Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Delta Amacuro, de 7 de Diciembre de 2010

Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2010
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteLuis Muñoz
ProcedimientoCobro De Pretaciones Sociales

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO D.A.

200° y 151°

Tucupita, Siete (07) de Diciembre de 2010

PROLONGACION DE AUDIENCIA PRELIMINAR

ASUNTO: YH02-L- 2009-000013

PARTE ACTORA: J.M.

APODERADO JUDICAL: Abg. ELIO ARZOLAY. I. P. S. A. Nº 88.024

PARTE DEMANDADA: EMPRESA CONAR CONSTRUCCIONES, C.A.

APODERADOS JUDICIALES: ABG. R.R., S.H. y AURA MONROE, I. P. S. A. 10.328, 22.822 Y 54.553.

MOTIVO: INDENNIZACIONES POR ACCIDENTE DE TRABAJO.

En el día de hoy, Siete (07) de Diciembre de 2010, siendo las Once y Treinta (11:30 A. M) de la mañana, compareció por ante este Tribunal El Ciudadano: J.M., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº: 9.319576, domiciliado en la ciudad de Tucupita, Municipio Tucupita del Estado D.A., debidamente representado por su Apoderado Judicial, Abg. ELIO ARZOLAY PITRE, I. P. S. A. Nº 88.024, parte demandante en esta causa. Igualmente compareció, la Abogada: AURA MONROE, I. P. S. A. 54.553, Apoderada Judicial de la Demandada: EMPRESA CONAR CONSTRUCCIONES, C.A., con domicilio Fiscal en la Ciudad de Caracas. El Juez solicita de la Apoderada Judicial de la demandada, que informe si PETROLEOS DE VENEZUELA, PDVSA o PETROSUCRE, mantienen contrataciones con la Empresa: CONAR CONSTRUCCIONES, C. A., todo esto por cuanto en la Instalación de la Audiencia Preliminar, los Apoderados de CONAR CONSTRUCCIONES, C. A., que representaron a la demandada en esa Audiencia, manifestaron que porque se demandaba a PDVSA y a PETROSUCRE. La Apoderada Judicial, informó que no tenía conocimiento sobre la información solicitada por el Tribunal. En este estado, el Juez, suspende la Audiencia del día de hoy, para clarificar los hechos, que pudieran violentar las prerrogativas que debe concedérseles a los Entes del Estado, para la fecha: Lunes Trece (13) de Diciembre de 2010, alas Dos (02: 00 P. M). SE ORDENA, notificar vía Telefónicas a la Apoderada Judicial de PDVSA, Abg. VIRGENIS SILVA a través del Teléfono: 0424-930 81 13, ubicada en Maturín, Estado Monagas, informándole que la Audiencia fue suspendida, para el Lunes Trece (13) de Diciembre de 2.010, a las Dos (02:00 P.M). Dado en el Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado D.A., a los Siete (07) días del mes de Diciembre de 2010.- Años: 200º de la Independencia y 151º de la Federación. CUMPLASE.

EL JUEZ

Abg. LUIS MUÑOZ

EL ACTOR

APODERADO JUDICAL

APODERADA JUDICIAL

PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA

Abg. MILAGROS MARCANO

LM/ mm( YH2-L-2009-000013.

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