Decisión de Juzgado Tercero de Sustanciación, Ejecución y Mediación de Sucre (Extensión Cumaná), de 26 de Noviembre de 2009

Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2009
EmisorJuzgado Tercero de Sustanciación, Ejecución y Mediación
PonenteAlbelu Villarroel
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del

Estado Sucre extensión Cumaná

Cumana, veintiséis (26) de Noviembre del dos mil nueve

199º y 150º

N° DE EXPEDIENTE: RP31-L-2009-0000361

PARTE ACTORA: J.D.L.C.G.

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: C.L.G.

PARTE DEMANDADA: AUTOLAVADO EL AGUILA,C.A.

MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales

SENTENCIA

Visto que en el día de hoy, veintiséis (26) de Noviembre del 2009, siendo las 09.30 A. M, fecha y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, se sigue en el presente asunto se anunció dicho acto en este Tribunal por el ciudadano Alguacil, haciéndose presente por la parte actora el ciudadano J.D.L.C.G. titular de la cédula de identidad nro. 9.278.852, y su apoderado judicial C.L.G., abogado de este domicilio inscrito en el i.p.s.a. bajo el Nro. 22.603, representación que consta a las actas procesales y por la parte demandada AUTOLAVADO EL AGUILA,C.A.hizo acto de presencia la ciudadana EMERYS GERALDINO PEREZ, titular d ela cédula de identidad Nro. 9.278.567, debidamente asistido por J.G.E.B., abogado en ejercicio inscrita en el inpreabogado bajo el No. 119.259.

En este acto el Tribunal verificada la comparecencia de las partes antes mencionadas da inicio a la Audiencia Preliminar y el Juez luego de haber escuchado a cada una de las partes haciendo sus respectivas exposiciones, la juez insto a la mediación del conflicto, exponiendo la parte demandada que a los fines de dar por terminado el presente proceso ofrece cancelar la suma CATORCE MIL BOLIVARES (Bs. 14.000.,00) que comprende los conceptos demandados entre otros: antigüedad, vacaciones, bono vacacional, utilidades, intereses, y honorarios profesionales, costas y costos procesales de la siguiente manera el 50% de dicha cantidad es decir Bs. 7.000,00 el dia 15 de Diciembre del 2009, y el otro 50% serán cancelados el día 30 de Enero del 2010 en este estado la parte actora acepta y conviene la oferta realizada por lo que declara estar de acuerdo con todo lo ante expuesto y manifiesta que no tiene nada que reclamar a la demandada, ni por ningún otro concepto derivado de la relación laboral que le unió a la misma, ambas partes solicitan la entrega de las pruebas consignadas, así como la homologación de la presente transacción..

La Juez

Abg. ALBELU NAZARET VILLARROEL la secretaria

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR