Reducción de la jornada de trabajo. Especial referencia a Venezuela

AutorIván Mirabal Rendón
CargoProfesor de Derecho del Trabajo de la Universidad Fermín Toro y de postgrado en Derecho Procesal del Trabajo de la UNEFA
Páginas129-154
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Reducción de la jornada de trabajo.
Especial referencia a Venezuela
Iván MIRABAL RENDÓN
Profesor de Derecho del Trabajo de la Universidad Fermín Toro
y de postgrado en Derecho Procesal del Trabajo de la UNEFA
El verdadero Maestro es aquel Aprendiz
que nunca se dio por vencido.
Sumario
I. Nota introductoria. Breve reseña histórica sobre la
reducción de la jornada de trabajo a nivel internacional. II.
Reducción de la jornada laboral en nuestros tiempos. III.
Algunas precisiones conceptuales: Factores articuladores
de la reducción de la jornada laboral. IV. La reducción de la
jornada de trabajo en Venezuela: Vacaciones y bono
vacacional. Régimen de las horas extras. Días de descanso
y feriados. V. Conclusiones.
I. NOTA INTRODUCTORIA. BREVE RESEÑA HISTÓRICA SOBRE LA REDUCCIÓN
DE LA JORNADA DE TRABAJO A NIVEL INTERNACIONAL
El Derecho del Trabajo a través de su historia ha funcionado como un péndulo,
incluida entre sus instituciones, la jornada de trabajo. Siendo que, en sus inicios
cuando no existía la regulación jurídica del trabajo, este péndulo había estado
inclinado totalmente a favor de la clase que se beneficiaba del servicio personal
prestado por cada individuo pues, el trabajo humano era regido por la esclavitud,
los esclavos no tenían derecho alguno, ni siquiera a una pequeña remuneración
por la prestación de sus servicios. Tanto que al lesionarse un trabajador esclavo,
si la lesión le impedía continuar sus labores cotidianas simplemente era
reemplazado por otro, sin ningún tipo de indemnización.
Posteriormente, abolida la esclavitud, en el campo, el régimen feudal agrupaba
autoritariamente alrededor del señor, a los vasallos, quienes le brindaban su
trabajo a cambio de su protección y gobierno. Más tarde, el servicio personal
prestado en beneficio de otro fue evolucionando y se adhirió la figura del contrato
7º Congreso Internacional de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Memorias y Comunicaciones
Derecho del Trabajo Nº 15/2013 (Extraordinaria) Issn: 1856-3449 129-154
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de trabajo a la figura del contrato civil de arrendamiento de servicios, cuya
actividad era remunerada, pero no se otorgaban ni pagaban beneficios laborales,
tampoco existía límites legales establecidos en forma precisa sobre la duración
de la jornada laboral. Consecutivamente, por medio de la lucha de la clase
trabajadora, se fueron obteniendo mayores beneficios laborales para la gente
que trabajaba de forma dependiente, incluido dentro de estos beneficios la
regulación de la jornada de trabajo.
El tiempo de trabajo, ha sido uno de los pilares fundamentales en cuanto a la
reglamentación del empleo. En diferentes países se ha utilizado una serie de
acciones e instrumentos para poner en práctica este marco sistemático.
Inicialmente, entre otras, con protestas, manifestaciones, paralización de
actividades; así surge la historia de los “mártires de Chicago” que comienza en
una convención de la Federación de trabajadores de los EE.UU. en 1884. En
esa convención, se llamó a los trabajadores a luchar por la jornada laboral de 8
horas (que se venía pidiendo desde 1860), para sustituir el día laboral de 10, 12
y hasta 16 horas que prevalecía.
La historia de los “mártires de Chicago” comienza con esa convención de la
Federación de Trabajadores de Estados Unidos y Canadá en 1884. Donde miles
de trabajadores, organizados e independientes, se preparaban para salir a las
calles en señal de protesta. Por otro lado, las fuerzas policíacas y cuerpos
armados de seguridad financiados por los poderosos comerciales que se oponían
a las demandas laborales estaban listos para contrarrestar la manifestación de
los trabajadores.
Albert Parsons, líder de la organización laboral “Noble Orden de los Caballeros
del Trabajo de Chicago”, dirigió una gran manifestación de trabajadores a través
de las calles, con consignas dirigidas a conseguir la tan añorada reducción de
la jornada laboral de 8 horas diarias. Posteriormente, se unieron a esta
reclamación muchos más trabajadores, para luego, iniciar una huelga general
en Norteamérica que afectaría más de mil fábricas. La unión de los trabajadores
causó mucha alarma entre los industriales y en la prensa pues, en esa época
no se había visto algo similar. El grupo de huelguistas se dirigió a una fábrica
cercana, la planta McCormick, para manifestar. Sin embargo, llegó la policía
para aplacar a la multitud, abrió fuego y mató por lo menos a un huelguista,
hiriendo a otros más.
La mayoría de los obreros estaban afiliados a la Noble Orden de los Caballeros
del Trabajo, pero tenía más preponderancia la American Federation of Labor,
(Federación Estadounidense del Trabajo), inicialmente socialista. Federación
que había resuelto en su cuarto congreso realizado el 17 de octubre de 1884,
que desde el 1° de mayo de 1886 la duración legal de la jornada de trabajo
debería ser de ocho (8) horas diarias. En caso de no obtener respuesta a este
reclamo, se iría a una huelga general. Recomendaba a todas las uniones
sindicales a tratar de hacer promulgar leyes con ese contenido en todas sus
jurisdicciones. Esta resolución despertó el interés de todas las organizaciones
sindicales, que veían que la jornada de ocho (8) horas posibilitaría obtener mayor
cantidad de puestos de trabajo para así generar menos desocupación. Esos
dos años acentuaron el sentimiento de solidaridad de los trabajadores en general.
Iván Mirabal Rendón

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