La incidencia de la Zona Libre Cultural Cientifica y Tecnologica del estado Merida sobre el area metropolitana de Merida.

AutorPérez Maldonado, Alberto
  1. INTRODUCCIÓN

    En la legislación fiscal venezolana se especifican una serie de estímulos o incentivos fiscales través de los cuales se pretende beneficiar a determinados agentes económicos, con la finalidad que realicen actividades orientadas a desarrollar algún sector específico, para contribuir al mejoramiento de la estructura económica productiva del país.

    Dentro de estos estímulos fiscales destacan particularmente los de carácter aduanero, los cuales se implementan en forma de Regímenes Especiales que operan como políticas de Estado para incentivar la mejora de la competitividad de los exportadores al permitirles liberar, suspender, reintegrar o reponer los impuestos de importación de las mercancías extranjeras que ingresan al Territorio Aduanero Nacional con la finalidad de incorporarlas en el proceso productivo de una empresa que elabore o produce bienes o servicios que serán colocados en los mercados internacionales.

    Destacan dentro de estos Regímenes Especiales: la Admisión Temporal para el Perfeccionamiento Activo (ATPA), la Reposición con Franquicia Arancelaria, el Reintegro de los Impuestos de Importación (Draw Back), los Depósitos Aduaneros (In Bond), los Almacenes Generales de Depósito, las Zonas Francas, los Puertos Libres y las Zonas Libres.

    La Zona Libre Cultural, Científica y Tecnológica del Estado Mérida (ZOLCCYT), fue creada por el Ejecutivo Nacional en junio de 1995, como un instrumento estratégico de política fiscal y de comercio exterior, para desarrollar y afianzar la soberanía cultural, científica y tecnológica del país y promover el desarrollo económico del Estado Mérida. Desde ese momento viene operando como un ente desconcentrado del Ministerio de Finanzas a través del cual se administra un régimen de exención fiscal Zona Franca-Puerto Libre, que exceptúa a las empresas y firmas comerciales del pago de impuestos nacionales y de tasas aduaneras y de importación cuando produzcan, comercialicen o divulguen bienes, servicios o actividades calificadas previamente como culturales, científicas o tecnológicas.

    El territorio sobre el cual surten efecto los beneficios fiscales y tributarios del régimen de la Zona Libre, abarca una superficie de 262.300 hectáreas, correspondiente a la totalidad de los territorios político-administrativos de los municipios Libertador, Campo Elías, Sucre y Santos Marquina. Pudiendo el régimen ser extendido a otros municipios del estado como espacios cerrados y a solicitud de las Alcaldías interesadas.

    A través de la ZOLCCYT, el Estado Venezolano ofrece alternativas de inversión y desarrollo de negocios a la empresa privada en áreas de la industria cultural como cine, televisión, editorial, espectáculos, artesanía; y de desarrollo científico y tecnológico (informática, telecomunicaciones avanzadas, tecnología petrolera, biomedicina, química fina, electrónica, biotecnología, nuevos materiales), por citar algunas. Propendiendo así, a una mayor diversificación de la base económica del país y del Estado Mérida, a disminuir la dependencia tecnológica del exterior con el consecuente ahorro de divisas, y a estimular las habilidades, conocimiento y el trabajo intelectual como principales factores de cambio y de sustentación de la sociedad merideña y venezolana en general.

    De igual modo, la Zona Libre ofrece posibilidades a entes gubernamentales nacionales, regionales o locales, de desarrollar empresas capaces de generar recursos propios a partir de proyectos de investigación y desarrollo que hayan alcanzado un grado de madurez y producción y estén en capacidad de dar el salto empresarial. Ello además de asegurarle recursos para continuar las investigaciones y el desarrollo de productos tecnológicos, propiciará él estimulo firme de áreas o sectores de interés.

    Los beneficios del régimen se adquieren al inscribir la empresa o firma comercial debiéndose cumplir previamente con los requisitos de localización dentro del territorio especial de la Zona Libre, haber sido calificado por la Junta ZOLCCYT como cultural, científico o tecnológico y estar establecido como empresa de acuerdo a las normas mercantiles y de registro fiscal que establecen las leyes del país.

    Un empresario puede obtener los beneficios fiscales del régimen como comercializador de bienes terminados e insumos importados, como productor de bienes incorporando insumos importados y otro valor agregado al bien final, o como prestador o productor de servicios vinculados a los sectores de la ciencia, la tecnología y la cultura.

    Como comercializador, se le abren enormes posibilidades de negocios al vender a turistas en forma de equipaje acompañado y hasta por un monto aproximado de 3.000 US$/mes, bienes y productos terminados. Igualmente puede comercializar sin límites de cantidad mercancía libre de impuestos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR