto, por considerar que el médico es el primero arte del ser humano, en cuanto a la atención del servicio público.- Extrañamente no oí decir, desde el inicio del proceso hasta este momento, a la ciudadana Fiscal qué pasó, porque señala la representante fiscal, que mi defendido por omisión es responsable de la madre pero no me dice nada del hijo, eso es curioso, es curioso que no se atribuya la responsabilidad del hijo, así se ha llevado esta investigación, diría la representación fiscal no es competencia para mí, pero es su competencia llevarla a quien la tiene, un hecho curioso para que empecemos a reflexionar, el Ministerio Públicom señala que mi defendido valoró a la paciente a eso de las 07:30 a.m., pues tendrá que demostrarlo, también dice que prácticamente mi defendido se sentó a esperar, pero no dice que también se presentaron otros casos de Cesárea de inmediata atención, dice la Fiscal que la Cesárea se practicó a las 03:30 p.m., pues eso también tendrá que probarlo, deberá la Fiscal en esta sala demostrar todo lo que dice y, dice que a las 09:30 de la noche ocurrió el deceso.- Debemos ver al Dr. H.M., como un inocente porque eso lo establece el Código Orgánico Procesal Penal, hasta que la Fiscal del Ministerio Público demuestre lo contrario, lo cual yo dudo porque aquí no existió mérito, para que se presentara un acto conclusivo como el que ocurrió.- Todo enjuiciado para que sea tal, debe dictarse un auto de apertura a juicio oral y público, bueno en este proceso no tenemos auto de apertura, porque la Corte de Apelaciones de este Estado, lo mandó directamente para Juicio y además de eso son innumerables las irregularidades que se presentan en este caso.- Pero bien, lo que se va a debatir es la muerte de una parturienta, que bien como lo dijo la Fiscal, había parido cuatro veces, pero aquí hay que desentrañar la realidad del Hospital de esta ciudad, donde se están atendiendo las emergencias de siete Municipios, mi defendido no ingresó a esa paciente, quizás su error fue salir y preguntar por la paciente como todo médico diligente, porque así lo ha demostrado.- Aquí determinaremos, cuando realmente procede o no procede una cesárea y si el médico está obligado a practicar una cesárea, son las cosas que se deben debatir para determinar la responsabilidad que resulte de una omisión que vio la Doctora y, que nosotros aún no hemos podido ver, yo quiero entonces que en vez de buscar un culpable sobre la muerte de A.R., busquemos las realidades desde el punto de vista instrumental, gerencial y que aquí el Hospital está colapsado, ojalá se busque esa realidad, para que veamos como Médicos de nuestra ciudad entregan su vida para salvar vidas.- Ratifico todas las pruebas que se promovieron en su oportunidad legal, para que las mismas sean debatidas en esta sala de audiencias. Es todo”

Ahora bien, los ciudadanos H.J.M.B. Y C.A.P.B., debidamente impuestos del Precepto Constitucional inserto en el artículo 49 Ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con el artículo 131 del Código Adjetivo, manifestaron acogerse al Precepto Constitucional.

DE LAS PRUEBAS DEBATIDAS

Conforme a lo preceptuado en el artículo 353 del Código Orgánico Procesal Penal, se procedió a la recepción de las pruebas y a tal efecto, se comenzó de la siguiente manera:

Declaró la ciudadana N.P., Médico Patólogo Jefe del Servicio de Anatomía Patológica del Hospital General de Carúpano, quien previamente juramentada expuso:

"Me correspondió a mi la realización de la biopsia del útero y anexos que fueron llevados al servicio como resultado de la intervención quirúrgica que se le realizó a la paciente.- Es todo.- Seguidamente se le cede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público a los fines de que interrogue y solicita al Tribunal se incorpore al Juicio Oral y Público por Secretaría, en este momento, el Informe de la Dra. N.P. y se procede a ponerle a la vista el informe levantado por la Dra. N.P..- A continuación se le cede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público para que interrogue: ¿De dónde recibió usted los órganos para hacer la biopsia? C: Vinieron de quirófano.- ¿Por qué se ordenó una biopsia en este caso? C: Porque en todo proceso de histerectomía debe hacerse una biopsia.- ¿En este caso, por qué se le ordenó la biopsia? C: porque el diagnóstico clínico arrojó una ruptura uterina.- ¿Por qué se origina una ruptura uterina? C: hay muchas causas, todo depende, puede ser por peso del feto que pese más de tres quinientos, pacientes que hayan tenido muchos partos, más de una quinta gesta, las más frecuentes son esas.- ¿Puede decir si a través de un ecosonograma se puede determinar las características físicas de un feto? C: Si yo leo un informe ecográfico puedo determinar lo que ellos dicen, pero esa no es mi área, no soy especialista.- ¿Qué determinó Usted con la biopsia practicada? C: Debo ver el informe y se le pone de manifiesto el Informe realizado.- ¿Ratifica este Informe ante esta sala y reconoce esta como su firma? C: Sí.- en este caso estamos en presencia de que el útero fue cesareado? C: Sí, el útero está suturado a nivel de segmento uterino ya sabemos que estamos ante la presencia de un útero que fue cesareado.- ¿Qué significa necrosis: las áreas de necrosis observadas a nivel de cuello uterino se observan como áreas acelulares rodeadas de ares de hemorragia constituido por abundantes hematíes a ese nivel.- ¿Qué es Endometrio pos gestacional? C: Áreas de tejido residual a nivel de endometrio por asentamiento a ese nivel de la placenta.- ¿Qué es Salpengitis Crónica bilateral? C: Proceso inflamatorio crónico de ambas trompas uterinas.-¿Estudio Histológico qué es? C: Es el estudio de los tejidos.- ¿Dónde quedaron los órganos de la Sra. A.D.H.? C: En el Servicio de Anatomía Patológica, específicamente en el área de autopsias y biopsias.- Es todo.- Seguidamente la Dra. S.K. no interroga.- Interroga el Dr. Brito: ¿Cuál es su especialidad? C: Anatomopatólogo.-

Declaró la ciudadana A.R., Médico Anatomopatólogo adscrita a la Medicatura Forense de Carúpano Estado Sucre, quien previamente juramentada expuso

"Me pidieron la exhumación del cadáver la cual estaba enterrada en el Cementerio de Carúpano, se procede a la exhumación, se abre la urna, se consigue un cadáver de nombre Domitila la cual estaba todavía en buen estado, se comienza a evaluar los pulmones estaban normales, hígado, riñones, el útero fue extraído, encontramos muchos coágulos dentro de los órganos y regados en la cavidad abdominall pélvico, por lo que se pudo determinar que ahí hubo coagulación Intravascular diseminada a consecuencia de su problema uterino.- ¿De qué se ocupa un Medico Patólogo? C: Determinar la causa de la muerte.- ¿Qué es exhumar? C: Es revisar, se revisó el cadáver de A.D. para conocer qué originó la muerte de la ciudadana.- ¿Cómo estaba el corazón y los pulmones de la Sra. A.D.? C: Normales.- ¿Murió A.D. por alguna afección en sus pulmones o en su corazón? C: NO.- ¿Qué revisó después? C: Revisé después en la cavidad abdominal y llamaba la atención porque estaba inundado de coágulos sanguíneos o sea hubo un proceso de coagulación Intravascular diseminada, al rompérsele el útero eso va a liberar una enzima, a ella le dio algo que es incompatible con la vida, a pesar de que se le suministre plasma, sangre, plaquetas, esa paciente no responde, la persona pierde facultad de coagulación, una persona con una ruptura uterina donde el sangrado es incontrolable, pues aunque se le coloque lo que se le coloque eso es incompatible con la vida, yo nunca he visto ningún paciente que se haya salvado de eso.- Qué más observó usted? C: Los órganos intestinales estaban bien, el problema fue la bolemia, pero en este caso toda la sangre se sale de su carril.- ¿Murió por qué la señora Domitila? C: Murió por Shock Hipovolémico que es la disminución de la hemoglobina, al caer la hemoglobina cae la presión, al caer eso se paraliza el corazón.- ¿Cómo se denomina el proceso de sacar el útero y los otros órganos? C: Eso es una histerectomía, yo también soy ginecólogo y allí necesariamente había que sacar esos órganos con el objeto de tratar de salvar la vida, pero ella desencadenó una coagulación intravascular diseminada, allí no había manera de salvar esa vida, uno la mujer está dispuesta a cualquier cosa.- ¿Cómo médico podría decir cuáles son las causas de una ruptura uterina? C: Ahorita me acuerdo de una paciente que tenía una placenta previa y salió embarazada rápido, no me acuerdo más, tendría que leer.- ¿Cuándo usted revisó el ataúd había otro cuerpo en ese ataúd? C: Allí había un niño, ese niño no se tocó porque eso no se me ordenó eso, usted también estaba allí y no me dijo nada, bueno era un niño y se dijo que el bebé muere producto de la hipovolemia, quién le transmite la sangre al niño si no es su madre, si no hay sangre quién se la va a transmitir, no había ningún paso de sangre de la madre hacia el niño porque ahí había dependencia total de la madre hacia el niño.- Seguidamente interroga la Dra. S.K.: ¿En este caso el Dr. Molina actuó exactamente como tenía que actuar? C: Sí, actuó exactamente como tenía que actuar.- ¿Qué es la Inter.-consulta? C: Es la solicitud que hace un médico X, a otro dependiendo de la necesidad de un paciente determinado a quien ese paciente haga referencia, por ejemplo si se solicita la consulta de un hematólogo pues hay que hacer una Inter.-consulta al hematólogo, pero si no existe esa Inter.-consulta el paciente no puede ser revisado o examinado por otro médico especialista.- ¿Qué médico necesitaba en este caso la Sra. A.D.? C: Un hematólogo.- ¿Si una persona sufre una ruptura uterina puede salvarse? C: Cuando hay una ruptura uterina por embarazo eso libera una enzima, ese enzima va a liberar una cascada que es la que hace el tapón plaquetario y el paciente deja de sangrar, en este caso por más que se le ponga lo que se le ponga es imposible detener esta coagulación intravascular diseminada que es este caso de A.D., era imposible salvarla, porque no hay quien bloquee eso, no hay quien haga ese tapón allí.-

Declaró la ciudadana Y.R.L., Licenciada en Enfermería, adscrita al Hospital “Santos Anibal Dominicci” Carúpano Estado Sucre, quien previamente juramentada expuso:

" Yo recibí mi guardia en el Banco de Sangre a las 07:00 de la noche me entregan la paciente que está en malas condiciones, me tocó la situación de enviar una donación al servicio de quirófano para la paciente, esa donación estaba preparada desde el día anterior, no tuve que preparar sangre ni nada, yo soy hemoterapista”.- Seguidamente se le cede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público a los fines de que interrogue: ¿Qué tipo de sangre se le suministró a la paciente? C: Concentrado globular, para ayudar a la paciente bien sea a aumentar su hemoglobina, eso es para mejorar su estado de salud.- ¿Qué quiero obtener al suministrarle sangre a la paciente? C: Aumentar la hemoglobina y mejorar su estado de salud.- ¿Quién le solicitó el concentrado globular en este caso? C: No recuerdo el médico que hizo las indicaciones, eso lo solicita el médico del servicio que lo solicite.- ¿Qué tipo de sangre necesitaba en este caso la Sra. A.D.R.? C: En este caso la paciente estaba necesitando concentrado globular y fue lo que se le suministró, se le suministraron cinco unidades.- ¿Cuando usted tomó la guardia ya la señora A.D. había muerto? C: No, porque yo le envié una unidad de sangre, todo lo que se solicitó se le suministró y no dio tiempo de suministrarle plasma porque ya la paciente había muerto, creo que ella había muerto a las 07:30 o 7:40 de la noche.- Culminado el interrogatorio se le cede la palabra a la Defensa para que interrogue y lo hace la Dra. S.K.: ¿Ese día usted vio en el Hospital al Dr. C.P.? C: No porque donde yo trabajo queda muy apartado de los demás servicios.- ¿Quién la ayudó a usted a buscar la sangre que en ese momento necesitaba la paciente? C: La sangre estaba ya en el Banco de Sangre, yo lo que hice fue enviarla.- ¿Qué servicio solicitó la sangre para la paciente? C: El servicio de Quirófano, ya que la p.D.R. se encontraba en Quirófano.- ¿Quién hace la solicitud de sangre al Banco de Sangre? C: El médico tratante, generalmente el médico que está tratando el paciente.- ¿Usted escuchó un comentario, según su exposición de que la paciente había muerto? C: Sí, yo escuché el comentario, pero no sé si fue en Quirófano o en sala de parto.- ¿Pero Pudo haber sido en una de esas dos salas? C: Sí.- Del Banco de Sangre al Departamento de Terapia Intensiva qué distancia existe? C: Es un poquito apartado, el Banco de Sangre queda apartado de los servicios del hospital.- ¿Tenía usted conocimiento que la paciente a la cual le suministró la sangre se encontraba en terapia intensiva? C: No tenía conocimiento.- Seguidamente se le cede la palabra al Dr. E.B. a los fines de que interrogue: ¿Había sangre en el Banco de sangre para el momento en que fue solicitado para suministrar a la señora Aura? C: Sí había sangre para salir de la emergencia.- ¿Qué función tiene el plasma? C. Ayudar a restablecer los factores de coagulación del paciente.- ¿Para el momento en que usted recibió la guardia había plasma? C: Si había plasma pero no contábamos con el grupo del paciente.- ¿En un caso en que nos encontremos con una coagulación intravascular diseminada qué tipo de plasma se le debe suministrar al paciente? C: Se le debe suministrar plasma fresco congelado y se le suministra su concentrado globular.- ¿En ese momento había en el hospital, en el Banco de Sangre? C: No.-

Declaró el ciudadano G.J.M., Médico adscrito al Hospital “Santo A.D.” de Carúpano Estado Sucre, quien previamente juramentado manifestó:

Yo soy es traumatólogo y no tengo ninguna participación en este Juicio

.- Seguidamente se le cede la palabra a la defensa a los fines de que interrogue: ¿Usted vio al Dr. C.P. el día 18-03-01 en el Hospital? C: Sí lo vi.- ¿Qué documento se necesita para que un Médico atienda un paciente? C: ¿la historia clínica con una Inter.-consulta.- ¿Conoce usted el Dpto. de Terapia Intensiva del Hospital? C: Si lo conozco, allí trabaja la Dra. A.R. que es la que la Coordina, el Dr. C.P., creo que también está la Dra. Luz.- ¿Qué conocimiento tiene usted acerca de la muerte de D.R.? C: Ninguno.- ¿Qué es una Inter.-consulta? C: Es una evaluación especializada que solicita un Departamento a otro.- ¿En este caso que departamento debió solicitar el plasma o la sangre? C: Me imagino que el hematólogo.- Seguidamente se le cede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público a los fines de que interrogue: ¿Cuál es el procedimiento para solicitar los servicios de un Intensivista en un caso grave? C: Solicitar la evaluación por escrito. ¿ Y si tengo un paciente grave grave, también tengo que recurrir a esos pasos o procedimientos dilatorios de solicitar la evaluación por escrito para recurrir a los servicios de un Intensivista ? C: esos no son procedimientos dilatorios, son formalidades, todos los departamentos de todos los hospitales solicitan los servicios de un departamento a otro por escrito a menos que sea un paciente que llegue a un hospital con un tiro y tenga que meterlo a pabellón, pero hay emergencias que hay que verla ya.- ¿Usted conoce al Dr. H.M. y al Dr. C.P. ? C: Sí.- ¿Usted es amigo de ellos? C: No.- ¿Cuánto tiempo tiene usted conociendo al Dr. Molina? C: No preciso la fecha.- ¿Cuánto tiempo tiene conociendo al Dr. C.P.? C: Unos diez años.-

Declaró el ciudadano J.R., Médico Cirujano, quien debidamente juramentado manifestó:

"Tengo conocimientos generales de la señora que estuvo embarazada, llegó con trabajo de parto, con una presentación en revés, le hicieron una cesárea, la señora se complicó, se le practicó una Histerectomía y luego murió en quirófano, no sé detalles porque no es mi área.- Es todo”.- Seguidamente se le cede la palabra a la Defensa para que interrogue y lo hace la Dra. S.K.: ¿ En un caso de sangramiento de un paciente a quién es remitido a un Intensivista o a un Hematólogo? C: A un hematólogo.- ¿El día 21 de abril usted vió al Dr. C.P. en el hospital? C: Realmente no recuerdo.- ¿Qué es una interconsulta?: C: es una solicitud que hace un médico especialista para que se evalúe un paciente por un médico determinado de otra especialidad.- ¿Conoce usted a los médicos H.M. y C.P.? C: Sí.- ¿Tiene usted amistad manifiesta con ellos? C: Con César más que todo, estudiamos juntos, César se graduó en la misma promoción que yo.- ¿Conoce usted la reputación de estos médicos? C: Es la primera vez que sé que han estado incursos en un problema médico legal.- Seguidamente se le cede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público a los fines de que interrogue: ¿Cuál es el procedimiento a los fines de solicitar un Médico Intensivista en una Emergencia? C: Una vez que el paciente está en malas condiciones uno dice vamos a solicitar al Médico Intensivista, o bien después que haya terminado alguna operación si el paciente está mal entonces se solicita al Intensivista, pero como uno no puede escribir lo hace el anestesiólogo, eso es algo dinámico, depende de la premura del caso.- ¿Cuándo usted solicita los servicios del Intensivista? C: Pido la evaluación en casos de emergencia, cuando estamos en estado de gravedad la solicitud se hace de manera dinámica, si el caso no es tan grave se puede hacer con más calma.- ¿Qué sabe usted de este caso? C: Lo que sé lo sé por referencias, de la prensa, del mismo medio hospitalario, lo único que sé es que el bebé venía en posición transversal.-

Declaró la ciudadana A.R., Médico Intensivista y Neumonólogo, adscrito al Hospital General “S.A.D.” de Carúpano Estado Sucre, quien previamente juramentada, expuso:

"Hay un juicio por el deceso de una paciente ocurrida en el hospital, es todo”.-Seguidamente se le cede la palabra a la Defensa a los fines de que interrogue y lo hace la Dra. S.K.: ¿Cuáles son las formalidades de la Unidad de Cuidados Intensivos? C: Es un servicio auxiliar del hospital, nosotros auxiliamos a diversos departamentos y el procedimiento es que nosotros tenemos unas normas de ingreso, hay que seleccionar a los pacientes ya que tenemos solo dos camas, nosotros recibimos una interconsulta y vamos y atendemos al paciente y una vez evaluados decimos si el paciente tiene criterio o no para ingresarlo a la Unidad de Terapia Intensiva.- ¿Qué es una interconsulta? C: Es una formalidad que se debe cumplir, cuando nosotros como médicos necesitamos la ayuda de otro profesional y llenamos una planilla solicitando el servicio de cualquier otro Especialista, esa es una formalidad que se debe cumplir y se hace en todos los hospitales, esta es una formalidad que se debe cumplir, es un requisito necesario, puede ser una emergencia pero la emergencia que sea debe ser participarlo al Intensivista, y la forma de llamarnos es llenando la hojita de la Interconsulta.- ¿Qué pacientes ingresan a la Unidad de Terapia Intensiva? C: Un paciente críticamente enfermo, el paciente potencialmente productivo a la sociedad, por eso es que se debe seleccionar al tipo de paciente que va a la Unidad, nosotros valoramos al paciente en la Sala de Recuperación.- ¿En qué momento son atendidos los pacientes por los Intensivistas? C: No es que sea de Urgencia Urgencia ni violento violento tampoco, pero puede suceder que la emergencia se presenta en el Quirófano pero yo no voy a entrar al quirófano para valorarlo, yo tengo que valorarlo primero porque ese paciente está siendo tratado por su médico de cabecera, al sacar el paciente del quirófano y lo pasen a sala de recuperación y si hay muerte cerebral en ese paciente yo no lo ingreso a la Unidad.- Una paciente en el caso de una parturienta, que se le hayan hecho todas las maniobras de recuperación pero está sangrando, sangrando, y sangrando, porque hay una ruptura de útero, se le colocan sangre, plasma, etc ¿cuál es la función que pudiera cumplir un Intensivista en un caso como este? C: Ninguna, porque si el paciente está sangrando, está haciendo una coagulación intravascular diseminada, va a seguir sangrando.- ¿A quién se llama cuando existe una ruptura uterina en una paciente, a qué especialista se llama? C: Al Hematólogo.- ¿Cómo es la Unidad de Terapia Intensiva en el Hospital? C: No son las ideales que a mí me gustaría tener, son medianamente, pero con el esfuerzo que hacemos trabajamos, para eso luchamos.- ¿Cuántos pacientes había en la Unidad de Terapia Intensiva ese día de la muerte de la señora Domitila? C: Habían dos pacientes, la señora no podía ser ingresada.- Es todo.- Seguidamente se le cede la palabra al Dr. Brito a los fines de que interrogue y lo hace: ¿Cuántos departamentos hay en el Hospital de Carúpano? C: El Departamento de Emergencia y Medicina Crítica en el Hospital no existe porque somos un Hospital Tipo 3.- ¿Qué es sangre fresca? C: Es la sangre recién obtenida del donante, la cual tiene todos sus componentes.- ¿Un paciente con una ruptura uterina en esas condiciones de sangrado grave, que se encuentra en un estado crítico, podría sobrevivir? C: La experiencia que he tenido de los casos que he atendido no se han salvado, el paciente con una coagulación intravascular diseminada pocas veces se salva.- ¿Cómo ha sido la conducta del Dr. C.P. en la Unidad? C: Para mí ha sido Intachable.- Seguidamente se le cede la palabra a la Dra. C.M. a los fines de que interrogue: ¿Cuántos años tiene usted conociendo al Dr. C.P.? C: Como ocho años.- ¿Son compañeros de trabajo usted y el Dr. C.A.P.? C: Si.- ¿Desde cuándo conoce al Dr. H.M.? C: Más o menos como 5 o 6 años.- ¿Qué se necesita para la valoración de un paciente además de la Interconsulta para que sea evaluado por el Médico Intensivista? C: Nosotros trabajamos a disponibilidad, el médico si solicita que su paciente sea valorado por un Médico Intensivista, solicita la Interconsulta, y llama al Intensivista.- ¿Qué debe hacer el Médico Intensivista? C: Si estamos en el hospital acudimos a ver el paciente, si no estamos en el hospital acudimos y nos dicen donde se encuentra el paciente y ahí lo valoramos.- ¿Para que se pueda valorar a la paciente o al paciente, debe el médico intensivista presentarse al Hospital? C: Debe el médico acudir al hospital en el momento en que sea llamado, porque a distancia no se puede consultar a un paciente.- ¿Qué personas están dentro de la Unidad de Terapia Intensiva? C: La coordinadora de la parte médica soy yo, está el adjunto que es el Dr. C.P. y la otra adjunta es la Dra. V.G., la Lic. Carmen Alida Ruiz, la LIc. Bartola de González y luego están otras enfermeras.- ¿La Sra. C.H. que funciones cumple dentro de la Unidad de Terapia Intensiva? C: Ella es enfermera.- ¿Quiénes estaban en el rol de guardia para el día 21-04-2001? C: No sabría decir, solo me acuerdo que la Lic. C.H. estaba de guardia, de allí ella llama al Doctor, porque ese fin de semana yo no estaba de guardia, estaba de guardia el Dr. C.P., la guardia se hace a disponibilidad.- ¿Debe un funcionario del hospital, en este caso la Enfermera llamar al Dr. Intensivista, en este caso el Dr. C.P.? C: No, ella no tiene ningún deber, porque al Médico Intensivista lo llama el médico que está atendiendo a su paciente, ese es el que llama al Médico Intensivista.- ¿Si el Médico tratante cumple con todas las formalidades, llena su interconsulta y llama al Intensivista, éste último debe presentarse al Hospital? C: El Intensivista es llamado luego de que se ha logrado estabilizar el paciente por parte de su médico tratante.- ¿El médico tratante es quien estima a qué médico especialista debe llamar? C: Sí.- ¿Un médico tratante está en capacidad de llamar a un médico intensivista para que finalmente valore a una paciente? C: El médico especialista hace la llamada, si logra comunicarse con el Intensivista le dice que se presente al hospital, pero si no logra comunicarse.-

