Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de Tachira (Extensión San Antonio), de 8 de Agosto de 2012

Fecha de Resolución 8 de Agosto de 2012
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control
PonenteJerson Quiroz Ramirez
ProcedimientoSobreseimiento De La Causa

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San A.d.T.

San A.d.T., 8 de Agosto de 2012

202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2011-000968

ASUNTO : SP11-P-2011-000968

RESOLUCION

JUEZ: ABG. J.Q.R.

FISCAL: ABG. F.M.T.O.

SECRETARIO: ABG. F.J.C.S.

IMPUTADO: JEFFER A.J.

DEFENSORA: ABG. Y.Y.C.

DELITO: POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del Estado Venezolano.

Celebrada como ha sido la audiencia especial para verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas al ciudadano JEFFER A.J., de nacionalidad venezolana, natural de Ureña, Municipio P.m.U., estado Táchira, nacido en fecha 09 de febrero de 1986, de 25 años de edad, hijo de D.H. (v) y de A.J. (v), titular de la cedula de identidad Nº V.- 17.817.585, soltero, de profesión u oficio ayudante de mecánica, residenciado en calle 12 y 13, casa 12-72 barrio Puente Amarillo diagonal al Transporte Fontur, Ureña, Municipio P.m.U., estado Táchira, por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del Estado Venezolano, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de haber finalizado el Plazo Para el Régimen de Prueba acordado según audiencia celebrada el día 11 de julio del 2011.

OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO

En fecha 11 de julio del 2011, se celebró la Audiencia Preliminar en la que el ciudadano JEFFER A.J., se acogió a la alternativa a la prosecución del p.d.S.C. del Proceso, decretando el Tribunal entre otras cosas, la SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO a favor del mencionado ciudadano, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal; audiencia en la que se acordó fijar, como plazo para el cumplimiento de las condiciones, un lapso de UN (01) AÑO, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 eiusdem, imponiéndole como condiciones: 1.- Presentarse una) vez cada (90) días, por ante la Oficina de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal. 2.- Prohibición de verse involucrado en cualquier otro hecho punible 3.- La obligación de asistir a la Audiencia de Verificación de Cumplimiento de Régimen de Prueba.

El Tribunal verificó a través de la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, sobre el régimen de presentaciones impuesto al ciudadano JEFFER A.J., quien cumplió satisfactoriamente.

Habiendo transcurrido el plazo establecido como régimen de prueba y verificado el total cumplimiento de las condiciones asumidas por el acusado, este Tribunal considera que lo procedente y ajustado a derecho es DECRETAR LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL y como consecuencia de ello, el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano JEFFER A.J., de nacionalidad venezolana, natural de Ureña, Municipio P.m.U., estado Táchira, nacido en fecha 09 de febrero de 1986, de 25 años de edad, hijo de D.H. (v) y de A.J. (v), titular de la cedula de identidad Nº V.- 17.817.585, soltero, de profesión u oficio ayudante de mecánica, residenciado en calle 12 y 13, casa 12-72 barrio Puente Amarillo diagonal al Transporte Fontur, Ureña, Municipio P.m.U., estado Táchira, por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del Estado Venezolano; todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45, 48 numeral 7 y 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVO

EN CONSECUENCIA ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL No 1 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN A.D.T., ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:

ÚNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad a lo establecido en el artículo 48 numeral 7, del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 45 eiusdem, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano JEFFER A.J., de nacionalidad venezolana, natural de Ureña, Municipio P.m.U., estado Táchira, nacido en fecha 09 de febrero de 1986, de 25 años de edad, hijo de D.H. (v) y de A.J. (v), titular de la cedula de identidad Nº V.- 17.817.585, soltero, de profesión u oficio ayudante de mecánica, residenciado en calle 12 y 13, casa 12-72 barrio Puente Amarillo diagonal al Transporte Fontur, Ureña, Municipio P.m.U., estado Táchira, por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con lo dispuesto en el 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo cesa toda medida de coerció personal dictada en su contra en la presente causa.

La presente decisión fue pronunciada de manera oral, al término de la audiencia celebrada en fecha 11 de julio de 2012, con fundamento en lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 177 eiusdem. Con la lectura del acta respectiva, quedaron debidamente notificadas las partes de los fundamentos de hecho y de derecho de la presente decisión.

Publíquese, regístrese, déjese copia para el archivo del Tribunal. Vencido el lapso de ley, remítase la causa al Archivo Judicial.

ABG. J.H. QUIROZ RAMIREZ

JUEZ PRIMERO DE CONTROL

ABG. F.J.C.S.

SECRETARIO

Asunto SP11-P-2011-000968. JQR.

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