Decisión nº 3M-109-08 de Tribunal Primero de Juicio Los Teques de Miranda, de 28 de Abril de 2009

Fecha de Resolución28 de Abril de 2009
EmisorTribunal Primero de Juicio Los Teques
PonenteVianney Coromoto Bonilla
ProcedimientoSentencia

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL PRIMERO ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIODEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA

SENTENCIA

EXPEDIENTE NRO. 3M-109-08

JUEZ: Dra. V.C. BONILLA

SECRETARIA: ROSANNA COSTANTINO

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:

FISCAL: Dra. I.L.B., Fiscal Auxiliar Cuadragésima Novena Del Ministerio Publico De La Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana De Caracas Con Competencia Ampliada Para Actuar En Los Procesos Que Conozcan Los Jueces Itinerantes Del Área Metropolitana De Caracas Y Del Estado Miranda

ACUSADO: M.A.C.E.

DEFENSA PRIVADA: Dra. DUBRASCA C. SEGOVIA LANDAETA, inscrita en el inpreabogado bajo el numero 110.187.

DELITO IMPUTADO: DISTRIBUCION MENOR DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previstos y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancia Estupefaciente y Psicotrópicas

Celebrado como fue el acto de la audiencia de Juicio Oral y Público y estando dentro del lapso establecido en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal para publicar la sentencia, en el presente caso seguido en contra de M.A.C.E., por la presunta comisión de los delitos de TRAFICO ATENUADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION, previsto y sancionado en el segundo aparte del articulo 31de la ley Orgánica Contra El Tráfico Ilícito Y El Consumo De Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, y conforme a las establecido en el artículo 364 del Código Penal Adjetivo; este Tribunal pasa a publicar el Texto Integro de la Sentencia y a tales efectos hace las siguientes consideraciones:

ENUNCIACION DE LOS HECHOS Y

CIRCUNTANCIAS OBJETO DEL JUICIO

A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 364 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, se procede a señalar de forma clara los hechos y circunstancias que fueron objeto del Juicio Oral y Público, lo que en definitiva garantiza la triple congruencia entre la acusación, el auto de apertura a juicio y la sentencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 363 eiusdem, a saber:

En fecha 22-09-2007, fue presentado por la Fiscalía Décima Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda al ciudadano M.A.C.E., por la comisión del DELITO DE TRAFICO ATENUADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION, previsto y sancionado en el Segundo aparte del artículo 31 de la ley orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas, por ante el Tribunal de primera Instancia en funciones de Control No. 6 de este Circuito Judicial Penal, fecha en la cual ese Despacho, mediante audiencia de presentación dicto la siguiente dispositiva: “…PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, se califica la flagrancia del hecho por el cual fuera aprehendido el ciudadano M.A.C.E., titular de la Cédula de Identidad número v-13.909.351, conduciéndose los hechos en esta etapa del proceso y en forma provisional, al esquema del delito previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 31 de la ley orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas, concerniente a TRAFICO ATENUADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALDIDAD DE DISTRIBUCION, quedando en consecuencia, calificada la flagrancia del hecho in comento y legitimada, por lo tanto la aprehensión que se hiciera del ciudadano M.A.C.E., de conformidad con la norma constitucional del artículo 44 numeral 1. SEGUNDO. Vistas…se ordena que la presente averiguación se siga por las disposiciones del procedimiento Ordinario…TERCERO: Se declara con lugar la precalificación jurídica realizada por la representante del Ministerio Público en lo que se refiere a la presunta comisión del delito de TRAFICO ATENUADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION, previsto y sancionado en el Segundo aparte del artículo 31 de la ley orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas. CUARTO: Se decreta la privación Judicial preventiva de libertad al ciudadano M.A.C. ENRIQUE…”

En fecha 15-11-2007, se recibe escrito acusatorio con actuaciones complementarias, por parte de la Fiscal Décima Novena y Fiscal Auxiliar Décima Novena del Ministerio Público Abg. DAMELIS M.B.A. y ANANGELINA G.A., donde acusa al ciudadano M.A.M.E., por la comisión del delito de TRAFICO ATENUADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN, previsto y sancionado en el artículo 31 segundo aparte de la Ley Orgánica Contra el tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias estupefacientes y psicotrópicas.

En fecha 06-12-2007, se llevó a cabo la Audiencia preliminar, el Tribunal de Control No. 6 de este Circuito Judicial penal, admite totalmente la acusación presentada por la representante del Ministerio Público en contra de los ciudadano C.E.M.A., en virtud de de los hechos acaecidos en fecha 21-09-2007, cuando siendo aproximadamente las 9:00horas de la noche, en las adyacencias de la Avenida Independe4ncia de Los teques, específicamente a la altura de la estación de servicio en un puesto de alquiler de teléfonos, ubicado al frente al banco provincial llevando consigo en el bolsillo derecho del pantalón beige que vestía para el momento de su aprehensión el ciudadano C.E.M.A., tres (03) envoltorios elaborados en papel aluminio contentivos en su interior de una sustancia pastosa de color beige de presunta droga y en un bolso tipo morral, la cantidad de dieciocho (18) envoltorios de papel aluminio, tres (03) bolsitas trasparentes sujetas con hilo en su extremo superior de color negro, contentivo en su interior de un polvo blanco, presunta droga y cuatro (04) envoltorios de papel aluminio contentivo en su interior de restos vegetales de color verde y marrón de presunta droga. Igualmente le fue incautado la cantidad ciento veinte mil bolívares (Bs. 120.000,oo) de aparente curso legal en el país y otros elementos de interés criminalísticos, admitiendo todas y cada una de las pruebas a ser debatidas en Juicio y ordenándose la apertura a Juicio Oral y Público realizando el respectivo auto de enjuiciamiento. (Auto de apertura inserto al folio 198 al 219 de la pieza I del expediente).

En fecha 05-06-2008 se Constituye el Tribunal Unipersonal, en virtud de la solicitud efectuada por el acusado C.E.M., de prescindir del Tribunal Mixto. Siendo que en fecha 06 de Noviembre de 2008, oportunidad en la cual se da inicio al juicio oral y público, la Juez ordenó al secretario la verificación de la presencia de las partes en la sala y constatada la presencia de las mismas la Juez Profesional procedió a imponerlas sobre las normas relacionadas con la celebración del acto por realizarse. Se declaró ABIERTA LA AUDIENCIA, conforme a lo establecido en el artículo 344 del Código Orgánico Procesal Penal. El Fiscal del Ministerio Público Dra. I.L.B., ratificando su escrito de acusación presentado ante el Tribunal de Control, manifestó entre otras cosas lo siguiente: “actuó en este acto en virtud de que fui comisionada por el fiscal general de la república para actuar en los juicios en los que actúen los jueces itinerantes y que se realicen en este circuito judicial penal. Ratifico en todas y cada una de sus partes el escrito de acusación interpuesta por la fiscalía décima novena del ministerio publico de la circunscripción judicial del estado Miranda, en cuantos a los hechos por los cuales se presento escrito de acusación en contra del ciudadano M.A.C.E. en fecha 5 de noviembre de 2007, y una vez celebrada la audiencia preliminar por el órgano jurisdiccional correspondiente, acordó en la audiencia preliminar, el delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en la modalidad de distribución, prevista y sancionada en el artículo 31 de la ley especial ley orgánica contra el tráfico ilícito y el consumo de sustancia estupefacientes y psicotrópicas. Asimismo, explana de una forma suscita de las circunstancia de modo tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos del presente debate y de la manera como fue aprehendido el hoy acusado. El ministerio público ciertamente se encuentra investido de una facultad, de una atribución por ley y por mandato constitucional en el sentido que debe litigar de buena fe y de igual forma observar todas las circunstancias que exculpen o inculpen a un ciudadano. De igual manera se van a traer al debate los distintos órganos que fueron promovidos y admitidos en la audiencia preliminar, a los fines de demostrar que efectivamente el ciudadano acusado, se encontraba en primer lugar en el sitio del suceso donde se hallaron todas esa evidencias, y de igual forma se va a evidenciar con los testigos que observaron cómo ocurrieron los hechos y que estaban en ese sitio, el ministerio publico una vez escuchado todo el debate probatorio debe actuar de conformidad con la normativa vigente en el cual se dará uso de las mismas, no obstante el ministerio publico estima que otra representación presento el escrito acusatorio, recabo los elementos necesario, y estimo que efectivamente este acusado es responsable de la comisión del hecho punible que se le imputa, a pesar que lo ampara el principio de inocencia, no es menos cierto que existe un escrito acusatorio que fue admitido como dije hace un instante, el ministerio publico va a demostrar con el cúmulo probatorio las responsabilidad del ciudadano aquí presente, y una vez escuchada y a viva voz y al final del debate esta representante fiscal debe pedir una sentencia condenatorio o absolutoria, quiero aclarara al tribunal que estamos en presencia de un delito previsto y sancionado en nuestra legislación vigente, y en las tratados internacionales como un delito de lesa humanidad, les hago un llamado, este tribunal debe valorar las pruebas de acuerdo a las reglas de la máxima de experiencia, a las reglas de valoración, la cotidianidad, para que coadyuven con todas las personas que integramos el sistema de justicia y logramos la aplicación de la justicia de igual forma de acuerdo a las conclusiones que a bien tenga a escuchar ajuntando la normativa probatoria, pues evidentemente dictaran su decisión, es todo”.

El Abogado Defensor Privada DUBRASKA SEGOVIA en su derecho de palabra alegó: “siendo la oportunidad legal para dar inicio al juicio oral y público, el ministerio publico encuadra en el ilícito penal del articulo 31 tercer aparte de la ley especial contra uso ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, por lo que esta defensa niega rechaza y contradice tanto los hechos como el derecho en todas y cada una de partes, y la justicia en aplicación del derecho, lo realmente importante para esta defensa es este escenario, de los hechos que ocurrieron hace un año y dos meses, en horas de la noche, aproximadamente a las 9 horas, donde laborada mi defendido, un puesto de teléfono, y donde fue víctima fue víctima de una revisión de personas, por los funcionarios actuantes y donde realizaron un procedimiento los policías de Poliguaicapuro, lo cual consta en acta, y con anterioridad al procedimiento realizado, mi defendido 21-9-2007 fue víctima de una inspección por parte de unos funcionarios policiales, no los mismos funcionarios que practicaron esta inspección, pero si la misma policía o el mismo ente de Poliguaicaipuro, en su establecimiento fue practicada una inspección no recabándose ningún objeto de interés criminalistico, pero fue maltratado por los funcionario verbal y psicológicamente, se llega a formular la denuncia en el ministerio público, los funcionarios actuantes a parte de ofender verbalmente a mi defendido le fue sustraído 2000 de bolívares fuertes en tarjetas telefónicas que mi defendido tenía en su poder, esa denuncia fue instruida por la fiscalía tercera del Ministerio Publico, denuncia 1202-07, fue llevado a la institución de la Disip, y en esa oportunidad mi defendido los reconoció y los identifico y se gravo los nombre del los funcionarios, y al hacer dicho procedimiento los funcionarios actuantes amenazaron a mi defe3ndido, me denunciaste y manifestando, esta me las vas a pagar, y consta en acta, la defensa en fecha 23 11-2007 solcito a la fiscalía 19 que oficiara a la Fiscalía Tercera que dicho expediente fuera remitida a la Fiscalía 19, con qué finalidad, que fuera estudiada dicha denuncia hecha por mi defendido, y que la misma constara en acta, que son funcionarios de Poliguaicapuro por el mismo ente, y que la solicitud de la defensa se hizo caso omiso por parte de la fiscalía 19 y consignada por la defensa y costa en la primera pieza del expediente, y fue consignada en su oportunidad legal ante el tribunal competente, y que esta defensa tiene copia, pero consigno el original, ahí la tiene, para esta defensa resulta totalmente inconcebible que el MINISTERIO PUBLICO no haya podido actuar de buena fe, si es el MINISTERIO PUBLICO el garante y tiene la gran facultad para recabar elementos para la inculpación del imputado, no es mentís cierto que a debido practicar todas aquellas diligencias útiles y pertinentes para el mejor esclarecimiento de los hechos y dejarla constar en acta para la exculpación del imputado, el ministerio publico habla del delito en la modalidad de trafico menor de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en la modalidad de distribución sancionado el en articulo 31 tercer aparte de la ley especial contra el tráfico y consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, pero no es menos cierto que mi defendido un joven tan solo de 29 años de edad con una conducta intachable el cual ha sido víctima de los funcionarios actuantes en este procedimiento, que por él haber denunciado en aquella oportunidad a los funcionarios, se encuentre siendo procesado por un delito que no cometió, es evidente que el ministerio publico no tiene suficiente elementos para demostrar la participación directa o indirecta de mi defendido en el delito en el cual a el hoy se le acusa y la defensa demostrara la no culpabilidad de mi defendido, en cuanto a las pruebas promovidas por la defensa en su debida oportunidad legal la defensa la ratifica en todas y cada uno de ellas y que fueron admitidas en su debida oportunidad legal por el Tribunal de control y termino con un pensamiento que es darle a cada quien lo que le corresponde y lo que le corresponde a mi defendido es la libertad, ya que es él la única víctima en este proceso, es todo

Respecto al acusado M.A.C.E., quien impuesto del Precepto Constitucional, establecido en el artículo 49 ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, manifestó su deseo de rendir declaración, manifestando su deseo de no declarar.

La Dra. I.L.B. Fiscal del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, luego de la apertura del debate y de la recepción de los medios de prueba en sus CONCLUSIONES expone: “el Ministerio Público va hacer una reflexión, la teoría en materia privada debe desvirtuar la presunción de inocencia, como la ciudadana defensora promovió, presuntamente testigos presenciales, es asombrosos la capacidad de tres personas, con contradicciones en unos y otros que no le queda más nada que decir y entiende el porque , el falso testimonio y los delitos en audiencia, el testigo que depuso el 13-11-.2008 afirmo el sitio de los hecho, y también dijo que tenía un venta de verdura y hortalizas, el ciudadano que supuso hoy dice claramente que no hay venta de verduras, el ciudadano, el declaro hoy el testigo del ministerio publico dijo que , tres funcionarios llegaron manejando unas motos, el señor serrano dijo que lo patearon, lo golpearon, a una distancia a la cual se encontraba el, como sabe que le partieron un teléfono, y señor Á.A. en su experticia no dijo que estaban partidos los teléfonos, los testigos dicen que no encontraron nada , los dos primero que había un koala, el cual no existe, el Ministerio Publico dijo que diría la opinión en este debate Oral Y Público, incluso llego a pensar en la inocencia del acusado, los testigos de la defensa incurrieron en contradicciones, en cambio el testigo del Ministerio Publico presencial hizo afirmaciones que se compaginan con los hechos narrados por los funcionarios aprehensores, que dijo el ciudadano “que eso se lo sembraron”, el testigo presencial de la fiscalía describe 3 sobres que coinciden con lo incautado , estaba a pocos metros, los funcionarios le dijeron a un ciudadano “que vienes a comprar”, para que le van a decir”, los funcionarios estaban haciendo una vigilancia , el apoyo a los funcionarios es normal, los funcionarios dijeron los teléfonos, la mesa y el bolso, dos testigo de la defensa dijeron que le pegaron la mesa, la mesa no esta `partida, la defensa ha reiterado que a su defendido le hicieron ese procedimiento en venganza, que no fueron los mismos policías pero si la misma institución, que el puso una denuncia, en la DISiP, ¿le dieron continuidad?, no se puede incorporar un procedimiento Distinto, las llamadas anónimas donde se participa este tipo de Ilícito de Distribución de Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, los momentos vividos desde que los funcionarios llegaron hasta que terminaron con el procedimiento, queda desvirtuado la presencia de dama alguna en el sitio , se pregunta esta representante fiscal ,¿ dónde estaba la señora colina?, que necesidad tiene la defensa de traer testigos que se contradijeran, no entiende el Ministerio Publico tanto invento, el testigo dice si pase, observe, me quitaron la cedula, en un momento el funcionario cometió el error de devolver la cedula del testigo pero otro funcionario lo busco y lo llevo hasta la comisaria junto con el detenido y dijo que firmo el acta, al lado del bolso estaba otro señor dijo mira lo que encontramos, es exactamente lo dicho del testigo con los funcionarios, para el Ministerio Publico Solicitar una sentencia a ningún ciudadano no lo hace feliz, el derecho a la vida y la libertad son inherentes al ser humano, conozco los retintos carcelarios, la acción desplegada y las actas policiales del 21-9-2007, un procedimiento de la policía de Guaicapuro, donde logran la incautación de supuesta droga , resulto ser droga, depusieron funcionarios, la funcionaria que practico la experticia química botánica, relación de causalidad y en la cual fue encontrado presunta droga, que coincide con los resultados, que los objetos son drogas, señala que los funcionario de la policía de Poliguaicaipuro logrado incautar en su poder una presunta droga, resulto ser droga, están identificadas, quiero manifestar a los que hicieron deposiciones se tomara la debida nota. Se solicitara las copias certificadas, se leyeron los artículos donde se les señalo sobre el falso testimonio, durante el debate se desvirtuó que en el sitio no existía ningún negocio de hortalizas ni de teléfonos a esa hora de la noche , el Ministerio Público solicita la aplicación del tipo penal, se sirva imponer una sentencia condenatoria en contra del ciudadano M.A.C.E. por, DISTRIBUCION MENOR DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previstos y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancia Estupefaciente y Psicotrópicas, se ha cumplido con el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal, es todo”.

La Defensa Privada Dra. DUBRAKA SEGOVIA, en sus CONCLUSIONES expone: “una vez escuchado al Ministerio Publico ,considera el delito solo existe en la cicle de la representante del ministerio público, ratifico la no culpabilidad de mi defendido, y todos los testigos concuerdan , el testigo fue conteste al decir que no observo algún tipo de sustancia, no haber observado nada , y que el funcionario la tenía en sus manos , y que no vio nada y dice que el funcionario la tenía en sus manos, y se habla de papel de aluminio, y el testigo que vio unas bolsitas, mi defendido , se rige por los órganos, si bien es cierto es el mismo ente, y mi defendido , continua con dicho procedimiento, el los conoce por sus nombre, y lo amenazaron a mi defendido y al momento. La finalidad es que sea estudiado por el juez y vera que los procedimientos los mismo guardan reacción. iniciado el procedimiento , fue una víctima por haberse regido por la ley, le sustrajeron 2000 mil bolívares fuertes en tarjetas, en dicho procedimiento y denuncio a los funcionarios al ministerio publico se llevo hasta el final, días después en, franca irregularidad de los funcionarios actuantes es víctima, los funcionarios lo sembraron, y el testigo no observo cuando fue incautado la presunta droga, en el que es víctima por haber denunciado por un delito que no cometió , por culpa de los funcionario, hay que ponerle un freno. Está claro que el testigo no observo que a el le fuera incautado alguna droga, en las manos del funcionario estaban esas bolsas, nada de eso es evidente. La defensa solicita la libertad y la no culpabilidad, el código orgánico procesal penal en su artículo 13 es claro, prevalece la justicia en la aplicación del derecho, y han manifestado y han concordado y falta de ética de los funcionario, por haber puesto la denuncia mi defendido se encuentra siendo juzgado, no obstante solicito la libertad, como decía JUSTINIANO, darle a cada quien lo que corresponde y a mi defendido lo que le corresponde es la libertad. Contradiciendo al Ministerio Publico, solo existe el delito única y exclusivamente en la psiquis, por falta de ética, solicito la libertad, eso deseo recalcar, la legalidad, la buena fe se manifiesta en la persona que presenciaron el procedimiento, al testigo de la fiscal se le pregunto si el observo que se la hayan encontrado en el bolso, lo cual el dijo que no, y solicito la libertad de mi defendido, es todo”.

Por cuanto en las conclusiones las partes estuvieron de acuerdo en su petición, no hubo derecho a Réplica y contrarréplica que ejercer.

El acusado, M.A.C.E., de conformidad con le último aparte del artículo 360 del Código Orgánico Procesal Penal agrega “yo tuve un problema con un policía, yo trabajaba como vigilante en un comercio y el portugués medio dinero para que montara mi negocio, y monte un puesto de teléfono, yo trabajaba con mi esposa el policía llegaba y le decía cosas a mi esposa y quite el puesto de teléfono, ya donde me veía me paraba, y para evitar problemas y me quede tranquilo, hasta que monte el puesto de teléfono en la independencia, y lo trabajaba otra persona, tenía tiempo con mi puesto, hasta que decidí trabajar yo mismo, tenia mas teléfono, y el señor se paraba en una esquema y me observaba , y cuando agarro un día viernes y revisaron todo, yo estaba con un muchacho y viene tres policía y le pregunto qué paso había dos mil bolívares fuertes en tarjetas y el señor se lo llevo, la muchacha me dijo quiero los palees de los teléfonos y fui a Poliguaicaipuro y hable con un mayor de ellos, los funcionario el chino, me tomaron la declaración, el chino me dijo tu vas a ver lo que te va a pasar y fui a Fiscalía aponer la denuncia, en la DISIP, me tomaron la declaración, y yo le preguntaba por las tarjetas y las tarjetas nunca me la devolvieron, ahí empezó todo, no tengo que temer todos me conocen que soy sincero, estaban los teléfonos con cadena, y le daba caramelos a las personas que venían a llamar para que la gente se sintiera cómoda, ese día que llegaron me golpearon, si los denuncie no es justo, no se me olvida con el teléfono Islander me lo pego por la cara, por denunciar a la policía tu eres una rata y en la patrulla me golpeaban, no llame a mi familia, al día siguiente le dije eso no es mío, me dijeron firma aquí, que se te leyeron tus derechos, llego un comisario y les dijo, deja que lea, yo no llame a mi familia, el comisario dijo lo conozco, el compraba donde yo era vigilante, me dijo es raro que estas metido en esto, yo si grite, pero no sé de donde lo saco, las esposas me las apretó, siendo inocente, no debería ser, no vendo droga, si me gustan la droga y los toros coleados, los gallos, por denunciar no voy a poder ver a mi hija , soy inocente, todo lo que hay que pasar por denunciar, es todo.”