Declaró el ciudadano T.H.N.M., quien previamente juramentado expuso:

"Ella se hizo un eco y tenía consulta el 06 de febrero, ella en esa fecha fue para allá entonces la Doctora le dice que el niño está atravesado, ella le manda a hacer otro eco, el 20-02-04 ella se hizo otro eco donde se podía ver que el niño todavía estaba atravesado, el 21 de marzo fue cuando la dejaron hospitalizada, en el mismo hospital le hicieron otro eco, donde salía que el niño todavía estaba atravesado. Eso empieza el 17 de abril como a las 10:30 de la noche Aura me dice que le van a empezar los dolores, nos acostamos, como a las 03:30 de la mañana del día 18-04-2001 ella fue para el baño y empezó a sangrar, yo le dije que fuera para el hospital a ver qué le decían, al mediodía cuando llego del trabajo encuentro a Aura en la casa y me dijo que le hicieron un tacto y me dijeron que posiblemente daba a luz en la tarde o en la noche, como a las 06:30 de la tarde Aura tenía los dolores y estaba sangrando, nos fuimos para el hospital, como a las 07:30 de la noche llegamos al hospital, como a las 09:30 ella sale de sala de parto y me dice que la van a dejar hospitalizada.- Para el Jueves 19 de abril llego como a las 08:20 de la mañana y Aura me dijo que tenía dolores fuertes y estaba sangrando, que el niño se estaba moviendo mucho.- Como a las 12:00 del medio día me dijo que no le habían pasado revista porque era día de fiesta nacional, ese mismo día en la noche como a las 07:00 de la noche me fui a verla, Aura me dijo que se sentía igual, no estaban las enfermera allí, solamente había un doctor y él me dijo que solamente estaban atendiendo casos de emergencia, y que el caso de mi esposa no era caso de emergencia.- El día viernes fui a las 12:50 y Aura me dijo que se sentía mal, que el médico que le había hecho el tacto en la mañana se lo había hecho muy fuerte para que el niño se estimulara, tenía fiebre, como a las 08:00 de la noche voy al hospital y encuentro a Aura todavía con los dolores y con fiebre, hablé con las enfermeras y ellas la bajaron a sala de parto, esa fue la última vez que la vi viva, salió una enfermera y me dijo que la iban a volver a subir, luego me fui, fue cuando el día 21 vino mi hermana con un récipe y me dijo que tenía que comprarle unos frascos de ampicilina, ella fue se los compró, como a la 01:00 de la tarde del día 21 me fui para allá, vi algo raro, vi salir a una doctora llamando por un celular a un médico, decía que a Aura le habían hecho una cesárea de emergencia porque el niño salió muerto y que ella había quedado demasiado mal, como a las 06:00 metieron a Aura otra vez para el quirófano porque se había puesto mal, al rato salió una persona toda bañada en sangre y me dice que se había acabado la sangre, fuimos a donar sangre, y allí me dijeron que para que me habían mandado para allá si había sangre, ahí presentí algo raro, me puse demasiado mal, nervioso a llorar y al rato me llamaron que Aura había muerto. Es todo”.- Se le cede la palabra a la representante del Ministerio Público a los fines de que interrogue: ¿Cuántos niños tenían ustedes? C: Teníamos cuatro niños.- ¿Cuántos abortos tuvo la señora A.N.? C: Creo que un aborto, mucho antes de los niños.- ¿Dónde se hizo la señora Aura los eco? C: Creo que fue con el Dr. Tatá, la que acompañaba siempre a mi esposa era mi hermana N.N..- ¿La señora A.D. estuvo hospitalizada antes de morir en el hospital S.A.D.? C: Sí, ella estuvo hospitalizada en el Hospital un mes antes de morir, porque tenía los pies hinchados.- ¿Cuántos días estuvo hospitalizada? C: Como una semana.- ¿Dónde se trataba la señora Aura? C: En el hospital.- ¿Cuándo se le presenta el cuadro febril a la Sra. A.D.? C: El día viernes.- ¿Para el día viernes algún médico se comunicó con usted? C: Ninguno.- ¿Con quién se quedaba la señora Aura mientras usted se iba para su casa a cuidar a los niños? C: Mi hermana N.N..- ¿A qué hora llegó la señora Nohemí a buscar los frascos de medicina que le habían recetado a su esposa? C: Como a las 09:30 de la mañana, ella llegó a mi trabajo con los récipes médicos, donde se señalaba que se necesitaban seis frascos de ampicilina.- ¿A qué hora ingresaron a la señora Aura al quirófano? C: Como a la una de la tarde la pasaron a quirófano.- ¿Qué sucede a las 02:20 de la tarde? C: Había un señor allí que cada ratico entraba y salía que me dijo que a Aura le habían hecho una cesárea y que el niño estaba muerto.- ¿A qué hora metieron a la señora Aura otra vez a quirófano? C: Como a las 05:00 de la tarde y como a las siete de la noche salió una doctora diciendo que faltaba sangre, yo fui al banco de sangre con un poco de gente que estaba ahí conmigo, el banco de sangre está en el primer piso del hospital.- ¿A qué hora se entera usted de la muerte de la señora Domitila? C: Como a las ocho y pico o nueve de la noche.- ¿Usted se traslada al hospital? C: Si.- ¿A usted alguien le dió alguna explicación sobre lo que había pasado? C: En ese momento no, en una de las actas de defunción que me entregaron decía que había una ruptura uterina, en otra acta de defunción que me dieron le agregaron otra causa de muerte.- ¿Alguno de los dos médicos que se encuentran en esta sala se acercaron a usted para darle alguna explicación de lo que había pasado? C: No, nunca.- Seguidamente se le cede la palabra a la Dra. S.K. a los fines de que interrogue y lo hace de la siguiente manera: ¿Qué medico desde el principio estaba atendiendo a su esposa? C: No sé porque eso era una consulta en el hospital, ella siempre se veía en el hospital pero no sé con qué médico se veía.- ¿Usted llega a enterarse por qué muere Aura? C: Supuestamente fue una complicación de una rotura uterina, con muerte fetal que provocó la muerte de Aura porque prolongó la hemorragia y provocó la muerte.- ¿Cuántas veces fue intervenida su señora ese día? C: Supuestamente dos veces, pero no sé.- ¿Qué tiene que ver en la muerte de Aura el Dr. C.P.? C: No sé decirte.- Seguidamente interroga el Dr. E.B.: ¿Cuándo empezó el sangramiento de su esposa? C: El día miércoles 18.- ¿Usted revisó la ropa de su esposa? C: Sí, yo me acosté pendiente de ella, porque pensé que le iban a dar los dolores.- ¿Usted le tomó la temperatura a su esposa? C: No, el viernes fue que le empezó a dar fiebre, yo la toqué y sé que tenía fiebre pero no le tomé la temperatura con ningún instrumento.- ¿A qué hora habló usted con su esposa? C: Yo hablaba con ella a horas del medio día y en las noches, yo le decía que caminara ya que ese es un dicho de todas las mujeres que dicen que deben caminar.- ¿A qué hora llegó usted el día 21-04-04 al hospital? C: A las 12:30.- ¿Con quién se encontraba usted? C: Yo solo.- ¿Había algún otro familiar con la paciente a esa hora? C: Para ese momento me encontraba yo solo.- ¿Usted dice que vió a una doctora llamando por el celular a un médico? C: Sí.- ¿A las 02:20 de la tarde dice usted en su exposición, que su esposa había sido intervenida? C: Sí, un señor que estaba ahí me dijo que le habían hecho una cesárea a Aura y el niño estaba muerto.- ¿Usted vió si a Aura la sacaron del quirófano y la ingresaron en otra sala? C: No ví, a las 07:40 de la noche salió una doctora diciendo que no había sangre, fue cuando bajamos mi familia y yo al banco de sangre y ahí nos dijeron que para que nos mandaron para allá si allí había sangre.-

Declaró el ciudadano N.S.N.M., quien previamente juramentado expuso:

"Eso fue el 18 de abril cuando la hospitalizaron, esa noche ella se la pasó todo el día con dolores y sangrando, el 19 de a.e. me dijo que no le habían pasado revista porque era día de fiesta, ese día tenía fiebre pero un poquito, al otro día mi hermano llegó habló con las enfermeras y les dijo que mi cuñada estaba con mucho dolor y sangrando, ese día tenía fiebre a 39 ° mi hermano habló con la enfermera para que la llevaran para sala de parto, entonces después la volvieron a subir, al otro día me llamaron y me dijeron que tenía que comprar seis frasquitos de ampicilina, fui a donde mi hermano para que me diera real para comprar las medicinas, y después fui y llevé los medicamentos al hospital, pregunté si había parido y me dijeron que no, de ahí no sé más nada.- Es todo”.- Seguidamente se le cede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público para que interrogue: ¿Cómo sabe usted al tacto si una persona tiene fiebre o no? C: Al tocarla si está caliente es porque tiene fiebre.- ¿Para el día 20 de abril la ciudadana Aura tenía fiebre? C: Sí tenía fiebre, una enfermera le tomó la temperatura, ahí es donde la bajaron a la sala de parto, ella me dijo que le habían hecho un tacto y ella me dijo que eso la puso peor, ella me decía que el niño se movía mucho, yo observé como se movía el bebé.- ¿Usted vió a la señora Aura el día 21 en sala de parto? C: No la ví.- ¿Usted pudo ver la ropa de la señora Aura? C: Sí, yo ví que estaba sangrando, botaba bastante, era como un flujo, era un flujo espeso.- ¿Usted observó que la señora Aura rompió fuente? C: Sí, ese día 20 le daban dolores, ella lloraba y decía que tenía bastante dolores, ella decía que tenía muchas ganas de orinar, como a la una de la mañana fue que ella reventó fuente, ella empezó a botar agua y después empezó a botar sangre, en el ascensor ella me dijo por fin voy a salir de esto, ella le decía al niño ya vas a salir porque el niño se movía mucho. Al otro día una enfermera me dice que necesitaba seis frasquitos de ampicilina, yo los compre y los llevé para el hospital.- ¿A usted le dieron alguna explicación sobre la muerte de la señora Aura? C: Si ví al señor de la camisa color guayaba (refiriéndose al Dr. C.P.) y nos dijo lamentablemente murió la señora.- ¿A qué hora sale el Dr. Paz y anuncia la muerte de la señora Aura? C: Como a las nueve de la noche.- ¿A qué hora se enteró usted de que se había muerto el niño? C: Como a las dos de la tarde.- Seguidamente interroga la Dra. S.K.: ¿Usted puede decir de las personas que están en esta sala quién le avisó de la muerte de la señora Aura? C: Sí, salió el señor de la camisa guayaba (refiriéndose al ciudadano C.P.).- ¿Usted puede dar fé que el Doctor C.P. se encontraba en el Hospital cuando muere la ciudadana A.D.? C: Si, yo lo ví, en la tarde o en la noche, él salió de la parte de donde hacen cesárea.- ¿Usted cree que un médico que sale y le anuncia que la ciudadana Aura murió no estaba pendiente del parto de la señora Aura? C. Sí puede estar pendiente. ¿Usted dice que la sangre de la señora Aura era como un flujo blanco? C. si.- ¿Usted le tomó la temperatura a la señora Aura? C: No, se la tomó una enfermera.- ¿Usted percibió que el niño se movía mucho? C: Sí.- ¿A qué hora se vino usted del hospital después de haber ingresado a la señora Aura en el hospital? C: A las 06:00 de la mañana y regresé luego a las 06:00 de la tarde.- Luego al otro día me fui a las 06:00 de la mañana y ella se quedó sola y regresé a las 06:00 de la tarde.- ¿Usted puede decir si vió al Dr. H.M. en el hospital ese día? C: No.- ¿Qué médico observó a la paciente? C: No se.- ¿Durante su estadía en el hospital usted vió a algún médico en el hospital? C: No.- ¿Cuándo fue que la enfermera le tomó la temperatura a la señora Aura y notó que tenía fiebre? C. El día 20 de abril.- ¿Al día siguiente ella me dijo que le habían hecho un tacto y ella me dijo que eso la puso peor y el niño se sentía peor.- El día 21 de abril reventó fuente como a la una de la mañana, yo llamé a la enfermera y ahí fue que llamaron a un camillero y la bajaron para sala de parto.- ¿Al otro día que pasó? C: Una enfermera me dijo que le había puesto un pitosín, y me dijo que ella estaba tranquila, que estaba durmiendo.- ¿Usted en todo este tiempo vió al Dr. H.M. en el hospital? C: Sí.- ¿A usted le dieron algún récipe para que comprara los medicamentos? C: Sí me dieron un récipe donde me pedían seis frasquitos de ampicilina.- Una hermana mía luego nos llamó y nos dijo que el muchachito estaba muerto.- A las dos y media de la tarde del día 21 usted se encontraba en el hospital? C: No, estaba mi hermano, como a las 03:00 de la tarde salieron unas enfermeras y nos dijo que rezáramos.- Como a las 05:00 de la tarde salió una enfermera diciendo que habían ingresado nuevamente a Aura a quirófano para hacerle una cesárea.-

Declaró la ciudadana L.M.D.B., Médico Internista adscrito al Hospital General “S.A.D.” de Carúpano Estado Sucre, quien debidamente juramentada, manifestó:

"No tengo ningún conocimiento en particular en este juicio”.- Se le cede la palabra a la defensa para que interrogue: ¿Qué es una interconsulta? C: Es un servicio que se presta entre servicios.- ¿Cuántos pacientes pueden ser atendidos en el área de Terapia Intensiva del Hospital? C. Dos pacientes por cuanto se cuenta solo con dos camas.- ¿Conoce usted al Dr. C.P.? C: Sí lo conozco.- ¿El Dr. C.P. generalmente está frecuentemente en el hospital? C: Está en el hospital a lo mejor más de lo que debería.- ¿Una persona en las condiciones de ruptura de útero a quien debe ser remitida? C: Cuando una persona tiene una ruptura uterina debe ser intervenido inmediatamente, si la persona sale de quirófano puede ser llevada a una Unidad de Terapia Intensiva, el hematólogo sería un interconsultante así como el intensivista, el hematólogo lo que va a hacer es para entregar la sangre, él lo que va a hacer es facilitar la vía para la entrega de la sangre, el hematólogo es el médico interconsulta casi directo.- ¿Hay alguna formalidad para llevar la interconsulta? C: En el hospital hace guardia a disponibilidad, la interconsulta es un documento que se hace por escrito, pero obviamente las llamadas para la interconsulta se hacen por teléfono, el interconsultante es un médico que va de otro servicio.- Si una persona si sale del quirófano puede ser atendida por un Intensivista, pero en este caso la ruptura de una arteria uterina es algo catastrófico, eso es algo como chocar con un tren, si una paciente sale de quirófano puede ser atendido en el área de Cuidados Intensivos, pero en quirófano el Intensivista no puede hacer nada., esto es una patología de casi de cien por ciento de mortalidad.- Seguidamente interroga el Dr. Brito a los fines de que interrogue.- ¿Qué se hace en hoja de la interconsulta? C: Se hacen sugerencias.- ¿Los especialistas permanecen en el hospital? C: No, los médicos especialistas no permanecen en el hospital.- ¿Por qué? C: Eso es una cuestión institucional, en el hospital de Carúpano no existe las condiciones necesarias para que el Especialista permanezca en el hospital, solo permanecen en el hospital los residentes.- Seguidamente se le cede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público para que interrogue: ¿Usted conoce a C.P. y a H.M.? C: Tengo más tiempo conociendo a César que a Heriberto.- ¿Usted tiene algún conocimiento en el caso de la señora A.D.? C: No.- ¿Cuáles son las causas de la ruptura uterina? C: Que el útero esté sobreestimulado, o sea que esté actuando de manera irregular, por ejemplo de manera muy rápida, eso no depende de nadie, depende del paciente, no tengo conocimiento de otra causa, ya que no soy obstetra.- ¿Usted revisa la historia del paciente que va a ser atendido por usted? C: Si, normalmente el médico tratante debe revisar la historia del paciente, si es un médico tratante entonces somos parte de la historia del paciente, todo la información sobre el paciente debe estar contenida en la historia del paciente.- ¿Todas las actuaciones e intervenciones de todos los médicos al examinar a un paciente debe estar contenido en la historia? C: Si.- ¿Si yo ingreso a una institución a parir debe hacérseme una historia? C: sí, debe estar en la historia los servicios por los que ha pasado el paciente.-

Declaró la ciudadana D.C., Licenciada en Enfermería adscrita al Hospital General “S.A.D.” de Carúpano Estado Sucre, quien debidamente juramentada, manifestó:

"Del caso no conozco, no estaba en esa oportunidad de guardia. Es todo”.- Seguidamente se le cede la palabra a la Dra. S.K. a los fines de que interrogue y lo hace.- Seguidamente se le cede la palabra al Dr. E.B. para que interrogue y no hace preguntas.- Seguidamente se le cede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público a los fines de que interrogue: ¿Tiene usted conocimiento de la muerte de la señora A.D.? C: No tengo conocimiento.- ¿Conoce usted al Dr. H.M. y al Dr. C.P.? C: Si los conozco, tengo años conociéndolos porque somos compañeros de trabajo.- ¿Tiene usted conocimiento a la causa del hecho del por qué se está enjuiciando a estos dos señores hoy en la sala? C: No.-

Declaró el ciudadano P.L.A.B., Médico Anatomopatólogo adscrito a la Guardia Nacional con el grado de Teniente, quien debidamente juramentada, manifestó:

Recibí por el Laboratorio Central de Investigaciones de la Guardia Nacional unas evidencias con sus anexos para hacer un peritaje, correspondiente dichas evidencias a la occisa A.D.R.. Es todo

.- Se le cede la palabra al Fiscal del Ministerio Público a los fines de que interrogue: ¿Cuánto tiempo tiene usted de graduado como Especialista? C: Desde el año 2000.- ¿Qué tipo de funciones realiza usted dentro de la Guardia Nacional? C: Soy el único Anatomopatólogo de la Guardia Nacional, también veo la parte clínica de la Guardia Nacional.- ¿Qué es la anatomopatología? C: El patólogo se encarga de hacer diagnóstico de cualquier espécimen.- ¿La patología se divide en clínica y forense, clínica cuando se trata de una especie y forense cuando se trata de hacer necropsias del fallecido (Se le pone de manifiesto el estudio realizado por quien declara) y la Fiscal pregunta si ratifica el Informe realizado y si la firma que suscribe el mismo es su firma? C: Esa es mi firma, la evidencia que me fue enviada fue un útero con sus anexos.- ¿En qué consisten los anexos? C: Ovarios y trompas uterinas, observé la pieza describiendo la normalidad y anormalidad de la pieza, hacer cortes representativos para poder ver al microscopio que alteraciones puede presentar la pieza a nivel de células.- ¿Qué observó usted? C: Por su cara anterior tenía áreas de hemorragia reciente, desprendimiento de capa por hemorragia, al corte que tenía se abrió y se vió que tenía múltiples capas de hemorragia, un endometrio engrosada normal en una paciente que está con una gestación a término, se notaba que todo ese endometrio tenía hemorragia en todo su espesor.- ¿Usted observó que a ese útero se le había practicado una cesárea? C: Nosotros no somos especialistas, trabajamos en base a información clínica que nos mandan, de hecho hice un comentario en el informe, yo no observé en ningún momento que se le hubiere practicado cesárea alguna al útero, o sea que había disparidad entre lo que yo estaba observando de manera microscópica y lo que se me informaba en el informe clínico, además de los hallazgos microscópicos yo hago un comentario en el Informe declaro mi observación macroscópica y microscópica, pero en este caso el útero no tenía la incisión que se hace normalmente en una cesárea, tenía unos cortes irregulares que no se compaginan con el corte que se hace en una cesárea, no obstante a esto yo estoy observando una lectura de una información clínica, de que el feto fue encontrado en cavidad abdominal, me están sugiriendo que el útero estalló y el feto salió a la cavidad abdominal. Aquí hubo una ruptura uterina espontánea. Para mí no hubo Cesárea. Yo como experto, usted me pide que yo verifique si hubo o no cesárea por eso es que yo hago un Informe como funcionario público dependiendo de lo que el Ministerio Público me está pidiendo. ¿Podría informarme cuáles son las causas que puedan ocasionar un estallido de útero? C: No soy especialista en esa área, hay causas médicas una de las causas que mayormente se manejan es cuando el pitosin o sintosinon se administra, cuando la paciente tiene cesárea anterior.- ¿Si una mujer ha tenido varios embarazos puede eso ocasionar una ruptura uterina? C: Yo no respondería esa pregunta porque no soy Obstetra, por lo tanto me limito a mi especialidad.- ¿Qué es histerectomía? C: Es una extracción del útero, en este caso fue una histerectomía sub total más anexos porque no estaba el cuello uterino.- ¿En un caso como este es necesario practicar una Histerectomía cuando hay estallido de un útero? C: Yo no soy especialista en el área, pero si recuerdo que no todos van para una histerectomía porque depende de qué tipo de lesión, si es una lesión amplia y el útero no se puede suturar pues hay que practicarla, pero me limito a responder por cuanto no es mi especialidad, el médico del caso estimaría si hace o no hace la histerectomía.- ¿La hemorragia en este caso fue producto del estallido del útero? C: Al romperse un órgano espontáneamente esto va a sangrar hasta que el organismo de manera propia, si puede, controla la situación. En este caso si hay una ruptura uterina los vasos comienzan a sangrar, hasta que no se cierra ese vaso el va a sangrar sangrar hasta que se acabe el paso de sangre por ese vaso, eso condiciona un Shock Hipovolémico o un C.I.D. en el informe clínico dice que había 2000 c.c. en cavidad abdominal, ya eso es una pérdida importante de sangre del organismos, porque el organismo maneja siete litros de sangre, ya con una pérdida de 2 litros de sangre es una pérdida importante.- Y expone el testigo: yo lo que quería era señalar que en el informe médico que se me envía a mí, de la ciudadana A.D.R. se menciona que la paciente había perdido 2000 c.c. de sangre, eso era lo que yo quería aclarar. Yo actué con respecto a lo que me están pidiendo como funcionario público. ¿Hubo una ruptura del útero natural? C: Hubo una ruptura del útero espontánea.- Seguidamente se le cede la palabra a la Defensa y el Dr. Brito interroga: ¿Cuándo se graduó usted como especialista? C: En el año 2000 con la especialidad de anatomía patológica.- ¿Qué es la cesárea? C: Es el abordaje del útero por una incisión.- ¿Necesariamente para que haya una cesárea debe haber una incisión del útero? C: Sí porque hay que abrir el útero para extraer el feto o el recién nacido, mejor dicho cesárea es abordar cavidad abdominal.- ¿Si se usó una dosis excesiva de sintosinon se puede ocasionar una ruptura uterina? C: El uso se sintosinon puede ocasionar la ruptura uterina pero puede ser que si se hace uso excesivo puede ocasionar la ruptura uterina, más no tengo los conocimientos exactos en obstetricia.- Seguidamente se le cede la palabra a la Dra. S.K. a los fines de que interrogue y no hace ninguna pregunta.-

Declaró el ciudadano I.L.I., Técnico Auxiliar del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Estadal Carúpano, quien debidamente juramentada, manifestó:

En el mes de julio fui comisionado por la superioridad para practicar un reconocimiento legal a un objeto denominado bata, se le hizo el reconocimiento a la bata y se pudo observar que tenía manchas de color pardo rojizo y tenía cortes irregulares que no permitía la unión de las mismas. Posteriormente fui comisionado por la superioridad para que me dirigiera a la Sala de Autopsia del Hospital con la finalidad de localizar evidencias de interés criminalísticos, una vez allá fuimos atendidos por la Dra. Peña, la Dra. Manifestó de que la evidencia que estábamos buscando ella no tenía conocimiento de donde estaba, entonces fue cuando la Dra. Localizó un envase plástico contentivo en su interior de un útero con sus accesorios, un ovario y una trompa, la cual indicó que esa era la evidencia que se estaba buscando y que pertenecía a una parturienta que se había muerto, el envase tenía una inscripción que decía A.N.

. Seguidamente se le cede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público a los fines de que interrogue: ¿Usted ratifica el Informe que usted realizó? C: Sí lo ratifico y esa es mi firma.- ¿En qué condiciones estaba la bata peritada por usted? C: La bata estaba en regular estado de conservación.- ¿En donde practicó usted la inspección Ocular y en compañía de quién? C: En la sala de autopsia del Hospital de Carúpano de esta ciudad, esa sala permanece cerrada porque ahí hay frascos en los cuales se guardan órganos.- ¿Para qué se practica una inspección ocular? C: Para buscar evidencias de interés criminalísticos que guarden relación con el caso que nos ocupe en un momento determinado.- ¿Cuál fue la información que dio la Anatomopatólogo que se encontraba en la Sala de Anatomopatología? C: Ella dijo que eso se había incinerado o quemado, algo así, después se presentó el Dr. Emilio y se encontró en un frasco un útero, unas trompas, y usted se la llevó para hacerle la experticia correspondiente. Es todo.- Seguidamente se le cede la palabra al Defensor para que interrogue: ¿Ese sitio es donde se guardan frascos con órganos? C: Sí.- ¿A la Dra. Que estaba allá se le manifestó qué era lo que se iba a buscar? C: Sí, la Dra. Cristina le manifestó que se iban a buscar unos órganos que se le habían extraído a una parturienta. Es todo.- Seguidamente se le cede la palabra a la Dra. S.K. a los fines de que interrogue: ¿Logró visualizar usted en el hospital usted otros úteros? C: Otros úteros no se, porque allí habían cantidades de frascos en los que se guardan cantidades de órganos.- ¿Usted logró ver que los frascos que se encontraban en la Sala de Anatomopatología del Hospital están debidamente identificados? C: Sí todos los frascos tenían sus nombres.-

Declaró la ciudadana A.T.Z.D.M., Médico Ginecólogo, adscrita al Hospital General “Santos Anibal Dominicci”, quien debidamente juramentada, manifestó:

Yo conozco todo el caso porque yo trabajo en el Hospital pero realmente yo participé en el caso en la segunda intervención que se le realizó a la paciente, pero ya el caso se había discutido en el servicio yo sé de la paciente que es una paciente de 28 años que ingresa al hospital el día 18-4-05, la paciente es evaluada por el médico de guardia quien decide ser pasada para ser revisada por los medios del servicio.- El día 19 no se pasó revista en el hospital por cuanto era día de fiesta y nada más se revisan los casos realmente de emergencia.- el Día 20 los médicos que vieron a la señora son la Residente G.R. y el médico especialista J.A.F., la señora refirió una pequeña fiebre del día anterior que en la historia se señala como de 38,5 y 38,6 y se le indicó una dipirona y ampicilina, la paciente evoluciona bien a esa hora, la suben nuevamente y esa noche la paciente estaba perdiendo líquido, la residente la examina, le realiza el tacto y en vista de que ya había roto membrana la deja en sala de parto para que haga su trabajo de parto normal.- A las 07:00 a.m. la Dra. Gisela entrega su guardia al Dr. Ochoa, a las 10:30 a.m. el Dr. Ochoa le comunica el caso al especialista de guardia que era el Dr. H.M. mi esposo, pero le indica que no ha arrancado bien el trabajo de parto, se decide inducir el trabajo de parto con un medicamento que es el oxitosis, a las 12:00 del medio día y la paciente comienza a presentar hipotensión, luego se interviene a la paciente, se le realizó la cesárea más histerectomía, la paciente egresa de quirófano bien, se deja en recuperación y a las 04:00 de la tarde aproximadamente me llama mi esposo y me dice que va a reintervenir a la paciente yo le dije que yo lo iba a ayudar, le mandamos a participar al cirujano de guardia para que nos ayudara con la intervención y al abrir a la paciente vemos que hay mucho sangrado en la cavidad abdominal, todo sangraba en forma continua y constante, se hicieron muchas maniobrar para tratar de parar el sangrado, se pidió sangre, plasma, el cirujano decidió hacer una maniobra heroica que es ligar las hipogástricas y luego la paciente fallece, duramos en quirófano como tres horas. Es todo

.- Seguidamente se le cede la palabra al Dr. E.B. a los fines de que interrogue: ¿Cuántas cesáreas y cuántos partos normales se practican en un día? C: Como 14 cesáreas y como 18 partos normales aproximadamente.- ¿Qué es un especialista? C: El especialista tiene que operar a los pacientes.- ¿Cuántas camas hay en sala de parto? C: 6 camas individuales.- ¿Se ha dado el caso de que en una sola cama se coloquen dos pacientes? C: Sí, anteriormente una paciente por cama para parir, ahorita hasta dos pacientes compartiendo la misma cama haciendo el trabajo de parto.- ¿Qué fue lo que pasó esa tarde cuando usted llegó al hospital? C: yo encuentro que estaban entrando a la paciente a quirófano, ella había sido ingresada a quirófano aproximadamente dos horas antes y se le había dejado un drenaje, solicitamos la ayuda del cirujano porque la paciente persistía en el sangrado, la abrimos y nos dimos cuenta que el sangrado era en capas, es más que todo venoso, un sangrado que no es específico en una zona, eso sangra todo, ahí procedimos a secar, a los auxiliares se les pedía que trajeran plasma, sangre y nosotros seguíamos ahí en la misma intervención, el cirujano decidió que era mejor ligar las cavidades hipogástricas para ver si de esa manera parábamos el sangrado pero a pesar de haberlo hecho ella seguía sangrando, nosotros lo que pedíamos era que nos trajeran plasma.- ¿No se le facilitó el plasma que ustedes pedían? C: No se le facilitó.- ¿A qué conclusión llegamos ustedes? C: Nosotros hicimos una reunión con los Jefes del Servicio los epidemiólogos y llegamos a la conclusión que la paciente hizo una CID eso es una patología hematológica, es un trastorno de coagulación severo, que al presentarse su consecuencia irreversible es la muerte.- ¿Usted estaba de guardia en el hospital? C: No, fui porque mi esposo me llamó para que lo fuera a ayudar.- ¿El señor H.M. es su esposo? C: Sí.- Seguidamente interroga la Dra. S.K.: ¿Usted vió ese día en el hospital al Dr. C.P.? C: En el momento en que entré a quirófano no lo ví pero al salir del quirófano estábamos todos ahí.- ¿El Dr. C.P. estuvo en la reunión que ustedes hicieron luego de la muerte de la p.A.D.R.? C: Sí.- ¿Conoce usted el área intensiva? C: Sí.- ¿Cuántas camas tiene el área de terapia intensiva? C: Tiene cuatro camas pero nada más dos se pueden utilizar porque las otras dos no tienen los equipos para ser utilizadas.- ¿El área de Terapia Intensiva estaba utilizada por algunas personas en ese momento? C: Sí, el día que yo llegué al hospital siendo las 04:00 de la tarde se decía que el área de quirófano estaba ocupada.- Seguidamente se le cede la palabra a la Dra. C.M.F. II del Ministerio Público para que interrogue: ¿Cuándo un médico es especialista tratante revisa la historia clínica de un paciente? C: Por supuesto.- ¿Ustedes por qué revisan la historia clínica de la paciente? C: Nosotros cuando presentan el caso el residente nos hace un resumen verbal de la historia de la paciente.- ¿Se impone ustedes médicos tratantes de las condiciones físicas de las personas que le son asignados cuando son médicos tratantes? C: Por lo que me dice el residente en ese momento y si la paciente está delicada revisamos la paciente los dos el residente y el especialista para decidir qué se le va a hacer.- ¿Cuáles son los nombres de los Médicos que trataron a la paciente el día 20 de abril? C: el día 20 era el Dr. J.A.F. y la Dra. G.R.. ¿El Dr. Ochoa le indicó de las condiciones de la p.A.R. al Dr. H.M.? C. Sí, aproximadamente a las 10:30 a.m. y aproximadamente a las 04:00 de la tarde me llamó mi esposo porque había que reintervenir a la paciente, también participó el Dr. J.R. que es el cirujano, el anestesiólogo era el Dr. E.D..- ¿Ese anestesiólogo era el que estaba de guardia ese día? C: Sí.- ¿Para el año 2001 cuántas pacientes murieron en esa área? C: Esa paciente fue el caso que se discutió en ese tiempo.- ¿Qué es una cesárea? C: Es la extracción del feto de la cavidad uterina materna.- ¿El hecho mismo del embarazo pone en riesgo la vida de una mujer? C: Sí.- ¿Cuáles son las causas de una ruptura uterina? C: Cesáreas anteriores, intervenciones previas en el útero, situaciones anómala en el feto, situación transversa, de la parte materna las intervenciones previas en el útero y las situaciones anómalas fetales.- ¿Usted tiene conocimiento de que al Dr. Paz le fue hecha alguna llamada para su intervención con la paciente? C: Cuando entro al quirófano me entero de que se solicitó la colaboración de terapia pero que no había cama.- ¿Usted vió al Dr. C.P. en el área de Sala de Parto en el Hospital el día 21-04-05? C: No porque yo entro por el área de quirófano.- La Juez pregunta: ¿En qué fecha muere la ciudadana A.N.? C: El día 21-04-05.- ¿En qué lugar? C: En el hospital de Carúpano, la paciente ingresó con fecha de embarazo de 31 semanas.- ¿Usted tiene conocimiento por qué intervinieron a la paciente en una primera oportunidad? C: Porque la paciente está haciendo manifestaciones de una ruptura uterina y por eso hubo que intervenirla, en el momento en que la paciente baja la tensión es el momento en que la paciente debe estar haciendo la ruptura.- La paciente había referido fiebre del día anterior.- Por qué no fue revisada la paciente el día 19 de abril? C: Ese día no hay reporte de que la paciente haya sido bajada a sala de parto, el paciente ingresa por sala de parto, es evaluada por los médicos residentes si la paciente está estable es trasladada al segundo piso del hospital, yo no sé si el especialista fue llamado el día 19 de Abril.- Usted como especialista cuándo acudió al hospital? C: Yo volví el 21 en la tarde, el 19 no estuve, el 20 tampoco, porque todos los días uno no sube a la sala, nosotros tenemos otras actividades, hay días en que me corresponde es pasar consultas.- Se cumple un día de guardia y después un día libre de 24 horas que es la post guardia.- Usted manifestó al Tribunal que la Dra. Gisela le entregó la guardia al Dr. Ochoa? C: Sí y él es quien le comunica la situación de la paciente al Dr. H.M., le manifestó que hay una paciente iniciando trabajo de parto, pero que ha ido muy lento evolucionado, entonces el Dr. Le indica conducción del trabajo de parto, es decir ayudar a la señora a que para.- ¿A qué hora se le practica la cesárea? C: Como a la una de la tarde.- ¿Ese día el Dr. Molina practicó cesárea? C: Sí, él estaba practicando cesáreas cuando le notifican del caso.- ¿Cuando ustedes hacen la incisión nuevamente y se dan cuenta que presenta sangramiento en capas, qué deben hacer ustedes en ese momento? C: Tratar de parar la hemorragia y tratar de suministrar lo que la paciente está perdiendo, lo que la paciente amerite para ayudar a aumentar los factores de coagulación, uno le comunica al anestesiólogo y él pide el plasma, todo lo que se le va a transfundir a la paciente.- ¿Ustedes tuvieron la necesidad de llamar al Intensivista? C: Se había llamado.- ¿A ustedes le suministraron plasma? C: Plasma no, lo que había era concentrado globular y sangre congelada de la que hay en el hospital, nosotros pedíamos plasma porque lo que sustituye ese tipo de sangrado es el plasma.- ¿Aún cuando ustedes suministraron concentrado de glóbulos rojos la paciente seguía sangrando? C: Sí, pero ella seguía sangrando, el sangrado no se le paraba.- ¿De suministrarle plasma la paciente se hubiera salvado? C: Es difícil decirle, pudo haber sido, quizás se hubiese salvado.- ¿Si la paciente hubiera sido intervenida con anterioridad se hubiese salvado? C: Si no se le rompe el útero se hubiera salvado, si no hubiera estado embarazada no habría pasado todo esto, son muchas cosas.- ¿Ustedes acostumbran a dejar tantos días en el hospital a una parturienta? C: Si la señora estaba en piso y nunca la pidieron para cesárea pues no consideraron los médicos que la examinaron o que la atendieron que era una evaluación de cesárea, pues habría que revisar.-

Declaró el ciudadano J.G.M., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Estadal Carúpano, quien debidamente juramentado, manifestó:

El 14 de septiembre del año 2001 en horas del mediodía fui comisionado por la superioridad de la oficina para trasladarme en compañía del funcionario I.I. al hospital de Carúpano, en nuestra compañía estaba la Dra. C.M. el traslado de la comisión al hospital era para realizar una inspección técnica en la Sala de Autopsia, llegamos al lugar nos entrevistamos con la patólogo, creo que se llamaba N.R.R., se le solicitó si tenía conocimiento sobre un útero y esta manifestó de que el mismo había sido incinerado pero que no tenía inconveniente de que pasáramos a hacer la inspección, también estuvo presente el Dr. Avila, en ese momento en que estábamos haciendo los apuntes la Dra. Mijares localizó sobre un mesón un botellón con algo metido en el interior con la inscripción A.D., se colectó eso para hacerle su respectiva experticia. Es todo

.- Seguidamente se le cede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público para que interrogue: ¿Ustedes le manifestaron a la Encargada del Departamento lo que hacía la comisión ahí? C: Sí a ella se le indicó, se le dijo que se estaba buscando un útero de una persona fallecida que supuestamente se encontraba ahí guardado.- ¿Qué dijo el funcionario que estaba ahí? C: Ella manifestó que por la fecha, probablemente eso estaba cremado, incinerado.- ¿Logró obtener la comisión un tipo de evidencia de interés criminalístico? C: Sí, un envase que según era un útero que estaba allí.- ¿Qué funcionarios estaban con usted en esa comisión? C: Estaba el funcionario I.I., la Fiscal C.M. y la Secretaria de la Fiscal M.T..- Seguidamente se le cede la palabra al Defensor a los fines de que interrogue y lo hace el Dr. Brito: ¿La funcionaria que los atendió en el Hospital, en la sala de autopsia le dijo que el útero estaba cremado? C: Sí porque ellos acostumbran que después de practicar las biopsias creman los órganos.- Interroga la Dra. S.K.: ¿Que encontraron ustedes en la sala de autopsia? C: Encontramos muchos frascos, en diferentes tamaños.- ¿Esos frascos estaban identificados? C: La mayoría tenían inscripciones al igual que el que nos habíamos llevado.-

Declaró la ciudadana M.R., Médico Hematólogo, quien debidamente juramentada, manifestó:

No tengo conocimiento de los hechos

.- Seguidamente se le cede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público para que interrogue: ¿Funciones dentro del Hospital de Carúpano? C. Hematólogo de Medicina Interna.- ¿Funciones dentro del hospital de Carúpano para el año 2002? C: Coordinadora del Banco de sangre, en el banco de sangre se hacen las solicitudes de quirófano, banco de sangre procesa la sangre y despacha, para poder preparar una transfusión hay que mandar muestras desde el quirófano hasta el Banco de sangre, yo no he tratado a la paciente, yo hice acto de presencia al hospital porque la hemoterapista de guardia me hace solicitud de unos plasmas para una paciente.- ¿Cuántas bolsas de plasma le solicitaron? C: Yo trasladé diez unidades pero no me consta que hayan sido utilizadas, quedaron en el Banco como a las 08.00 de la noche aproximadamente.- ¿Por qué solicitan plasma del Banco de Sangre del Hospital? C: Cuando hay emergencia, eran para la paciente.- ¿Le comunicaron a usted el estado de la paciente? C: No.- El plasma es el único hemoderivado el que pueda recuperar en una persona las facultades para producir capacidad de coagulación en un ser humano? C: Todos los elementos de la sangre son importantes.- ¿Para el momento en que a usted le piden el plasma había en el hospital algún otro hemoderivado en el banco? C: Sí había suficientes derivados en el Banco, no había necesidad de que nadie se presentara al hospital a donar sangre.- ¿Es el hematólogo el especialista indicado para que me haga un diagnóstico? C: Cualquier médico que esté en una intervención está facultado para solicitar el derivado que se necesite.- ¿Es una condición del médico tratante estimar cuál especialista necesita para que lo ayude en la asistencia de un paciente? C: Sí. Es todo.- Seguidamente se le cede la palabra a la Defensa para que interrogue y el Dr. Brito no interroga.- Lo hace la Dra. Kassis.- ¿Cuando se está en quirófano en alguna intervención quirúrgica, se hace necesaria la presencia de un Intensivista? C: No.-

Declaró el ciudadano P.L.L., Médico Forense, adscrito a la Medicatura Forense de Carúpano Estado Sucre, quien debidamente juramentado, manifestó:

Los conocimiento que tengo son de una forma indirecta porque soy vicepresidente del Colegio Médico del Estado sucre y como es norma cuando hay una noticia críminis se abre una investigación paralela a la que suele llevar la Fiscalía, nosotros llamamos a los Doctores que intervinieron y al señor que está aquí presente que es el viudo y rindió declaración ante el Despacho del Dr. C.M. que es el Presidente del Colegio de Médicos del Estado Sucre

.- Seguidamente se le cede la palabra al Dr. E.B. a los fines de que interrogue: ¿Cómo está compuesto el Tribunal disciplinario del Colegio de Médicos del Estado Sucre? C: Por un presidente, un vicepresidente, un secretario, dos adjuntos y un Fiscal que es médico y abogado a la vez, en el ejercicio de las dos cosas. ¿Esos abogados a que usted se refiere, abogados del hospital, concurren a ese procedimiento disciplinario en beneficio de la víctima o concurren en representación de las personas a que se les sigue el procedimiento? C: Generalmente es normativa de la Fiscalía de que cuando una persona muere en el hospital piden información al Hospital, esta información suele darla el Consultor Jurídico y Asesor Legal del Hospital. ¿El Director del Hospital está facultado para levantar algún informe de algún siniestro ocurrido en el hospital? C: El es el Director del Hospital, mas es el asesor o consultor jurídico el que debe levantar el informe y pasarlo a la Fiscalía.- ¿A qué conclusión llegaron ustedes luego de hacer la investigación? C: Nosotros hicimos una investigación paralela muy bien llevada tanto porque nosotros pedimos la opinión de los diversos especialistas, de enfermería, de internos, de residentes, de la ciudad de Carúpano como de Cumaná, y la intervención del Fiscal Médico de Cumaná y llegamos a la conclusión de que no hubo ni mala praxis, ni negligencia ni confiabilidad y que estuvo asistida desde que ingresó la paciente hasta que falleció, nosotros mandamos un informe, más no mandamos el expediente.- ¿Ustedes reciben denuncias generalmente en contra de médicos? C: Sí recibimos muchas denuncias, pero infundadas, de gente mal asesorada, mal aconsejada, de gente que desconoce las leyes.- ¿Cómo son las condiciones del Hospital de Carúpano? C: El hospital de Carúpano ha quedado pequeño. ¿Qué es una Coagulación Intravascular Diseminada? C: Es una patología que suele presentarse porque es un eslabón que se agota en la cadena de coagulación sanguínea y evita que la sangre circule mejor, es muy grave, la persona muere.- ¿Es normal que se presenten Rupturas Uterinas en parturientas? C: Sí, mi hija que es Neonatólogo me dice que eso se presente muchísimo en la Maternidad C.P..- ¿Sería predecible ese tipo de patología? C: No.- Seguidamente se le cede la palabra a la Dra. S.K. para que interrogue: ¿Qué es una interconsulta? C: Es una petición que hace el médico tratante a otro médico de otra especialidad. Si la persona está hospitalizada y está estable se hace una petición por escrito, ese es un requisito formal al momento de pedir la interconsulta, ese requisito se lleva en el Hospital de Carúpano y en todos los hospitales de Venezuela.- Pero muchas veces cuando hay urgencia o cuando hay una situación que no da tiempo a pedir una interconsulta por escrito, se puede pedir la interconsulta de forma verbal, pero debe cumplirse con la formalidad al día siguiente.- ¿Conoce usted el área de Terapia Intensiva del Hospital, cuáles son las condiciones? C: Son buenas, pero deberían haber más camas de las que funcionan, ya que son sólo dos camas las que funcionan en Terapia Intensiva.- ¿Ha tenido usted conocimiento de que en el Hospital de Carúpano se desatienda a un paciente para atender a otro? C: No.- ¿Cuándo una persona está en presencia de una C.I.D. y se hacen todas las maniobras correspondientes para salvar a la persona, hace falta la presencia de un Intensivista? C: No.- Seguidamente se le cede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público a los fines de que interrogue: ¿Usted asistió a la exhumación de la ciudadana A.D.d.N.? C: No asistí.- ¿Por qué no asistió a la convocatoria del Ministerio Público a la exhumación del cadáver de A.D.R.d.N.? C: No recuerdo que se me haya convocado y si se me convocó no debo haber estado en Carúpano porque nunca falto a este tipo de experticias, además generalmente no vamos a las exhumaciones porque no es concluyente mi presencia en la exhumación sino del Patólogo Forense ya que yo lo que hago es un informe de lesiones externas, visibles no de lesiones internas.- ¿Por que usted en este caso considera que no es necesario su presencia en la exhumación del cadáver? Objeta la Defensa por cuanto ya el testigo informó porque no es necesaria su presencia en la Exhumación de cadáver.- La Juez declara con lugar la objeción por cuanto ya el testigo contestó la pregunta.- ¿El Fiscal médico adscrito al Tribunal Disciplinario del Colegio de Médicos está adscrito a la Fiscalía General de la República? C: No, pero tiene validez desde el punto de vista médico legal y penal porque en casos es llamado a declarar.- El hace las preguntas correspondientes y hace sugerencias a los intervinientes.- ¿El Fiscal adscrito al Tribunal Disciplinario está adscrito a la Fiscalía General de la República con la investidura que tiene esta representación fiscal? C: NO.- ¿Estuvo usted los días 18, 19, 20, 21 de abril del año 2001? C: No recuerdo, pude haber asistido al hospital.- ¿Le fue sometido a usted como caso clínico de la señora A.D.R.? C: Nosotros nos avocamos a la investigación del caso por cuanto el viudo hizo una denuncia, nosotros hicimos una investigación tan buena como la que puede llevar el Ministerio Público, el Médico puede pedir la información.- ¿Quiénes conforman el Tribunal Disciplinario del Colegio de Médico del Estado Sucre? C: El Dr. C.M.M.I., yo como Vicepresidente, el Dr. R.V., Neumonólogo, todos tienen que ser médico más un medico y abogado a la vez el Dr. I.A..- ¿Usted estuvo presente cuando fue intervenida la señora A.D.R.? C: No.- ¿En el Hospital de Carúpano en el año 2001 había quirófano? C: Quirófano ha habido siempre.- ¿Había instrumentos para operar a una persona? C: Sí.- ¿Había especialistas que ayudaran a los residentes en los casos que se presentaran en el Hospital S.A.D.? C: Sí.-¿ Corresponde al residente de obstetricia operar a una persona? C: Sí es un parto lo asiste, si es una cesárea solicita al especialista.- Pregunta la Juez: ¿Quién atendió desde la primera vez que ingresó la ciudadana Aura al Hospital? C: No recuerdo, el residente presenta el caso al especialista, el especialista lo estudia y hace sus indicaciones.- Por qué la ciudadana A.D. no fue atendida con anterioridad al día 21-04-2001 o por qué no se le fue practicada la cesárea? C: Cuando una persona está estable no se le practica ninguna intervención quirúrgica, recuerden que hay un celo de un residente y un interno y está vigilando estrechamente a los pacientes, más un personal entrenado que son las enfermeras, siempre están allí los residentes, los internos y los especialistas.- ¿Las parturientas están siempre atendidas en el hospital? C: Todo el tiempo, porque los médicos que están en el área de obstetricia nunca se separan de su guardia.- ¿La p.A.D. fue dejada hospitalizada desde el día 18? C: No recuerdo, creo que sí.- ¿Por qué los especialistas no hacen guardia a cuerpo presente en el Hospital? C: No está establecido en este hospital, pero están siempre pendientes, yo no creo que una persona que llegue de urgencia al hospital sea desatendido.- Usted tuvo a la mano la historia médica de A.D.? C: La historia no, nosotros podemos pedir una copia, es posible que haya una copia, yo creo que sí.- ¿Por qué esperar tanto tiempo para intervenir a la ciudadana A.D.? C: Porque estaba estable. Es todo.-

Declaró el ciudadano K.R.G., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Estadal Carúpano, quien debidamente juramentado, manifestó:

El día 08 de agosto del año 2001, en horas de la mañana cumpliendo instrucciones con la Superioridad me trasladé al Hospital, con la finalidad de practicar inspección ocular en el área de Sala de Parto, al llegar a la Sala de Parto practicamos la inspección ocular dejando constancia de cómo se encuentra la sala de parto, todo estaba en orden, levantamos acta dejando constancia de lo que se observó en el hospital.- Posteriormente estuve presente en la exhumación del cadáver de A.D.R..- Es todo

.- Seguidamente se el cede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público a los fines de que interrogue.- ¿A qué cuerpo está usted adscrito? C: al Cuerpo de Investigaciones, Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Carúpano.- ¿Dónde queda el quirófano en el Hospital S.A.D.? C. pasando un pasillo de la sala de parto.- ¿Puede usted describir si habían o no habían instrumentos en la sala de parto? C: Sí habían instrumentos, camillas, insumos de acuerdo a la labor que ahí se realiza.- ¿Usted realizó inspección ocular al quirófano? C: No recuerdo.- ¿Para que se realiza una Inspección ocular? C: Para determinar como está un sitio en un momento determinado.- ¿Pudo usted observar en la inspección que realizó que todo estaba en orden en la sala de parto del Hospital? C: Sí, todo estaba en orden.- ¿Usted actuó con algún otro funcionario al momento de realizar la inspección? C: Si, con el funcionario A.D., yo solo practiqué una Inspección Ocular, si se solicita la incriminación de algún interés criminalístico, pues entonces se recaba y se deja constancia en el acta levantada al efecto.- ¿Usted estuvo presente en la exhumación del cadáver de la ciudadana A.R.? C: Sí, también estuvo usted, la anatomopatólogo, la Juez y unos ayudantes ahí, al abrir la urna estaba un feto a los pies de la señora, ellos hicieron su estudio, nosotros tomamos fotografía.,- ¿Reconoce usted la Inspección Ocular realizada en el Hospital S.A.D. en la Sala de Parto y reconoce como suya la firma que la suscribe? C: Sí la ratifico y si reconozco mi firma.-

Declaró el ciudadano J.A.F., Médico Gineco-obstreta, quien debidamente juramentado, manifestó:

En lo que a mi respecta hay dos hospitalizaciones de esa paciente, una primera que ocurrió en el mes de marzo, vino referida de la consulta prenatal presentando una sintomatología de cefalea, epigastrea y visión de lucecitas.- Posteriormente el día 22 de marzo fue evaluada por el Dr. Tata no encontrándose los síntomas de carácter obstétrico o no se documentaron durante su hospitalización, el día 23 de marzo fue evaluada por mi persona, ella estaba estable, no había ninguna sintomatología obstétrica, el feto estaba conservado, se le da su cita para consulta prenatal, la paciente consulta nuevamente el 18 de marzo según la nota de ingreso, yo la ví el día 20, bueno me presentaron el caso el día 20, fue bajada de piso refiriendo fiebre, ella fue evaluada por el Interno de Guardia, se le hizo el tacto, se le mandó a colocar una dipirona, yo bajé a sala de parto esa noche a dar una revista y me dijeron que una paciente estaba en cama 1 pero que no tenía trabajo de parto, que había referido fiebre pero que no había ninguna sintomatología de carácter obstétrico, yo avalé la conducta del residente de lo que se le había indicado, se le pidió su ecosonograma para el día siguiente, luego la bajaron a las 04:00 a.m. todavía era mi guardia ahí no fui notificado, solo que describen en el reporte que ya había iniciado el trabajo de parto, ya estaba perdiendo líquido, se dejó en evolución de trabajo de parto por cuanto ya había parido cuatro veces anteriores, hasta ahí fue mi actuación por cuanto mi guardia termina a las 07:00 de la mañana, lastimosamente hubo un desenlace que todos conocemos, pero todos los médicos sometimos posteriormente el caso a consulta de médicos y consideramos que la conducta asumida por los Colegas había sido la correcta.- Es todo

.- Seguidamente se le cede la palabra al Dr. E.B. a los fines de que interrogue: ¿Se da el caso de que tengan que colocar a dos pacientes o parturientas en una misma cama en el hospital? C: Eso es a diario que amorochamos a las pacientes en una misma cama, ya que contamos con 54 camas y a veces tenemos 115 pacientes.- ¿Cuántos especialistas hacen guardia en la parte de Obstetricia del Hospital? C: 1 especialista, pero también hacen guardia los Médicos Internos y los Residentes.- ¿En su ausencia quién se queda en esa área par atender a las pacientes? C: Los Médicos Internos y los Residentes, en Sala de Parto hay médico las 24 horas del día las 365 días del año.- ¿En qué momento le solicitan los exámenes a una parturienta? C: Al llegar la paciente al hospital si tuvo un control prenatal, debe ir con sus exámenes.- ¿Cuál fue su diagnóstico en la primera oportunidad cuando examinó a Domitila? C: Si, ella estaba estable, no tenía todavía trabajo de parto, estaba normal.- ¿El feto de la p.d.D. estaba en situación transversa? C: No en ningún momento, además se le hizo un eco en el día anterior y todo estaba bien.- ¿Si el feto hubiera estado transverso había necesariamente que hacerle una Cesárea? C: No, en ningún momento porque el embarazo no estaba a término, entonces ese feto pudo haberse acomodado sin necesidad de cesárea, ya que el con sus propios movimientos él es movible dentro de esa esfera en la que se encuentra, a veces se pide una cesárea y resulta que cuando se va a operar ya el feto se ha acomodado y no hay necesidad de operarla.- ¿Qué efectos tiene una cesárea? C: Consecuencia graves no hay, lo que sí es que la cesárea debe practicarse cuando realmente haya necesidad porque ese es un útero que va a quedar limitado para las próximas oportunidades.- El embarazo por definición puede durar hasta 42 semanas, se acostumbra a hospitalizar a la paciente cuando tiene cuarenta y una semanas y tres días y si todo está bien entonces puede hacer su trabajo de parto vaginal.- ¿A qué hora vió usted a la paciente el día 20 de abril? C: Bueno me presentaron el caso como a las 08:00 de la noche, me refirieron que en la cama uno había una paciente que presentaba fiebre y el Interno me dijo lo que le había suministrado a la paciente y yo avalé dichos medicamentos, ya la médico Interno la había valorado cuando yo llegué.- ¿Usted verificó si la paciente efectivamente presentaba fiebre? C: de verificar no, yo creí en lo que me dijo la médico interno.- Usted recuerda si practicó alguna Cesárea ese día? C: No recuerdo.- ¿Para el momento en que su colega le refirió la paciente, estaba sangrando? C: No.- ¿Una paciente que ha iniciado el trabajo de parto puede presentar sangre blanca? C: No, puede ser que presente el tapón mucoso, eso es lo que se forma durante el embarazo en el útero y eso va a proteger de que no suban por la vagina bacterias, entonces cuando el embarazo llega a etapa de término empieza a desprenderse el tapón mucoso, ese tapón mucoso cuando se pierde la paciente expulsa por la vagina una mucosidad que puede venir teñida de un poquito de sangre, pero es de una sangre un poquito oscura.- ¿Sería una especulación hablar de sangre blanca? C: Sí porque la sangre blanca no existe.- ¿La paciente presentó algún problema con la enfermedad de Pre Clancer? C: No, en la historia médica si se mencionaba algo de eso, pero el día que llegó la paciente al hospital y quedó hospitalizada no presentaba signos de preclancer. La paciente estaba normal.- Seguidamente se le cede la palabra a la Dra. S.K. para que interrogue: ¿Qué médico solicitan ustedes cuando se les presenta una complicación con una parturienta? C: Bueno el médico en quien uno se apoya casi siempre es el Internista.- ¿Puede un intensivista atender a una paciente en un quirófano? C: No, porque él no tiene nada que hacer en el quirófano, se debe sacar a la paciente del quirófano para que el Intensivista la vea o la valore y él indicará lo pertinentes.- Es todo.- Seguidamente se le cede la palabra a la Fiscal para que interrogue: ¿Usted cuando vió a la paciente? C: Yo la dí de alta el día 23 de marzo pero yo no la ingresé, el médico que la ingresó si ella consideró y valoró que esa paciente debió ser hospitalizada es porque es ella lo estimó procedente.- ¿Usted considera que las indicaciones que hacen los Médicos Internos o Residentes son indicaciones descabelladas por qué usted cree en ellos? C: Yo no he hablado de descabellado, ellos a veces pueden tener dudas pero yo nunca he dicho que son descabelladas, los médicos internos que reciben a una paciente que venga referida tienen el deber de ingresarla y hospitalizarla y al otro día en la mañana el Especialista la revisa y si luego de revisada consideramos que todo está bien y no hay necesidad de dejarla hospitalizada se le da de alta.- ¿Durante los días en que estuvo hospitalizada la ciudadana Domitila el día 21 fue ingresada al Hospital y hasta el día 23 fue que usted la vió durante esos dos días que estuvo allí no fue examinada por nadie? C: Como no, ella fue valorada por el Dr. Tatá e indiqué que hasta se le hizo un eco.- ¿Qué es una hipertensión? C: Es una elevación de las cifras arteriales.- ¿Cuál es el fin de la asistencia médica? C: El bienestar del paciente.- ¿Cree usted que si esta paciente fue estudiado su caso por un especialista y asistido su caso durante estuvo ingresada la paciente y un especialista ya revisó a la paciente y consideró que estaba todo normal por qué entonces el especialista no la dio de alta? C: Porque el médico especialista decidió dejarla ahí bajo vigilancia.- A.D. fue revisada en algún otro nosocomio? C: Según lo que yo leí en la historia dice que desde hace un mes ella refería cefalea y los otros síntomas que ya señalé, pero en el examen físico que yo realicé no presentaba la paciente ninguna alteración, por lo tanto no corresponde el exámen físico con lo que dice en la historia.- ¿Qué decía el ecosonograma que le realizó el Dr. Tatá a la señora A.D.? C: Había un bienestar fetal conservado.- ¿Usted vió a la señora A.D. entre los días 18, 19, 20, 21? C: Ya he dicho varias veces que me presentaron el caso el día 20 de abril, ya yo había tenido contacto con ella en el mes de Marzo, la Dra. G.G. me presentó el caso de Aura el día 20 yo acudí al Hospital, yo estaba de guardia ese día, la Dra. Gisela me dice que ahí estaba una paciente que estaba refiriendo fiebre, que estaba con un embarazo a término, me manifestó lo que le había pedido, y yo le dije que si se sentía mejor la subiera a piso como en efecto lo hizo, a Aura se le tomó la temperatura en piso y presentó una temperatura de 37.3 grados.- ¿Si no tenía fiebre la señora para qué le indicaron una novalcina o ampicilina? C: porque la paciente decía que tenía fiebre.- ¿Acostumbran los médicos indicarle novalcina o ampicilina a una paciente aún cuando no presente fiebre? C: Bueno como la residente lo indicó bueno yo pensé que estaba bien porque quizás era un cuadro febril que estaba comenzando, pudo haber sido que tenía una infección de orina, se le indicó la práctica de unos exámenes los cuales no los ví, ni sé si se los hicieron, porque esos exámenes se indican y se hacen es el día siguiente.- ¿Qué tipo de medicamento es una ampicilina? C: Es un antibiótico, a veces alguna clínica que refiere a un paciente e indica los síntomas que tienen la paciente, en esos casos uno sin esperar estar haciendo exámenes ni nada uno le suministra los medicamentos necesarios, porque de todas maneras eso no le va a hacer daño ya que no se le está administrando una dosis exagerada.- ¿Tenía usted conocimiento que la señora Aura estuvo siempre acompañada en el Hospital? C: No tengo conocimiento.- ¿Tiene usted conocimiento de que el esposo de la p.A.D. estuvo acompañando durante esos días a la Sra. A.D.? C: No tengo conocimiento.- ¿No es lógico que un médico salga y se le pida colaboración a los familiares de los paciente a los fines de que le lleven la muestras de su paciente y lo lleven al laboratorio fuera del hospital? C: Eso es válido pero en este caso no se hizo.- ¿Usted conoce a los médicos C.P. y H.M.? C: Sí los conozco, a César lo conozco más.- ¿A qué hora entregó usted su guardia? C: A las siete de la mañana, la guardia se le entrega al Interno y el Interno al Residente, el Residente le entrega la guardia al otro especialista que recibe la guardia y lo impone de las situaciones.- La Fiscal pregunta al testigo si se ha quejado de las condiciones del hospital y la Defensa objeta por impertinente la pregunta y la Juez declara con lugar.- Continúa el interrogatorio de la Fiscal: ¿Causas de la Ruptura del Utero? C: Sobre distensión del útero por embarazos múltiples o embarazo gemelar, presentaciones viciosas del feto, que venga de hombros, feto voluminosos un feto más de cuatro kilos, cesáreas anteriores, la ruptura uterina es la patología más temida de los obstetras, eso es una Urgencia, ni siquiera una Emergencia, eso es una Urgencia.- ¿El especialista es quien decide en un momento dado a quién otro especialista va a llamar a los fines de solicitarle una interconsulta? C: Sí, porque el especialista es quien la está tratando, a veces hay sugerencia por ejemplo del anestesiólogo, porque recuerde que es un equipo multifactorial.- ¿Si hay una paciente que se le estalló un útero y yo debo solicitar una interconsulta de otro médico especialista, usted cree que se debe llenar los requisitos o formalidades esenciales para solicitar dicha interconsulta? C: Uno delega funciones, lo lógico es que se llene la hoja y llamar, el residente debe llenar la hoja de interconsulta.- ¿A qué hora comenzó A.D. a perder líquido? C: Según la revisión que hicimos del caso fue a las 04:00 o 05:00 de la mañana pero a mí no me notificaron porque la residente no consideró necesario llamarme.- ¿Puede haber pérdida de líquido en una parturienta sin trabajo de parto? C: Sí. ¿Cuándo comienza el trabajo de parto de A.D.? C: A las 04:00 de la mañana ya estaba iniciado el trabajo de parto, porque ya tenía dilataciones.- Aproximadamente a las 10:00 de la mañana ya la señora Domitila debía estar bastante dilatada? C: Sí hubo una evaluación del trabajo de parto, pero si no hay trabajo de parto uno el médico puede practicarle una conducción del trabajo de parto, la puedes ayudar con el Oxitosis o Sintosinon.- ¿El efecto de estos medicamentos es el mismo? C: Sí.- ¿Si la paciente no dilata aún cuando se le coloca el Oxitosis o Sintosinon qué se hace? C: Bueno la opero.- ¿A qué hora le colocaron el Sintosinon a la señora A.D.? C. A las doce del día, eso lo sé por referencia porque yo no estuve presente, a esa hora fue que empezó la conducción.- ¿En este caso hubo cesárea o no? C: Esto es una cuestión de semántica, porque hay diferentes tipos de cesáreas, pero si ya tu abres el abdomen y encuentras el feto en cavidad abdominal no haces incisión en útero, se hizo una incisión, se abordó cavidad, yo pienso que hubo cesárea, no obstante a que no se haya hecho incisión en el útero porque el feto estaba en cavidad abdominal.- ¿Estimaría usted practicar un procedimiento de Histerectomía en una paciente con Ruptura de Útero? C: Sí, en este caso el Dr. Hizo lo que yo hubiera hecho.- ¿Una mujer embarazada está expuesta a muchas situaciones que como en este caso desencadenaría la muerte de una mujer? C: Sí, la mujer embarazada está expuesta a muchas cosas.- ¿La atención de un médico para una paciente que está embarazada debe ser la misma a la de otro paciente? C: Esa es nuestra paciente y necesita nuestra atención.- Es todo.- Seguidamente interroga la Juez: ¿Al recibir usted la guardia la Dra. Gisela no le manifiesta a usted si era recomendable hacerle una cesárea en ese momento? C: No porque ella no me puede decir eso a mí, cuando Gisela la vió no era indicación de cesárea, lo que había era que determinar el origen de la fiebre, pero eso se cubrió con antibiótico.- ¿Es normal en una parturienta presentar un proceso infeccioso? C: Es frecuente pero no es grave. La paciente había tenido cuatro partos, dos abortos y quedó éste pendiente, o sea no tenía necesidad de cesárea.- ¿Cualquier mujer embarazada puede presentar ruptura uterina? C: Sí.- ¿La Dra. G.R. actualmente labora en el hospital? C: Sí, ella es residente de obstetricia.-

Declaró el ciudadano G.T., Médico Gineco-obstetra, quien debidamente juramentado, manifestó:

Sobre los hechos que se debaten conozco el caso solo por el informe, que se realizó posterior a los hechos porque no valoré a la paciente, sino conozco el caso por el informe clínico.- Es todo

.- Seguidamente se le cede la palabra al Dr. Brito para que interrogue.- La Dra. Sandra no interroga.- Seguidamente se le cede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público a los fines de que interrogue: ¿Cuando usted va a ver una paciente se le facilita la historia de esa paciente? C: Sí.- ¿Con la historia de que se impone un médico? C: De las evoluciones diarias de la paciente.- ¿Usted conoce a los Doctores H.M. y C.P.? C: Sí los conozco.- ¿Desde cuándo? C. Desde hace aproximadamente diez o doce años.- ¿Usted vió los días 18, 19, 20 y 21 de abril a la Señora A.D.R.? C: No.-

Declaró el ciudadano E.D.J.D.Q., Médico Anestesiólogo, quien debidamente juramentado, manifestó:

“El día 21 de abril del año 2001, recibo la solicitud para intervención por una urgencia obstétrica paciente con diagnóstico de ruptura uterina, recibo la paciente en quirófano traída de sala de parto, en donde ya le habían iniciado el tratamiento para la parte circulatoria, las condiciones de la paciente al recibirla en quirófano con signos evidentes de Shock Hipovolémico, procedo a darle la anestesia y el médico de guardia procede a intervenirla quirúrgicamente. Seguidamente es interrogado de la siguiente manera: ¿Cuándo le solicitan a usted los servicios como anestesiólogo para la ciudadana A.D.? C: Aura es recibida en el área de quirófano aproximadamente de 01:00 a 02:00 de la tarde esa fue la primera intervención y participó en esa intervención el Dr. H.M., mi persona y dos médicos residentes o internos por sala de parto.- ¿Su área de trabajo es el área de quirófano? C: Sí.- ¿Qué necesita usted aplicarle un paciente para ser intervenido quirúrgicamente? C: Eso depende de la intervención que se vaya a realizar, en este caso particular, por su condición de urgencia lo que había que hacer o lo que se hizo fue trasladarla directamente a quirófano, proteger las vías aéreas.- ¿Para el año 2001 había quirófano en el hospital? C: Sí.- ¿Había el material para hacer lo que anteriormente señaló? C: Sí señor.- ¿Ustedes hicieron el llamado al Intensivista en la primera intervención de la señora Aura? C: Al final de la intervención luego que habíamos controlado la situación de urgencia, el Dr. H.M. solicitó la intervención del Intensivista de Guardia.- ¿El Dr. Paz, Intensivista se presentó al Hospital luego del llamado que le hizo del Dr. H.M.? C: No se porque yo estaba en quirófano.- ¿Si el médico tratante estima la ayuda del Médico Intensivista eso queda en la historia? C: Correcto.- ¿Cuando se hizo la segunda intervención? C: Como a las 05:00 de la tarde.- ¿Cómo era el estado de la p.A.D. en la primera intervención? C: La Paciente estaba grave, estaba taquicardíca, no se le registraban signos de presión arterial, la paciente sale de quirófano estable y luego como a las 05:00 de la tarde me solicitan nuevamente para una segunda intervención y su ingreso de quirófano luego de la segunda intervención es fallecida.- Seguidamente se le cede la palabra al Dr. E.B. a los fines de que interrogue: ¿Ustedes luego de la primera intervención de la señora Aura siguieron trabajando? C: Sí.- ¿Se le puso plasma a la paciente? C: No se le puso ni durante la primera ni segunda intervención porque según la información del Banco de Sangre informaron que no había plasma.- ¿Qué incidencia hubiera tenido ponerle plasma a la paciente? C: Lo que se persigue es restituir factores de coagulación en la paciente.- Era significativo que se le suministrara plasma a la paciente.- Cuando ya está establecido un cuadro de CID es necesario colocar plasma para saber la respuesta de la paciente.- Es todo.- Seguidamente se le cede la palabra a la Dra. S.K.: ¿Hacía falta la asistencia del Intensivista si una paciente sale estable del quirófano? C: En estas urgencias obstétricas está escrito que luego de que la paciente es egresado de Quirófano el paciente sea revisado por un Intensivista.- La decisión de que la paciente fuera evaluada por un Médico Intensivista vino de parte del Dr. H.M., si usted me pregunta si se hacía necesario la intervención de un Intensivista yo le digo que sí porque nunca está demás la intervención de un colega, todo es en beneficio de la paciente.- ¿A quién se pudo requerir en el momento en que la ciudadana Aura se encontraba con la hemorragia profusa al ocurrir una ruptura de útero, qué especialista es el que debe estar más cercano en ese momento? C: El cirujano, el obstetra.- No es necesaria la presencia del hematólogo en este momento? C: No, el hematólogo no tiene por qué estar en quirófano.- ¿Cómo sale A.D.d.Q. en su segunda intervención? C: Fallecida.- ¿Logró ver usted ese día al Dr. C.P. en el hospital? C: No.- ¿Si en la segunda intervención la paciente muere hace falta la intervención de un Médico Intensivista? C: No.- ¿Por qué de las historias se desprende que llamaron al Dr. C.P. si ella está siendo intervenida? C: Ella esta siendo intervenida por una Urgencia Quirúrgica una vez culminada la intervención se pide la intervención del Médico Intensivista.- ¿Usted pidió esa intervención? C: No, la pidió el Dr. H.M..- ¿Usted lo escuchó? C: Sí lo escuché.- Es todo.- Pregunta la Juez: ¿Cuándo se requiere la presencia del Intensivista? C: Cuando estamos finalizando la primera intervención, cuando ya hemos salido del quirófano, con A.D. estable hemodinámicamente, en ese momento el Dr. Molina le dice a la residente mira solicítale la intervención del Intensivista a A.D..- ¿Usted puede percibir desde la sala de quirófano que personas se encuentran en la Sala de Recuperación? C: No. ¿El intensivista entra a quirófano? C: No.- ¿Cuál es la función del Intensivista, específicamente en este caso? C: Como el diagnóstico con que ella entra a quirófano fue corroborado está descrito que en esos casos la paciente sea remitida a una Unidad de Terapia Intensiva porque en una sala de Cuidados Intensivos se le puede practicar un monitoreo de la paciente, no obstante el intensivista puede verse en el problema de que no tenga cama en la unidad de Cuidados Intensivos.- ¿Tiene usted conocimiento de que las camas de terapia intensiva estaban ocupadas? C: Oí un comentario al respecto.- ¿Qué se debe hacer en ese momento? C: Esa decisión la debe tomar el Intensivista, mientras tanto hay que atender a la paciente con los recursos que se tengan.- ¿En caso de que se hubiera presentado el Intensivista al llamado del Médico tratante, este Intensivista debe permanecer allí? C: Sí.- ¿Por que se solicita nueva intervención de la paciente? C: Porque estaba sangrando, estaba con shock hipovolémico.- El Shock hipovolémico es lo mismo que el CID? C: No, no es lo mismo.- ¿Si se le suministra plasma a la paciente en este momento ella hubiera estabilizado? C: Es difícil dar respuesta a eso, no pudiéramos establecer eso.- ¿Se ha presentado en otras oportunidades pacientes que por cualquiera otra razón se le ha presentado esa CID? C: Sí.- ¿Hay posibilidad de que se salven esos pacientes que presentan esas patologías? C: Una paciente con ruptura uterina su mortalidad es del 50%, eso es grave.- Es todo.-

