Decisión nº IG012013000576 de Corte de Apelaciones de Falcon, de 29 de Octubre de 2013

Fecha de Resolución29 de Octubre de 2013
EmisorCorte de Apelaciones
PonenteGlenda Oviedo
ProcedimientoAuto Para Mejor Proveer

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón

Coro, 29 de Octubre de 2013

203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-O-2013-000074

ASUNTO : IP01-O-2013-000074

AUTO PARA MEJOR PROVEER

Visto que fueron elevadas al conocimiento de esta Corte de Apelaciones las presentes actuaciones, en virtud de la acción de amparo; interpuesto por el abogado en ejercicio C.R.V., en su condición de defensor del ciudadano J.G.A.; contra la Jueza del Tribunal Quinto en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, por omisión de pronunciamiento en la causa signada con nomenclatura IP01-P-2013-004100, con ocasión de solicitud de Decaimiento de la Medida Privativa de Libertad a favor del procesado antes señalado. A tales efectos se acuerda solicitar al Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Falcón, en un lapso no mayor de Veinticuatro (24) horas una vez recibida la solicitud de esta Alzada, remita la causa principal Nº IP01-P-2013-004100, que cursa por ante ese Juzgado, de conformidad a lo establecido en el articulo 17 de la Ley Orgánica de A.S.D. y Garantías Constitucionales a los fines de resolver efectivamente la Acción de Amparo que fuere interpuesto por el C.R.V., en su condición de defensor privado del procesado J.G.A.. Es todo. Cúmplase.-

MORELA F.B.

JUEZA PRESIDENTA Y PONENTE

GLENDA OVIEDO RANGEL RITA CACERES

JUEZA TITULAR JUEZA SUPLENTE

JENNY OVIOL RIVERO

SECRETARIA

En la misma fecha se cumplió lo ordenado.

La Secretaria

RESOLUCION IG012013000576

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