DETERMINACIÓN PRECISA

Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS

QUE EL TRIBUNAL ESTIMA ACREDITADOS

En cumplimiento de los dispuesto en el artículo 364 numeral 3 del Código orgánico procesal penal, y garantizándose durante todo el juicio oral y público el respeto de los principios fundamentales del Debido Proceso, oralidad, Publicidad, Inmediación, Concentración y Contradicción, establecidos en los artículos 1, 14, 15, 16, 17 y 18, todos de la N.a.p.V., se recibieron los medios de pruebas ofrecidos por la Fiscal del Ministerio Público y de la Defensa, los cuales fueron admitidos en la oportunidad de celebrarse la Audiencia Preliminar ante el Tribunal Sexto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, concede en la ciudad de los Teques, los cuales son los siguientes:

  1. - La declaración del funcionario URBAEZ RAFAEL, expone al respecto: “me encontraba laborando en la patrulla. 009, en la avenida independencia como a eso 830 a 930 de la noche, y habían llamado a la división y nos indicaron que un ciudadano se en encontraba vendiendo droga, mi compañero EGAR SAMIENTO y MARCANO JAIRO, y yo nos acercamos al ciudadano presente, nos identificamos como funcionario, ya que estábamos trabajando de civil, y le pedimos identificación y fue grosero, el funcionario MARCANO JAIRO le hizo el cacheo amparado en el articulo 205 y se le encontró, mi compañero MARCANO JAIRO en el bolsillo delantero 3 bolsa de presunto crack y en bolso había un frasco de polvos ortobóricos con 18 envoltorio presunto crack y el mismo tenía un toldo de teléfono y se dirigió a operación, el toldo la mesa y el bolso, y tenía como 110 o 120 mil bolívares, es todo

    A preguntas formuladas por cada una de las partes, el mismo manifestó: PREGUNTA:¿ recuerda la fecha? RESPUESTA" 21 de septiembre 2007” PREGUNTA:¿ comenzó la exposición dijo que tiempo tenía como funcionario? RESPUESTA" 1año 8 Meses” PREGUNTA:¿ labora como investigador? RESPUESTA" si, trabajamos de civil, trabajar a la persona, seguimos la denuncia, el recorrido de rutina y montamos a la persona para ver si es cierto sobre las denuncias que nos hacen” PREGUNTA:¿ es encubierto? RESPUESTA" de civil, pero sabemos que posee algo nos identificamos” PREGUNTA:¿ hacer constar, averiguan de la denuncia si es verdad? RESPUESTA" si “PREGUNTA:¿ además de la actuación del funcionario MARCANO JAIRO había otro funcionario? RESPUESTA" E.S.” PREGUNTA:¿ testigo? RESPUESTA" si PREGUNTA:¿ recordara quien lo busco los testigos? RESPUESTA" el funcionario E.S.” PREGUNTA:¿ donde lo encontraron? RESPUESTA" el ciudadano venia hacia los Teques, de redoma a los Teques” PREGUNTA:¿ distancia? RESPUESTA" 100 metros” PREGUNTA:¿ incautación de sustancia, bolsillo derecho de qué? RESPUESTA" el pantalón “PREGUNTA:¿ otro objeto? RESPUESTA" un bolso negro” PREGUNTA:¿ cuándo realizan la revisión corporal y del bolso, estaba presente el testigo? RESPUESTA" si el testigo y el funcionario” PREGUNTA:¿ llevan todo a operaciones, además del dinero y la sustancia, que otro objeto? RESPUESTA" los teléfonos PREGUNTA:¿ qué hacen con eso? RESPUESTA" hacer las actuaciones” PREGUNTA:¿ qué hacen? RESPUESTA" se lleva al Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales Y Criminalísticas” PREGUNTA:¿ para qué? RESPUESTA" hacer la revisión” PREGUNTA:¿ conocía al ciudadano? RESPUESTA" no PREGUNTA:¿ había escuchado el nombre? RESPUESTA" en ningún momento”. PREGUNTA:¿podría indicar su nombre? RESPUESTA "URBAEZ RAFAEL” PREGUNTA:¿ oficio? RESPUESTA" oficial o3 de Poliguaicapuro” PREGUNTA:¿qué tiempo tiene laborando? RESPUESTA" un año y ocho meses” PREGUNTA:¿ donde fue el procedimiento? RESPUESTA" avenida independencia al lado de la bomba” PREGUNTA:¿ cuántos funcionario se encontraba en ese procedimiento a parte de usted? RESPUESTA" 2, Oficiales, E.S. y Marcano Márquez” PREGUNTA:¿ donde se encontraba usted? RESPUESTA "en la unidad patrullaje 009” PREGUNTA:¿ cómo tuvieron conocimiento? RESPUESTA" llamada telefónica, ciudadanos que se percataban” PREGUNTA:¿ donde recibieron esa llamada? RESPUESTA" en un número telefónico de División de Investigaciones en el numero” PREGUNTA:¿ se sabe el numero? RESPUESTA" no lo tengo en memoria” PREGUNTA:¿ cómo se realiza el procedimiento? RESPUESTA" estábamos realizando el recorrido, nos amparamos en el artículo 205, se le encontró en el bolso el presunto crack, las 3 bolsa en bolsillo derecho y nos dirigimos a la comisaría” PREGUNTA:¿ qué dice el artículo 205? RESPUESTA" no tengo conocimiento, nos amparamos en el artículo para la revisión de la persona, todo no me lo sé” PREGUNTA:¿ usted en algún momento le manifestó porque era objeto de la inspección? RESPUESTA" no entiendo” PREGUNTA:¿ le manifestó por que le realizaban la inspección RESPUESTA" el testigo, el presencio todo lo incautado yo estaba en custodia y estaba el testigo y observo lo incautado” PREGUNTA:¿si usted tiene conocimiento si antes del procedimiento de fecha 21-9-2007, a las 9 de la noche, se le había realizado algún tipo de procedimiento por parte de la policía del Municipio Guaicaipuro a este ciudadano? RESPUESTA" muy lagar la pregunta” PREGUNTA:¿ se le realizo anteriormente otro procedimiento parecido a este sujeto por ese mismo ente? RESPUESTA" no tengo conocimiento”. PREGUNTA:¿ le indicaron las característica? RESPUESTA" si, estaba de buhonero, el teléfono PREGUNTA:¿ le encontraron 3 bolsa en el bolsillo y en el bolso? RESPUESTA" pote de polvos ortoboricos con 18 envoltorio de presunto crack? PREGUNTA:¿ quién lo revisó? RESPUESTA" E.S.” PREGUNTA:¿ conocían al ciudadano, algún funcionario RESPUESTA" no creo” PREGUNTA:¿ A QUE HORA RESPUESTA" 8:30 a 9:30 de la noche.

  2. - La declaración del experto ciudadano A.A., titular de la Cédula de Identidad número V-10.279.258, adscrito al Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales Y Criminalísticas, área técnica. La ciudadana Juez le explicó con palabras claras y sencillas el motivo de su presencia en el presente Juicio Oral y Privado, se procede a Juramentarlo e imponerlo del artículo 242 del Código Penal y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece el Falso Testimonio. Seguidamente el funcionario A.A. : expone al respecto a la experticia 9700 113-RL-419 de fecha 31 de octubre de 2007, la presente inspección es realizada por mí, es un reconocimiento legal, y la finalidad es dejar constancia de la existencia, el uso al cual están destinados y de las característica más importante, se le realizo a 7 teléfonos celulares, seis teléfonos digitales móviles y un teléfono inalámbrico fijo, describo en la inspección el estado en que se encontraban y corresponde a establecer conversación con tecnología entre dos o más personas vía mensajes de texto o verbal, 8 y 6 cargadores que corresponde al sistema de conexión eléctrica, un bolsa tipo morral , resguarda y trasportar pieza y de igual o menor volumen, un receptáculo acordeón está diseñada para introducir objetos de menor o igual volumen, mesa de material sintético armable, corresponde a un soporte de alimentos o resguarda objeto varios , 12 paraguas regalar tamaño, para resguardar al hombre del medio ambiente precipitaciones, 13, un banco con 4 partas un soporte para que las personas se siente. Es todo”.

    A preguntas formuladas por cada una de las partes, el mismo manifestó: PREGUNTA:¿ podría indicar el numero de la experticia y la fecha en que corresponde? RESPUESTA" es la número 9700-113-rl419, la misma fue realizada en los Teques fecha 31-10-2007” PREGUNTA:¿ la firma es suya? RESPUESTA" si es mi firma” PREGUNTA:¿usted realizo la experticia? RESPUESTA" si la realice” PREGUNTA:¿ todos los objeto en que estrado se encontraba? RESPUESTA" en buen estado de conservación" PREGUNTA:¿ tipo morral como estaba? RESPUESTA" regular estado de conservación” PREGUNTA:¿ no estaba roto? RESPUESTA" se deja constancia? PREGUNTA:¿ qué haces? RESPUESTA" dejar Constancia” PREGUNTA:¿ otra cosa? RESPUESTA" individualizar las piezas” PREGUNTA:¿ cómo, cuando se hace? RESPUESTA" se presenta la comisión con un oficio, lo recibo, tomo nota y realizo el informe, en base al peritaje” PREGUNTA:¿ cuando llega el procedimiento? RESPUESTA" se realiza de una vez” PREGUNTA:¿todo tipos de procedimiento? RESPUESTA" todos tipos de procedimientos le hacemos el peritaje” PREGUNTA:¿ porque la devuelven? RESPUESTA" el organismo quien la remite, le hacemos el peritaje pare que continúen en resguardo del organismo”. PREGUNTA:¿ las característica del bolso? RESPUESTA" negro, varios de compartimiento, tipo moral, Asa para su traslado el la espalda o en la mano PREGUNTA:¿realizan alguna otra experticia? RESPUESTA" solo la que solicitan, en este caso solo de reconocimiento”.

  3. - La declaración Inmediatamente, se hace pasar: al ciudadano SARMIENTO ROJAS E.D., titular de la Cédula de Identidad número V-12.730.876, adscrito al adscrito al División de Investigación de la Policía del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda. La ciudadana Juez le explicó con palabras claras y sencillas el motivo de su presencia en el presente Juicio Oral y Privado, se procede a Juramentarlo e imponerlo del artículo 242 del Código Penal y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece el Falso Testimonio. Seguidamente el funcionario SARMIETO ROJAS E.D., expone al respecto: “Eso fue 21 de septiembre como a las 9:15 de la noche, se recibió llamada donde manifiestan que en un puesto de teléfonos de alquiler un ciudadano vendía sustancia estupefaciente, montamos un trabajo ahí, eso fue exactamente frete al banco provincial, frente a la bomba, como a 80 metros de la redoma de Matica, observamos que llegaba gente y no hacían llamadas, le solicitamos la identificación al ciudadano tomo una actitud agresiva, le hago el cacheo de un pantalón marrón 3 envoltorio y en el bolso un frasco de polvo ortoboricos de tenia 18 envoltorio de presunta droga tipo crack, cuatro envoltorio de presunta marihuana lo llevamos al comando y llamamos a la Fiscalía de guardia, es todo”.

    A preguntas formuladas por cada una de las partes, el mismo manifestó: PREGUNTA:¿ cuál es su trabajo? RESPUESTA" Investigación” PREGUNTA:¿ qué hace la investigación? RESPUESTA" trabajar en la comunidad, con delitos, cualquier delito” PREGUNTA:¿ hay un director? RESPUESTA "si” PREGUNTA:¿ cómo es el trabajo? RESPUESTA" tenemos un rol de guardia, por grupo” PREGUNTA:¿ observaron los movimiento que antecedieron a la aprensión del ciudadano? RESPUESTA" los movimientos, se veía dudosa la forma como actuaba”, PREGUNTA:¿ quién realizo la inspección? RESPUESTA" mi persona” PREGUNTA:¿ cómo actúan? RESPUESTA" son llamadas anónimas y damos el número telefónico” PREGUNTA:¿ había testigo? RESPUESTA: “si venia un ciudadano de la redoma de la Matica hacia el centro” PREGUNTA:¿ quien le dijo que si quería ser testigo? RESPUESTA" los funcionarios que actuaron conmigo” PREGUNTA:¿ fue obligado? RESPUESTA" no en ningún momento” PREGUNTA:¿ puede indicar los nombres de los funcionario que actuaron con usted en este procedimiento? RESPUESTA" M.M. y Leonardo Báez” PREGUNTA:¿ alguna otro evidencia que usted recuerde? RESPUESTA" un bolso, teléfonos, y un dinero” PREGUNTA:¿ era mucho, recuerda la cantidad? RESPUESTA" como 120 mil bolívares” PREGUNTA:¿ esa persona era agresiva? RESPUESTA" no quería dejarse requisar y decía palabras obscenas” PREGUNTA:¿ lo agredieron? RESPUESTA" no” PREGUNTA:¿la revisión la presencio el testigo? RESPUESTA" si PREGUNTA:¿ ese testigo rindió declaración? RESPUESTA" si PREGUNTA:¿ cual s son la rutina? RESPUESTA" se lee los derechos, se llama a la fiscal” PREGUNTA:¿ había visto al ciudadano , el nombre? RESPUESTA" en ningún momento PREGUNTA:¿podrías indicarnos su nombre? RESPUESTA" EGAR SARMIENTO” PREGUNTA:¿ cuál es su función en la policía? RESPUESTA" investigación” PREGUNTA:¿ donde lo realizo, el procedimiento? RESPUESTA" av. independencia, frete al banco provincial PREGUNTA:¿ cuántos funcionarios actuaron aparte de su persona? RESPUESTA" dos funcionarios, J.M. Y Leonardo Urbaez” PREGUNTA:¿ cómo se lleva el procedimiento? RESPUESTA" llamadas anónimas PREGUNTA:¿ podría decirnos usted si en las adyacencia habían otras personas dedicadas al alquiler de teléfonos? RESPUESTA" no” PREGUNTA:¿podría decirnos si usted u otro funcionario le manifestaron al ciudadano cual era el objeto de inspección? RESPUESTA "nos identificamos como funcionarios le pedimos la identificación, se puso esquivo, le hacemos el cacheo en el bolsillo del pantalón derecho siento algo que sobresalía y le saco, y le señalo al ciudadano que venía pasado en ese momento y le señalo la cuestión” PREGUNTA:¿ estaban de civil o estaban uniformados? RESPUESTA" de civil” PREGUNTA:¿ se identificaron como funcionarios? RESPUESTA" si “PREGUNTA:¿ qué le manifestaron a esa persona? RESPUESTA: “Que esta PREGUNTA:¿ interviene la fiscal del Ministerio Publico? Objeción, deje que el funcionario termine de contestar. Seguidamente la ciudadana JUEZ A LUGAR. PREGUNTA:¿se identifico como funcionario actuante , tuvo conocimiento que se le haya realizado algún procedimiento a este ciudadano anteriormente por esa misma policía? RESPUESTA" no” podría usted decirnos quien fue el funcionario que reviso? RESPUESTA" fui yo” PREGUNTA:¿ podría explicarnos el trabajo que ustedes realizan, como lo montan? RESPUESTA" visualizar, verificar de las denuncias que hacen las personas a través de las llamadas, que no sean con malas intenciones, es raro que haya un puesto de teléfono a esa hora de la noche, trabajamos flagrancia” PREGUNTA:¿ ustedes tienen tiempo haciendo este tipo de trabajo o lo realizan en un solo día?, RESPUESTA OBJECION por parte de la Fiscalía, quien fundamenta: “Ciudadana juez a qué tipo de trabajo se refiere la defensa el de ese día o el que realizan como policía. Toma la palabra la ciudadana defensa y dice que están hablando del procedimiento que se llevo a cabo ese día. RESPUESTA" procedimos hacer el trabajo y salió positivo” PREGUNTA:¿ que se incauto en ese procedimiento? RESPUESTA" 3 porciones de crack en bolsillo derecho del pantalón, en el bolso 18 envoltorio de papel aluminio, 3 bolsa de cocaína, 4 marihuana PREGUNTA:¿ recuerda las características del bolso? RESPUESTA" era negro”, PREGUNTA:¿ el bolso donde lo tenía? RESPUESTA" encima PREGUNTA:¿ qué le manifestó? RESPUESTA" que no era del y que lo estábamos sembrando y es una rutina que manifiestan que lo sembramos” PREGUNTA:¿ lo conocía? RESPUESTA" no” PREGUNTA:¿ tenía conocimiento si había tenido percance con un miembro de la institución? RESPUESTA" no,” PREGUNTA:¿qué parte del pantalón le consiguieron? RESPUESTA "en el bolsillo delantero del lado derecho PREGUNTA:¿ los derechos se lo leyeron RESPUESTA" SI PREGUNTA:¿ había alguna otra persona cerca? RESPUESTA" no” PREGUNTA:¿ se queda de noche, es eso usual” RESPUESTA" si en la avenida Bermúdez y esta no es usual, se queda son los perros calienteros y la droga la incaute yo”.

  4. - La declaración del ciudadano MARCANO J.R., titular de la Cédula de Identidad número V-10463.256, adscrito a la división de patrullaje de la policía Municipal del Municipio Guaicapuro. La ciudadana Juez le explicó con palabras claras y sencillas el motivo de su presencia en el presente Juicio Oral y Privado, se procede a Juramentarlo e imponerlo del artículo 242 del Código Penal y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece el Falso Testimonio. Seguidamente el funcionario MARCANO J.R.: expone al respecto “eso el año pasado 21-9-2007, nos encontrábamos en la avenida independencia en labores de investigación, después de haber recibido varias llamadas telefónicas donde denunciaban a un ciudadano, que estaba al lado de la bomba frete al banco provincial en un puesto de teléfono, y notamos que llegaba gente rara y le solicitamos hacer la inspección y el opto por una actitud agresiva contra los funcionarios, contra nosotros, donde procedió el funcionario E.S. a realizarle la inspección corporal, y le encuentra 3 envoltorio de papel aluminio en el bolsillo derecho del pantalón de presunta droga y en el bolso que el cargaba puesto, en el mismo se le encontró un envase plástico que decía polvos ortoboricos con 18 envoltorio de papel aluminio de presunta droga, cuatro envoltorio de papel aluminio de vegetales de presunta marihuana, y dos envoltorio de papel plástico de polvo color blanco de presunta droga, y antes paramos a un ciudadano que venía de redoma de la matica al centro y el presencio cuando el funcionario hace la revisión corporal y le saca la droga del bolso, trasladamos al ciudadano con el testigo al comando de nosotros. es todo”.

    A preguntas formuladas por cada una de las partes manifestó: PREGUNTA:¿ podría explicarnos su actuación con cuantos funcionarios actuó? RESPUESTA" 2 funcionarios, E.S. Y LEONARDO URBAEZ” PREGUNTA:¿ donde trabaja, cuando se realizo el procedimiento? RESPUESTA" antes en investigaciones y el comando estaba en el paso” PREGUNTA:¿ todavía está en la policía? RESPUESTA" estoy en patrullaje en cabotaje” PREGUNTA:¿ qué hace la división de investigación? RESPUESTA" recibe denuncia, hay que montar un seguimiento, un estudio, si es cierto o falso la denunciado” PREGUNTA:¿ cuándo lo abordaron tomo una actitud agresiva? RESPUESTA" no quería que lo revisaran, quédese tranquilo que es la policía, nuca se golpeo” PREGUNTA:¿incautaron otros objetos? RESPUESTA" teléfonos celulares, la mesita y el toldo, otra cosa de procedencia dudosa no tenía” PREGUNTA:¿esa persona que fungió co0mo testigo observo el momento que realizaron la incautación? RESPUESTA" es correcto” PREGUNTA:¿el testigo presencio la revisión del bolso? RESPUESTA" a los dos, el bolso y la persona” PREGUNTA:¿ es su labor diario este tipo de procedimiento? RESPUESTA" es rutinario” PREGUNTA:¿ quien la gira las instrucciones? RESPUESTA" el director, operaciones nos dan las instrucciones” PREGUNTA:¿ cómo reciben la denuncian? RESPUESTA" antes nos entregaban un teléfono corporativo y las personas si tenían el numero recibíamos la denuncia por el teléfono, si no el director o jefe de operaciones” PREGUNTA:¿ el testigo fue obligado? RESPUESTA" en ningún momento, no se opuso a nada” PREGUNTA:¿ había visto al ciudadano que aprehendió? RESPUESTA" jamás” PREGUNTA:¿ esta acta que se hace con motivo de la aprehensión quien la realizo? RESPUESTA" un funcionario que está en la sede y uno le narra lo sucedido o sea es un transcriptor” PREGUNTA:¿ ha sido llamado a este juicio? RESPUESTA" es primera vez. PREGUNTA:¿ podría decirnos su nombre? RESPUESTA" J.M.” PREGUNTA:¿ profesión arte u oficio? RESPUESTA" sub-inspector de división de patrullaje de policía del municipio Guaicaipuro” PREGUNTA:¿ donde realizo el procedimiento? RESPUESTA" en la avenida independencia, al lado de la bomba de gasolina frente al banco provincial” PREGUNTA:¿ cuántos funcionarios a parte de usted actuaron en el procedimiento? RESPUESTA" dos funcionarios” PREGUNTA:¿ podría decir los nombres de esos funcionarios? RESPUESTA" EGAR SARMIENTO Y LEONARDO URBAEZ” PREGUNTA:¿ porque llegaron a presumir que este ciudadano estaba vendiendo sustancia de interés criminalistico? RESPUESTA" nos paramos frete al banco provincial, ya habíamos recibido llamadas como se encontraba vestido para ese momento, no recuerdo como estaba vestido, y llegaban motorizados, los movimientos que hacían, se metía la mano dentro del bolsillo o dentro del bolso” PREGUNTA:¿ usted nos podría decir cómo se llevo a cabo el procedimiento? RESPUESTA" RESPUESTA" después que le incautamos la droga, lo trasladamos junto con el testigo al comando” PREGUNTA:¿podría decirnos si tiene conocimiento que el ciudadano haya tenido percance con otro funcionario? RESPUESTA "no” PREGUNTA:¿ lo había visto anteriormente? RESPUESTA" no” PREGUNTA:¿ podría decirnos quien realizo la revisión personal? RESPUESTA" el funcionario E.S.” PREGUNTA:¿usted recuerda que evidencia de interés criminalistico le incautaron al ciudadano? RESPUESTA" en el bolsillo derecho del pantalón le encontraron 3 envoltorio de papel aluminio con presunta droga, en el bolso un envase 18 envoltorio de presunto crack, 4 envoltorio en papel aluminio de la denominada mariguana 2 en voltio de plástico de polvo blanco” PREGUNTA:¿ qué tipo denuncia reciben ustedes? RESPUESTA" la actitud del ciudadano, las cantidades de personas no gratas y las horas que laboraba” PREGUNTA:¿ quién fue el funcionario que gira instrucción para que realizaran dicho procedimiento? RESPUESTA" no nos giraron instrucciones en ese momento porque teníamos el teléfono corporativo de nosotros, no nos giran intrusiones. PREGUNTA:¿ le manifestó algo el ciudadano? RESPUESTA" se puso nervioso y con una actitud agresiva” PREGUNTA:¿Qué tiempo duro chequeando al ciudadano? RESPUESTA" aproximadamente una semana” PREGUNTA:¿ en qué momento buscan al testigo? RESPUESTA" venia pasando” PREGUNTA:¿ en qué momento, ya habían hecho el procedimiento? RESPUESTA" lo teníamos ahí, no se le había hecho el cacheo, y venia pasando el testigo, para que el presenciara la revisión corporal” PREGUNTA:¿ se le leyeron los derechos? RESPUESTA" si”.

  5. - La declaración del funcionario A.G.E., adscrita al Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales Y Criminalísticas, experto en Química, aproximadamente hace 2 años. Seguidamente la ciudadana Juez le explicó con palabras claras y sencillas el motivo de su presencia en el presente Juicio Oral y Privado, se procede a Juramentarlo e imponerlo del artículo 242 del Código Penal y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece el Falso testimonio y el delito en audiencia. Seguidamente el tribunal le puso de manifiesto el experticia Química 9700-130-8595 de fecha 27-11-2007, a fin de que ratifique su contenido y manifieste si reconoce como suya la firma que la suscribe. Acto seguido la funcionaria expone: “Se trata de una experticia química botánica, numero 9700-130-8595 de fecha 27-11-2007, se trata de una bolsa de material sintético colores blanco y azul con múltiples inscripciones donde se puede leer entre otras cosas “servicio pan americano” atada a su extremo con in precinto de seguridad elaborado en plástico de color gris Nº 201329,en cuto interior se encuentran: A) tres envoltorio elaborado en papel aluminio, el peso neto es de 200 miligramos a cocaína base crack. B) dieciocho envoltorios elaborados en seccionado papel aluminio con un peso de dos gramos con ochocientos ochenta miligramos cocaína base crack. La muestra C) cuatro envoltorio confeccionado en papel aluminio de fragmentos vegetales con un peso de 6 gramos con 800miligramos d) sustancia blanca, con 800miligramos de cocaína en forma de clorhidrato. Si ratifico mi firma, es todo”.

    A preguntas formuladas por cada una de las partes, el mismo indicó: PREGUNTA: ¿podría indicar la fecha? RESPUESTA" de fecha 27-11-2007 se recibió” PREGUNTA:¿ el numero” RESPUESTA" 15-F1 PREGUNTA:¿la fecha? RESPUESTA" el 29-11-2007” PREGUNTA:¿ van envuelta, el contenido con precinto? RESPUESTA “este caso, generalmente no,” PREGUNTA:¿ cómo hacen para determinar el resultado, que tiempo ustedes plasman el resultado" RESPUESTA" depende 2 semanas, prueba de orientación de coloración y microscópica y certeza por equipo calibrado” PREGUNTA:¿las pruebas de certeza no existe duda? RESPUESTA" exacto” PREGUNTA:¿ deben tomar muestra de todo” RESPUESTA" si , este la muestra es mayor se toma un gramo, si es menos de un gramo me quedo con todo” PREGUNTA:¿la realizan dos experto? RESPUESTA" discutimos los resultados, trabajamos juntos para que no quede duda” PREGUNTA:¿ dos expertos pueden dar fe respuesta? " si exacto? PREGUNTA:¿por su experiencia , que produce la sustancia, que reacción? RESPUESTA" depende de las cantidades, de lo consuma? PREGUNTA:¿ qué puede producir? RESPUESTA" alucinaciones, las personas pueden ver cosas que no son” PREGUNTA:¿ lo saca de su consiente? RESPUESTA" si, si se alimenta bien, depende de la tolerancia” PREGUNTA:¿puede dar las característica en cuanto al consumo? RESPUESTA" alucinaciones, pierde los sentidos” PREGUNTA:¿ la firma es suya? RESPUESTA" si la ratifico”. PREGUNTA:¿ cual es numero de la experticia? RESPUESTA" se recibió esto solamente” PREGUNTA:¿ cuál es el procedimiento? RESPUESTA" ratifico, prueba de orientación, microscópica, y ciertos equipos, que te dan picos por que ya están calibrados” PREGUNTA:¿ lapso prudencial. Procedimientos respuesta" cierto minutos cada sustancia, los tipos de comparación” PREGUNTA:¿ todos son llevados al equipo? RESPUESTA" no se hace prueba de orientación PREGUNTA:¿ La Cantidad Y Sustancia RESPUESTA" A) 200 miligramos de Cocaína base crack b) 2 gramos con 880 miligramos de cocaína base crack c) 6 gramos marihuana d 800miligramos d) 800 miligramos de cocaína, se utilizo toda Ceso el interrogatorio.

  6. - La declaración del ciudadano G.S.G.E., titular de la cedula de identidad 10.275.098, trabajo economía informal, la juez procede a Juramentarlo e imponerlo del artículo 242 del Código Penal y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece el Falso testimonio y el delito en audiencia, quien expone: “Aproximadamente de la nueve de la noche se aproximó una patrulla roja, que decía Poliguaicaipuro, se bajan 2 funcionario, y se dirigen al puesto de teléfono y lo revisaron y le jorungaron el koala y un bolso y le pegaron el teléfono por la cabeza y le dieron cachetadas y no le encontraron nada, lo montaron en la patrulla y se lo llevaron, es todo”.

    A preguntas formuladas por cada una de las partes, el mismo manifestó: PREGUNTA:¿nos podría decir su nombre? RESPUESTA" G.S.G. ENRIQUE” PREGUNTA:¿nos podría decir donde vive? RESPUESTA" la colina matica arriba” PREGUNTA:¿ nos podría decir donde trabaja? RESPUESTA" en la avenida independencia vendiendo hortalizas” PREGUNTA:¿ a qué hora labora en ese puesto? RESPUESA" de 8 de mañana a nueve y media de la noche” PREGUNTA:¿ desde cuándo labora ahí? RESPUESTA" 10 años” PREGUNTA:¿ qué tiempo tiene conociendo al ciudadano? RESPUESTA" 2 año” PREGUNTA:¿ de dónde? RESPUESTA" palo alto” PREGUNTA:¿su conducta como ha sido? RESPUESTA" buena irreprochable” PREGUNTA:¿ dónde queda el lugar del puesto a donde labora usted? RESPUESTA" frente al puesto de él, cruzando la calle” PREGUNTA:¿ usted observo una actitud sospechosa de parte del ciudadano? RESPUESTA" en ningún momento” PREGUNTA:¿ llego a observar intercambio de dinero, como droga? RESPUESTA" no lo observe” PREGUNTA:¿ donde se encontraba usted? RESPUESTA" en mi puesto de trabajo y observe todo” PREGUNTA:¿ que observo? RESPUESTA" cuando llego la patrulla de civil” PREGUNTA:¿ qué funcionario? RESPUESTA" Poliguaicaipuro” PREGUNTA:¿ estuvo presente durante el procedimiento? RESPUESTA" si, me dirigí al puesto, hasta el final que se fueron” PREGUNTA:¿ usted observo si al joven se le encontró algún tipo de envoltorio, papel de aluminio? RESPUESTA" no, solo su pertenencia, sus tarjetas” PREGUNTA:¿ vio el procedimiento? RESPUESTA" si” PREGUNTA:¿ en ese lugar, a las adyacencia es el único puesto de teléfono? RESPUESTA" no, hay otros puestos de teléfono” PREGUNTA:¿tiene conocimiento que el joven haya sido objeto de otro procedimiento? RESPUESTA "si, unos funcionarios se le acercaron, y le quitaron unas tarjetas de teléfonos y hubo una denuncia”. PREGUNTA:¿ Informar al tribunal, con quien labora usted en el puesto? RESPUESTA" vendo hortalizas y mi hermano mas lo atendió yo? PREGUNTA:¿ de quién es el puesto? RESPUESTA" este yo lo laboro en medio día, mi hermano me ayuda después de medio día” PREGUNTA:¿ el día de los hechos con quien estaba? RESPUESTA" solo” PREGUNTA:¿ estaba solo y se fue a la acera del frente? RESPUESTA" si, un momentito” PREGUNTA:¿ el señor , desde cuanto tiempo tenia trabajando ahí, con los teléfonos? RESPUESTA" 2 Años PREGUNTA:¿usted dijo que lo conocía desde hace dos años? RESPUESTA" trabajando ahí 2 años” PREGUNTA:¿ porque lo conoce de antes? RESPUESTA" mi hermana vivía en palo alto desde niño lo conozco, no lo vi más hasta que empezó a trabajar con los teléfonos” PREGUNTA:¿ usted conoció del presunto incidente con unos funcionarios, observo el primero incidente? RESPUESTA" no, supe porque me lo dijeron” PREGUNTA:¿ quién se lo dijo? RESPUESTA" un amigo” PREGUNTA:¿ porque si estaba al frente, y no vio? RESPUESTA" el otro no, en ese mismo lugar, no estaba yo” PREGUNTA:¿ dónde queda su negocio , exactamente? PREGUNTA:¿ el hotel , el Banco Provincial más arriba la tintorería” PREGUNTA:¿ su establecimiento Esta en la acera del lado del Banco Provincial? RESPUESTA" 15, 20 metros” PREGUNTA:¿podría especificar? OBJECION de parte de la defensa quien la fundamenta: “La Fiscal, está confundiendo al testigo ya que no es experto, es todo” Seguidamente la Fiscal manifiesta: “en las actas esta señalado el establecimiento y señalo la Avenida Independencia”. Seguidamente La ciudadana Juez declara sin lugar la objeción. PREGUNTA:¿ dónde queda su negocio? RESPUESTA" en la bomba frente del banco provincial” PREGUNTA:¿ usted está frente la bomba? RESPUESTA" de la misma acera del banco Provincial vía a la Matica” PREGUNTA:¿ donde se estaciono la patrulla? RESPUESTA" de la redoma para acá, subiendo” PREGUNTA:¿conoce de algún ciudadano que observo el procedimiento” RESPUESTA" un ciudadano que venía pasando” PREGUNTA:¿ recuerda el señor” RESPUESTA" no, se”, PREGUNTA:¿ cómo era? RESPUESTA" joven” PREGUNTA:¿ los funcionario revisaron un koala y un bolso, puede dar las características? RESPUESTA" normal, no me acuerdo si era negro” PREGUNTA:¿ donde lo tenía? RESPUESTA" al lado del puesto” PREGUNTA:¿y el koala? RESPUESTA" al lado del bolso” PREGUNTA:¿ observo cuando se fueron los funcionarios” RESPUESTA" vi 2 funcionarios vestido de civil” PREGUNTA:¿ habían otros? RESPUESTA" 2 funcionarios” PREGUNTA:¿ conversaron con el ciudadano? RESPUESTA" no, hicieron el procedimiento de una vez” PREGUNTA:¿ lo abordaron directamente? RESPUESTA" SI” PREGUNTA:¿ Los había visto antes? RESPUESTA" no, le habían quitado una tarjetas telefónicas” PREGUNTA:¿ su establecimiento es cerrado o abierto? RESPUESTA" abierto” PREGUNTA:¿ a qué hora fue eso? RESPUESTA" como a las 9 de la noche” PREGUNTA:¿hay muchos establecimientos de teléfonos abierto a esa hora? RESPUESTA" bastante” PREGUNTA:¿ qué punto de referencia da usted para ubicar su negocio? RESPUESTA" AV, independencia” PREGUNTA:¿ recuerda si encontraron algún objetos que estaban en el bolso? RESPUESTA" no encontraron nada” PREGUNTA:¿y en el morral? RESPUESTA" igual nada” PREGUNTA:¿ solo las pertenencias? RESPUESTA" SI” PREGUNTA:¿usted afirma que el ciudadano fue golpeado? RESPUESTA "si,” PREGUNTA:¿ recuerda el funcionario que lo golpeo? RESPUESTA" no recuerdo al funcionario, y la mesa se la pegaron por la espalda” PREGUNTA:¿es decir un teléfono por la cabeza, cachetada, mesa por la espalda , y no recuerda las característica de los funcionarios? RESPUESTA" si, no recuerdo al funcionario” PREGUNTA:¿ a esa hora hay luz artificial? RESPUESTA" SI PREGUNTA:¿ otras personas observaron? RESPUESTA" las que estaban pasando” PREGUNTA:¿las conoces? RESPUESTA" NO”, porque yo guardo a alas 9 y media” PREGUNTA:¿si usted estaba en la otra acera como observo? RESPUESTA" si, había gente pero de las caras no me acuerdo” PREGUNTA:¿ que guardaba? RESPUESTA" lo mío, las hortalizas” PREGUNTA:¿ estaba guardando o a distancia? , OBJECION por parte de la defensa, fundamentándola en que: “Una vez que se el observo la patrulla el se acercó a ver que estaba sucediendo y otras personas se quedaron encargada del lugar, es todo” Seguidamente la ciudadana Fiscal manifiesta que “el ciudadano nunca ha dicho que alguien se encargo del lugar, sin embargo inmediatamente se acerco al ver el procedimiento, el ministerio público se pregunta cómo puede estar en dos sitos en su mismo tiempo, es todo”. Seguidamente el Tribunal declara sin lugar la objeción. , PREGUNTA:¿ ya que usted trabaja hay desde hace 10 años y 2 Carlos, usted conoce a los demás? RESPUESTA" SI” PREGUNTA:¿ estaban en el sitio alguna persona que usted conoce? RESPUESTA" no “PREGUNTA:¿ donde guarda la mercancía RESPUESTA" en un estacionamiento, todas las noches, y cierra a las nueve y media y abre a las 7” PREGUNTA:¿ tope para guardar la mercancía” RESPUESTA" SI a las 10 de la noche”, PREGUNTA:¿tiene relación Familiar con el ciudadano acusado? RESPUESTA" no. PREGUNTA:¿ a qué hora fue eso? RESPUESTA" 9 de la noche” PREGUNTA:¿ cómo era el tráfico de vehículos a esa hora? RESPUESTA" siempre ahí hay trafico” PREGUNTA:¿ observo todo? RESPUESTA" si” PREGUNTA:¿ había interferencia por los vehículos que pasaban "? RESPUESTA “si, volumen de carro, pero se veía y venia la patrulla y la observe” PREGUNTA:¿ quién lo busco como testigo? RESPUESTA" por mi cuenta” PREGUNTA:¿ vio? RESPUESTA" lo dije” PREGUNTA:¿ a aparte del bolso que más se llevo la policía? RESPUESTA" lo montaron y se llevaron un civil,” PREGUNTA:¿ no vio que se quedo no, se quien se encargo? RESPUESTA" no vi me fui para mi puesto otra vez” PREGUNTA:¿ los funcionarios subieron algo? RESPUESTA" lo montaron y yo pase para el puesto” PREGUNTA:¿ todo el procedimiento lo observo? RESPUESTA" observe el procedimiento”.

  7. - La declaración de la ciudadana COLINA BELLO M.Z., Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.161.731, de profesión Técnico Radiólogo, 14 AÑOS de experiencia trabajo en el Seguro Social, La Juez procede a Juramentarlo e imponerlo del artículo 242 del Código Penal y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece el Falso testimonio y el delito en audiencia, procediendo la ciudadana a exponer: “Un viernes del año pasado venia hacia la bomba y me pare a llamar por teléfono y de repente llegaron funcionarios en una patrullas de civil y llegaron con abuso y empezaron a darle cachetada y me dijeron estamos haciendo procedimiento, y me quede viendo , lo revisaron y dijeron no hay nada y se lo llevaron de ahí, estábamos varios personas y nos pareció mal vi que no había nada y vi que no había más nada y espere que llegara alguien y bueno y llegaron familiar y yo no vi mas nada, es todo”

    A preguntas formuladas por cada una de las partes, el mismo manifestó: PREGUNTA:¿ nombre completo? RESPUESTA" Z.C.B., Técnico Radiólogo, 24 años y aquí y 14 aquí abajo” PREGUNTA:¿ se encontraba en el momento que ocurrieron los hechos RESPUESTA" si llamando por teléfono” PREGUNTA:¿ a qué hora? RESPUESTA" 9 de noche” PREGUNTA:¿ qué hacia? RESPUESTA" Llamando A Mi pareja” PREGUNTA:¿ desde hace cuanto tiempo llama desde ese sitio? RESPUESTA" bastante veces, 2 o 3 meses, era agradable” PREGUNTA:¿ cómo era la conducta del ciudadano? RESPUESTA" buen educado, echador de broma” PREGUNTA:¿ aparte del puesto, hay varios puestos de teléfonos más? RESPUESTA" VARIOS” PREGUNTA:¿usted observo una actitud sospechosa , intercambio de dinero, droga? RESPUESTA" nada mas las llamadas, nada raro” PREGUNTA:¿ se encontraba presente en el momento que se llevo a cabo el procedimiento? RESPUESTA" me dijeron que me fuera y dije no señor, y me quede” PREGUNTA:¿ qué incautaron , sustancia” RESPUESTA" no, le revisaron el koala y dijeron no hay nada” PREGUNTA:¿ cuántos funcionarios? RESPUESTA" 3 funcionario” PREGUNTA:¿ qué le encontraron en el koala? RESPUESTA" el dinero de la venta” PREGUNTA:¿manifestaron algo los funcionarios? RESPUESTA" aquí no hay nada” PREGUNTA:¿ llegaron con otra persona, como un testigo? RESPUESTA" no, solo 3 que se bajaron de la patrulla, y no llegaron con nadie” PREGUNTA:¿ conoce alguien que estuviera viviendo con usted? RESPUESTA" no, conozco a nadie” PREGUNTA:¿ cómo fue la actitud de esos funcionarios? RESPUESTA" muy agresiva, algo contra el, no normal, si va hacer a palo no me parece normal” PREGUNTA:¿ usted vio esto? RESPUESTA" si algo en contra, le pegaron un teléfono y tenían algo contra le querían hacer daño” PREGUNTA:¿ a qué hora fue eso? RESPUESTA" 8 o 9 de la noche PREGUNTA:¿ donde venia? RESPUESTA" de seguro hacia allá”. , se le cede la palabra a la Fiscal del Ministerio Publico, quien procede a realizar el interrogatorio de la siguiente forma: PREGUNTA:¿ donde reside? RESPUESTA" Residencia Río Arriba, San Pedro” PREGUNTA:¿ donde trabaja? RESPUESTA" al frete en el seguro” PREGUNTA:¿ en qué horario? RESPUESTA" 7 a 1 de la tarde” PREGUNTA:¿ después que sale que hace? RESPUESTA" estaba de cumpleaños y salía de parranda y nos quedamos por ahí” PREGUNTA:¿ es la ruta para su vivienda? RESPUESTA" no, compro ahí” PREGUNTA:¿ que compra , en que sitio? RESPUESTA" bebidas, comida” PREGUNTA:¿siempre a ese establecimiento a llamar por teléfono? RESPUESTA" si, a llamar por teléfono” PREGUNTA:¿ estaba comprando en ese lugar? RESPUESTA" yo estaba aquí al frete y cuando iba a comprar aproveche para allá llamar a mi pareja” .PREGUNTA:¿ indique donde estaba el puesto de teléfono? RESPUESTA" en la bomba al lado de un quiosco” PREGUNTA:¿ al frente de la bomba? RESPUESTA" al frente” PREGUNTA:¿ estaba al lado de bomba? RESPUESTA" al frente de la bomba” PREGUNTA:¿ en la acera de la bomba? RESPUESTA" al frente está el kiosco” PREGUNTA:¿ dónde? RESPUESTA" en la misma cera de la bomba, al borde de la carretera” PREGUNTA:¿ está muy lejos la redoma” RESPUESTA" no, está cerca” PREGUNTA:¿ cuando observo a los funcionario? RESPUESTA" llegaron en una patrulla roja PREGUNTA:¿ estaba identificada? RESPUESTA" si” PREGUNTA:¿ que tenía en el puesto? RESPUESTA" el dinero, tarjeta, los teléfonos” PREGUNTA:¿ otro objeto” RESPUESTA" no” PREGUNTA:¿usted dice que observo todo el procedimiento a qué distancia? RESPUESTA" no mucho, frete al kiosco, un metro”, PREGUNTA:¿ al frente? RESPUESTA" como dos metros” PREGUNTA:¿ otras persona observaron el procedimiento? RESPUESTA" si PREGUNTA:¿ habían más personas llamando por teléfono? RESPUESTA" 4 con migo” PREGUNTA:¿ observo si otra persona se fuera con ellos RESPUESTA" los funcionarios no, nos apartáramos y no estaban con otra persona” PREGUNTA:¿ observo cuando se lo llevaron? RESPUESTA" se lo llevaron solo, mas adelante tomaron un señor y se lo llevaron PREGUNTA:¿ recuerda las característica? RESPUESTA" no PREGUNTA:¿ estaba oscuro? RESPUESTA" si, solo la luz de la bomba” PREGUNTA:¿ revisaron un koala? RESPUESTA" un koala” PREGUNTA:¿usted espero a los familiares? RESPUESTA "si, me parecía injusto” PREGUNTA:¿ cómo lo ubicaron? RESPUESTA" me llego citación a mi casa” PREGUNTA:¿ cómo le llega? RESPUESTA "le dije a los familiares soy testigo, porque me parece eso injusto” PREGUNTA:¿ lo había visto con anterioridad, a eso familiares? RESPUESTA" le di mi teléfono” PREGUNTA:¿ las cosas del señor, las mesas se la llevaron? RESPUESTA" lo recogieron los familiares, lo que estaba tirado en el piso” PREGUNTA:¿ los funcionario los conocía? RESPUESTA "no” PREGUNTA:¿ después lo vio? RESPUESTA" no PREGUNTA:¿ no los vio mas no los reconozco” PREGUNTA:¿ llegaron golpeando, soy Fiscal, si los viera los reconoce? RESPUESTA" no,” PREGUNTA:¿ los tres los golpearan? RESPUESTA" uno solo, y les decían cosas feas” PREGUNTA:¿ en el interior del koala se escuchaba algo? RESPUESTA" se oía monedas y ellos dijeron no hay nada, todo no lo voltearon” PREGUNTA:¿ usted observo si vehículos se paraban a llamar? RESPUESTA" no vi, solo personas que nos parábamos a llamar” PREGUNTA:¿ vive cerca de los familiares? RESPUESTA" no sé donde viven” PREGUNTA:¿ ha tenido comunicación con los familiares? RESPUESTA" no, solamente cuando me llamaron a declara” PREGUNTA:¿ cuando la llamaron? RESPUESTA" hace 6 meses” PREGUNTA ¿cuando le llego la citación? RESPUESTA" para que presentara el 6 de noviembre” PREGUNTA:¿ quien le aviso? RESPUESTA" otro muchacho” PREGUNTA:¿ el nombre? RESPUESTA" me aviso al seguro, algún familiar” PREGUNTA:¿ concia al señor que lo aviso? RESPUESTA" lo he visto pasar por el sitio, trabaja por ahí, no sé si lo mandaron” PREGUNTA:¿ converso con otra persona de lo ocurrido” RESPUESTA" en el sitio” PREGUNTA:¿ el mismo que lo aviso? RESPUESTA" no, que estaba llamando, no los vi más? PREGUNTA:¿ lo vio? RESPUESTA" no, objeción defensa, la testigo dice no lo vio, la señora es testigo de la defensa asistió y la misma se le dijo no se pudo traer en su oportunidad. a lugar. PREGUNTA:¿ a las personas que estaban ahí , las ha visto en otra oportunidad RESPUESTA" no, al que siempre está por ahí. PREGUNTA:¿aparte del koala, había otro bolso? RESPUESTA" no que me acuerde” PREGUNTA:¿ todo lo que incauto? RESPUESTA" no nada, no incautaron nada” PREGUNTA:¿ lo del kiosco quedo allí RESPUESTA" si, quedo allí”.

  8. - La declaración del ciudadano: LEAL M.E.J.T. de la Cédula de Identidad Nº V- 14.140.627., de profesión u oficio Bombero de isla de gasolina independencia. Seguidamente la ciudadana Juez le explicó con palabras claras y sencillas el motivo de su presencia en el presente Juicio Oral y Privado, se procede a Juramentarlo e imponerlo del artículo 242 del Código Penal y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece el Falso Testimonio. Seguidamente el ciudadano expone: Yo estaba trabando eran como las nueves, de repente llegaron unos funcionarios de civil y pegaron a C.D. la cabeza contra la mesa, le partieron un teléfono en la cabeza, lo esposaron, le metieron la mesa de los teléfonos por la espalda y llego una jaula y se lo llevaron, es todo.”

    A preguntas formuladas Seguidamente la ciudadana juez cede le cede la palabra a la Defensa, quien procede a interrogar de la siguiente forma: palabra a la Defensa, quien procede a interrogar de la siguiente forma: PREGUNTA:¿ podría decir su nombre completo? RESPUESTA “EDUARDO MARIN, CARRIZAL BARRIO BOLIVAR “ PREGUNTA:¿:¿podría decir exactamente donde trabaja? RESPUESTA “calle independencia estación de servicio independencia al frete del banco provincial. “ PREGUNTA:¿ cuál es su función’? RESPUESTA “ Bombero “ PREGUNTA:¿ podría decirnos cuanto tiempo lleva trabajando en esa bomba RESPUESTA “ cuatros años “ PREGUNTA:¿ podría decirnos cuál es su horario de trabajo? RESPUESTA “de una a diez “PREGUNTA:¿ podría decirnos a qué hora sucedieron los hechos? RESPUESTA “como a las nueves de la noche “ PREGUNTA:¿ que observo usted? RESPUESTA “en el momento en que llegan los funcionario de civil y lo pegan contra la mesa y le pegan el teléfono por la cabeza y le meten la mesa contra la espalda y lo tiran dentro de la jaula. “ PREGUNTA:¿ usted vio de que cuerpo eran los funcionarios actuantes? RESPUESTA “los vi de civil, pero llego una jaula de Poliguaicaipuro, donde se lo llevaron. “ PREGUNTA:¿ cuántos funcionarios vio usted?. RESPUESTA “como tres “ PREGUNTA: ¿usted vio que estos funcionaros incautaran algo de interés criminalistico, como droga? RESPUESTA “no “PREGUNTA:¿ usted vio que le incautaran algo? RESPUESTA “nada“ PREGUNTA :¿estos funcionarios estaban con un testigo cuando realizaban el procedimiento? RESPUESTA “ no. cuando se iban agarraron un señor que venía pasando y se lo llevaron. “ PREGUNTA:¿ esa ´persona observo el procedimiento? RESPUESTA “no, allí estaba una señora llamando por teléfono y la mandaron a quitares “ PREGUNTA:¿cuántos años tiene conociendo al joven C.A.? RESPUESTA “como dos años y pico “ PREGUNTA:¿ de dónde lo conoce? RESPUESTA “de ahí del puesto de teléfono, hace como dos años “PREGUNTA:¿ cómo es la conducta del joven Carlos? RESPUESTA “muy tratable, respetuoso “ PREGUNTA:¿ cuál es la distancia entre su puesto de trabajo y la del puesto de teléfono? RESPUESTA “cerca como de tres metros. “ PREGUNTA:¿ que hizo usted al momento de la actuación policial? RESPUESTA “cuando se lo llevan llame al papa, ya que lo conozco porque equipa en la bomba ya que es taxista“ PREGUNTA:¿ usted observo algún intercambio de dinero por paquetes, gente que se paraba y dejaba dinero sin llamar? RESPUESTA “no” PREGUNTA:¿cómo era la conducta del ciudadano? RESPUESTA “era tratable“ PREGUNTA:¿ hay más puestos de teléfonos a las adyacencias? RESPUESTA “si, como seis”. PREGUNTA:¿ podría decir cuál es su horario de trabajo? RESPUESTA “ si, de una a diez , y también es rotativo, “ PREGUNTA:¿ qué tiempo llego la jaula? RESPUESTA “como cinco minutos “ PREGUNTA:¿cómo llegaron los funcionarios? RESPUESTA “llegaron a pie, y luego llego la jaula que fue donde lo montaron.“ PREGUNTA:¿ de donde era la jaula y que color? RESPUESTA “de Poliguaicaipuro y era roja “ PREGUNTA:¿ la señora que estaba hablando por teléfono se quedo a observar el procedimiento? RESPUESTA “si más alejada “ PREGUNTA:¿ usted conoce a la señora? RESPUESTA “no, y tampoco me acuerdo de su cara“ PREGUNTA:¿ cómo tuvo conocimiento para ser testigo? RESPUESTA “siempre voy al papa y me dijo que si quería ser testigo y le respondí que si“ PREGUNTA:¿ la zona esta oscura o hay luz? RESPUESTA “la bomba tiene luz y alumbra toda hacia la calle por seguridad. “ PREGUNTA:¿ usted observo si le hicieron una revisión corporal? RESPUESTA “ no “ PREGUNTA:¿ usted observo la actuación de la policía pero no cuando lo revisaron? RESPUESTA “no “ PREGUNTA:¿ usted dice que llamo a su papa? RESPUESTA “ si “ PREGUNTA:¿ y este progenitor llego al sitio?. RESPUESTA “si“ PREGUNTA:¿ usted dice que lo golpearon, cuantas veces lo golpearon? RESPUESTA “dos veces primero con el teléfono por la cabeza, y después le rompieron la mesa en la espalda “ PREGUNTA:¿ pero le rompieron la mesa? RESPUESTA “si porque la mesa era de plástico, para mí la rompieron“ PREGUNTA:¿qué poso con los teléfonos? RESPUESTA “de lo llevaron todo“ PREGUNTA:¿ usted dice que eran funcionarios y que e.a.? RESPUESTA “tenían placas y el revólver en la cintura“ PREGUNTA:¿ los que estaban en la jaula eran los mismo que lo detuvieron? RESPUESTA “eran tres más el de la jaula cuatro“ PREGUNTA:¿ el de la jaula se bajo? RESPUESTA “no“ PREGUNTA:¿ usted observo un señor? RESPUESTA “el que montaron“ PREGUNTA:¿ cómo cuanto duro el procedimiento? RESPUESTA “como media hora “ PREGUNTA:¿ y porque usted dice un ratico? RESPUESTA “ al momento que llego la jaula, a lo que llego la jaula enseguida lo metieron; “ PREGUNTA:¿ donde venia la jaula, en qué sentido? RESPUESTA “venia hacia arriba, debe ser que dio la vuelta“ PREGUNTA:¿ usted observo si alguien se quedo a comentar los acontecimiento? RESPUESTA “no, solo la señora que ellos apartaron“ PREGUNTA:¿ esa persona se quedo hasta que llegaron los familiares? RESPUESTA “no, hay solo llego el papa“ PREGUNTA:¿ como a qué hora termino el procedimiento? RESPUESTA “como a las nueve y veinte “ PREGUNTA:¿ qué distancia hay de tu puesto a del teléfono? RESPUESTA “como tres metros“ PREGUNTA:¿ la bomba esta al frete del banco provincial? RESPUESTA “si al frente“ PREGUNTA:¿el ministerio publico desea saber si hay mas puesto de comercio informal ahí? RESPUESTA “si, ventas de películas y más puestos de teléfonos. “ PREGUNTA:¿ hay ventas de hortalizas cerca o ventas de comida? RESPUESTA “no que yo sepa“ PREGUNTA:¿ al señor que montaron como era? RESPUESTA “no lo vi “ PREGUNTA:¿ dónde estaba el señor? RESPUESTA “venia pasando y lo montaron. “ PREGUNTA:¿ habían detenido a otras personas ahí? “ RESPUESTA” no, ellos llegaron directo al puesto”. PREGUNTA:¿la luz que tiene la bomba hasta donde llega? RESPUESTA “solo hasta la acera“ PREGUNTA:¿ de la bomba se logra ver el orto lado de la calle? RESPUESTA “no“ PREGUNTA:¿ usted conoce a todos los que laboran en la zona? RESPUESTA “algunos“ PREGUNTA:¿ conoce al señor G.G.? RESPUESTA “no “PREGUNTA:¿ podría indicar la actitud de los policías? RESPUESTA “ellos llegaron de civil y lo metieron de cabeza, le pegaron el teléfono por la cabeza, lo esposaron y le partieron la mesa en la espalda y lo tiraron en la jaula“ PREGUNTA:¿ en qué tiempo paso todo eso? RESPUESTA “en veinte minutos“ PREGUNTA:¿ quiénes estaban ahí? RESPUESTA “al momento estaba solo. Nada más la señora que después se fue“ PREGUNTA:¿ cómo era el señor que se llevaron? RESPUESTA “no logre observarlo“ PREGUNTA:¿ logro observar que se llevaron los funcionarios? RESPUESTA “nada mas los teléfonos.”

  9. - La declaración del ciudadano R.P.G.A.T. de la Cédula de Identidad Nº V- 19.014.209, de profesión u oficio comerciante. La ciudadana Juez le explicó con palabras claras y sencillas el motivo de su presencia en el presente Juicio Oral y Privado, se procede a Juramentarlo e imponerlo del artículo 242 del Código Penal y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece el Falso Testimonio. Seguidamente el ciudadano R.P.G.A. expone al respecto: venia subiendo de la matica como a las ocho y media y vi que se pararon unas motos , y pararon al señor del puesto de teléfono, y me dijeron que me parara, y vi que tenían dos sobrecitos en una mano y el bolso en la otra, no me di cuenta si la sacaron del bolso, solo que la tenían en la mano, y yo venía un poco ebrio porque me estaba tomando unas cerveza en la matica, no estaba muy pendiente del caso, entonces uno de los policías me dio la cedula y me fui, mas adelante cuando estaba en la parada me fue a buscar otro policía y me dijo te tienes que venir con nosotros porque tú eres testigo en este caso, y yo le dije me voy con ustedes pero me tiene que llevar a mi casa, y me dijo que no había problema. Me llevaron a declarar y me soltaron como a las doce y me regalaron veinte mil para que me fuera. Es todo”.

    A preguntas formuladas por cada una de las partes el mismo manifestó: PREGUNTA:¿ qué distancia hay de la redoma hasta donde lo abordaron los policías? RESPUESTA “como treinta o cuarenta metros“ PREGUNTA:¿ dónde estaba el puesto de teléfono? RESPUESTA “ al lado de la carretera, frente a la bomba , subiendo después del kiosco. “ PREGUNTA:¿ en el puesto de teléfono había gente a su alrededor? . RESPUESTA “cuando yo subí solo vi a los policías, y ellos pararon como a tres y lo revisaron“ PREGUNTA:¿ observo alguna dama en el kiosco? RESPUESTA “no recuerdo, no vi a nadie“ PREGUNTA:¿ la estación de servicio está abierta o cerrada? “ PREGUNTA:¿ estaba abierta “ PREGUNTA:¿ había luz? RESPUESTA “con la luz de la bomba“ PREGUNTA:¿ usted señala que había un bolso, recuerda el color? RESPUESTA “como negro, azul oscuro“ PREGUNTA:¿ cuántos funcionarios eran? RESPUESTA “cuatro“ PREGUNTA:¿ usted señala que los trasladan? RESPUESTA” si después llego una jaula roja“ PREGUNTA:¿ tenían alguna persona sometida? RESPUESTA “al dueño del puesto de teléfono, lo tenían contra la reja y cuando le enseñan la bolsita empezó a gritar que no era de el“ PREGUNTA:¿ usted observo esos sobres? RESPUESTA “eran como los sobrecitos trasparente, no vi que tenían adentro“ PREGUNTA:¿ que decían los policías? RESPUESTA “agarraron a un muchacho y le dijeron tu vienes a comprar y el muchacho se puso a llorar, parecía sano“ PREGUNTA:¿ usted sabia que estaban hablando de drogas? RESPUESTA “no “ PREGUNTA:¿ y qué iba a comprar? RESPUESTA “ me imagino que droga , ya que era un allanamiento. “PREGUNTA:¿ cuál fue la actitud del ciudadano dueño del puesto de teléfono hacia los policías? RESPUESTA “los policías lo tenían contra la reja y cundo el empezó a gritar el policía le dijo, eso lo haces para que la gente crea que uno lo está sembrando“ PREGUNTA:¿ además del bolso que más había? RESPUESTA “los teléfonos, cuando empezaron a recoger yo me fui, y un policía me dijo que lo tenía que acompañar hasta el comando y ya lo tenían en la jaula con el puesto completo. “ PREGUNTA:¿ usted observo si con uno de estos teléfonos golpearan al ciudadano? RESPUESTA “no, vi“ PREGUNTA:¿ usted observo cundo llegaron los funcionarios, como llegaron? RESPUESTA “cuando los vi ya estaban las motos ahí paradas, se estaban bajando de las motos.“ PREGUNTA:¿qué hacia usted? RESPUESTA “nada tomándome la cerveza“ PREGUNTA:¿ había más comercio informal abiertos? RESPUESTA “por ahí cerca no, solo el centro hípico que esta mas adelante.“ PREGUNTA:¿ en la misma cuadra había más venta de teléfono? RESPUESTA “no“ . PREGUNTA:¿ podría decir su nombre y a que se dedica? RESPUESTA “ROMERO P.G.A. y me dedico a la venta de pollo” PREGUNTA:¿de dónde venía usted ciudadano? RESPUESTA “de la matica del sector vuelta larga, estaba en una cancha de bolas y me estaba tomando unas cerveza allá. “ PREGUNTA:¿ como a qué hora venia de regreso? RESPUESTA “ como a las ocho y media a nueve “ PREGUNTA:¿ qué fue lo que sucedió cuando usted venia de regreso?. RESPUESTA “yo venía de la matica y se estaban bajando unos policías de la moto, y en eso uno de los policías me pidió la cedula y me dijo te paras por allá, y estaban revisando al dueño del kiosco y cuando yo volteo tenían unas bolsitas en la mano y en la otra el bolso, yo no vi la sacaron del bolso, pero supuestamente la sacaron del bolso y le muchacho empezó a gritar que eso no era del, y le dieron por la cabeza y e dijeron cállate vas a gritar para que la gente crea que te sembramos, yo le pedí mi cedula a uno de los policías y me fui, cuando estaba en la parada me fue a buscar otro policía y me dijo que tenía que acompañar porque yo era testigo.“ PREGUNTA:¿ porque usted dice supuestamente le encontraron la droga? RESPUESTA “porque yo no vi cuando la sacaron del bolso“ PREGUNTA:¿podría repetir lo que dijo? RESPUESTA “o sea el bolso estaba en la mesa y cuando yo volteo el policía tenía dos o tres paqueticos en la mano y dijo mira lo que le encontramos. Que fue cundo el empezó a gritar, por eso digo supuestamente, porque yo no vi cuando lo sacaron“ PREGUNTA:¿usted manifiesta que cuando usted llego ya habían funcionarios en el puesto de teléfono? RESPUESTA “no, cundo yo venía llegando se estaban bajando de las motos, y yo vi cuando lo pararon y lo pusieron contra las rejas, yo venía subiendo y es cuando me llaman, y me piden la cedula“ PREGUNTA:¿ qué le manifestaron esos funcionarios? RESPUESTA “nada, me dijeron para te para allá, y yo me seguí tomando la cerveza, como o venia un poco prendido“ PREGUNTA:¿ qué personas se encontraba en ese lugar, ya habían funcionarios? RESPUESTA “ya le dije que estaban llegando en las motos, y después llegaron refuerzo“ PREGUNTA:¿ cómo era la actitud de esos funcionarios actuantes? RESPUESTA “le pegaron cuando empezó a gritar“ PREGUNTA:¿usted manifiesta que se fue? RESPUESTA “ sí, yo le pedí mi cedula a unos de ellos, y me fui a la parada, y luego me fueron a buscar porque yo era testigo y me metieron en la jaula“ PREGUNTA:¿ usted observo la revisión de ese bolso y que se halla incautado alguna sustancia de interés criminalística? RESPUESTA “no, yo no vi que la hayan sacado del bolso, yo estaba mirando para otro lado y cuando volteo el policía dice mira lo que me conseguí, tenía el bolso con una mano y en la otra las bolsitas. PREGUNTA:¿ cuando usted llega al puesto de teléfono había más persona ahí? RESPUESTA “solo los policías“ PREGUNTA:¿ usted podía ver todo lo que estaban haciendo los policías? RESPUESTA “más o menos, como había poco luz y estaba un poco ebrio, pero si vi más o menos todo.“ PREGUNTA:¿ usted vio cuando los policías le pegaron la mesa por la espalda al ciudadano? RESPUESTA “no “ PREGUNTA:¿ vio donde colocaron los teléfonos? RESPUESTA “no, porque yo me fui y no vi, pero si estaban recogiendo el puesto”. PREGUNTA ¿ le tomaron acta de entrevista? RESPUESTA “si “ PREGUNTA:¿ usted leyó lo que firmo? RESPUESTA “ solo las primeras hojas, tenía mucho sueño“ PREGUNTA:¿usted vio un bolso o un koala? RESPUESTA “un bolso como negro, pequeño“ PREGUNTA:¿ dónde estaba ese bolso? RESPUESTA “encima de la mesa “.

    PRUEBAS DOCUMENTALES

  10. - Reconocimiento Médico Legal Nº 9700-113-RL-419 de fecha 31-10-2007, suscrita por el experto A.A., adscrita al Área Técnica Policial, Sub-delegación Los Teques, del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, la cual fue solicitada bajo la supervisión de la Fiscal Décimo Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a unas piezas que guardan relación con las actas procesales distinguidas con el número H-656.864, donde se deja constancia de lo siguiente: Conclusiones: en base al estudio realizado a la pieza recibida podemos concluir:

  11. -La pieza antes descrita, en los numerales 01, 02, 03, 04, 05, 06 y 07 corresponden a aparatos electrónicos diseñados para establecer la comunicación entre dos o más personas de manera verbal, escrita o graficar con otro sistema comunicación que utilicen la misma tecnología-

  12. -Las piezas entes descritas en el numeral 08, corresponden a cargadores eléctricos para el suministro de energía a aparatos telefónicos.

  13. -La pieza antes descrita en el numeral 09, corresponde a un bolso de los comúnmente utilizados para el resguardo y traslado de útiles escolares conocido como Morral.

  14. -La pieza antes descrita en el numeral 10, corresponde un receptáculo en el que se guardan objetos de menor tamaño.

  15. -La pieza antes descrita en el numeral 11, corresponde a una mesa plástica.

  16. -La pieza antes descrita en el numeral 12, corresponde a un paraguas utilizado para el resguardo de personas y objetos en momentos de lluvia.

  17. -La pieza antes descrita en el numeral 13, corresponde a un banco pequeño para el descanso de personas.

  18. - Experticia Química Botánica Nº 9700-130-8595, de fecha 03-12-2007, suscrita por suscrita por los expertos Farmacéuticos A.G.E. y KARIBAY DEL VALLE RIVAS, adscritas a la Dirección de Toxicología Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, le fue practicada a una sustancia incautada al ciudadano M.A.C.E. toda vez que la misma arrojo como resultado lo siguiente: -Descripción: Una (01) bolsa elaborada en material sintético de colores blanco y azul con múltiples inscripciones donde se puede leer entre otras cosas “SERVICIO PAN AMERICANO” atada a su extremo con un precinto de seguridad elaborado en plástico de color gris Nº 201329, en cuyo interior se encuentran: A) Tres (03) envoltorios elaborados en papel aluminio, B) Dieciocho (18) envoltorios elaborados en papel aluminio; -Contenido: A) Sustancia de color beige en forma compacta, B) Sustancia de color beige en forma compacta; -Peso neto: A)doscientos miligramos(200), B)dos (02) gramos con ochocientos (800) miligramos; -Componentes: A) Cocaína base crack, B) Cocaína base crack

    ANALISIS DE LOS MEDIOS DE PRUEBA

    Ahora bien, analizados todos y cada uno de los medios de prueba recibidos en base al Principio de Inmediación en el juicio oral y Público, este tribunal apreció el acervo probatorio presentado por la Representante del Ministerio Público y por la defensa Pública, según la sana crítica de quienes deciden, observando para ello las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, es decir, fueron valoradas y decantadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 del Código orgánico Procesal Penal, y en tal sentido estima acreditado los siguientes hechos, conforme con lo establecido en el artículo 364 Eiusdem, a saber:

  19. - La declaración del funcionario URBAEZ RAFAEL, expone al respecto: “me encontraba laborando en la patrulla. 009, en la avenida independencia como a eso 830 a 930 de la noche, y habían llamado a la división y nos indicaron que un ciudadano se en encontraba vendiendo droga, mi compañero EGAR SAMIENTO y MARCANO JAIRO, y yo nos acercamos al ciudadano presente, nos identificamos como funcionario, ya que estábamos trabajando de civil, y le pedimos identificación y fue grosero, el funcionario MARCANO JAIRO le hizo el cacheo amparado en el articulo 205 y se le encontró, mi compañero MARCANO JAIRO en el bolsillo delantero 3 bolsa de presunto crack y en bolso había un frasco de polvos ortobóricos con 18 envoltorio presunto crack y el mismo tenía un toldo de teléfono y se dirigió a operación, el toldo la mesa y el bolso, y tenía como 110 o 120 mil bolívares, es todo

    A preguntas formuladas por cada una de las partes, el mismo manifestó: PREGUNTA:¿ recuerda la fecha? RESPUESTA" 21 de septiembre 2007” PREGUNTA:¿ comenzó la exposición dijo que tiempo tenía como funcionario? RESPUESTA" 1año 8 Meses” PREGUNTA:¿ labora como investigador? RESPUESTA" si, trabajamos de civil, trabajar a la persona, seguimos la denuncia, el recorrido de rutina y montamos a la persona para ver si es cierto sobre las denuncias que nos hacen” PREGUNTA:¿ es encubierto? RESPUESTA" de civil, pero sabemos que posee algo nos identificamos” PREGUNTA:¿ hacer constar, averiguan de la denuncia si es verdad? RESPUESTA" si “PREGUNTA:¿ además de la actuación del funcionario MARCANO JAIRO había otro funcionario? RESPUESTA" E.S.” PREGUNTA:¿ testigo? RESPUESTA" si PREGUNTA:¿ recordara quien lo busco los testigos? RESPUESTA" el funcionario E.S.” PREGUNTA:¿ donde lo encontraron? RESPUESTA" el ciudadano venia hacia los Teques, de redoma a los Teques” PREGUNTA:¿ distancia? RESPUESTA" 100 metros” PREGUNTA:¿ incautación de sustancia, bolsillo derecho de qué? RESPUESTA" el pantalón “PREGUNTA:¿ otro objeto? RESPUESTA" un bolso negro” PREGUNTA:¿ cuándo realizan la revisión corporal y del bolso, estaba presente el testigo? RESPUESTA" si el testigo y el funcionario” PREGUNTA:¿ llevan todo a operaciones, además del dinero y la sustancia, que otro objeto? RESPUESTA" los teléfonos PREGUNTA:¿ qué hacen con eso? RESPUESTA" hacer las actuaciones” PREGUNTA:¿ qué hacen? RESPUESTA" se lleva al Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales Y Criminalísticas” PREGUNTA:¿ para qué? RESPUESTA" hacer la revisión” PREGUNTA:¿ conocía al ciudadano? RESPUESTA" no PREGUNTA:¿ había escuchado el nombre? RESPUESTA" en ningún momento”. PREGUNTA:¿podría indicar su nombre? RESPUESTA "URBAEZ RAFAEL” PREGUNTA:¿ oficio? RESPUESTA" oficial o3 de Poliguaicapuro” PREGUNTA:¿qué tiempo tiene laborando? RESPUESTA" un año y ocho meses” PREGUNTA:¿ donde fue el procedimiento? RESPUESTA" avenida independencia al lado de la bomba” PREGUNTA:¿ cuántos funcionario se encontraba en ese procedimiento a parte de usted? RESPUESTA" 2, Oficiales, E.S. y Marcano Márquez” PREGUNTA:¿ donde se encontraba usted? RESPUESTA "en la unidad patrullaje 009” PREGUNTA:¿ cómo tuvieron conocimiento? RESPUESTA" llamada telefónica, ciudadanos que se percataban” PREGUNTA:¿ donde recibieron esa llamada? RESPUESTA" en un número telefónico de División de Investigaciones en el numero” PREGUNTA:¿ se sabe el numero? RESPUESTA" no lo tengo en memoria” PREGUNTA:¿ cómo se realiza el procedimiento? RESPUESTA" estábamos realizando el recorrido, nos amparamos en el artículo 205, se le encontró en el bolso el presunto crack, las 3 bolsa en bolsillo derecho y nos dirigimos a la comisaría” PREGUNTA:¿ qué dice el artículo 205? RESPUESTA" no tengo conocimiento, nos amparamos en el artículo para la revisión de la persona, todo no me lo sé” PREGUNTA:¿ usted en algún momento le manifestó porque era objeto de la inspección? RESPUESTA" no entiendo” PREGUNTA:¿ le manifestó por que le realizaban la inspección RESPUESTA" el testigo, el presencio todo lo incautado yo estaba en custodia y estaba el testigo y observo lo incautado” PREGUNTA:¿si usted tiene conocimiento si antes del procedimiento de fecha 21-9-2007, a las 9 de la noche, se le había realizado algún tipo de procedimiento por parte de la policía del Municipio Guaicaipuro a este ciudadano? RESPUESTA" muy lagar la pregunta” PREGUNTA:¿ se le realizo anteriormente otro procedimiento parecido a este sujeto por ese mismo ente? RESPUESTA" no tengo conocimiento”. PREGUNTA:¿ le indicaron las característica? RESPUESTA" si, estaba de buhonero, el teléfono PREGUNTA:¿ le encontraron 3 bolsa en el bolsillo y en el bolso? RESPUESTA" pote de polvos ortoboricos con 18 envoltorio de presunto crack? PREGUNTA:¿ quién lo revisó? RESPUESTA" E.S.” PREGUNTA:¿ conocían al ciudadano, algún funcionario RESPUESTA" no creo” PREGUNTA:¿ A QUE HORA RESPUESTA" 8:30 a 9:30 de la noche.

  20. - La declaración del experto ciudadano A.A., titular de la Cédula de Identidad número V-10.279.258, adscrito al Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales Y Criminalísticas, área técnica. La ciudadana Juez le explicó con palabras claras y sencillas el motivo de su presencia en el presente Juicio Oral y Privado, se procede a Juramentarlo e imponerlo del artículo 242 del Código Penal y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece el Falso Testimonio. Seguidamente el funcionario A.A. : expone al respecto a la experticia 9700 113-RL-419 de fecha 31 de octubre de 2007, la presente inspección es realizada por mí, es un reconocimiento legal, y la finalidad es dejar constancia de la existencia, el uso al cual están destinados y de las característica más importante, se le realizo a 7 teléfonos celulares, seis teléfonos digitales móviles y un teléfono inalámbrico fijo, describo en la inspección el estado en que se encontraban y corresponde a establecer conversación con tecnología entre dos o más personas vía mensajes de texto o verbal, 8 y 6 cargadores que corresponde al sistema de conexión eléctrica, un bolsa tipo morral , resguarda y trasportar pieza y de igual o menor volumen, un receptáculo acordeón está diseñada para introducir objetos de menor o igual volumen, mesa de material sintético armable, corresponde a un soporte de alimentos o resguarda objeto varios , 12 paraguas regalar tamaño, para resguardar al hombre del medio ambiente precipitaciones, 13, un banco con 4 partas un soporte para que las personas se siente. Es todo”.

    A preguntas formuladas por cada una de las partes, el mismo manifestó: PREGUNTA:¿ podría indicar el numero de la experticia y la fecha en que corresponde? RESPUESTA" es la número 9700-113-rl419, la misma fue realizada en los Teques fecha 31-10-2007” PREGUNTA:¿ la firma es suya? RESPUESTA" si es mi firma” PREGUNTA:¿usted realizo la experticia? RESPUESTA" si la realice” PREGUNTA:¿ todos los objeto en que estrado se encontraba? RESPUESTA" en buen estado de conservación" PREGUNTA:¿ tipo morral como estaba? RESPUESTA" regular estado de conservación” PREGUNTA:¿ no estaba roto? RESPUESTA" se deja constancia? PREGUNTA:¿ qué haces? RESPUESTA" dejar Constancia” PREGUNTA:¿ otra cosa? RESPUESTA" individualizar las piezas” PREGUNTA:¿ cómo, cuando se hace? RESPUESTA" se presenta la comisión con un oficio, lo recibo, tomo nota y realizo el informe, en base al peritaje” PREGUNTA:¿ cuando llega el procedimiento? RESPUESTA" se realiza de una vez” PREGUNTA:¿todo tipos de procedimiento? RESPUESTA" todos tipos de procedimientos le hacemos el peritaje” PREGUNTA:¿ porque la devuelven? RESPUESTA" el organismo quien la remite, le hacemos el peritaje pare que continúen en resguardo del organismo”. PREGUNTA:¿ las característica del bolso? RESPUESTA" negro, varios de compartimiento, tipo moral, Asa para su traslado el la espalda o en la mano PREGUNTA:¿realizan alguna otra experticia? RESPUESTA" solo la que solicitan, en este caso solo de reconocimiento”.

  21. - Reconocimiento Médico Legal Nº 9700-113-RL-419 de fecha 31-10-2007, suscrita por el experto A.A., adscrita al Área Técnica Policial, Sub-delegación Los Teques, del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, la cual fue solicitada bajo la supervisión de la Fiscal Décimo Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a unas piezas que guardan relación con las actas procesales distinguidas con el número H-656.864, donde se deja constancia de lo siguiente: Conclusiones: en base al estudio realizado a la pieza recibida podemos concluir:

  22. -La pieza antes descrita, en los numerales 01, 02, 03, 04, 05, 06 y 07 corresponden a aparatos electrónicos diseñados para establecer la comunicación entre dos o más personas de manera verbal, escrita o graficar con otro sistema comunicación que utilicen la misma tecnología-

  23. -Las piezas entes descritas en el numeral 08, corresponden a cargadores eléctricos para el suministro de energía a aparatos telefónicos.

  24. -La pieza antes descrita en el numeral 09, corresponde a un bolso de los comúnmente utilizados para el resguardo y traslado de útiles escolares conocido como Morral.

  25. -La pieza antes descrita en el numeral 10, corresponde un receptáculo en el que se guardan objetos de menor tamaño.

  26. -La pieza antes descrita en el numeral 11, corresponde a una mesa plástica.

  27. -La pieza antes descrita en el numeral 12, corresponde a un paraguas utilizado para el resguardo de personas y objetos en momentos de lluvia.

  28. -La pieza antes descrita en el numeral 13, corresponde a un banco pequeño para el descanso de personas.

  29. - La declaración Inmediatamente, se hace pasar: al ciudadano SARMIENTO ROJAS E.D., titular de la Cédula de Identidad número V-12.730.876, adscrito al adscrito al División de Investigación de la Policía del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda. La ciudadana Juez le explicó con palabras claras y sencillas el motivo de su presencia en el presente Juicio Oral y Privado, se procede a Juramentarlo e imponerlo del artículo 242 del Código Penal y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece el Falso Testimonio. Seguidamente el funcionario SARMIETO ROJAS E.D., expone al respecto: “Eso fue 21 de septiembre como a las 9:15 de la noche, se recibió llamada donde manifiestan que en un puesto de teléfonos de alquiler un ciudadano vendía sustancia estupefaciente, montamos un trabajo ahí, eso fue exactamente frete al banco provincial, frente a la bomba, como a 80 metros de la redoma de Matica, observamos que llegaba gente y no hacían llamadas, le solicitamos la identificación al ciudadano tomo una actitud agresiva, le hago el cacheo de un pantalón marrón 3 envoltorio y en el bolso un frasco de polvo ortoboricos de tenia 18 envoltorio de presunta droga tipo crack, cuatro envoltorio de presunta marihuana lo llevamos al comando y llamamos a la Fiscalía de guardia, es todo”.

    A preguntas formuladas por cada una de las partes, el mismo manifestó: PREGUNTA:¿ cuál es su trabajo? RESPUESTA" Investigación” PREGUNTA:¿ qué hace la investigación? RESPUESTA" trabajar en la comunidad, con delitos, cualquier delito” PREGUNTA:¿ hay un director? RESPUESTA "si” PREGUNTA:¿ cómo es el trabajo? RESPUESTA" tenemos un rol de guardia, por grupo” PREGUNTA:¿ observaron los movimiento que antecedieron a la aprensión del ciudadano? RESPUESTA" los movimientos, se veía dudosa la forma como actuaba”, PREGUNTA:¿ quién realizo la inspección? RESPUESTA" mi persona” PREGUNTA:¿ cómo actúan? RESPUESTA" son llamadas anónimas y damos el número telefónico” PREGUNTA:¿ había testigo? RESPUESTA: “si venia un ciudadano de la redoma de la Matica hacia el centro” PREGUNTA:¿ quien le dijo que si quería ser testigo? RESPUESTA" los funcionarios que actuaron conmigo” PREGUNTA:¿ fue obligado? RESPUESTA" no en ningún momento” PREGUNTA:¿ puede indicar los nombres de los funcionario que actuaron con usted en este procedimiento? RESPUESTA" M.M. y Leonardo Báez” PREGUNTA:¿ alguna otro evidencia que usted recuerde? RESPUESTA" un bolso, teléfonos, y un dinero” PREGUNTA:¿ era mucho, recuerda la cantidad? RESPUESTA" como 120 mil bolívares” PREGUNTA:¿ esa persona era agresiva? RESPUESTA" no quería dejarse requisar y decía palabras obscenas” PREGUNTA:¿ lo agredieron? RESPUESTA" no” PREGUNTA:¿la revisión la presencio el testigo? RESPUESTA" si PREGUNTA:¿ ese testigo rindió declaración? RESPUESTA" si PREGUNTA:¿ cual s son la rutina? RESPUESTA" se lee los derechos, se llama a la fiscal” PREGUNTA:¿ había visto al ciudadano , el nombre? RESPUESTA" en ningún momento PREGUNTA:¿podrías indicarnos su nombre? RESPUESTA" EGAR SARMIENTO” PREGUNTA:¿ cuál es su función en la policía? RESPUESTA" investigación” PREGUNTA:¿ donde lo realizo, el procedimiento? RESPUESTA" av. independencia, frete al banco provincial PREGUNTA:¿ cuántos funcionarios actuaron aparte de su persona? RESPUESTA" dos funcionarios, J.M. Y Leonardo Urbaez” PREGUNTA:¿ cómo se lleva el procedimiento? RESPUESTA" llamadas anónimas PREGUNTA:¿ podría decirnos usted si en las adyacencia habían otras personas dedicadas al alquiler de teléfonos? RESPUESTA" no” PREGUNTA:¿podría decirnos si usted u otro funcionario le manifestaron al ciudadano cual era el objeto de inspección? RESPUESTA "nos identificamos como funcionarios le pedimos la identificación, se puso esquivo, le hacemos el cacheo en el bolsillo del pantalón derecho siento algo que sobresalía y le saco, y le señalo al ciudadano que venía pasado en ese momento y le señalo la cuestión” PREGUNTA:¿ estaban de civil o estaban uniformados? RESPUESTA" de civil” PREGUNTA:¿ se identificaron como funcionarios? RESPUESTA" si “PREGUNTA:¿ qué le manifestaron a esa persona? RESPUESTA: “Que esta PREGUNTA:¿ interviene la fiscal del Ministerio Publico? Objeción, deje que el funcionario termine de contestar. Seguidamente la ciudadana JUEZ A LUGAR. PREGUNTA:¿se identifico como funcionario actuante , tuvo conocimiento que se le haya realizado algún procedimiento a este ciudadano anteriormente por esa misma policía? RESPUESTA" no” podría usted decirnos quien fue el funcionario que reviso? RESPUESTA" fui yo” PREGUNTA:¿ podría explicarnos el trabajo que ustedes realizan, como lo montan? RESPUESTA" visualizar, verificar de las denuncias que hacen las personas a través de las llamadas, que no sean con malas intenciones, es raro que haya un puesto de teléfono a esa hora de la noche, trabajamos flagrancia” PREGUNTA:¿ ustedes tienen tiempo haciendo este tipo de trabajo o lo realizan en un solo día?, RESPUESTA OBJECION por parte de la Fiscalía, quien fundamenta: “Ciudadana juez a qué tipo de trabajo se refiere la defensa el de ese día o el que realizan como policía. Toma la palabra la ciudadana defensa y dice que están hablando del procedimiento que se llevo a cabo ese día. RESPUESTA" procedimos hacer el trabajo y salió positivo” PREGUNTA:¿ que se incauto en ese procedimiento? RESPUESTA" 3 porciones de crack en bolsillo derecho del pantalón, en el bolso 18 envoltorio de papel aluminio, 3 bolsa de cocaína, 4 marihuana PREGUNTA:¿ recuerda las características del bolso? RESPUESTA" era negro”, PREGUNTA:¿ el bolso donde lo tenía? RESPUESTA" encima PREGUNTA:¿ qué le manifestó? RESPUESTA" que no era del y que lo estábamos sembrando y es una rutina que manifiestan que lo sembramos” PREGUNTA:¿ lo conocía? RESPUESTA" no” PREGUNTA:¿ tenía conocimiento si había tenido percance con un miembro de la institución? RESPUESTA" no,” PREGUNTA:¿qué parte del pantalón le consiguieron? RESPUESTA "en el bolsillo delantero del lado derecho PREGUNTA:¿ los derechos se lo leyeron RESPUESTA" SI PREGUNTA:¿ había alguna otra persona cerca? RESPUESTA" no” PREGUNTA:¿ se queda de noche, es eso usual” RESPUESTA" si en la avenida Bermúdez y esta no es usual, se queda son los perros calienteros y la droga la incaute yo”.

  30. - La declaración del ciudadano MARCANO J.R., titular de la Cédula de Identidad número V-10463.256, adscrito a la división de patrullaje de la policía Municipal del Municipio Guaicapuro. La ciudadana Juez le explicó con palabras claras y sencillas el motivo de su presencia en el presente Juicio Oral y Privado, se procede a Juramentarlo e imponerlo del artículo 242 del Código Penal y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece el Falso Testimonio. Seguidamente el funcionario MARCANO J.R.: expone al respecto “eso el año pasado 21-9-2007, nos encontrábamos en la avenida independencia en labores de investigación, después de haber recibido varias llamadas telefónicas donde denunciaban a un ciudadano, que estaba al lado de la bomba frete al banco provincial en un puesto de teléfono, y notamos que llegaba gente rara y le solicitamos hacer la inspección y el opto por una actitud agresiva contra los funcionarios, contra nosotros, donde procedió el funcionario E.S. a realizarle la inspección corporal, y le encuentra 3 envoltorio de papel aluminio en el bolsillo derecho del pantalón de presunta droga y en el bolso que el cargaba puesto, en el mismo se le encontró un envase plástico que decía polvos ortoboricos con 18 envoltorio de papel aluminio de presunta droga, cuatro envoltorio de papel aluminio de vegetales de presunta marihuana, y dos envoltorio de papel plástico de polvo color blanco de presunta droga, y antes paramos a un ciudadano que venía de redoma de la matica al centro y el presencio cuando el funcionario hace la revisión corporal y le saca la droga del bolso, trasladamos al ciudadano con el testigo al comando de nosotros. es todo”.

    A preguntas formuladas por cada una de las partes manifestó: PREGUNTA:¿ podría explicarnos su actuación con cuantos funcionarios actuó? RESPUESTA" 2 funcionarios, E.S. Y LEONARDO URBAEZ” PREGUNTA:¿ donde trabaja, cuando se realizo el procedimiento? RESPUESTA" antes en investigaciones y el comando estaba en el paso” PREGUNTA:¿ todavía está en la policía? RESPUESTA" estoy en patrullaje en cabotaje” PREGUNTA:¿ qué hace la división de investigación? RESPUESTA" recibe denuncia, hay que montar un seguimiento, un estudio, si es cierto o falso la denunciado” PREGUNTA:¿ cuándo lo abordaron tomo una actitud agresiva? RESPUESTA" no quería que lo revisaran, quédese tranquilo que es la policía, nuca se golpeo” PREGUNTA:¿incautaron otros objetos? RESPUESTA" teléfonos celulares, la mesita y el toldo, otra cosa de procedencia dudosa no tenía” PREGUNTA:¿esa persona que fungió co0mo testigo observo el momento que realizaron la incautación? RESPUESTA" es correcto” PREGUNTA:¿el testigo presencio la revisión del bolso? RESPUESTA" a los dos, el bolso y la persona” PREGUNTA:¿ es su labor diario este tipo de procedimiento? RESPUESTA" es rutinario” PREGUNTA:¿ quien la gira las instrucciones? RESPUESTA" el director, operaciones nos dan las instrucciones” PREGUNTA:¿ cómo reciben la denuncian? RESPUESTA" antes nos entregaban un teléfono corporativo y las personas si tenían el numero recibíamos la denuncia por el teléfono, si no el director o jefe de operaciones” PREGUNTA:¿ el testigo fue obligado? RESPUESTA" en ningún momento, no se opuso a nada” PREGUNTA:¿ había visto al ciudadano que aprehendió? RESPUESTA" jamás” PREGUNTA:¿ esta acta que se hace con motivo de la aprehensión quien la realizo? RESPUESTA" un funcionario que está en la sede y uno le narra lo sucedido o sea es un transcriptor” PREGUNTA:¿ ha sido llamado a este juicio? RESPUESTA" es primera vez. PREGUNTA:¿ podría decirnos su nombre? RESPUESTA" J.M.” PREGUNTA:¿ profesión arte u oficio? RESPUESTA" sub-inspector de división de patrullaje de policía del municipio Guaicaipuro” PREGUNTA:¿ donde realizo el procedimiento? RESPUESTA" en la avenida independencia, al lado de la bomba de gasolina frente al banco provincial” PREGUNTA:¿ cuántos funcionarios a parte de usted actuaron en el procedimiento? RESPUESTA" dos funcionarios” PREGUNTA:¿ podría decir los nombres de esos funcionarios? RESPUESTA" EGAR SARMIENTO Y LEONARDO URBAEZ” PREGUNTA:¿ porque llegaron a presumir que este ciudadano estaba vendiendo sustancia de interés criminalistico? RESPUESTA" nos paramos frete al banco provincial, ya habíamos recibido llamadas como se encontraba vestido para ese momento, no recuerdo como estaba vestido, y llegaban motorizados, los movimientos que hacían, se metía la mano dentro del bolsillo o dentro del bolso” PREGUNTA:¿ usted nos podría decir cómo se llevo a cabo el procedimiento? RESPUESTA" RESPUESTA" después que le incautamos la droga, lo trasladamos junto con el testigo al comando” PREGUNTA:¿podría decirnos si tiene conocimiento que el ciudadano haya tenido percance con otro funcionario? RESPUESTA "no” PREGUNTA:¿ lo había visto anteriormente? RESPUESTA" no” PREGUNTA:¿ podría decirnos quien realizo la revisión personal? RESPUESTA" el funcionario E.S.” PREGUNTA:¿usted recuerda que evidencia de interés criminalistico le incautaron al ciudadano? RESPUESTA" en el bolsillo derecho del pantalón le encontraron 3 envoltorio de papel aluminio con presunta droga, en el bolso un envase 18 envoltorio de presunto crack, 4 envoltorio en papel aluminio de la denominada mariguana 2 en voltio de plástico de polvo blanco” PREGUNTA:¿ qué tipo denuncia reciben ustedes? RESPUESTA" la actitud del ciudadano, las cantidades de personas no gratas y las horas que laboraba” PREGUNTA:¿ quién fue el funcionario que gira instrucción para que realizaran dicho procedimiento? RESPUESTA" no nos giraron instrucciones en ese momento porque teníamos el teléfono corporativo de nosotros, no nos giran intrusiones. PREGUNTA:¿ le manifestó algo el ciudadano? RESPUESTA" se puso nervioso y con una actitud agresiva” PREGUNTA:¿Qué tiempo duro chequeando al ciudadano? RESPUESTA" aproximadamente una semana” PREGUNTA:¿ en qué momento buscan al testigo? RESPUESTA" venia pasando” PREGUNTA:¿ en qué momento, ya habían hecho el procedimiento? RESPUESTA" lo teníamos ahí, no se le había hecho el cacheo, y venia pasando el testigo, para que el presenciara la revisión corporal” PREGUNTA:¿ se le leyeron los derechos? RESPUESTA" si”.

  31. - La declaración del funcionario A.G.E., adscrita al Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales Y Criminalísticas, experto en Química, aproximadamente hace 2 años. Seguidamente la ciudadana Juez le explicó con palabras claras y sencillas el motivo de su presencia en el presente Juicio Oral y Privado, se procede a Juramentarlo e imponerlo del artículo 242 del Código Penal y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece el Falso testimonio y el delito en audiencia. Seguidamente el tribunal le puso de manifiesto el experticia Química 9700-130-8595 de fecha 27-11-2007, a fin de que ratifique su contenido y manifieste si reconoce como suya la firma que la suscribe. Acto seguido la funcionaria expone: “Se trata de una experticia química botánica, numero 9700-130-8595 de fecha 27-11-2007, se trata de una bolsa de material sintético colores blanco y azul con múltiples inscripciones donde se puede leer entre otras cosas “servicio pan americano” atada a su extremo con in precinto de seguridad elaborado en plástico de color gris Nº 201329,en cuto interior se encuentran: A) tres envoltorio elaborado en papel aluminio, el peso neto es de 200 miligramos a cocaína base crack. B) dieciocho envoltorios elaborados en seccionado papel aluminio con un peso de dos gramos con ochocientos ochenta miligramos cocaína base crack. La muestra C) cuatro envoltorio confeccionado en papel aluminio de fragmentos vegetales con un peso de 6 gramos con 800miligramos d) sustancia blanca, con 800miligramos de cocaína en forma de clorhidrato. Si ratifico mi firma, es todo”.

    A preguntas formuladas por cada una de las partes, el mismo indicó: PREGUNTA: ¿podría indicar la fecha? RESPUESTA" de fecha 27-11-2007 se recibió” PREGUNTA:¿ el numero” RESPUESTA" 15-F1 PREGUNTA:¿la fecha? RESPUESTA" el 29-11-2007” PREGUNTA:¿ van envuelta, el contenido con precinto? RESPUESTA “este caso, generalmente no,” PREGUNTA:¿ cómo hacen para determinar el resultado, que tiempo ustedes plasman el resultado" RESPUESTA" depende 2 semanas, prueba de orientación de coloración y microscópica y certeza por equipo calibrado” PREGUNTA:¿las pruebas de certeza no existe duda? RESPUESTA" exacto” PREGUNTA:¿ deben tomar muestra de todo” RESPUESTA" si , este la muestra es mayor se toma un gramo, si es menos de un gramo me quedo con todo” PREGUNTA:¿la realizan dos experto? RESPUESTA" discutimos los resultados, trabajamos juntos para que no quede duda” PREGUNTA:¿ dos expertos pueden dar fe respuesta? " si exacto? PREGUNTA:¿por su experiencia , que produce la sustancia, que reacción? RESPUESTA" depende de las cantidades, de lo consuma? PREGUNTA:¿ qué puede producir? RESPUESTA" alucinaciones, las personas pueden ver cosas que no son” PREGUNTA:¿ lo saca de su consiente? RESPUESTA" si, si se alimenta bien, depende de la tolerancia” PREGUNTA:¿puede dar las característica en cuanto al consumo? RESPUESTA" alucinaciones, pierde los sentidos” PREGUNTA:¿ la firma es suya? RESPUESTA" si la ratifico”. PREGUNTA:¿ cual es numero de la experticia? RESPUESTA" se recibió esto solamente” PREGUNTA:¿ cuál es el procedimiento? RESPUESTA" ratifico, prueba de orientación, microscópica, y ciertos equipos, que te dan picos por que ya están calibrados” PREGUNTA:¿ lapso prudencial. Procedimientos respuesta" cierto minutos cada sustancia, los tipos de comparación” PREGUNTA:¿ todos son llevados al equipo? RESPUESTA" no se hace prueba de orientación PREGUNTA:¿ La Cantidad Y Sustancia RESPUESTA" A) 200 miligramos de Cocaína base crack b) 2 gramos con 880 miligramos de cocaína base crack c) 6 gramos marihuana d 800miligramos d) 800 miligramos de cocaína, se utilizo toda Ceso el interrogatorio.

  32. - Experticia Química Botánica Nº 9700-130-8595, de fecha 03-12-2007, suscrita por suscrita por los expertos Farmacéuticos A.G.E. y KARIBAY DEL VALLE RIVAS, adscritas a la Dirección de Toxicología Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, le fue practicada a una sustancia incautada al ciudadano M.A.C.E. toda vez que la misma arrojo como resultado lo siguiente: -Descripción: Una (01) bolsa elaborada en material sintético de colores blanco y azul con múltiples inscripciones donde se puede leer entre otras cosas “SERVICIO PAN AMERICANO” atada a su extremo con un precinto de seguridad elaborado en plástico de color gris Nº 201329, en cuyo interior se encuentran: A) Tres (03) envoltorios elaborados en papel aluminio, B) Dieciocho (18) envoltorios elaborados en papel aluminio; -Contenido: A) Sustancia de color beige en forma compacta, B) Sustancia de color beige en forma compacta; -Peso neto: A)doscientos miligramos(200), B)dos (02) gramos con ochocientos (800) miligramos; -Componentes: A) Cocaína base crack, B) Cocaína base

  33. - La declaración del ciudadano G.S.G.E., titular de la cedula de identidad 10.275.098, trabajo economía informal, la juez procede a Juramentarlo e imponerlo del artículo 242 del Código Penal y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece el Falso testimonio y el delito en audiencia, quien expone: “Aproximadamente de la nueve de la noche se aproximó una patrulla roja, que decía Poliguaicaipuro, se bajan 2 funcionario, y se dirigen al puesto de teléfono y lo revisaron y le jorungaron el koala y un bolso y le pegaron el teléfono por la cabeza y le dieron cachetadas y no le encontraron nada, lo montaron en la patrulla y se lo llevaron, es todo”.

    A preguntas formuladas por cada una de las partes, el mismo manifestó: PREGUNTA:¿nos podría decir su nombre? RESPUESTA" G.S.G. ENRIQUE” PREGUNTA:¿nos podría decir donde vive? RESPUESTA" la colina matica arriba” PREGUNTA:¿ nos podría decir donde trabaja? RESPUESTA" en la avenida independencia vendiendo hortalizas” PREGUNTA:¿ a qué hora labora en ese puesto? RESPUESA" de 8 de mañana a nueve y media de la noche” PREGUNTA:¿ desde cuándo labora ahí? RESPUESTA" 10 años” PREGUNTA:¿ qué tiempo tiene conociendo al ciudadano? RESPUESTA" 2 año” PREGUNTA:¿ de dónde? RESPUESTA" palo alto” PREGUNTA:¿su conducta como ha sido? RESPUESTA" buena irreprochable” PREGUNTA:¿ dónde queda el lugar del puesto a donde labora usted? RESPUESTA" frente al puesto de él, cruzando la calle” PREGUNTA:¿ usted observo una actitud sospechosa de parte del ciudadano? RESPUESTA" en ningún momento” PREGUNTA:¿ llego a observar intercambio de dinero, como droga? RESPUESTA" no lo observe” PREGUNTA:¿ donde se encontraba usted? RESPUESTA" en mi puesto de trabajo y observe todo” PREGUNTA:¿ que observo? RESPUESTA" cuando llego la patrulla de civil” PREGUNTA:¿ qué funcionario? RESPUESTA" Poliguaicaipuro” PREGUNTA:¿ estuvo presente durante el procedimiento? RESPUESTA" si, me dirigí al puesto, hasta el final que se fueron” PREGUNTA:¿ usted observo si al joven se le encontró algún tipo de envoltorio, papel de aluminio? RESPUESTA" no, solo su pertenencia, sus tarjetas” PREGUNTA:¿ vio el procedimiento? RESPUESTA" si” PREGUNTA:¿ en ese lugar, a las adyacencia es el único puesto de teléfono? RESPUESTA" no, hay otros puestos de teléfono” PREGUNTA:¿tiene conocimiento que el joven haya sido objeto de otro procedimiento? RESPUESTA "si, unos funcionarios se le acercaron, y le quitaron unas tarjetas de teléfonos y hubo una denuncia”. PREGUNTA:¿ Informar al tribunal, con quien labora usted en el puesto? RESPUESTA" vendo hortalizas y mi hermano mas lo atendió yo? PREGUNTA:¿ de quién es el puesto? RESPUESTA" este yo lo laboro en medio día, mi hermano me ayuda después de medio día” PREGUNTA:¿ el día de los hechos con quien estaba? RESPUESTA" solo” PREGUNTA:¿ estaba solo y se fue a la acera del frente? RESPUESTA" si, un momentito” PREGUNTA:¿ el señor , desde cuanto tiempo tenia trabajando ahí, con los teléfonos? RESPUESTA" 2 Años PREGUNTA:¿usted dijo que lo conocía desde hace dos años? RESPUESTA" trabajando ahí 2 años” PREGUNTA:¿ porque lo conoce de antes? RESPUESTA" mi hermana vivía en palo alto desde niño lo conozco, no lo vi más hasta que empezó a trabajar con los teléfonos” PREGUNTA:¿ usted conoció del presunto incidente con unos funcionarios, observo el primero incidente? RESPUESTA" no, supe porque me lo dijeron” PREGUNTA:¿ quién se lo dijo? RESPUESTA" un amigo” PREGUNTA:¿ porque si estaba al frente, y no vio? RESPUESTA" el otro no, en ese mismo lugar, no estaba yo” PREGUNTA:¿ dónde queda su negocio , exactamente? PREGUNTA:¿ el hotel , el Banco Provincial más arriba la tintorería” PREGUNTA:¿ su establecimiento Esta en la acera del lado del Banco Provincial? RESPUESTA" 15, 20 metros” PREGUNTA:¿podría especificar? OBJECION de parte de la defensa quien la fundamenta: “La Fiscal, está confundiendo al testigo ya que no es experto, es todo” Seguidamente la Fiscal manifiesta: “en las actas esta señalado el establecimiento y señalo la Avenida Independencia”. Seguidamente La ciudadana Juez declara sin lugar la objeción. PREGUNTA:¿ dónde queda su negocio? RESPUESTA" en la bomba frente del banco provincial” PREGUNTA:¿ usted está frente la bomba? RESPUESTA" de la misma acera del banco Provincial vía a la Matica” PREGUNTA:¿ donde se estaciono la patrulla? RESPUESTA" de la redoma para acá, subiendo” PREGUNTA:¿conoce de algún ciudadano que observo el procedimiento” RESPUESTA" un ciudadano que venía pasando” PREGUNTA:¿ recuerda el señor” RESPUESTA" no, se”, PREGUNTA:¿ cómo era? RESPUESTA" joven” PREGUNTA:¿ los funcionario revisaron un koala y un bolso, puede dar las características? RESPUESTA" normal, no me acuerdo si era negro” PREGUNTA:¿ donde lo tenía? RESPUESTA" al lado del puesto” PREGUNTA:¿y el koala? RESPUESTA" al lado del bolso” PREGUNTA:¿ observo cuando se fueron los funcionarios” RESPUESTA" vi 2 funcionarios vestido de civil” PREGUNTA:¿ habían otros? RESPUESTA" 2 funcionarios” PREGUNTA:¿ conversaron con el ciudadano? RESPUESTA" no, hicieron el procedimiento de una vez” PREGUNTA:¿ lo abordaron directamente? RESPUESTA" SI” PREGUNTA:¿ Los había visto antes? RESPUESTA" no, le habían quitado una tarjetas telefónicas” PREGUNTA:¿ su establecimiento es cerrado o abierto? RESPUESTA" abierto” PREGUNTA:¿ a qué hora fue eso? RESPUESTA" como a las 9 de la noche” PREGUNTA:¿hay muchos establecimientos de teléfonos abierto a esa hora? RESPUESTA" bastante” PREGUNTA:¿ qué punto de referencia da usted para ubicar su negocio? RESPUESTA" AV, independencia” PREGUNTA:¿ recuerda si encontraron algún objetos que estaban en el bolso? RESPUESTA" no encontraron nada” PREGUNTA:¿y en el morral? RESPUESTA" igual nada” PREGUNTA:¿ solo las pertenencias? RESPUESTA" SI” PREGUNTA:¿usted afirma que el ciudadano fue golpeado? RESPUESTA "si,” PREGUNTA:¿ recuerda el funcionario que lo golpeo? RESPUESTA" no recuerdo al funcionario, y la mesa se la pegaron por la espalda” PREGUNTA:¿es decir un teléfono por la cabeza, cachetada, mesa por la espalda , y no recuerda las característica de los funcionarios? RESPUESTA" si, no recuerdo al funcionario” PREGUNTA:¿ a esa hora hay luz artificial? RESPUESTA" SI PREGUNTA:¿ otras personas observaron? RESPUESTA" las que estaban pasando” PREGUNTA:¿las conoces? RESPUESTA" NO”, porque yo guardo a alas 9 y media” PREGUNTA:¿si usted estaba en la otra acera como observo? RESPUESTA" si, había gente pero de las caras no me acuerdo” PREGUNTA:¿ que guardaba? RESPUESTA" lo mío, las hortalizas” PREGUNTA:¿ estaba guardando o a distancia? , OBJECION por parte de la defensa, fundamentándola en que: “Una vez que se el observo la patrulla el se acercó a ver que estaba sucediendo y otras personas se quedaron encargada del lugar, es todo” Seguidamente la ciudadana Fiscal manifiesta que “el ciudadano nunca ha dicho que alguien se encargo del lugar, sin embargo inmediatamente se acerco al ver el procedimiento, el ministerio público se pregunta cómo puede estar en dos sitos en su mismo tiempo, es todo”. Seguidamente el Tribunal declara sin lugar la objeción. , PREGUNTA:¿ ya que usted trabaja hay desde hace 10 años y 2 Carlos, usted conoce a los demás? RESPUESTA" SI” PREGUNTA:¿ estaban en el sitio alguna persona que usted conoce? RESPUESTA" no “PREGUNTA:¿ donde guarda la mercancía RESPUESTA" en un estacionamiento, todas las noches, y cierra a las nueve y media y abre a las 7” PREGUNTA:¿ tope para guardar la mercancía” RESPUESTA" SI a las 10 de la noche”, PREGUNTA:¿tiene relación Familiar con el ciudadano acusado? RESPUESTA" no. PREGUNTA:¿ a qué hora fue eso? RESPUESTA" 9 de la noche” PREGUNTA:¿ cómo era el tráfico de vehículos a esa hora? RESPUESTA" siempre ahí hay trafico” PREGUNTA:¿ observo todo? RESPUESTA" si” PREGUNTA:¿ había interferencia por los vehículos que pasaban "? RESPUESTA “si, volumen de carro, pero se veía y venia la patrulla y la observe” PREGUNTA:¿ quién lo busco como testigo? RESPUESTA" por mi cuenta” PREGUNTA:¿ vio? RESPUESTA" lo dije” PREGUNTA:¿ a aparte del bolso que más se llevo la policía? RESPUESTA" lo montaron y se llevaron un civil,” PREGUNTA:¿ no vio que se quedo no, se quien se encargo? RESPUESTA" no vi me fui para mi puesto otra vez” PREGUNTA:¿ los funcionarios subieron algo? RESPUESTA" lo montaron y yo pase para el puesto” PREGUNTA:¿ todo el procedimiento lo observo? RESPUESTA" observe el procedimiento”.