Declaró el ciudadano J.J.R.G., Cirujano General, quien debidamente juramentado, manifestó:

Como cirujano de guardo a disponibilidad el sábado 21 de abril en horas de la tarde recibí una llamada telefónica de que me presentara urgente al hospital, lo que hice inmediatamente al llegar al hospital me dijeron que se trataba de una paciente post operatoria con complicaciones pasé al quirófano y habían dos obstetras, el anestesiólogo y mi persona, el útero de la persona había sido histerectomizado y un sangramiento en capa que a pesar de todas las maniobrar que se hicieron el sangrado nunca paró, nunca ví un coágulo en la paciente, lo que me hace pensar que la paciente estaba presentando una CID, desde que yo me incorporé al caso pasaron dos horas y en esas dos horas nunca dejó de sangrar, falleciendo luego la paciente a pesar de todo las maniobras que se le hicieron.

.- Seguidamente se le cede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público a los fines de que interrogue: ¿Dónde queda el Hospital S.A.D.? C: En la Avenida Universitaria del Municipio Bermúdez de Carúpano Estado Sucre.- ¿A qué hora fallece la ciudadana Aura? C: La paciente fallece aproximadamente a las 07:30 de la noche.- ¿Quiénes participaron en la intervención de la ciudadana? C: La Dra. Zabala, el Dr. H.M., el anestesiólogo E.D. y mi persona.- ¿Qué es un sangrado en capas? C: Es cuando sangran miles de vasos.- El caso de la señora Aura fue un sangrado que nunca coaguló.- ¿En qué zona se encuentran las arterias hipogástricas? C: Anatómicamente uno sabe donde están las arterias hipogástricas.- ¿Habían muchos vasos sangrantes en el cuerpo de la señora Aura? C: Sí, miles de vasos sangrando.- ¿En el caso de la señora Aura había un sangramiento en capas.- ¿Usted vió allí en la primera reintervención al Dr. C.P.? C: En el área de quirófano lo ví después que salí de la intervención.- Pregunta la Juez: ¿Cuándo usted señala los factores de coagulación clínicamente que quiere decir usted con estos? C: La clínica es el diagnóstico que el paciente te refiere, en este caso la paciente estaba anestesiado no te va a decir nada, clínicamente lo que yo ví en esa paciente era que se había instalado una CID.- ¿Qué sucede cuando pasa una CID? C: La especialidad para contestar esa pregunta es la hematólogo.- ¿Qué hizo el Dr. H.M. cuando se presentó esto en la paciente? C: Se conforma un equipo, no es una individualidad, él hizo ayudarme a hacer todo lo que hizo, ligar, cauterizar, ligaduras hipogástricas, eso son medidas heroicas ya, lo último que se hace para tratar de parar ese sangramiento, todo lo que hicimos que ya he explicado, una costumbre que es ética, es profesional y es responsable fue de llamar ayuda y el especialista está en la facultad de acudir, en casos difíciles eso es lo correcto, para aportar esfuerzo, habilidades para un solo bien común como equipo, lamentablemente no se lograron los resultado que se esperaban.- Nosotros estuvimos más de dos horas en el quirófano, es algo dinámico.- ¿Tiene conocimiento por qué estaba el Dr. C.P. allí? C: No tengo conocimiento, en esos casos se llaman a muchos especialistas, se pudo haber llamado a cualquiera, en caso de haber podido nosotros parado la hemostasis entonces en ese momento es que hubiera podido intervenir el Dr. C.P. porque de qué nos sirve una paciente en Terapia Intensiva sangrando, no nos sirve de nada una paciente en terapia intensiva sangrando, la intervención del Dr. C.P. iba a ser posterior a la operación de la paciente, C.P. estaba en el hospital, y eso es muy fácil revisarlo, inclusive hicimos comentario después que falleció la paciente, él estaba esperando la evolución de la paciente para tomarla en sus manos y seguirla manejando.- Es todo.-

Declaró la ciudadana C.J.H.H., quien debidamente juramentada, manifestó:

Yo estaba de guardia ese día, cuando yo llegué al servicio como a la 01:00 de la tarde el Dr. Paz estaba en la Unidad de Cuidados intensivos, luego él se fue, como a las 03:30 o 04:00 de la tarde se escuchó una bulla, estaban llorando afuera de la terapia, le dije a Yulitza Montaño que verificara que estaba pasando, y ella me dijo Celia que están llamando al Dr. Paz y que no lo consiguen, yo le dije que no podía ser porque él acababa de salir del hospital, yo llamé al Dr. Paz le dije lo que estaba pasando, duró como diez o quince minutos en llegar al hospital, llegó y yo le expliqué lo que estaba pasando, él salió y me dijo Celia voy a quirófano y luego regresó y me dijo Celia el paciente está en quirófano, de allí yo no sé más nada

.- Seguidamente se le cede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público para que interrogue: ¿Usted conoce al Dr. Paz? C: Sí, trabaja conmigo.- ¿A qué hora escuchó usted los llantos en el quirófano? C: Como a las 03:30 a 04:00 de la tarde.- ¿A qué hora se presentó el Dr. Paz al hospital? C: Como a las 04:00 de la tarde aproximadamente, él va al quirófano y luego regresa y dice el paciente está en quirófano.- ¿Cómo es posible que estando tan cerca del Quirófano del área de Terapia Intensiva cómo usted no se enteró de que estaban solicitando la presencia del Dr. Paz? C: Yo no sé donde Yuli se enteró de que estaban solicitando la presencia del Dr. Paz.- ¿Al médico tratante le corresponde llamar al especialista que corresponda? C: La residente a veces sale de quirófano y dice que están solicitando la presencia del Intensivista y uno lo llama.- ¿Usted estuvo de guardia el día 21 de abril del año 2001? C: Sí.- ¿A qué hora fue su cumplimiento de la guardia? C: De la una a la siete de la noche.- ¿En qué hospital cumplió usted Guardia ese día 21 de abril? C: En el hospital S.A.D., ubicado en la avenida perimetral.- Seguidamente interroga la Dra. Sandra: ¿Por qué vía usted se comunicó con el Dr. Paz? C: Por el teléfono y el tardó como de diez a quince minutos en llegar al Hospital.- ¿Cuántas camas tiene la Unidad de Terapia Intensiva del Hospital? C: Dos en servicio.- ¿A qué hora se fue el Dr. C.P. ese día del hospital? C: En un transcurso de una y media a dos de la tarde.- ¿A qué hora se fue usted del hospital? C: Como a las 07:15 o 7:10, yo dejé al Dr. C.P. que estaba en quirófano.- Interroga la Juez: ¿El día 21 de abril del 2001 la ciudadana A.D.d.N. estuvo en la Unidad de Terapia Intensiva? C: No.- ¿En esa fecha y desde la hora en que usted llega a cumplir con sus labores hasta la hora en que deja de cumplirlas las camas de Terapia Intensiva estaban ocupadas? C: Sí estuvieron ocupadas por pacientes.-

Declaró la ciudadana I.O., Obstreta Ginecólogo, quien debidamente juramentada, manifestó:

Yo soy médico del servicio, no estaba en ese momento.- Es todo

.- Seguidamente se le cede la palabra al Dr. Brito quien expone: “La defensa informa al Tribunal que como está bastante claro el tema que se pretendía desarrollar con la experto, agradece entonces la comparecencia de la experto.- La Dra. S.K. no interroga.- La Fiscal del Ministerio Público interroga.-

Declaró la ciudadana G.R., Médico General, quien debidamente juramentada, manifestó:

Yo el día 20 de abril del año 2001 a las 07:00 de la noche recibí guardia en sala de Parto donde ejercía mis funciones como médico interno, como a las 08:00 de la noche fue bajada la señora Aura refiriendo aumento de temperatura, en ese momento efectivamente estaba hipertérmica, se realizó las indicaciones pertinentes, posteriormente acude el especialista de guardia que generalmente pasaba revista antes de irse y se le informó la conducta tomada con respecto a la paciente, estando este de acuerdo con la conducta tomada por mi persona, volvió a ser bajada la señora Aura a las 04:50 de la madrugada, en ese momento presentando pérdida de líquido por sus genitales, estaba iniciando trabajo de parto, entregándose la señora en buenas condiciones a la guardia siguiente

.- Seguidamente el Dr. Brito interroga: ¿Usted valoró a la paciente antes del día 20 de abril? C: No.- ¿Usted hizo un examen físico de la paciente? C: Sí, para ese momento no estaba en trabajo de parto.- ¿Presentaba sangrado la señora? C: No.- ¿Qué consiguió usted ese día 20 de abril a las 04:55 de la mañana en la señora A.D.? C: Presentaba trabajo de parto, estaba en condiciones normales para su estado.- ¿El día 20 a las 08:00 de la noche la señora presentó fiebre? C: Sí, le indiqué un antipirético y un examen de orina porque la paciente refería dolor al orinar.- ¿A quién le entregó usted la paciente? C: Al Dr. Ochoa.- ¿Quién es el Dr. Ochoa? C: Un médico interno igual que yo.- ¿Al momento de entregar la paciente esta presentaba sangrado? C: No.- ¿Usted fue llamada por algún órgano de investigación penal a declarar con respecto a este caso? C: No.- Seguidamente se le cede la palabra a la Fiscal II del Ministerio Público a los fines de que interrogue: ¿Para el día 20 de abril la señora Aura presentaba fiebre? C: Sí, ella baja refiriendo hipertermia, al tacto de verdad sí estaba y al realizar el examen ginecológico, la enfermera me informó que tenía fiebre y por eso le indiqué el antipirético.- Usted ordenó que se le colocara alguna novalcina a la señora Aura? C: Sí, es un antipirético que era el que teníamos en el servicio, la paciente refirió ardor para orinar.- ¿La paciente le dijo que tenía dolores fuertes? C: No, ella no presentó dolores.- Casi inmediatamente fue presentado el caso al Dr. J.A.F. y él avaló toda mi conducta.- Después de las 08:00 de la noche el Dr. Franco vuelve a ver al Dr. Franco.- ¿Qué le indicó usted al Dr. Ochoa al entregar su guardia? C: Una paciente estable presentando trabajo de parto.- ¿Le hizo usted examen ginecológico a la señora A.D.? C: Si le hice un tacto y verifiqué que estaba iniciando trabajo de parto, tenía tres centímetros de dilatación, apenas estaba iniciando trabajo de parto, en una multípara comienza el cuello a dilatarse y a borrarse simultáneamente.- ¿Qué es dilatar? C: Dilatar es la apertura del cuello uterino para parir. En una multípara puede estar el trabajo de parto como en nueve horas y en una primigesta doce horas.- ¿Cuántas dilataciones necesitan una mujer para parir? C: Diez dilataciones.- ¿Cuántas dilataciones tenía para las siete de la mañana la señora A.D.? C: No sé porque ese examen lo hace el médico que está recibiendo la guardia.- ¿Qué casos le manifiestan ustedes o imponen ustedes a los especialistas? C: Los que ameriten, donde haya alguna anomalía.- ¿Usted además de trabajar en obstetricia usted realiza consulta externa en la parte de obstetricia del hospital? C: Sí.- ¿Usted recuerda si usted ordenó practicarse alguna ecografía a la señora Aura? C: No me acuerdo.- ¿Usted para qué le ordena practicar la ecografía a la paciente? C: Para saber la evolución del embarazo, para saber cómo viene el feto, el ecosonograma lo realiza un especialista y ellos ya vienen con su informe.- ¿Es el especialista el que revisa el ecosonograma? C: Sí.- ¿Si un feto viene en transverso, ustedes cuando revisan este eco qué recomiendan? C: Le presentamos el caso al especialista, ellos deciden, por lo general se practica cesárea en esos casos.-

Se procedió a dar lectura a las experticias, inspecciones oculares, examen de biopsia, informe médico anatomopatológico.

Ahora bien, una vez declarada cerrada la fase de recepción de pruebas de conformidad con lo establecido en e artículo 339 del COPP, se procedió a las conclusiones finales.

La Fiscal del Ministerio Público expresó:

“La Fiscal del Ministerio Público en este momento debe considerar en este momento, primero lo que entendemos por ser diligente y lo que es ser negligente: de acuerdo con las distintas definiciones jurídicas se define la diligencia como el prestar la asistencia inmediata, es la diligencia, la asistencia que se debe tener en el ejercicio de las funciones y los deberes que nos son encomendados.- Cuando nosotros establecemos una determinación de una cantidad de obligaciones como todo funcionario en el cumplimiento de un deber ser, debe hacerlo con diligencia a lo que corresponde a ese tipo de funciones.- La diligencia no solamente debe ser tomada como un celo sino que se debe hacer en consideración a rapidez prontitud y celeridad.- Tenemos entonces que desde el punto de vista psicológico la persona debe tener una diligencia para obtener fines y resultados.- Si sabemos entonces lo que es diligencia voy a definir lo que es negligencia, es lo contrario a lo que es ser diligente, la negligencia se da por omisión a la diligencia que se deben tener en el cumplimiento de esos deberes, y precisamente son el retardo el abandono la desidia y los defectos de atención lo que constituye parte de la negligencia, se consideran que la negligencia la califican tres supuestos, por no hacer, por hacerlo mal y por hacer a destiempo, en este caso en particular el Ministerio Público acusó al ciudadano H.M. por considerar que su actitud fue negligente y no prestó la atención debida a A.D. por no hacer lo que debió hacer y cuando operó indebidamente a A.D. ya había ocurrido lo que es necesario para estar frente a una negligencia y de ahí que se ocasionó un daño en este caso el daño ocasionado fue tan grave que produjo la muerte de A.R..- El Ministerio Público demostró a través de la evacuación de las pruebas que hubo la comisión de un homicidio culposo, que el mismo se produjo el 21-04-01 que recayó sobre la persona A.d.N., que el mismo se cometió en el Hospital S.A.D. ubicado en la Av. Circunvalación de Carúpano del Estado Sucre y que su responsable es el ciudadano H.M. al actuar de manera negligente en el ejercicio de sus funciones como Médico Gineco obstetra función esta que dicho sea de paso es remunerada por el Estado al Dr. Molina y que éste no cumplió de manera diligente con la Señora A.D.R. y ello quedó demostrado aquí con las pruebas que fueron evacuadas en esta sala, se demostró aquí que la muerte de Aura ocurre pasadas las siete de la noche del día 21-04-2001 e igualmente prueba el Ministerio Público.- Y cómo demuestra el Ministerio Público esta muerte? Pues De la siguiente forma lo demuestra el Ministerio Público: de las deposiciones dadas en esta sala por los testigos tenemos coincidencia de algunos testigos como es el dicho de A.Z. donde menciona en su declaración que para el día 21 de abril su esposo el Dr. H.M. estaba de guardia y que para las 10:30 a.m. el Dr. Ochoa médico internista le comunicó al Dr. H.M. el estado de la p.A.R., coincidente esta afirmación por el dicho del Dr. J.F. donde informó a través de su deposición que el Dr. Ochoa es el médico internista a quien la Dra. Gisela le entrega su guardia y posteriormente la Dra. Gisela afirma en esta sala que el médico interno comunica el caso al especialista cuando considera que el estado de salud de la paciente es irregular.- Coincidente de igual forma estos tres testigos en decir que para el día 21-04-01 mencionan que a la paciente le fue suministrado dipirona y antibiótico consistente en ampicilina por cuanto la señora Aura presentaba un cuadro de fiebre superior a 38, 6 grados que a conocimiento de los propios médicos es el necesario para poder explicar en qué consiste estas subida de temperatura y de igual forma fueron conteste en decir que Aura presentaba infección urinaria no porque le hubiesen determinado este tipo de padecimiento ya que no contaron con el examen de orina sino que suministraron el medicamento ya que la señora refirió ardor al orinar.- Contestes estos tres testigos con el dicho del señor T.N. cuando en su declaración manifiesta que para el día 20 su esposa presentaba fiebre, que presentaba dolor que presentaba flujo y que la señora Noemí fue a su trabajo y le solicito que le diera dinero para ella comprarle ampicilina que le habían ordenado los médicos para aplicarse a A.D..- Contestes los testigos T.N. y N.N. cuando mencionan a este Tribunal que la señora A.R. el día 17 presentaba dolor que le informó a ellos que ya estaba para su consideración que ya estaba presentando sangramiento y que la llevaran al hospital.- El día 18 ingresan a la señora A.D. en el servicio de Obstetricia por presentar este tipo de padecimiento, dolores y flujo abundante.- Para el día 19 fueron contestes los testigos en decir que no le pasaron revista a la Dra. A.D..- Para el día 20 la señora Noemí es quien permanece en el hospital y quien cuida a A.D. en relación a su aseo, a su cuidado y en ayudarla a cambiar su ropa interior, ella manifestó que cuando cambió a la señora Aura observó restos de abundante flujo y mencionó que para la 1 de la mañana del día 21 la señora Aura ya había comenzado a desprender líquido, dijo también que la señora a esa hora había roto fuente.- Conteste con esto la Doctora G.R. dice que ella revisó a A.D. a las cuatro de la mañana y esta presentaba un cuadro de trabajo de parto, que estaba eliminando líquido y que presentaba tres dilataciones, dijo que la señora presentaba un cuadro febril y que ella se lo manifestó al Dr. Ochoa que fue el Médico Interno que asumió la guardia el día 21 de abril.- La Señora Núñez, dice que ese día bajaron a la Sra Aura a Sala de Parto por cuanto ya presentaba trabajo de parto y ésta le dijo que tenía mucho dolor que el niño se estaba moviendo mucho e incluso manifestó que “no te preocupes que ya debo de salir de esto”, sin embargo considerando que el Dr. Franco rindió declaración en esta sala que si a las cuatro de la mañana la señora Aura presentaba tres dilataciones la misma para a las nueve o diez de la mañana debía estar ya dando a luz, dijo que debía la señora ya estar pariendo a las 5 o 6 horas después de haberse presentado el trabajo de parto a las cuatro de la mañana.- De tal manera que a las diez de la mañana tal y como lo dijo el Dr. Franco ya había estar dando a luz al niño que lamentablemente también murió en este hecho.- A esa hora la conducta que debió asumir del Dr. Molina fue practicar o tomar una decisión de que si la señora Aura no tenía un parto normal pues debía practicar la cesárea y si esa conducta hubiera sido la tomada por el Dr. Molina a tiempo tal vez no estaríamos hoy en esta sal a y la señor Aura no estaría muerta dejando cuatro hijos huérfanos.- Por considerar el Ministerio Público que si las conductas debidas se hubieran asumido y eran las que debió asumir el Dr. Molina no se hubiera ocasionado la muerte de A.D.R.d.N..- De igual forma el Ministerio Público al través de la evacuación del dicho del Dr. E.D.M. anestesiólogo quien es conteste con el dicho de T.N. quienes afirmaron en esta sala que la señora A.D. fue intervenida a las 01:30 de la tarde aproximadamente del día 21-04-2001, quiere decir casi cuatro horas después de lo que se determinó era la hora posible del parto natural de A.D..- De igual forma este dicho es conteste el del Dr. Efraín con el dicho del cirujano Rodríguez quienes manifestaron que la Sra. Aura fue objeto de una reintervención a las 05:00 de la tarde y menciona el médico anestesiólogo que la intervención primera terminó a las 03:30 de la tarde con condiciones estables y que la misma fue pasada a la Sala de Recuperación del hospital .- Son contestes los dichos y que permiten imputar la responsabilidad en el delito de Homicidio culposo previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal al ciudadano H.M..- El dicho de la ciudadana N.P. con el dicho del Dr. P.L.A.M. anatomopatólogo y con el dicho de A.R. medico anatomopatólogo de esta circunscripción judicial y menciona N.P. las causas por las cuales se podrían producir una ruptura uterina y dijo que la misma se produce cuando una paciente tiene más de cinco gestas y cuando el feto tiene medidas que es mayor a dos kilos quinientos gramos, en el acta se dejó constancia de que eran tres kilos quinientos gramos pero yo tome mi nota y ella dijo que eran dos kilos quinientos gramos.- El Dr. Arbola manifestó aquí que se originó un sangramiento en capas de manera incontrolable y también señalo el Dr. Que cuando se colocaba sintosinon el mismo podía producir una ruptura uterina en una paciente y a preguntas formulada por la Defensa dijo que el uso excesivo del sintosinon él también afirmó y dijo que sí que ciertamente el uso de una cantidad superior puede producir una ruptura uterina.- Contestes estos dos expertos, también con el dicho de la Dra. Zabala quien dijo que se le colocó Oxitosis y dijo el Dr. Franco que el Pitosín y el Sintosinon que sus componentes son iguales, de manera que a las 12:00 del día es que el Dr. Molina indica sintosinon a la paciente en vez de cesarearla en ese momento visto el cuadro clínico que estaba presentando la señora.- Son contestes los funcionarios en decir que practicaron Inspecciones Oculares tanto en la Sala de Parto del Hospital como en la Sala de Autopsia del mismo, y ratificaron aquí sus informes con relacióon a las Inspecciones Oculares dejando constancia en esta sala que el hospital referido posee quirófano, instrumentos para practicar labores propias del quirófano y de igual forma todo lo demás donde él dejó constancia de los distintos objetos que habían en esta sala.- Fueron contestes los funcionarios cuando dijeron que se constituyeron en el Departamento de Anatompaololgía donde encontraron los ovarios y sus anexo, de manera tal que ese hallazgo fue obtenido de manera lícita, de tal manera que el informe practicado por el Dr. Arzola se corresponde a lo que es el derecho sien estar viciado de ningún tipo de nulidad.- En esta sala se escucharon los dichos de Y.R., D.C., L.M., G.C., P.L.L., quienes mencionaron que conocían a los Dres C.P. y H.M. y dejaron constancia que no tenían conocimiento de los hechos dados los día 18, 19, 20 y 21 de abril del año 2001.- A diferencia del Dr. P.L.L. que rindió declaración donde se presentó por ser Presidente del Tribunal Disciplinario mas considero que el dicho de este médico no debe ser considerado a los efectos de una decisión judicial.- Rindieron testimonio la dra. Rojas Carvillo Médico Hematólogo y Y.R. hemoterapista quienes indicaron coincidentemente que les fue solicitado unidades de sangre al Banco de Sangre del hospital, Y.R. informó que eso sucedió en horas de la tarde del día 21 de abril y la Dra. Rojas dijo que ella se estaba integrando al hospital a las 07:00 de la noche y que se le estaba solicitando plasma para la señora A.D. , por lo tanto con esto quiero dejar por sentado que efectivamente fue en horas de la tarde cuando se intervino a la señora . A.D. porque es el servicio de quirófano quien hace la solicitud de sangre al Banco de sangre, igualmente se considera demostrado del dicho de N.N. que pasadas las dos de la tarde cuando le informaron que le habían practicado una cesárea a Aura y que el feto lo habían extraído muerto porque el niño nunca nació.- Estos elementos discriminados por el MInisterio Público son elementos coincidentes de que el Dr. H.M. tuvo una conducta típica antijurídica y culpable en relación a la muerte de A.D.d.N. y por cuando fue demostrado la comisión del delito imputado y de la responsabildad del doctor H.M., que en este caso no es por hacerlo mal sino que no hizo lo que se debió haber hecho en el tiempo correspondiente y cuando lo hizo ya era demasiado tarde, ya que el Dr. H.M. debió actuar y cumplir con los deberes que le son asignados como funcionario público.- Aquí se probó otro delito que fue el Abandono de Personas capaces de proveerse a su salud previsto y sancionado en el artículo 437 del Código Penal el cual ciertamente ha sido probado con el dicho del Dr. E.D. cuando menciona en esta sala que el Dr. Molina solicita a la residente que se presente el Médico Intensivista para que valore las condiciones de A.D. y lo hace cuando están culminando la intervención de Aura y cuando la están egresando con condiciones estables a la sala anexo al quirófano, de tal manera que la señora Aura para ese momento ya no estaba en quirófano y coincide este dicho con lo dicho por la señora C.L.. en enfermería adscrita a la Unidad de Terapias Intensivas cuando menciona que a las 03:30 de la tarde ella solicita a su auxiliar que vaya hasta las afueras del hospital y averigue que estaba pasando porque había personas con mucho llanto, y esta le dijo que estaban solicitando la presencia del Dr. C.P. y ella menciona que lo llamó pero no dijo la señora Celia que el Dr. Se había presentado a las 03:30 de la tarde, ella dijo que este se había presentado a las 04:00 de al tarde, pero la Dra. Alba dijo al interrogatorio hecho por la Juez presidente que ella no vió allí al Dr. C.P. y al dicho por la señora Núñez y por el propio Dr. Rodríguez quienes mencionaron en esta sala que a las 7:00 de la noche fue cuando vió al Dr. C.P. y la señora Núñez dijo que a las 09:00 de la noche aproximadamente es cuando él sale y dice que había fallecido la señor Aura, de tal manera que la defensa no probó que el Dr. C.P. haya estado en el hospital, por lo menos no probó que el Dr. C.p. se haya presentado a la sala de recuperación y haya valorado a A.D. por lo tanto considera el Ministerio Público que esta conducta asumida por el Dr. C.P. es precisamente la de Abandono de Personas Incapaces de Proveerse a su salud previsto y sancionado en el artículo 437 del Código Penal por ello le imputo ese delito.- Ya que la defensa no probó que el Dr. C.P. se encontrara en el hospital.- Varios médicos dijeron aquí que por el simple hecho de una mujer estar embarazada hay que tenerle cuidados porque el simple hecho de estar embarazada está arriesgando su vida.- El Ministerio Público quiere hacer la siguiente observación a la defensa recayendo en la persona del Dr, Brito quien mencionó que nunca escuchó nada en relación al feto, el Ministerio Público quiere dejar constancia que no se inició investigación penal l con relación a la muerte del feto porque para que un feto se tenga por nacido basta con que haya nacido vivo, por cuanto la legislación civil venezolana acoge la teoría de la vitalidad y es establecido en el artículo 17 cuando se considera que el feto puede entenderse como persona y en el caso que nos ocupa el feto nació muerto, tal como se ha demostrado en las distintas deposiciones y tal como lo demuestran la lectura de las actas correspondientes a la exhumación de cadáver hecha por la Dra. A.R., donde se señala el niño, por lo tanto mal puede el Ministerio Público abrir una investigación ya que el niño nació muerto, por lo tanto el Ministerio Público solicita a la ciudadana Juez y a los Escabinos que administren justicia con apego a lo que se escuchó y a lo que se evacuó en esta Sala de Audiencia y en base a esto condenen a los ciudadanos H.J.M.B. por considerarlo culpable del delito de Homicidio Culposo previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal en agravio de la ciudadana A.D.R.d.N. y de igual forma se condene al Dr. C.A.P. por considerarlo responsable del delito Abandono de Personas Incapaces de Proveerse a su Salud, previsto y sancionado en el artículo 437 del Código Penal.- Solicito igualmente la aplicación de las penas accesorias a dichos artículos y en este caso la suspensión del ejercicio de medicina de estos ciudadanos.- Aquí que se habló mucho de las condiciones físicas del hospital, de las carencias del hospital pero lo esencial en el caso que nos ocupa es que para el día 21-04-01 había un especialista en el hospital, un quirófano en el hospital, una instrumentación disponible un grupo de médicos disponibles, por lo tanto no hay justificación para la muerte de la ciudadana A.D.R..- Solicito se me expida copia simple de la presente acta y copia de la Sentencia que se dicte en su oportunidad legal correspondiente.- La justicia del hombre es una y la justicia divina es otra y los efectos de esa justicia divina son eternas.- Seguidamente se le cede la palabra a la Defensa para concluir y solicitan diez minutos para descansar y es concedido.-

Por su parte la _Dra. S.K. expone:

Tres jornadas para debatir la responsabilidad de dos personas. El Ministerio Público habla de la ley divina y esta debe tomarse en conciencia de cada quien y existe hablar de la ley divina cuando yo traigo a sala a juzgar a dos personas con unas pruebas tan pobres, con lo que a ella le interesaba, todos los testigos, médicos, licenciados, expertos hablaron de una cuestión muy específica de una ruptura del útero y que necesitaba plasma, lo que pasó en este caso es que en el hospital no había plasma, eso fue lo que pasó, qué dijo el Dr. J.R.C. que interviene ya estando dentro el especialista que se hizo todo, que ahí no faltó por hacer nada, que no había plasma, que se necesitaba porque la sustancia que estaba perdiendo ese ser humano lo que necesitaba era plasma para que se restituyera esa pérdida de sangre que en ese momento estaba presentando la paciente, quién dijo aquí que hubo negligencia, nadie no lo dijo nadie, incriminando el MP a la persona que yo asisto en este Juicio cita testigos que son de ella y la defensa si lo probó, qué había que probar no era la presencia o la no presencia del Dr. Paz en el hospital, sino qué iba a hacer un intensivista con una paciente en el estado de Domitila, ya él no podía hacer nada como Intensivista, las camas de la Unidad de Terapia Intensiva estaban ocupadas, no se conciben las condiciones del Hospital y no se conciben que un pueblo con tantos habitantes existan solo 54 camas de parto, yo sueño con un país maravilloso, pero la realidad es otra.- N.N. dijo ese señor que está allí me avisó que Domitila había muerto, testigo del MP, la Lic. C.H. testigo del Ministerio Público dijo yo hice la llamada al Dr. Paz y él en cuestión de diez o quince minutos estaba allí pero eso no es lo que se está demostrando aquí, el Ministerio Público debió probar el Abandono, yo pregunto si yo no le pertenezco a alguien, como puede ese alguien abandonarme, recuerdan en la lectura que se hizo del ejercicio de la Unidad de Terapia Intensiva, cuando menciona el médico no se hace responsable de pacientes que no estén en la Unidad, un equívoco de fechas y de horas es un abandono, nadie habló aquí de fechas exactas porque todos somos humanos.- N.P. a preguntas de la Defensa dijo aquí que no se hubiera salvado la paciente si se hubiese ingresado a Terapia Intensiva.- La exposición de la Dra. A.R. cuando dijo que era imposible que se salvara esa paciente, también compareció aquí A.R., J.R., L.M. y se les preguntó qué puede hacer un intensivista con una paciente en estado crítico de salud, pues no puede hacer nada, el Dr. J.R. dijo que qué iba a hacer un Intensivista si la paciente ya estaba siendo evaluada, ya la paciente estaba en quirófano y la paciente no muere por falta de atención, se hizo todo para salvarla, yo me pregunto qué iba a hacer el intensivista, cómo salvaba esa paciente un intensivista con una ruptura de útero, con qué mecanismos la salvaba, probamos aquí con los testimonios de los médicos que solo se cuenta con dos camas en la Unidad de Terapia Intensiva y se probó con una lectura que dichas camas estaban ocupadas, entonces yo me pregunto como se puede abandonar algo que no se ha tenido, el Ministerio Público en su apertura del debate pretendió hacer ver que el Dr. Paz nunca estuvo en el hospital, pero sus propios testigos dijeron que sí estuvo, pero es que a la luz de nosotros eso no nos interesa, porque para qué iba a estar el Dr. C.P. en el hospital con una paciente en las condiciones en que se encontraba A.D. aún cuando la Defensa si probó esa situación, pero con qué medios físicos iba a atender C.P. a esa señor, en especulaciones de hora, de tiempo de días si el Ministerio Público recibe una investigación del día 18 y la muerte se produce el día 21 qué pasó con el día 19, 20 qué pasó con esos días, el Dr. Heriberto también la operó, el Dr. Paz también la abandonó, como podemos exponer a dos personas al Ministerio Público al escarnio público con unas pruebas tan pobres, en su exposición el Ministerio Público no dijo que se probó la culpabilidad de los acusados, y dice el Ministerio Público, refiriéndose a nuestros representados que la ley divina actuará en su conciencia si son absueltos, ella sabe en el fondo que ellos son inocentes, fíjense la trayectoria que tienen estos médicos, no existe ningún elemento que se llame prueba , yo pudiera citar a todos los médicos que pasaron por aquí pero para qué con una exposición tan bonita del cirujano cuando dice que nosotros trabajamos en equipo, nosotros trabajamos, el Dr. P.L. en su declaración dijo que hay un celo al trabajar, pruébenme entonces que yo abandoné a mi paciente, pruébeme eso, pruébeme que yo actué negligente, soy yo la que dice que el Ministerio Público, no probó ni el abandono ni la negligencia de estas dos personas.- Con qué condeno yo aquí si el derecho es prueba, es el arte del derecho, derecho, valores y esencia como ser humano, tres figuras fundamentales para que estemos en presencia de un acto de justicia, de veracidad, que podamos decir cuando vayamos a una sala de juicio yo no me equivoqué, ellos son culpables, pero que bonito sería admitir bueno en esta sala no se probó la responsabilidad, aquí no se probó ni la negligencia ni el abandono, hablar de conciencia y de justicia divina son palabras demasiado grandes, son palabras que para ser usadas debemos sentir la profundidad de eso.- Hoy cuando tengo que concluir lo agotador que ha sido este debate me pregunto: seguirán pasando cosas como ésta en nuestro país, de que yo traiga a un proceso penal a personas y que yo no pueda decir con gallardía con altivez son culpables.- Yo tengo la certeza de que estos médicos actuaron bajo estricto cumplimiento de su profesión, de su c.d.s. sentimientos, de su propia dignidad, para concluir quiero solicitarle a ustedes que al salir de esta sala tienen la responsabilidad tan grande de decidir sobre las responsabilidades de unos médicos, de unas personas que salvan vida, pregúntense algo, quiénes de las personas que comparecieron a la sala dijeron que C.P.B. abandonó a la señora A.D.R., que el Dr. Heriberto trató con negligencia a la señora A.D.R. y ello le dará el camino para decidir sin ningún tipo de coacción o con duda, quiero que los Absuelvan porque definitivamente son Inocentes.- Es todo.-

Seguidamente expone el Dr. E.B., en los siguientes términos:

Tres jornadas para oír y presenciar un debate donde la representación fiscal se propuso demostrar en audiencia de juicio oral y público la negligencia por parte del Dr. H.M. en ocasión de atender a una ciudadana de este país, la señora A.R., dije al inicio de esta jornada que el debate nos iba a dar conocimiento qué tenemos en el hospital, dije que mi representado está bajo el fuero del principio conforme al cual se presume su inocencia hasta tanto no se demuestre lo contrario, dije también que las pretensiones de la ciudadana Fiscal debía que probarlas, nos propuso entonces la Dra. Tres clases de testigos, testigos expertos, los funcionarios del CICPC, nos propuso la cantidad de ciertos médicos de esta jurisdicción del hospital A.D. y nos propuso a dos testigos que lamentablemente tuvieron que vivir secuelas de lo que pasó, la señora N.N. y el señor T.N. presente en esta sala, hace falta decirla la verdad a estos señores, hace falta de una vez por todas terminar la trampa establecida y hace falta decirle a los imputados de una vez por todas que este Tribunal no tiene prueba alguna que comprometiera la responsabilidad de mi defendido.- Noten ustedes que en las pruebas ofrecidas por el MP la única ginecólogo obstetra que presentó para demostrar su pretensión fue la Dra. Zabala cónyuge del Dr. Molina, igualmente el único interno que atendió a la p.A. fue la Dra. G.R. traída a esta sala por la Defensa, esto interesa porque cuando se pide un Tribunal y se le habla a un Tribunal sobre diligencia deberíamos empezar a aplicar la diligencia en nosotros mismos, por eso me hubiera gustado que todos los médicos residentes y todos lo que atendieron a la paciente hubieran depuesto porque estoy absolutamente convencido que el Dr. H.M. no es responsable en esa muerte y que no existe razón para una causa penal mucho menos para una Sentencia Condenatoria.- Qué prueban las Inspecciones practicadas por los funcionarios sobre la responsabilidad de mi defendido, nosotros no hemos desconocido que a la señora Aura se le practicaron dos intervenciones quirúrgicas en el hospital, tales situaciones por sí sola no prueban la responsabilidad de mi defendido, la Fiscal del MP usó de las pruebas presentadas por la Defensa en cuanto a los Dres. J.F., G.T. y A.Z., los dos primero vieron a la paciente y concluyeron que a pesar de la patología presentada por la paciente egresó en buenas condiciones.- La declaración de la Dra. Zabala debe ser valorada como testigo presencial de la segunda intervención de la señora A.D..- Los Médicos obstetras dijeron aquí que la paciente no presentaba ningún estado que hiciera suponer que la señora no pudiera dar a luz, establecieron los criterios, criterio algunos unificados pero también hubo criterios disímiles, se les preguntó que si a una paciente multípara es necesidad de practicársele una cesárea y ellos dijeron que no, que no hay necesidad de practicarle cesárea a una multípara, entonces especular sobre los criterios sin conocer el arte no es suficiente para concluir que el imputado fue omiso, son estos especialistas los que nos pueden establecer criterios, y aún cuando se especuló con los otros médicos, todos en su mayoría se prestaron a dar cierto conocimiento pero siempre con la advertencia es el obstetra quien debe decir cuáles son los criterios porque esa no es mi área.- En consecuencia lo dicho por todos estos doctores, intensivistas, anatomopatólogo, internista, hasta el mismo interno no tienen suficiente valor para concluir el criterio que debemos seguir para practicar una cesárea.- En cuanto al médico interno se probó que la p.a. fue bajada el día 20 a sala de parto, fue observada, se le hizo la recomendación y el tratamiento adecuado, se aprovecha la Dra. Mijares de lo dicho por el Dr. Franco rompió fuente a la una de la mañana, siendo que la residente dijo que a las 04:00 de la mañana, se contradice entonces ella misma, el experto Arbola dijo que la puesta del pitosín pudiera de alguna forma ocasionar un problema pero la Dra. Mijares n o escuchó cuando el experto dijo que ese criterio debe darlo el especialista, el obstetra.- No sabemos si desde las 07:00 de la mañana hasta las 10:00 a.m no sabemos qué pasó allí porque el Interno que tenía que venir no compareció al acto, concluir que el parto sería a las 10:00 o a las 12:00 es falso de toda falsedad, aquí los médicos dijeron que la conducta del Dr, Molina fue la adecuada, fue la correcta.- En cuanto al sangrado la señora Noemí dijo que la paciente tenía un sangrado en abundancia, con una sangre blanca, cuando se le preguntó al especialista éste nos dijo que eso era especulativo, en cuanto al ofrecimiento de prueba de los anatomopatólogos todos concluyeron que eso no es prueba de que mi defendido haya sido omiso, una situación que me inquieta es que en el hospital para la fecha no había plasma, debió existir en ese hospital plasma, nos lo dijo la enfermera del Banco de sangre, nos lo dijo la Dra que trajo las diez unidades de plasma, que la muerte se produjo por una CID eso demuestra que mi defendido haya sido omiso, que existía una patología anterior que señalara que hacía falta la práctica de una cesárea eso nadie lo dijo aquí, nadie dijo aquí que estaban establecidos los criterios en la señora A.D. para que se le practicara una cesárea, todos los médicos que han revisado la historia han dicho aquí que no había criterio para una cesárea, Estoy seguro de que no solo ellos son inocentes sino que no hubo necesidad de causa penal, aquí no hubo razones de someter al enjuiciamiento a estos ciudadanos, yo voy a disentir de mi querida colega, yo creo que el hospital si es digno, yo no voy a aseverar que algún médico o funcionario en algún momento omitan con su deber, Quién será el responsable de A.D. no lo sé, lo que sí estoy absolutamente convencido de que el Dr. H.M. ni el Dr. C.P. no son los responsables de la muerte de A.D..- Yo dije al inicio que no había escuchado por ningún lado investigación por ese niño que murió y el descargo que me hace el accionante es la presunción de vida establecida en el Código Civil, manifestando que no se presentaron cargos por cuanto ese niño tenía que haber nacido vivo, entonces yo me pregunto si una persona está embarazada con un embarazo a término y el médico que debe llevar el embarazo de esa persona realiza una omisión notable y verdadera y el feto muere, nos dice la doctora que no hay responsabilidad penal, entonces qué hay, el derecho protege al no nacido vivo desde la concepción, desde allí, por eso una mala praxis médica en una embarazada puede realizarse desde el momento porque si no fuera así tuviéramos en un desvarajuste, entonces eso es falso, sí hay responsabilidad, más en el presente caso el Dr. H.M. no es el responsable de la muerte de A.D. ni de ese niño que nació muerto.- Es todo.-

La representación Fiscal no ejerció el derecho a réplica.-

Seguidamente la víctima manifestó: Usted sabe que el señor P.L. dijo una cosa ahí, que Aura en el principio no fue con dolores sino con dolores de barriga, Aura tuvo cuatro partos, Aura sabía cuando e.d.d. parto, Aquí se sentaron dos médicos que dijeron mentira, el Dr. Tatá y el Dr. Franco porque cuando Aura se hizo el eco el Dr. Tatá le dijo que niño estaba atravesado, Tatá le hace otro eco en el hospital porque él sabía del problema del niño, a Aura le dijeron ese día que niño no estaba en forma, estos dos médicos que declararon aquí se pusieron de acuerdo, Tatá y Franco se pusieron de acuerdo no sé por qué, a Aura le dijeron que niño estaba atravesado, se lo juro por mis hijos, otra cosa que se ha dicho que Aura no estaba sangrando, eso es verdad que Aura estaba sangrando desde el primer momento, desde el 18 Aura estaba sangrando, yo mismo ví la sangre, Aura es una persona, una muchacha valiente, yo la conocí a ella desde niño, nos casamos muy jóvenes, yo sé cuando ella estaba enferma, nunca me mentía, yo estoy sentado ahí, yo sé que no puedo hablar pero a veces me daba rabia por qué mienten, por que lo hacen, es todo.- Se les pregunta a los acusados si desean declarar, el Tribunal les recuerda a los acusados que la declaración es un derecho que tienen, que su declaración es un medio de defensa y que si quieren ejercerlo pueden hacerlo y manifiestan el ciudadano H.M. y C.P. que no van a declarar.-

DE LAS PRUEBAS QUE SE DESESTIMAN

Analizados como han sido los elementos probatorios evacuados en el transcurso del juicio oral y público, se procede a hacer un análisis de las pruebas que se desestiman y las razones por las cuales no se valoran, para centrar el análisis en las pruebas restantes, a los fines de determinar los hechos que se consideraron acreditados, así como los fundamentos de hechos y de derecho.

Se desestimó las pruebas incorporadas por su lectura, este tribunal no las valora, por considerar que tales pruebas no fueron incorporadas al proceso, conforme a las disposiciones del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez, que el Juez sólo debe apreciar las pruebas incorporadas al juicio oral, en estricta observancia de la Ley, y como quiera que en atención al principio de inmediación los jueces deben presenciar, ininterrumpidamente, el debate y la incorporación de las pruebas, de las cuales obtienen su convencimiento, que este principio tal y como lo señala Chiovenda, exige que el juez que debe pronunciar la sentencia haya asistido a la práctica de las pruebas de que extrae su convencimiento, y haya entrado, por lo tanto, en relación directa con las partes, con los testigos, con los peritos y con los objetos del juicio, de forma que pueda apreciar las declaraciones de tales personas y las condiciones de los sitios y cosas litigiosas, fundándose en la impresión inmediata de ellos y no en las referencias ajenas. Aunado al principio de contradicción o posibilidad de control de la prueba, lo cual constituye un aspecto que forma parte del debido proceso, y como quiera que las pruebas admitidas por el Tribunal de Control, para que sean incorporadas para su lectura, no se desarrollaron ante la presencia o la intervención de este Tribunal o bajo la modalidad de la prueba anticipada, siendo que las partes no tuvieron el control de la misma, es por tales razones que este Tribunal la desestima, por lo tanto mal podría este Tribunal Mixto fundar alguna decisión en base a las mismas, ello con fundamento en lo establecido en el artículo 197 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual consagra: “ Los elementos de convicción sólo tendrán valor si han sido obtenidos por un medio lícito e incorporados al proceso conforme a las disposiciones de este Código”; aunado a lo previsto en el ordinal 2° del artículo 339 del mismo Código, el cual establece: “ Sólo podrán ser incorporados por su lectura: 2°. La prueba documental o de informes, y las actas de reconocimiento, registro o inspección, realizadas conforme a lo previsto en este Código…”; así como lo señalado en el artículo 16, el cual prevé: “Los jueces que han de pronunciar la sentencia deben presenciar ininterrumpidamente, el debate y la incorporación de las pruebas de las cuales obtienen su convencimiento. Por tales fundamentos, tampoco se valoró la exhumación del cadáver, la cual se efectuó en presencia de la Juez Tercero de Control Abg. Yaunis Villegas, sin embargo no participó en ella la defensa de los acusados.

