Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria. Extensión Tucacas. de Falcon (Extensión Tucacas), de 14 de Noviembre de 2012

Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2012
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia Agraria. Extensión Tucacas.
PonenteRosa Isabel Franca Luis
ProcedimientoAuto De Admision

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN. Tucacas, Catorce (14) de Noviembre de Dos Mil Doce (2012).

202º y 153º

Vista la anterior acta contentiva de demanda presentada verbalmente por ante la Secretaría de este Tribunal por los ciudadanos J.R. Y L.C.M.M., venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números 9.507.381 y 4.105.190 respectivamente, domiciliados el primero de los nombrados en la población de Sanare entrada a la Bodega El Triunfo, frente al estadio, casa S/N, Parroquia Tucacas, Municipio S.d.E.F. y el segundo en la población de San J.d.S., Parroquia Tucacas, Municipio S.d.E.F. y anexos acompañados por ACCIÒN DERIVADA DE CONFLICTO SUSCITADO ENTRE COOPERATIVA DE ÌNDOLE AGRARIA sobre un lote de terreno denominado COOPERATIVA PROYECTO DE VIDA 13 constante de una superficie aproximada de Diecinueve Hectáreas con Mil Novecientos Treinta y Nueve metros cuadrados (19/1.939 ha/M²), ubicado en el Asentamiento Campesino La Alegría, Sector San J.d.S., Parroquia Tocuyo de la Costa, Municipio Monseñor Iturriza del Estado Falcón y cuyos linderos son: NORTE: Fundo La Corianera; SUR: Haras Altamira; ESTE: Fundo Pimpinela y OESTE: Carretera Morón-Coro; désele entrada, anótese en los Libros respectivos y admítase cuanto ha lugar en Derecho. A tal efecto, este Tribunal posterior a una revisión efectuada a las actuaciones cursantes en autos, acuerda emplazar al demandado, ciudadano V.E.C., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 7.473.223 y domiciliado en la población de San J.d.S., Parroquia Tucacas, Municipio S.d.E.F., para que comparezca personalmente por ante este Tribunal dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes una vez que conste en autos la citación ordenada a los fines de que de contestación a la demanda. Por otra parte, a tenor de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley Orgánica de la Defensa Pública en concordancia con el artículo 26 y el numeral primero del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se acuerda librar boleta de notificación a la Coordinación de la Defensoría Pública Agraria del Estado Falcón a objeto de que sea asignado un Defensor Público en la materia para que asista a los actores en su defensa. A los fines de la notificación de la Defensoría Pública Agraria, se acuerda comisionar al Juzgado Distribuidor del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, al cual se ordena librar despacho con las inserciones conducentes y remitirlo con oficio a objeto de que sea practicada la misma. Compúlsese por Secretaría las copias certificadas del acta libelar con su correspondiente auto de comparecencia al pie y entréguesele al alguacil de este Tribunal para que practique la citación ordenada. Líbrese boleta y compulsa. Habilítese el tiempo que sea necesario a los fines de la citación. Cúmplase todo lo ordenado.

La Jueza Provisoria,

ABOG. R.I.F.L.

El Secretario,

ABOG. J.G.B.

En esta misma fecha se le dio entrada bajo el número 32-2012 y se deja constancia que se cumplió todo lo demás ordenado en el auto que antecede.

El Secretario,

ABOG. J.G.B..

RIFL/JAGB/yordan.

Exp. 32 -2012

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