  34. - La declaración de la ciudadana COLINA BELLO M.Z., Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.161.731, de profesión Técnico Radiólogo, 14 AÑOS de experiencia trabajo en el Seguro Social, La Juez procede a Juramentarlo e imponerlo del artículo 242 del Código Penal y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece el Falso testimonio y el delito en audiencia, procediendo la ciudadana a exponer: “Un viernes del año pasado venia hacia la bomba y me pare a llamar por teléfono y de repente llegaron funcionarios en una patrullas de civil y llegaron con abuso y empezaron a darle cachetada y me dijeron estamos haciendo procedimiento, y me quede viendo , lo revisaron y dijeron no hay nada y se lo llevaron de ahí, estábamos varios personas y nos pareció mal vi que no había nada y vi que no había más nada y espere que llegara alguien y bueno y llegaron familiar y yo no vi mas nada, es todo”

    A preguntas formuladas por cada una de las partes, el mismo manifestó: PREGUNTA:¿ nombre completo? RESPUESTA" Z.C.B., Técnico Radiólogo, 24 años y aquí y 14 aquí abajo” PREGUNTA:¿ se encontraba en el momento que ocurrieron los hechos RESPUESTA" si llamando por teléfono” PREGUNTA:¿ a qué hora? RESPUESTA" 9 de noche” PREGUNTA:¿ qué hacia? RESPUESTA" Llamando A Mi pareja” PREGUNTA:¿ desde hace cuanto tiempo llama desde ese sitio? RESPUESTA" bastante veces, 2 o 3 meses, era agradable” PREGUNTA:¿ cómo era la conducta del ciudadano? RESPUESTA" buen educado, echador de broma” PREGUNTA:¿ aparte del puesto, hay varios puestos de teléfonos más? RESPUESTA" VARIOS” PREGUNTA:¿usted observo una actitud sospechosa , intercambio de dinero, droga? RESPUESTA" nada mas las llamadas, nada raro” PREGUNTA:¿ se encontraba presente en el momento que se llevo a cabo el procedimiento? RESPUESTA" me dijeron que me fuera y dije no señor, y me quede” PREGUNTA:¿ qué incautaron , sustancia” RESPUESTA" no, le revisaron el koala y dijeron no hay nada” PREGUNTA:¿ cuántos funcionarios? RESPUESTA" 3 funcionario” PREGUNTA:¿ qué le encontraron en el koala? RESPUESTA" el dinero de la venta” PREGUNTA:¿manifestaron algo los funcionarios? RESPUESTA" aquí no hay nada” PREGUNTA:¿ llegaron con otra persona, como un testigo? RESPUESTA" no, solo 3 que se bajaron de la patrulla, y no llegaron con nadie” PREGUNTA:¿ conoce alguien que estuviera viviendo con usted? RESPUESTA" no, conozco a nadie” PREGUNTA:¿ cómo fue la actitud de esos funcionarios? RESPUESTA" muy agresiva, algo contra el, no normal, si va hacer a palo no me parece normal” PREGUNTA:¿ usted vio esto? RESPUESTA" si algo en contra, le pegaron un teléfono y tenían algo contra le querían hacer daño” PREGUNTA:¿ a qué hora fue eso? RESPUESTA" 8 o 9 de la noche PREGUNTA:¿ donde venia? RESPUESTA" de seguro hacia allá”. , se le cede la palabra a la Fiscal del Ministerio Publico, quien procede a realizar el interrogatorio de la siguiente forma: PREGUNTA:¿ donde reside? RESPUESTA" Residencia Río Arriba, San Pedro” PREGUNTA:¿ donde trabaja? RESPUESTA" al frete en el seguro” PREGUNTA:¿ en qué horario? RESPUESTA" 7 a 1 de la tarde” PREGUNTA:¿ después que sale que hace? RESPUESTA" estaba de cumpleaños y salía de parranda y nos quedamos por ahí” PREGUNTA:¿ es la ruta para su vivienda? RESPUESTA" no, compro ahí” PREGUNTA:¿ que compra , en que sitio? RESPUESTA" bebidas, comida” PREGUNTA:¿siempre a ese establecimiento a llamar por teléfono? RESPUESTA" si, a llamar por teléfono” PREGUNTA:¿ estaba comprando en ese lugar? RESPUESTA" yo estaba aquí al frete y cuando iba a comprar aproveche para allá llamar a mi pareja” .PREGUNTA:¿ indique donde estaba el puesto de teléfono? RESPUESTA" en la bomba al lado de un quiosco” PREGUNTA:¿ al frente de la bomba? RESPUESTA" al frente” PREGUNTA:¿ estaba al lado de bomba? RESPUESTA" al frente de la bomba” PREGUNTA:¿ en la acera de la bomba? RESPUESTA" al frente está el kiosco” PREGUNTA:¿ dónde? RESPUESTA" en la misma cera de la bomba, al borde de la carretera” PREGUNTA:¿ está muy lejos la redoma” RESPUESTA" no, está cerca” PREGUNTA:¿ cuando observo a los funcionario? RESPUESTA" llegaron en una patrulla roja PREGUNTA:¿ estaba identificada? RESPUESTA" si” PREGUNTA:¿ que tenía en el puesto? RESPUESTA" el dinero, tarjeta, los teléfonos” PREGUNTA:¿ otro objeto” RESPUESTA" no” PREGUNTA:¿usted dice que observo todo el procedimiento a qué distancia? RESPUESTA" no mucho, frete al kiosco, un metro”, PREGUNTA:¿ al frente? RESPUESTA" como dos metros” PREGUNTA:¿ otras persona observaron el procedimiento? RESPUESTA" si PREGUNTA:¿ habían más personas llamando por teléfono? RESPUESTA" 4 con migo” PREGUNTA:¿ observo si otra persona se fuera con ellos RESPUESTA" los funcionarios no, nos apartáramos y no estaban con otra persona” PREGUNTA:¿ observo cuando se lo llevaron? RESPUESTA" se lo llevaron solo, mas adelante tomaron un señor y se lo llevaron PREGUNTA:¿ recuerda las característica? RESPUESTA" no PREGUNTA:¿ estaba oscuro? RESPUESTA" si, solo la luz de la bomba” PREGUNTA:¿ revisaron un koala? RESPUESTA" un koala” PREGUNTA:¿usted espero a los familiares? RESPUESTA "si, me parecía injusto” PREGUNTA:¿ cómo lo ubicaron? RESPUESTA" me llego citación a mi casa” PREGUNTA:¿ cómo le llega? RESPUESTA "le dije a los familiares soy testigo, porque me parece eso injusto” PREGUNTA:¿ lo había visto con anterioridad, a eso familiares? RESPUESTA" le di mi teléfono” PREGUNTA:¿ las cosas del señor, las mesas se la llevaron? RESPUESTA" lo recogieron los familiares, lo que estaba tirado en el piso” PREGUNTA:¿ los funcionario los conocía? RESPUESTA "no” PREGUNTA:¿ después lo vio? RESPUESTA" no PREGUNTA:¿ no los vio mas no los reconozco” PREGUNTA:¿ llegaron golpeando, soy Fiscal, si los viera los reconoce? RESPUESTA" no,” PREGUNTA:¿ los tres los golpearan? RESPUESTA" uno solo, y les decían cosas feas” PREGUNTA:¿ en el interior del koala se escuchaba algo? RESPUESTA" se oía monedas y ellos dijeron no hay nada, todo no lo voltearon” PREGUNTA:¿ usted observo si vehículos se paraban a llamar? RESPUESTA" no vi, solo personas que nos parábamos a llamar” PREGUNTA:¿ vive cerca de los familiares? RESPUESTA" no sé donde viven” PREGUNTA:¿ ha tenido comunicación con los familiares? RESPUESTA" no, solamente cuando me llamaron a declara” PREGUNTA:¿ cuando la llamaron? RESPUESTA" hace 6 meses” PREGUNTA ¿cuando le llego la citación? RESPUESTA" para que presentara el 6 de noviembre” PREGUNTA:¿ quien le aviso? RESPUESTA" otro muchacho” PREGUNTA:¿ el nombre? RESPUESTA" me aviso al seguro, algún familiar” PREGUNTA:¿ concia al señor que lo aviso? RESPUESTA" lo he visto pasar por el sitio, trabaja por ahí, no sé si lo mandaron” PREGUNTA:¿ converso con otra persona de lo ocurrido” RESPUESTA" en el sitio” PREGUNTA:¿ el mismo que lo aviso? RESPUESTA" no, que estaba llamando, no los vi más? PREGUNTA:¿ lo vio? RESPUESTA" no, objeción defensa, la testigo dice no lo vio, la señora es testigo de la defensa asistió y la misma se le dijo no se pudo traer en su oportunidad. a lugar. PREGUNTA:¿ a las personas que estaban ahí , las ha visto en otra oportunidad RESPUESTA" no, al que siempre está por ahí. PREGUNTA:¿aparte del koala, había otro bolso? RESPUESTA" no que me acuerde” PREGUNTA:¿ todo lo que incauto? RESPUESTA" no nada, no incautaron nada” PREGUNTA:¿ lo del kiosco quedo allí RESPUESTA" si, quedo allí”.

  35. - La declaración del ciudadano: LEAL M.E.J.T. de la Cédula de Identidad Nº V- 14.140.627., de profesión u oficio Bombero de isla de gasolina independencia. Seguidamente la ciudadana Juez le explicó con palabras claras y sencillas el motivo de su presencia en el presente Juicio Oral y Privado, se procede a Juramentarlo e imponerlo del artículo 242 del Código Penal y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece el Falso Testimonio. Seguidamente el ciudadano expone: Yo estaba trabando eran como las nueves, de repente llegaron unos funcionarios de civil y pegaron a C.D. la cabeza contra la mesa, le partieron un teléfono en la cabeza, lo esposaron, le metieron la mesa de los teléfonos por la espalda y llego una jaula y se lo llevaron, es todo.”

    A preguntas formuladas Seguidamente la ciudadana juez cede le cede la palabra a la Defensa, quien procede a interrogar de la siguiente forma: palabra a la Defensa, quien procede a interrogar de la siguiente forma: PREGUNTA:¿ podría decir su nombre completo? RESPUESTA “EDUARDO MARIN, CARRIZAL BARRIO BOLIVAR “ PREGUNTA:¿:¿podría decir exactamente donde trabaja? RESPUESTA “calle independencia estación de servicio independencia al frete del banco provincial. “ PREGUNTA:¿ cuál es su función’? RESPUESTA “ Bombero “ PREGUNTA:¿ podría decirnos cuanto tiempo lleva trabajando en esa bomba RESPUESTA “ cuatros años “ PREGUNTA:¿ podría decirnos cuál es su horario de trabajo? RESPUESTA “de una a diez “PREGUNTA:¿ podría decirnos a qué hora sucedieron los hechos? RESPUESTA “como a las nueves de la noche “ PREGUNTA:¿ que observo usted? RESPUESTA “en el momento en que llegan los funcionario de civil y lo pegan contra la mesa y le pegan el teléfono por la cabeza y le meten la mesa contra la espalda y lo tiran dentro de la jaula. “ PREGUNTA:¿ usted vio de que cuerpo eran los funcionarios actuantes? RESPUESTA “los vi de civil, pero llego una jaula de Poliguaicaipuro, donde se lo llevaron. “ PREGUNTA:¿ cuántos funcionarios vio usted?. RESPUESTA “como tres “ PREGUNTA: ¿usted vio que estos funcionaros incautaran algo de interés criminalistico, como droga? RESPUESTA “no “PREGUNTA:¿ usted vio que le incautaran algo? RESPUESTA “nada“ PREGUNTA :¿estos funcionarios estaban con un testigo cuando realizaban el procedimiento? RESPUESTA “ no. cuando se iban agarraron un señor que venía pasando y se lo llevaron. “ PREGUNTA:¿ esa ´persona observo el procedimiento? RESPUESTA “no, allí estaba una señora llamando por teléfono y la mandaron a quitares “ PREGUNTA:¿cuántos años tiene conociendo al joven C.A.? RESPUESTA “como dos años y pico “ PREGUNTA:¿ de dónde lo conoce? RESPUESTA “de ahí del puesto de teléfono, hace como dos años “PREGUNTA:¿ cómo es la conducta del joven Carlos? RESPUESTA “muy tratable, respetuoso “ PREGUNTA:¿ cuál es la distancia entre su puesto de trabajo y la del puesto de teléfono? RESPUESTA “cerca como de tres metros. “ PREGUNTA:¿ que hizo usted al momento de la actuación policial? RESPUESTA “cuando se lo llevan llame al papa, ya que lo conozco porque equipa en la bomba ya que es taxista“ PREGUNTA:¿ usted observo algún intercambio de dinero por paquetes, gente que se paraba y dejaba dinero sin llamar? RESPUESTA “no” PREGUNTA:¿cómo era la conducta del ciudadano? RESPUESTA “era tratable“ PREGUNTA:¿ hay más puestos de teléfonos a las adyacencias? RESPUESTA “si, como seis”. PREGUNTA:¿ podría decir cuál es su horario de trabajo? RESPUESTA “ si, de una a diez , y también es rotativo, “ PREGUNTA:¿ qué tiempo llego la jaula? RESPUESTA “como cinco minutos “ PREGUNTA:¿cómo llegaron los funcionarios? RESPUESTA “llegaron a pie, y luego llego la jaula que fue donde lo montaron.“ PREGUNTA:¿ de donde era la jaula y que color? RESPUESTA “de Poliguaicaipuro y era roja “ PREGUNTA:¿ la señora que estaba hablando por teléfono se quedo a observar el procedimiento? RESPUESTA “si más alejada “ PREGUNTA:¿ usted conoce a la señora? RESPUESTA “no, y tampoco me acuerdo de su cara“ PREGUNTA:¿ cómo tuvo conocimiento para ser testigo? RESPUESTA “siempre voy al papa y me dijo que si quería ser testigo y le respondí que si“ PREGUNTA:¿ la zona esta oscura o hay luz? RESPUESTA “la bomba tiene luz y alumbra toda hacia la calle por seguridad. “ PREGUNTA:¿ usted observo si le hicieron una revisión corporal? RESPUESTA “ no “ PREGUNTA:¿ usted observo la actuación de la policía pero no cuando lo revisaron? RESPUESTA “no “ PREGUNTA:¿ usted dice que llamo a su papa? RESPUESTA “ si “ PREGUNTA:¿ y este progenitor llego al sitio?. RESPUESTA “si“ PREGUNTA:¿ usted dice que lo golpearon, cuantas veces lo golpearon? RESPUESTA “dos veces primero con el teléfono por la cabeza, y después le rompieron la mesa en la espalda “ PREGUNTA:¿ pero le rompieron la mesa? RESPUESTA “si porque la mesa era de plástico, para mí la rompieron“ PREGUNTA:¿qué poso con los teléfonos? RESPUESTA “de lo llevaron todo“ PREGUNTA:¿ usted dice que eran funcionarios y que e.a.? RESPUESTA “tenían placas y el revólver en la cintura“ PREGUNTA:¿ los que estaban en la jaula eran los mismo que lo detuvieron? RESPUESTA “eran tres más el de la jaula cuatro“ PREGUNTA:¿ el de la jaula se bajo? RESPUESTA “no“ PREGUNTA:¿ usted observo un señor? RESPUESTA “el que montaron“ PREGUNTA:¿ cómo cuanto duro el procedimiento? RESPUESTA “como media hora “ PREGUNTA:¿ y porque usted dice un ratico? RESPUESTA “ al momento que llego la jaula, a lo que llego la jaula enseguida lo metieron; “ PREGUNTA:¿ donde venia la jaula, en qué sentido? RESPUESTA “venia hacia arriba, debe ser que dio la vuelta“ PREGUNTA:¿ usted observo si alguien se quedo a comentar los acontecimiento? RESPUESTA “no, solo la señora que ellos apartaron“ PREGUNTA:¿ esa persona se quedo hasta que llegaron los familiares? RESPUESTA “no, hay solo llego el papa“ PREGUNTA:¿ como a qué hora termino el procedimiento? RESPUESTA “como a las nueve y veinte “ PREGUNTA:¿ qué distancia hay de tu puesto a del teléfono? RESPUESTA “como tres metros“ PREGUNTA:¿ la bomba esta al frete del banco provincial? RESPUESTA “si al frente“ PREGUNTA:¿el ministerio publico desea saber si hay mas puesto de comercio informal ahí? RESPUESTA “si, ventas de películas y más puestos de teléfonos. “ PREGUNTA:¿ hay ventas de hortalizas cerca o ventas de comida? RESPUESTA “no que yo sepa“ PREGUNTA:¿ al señor que montaron como era? RESPUESTA “no lo vi “ PREGUNTA:¿ dónde estaba el señor? RESPUESTA “venia pasando y lo montaron. “ PREGUNTA:¿ habían detenido a otras personas ahí? “ RESPUESTA” no, ellos llegaron directo al puesto”. PREGUNTA:¿la luz que tiene la bomba hasta donde llega? RESPUESTA “solo hasta la acera“ PREGUNTA:¿ de la bomba se logra ver el orto lado de la calle? RESPUESTA “no“ PREGUNTA:¿ usted conoce a todos los que laboran en la zona? RESPUESTA “algunos“ PREGUNTA:¿ conoce al señor G.G.? RESPUESTA “no “PREGUNTA:¿ podría indicar la actitud de los policías? RESPUESTA “ellos llegaron de civil y lo metieron de cabeza, le pegaron el teléfono por la cabeza, lo esposaron y le partieron la mesa en la espalda y lo tiraron en la jaula“ PREGUNTA:¿ en qué tiempo paso todo eso? RESPUESTA “en veinte minutos“ PREGUNTA:¿ quiénes estaban ahí? RESPUESTA “al momento estaba solo. Nada más la señora que después se fue“ PREGUNTA:¿ cómo era el señor que se llevaron? RESPUESTA “no logre observarlo“ PREGUNTA:¿ logro observar que se llevaron los funcionarios? RESPUESTA “nada mas los teléfonos.”

  36. - La declaración del ciudadano R.P.G.A.T. de la Cédula de Identidad Nº V- 19.014.209, de profesión u oficio comerciante. La ciudadana Juez le explicó con palabras claras y sencillas el motivo de su presencia en el presente Juicio Oral y Privado, se procede a Juramentarlo e imponerlo del artículo 242 del Código Penal y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece el Falso Testimonio. Seguidamente el ciudadano R.P.G.A. expone al respecto: venia subiendo de la matica como a las ocho y media y vi que se pararon unas motos , y pararon al señor del puesto de teléfono, y me dijeron que me parara, y vi que tenían dos sobrecitos en una mano y el bolso en la otra, no me di cuenta si la sacaron del bolso, solo que la tenían en la mano, y yo venía un poco ebrio porque me estaba tomando unas cerveza en la matica, no estaba muy pendiente del caso, entonces uno de los policías me dio la cedula y me fui, mas adelante cuando estaba en la parada me fue a buscar otro policía y me dijo te tienes que venir con nosotros porque tú eres testigo en este caso, y yo le dije me voy con ustedes pero me tiene que llevar a mi casa, y me dijo que no había problema. Me llevaron a declarar y me soltaron como a las doce y me regalaron veinte mil para que me fuera. Es todo”.

    A preguntas formuladas por cada una de las partes el mismo manifestó: PREGUNTA:¿ qué distancia hay de la redoma hasta donde lo abordaron los policías? RESPUESTA “como treinta o cuarenta metros“ PREGUNTA:¿ dónde estaba el puesto de teléfono? RESPUESTA “ al lado de la carretera, frente a la bomba , subiendo después del kiosco. “ PREGUNTA:¿ en el puesto de teléfono había gente a su alrededor? . RESPUESTA “cuando yo subí solo vi a los policías, y ellos pararon como a tres y lo revisaron“ PREGUNTA:¿ observo alguna dama en el kiosco? RESPUESTA “no recuerdo, no vi a nadie“ PREGUNTA:¿ la estación de servicio está abierta o cerrada? “ PREGUNTA:¿ estaba abierta “ PREGUNTA:¿ había luz? RESPUESTA “con la luz de la bomba“ PREGUNTA:¿ usted señala que había un bolso, recuerda el color? RESPUESTA “como negro, azul oscuro“ PREGUNTA:¿ cuántos funcionarios eran? RESPUESTA “cuatro“ PREGUNTA:¿ usted señala que los trasladan? RESPUESTA” si después llego una jaula roja“ PREGUNTA:¿ tenían alguna persona sometida? RESPUESTA “al dueño del puesto de teléfono, lo tenían contra la reja y cuando le enseñan la bolsita empezó a gritar que no era de el“ PREGUNTA:¿ usted observo esos sobres? RESPUESTA “eran como los sobrecitos trasparente, no vi que tenían adentro“ PREGUNTA:¿ que decían los policías? RESPUESTA “agarraron a un muchacho y le dijeron tu vienes a comprar y el muchacho se puso a llorar, parecía sano“ PREGUNTA:¿ usted sabia que estaban hablando de drogas? RESPUESTA “no “ PREGUNTA:¿ y qué iba a comprar? RESPUESTA “ me imagino que droga , ya que era un allanamiento. “PREGUNTA:¿ cuál fue la actitud del ciudadano dueño del puesto de teléfono hacia los policías? RESPUESTA “los policías lo tenían contra la reja y cundo el empezó a gritar el policía le dijo, eso lo haces para que la gente crea que uno lo está sembrando“ PREGUNTA:¿ además del bolso que más había? RESPUESTA “los teléfonos, cuando empezaron a recoger yo me fui, y un policía me dijo que lo tenía que acompañar hasta el comando y ya lo tenían en la jaula con el puesto completo. “ PREGUNTA:¿ usted observo si con uno de estos teléfonos golpearan al ciudadano? RESPUESTA “no, vi“ PREGUNTA:¿ usted observo cundo llegaron los funcionarios, como llegaron? RESPUESTA “cuando los vi ya estaban las motos ahí paradas, se estaban bajando de las motos.“ PREGUNTA:¿qué hacia usted? RESPUESTA “nada tomándome la cerveza“ PREGUNTA:¿ había más comercio informal abiertos? RESPUESTA “por ahí cerca no, solo el centro hípico que esta mas adelante.“ PREGUNTA:¿ en la misma cuadra había más venta de teléfono? RESPUESTA “no“ . PREGUNTA:¿ podría decir su nombre y a que se dedica? RESPUESTA “ROMERO P.G.A. y me dedico a la venta de pollo” PREGUNTA:¿de dónde venía usted ciudadano? RESPUESTA “de la matica del sector vuelta larga, estaba en una cancha de bolas y me estaba tomando unas cerveza allá. “ PREGUNTA:¿ como a qué hora venia de regreso? RESPUESTA “ como a las ocho y media a nueve “ PREGUNTA:¿ qué fue lo que sucedió cuando usted venia de regreso?. RESPUESTA “yo venía de la matica y se estaban bajando unos policías de la moto, y en eso uno de los policías me pidió la cedula y me dijo te paras por allá, y estaban revisando al dueño del kiosco y cuando yo volteo tenían unas bolsitas en la mano y en la otra el bolso, yo no vi la sacaron del bolso, pero supuestamente la sacaron del bolso y le muchacho empezó a gritar que eso no era del, y le dieron por la cabeza y e dijeron cállate vas a gritar para que la gente crea que te sembramos, yo le pedí mi cedula a uno de los policías y me fui, cuando estaba en la parada me fue a buscar otro policía y me dijo que tenía que acompañar porque yo era testigo.“ PREGUNTA:¿ porque usted dice supuestamente le encontraron la droga? RESPUESTA “porque yo no vi cuando la sacaron del bolso“ PREGUNTA:¿podría repetir lo que dijo? RESPUESTA “o sea el bolso estaba en la mesa y cuando yo volteo el policía tenía dos o tres paqueticos en la mano y dijo mira lo que le encontramos. Que fue cundo el empezó a gritar, por eso digo supuestamente, porque yo no vi cuando lo sacaron“ PREGUNTA:¿usted manifiesta que cuando usted llego ya habían funcionarios en el puesto de teléfono? RESPUESTA “no, cundo yo venía llegando se estaban bajando de las motos, y yo vi cuando lo pararon y lo pusieron contra las rejas, yo venía subiendo y es cuando me llaman, y me piden la cedula“ PREGUNTA:¿ qué le manifestaron esos funcionarios? RESPUESTA “nada, me dijeron para te para allá, y yo me seguí tomando la cerveza, como o venia un poco prendido“ PREGUNTA:¿ qué personas se encontraba en ese lugar, ya habían funcionarios? RESPUESTA “ya le dije que estaban llegando en las motos, y después llegaron refuerzo“ PREGUNTA:¿ cómo era la actitud de esos funcionarios actuantes? RESPUESTA “le pegaron cuando empezó a gritar“ PREGUNTA:¿usted manifiesta que se fue? RESPUESTA “ sí, yo le pedí mi cedula a unos de ellos, y me fui a la parada, y luego me fueron a buscar porque yo era testigo y me metieron en la jaula“ PREGUNTA:¿ usted observo la revisión de ese bolso y que se halla incautado alguna sustancia de interés criminalística? RESPUESTA “no, yo no vi que la hayan sacado del bolso, yo estaba mirando para otro lado y cuando volteo el policía dice mira lo que me conseguí, tenía el bolso con una mano y en la otra las bolsitas. PREGUNTA:¿ cuando usted llega al puesto de teléfono había más persona ahí? RESPUESTA “solo los policías“ PREGUNTA:¿ usted podía ver todo lo que estaban haciendo los policías? RESPUESTA “más o menos, como había poco luz y estaba un poco ebrio, pero si vi más o menos todo.“ PREGUNTA:¿ usted vio cuando los policías le pegaron la mesa por la espalda al ciudadano? RESPUESTA “no “ PREGUNTA:¿ vio donde colocaron los teléfonos? RESPUESTA “no, porque yo me fui y no vi, pero si estaban recogiendo el puesto”. PREGUNTA ¿ le tomaron acta de entrevista? RESPUESTA “si “ PREGUNTA:¿ usted leyó lo que firmo? RESPUESTA “ solo las primeras hojas, tenía mucho sueño“ PREGUNTA:¿usted vio un bolso o un koala? RESPUESTA “un bolso como negro, pequeño“ PREGUNTA:¿ dónde estaba ese bolso? RESPUESTA “encima de la mesa “.

    CAMBIO DE CALIFICACIÓN JURÍDICA

    OBSERVADA

    Una vez concluida la recepción de las pruebas, observado como ha sido la posibilidad de un cambio de calificación jurídica que por las partes no había sido considerada, y observa el cambio de la calificación jurídica de DISTRIBUCION MENOR DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previstos y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancia Estupefaciente y Psicotrópicas, por el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 eiusdem, las partes dando su conformidad a este cambio, y por consiguiente su deseo de no pedir la suspensión y estar de acuerdo con la nueva calificación jurídica.

    PRUEBAS QUE SE DESESTIMAN

    Este tribunal Mixto de conformidad con lo establecido en el segundo aparte del artículo 357 del Código Orgánico Procesal Penal, desestima las deposiciones de los funcionarios MARYORY MARCANO expertos profesionales I adscritos a la Dirección de toxicología Forense del Cuerpo de Investigaciones científicas penales y criminalísticas, en virtud que ya depuso la funcionario que junto con ella suscribió, adhiriéndose las partes a prescindir de esta prueba.

    FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

    Con fundamento al contenido del numeral 4 del artículo 364 del Código Orgánico Procesal Penal, y en base a los elementos fácticos que fueron valorados y apreciados, así como aquellos desestimados conforme a la sana crítica, este Tribunal de Juicio Unipersonal, considera con fundamento al principio del Iura Novit curia, que quedó demostrado la relación de causalidad entre la conducta desplegada por el acusado PERALTA MUJICA C.A., y el resultado típicamente antijurídico, es decir, quedó comprobado que el mismo es autor responsable del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA Y MOTIVOS FUTILES E IMNOBLES, previstos y sancionados en le articulo 406 numeral 2 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano CALZADILLA MAURERA H.E..

    Analizando el delito, podemos observar: El homicidio: está integrado por la descripción de la conducta prohibida (ya sea por acción u omisión), estando constituida por la actividad dirigida a matar a otro y por el resultado que es precisamente, privar de la vida a una persona, en este caso le fue segada la vida al ciudadano CARZADILLA MAURERA H.E., al recibir en su humanidad, el proyectil disparado de un arma de fuego por el acusado PERALTA MUJICA C.A..

    El homicidio se califica, por el medio empleado a los fines de la comisión, como lo es: 1). La alevosía: Son condiciones ventajosas que aseguran el resultado querido y deseado por parte del autor, lo cual implica necesariamente la premeditación, es sorprender intencionalmente a alguien de improviso; Emplear asechanza u otro medio que no dé lugar a defenderse o evitar el mal a la víctima, tal cual esta lo establece el artículo 77 del Código penal, al establecer que hay alevosía, cuando el culpable obra a traición o sobre seguro En el presente caso, el acusado sabía que estaba en ventaja con relación al occiso, ya que portaba un arma de fuego, con el que sorprende al occiso que no le da la oportunidad de defenderse o protegerse. 2). El motivo fútil: Que es aquel que carece de importancia, insignificante, que motivan al agente a cometer el delito de homicidio. Debe quedar claro que cuando se habla de "motivo fútil" no se alude a la ausencia de motivos, sino a la existencia de motivos intrascendentes que ofrezcan justificación, tal motivo se debió a la discusión que sostuvo el primo del acusado, con el hermano del occiso, por rencillas que habían tenido hace más de 6 meses y que fueron con el primo. El motivo innoble, es el contrario a elementales sentimientos de humanidad, motivo este que al disparar contra la humanidad del occiso, demostró no tener sentimiento al utilizar el arma y causarle la muerte.

    Con fundamento a los hechos anteriormente analizados y que el Tribunal Unipersonal estima acreditados, considera que la conducta desplegada por el acusado PERALTA MUJICA C.A., encuadra perfectamente, es decir se subsume dentro del tipo penal de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA Y MOTIVOS FUTILES E IMNOBLES, previstos y sancionados en le articulo 406 numeral 2 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano CALZADILLA MAUREA H.E., ya que el mismo sin mediar palabras, por el simple motivo de una discusión por una rencilla anterior, que había tenido con su primo con el hermano del occiso, hacia más 6 meses y que en la fiesta fueron traídas a flote, donde se fueron a las manos el hermano del occiso y el amigo del acusado, no siendo estas rencillas con acusado, el mismo sin mediar palabras, procedió a sacar una arma que poseía oculta en la cintura, y procedió a disparar en la humanidad de CALZADILLA MAUREA H.E., le causo la muerte inmediata. Razón por lo se acoge plenamente la calificación jurídica atribuida a los hechos por el Abg. I.L., Fiscal del Ministerio Público, así como los hechos que le atribuyó durante el desarrollo del juicio oral y público, al iniciar el debate en sus conclusiones y en su réplica, con fundamento a las razones de hecho y de derecho anteriormente analizadas por este Tribunal.

    Así las cosas, este Tribunal Primero de Juicio itinerante, se aparta de los alegatos expuestos en su derecho de palabra por el Abg. J.P.B.D., actuando en su derecho de Defensor Privado del ciudadano PERALTA MUJICA C.A., toda vez que en las argumentaciones en su conclusiones, señaló que “ con los medios de prueba recibidos en el debate oral y público, se evidencia una presunta participación de su defendido, se encuadraría en una complicidad correspectiva, conforme a lo establecido en el artículo 424 del Código Penal, posteriormente manifiesta que obsérvese que la conducta desplegada por mi defendido no encuadra en el numeral 2, sino mas bien en el numeral 1, la cual contempla una sanción de 15 a 20 años, en el caso del contenido del artículo 77 de nuestra norma adjetiva, y hace referencia de la alevosía para un caso en especifico, luego manifestó que no hubo deslealtad ni se disparo a traición, cabe más bien el delito de homicidio simple, el principio del error en el golpe o la verdad error ictus o dilictus ipsu”. No estamos en presencia de ninguna de estas calificantes que la defensa quiso resaltar en juicio, ya que se obró con alevosía y por un motivo fútil e innoble.

    Las acciones son susceptibles de ser ubicadas temporoespacialmente, es decir, circunstancias de modo, tiempo y lugar en que las mismas se desarrollan. De los testimonios obtenidos durante el presente juicio, se puede detallar de forma precisa, la forma como fueron desencadenando los hechos. Es alegato básico en la defensa, el hecho de que se accionaron al menos dos armas de fuego, por personas distintas, y que no está demostrado, por la existencia de un peritaje de comparación balística, de cuál de las armas accionadas provino el disparo que segó la vida al hoy occiso. Ahora bien, la mencionada características de las acciones, permite a este Tribunal, establecer que si bien es cierto, y de los testimonios se desprende de ello, dos personas que se acompañaban sostuvieron una discusión con el ciudadano J.A.C.M., hermano del hoy occiso y uno de los testigos presencias de los hechos, lo que conllevó a una posterior vía de hecho, seguido a lo cual uno de los ciudadanos opto por esgrimir un arma de fuego, efectúa un disparo y huye del lugar, esto es una fracción si se quiere de la acción, en otro momento distinto el ciudadano acusado PERALTA MUJICA C.A. quien también había desenfundado un arma de fuego, realiza al menos un disparo, el cual tuvo como blanco el cuerpo del hoy occiso y que le causó su muerte; esta es otra fracción de la acción. Como se evidencia, son ubicables temporoespacialmente y se trata de momentos distintos. Las consecuencias posteriores a la recepción de un impacto de bala son, en virtud de la velocidad de acción y reacción, inmediatas. Todo esto permite descartar la hipótesis de la Defensa, sobre la imprecisión de establecer a través de una comparación balística, quien realizó el disparo que causo la muerte a la víctima, toda vez que está demostrado que el disparo que realizó la persona que acompañaba al acusado, no causó heridas a ninguna persona, y que el mismo fue previo y huyó, y no fue al mismo tiempo, que el realizado por el acusado PERALTA MUJICA C.A., disparo éste que si logro herir a la víctima, causándole la muerte.

    Quedando desvirtuado el principio de presunción de inocencia, y efectivamente este Tribunal Unipersonal, con fundamento a la sana critica, observando para ello las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, es decir, valorando y decantando los elementos de prueba obtenidos por un medio licito e incorporados al juicio oral y público conforme a los principios y garantías, dispuestos en el N.A.P.V., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 197 y encabezamiento del artículo 198 eiusdem, considera que quedo plenamente comprobado la culpabilidad del acusado PERALTA MUJICA C.A., en el hecho típico, antijurídico y reprochable imputado por la fiscal del Ministerio Público, tal como se a.e.l.p.m. del presente fallo.

    Las reglas de oralidad e inmediación incorporadas a los procesos judiciales, que permiten al Juez escuchar, en vivo y sin intermediarios, a cada uno de los testimonios promovidos y evacuados como prueba en juicio; permiten igualmente al Juzgador valorar sus dichos con sus expresiones naturales (lenguaje corporal), lo cual, hace crear en quien los aprecia, la certeza de su veracidad o la duda sobre su autenticidad.

    La Jurisprudencia conforma una plataforma imprescindible en la cual el Juez puede soportar sus decisiones. Es así que considera esta Administradora de Justicia importante tomar en consideración la siguiente Jurisprudencia:

  37. - Sentencia No. 301 de la Sala de Casación Penal, Expediente No. C99-0150 de fecha 16/03/2000:

    … En el sistema de la sana crítica, no basta que el juez se convenza así mismo, y lo manifieste en su sentencia, es necesario que, mediante el razonamiento y la motivación, el fallo tenga la fuerza de demostrar a los demás la razón de su convencimiento, basado este en las leyes de la lógica, los principios de la experiencia, y los fundamentos científicos de la determinación judicial, y cuya inobservancia, por parte de los jueces de mérito, amerita la censura de casación…

    .

  38. - Sentencia No. 353 de la Sala de Casación Penal, Expediente No.C07-0128 de fecha 26/06/2007:

    ...la valoración de la prueba, el Código Orgánico Procesal Penal establece el sistema de la libre convicción razonada que exige como presupuesto fundamental la existencia de la prueba, de manera que el juez sólo puede formar su convicción con las pruebas aportadas al proceso y practicadas en el juicio oral, ello en garantía a los principios de oralidad e inmediación, que supone que solo podrán apreciarse las pruebas incorporadas en la audiencia y la actividad probatoria debe transcurrir necesariamente en presencia del órgano jurisdiccional, que debe dictar la sentencia, así mismo en respeto al principio de contradicción, que permite a las partes hacer valer su respectivas pretensiones con la oportunidad de contradecir la prueba...

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  39. - Sentencia No. 0304 de la Sala de Casación Penal, Expediente No. C01-0150 de fecha 08/05/2001:

    … El artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, expresa: ?Las pruebas se apreciarán por el tribunal según su libre convicción, observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia?. Éstas son disposiciones que implican que los tribunales (unipersonales, con escabinos o con jurado) podrán valorar las pruebas según su leal saber y entender, y deberán tomar en cuenta las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, es decir, sin reglas de valoración establecidas en la ley (prueba tarifada)…

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  40. - Sentencia No. 428 de la Sala de Casación Penal, Expediente No. C05-0249 de fecha 12/07/2005:

    … Los jueces son soberanos en la apreciación de las pruebas y en el establecimiento de los hechos. Sin embargo, esa soberanía es jurisdiccional y no discrecional, razón por la cual debe someterse a las disposiciones legales para asegurar el examen de todos los puntos debatidos en el proceso; siendo para ello indispensable, cumplir con una correcta investigación, examen y valoración de los elementos de convicción acumulados, con el objeto de crear un correcto y objetivo criterio en torno al caso en estudio…

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  41. - Sentencia No. 75 de la Sala de Casación Penal, Expediente No. C06-0357 de fecha 13/03/2007:

    … Es imprescindible que se analicen en su conjunto y se comparen entre sí, los elementos probatorios que se debaten en la audiencia del juicio oral y público, además de que la alzada al motivar su fallo, debe expresar el pronunciamiento mediante un razonamiento jurídico de forma explícita y precisa de los fundamentos de hecho y de derecho en que basó su decisión, todo esto, de conformidad con los principios constitucionales de la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, y con lo establecido en los artículos 173 y 364 (numeral 4) del Código Orgánico Procesal Penal…

    .

    Con lo anterior se quiere significar que, gracias a la puesta en práctica de los principios procesales contenidos en las citadas jurisprudencias, el Juzgador posee la exclusiva de ver, oír y presenciar el modo en cómo se incorporan las pruebas al proceso, así como todos los demás elementos circunstanciales y referenciales que contribuyen a ilustrar los acontecimientos producidos en el pasado a quien en sus manos el deber de impartir Justicia, y valorarlas conforme lo permite el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal. Es de esta apreciación de las pruebas bajo el sistema de libre convicción, de la aplicación de la sana crítica y las máximas de experiencia; que esta Juzgadora ha llegado a la conclusión de que existen los elementos suficientes que demuestran la participación del ciudadano PERALTA MUJICA C.A. en el delito imputado por la Representación Fiscal y admitido por el Tribunal de Control de este Circuito Judicial Penal.

    En consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia Itinerante en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los teques, constituido unipersonal considera que lo procedente y ajustado a derecho es dictar SENTENCIA CONDENATORIA en contra del acusado PERALTA MUJICA C.A., por ser autor responsable del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA Y MOTIVOS FUTILES E IMNOBLES, previstos y sancionados en le articulo 406 numeral 2 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano CALZADILLA MAUREA H.E., de conformidad con lo establecido en el artículo 363 ejusdem, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 364 de la n.a.p.v. y ASÍ SE DECLARA.-

    PENALIDAD

    El delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA Y MOTIVOS FUTILES E IMNOBLES, previstos y sancionados en le articulo 406 numeral 2 del Código Penal, establece una pena de veinte (20) años a veintiséis (26) de prisión, lo que llevado a su término medio de conformidad con lo establecido en el artículo 37 eiusdem, queda en veintitrés (23) años, Ahora bien por cuanto la fiscal del Ministerio Público no demostró que el acusado PERALTA MUJICA C.A., tuviera antecedentes penales o correccionales, en consecuencias se le aplican las atenuantes genéricas establecidas en el artículo 74 numeral 4 del Código Penal, a tal efecto se le rebajara la pena, en menos del término medio, pero sin rebajar del límite inferior de la que corresponda al presente hecho, quedando en VEINTIDÓS (22) AÑOS DE PRISIÓN . Así mismo queda sujeto a la pena accesoria de 1.- a la inhabilitación política durante el tiempo de la condena, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Código Penal, debido a que no es posible aplicar la pena accesoria dispuesta en el numeral 2 de dicha disposición, en virtud de la sentencia dictada por la Sala Constitucional, del Tribunal Supremo de Justicia, Nro. 940 de fecha 21-05-2007, cuyo carácter vinculante se afirmó en decisión dictada por la mencionada sala en fecha 21-02-2008, expediente 07-1653, donde se advierte la inconstitucionalidad de la pena accesoria de Sujeción a la vigilancia de la Autoridad.

    No se condena al pago de las costas procesales, es decir se le exonera del pago de las mismas, según lo dispone el artículo 274, ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, que son los gastos originados durante el proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con lo dispuesto en el artículo 254 eiusdem.

    DISPOSITIVA:

    Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO NO. 1 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN AL CIUDAD DE LOS TEQUES, CONSTITUIDO COMO TRIBUNAL UNIPERSONAL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, y conforme al artículo 365 en su segundo aparte, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:

PRIMERO

Se CONDENA al ciudadano M.A.C.E.d. 28 años de edad, natural de Los Teques, Edo. Miranda, fecha de nacimiento 09-01-1979, titular de la cédula de identidad No.13.909.351, hijo de M.Y.C.D.M. y C.M.M., ocupación Comerciante Informal, de profesión u oficio Comerciante, residenciado en Residencias Retamal Calle Principal cerca de la capilla casa sin número, TELEFONO 0212-339-72-92, a cumplir la pena un (1) año de prisión , por la comisión del delito de posesión ilícita de sustancias Estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas; así mismo se lo que este Tribunal decreta y procede a emitir la correspondiente SENTENCIA CONDENATORIA, de conformidad con los artículos 2, 26 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 1, 2, 4, 5, 6, 7, 12, 13, 14, 15, 22, 64, 173, 175 en su encabezamiento, 177, 361, 362, 365 y 367, todos del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se exonera al hoy condenado del pago de las costas, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. TERCERO: La fecha en la cual se cumplirá la pena impuesta al ciudadano M.A.C.E., de conformidad con lo establecido en el segundo aparte del artículo 367 del Código Orgánico procesal Penal, tomando en consideración la fecha en que fue detenido el 21-09-2007, la misma se cumplirá hasta el día 10-11-2008, por lo que encontrándose cumplida la totalidad de la pena al día de hoy, le corresponde a esta juzgadora como garante de los derechos que le consagra la Constitución y las Leyes, visto que se encuentra cumplida la totalidad de la pena impuesta, se acuerda su libertad la cual se hace efectiva desde esta sala. CUARTO: Líbrese la correspondiente boleta de excarcelación y oficio al Director del Internado Judicial del Rodeo, informándole lo pertinente. QUINTO: Se deja constancia que el Tribunal se reserva el lapso de diez (10) días para publicar el texto íntegro de la sentencia, de conformidad con lo previsto en el segundo aparte del artículo 365 de la Ley Adjetiva Penal. Quedan debidamente notificadas las partes, de conformidad con lo establecido en los artículos 365 y 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Se libró Oficio Nro. 288 al mencionado establecimiento penal, remitiéndole anexo boleta de encarcelación Nro. 004-2008. Concluye el Acto siendo las siete horas de la noche. Es todo, termino se leyó y conformes firman:

Publíquese, registrase y déjese copia debidamente certificada por secretaria y constancia en el Libro Diario

Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sala de Audiencia itinerante del Tribunal Primero itinerante de Primera Instancia en lo penal del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, a los veintiocho (28) días del mes de Abril del año dos mil nueve (2009). Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.

LA JUEZ

Abg. VIANNEY BONILLA

JUEZ ESCABINO TITULAR I JUEZ ESCABINO TUTULAR II

LUIS VERGARA JOSE MANUEL PENEDO RODRIGUEZ

LA SECRETARIA

Abg. ROSANNA CONSTANTINO

En la misma fecha, conforme a lo ordenado, siendo las tres y veinte (03:20) horas de la tarde, se público y registró la anterior sentencia.

LA SECRETARIA

Abg. ROSANNA CONSTANTINO

Act. 3M-109-08

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