Asimismo se desestimó la declaración de los ciudadanos, 1) G.M., toda vez que el mismo manifestó: “Yo soy es traumatólogo y no tengo ninguna participación en este Juicio”. Y cuando a pregunta respondió: ¿Qué conocimiento tiene usted acerca de la muerte de D.R.? C: Ninguno.-“. Por otra parte se desestimó la declaración de los testigos: 2) G.R., Médico General, quien debidamente juramentada, manifestó: “Yo el día 20 de abril del año 2001 a las 07:00 de la noche recibí guardia en sala de Parto donde ejercía mis funciones como médico interno, como a las 08:00 de la noche fue bajada la señora Aura refiriendo aumento de temperatura, en ese momento efectivamente estaba hipertérmica, se realizó las indicaciones pertinentes, posteriormente acude el especialista de guardia que generalmente pasaba revista antes de irse y se le informó la conducta tomada con respecto a la paciente, estando este de acuerdo con la conducta tomada por mi persona, volvió a ser bajada la señora Aura a las 04:50 de la madrugada, en ese momento presentando pérdida de líquido por sus genitales, estaba iniciando trabajo de parto, entregándose la señora en buenas condiciones a la guardia siguiente”. 3) M.R., quien manifestó: “No tengo conocimiento de los hechos”. 4) J.A.F., Médico Gineco-obstreta, quien debidamente juramentado, manifestó: “En lo que a mi respecta hay dos hospitalizaciones de esa paciente, una primera que ocurrió en el mes de marzo…Posteriormente el día 22 de marzo fue evaluada por el Dr. Tata no encontrándose los síntomas de carácter obstétrico o no se documentaron durante su hospitalización, el día 23 de marzo fue evaluada por mi persona, ella estaba estable, no había ninguna sintomatología obstétrica… yo la ví el día 20, bueno me presentaron el caso el día 20, fue bajada de piso refiriendo fiebre, ella fue evaluada por el Interno de Guardia,….hasta ahí fue mi actuación por cuanto mi guardia termina a las 07:00 de la mañana, lastimosamente hubo un desenlace que todos conocemos, pero todos los médicos sometimos posteriormente el caso a consulta de médicos y consideramos que la conducta asumida por los Colegas había sido la correcta.” 5) L.M.D.B., Médico Internista adscrito al Hospital General “S.A.D.” de Carúpano Estado Sucre, quien debidamente juramentada, manifestó:"No tengo ningún conocimiento en particular en este juicio”. 6) A.R., Médico Intensivista y Neumonólogo, adscrito al Hospital General “S.A.D.” de Carúpano Estado Sucre, quien previamente juramentada, expuso: "Hay un juicio por el deceso de una paciente ocurrida en el hospital, es todo”. Y cuando a pregunta respondió: ¿Quienes estaban en el rol de guardia para el día 21-04-2001? C: No sabría decir, solo me acuerdo que la Lic. C.H. estaba de guardia, de allí ella llama al Doctor, porque ese fin de semana yo no estaba de guardia, estaba de guardia el Dr. C.P., la guardia se hace a disponibilidad.” Por cuanto de lo manifestado por los mencionados testigos, se infiere, que no estuvieron presentes en el lugar donde ocurrieron los hechos, ni tiene conocimiento alguno de los hechos debatidos en el juicio oral, solo un conocimiento general que no nos aportó elemento alguno para el esclarecimiento de los hechos, en consecuencia, no suministró ningún dato con relación a la responsabilidad penal de los acusados.

Igualmente se desestimó la declaración del Dr. J.R., quien expresó: Tengo conocimientos generales de la señora que estuvo embarazada, llegó con trabajo de parto, con una presentación en revés, le hicieron una cesárea, la señora se complicó, se le practicó una Histerectomía y luego murió en quirófano, no sé detalles porque no es mi área.- - ¿Qué sabe usted de este caso? C: Lo que sé lo sé por referencias, de la prensa, del mismo medio hospitalario…

.- Así como, también se desestimó la declaración de la ciudadana D.C., por cuanto manifestó: Del caso no conozco, no estaba en esa oportunidad de guardia…Y cuando a preguntas respondió: ¿Tiene usted conocimiento de la muerte de la señora A.D.? C: No tengo conocimiento.- ¿Tiene usted conocimiento a la causa del hecho del por qué se está enjuiciando a estos dos señores hoy en la sala? C: No.-“ Asimismo se desestimó la declaración del Dr G.T., quien manifestó: Sobre los hechos que se debaten conozco el caso solo por el informe que se realizó posterior a los hechos porque no valoré a la paciente, sino conozco el caso por el informe clínico. Y cuando a pregunta respondió: ¿Usted vió los días 18, 19, 20 y 21 de abril a la Señora A.D.R.? C: No. Igualmente se desestimó la declaración de la Dra. I.O., por cuanto manifestó: Yo soy médico del servicio, no estaba en ese momento.“. Las declaraciones de los testigos antes mencionados se desestimaron, por cuanto de sus deposiciones se evidencia, que no aportaron elementos algunos, para el esclarecimiento del hecho, toda vez que de sus declaraciones se infiere que no fueron testigos presenciales ni referenciales de los hechos y ni tuvieron participación en el momento de las intervenciones quirúrgicas que le practicaron a la víctima, asimismo tales declaraciones no suministraron datos para establecer la responsabilidad penal o no de los acusados.

DE LOS HECHOS QUE SE ESTIMAN PROBADOS:

De la recepción y evacuación de las pruebas realizadas durante el desarrollo del juicio oral, de conformidad con los parámetros establecidos en los artículos 353 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal y valoradas en base a las reglas de la Sana Crítica consagrada en el artículo 22 del mismo Cuerpo Adjetivo Penal, este Tribunal considera que quedaron probados los siguientes hechos:

Que el día 21 de Abril del 2001, aproximadamente a las 8: 00 p.m, en el Hospital General de esta ciudad “S.A.D.”, ubicado en la avenida Univesitaria de esta ciudad, fallece quien en vida respondiera al nombre de A.D.R.D.N., producto de una ruptura uterina, lo cual le ocasionó una coagulación intravascular diseminada (C.I.D) ocasionándole la muerte, éste hecho quedó demostrado con las testimoniales de:

La Dra. N.P. cuando manifestó: "Me correspondió a mi la realización de la biopsia del útero y anexos que fueron llevados al servicio como resultado de la intervención quirúrgica que se le realizó a la paciente

. Y cuando a preguntas respondió: Que se realizó biopsia porque el diagnostico clínico arrojó una ruptura uterina… el útero está suturado a nivel del segmento uterino…Que ellos nos indica que el útero fue cesareado. ¿Qué significa necrosis: las áreas de necrosis observadas a nivel de cuello uterino se observan como áreas acelulares rodeadas de areas de hemorragia constituido por abundantes hematíes a ese nivel.-

La Dra. A.R., cuando manifestó: "Me pidieron la exhumación del cadáver la cual estaba enterrada en el Cementerio de Carúpano, se procede a la exhumación, se abre la urna, se consigue un cadáver de nombre Domitila, la cual estaba todavía en buen estado, se comienza a evaluar los pulmones estaban normales, hígado, riñones, el útero fue extraído, encontramos muchos coágulos dentro de los órganos y regados en la cavidad abdominal pélvico, por lo que se pudo determinar que ahí hubo coagulación Intravascular diseminada a consecuencia de su problema uterino

.

El Dr. P.L.A.B., cuando manifestó: “Recibí por el Laboratorio Central de Investigaciones de la Guardia Nacional unas evidencias con sus anexos para hacer un peritaje, correspondiente dichas evidencias a la occisa A.D.R..” Y cuando a preguntas respondió: .- ¿En qué consisten los anexos? C: Ovarios y trompas uterinas, observé la pieza describiendo la normalidad y anormalidad de la pieza, hacer cortes representativos para poder ver al microscopio que alteraciones puede presentar la pieza a nivel de células.- ¿Qué observó usted? C: Por su cara anterior tenía áreas de hemorragia reciente, desprendimiento de capa por hemorragia, al corte que tenía se abrió y se vió que tenía múltiples capas de hemorragia, un endometrio engrosada normal en una paciente que está con una gestación a término, se notaba que todo ese endometrio tenía hemorragia en todo su espesor… el útero estalló y el feto salió a la cavidad abdominal. Aquí hubo una ruptura uterina espontánea. ¿La hemorragia en este caso fue producto del estallido del útero? C: Al romperse un órgano espontáneamente esto va a sangrar hasta que el organismo de manera propia, si puede, controla la situación. En este caso si hay una ruptura uterina los vasos comienzan a sangrar, hasta que no se cierra ese vaso el va a sangrar, sangrar hasta que se acabe el paso de sangre por ese vaso, eso condiciona un Shock Hipovolémico o un C.I.D…Hubo una ruptura del útero espontánea.-

El Dr. E.D.J.Q., cuando manifestó: “El día 21 de abril del año 2001, recibo la solicitud para intervención por una urgencia obstétrica, paciente con diagnóstico de ruptura uterina, recibo la paciente en quirófano traída de sala de parto en donde ya le habían iniciado el tratamiento para la parte circulatoria, las condiciones de la paciente al recibirla en quirófano con signos evidentes de Shock Hipovolémico, procedo a darle la anestesia y el médico de guardia procede a intervenirla quirúrgicamente”. A preguntas contestó: ¿Cuándo se hizo la segunda intervención?. C: La paciente estaba graves, estaba taquicardica, no se le registraban signos de presión arterial, la paciente sale de quirófano estable y luego como a las 5:00 de la tarde me solicitan nuevamente para una segunda intervención es fallecida. ¿Cómo sale A.D.d.Q. en su segunda intervención? C: Fallecida. ¿Por qué se realiza una nueva intervención a la paciente? Porque estaba sangrando, estaba con shock hipovolémico.

El Dr. J.J.R.G., cuando manifestó: “Como cirujano de guardia a disponibilidad, el sábado 21 de abril en horas de la tarde, recibí una llamada telefónica, de que me presentara urgente al hospital, lo que hice inmediatamente al llegar al hospital me dijeron que se trataba de una paciente post operatoria con complicaciones, pasé al quirófano y habían dos obstetras, el anestesiólogo y mi persona, el útero de la persona había sido histerectomizado y un sangramiento en capa que a pesar de todas las maniobrar que se hicieron el sangrado nunca paró, nunca ví un coágulo en la paciente, lo que me hace pensar que la paciente estaba presentando una CID, desde que yo me incorporé al caso pasaron dos horas y en esas dos horas nunca dejó de sangrar, falleciendo luego la paciente a pesar de todo las maniobras que se le hicieron.”.-

La Dra. A.T.Z.D.M., quien manifestó: “yo conozco todo el caso porque yo trabajo en el Hospital, pero realmente yo participé en el caso en la segunda intervención que se le realizó a la paciente…..anteriormente se le realizó la cesárea más histerectomía, la paciente egresa de quirófano bien, se deja en recuperación y a las 04:00 de la tarde aproximadamente me llama mi esposo y me dice que va a reintervenir a la paciente yo le dije que yo lo iba a ayudar, le mandamos a participar al cirujano de guardia, para que nos ayudara con la intervención y al abrir a la paciente vemos que hay mucho sangrado en la cavidad abdominal, todo sangraba en forma continua y constante, se hicieron muchas maniobrar para tratar de parar el sangrado, se pidió sangre, plasma, el cirujano decidió hacer una maniobra heroica que es ligar las hipogástricas y luego la paciente fallece, duramos en quirófano como tres horas.”

Las declaraciones de las Doctoras N.P., A.R., A.T.Z.d.M. y la de los Doctores: P.L.A.B., E.d.J.Q. y J.J.R., nos llevó a la convicción que la ciudadana A.D.R.d.N., falleció por una coagulación Intravascular diseminada (C.I.D), a consecuencia de una ruptura uterina. Tales declaraciones aunadas a las declaraciones de los expertos: 1) K.R.G., quien manifestó: “Estuve presente en la exhumación del cadáver de A.D.R..”; 2) J.G.M., quien manifestó: “…realizamos una inspección técnica en la Sala de Autopsia, llegamos al lugar nos entrevistamos con la patólogo, creo que se llamaba N.R.R., se le solicitó si tenía conocimiento sobre un útero y esta manifestó de que el mismo había sido incinerado pero que no tenía inconveniente de que pasáramos a hacer la inspección….se localizó sobre un mesón un botellón con algo metido en el interior con la inscripción A.D., se colectó eso para hacerle su respectiva experticia; 3).- Y.L.I., quien manifestó: “…fui comisionado por la superioridad para que me dirigiera a la Sala de Autopsia del Hospital con la finalidad de localizar evidencias de interés criminalísticos, una vez allá fuimos atendidos por la Dra. Peña, la Dra. Manifestó de que la evidencia que estábamos buscando ella no tenía conocimiento de donde estaba, entonces….se localizó un envase plástico contentivo en su interior de un útero con sus accesorios, un ovario y una trompa, la cual indicó que esa era la evidencia que se estaba buscando y que pertenecía a una parturienta que se había muerto, el envase tenía una inscripción que decía A.N.”. Corroboran la muerte, de quien en vida respondiera el nombre de A.D.R.d.N..

Igualmente quedó demostrado que la ciudadana A.D.R.d.N., falleció en el Hospital S.A.D., el día 21 de Abril del 2001, aproximadamente a las 8:00 p.m; lo cual quedó evidenciado con las declaraciones de: 1) El ciudadano T.E.N.M., quien manifestó: “El día 21 de Abril del 2001, me fui para el Hospital S.A. Dominicci…una doctora decía que le habían hecho una cesárea a Aura de emergencia….como a las 6:00 metieron otra vez a Aura para el quirófano porque se había puesto muy mal….al rato me llamaron que Aura había muerto.” Y cuando a preguntas respondió: ¿A que hora se entera usted de la muerte de la Señora Domitila? C: Como a las ocho o nueve de la noche. 2) La ciudadana N.S.N.M., cuando manifestó: El 18 de Abril del 2001, la hospitalizaron en el Hospital S.A.D..” Y cuando a preguntas respondió: ¿A usted le dieron alguna explicación sobre la muerte de la Señora Aura? C: Sí vi al señor de la camisa color guayaba (refiriéndose al Dr. C.P.) y nos dijo lamentablemente murió la señora. ¿A que hora sale el Dr. Paz y anuncia la muerte de la señora Aura? C: Como a las nueve de la noche….El día 21/04/2001 reventó fuente como a la una de la mañana…” . 3) La Dra. A.T.Z.d.M., cuando manifestó: …” La paciente ingresa al Hospital S.A.D. el 18/04/2001….el 21/04/2001 a las 4:00 de la tarde aproximadamente me llama mi esposo (H.M. Bustos) y me dice que va a intervenir a la paciente, yo le dije que yo lo iba a ayudar….al abrir la paciente vemos que hay mucho sangrado en la cavidad abdominal, todo sangraba en forma continua y constante, se hicieron muchas maniobras…y luego la paciente fallece, duramos en quirófano como tres horas.” Y cuando a preguntas respondió: ¿En que fecha muere la ciudadana A.R.d.N.? El día 21/04/2001. ¿En qué lugar? En el hospital de Carúpano…”. 4) El Dr. E.d.J.D.Q., cuando manifestó: “ El día 21 de Abril del año 2001, recibo una solicitud para la intervención por una emergencia obstetricia en el Hospital S.A. Dominicci…al recibirla en quirófano con evidentes signos de shock hipovolémico, procedo a anestesiarla y el médico de guardia procede a intervenirla quirúrgicamente…y su ingreso a quirófano luego de la segunda intervención es fallecida.” 5) Del Dr. J.J.R.G., cuando manifestó: “…El sábado 21 de abril del 2001…recibí una llamada que me presentara urgente en el hospital S.A. Dominicci…se trataba de una paciente post operatoria con complicaciones….el útero había sido histerectomizado y un sangramiento en capaz que a pesar de todas las maniobras que se hicieron el sangrado nunca paró…falleciendo luego la paciente.” Y cuando a preguntas respondió: ¿A qué hora fallece la ciudadana Aura? La paciente fallece aproximadamente a las 7:30 de la noche.

De las declaraciones de los testigos, antes trascritas, se demostró las circunstancias de tiempo y lugar en que fallece la víctima, toda vez que fueron contestes en indicar que el día 21/04/2001, en el Hospital S.A.D. de esta ciudad, falleció la ciudadana A.D.R.d.N..

Los medios probatorios, de los cuales obtuvo el Tribunal la convicción de los hechos o circunstancias que se estimaron probadas, han sido apreciados en todo su valor probatorio, en base a las reglas de la lógica, el conocimiento científico y las máximas de experiencia, siguiendo el sistema de apreciación de la Sana Crítica, se apreciaron todas y cada una de las pruebas, incorporadas durante el desarrollo del debate oral y público.

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO:

Quedó suficientemente probado, que ciertamente el día 21 de Abril del 2001, falleció la ciudadana A.D.R.d.N., quien se encontraba en estado de gravidez, producto de una coagulación intravascular diseminada, a consecuencia de una ruptura uterina.

Ahora bien, los hechos objeto del proceso fueron calificados por la Representante del Ministerio Público, Abg. C.M., como Homicidio Culposo, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal, y Abandono de personas incapaces de proveer a su salud. Atribuyéndole al acusado H.M.B. el primer delito mencionado, y al acusado C.A.P.B., el segundo en mención. Con respecto al Homicidio Culposo, el mismo se encuentra tipificado en el artículo 411 del Código Penal, el cual establece:

Artículo 411 del Código Penal: “El que por haber obrado con imprudencia o negligencia, o bien con impericia en su profesión, arte o industria, o por inobservancia de los reglamentos, órdenes o instrucciones, haya ocasionado la muerte de alguna persona, será castigado con prisión de seis meses a cinco años.

En la aplicación de esta pena los Tribunales de Justicia apreciarán el grado de culpabilidad del agente.

Si el hecho resulta la muerte de varias personas o la muerte de una sola y las heridas de una o más, con tal que las heridas acarreen las consecuencias previstas en el artículo 416, la pena de prisión podrá aumentarse hasta ocho años.”

En consecuencia, para que exista homicidio culposo, el sujeto activo no debe tener la intención de matar, ni siquiera la de lesionar, al sujeto pasivo y la muerte de este último es causada por la imprudencia, la negligencia, la impericia en la profesión, arte o industria o la inobservancia de los reglamentos, órdenes o instrucciones, en que ha incurrido el agente. Además para que haya homicidio culposo, el resultado antijurídico ha de ser previsible para el sujeto activo. Tal y como lo expresan los autores H.G.A. y A.G.F..

Cabe destacar, que la representante del Ministerio Público, le atribuye al acusado H.J.M.B. la comisión de tal delito; imputándole específicamente que actuó con culpa por omisión; en razón de ello debe necesariamente esta juzgadora, señalar que la misma supone una abstención, un no hacer, una omisión cuando se estaba jurídicamente obligado a realizar la conducta contraria. Sin embargo del análisis de las pruebas evacuadas durante el desarrollo del debate oral y público, llegamos a la convicción, que por el contrario el ciudadano H.J.M.B., como médico especialista (obstetra), intervino en dos oportunidades, operando a quien en vida respondiera al nombre de A.D.R.d.N., realizando todas las maniobras tendientes a salvarle la vida, de lo cual se infiere que por el contrario el acusado antes mencionado, realizó conductas positivas, vale decir, actuó al intervenir quirúrgicamente a la víctima, por lo que mal podría hablarse de Culpa por omisión, o negligencia.

En consecuencia, no se demostró que el ciudadano antes mencionado, haya actuado con imprudencia o negligencia ni con impericia o inobservancia de reglamentos ordenes o instrucciones, en razón de ello, no se configuró el delito atribuido por la Fiscal del Ministerio Público, considerando que la conducta asumida por el Dr. H.J.M.B., durante las intervenciones quirúrgicas, que le practicó a la Víctima, no encuadra dentro del tipo penal, atribuido por la representación fiscal por el contrario los testigos presenciales de los hechos, Doctores: E.d.J.Q., J.J.R.G. y A.T.Z.d.M., fueron coincidentes en señalar que realizó lo que cualquier médico especialista (obstreta), hubiera efectuado, es decir, ante una situación igual hubieren realizado exactamente la misma conducta que efectuó el acusado antes mencionado, quien trató por todos los medios de salvar la vida de la parturienta, interviniéndola inclusive en dos oportunidades, realizando muchas maniobras para salvarle la vida a la ciudadana A.R.d.N., tal y como expresamente lo manifestaron los testigos presenciales.

