Decisión nº PJ0042012000239 de Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Falcon (Extensión Punto Fijo), de 18 de Diciembre de 2012

Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2012
EmisorTribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio
PonenteClaudia Bracho
ProcedimientoInterrupción Del Juicio Oral Y Público

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Juicio de Punto Fijo

Punto Fijo, Martes dieciocho (18) de Diciembre de 2012

202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2011-001456

ASUNTO : IP11-P-2011-001456

AUTO DECLARADO INTERRUMPIDO JUICIO ORAL Y PÚBLICO.-

Revisadas como han sido las actas procesales que componen la presente asunto, se observa que en fecha (18) de julio de 2012, se dio inicio al Juicio Oral y Público Unipersonal, seguida contra de los acusados ciudadanos J.L.P.F. y CRISKELIS ROSAL MAVO, por el delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas con el agravante establecido en el articulo 163 numeral 7 Ejusdem, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; habiéndose celebrado continuación para los días 01.08.2012; 09.08.2012; 12.09.2012; 23.10.2012; 21.11.2012, respectivamente.

Es de hacer notar, que en la oportunidad en que estaba fijado la continuación del debate Oral y P. (17.12.2012) no se celebro el traslado de los acusados de actas desde el Centro de Detención Preventiva, siendo este la Comunidad Penitenciaria de S.A. de Coro en razón de encontrarse los funcionarios de custodia y resguardo integrando la Comisión del Plan Republica, con ocasión a los comicios electorales de fecha 16.12.2012, siendo este el ultimo de los días hábiles para la celebración de la continuación del juicio oral y publico previsto por nuestro Legislador Patrio.

Es así como, al verse afectado un principio continuidad del proceso penal venezolano, es razón por la cual se declara INTERRUMPIDO el Juicio Oral y Publico iniciado en la presente causa en fecha 18 de Julio del 2012, de conformidad con el artículo 318 del Decreto con R. y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.

Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON EXTENSION PUNTO FIJO Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: INTERRUMPIDO el Juicio Oral y Publico iniciado en la presente causa en fecha (18) de julio de 2012 seguido en contra de los ciudadanos J.L.P.F. y CRISKELIS ROSAL MAVO, por el delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas con el agravante establecido en el articulo 163 numeral 7 Ejusdem, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, al haber sido afectado el principio continuidad del proceso penal venezolano, es razón por la cual se declara INTERRUMPIDO el Juicio Oral y Publico, conforme con el artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se fija juicio oral y publico para el día LUNES 07.02.2013, A LAS ONCE DE LA MAÑANA; fecha esta, en virtud de la cantidad de los actos fijados en la agenda Única Llevada por este despacho, de conformidad a lo establecido en la sentencia N° 483 de fecha 14-04-2005, expediente N° 050265 emanada de la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Notifíquese a la totalidad de las partes. Solicítese el respectivo traslado

LA JUEZA PRIMERA EN FUCIONES DE JUICIO

ABOG. C.R.B.P..

LA SECRETARIA

BG. M.B.

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