Decisión nº 067-2010 de Juzgado Primero del Municipio Muñoz de Apure, de 9 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2010
EmisorJuzgado Primero del Municipio Muñoz
PonenteAmbrosio Enrique Valdivieso Rodriguez
ProcedimientoObligación Alimentaria

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MUÑOZ

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

BRUZUAL, ESTADO APURE

Bruzual, 09 de Noviembre de 2010

200° y 151°

EXPEDIENTE…N°..299-2010.

PARTE ACTORA: ILENIS M.R.A., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.359.484, domiciliada en el Sector La Manga, Calle Páez de la localidad de Quintero, Municipio Muñoz del EstadoXApure,

PARTE DEMANDADA: J.R.M., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.122.625, domiciliado en el domiciliado en el Vecindario El Laurel, de la localidad de Quintero, Municipio Muñoz, Estado Apure ………………………………………………………..

MOTIVO:XHOMOLOGACIONXDE OBLIGACION DE MANUTENCION

Se inicia el presente procedimiento en fecha 01 de Octubre de 2010, donde se levanto acta con sus recaudos, en este JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MUÑOZ DEL ESTADO APURE, quedando anotado en el Libro de Entrada de causas bajo el numero 299-2010, inserta al folio 01, donde la ciudadana ILENIS M.R.A., antes identificada solicita que se fije la obligación de Manutención al padre de su hijo xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, ciudadano J.R.M., habido con el accionado, según se evidencia en la Partida de Nacimiento Nro 61, expedidas por el Registro Civil de la Parroquia Q. delM.M. delE.A. inserta a los folios 02.

En fecha 06/10/2010, se admite la solicitud y se ordenó la citación del demandado para la contestación de la demanda y celebración del acto conciliatorio y la Notificación de la accionante y el Fiscal Sexto del Ministerio Publico, Riela en folios 05,06,07,08.

En fecha 08 de Noviembre de 2010, comparecieron previa citación y notificación para efectuar el acto conciliatorio los ciudadanos ILENIS M.R.A. y J.R.M., plenamente identificados, donde efectúan convenimiento, por motivo de Fijación de Obligación de Manutención,

En dicho Convenimiento .el..Ciudadano. J.R.M., ya..Identificado se..Comprometió..a:

PRIMERO

Aportar la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (250,oo Bs.) mensuales por concepto de obligación de manutención a favor de su hijo xxxxxxxxxxxxxxxxxx, ..

SEGUNDO

Aportar en los meses de Septiembre y Diciembre de cada año, una cantidad adicional igual a la Obligación de Manutención para los gastos de..Útiles..Escolares..y..festividades..decembrinas, es decir la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES…(500,oo Bs.) en dichos meses. ………………………………

TERCERO

Aportar el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los Gastos Médicos, consultas y medicinas cuando así lo requiera.

Por su parte, la ciudadana ILENIS M.R.A., en su carácter..de..madre..se..Comprometió..a:……………………………………………

… PUNTO UNICO: Aceptar el ofrecimiento hecho por el padre de su hijo ciudadano J.R.M., antes identificado, en los términos antes..expuestos.

Las partes se comprometen a darle fiel cumplimiento al presente convenimiento..y..solicitan..la.Homologación..del..acuerdo.…………………………………………………

DISPOSITIVA

Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, este Juzgado Primero del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, por cuanto el referido convenimiento no es contrario al orden publico, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley, así mismo; dando cumplimiento a las disposiciones contempladas en los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos suscritos y ratificados por Venezuela, específicamente los Artículos 19 del Pacto de San J. deC.R., y el Artículo 24 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos así como los Artículos 3 y 6 de la Convención sobre los Derechos del Niño, aplicables de manera inmediata y directa por los Tribunales de la República, conforme lo dispone el Artículo 23 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, admite y HOMOLOGA el convenimiento suscrito por la ciudadana, ILENIS M.R.A., y el ciudadano, J.R.M., plenamente identificados, y a favor de su hijo xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx,. de conformidad con lo establecido en los artículos 375 y 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y adolescentes, en consecuencia el obligado deberá cumplir de la siguiente manera.

PRIMERO

Aportar a partir del mes de Noviembre la cantidad de DOSCIENTOS BOLÍVARES (250,oo Bs.) mensuales por concepto de obligación de manutención a favor de su hijo, xxxxxxxxxxxxxxxxx..

SEGUNDO

Aportar en los meses de Septiembre y Diciembre de cada año, una cantidad adicional igual a la Obligación de Manutención para los gastos de..Útiles..Escolares..y..festividades..decembrinas, es decir la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES…(500,oo Bs.) en dichos meses.

TERCERO

Aportar el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los Gastos Médicos, consultas y medicinas cuando así lo requiera.

Déjesexcopiaxcertificadaxenxelxcopiadorxdexsentencia,xde..conformidad.con..el. artículo..248..del..Código..de..Procedimiento..Civil

Publíquese, Regístrese, Notifíquese a las partes

Dada firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Primero del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en Bruzual, a los nueve (9) días del mes de Noviembre del año dos mil Diez (2010)…AÑOS:..200°..Y..151°………………………………………………………...::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::

EL Juez.

A.E. VALDIVIESO RODRIGUEZ.

La secretaria.

GREMAIRIS COA

Seguidamente se cumplió con lo ordenado. Conste.

La Secretaria.

GREMAIRIS COA

EXPEDIENTE:299-10 ………………………………………….. ................................................................................................

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