Evidenciándose que el ciudadano H.J.M.B., se encontraba en el Hospital S.A.D., el día 21 de abril 2001, quien estaba de guardia en esa fecha, procediendo a intervenir quirúrgicamente a la Víctima, realizando todo lo humanamente posible, por salvarle la vida siendo infructuosa todas las maniobras realizadas para tal fin, lo cual se evidencia de las declaraciones de los testigos: 1) A.T.Z.d.M., quien expresó: “Yo conozco todo el caso porque yo trabajo en el Hospital pero realmente yo participé en el caso en la segunda intervención que se le realizó a la paciente….. A las 07:00 a.m. la Dra. Gisela entrega su guardia al Dr. Ochoa, a las 10:30 a.m. el Dr. Ochoa le comunica el caso al especialista de guardia que era el Dr. H.M. mi esposo, pero le indica que no ha arrancado bien el trabajo de parto, se decide inducir el trabajo de parto con un medicamento que es el oxitosis, a las 12:00 del medio día y la paciente comienza a presentar hipotensión, luego se interviene a la paciente, se le realizó la cesárea más histerectomía, la paciente egresa de quirófano bien, se deja en recuperación y a las 04:00 de la tarde aproximadamente me llama mi esposo y me dice que va a reintervenir a la paciente yo le dije que yo lo iba a ayudar, le mandamos a participar al cirujano de guardia para que nos ayudara con la intervención y al abrir a la paciente vemos que hay mucho sangrado en la cavidad abdominal, todo sangraba en forma continua y constante, se hicieron muchas maniobrar para tratar de parar el sangrado, se pidió sangre, plasma, el cirujano decidió hacer una maniobra heroica que es ligar las hipogástricas y luego la paciente fallece, duramos en quirófano como tres horas.” Y cuando a preguntas respondió: ¿Qué fue lo que pasó esa tarde cuando usted llegó al hospital? C: yo encuentro que estaban entrando a la paciente a quirófano, ella había sido ingresada a quirófano aproximadamente dos horas antes y se le había dejado un drenaje, solicitamos la ayuda del cirujano porque la paciente persistía en el sangrado, la abrimos y nos dimos cuenta que el sangrado era en capas, es más que todo venoso, un sangrado que no es específico en una zona, eso sangra todo, ahí procedimos a secar, a los auxiliares se les pedía que trajeran plasma, sangre y nosotros seguíamos ahí en la misma intervención, el cirujano decidió que era mejor ligar las cavidades hipogástricas para ver si de esa manera parábamos el sangrado pero a pesar de haberlo hecho ella seguía sangrando, nosotros lo que pedíamos era que nos trajeran plasma.-¿A qué conclusión llegamos ustedes? C: Nosotros hicimos una reunión con los Jefes del Servicio los epidemiólogos y llegamos a la conclusión que la paciente hizo una CID eso es una patología hematológica, es un trastorno de coagulación severo, que al presentarse su consecuencia irreversible es la muerte.- ¿Usted estaba de guardia en el hospital? C: No, fui porque mi esposo me llamó para que lo fuera a ayudar.- ¿El señor H.M. es su esposo? C: Sí.- ….y aproximadamente a las 04:00 de la tarde me llamó mi esposo porque había que reintervenir a la paciente, también participó el Dr. J.R. que es el cirujano, el anestesiólogo era el Dr. E.D..- ¿Ese anestesiólogo era el que estaba de guardia ese día? C: Sí.- ¿En qué fecha muere la ciudadana A.N.? C: El día 21-04-05.- ¿En qué lugar? C: En el hospital de Carúpano, la paciente ingresó con fecha de embarazo de 31 semanas.- ¿Usted tiene conocimiento por qué intervinieron a la paciente en una primera oportunidad? C: Porque la paciente está haciendo manifestaciones de una ruptura uterina y por eso hubo que intervenirla, en el momento en que la paciente baja la tensión es el momento en que la paciente debe estar haciendo la ruptura.- La paciente había referido fiebre del día anterior.- ¿Cuando ustedes hacen la incisión nuevamente y se dan cuenta que presenta sangramiento en capas, qué deben hacer ustedes en ese momento? C:Tratar de parar la hemorragia y tratar de suministrar lo que la paciente está perdiendo, lo que la paciente amerite para ayudar a aumentar los factores de coagulación, uno le comunica al anestesiólogo y él pide el plasma, todo lo que se le va a transfundir a la paciente.-

El testimonio de la Dra A.T.Z.d.M., se apreció en todo su valor probatorio, por cuanto si bien es cierto, la misma manifestó ser la esposa de uno de los acusados (H.M. Bustos), sin embargo su deposición, coincide totalmente con las declaraciones de los doctores E.d.J.Q. y J.J.R.G., quienes estuvieron presentes en el momento que ocurrieron los hechos objetos de este proceso, razón por la cual, se le dio pleno valor probatorio. Siendo conteste, en consecuencia, con las declaraciones de los doctores antes mencionados, quienes son contestes con la declaración de la Dra A.T., cuando manifiestan: 2) E.d.J.D.Q., al momento que expresó: “El día 21 de abril del año 2001, recibo la solicitud para intervención por una urgencia obstétrica paciente con diagnóstico de ruptura uterina, recibo la paciente en quirófano, traída de sala de parto en donde ya le habían iniciado el tratamiento para la parte circulatoria, las condiciones de la paciente al recibirla en quirófano con signos evidentes de Shock Hipovolémico, procedo a darle la anestesia y el médico de guardia procede a intervenirla quirúrgicamente.” Y cuando a preguntas respondió:¿Cuándo le solicitan a usted los servicios como anestesiólogo para la ciudadana A.D.? C: Aura es recibida en el área de quirófano aproximadamente de 01:00 a 02:00 de la tarde, esa fue la primera intervención y participó en esa intervención el Dr. H.M., mi persona y dos médicos residentes o internos por sala de parto.- ¿Su área de trabajo es el área de quirófano? C: Sí.- ¿Cuando se hizo la segunda intervención? C: Como a las 05:00 de la tarde.- ¿Cómo era el estado de la p.A.D. en la primera intervención? C: La Paciente estaba grave, estaba taquicardíca, no se le registraban signos de presión arterial, la paciente sale de quirófano estable y luego como a las 05:00 de la tarde, me solicitan nuevamente para una segunda intervención y su ingreso de quirófano, luego de la segunda intervención es fallecida.- ¿A quién se pudo requerir en el momento en que la ciudadana Aura se encontraba con la hemorragia profusa al ocurrir una ruptura de útero, qué especialista es el que debe estar más cercano en ese momento? C: El cirujano, el obstetra.- No es necesaria la presencia del hematólogo en este momento? C: No, el hematólogo no tiene por qué estar en quirófano.- ¿Cómo sale A.D.d.Q. en su segunda intervención? C: Fallecida.- ¿Por que se solicita nueva intervención de la paciente? C: Porque estaba sangrando, estaba con shock hipovolémico.- 3) J.J.R.G., quien expresó: “Como cirujano de guardia a disponibilidad el sábado 21 de abril del 2001, en horas de la tarde recibí una llamada telefónica de que me presentara urgente al hospital, lo que hice inmediatamente, al llegar al hospital me dijeron que se trataba de una paciente post operatoria con complicaciones, pasé al quirófano y habían dos obstetras, el anestesiólogo y mi persona, el útero de la persona había sido histerectomizado y un sangramiento en capa, que a pesar de todas las maniobrar que se hicieron, el sangrado nunca paró, nunca ví un coágulo en la paciente, lo que me hace pensar que la paciente estaba presentando una C.I.D, desde que yo me incorporé al caso pasaron dos horas y en esas dos horas nunca dejó de sangrar, falleciendo luego la paciente a pesar de todo las maniobras que se le hicieron.” Y cuando a preguntas respondió: ¿Dónde queda el Hospital S.A.D.? C: En la Avenida Universitaria del Municipio Bermúdez de Carúpano Estado Sucre.- ¿A qué hora fallece la ciudadana Aura? C: La paciente fallece aproximadamente a las 07:30 de la noche.- ¿Quiénes participaron en la intervención de la ciudadana? C: La Dra. Zabala, el Dr. H.M., el anestesiólogo E.D. y mi persona.- ¿Qué es un sangrado en capas? C: Es cuando sangran miles de vasos.- El caso de la señora Aura fue un sangrado que nunca coaguló.- ¿Qué hizo el Dr. H.M. cuando se presentó esto en la paciente? C: Se conforma un equipo, no es una individualidad, él lo que hizo es ayudarme a hacer todo lo que se hizo, ligar, cauterizar, ligaduras hipogástricas, eso son medidas heroicas ya, lo último que se hace para tratar de parar ese sangramiento…lamentablemente no se lograron los resultado que se esperaban.- Nosotros estuvimos más de dos horas en el quirófano, es algo dinámico.-

De las deposiciones de los testigos presenciales se infiere claramente, además, que el ciudadano H.J.M.B., intervino quirúrgicamente a la ciudadana A.R., en dos oportunidades, en la segunda de ellas, es donde fallece, interviniendo además los médicos especialistas: A.T.Z.d.M. (obstetra); E.d.J.Q. (anesteciólogo) y J.J.R.G. (cirujano).Tales declaraciones aunadas con la deposición de la testigo, N.S.N.M. quien manifestó: ¿Usted en todo este tiempo vió al Dr. H.M. en el Hospital? Sí….Como a las 5:00 de la tarde salió una enfermera diciendo que habían ingresado nuevamente a aura a quirófano para hacerle una cesárea. Tales declaraciones nos llevó a la convicción que efectivamente el Ciudadano H.J.M.B., se encontraba en el Hospital y que intervino quirúrgicamente a la víctima, lo cual concatenado con la declaración de la testigo Y.R.L., se evidenció que el acusado antes mencionado, le suministró concentrado globular, para ayudar a la paciente a mejorar su estado de salud, ello quedó demostrado cuando manifestó: Yo recibí mi guardia en el Banco de Sangre a las 07:00 de la noche, me entregan la paciente que está en malas condiciones, me tocó la situación de enviar una donación al servicio de quirófano para la paciente.” Y cuando a preguntas respondió: ¿Qué tipo de sangre se le suministró a la paciente? C: Concentrado globular, para ayudar a la paciente bien sea a aumentar su hemoglobina, eso es para mejorar su estado de salud.- ¿Qué quiero obtener al suministrarle sangre a la paciente? C: Aumentar la hemoglobina y mejorar su estado de salud.- ¿Qué tipo de sangre necesitaba en este caso la Sra. A.D.R.? C: En este caso la paciente estaba necesitando concentrado globular y fue lo que se le suministró, se le suministraron cinco unidades.- ¿Cuando usted tomó la guardia ya la señora A.D. había muerto? C: No, porque yo le envié una unidad de sangre, todo lo que se solicitó se le suministró y no dio tiempo de suministrarle plasma, porque ya la paciente había muerto. ¿Qué servicio solicitó la sangre para la paciente? C: El servicio de Quirófano, ya que la p.D.R., se encontraba en Quirófano.- ¿Quién hace la solicitud de sangre al Banco de Sangre? C: El médico tratante, generalmente el médico que está tratando el paciente.- Tal deposición, aunada a la declaración de la Dra A.R., quien manifestó que también es ginecólogo, demostró que aun y cuando, se hizo todos los esfuerzos por tratar de salvar la vida a la parturienta, efectuándosele incluso una histerectomía, sin embargo el cuadro clínico que ella presentaba en ese momento la paciente, era incompatible con la vida, lo cual quedó evidenciado cuando manifestó: “Revisé después en la cavidad abdominal y llamaba la atención, porque estaba inundado de coágulos sanguíneos o sea hubo un proceso de coagulación Intravascular diseminada, al rompérsele el útero eso va a liberar una enzima, a ella le dió algo que es incompatible con la vida, a pesar de que se le suministre plasma, sangre, plaquetas, esa paciente no responde, la persona pierde facultad de coagulación, una persona con una ruptura uterina donde el sangrado es incontrolable, pues aunque se le coloque lo que se le coloque eso es incompatible con la vida, yo nunca he visto ningún paciente que se haya salvado de eso.- Qué más observó usted? C: Los órganos intestinales estaban bien, el problema fue la vulemia, pero en este caso toda la sangre se sale de su carril.- ¿Murió por qué la señora Domitila? C: Murió por Shock Hipovulémico que es la disminución de la hemoglobina, al caer la hemoglobina cae la presión, al caer eso se paraliza el corazón.- ¿Cómo se denomina el proceso de sacar el útero y los otros órganos? C: Eso es una histerectomía, yo también soy ginecólogo y allí necesariamente había que sacar esos órganos con el objeto de tratar de salvar la vida, pero ella desencadenó una coagulación intravascular diseminada, allí no había manera de salvar esa vida… ¿En este caso el Dr. Molina actuó exactamente como tenía que actuar? C: Sí, actuó exactamente como tenía que actuar.- “ Estas declaraciones concatenadas con la declaración del Dr. P.L.L., quien realizó las investigaciones relacionadas con el caso que nos ocupa, nos corroboró aun mas, que el acusado H.M. actuó eficientemente, y no hubo de su parte negligencia médica, ello quedó corroborado, cuando el doctor antes mencionado, manifestó: “…Soy vicepresidente del Colegio Médico del Estado sucre y como es norma, cuando hay una noticia críminis, se abre una investigación paralela a la que suele llevar la Fiscalía, nosotros llamamos a los Doctores que intervinieron y al señor que está aquí presente que es el viudo y rindió declaración ante el Despacho del Dr. C.M., que es el Presidente del Colegio de Médicos del Estado Sucre”. Y cuando a preguntas respondió: ¿A qué conclusión llegaron ustedes luego de hacer la investigación? C: Nosotros hicimos una investigación paralela, muy bien llevada, tanto porque nosotros pedimos la opinión de los diversos especialistas, de enfermería, de internos, de residentes, de la ciudad de Carúpano como de Cumaná, y la intervención del Fiscal Médico de Cumaná y llegamos a la conclusión de que no hubo ni mala praxis, ni negligencia ni confiabilidad y que estuvo asistida desde que ingresó la paciente hasta que falleció. ¿Qué es una Coagulación Intravascular Diseminada? C: Es una patología que suele presentarse porque es un eslabón que se agota en la cadena de coagulación sanguínea y evita que la sangre circule mejor, es muy grave, la persona muere.- ¿Sería predecible ese tipo de patología? C: No.-

En razón de ello, este Tribunal consideró, que la conducta asumida por el acusado, no encuadra dentro de las previsiones establecidas en el artículo 411 del Código Penal, es decir, no existe una adecuación entre los hechos dados por acreditados y la conducta típica, antijurídica, contenida en el artículo trascrito anteriormente; razón por la cual se Absolvió al ciudadano H.J.M.B., por el delito de Homicidio Culposo, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.

Ahora bien, con respecto al ciudadano C.A.P.B., la representación Fiscal, el atribuyó el delito de ABANDONO DE PERSONAS INCAPACES DE PROVEER A SU SALUD, previsto y sancionado en el artículo 437 del Código Penal, el cual establece:

Artículo 437 del Código Penal: “El que haya abandonado un niño menor de doce años a otra persona incapaz de proveer a su propia salud, por enfermedad intelectual o corporal que padezca, si el abandonado estuviere bajo la guarda o al cuidado del autor del delito, será castigado con prisión de cuarenta y cinco días a quince meses.

Si del hecho del abandono resulta algún grave daño para la persona o la salud del abandonado o una perturbación de sus facultades mentales la prisión será por tiempo de quince a treinta meses; y la pena será de tres a cinco años de presidio si el delito acarrea la muerte”.

Del artículo In comento se infiere, que para que se configure tal delito es menester, que el acusado abandone a la víctima, por cuanto la acción consiste en abandonar a la persona que tenía bajo su guarda, o a su cuidado dejándola librada a su suerte, es decir, que desatiende el cuidado que debe prestarle, exponiéndola al peligro, siendo necesario en consecuencia que actúe con dolo de abandonar. Requiriéndose además, que el sujeto activo, debe ser la persona imputable que ejerce la guarda o el cuidado sobre el incapaz abandonado, como bien lo señala H.G.A. y A.G.F., en su libro Manual de Derecho penal Parte Especial.

Durante el desarrollo del debate y de la incorporación de las pruebas testimoniales, se infiere que el ciudadano C.A.P.B., estuvo en el Hospital S.A.D., esperando que la víctima saliera de Quirófano y estuviera estable, para poder prestarle sus servicios, sin embargo, la misma nunca salió de quirófano con vida. En razón de ello, nunca ejerció el ciudadano de la p.A.D.R.d.N., en consecuencia, mal puede haber abandonado a la p.A.R., si nunca la tuvo bajo su cuidado, por lo que no se configuró el delito que le imputó la representante del Ministerio Público; lo cual quedó suficientemente probado con las declaraciones de los testigos: 1) N.S.N.d.M., quien expresó: ¿A usted le dieron alguna explicación sobre la muerte de la señora Aura? C: Si ví al señor de la camisa color Guayaba (refiriéndose al Dr. C.A.P.) y nos dijo lamentablemente murió la señora. ¿Usted cree que el médico que sale y le anuncia que la ciudadana Aura murió no estaba pendiente del parto de la señora Aura? C: Sí, puede estar pendiente. De esta declaración se infiere que el acusado C.A.P., estuvo en el Hospital, esperando que la p.A.R. saliera de Quirófano, quien lamentablemente falleció, procediendo el acusado antes mencionado, a informarle a la ciudadana N.S.N., sobre la muerte de la ciudadana A.D.R.d.N.. Esta declaración es corroborada con la deposición de: 2) La Dra. A.T.d.M., cuando a preguntas contestó: ¿Usted vió ese día en el hospital al Dr. C.P.? C: En el momento en que entré a quirófano no lo ví, pero al salir del quirófano estábamos todos ahí.- ¿El Dr. C.P. estuvo en la reunión que ustedes hicieron luego de la muerte de la p.A.D.R.? C: Sí.- Corroborándose lo dicho por las ciudadanas antes mencionadas con la declaración 3) Del Dr.J.J.R.G., cuando a preguntas contestó: ¿Usted vió allí en la primera reintervención al Dr. C.P.? C: En el área de quirófano no, lo ví después que salí de la intervención.- ¿Tiene conocimiento por qué estaba el Dr. C.P. allí? C: No tengo conocimiento, en esos casos se llaman a muchos especialistas, se pudo haber llamado a cualquiera, en caso de haber podido nosotros parado la hemostasis entonces en ese momento es que hubiera podido intervenir el Dr. C.P., porque de qué nos sirve una paciente en Terapia Intensiva sangrando, no nos sirve de nada una paciente en terapia intensiva sangrando, la intervención del Dr. C.P. iba a ser posterior a la operación de la paciente, C.P. estaba en el hospital, y eso es muy fácil revisarlo, inclusive hicimos comentario después que falleció la paciente, él estaba esperando la evolución de la paciente para tomarla en sus manos y seguirla manejando. Igualmente con la declaración de: 4) C.J.H.H., quien manifestó: “Yo estaba de guardia ese día, cuando yo llegué al servicio como a la 01:00 de la tarde el Dr. Paz estaba en la Unidad de Cuidados intensivos, luego él se fue, como a las 03:30 o 04:00 de la tarde se escuchó una bulla, estaban llorando afuera de la terapia, le dije a Yulitza Montaño que verificara que estaba pasando, y ella me dijo Celia que están llamando al Dr. Paz y que no lo consiguen, yo le dije que no podía ser porque él acababa de salir del hospital, yo llamé al Dr. Paz le dije lo que estaba pasando, duró como diez o quince minutos en llegar al hospital, llegó y yo le expliqué lo que estaba pasando, él salió y me dijo Celia voy a quirófano y luego regresó y me dijo Celia el paciente está en quirófano. Y cuando a preguntas respondió: ¿Usted conoce al Dr. Paz? C: Sí, trabaja conmigo.- ¿A qué hora escuchó usted los llantos en el quirófano? C: Como a las 03:30 a 04:00 de la tarde.- ¿A qué hora se presentó el Dr. Paz al hospital? C: Como a las 04:00 de la tarde aproximadamente, él va al quirófano y luego regresa y dice el paciente está en quirófano.- ¿Por qué vía usted se comunicó con el Dr. Paz? C: Por el teléfono y el tardó como de diez a quince minutos en llegar al Hospital.- ¿A qué hora se fue el Dr. C.P. ese día del hospital? C: En un transcurso de una y media a dos de la tarde.- ¿A qué hora se fue usted del hospital? C: Como a las 07:15 o 7:10, yo dejé al Dr. C.P. que estaba en quirófano.- ¿El día 21 de abril del 2001 la ciudadana A.D.d.N. estuvo en la Unidad de Terapia Intensiva? C: No.-

Tales declaraciones nos llevó a la convicción, que el Dr C.A.P.B., en fecha 21 de Abril del 2001, se encontraba en el Hospital General de esta ciudad “S.A. Dominnicci”, esperando que la ciudadana A.D.R.d.N., saliera con vida del quirófano, a los fines de prestarle sus servicios como intensivista, lo cual lamentablemente no ocurrió, toda vez que tal y como se señaló anteriormente los médicos intervinientes en la operación de la víctima, hicieron todo lo humanamente posible por salvarle la vida, pero fue infructuosa todas las maniobras realizadas, por cuanto la p.A.R., presentó una coagulación intravascular diseminada, lo cual le produjo la muerte.

Ahora bien, es conveniente efectuar las siguientes consideraciones:

Como bien sabemos, el ejercicio profesional de la Medicina conlleva evidentes riesgos y, con ellos, la posibilidad de que los pacientes o enfermos se conviertan en víctimas, tras haber sido perjudicados en su integridad física y/o psíquica, pudiendo llegar dichos perjuicios incluso a la muerte.

En tal sentido, debe señalarse que con relación a este caso en concreto, no se detectó en los supuestos planteados, irregularidades de ningún tipo y como quiera que la representación fiscal, no demostró la responsabilidad penal de los acusados, careciendo de fundamento mínimo o de base para su éxito procesal, motivado por las dificultades que, se presenta a la hora de determinar el nexo causal entre la actividad médica desplegada y el resultado dañoso producido.

A los Médicos, en el ejercicio de su profesión, se les pueden exigir responsabilidades de distinta naturaleza, entendiendo que según Gisbert Calabuig(2) la responsabilidad médica, es la obligación que tiene el profesional de la Medicina de reparar y satisfacer las consecuencias de los actos, omisiones y errores voluntarios, e incluso de los involuntarios dentro de ciertos límites, cometidos en el desempeño de dicho ejercicio.

De los actos derivados del ejercicio profesional de los Médicos, se pueden originar distintos tipos de responsabilidad, siempre en función del ámbito en que aquélla tenga lugar. Con respecto a la responsabilidad penal del Médico, habrá culpa penal cuando el hecho incriminado al Médico constituya una acción u omisión voluntaria -dolosa-, imprudente o negligente -culposa-, tipificada como delito o falta en el Texto Punitivo.

Es a todas luces evidente que la profesión médica entraña graves riesgos y dificultades.

Solamente la equivocación burda, inexplicable y absurda, como resalta R.V., podrá dar lugar a un delito y no tanto, además, por el actuar médico con o sin acierto, sino, fundamentalmente, por el abandono, desidia y dejación de las más elementales obligaciones, parece evidente que la determinación de la responsabilidad médica ha de realizarse siempre en la contemplación de las concretas y específicas situaciones sometidas al enjuiciamiento criminal, huyendo, en la medida de lo posible, de todo tipo de generalizaciones censurables.

Por tales razones, y al valorar las pruebas evacuadas durante el desarrollo del debate, analizando concreta y específicamente el caso sometido a nuestro conocimiento aplicando la sana crítica, llegamos a la convicción que lo procedente y ajustado a derecho es declarar Absueltos a los acusados H.J.M.B. y C.A.P.B., de los delitos atribuidos por la representante del Ministerio Público. Y ASI SE DECIDE.-

DISPOSITIVA:

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Mixto de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; por UNANIMIDAD ABSUELVE a los ciudadanos H.J.M.B., quien es Venezolano, natural de Mérida, nacido en fecha 03/10/1964, de 40 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.026.849, de profesión Médico Ginecólogo, Residenciado en Macarapana, Urbanización La Estancia, Calle Norte, N° 131, Carúpano, Estado Sucre, hijo de H.M. y de E.d.M., del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal. Asimismo arribamos por consenso a ABSOLVER, al ciudadano C.A.P.B., quien es Venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, nacido en fecha 06/06/11959, de 45 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.862.570, profesión Médico, Residenciado en el Edificio Alberto, Apartamento 2, Calle Cantaura, Carúpano, Estado Sucre, hijo de C.B. y de S.P., del delito de ABADONO DE PERSONAS INCAPACES DE PROVEER A SU SALUD, previsto y sancionado en el artículo 437 del Código Penal; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal. Por los hechos ocurridos en fecha 21 de Abril del año 2001 en el Hospital General S.A.D., ubicado en la Avenida Universitaria de esta ciudad de Carúpano, Estado Sucre. Se acuerda notificar a las partes de la presente decisión. Asimismo se acuerda remitir el presente asunto a la fase de Ejecución en su oportunidad legal. Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias N° 4, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. En la ciudad de Carúpano a los treinta días del mes de Junio del año dos mil cinco. Publíquese. Notifíquese.

La Juez Primero de Juicio

DRA. N.C.

Los Escabinos

R.A.P.

DAMELYS M.M.D.G.

La Secretaria

Abg. Lissette Caraballo

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR