Jurisprudencia Administrativa y Constitucional (Corte Suprema de Justicia y Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo): Año 1999

AutorMary Ramos Fernández y Marianella Villegas Salazar
Páginas55-451
Información Jurisprudencial
Jurisprudencia Administrativa y Constitucional
(Corte Suprema de Justicia y Corte Primera
de lo Contencioso-Administrativo):
de 1999
Selección, recopilación y notas
por Mary Ramos Fernández
Abogado
Secretaria de Redacción de la Revista
Marianella Villegas Salazar
Abogado Asistente
SUMARIO
I. ORDENAMIENTO CONSTITUCIONAL Y FUNCIONAL DEL ESTADO
1. Convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente. A. Convocatoria a Referéndum. Alcance. B.
Referéndum Carácter Consultivo. Asamblea Nacional Constituyente. Limites. C. Bases Comiciales
del Referéndum Consultivo. Reforma. D. Asamblea Nacional Constituyente. Convocatoria Bases
Comiciales. E. Asamblea Nacional Constituyente normas que rígen el proceso de elección de candi-
datos. F. Carácter de las Bases Comiciales aprobadas en el Referéndum. 2. El Ordenamiento Jurídi-
co. A. La Ley. a. Clases. a’. Leyes del procedimiento. b. Vigencia. a’. Introactividad de la Ley. b’.
Derogación. c. Colisión de Leyes. 3. El Poder Judicial. A. Administración de Justicia: Tribunales
con jurados y excábinos. B. Corte Suprema de Justicia. a. Competencia. Tribunal Supremo de justi-
cia. Sala Político Administrativa. b. Avocamiento. a’. Legitimación. b’. Procedencia. c’. Improce-
dencia. C. Antejuicio de Mérito. Competencia. D. Jurisdicción y Competencia. a. Regulación de ju-
risdicción. b. Regulación de Competencia. E. Régimen de los Jueces: Procedimiento disciplinario. 4.
El Poder Ejecutivo. A. Presidente de la República. Enjuiciamiento. 5. La organización administrati-
va. A. Administración Descentralizada. Colegios Profesionales.
II. DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES
1. Derechos individuales. A. Derecho a la igualdad y la no discriminación. B. Derecho a la invio-
labilidad del domicilio. C. Derecho de petición y a obtener oportuna respuesta. D. Derecho al de-
bido proceso. E. Derecho a la defensa. 2. Derecho sociales. A. Derechos de la mujer embarazada.
3. Derecho al trabajo. 4. Derechos económicos. A. Derecho a la libertad económica.
III. EL ORDENAMIENTO ORGÁNICO DEL ESTADO
1. Los municipios. A. Régimen. Autonomía Municipal. Limitaciones. B. Consejos Municipales. a.
Concejales. Pérdida de investidura.
IV. ORDENAMIENTO TRIBUTARIO
1. Impuestos nacionales. 2. Impuestos municipales. A. Impuestos sobre juegos y apuestas lícitas.
V. LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
1. El procedimiento administrativo. A. Derecho a la defensa. B. Actuación de la administración. a.
Principio de ejecutoriedad. b. Silencio administrativo. 2. Actos administrativos. A. Definición. B.
Motivación. C. Vicios. Inmotivación.
VI. LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL
1. Acción de inconstitucionalidad. A. Definición. B. Competencia Jurisdiccional. Corte Suprema
de Justicia. Corte en Pleno. C. Objeto. a. Leyes derogadas. D. Motivos. Vicios de Inconstituci ona-
lidad. a. Usurpación de funciones. E. Inadmisibilidad. 2. Acción de inconstitucionalidad y ampa-
REVISTA DE DERECHO PUBLICO N° 77-78 / 79-80 / 1999
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ro. A. Competencia. a. Corte Suprema de Justicia. Sala Político -Administrativa. B. Partes. C. Pe-
rención de la instancia. 3. Acción de amparo constitucional. A. Competencia. a. Corte Suprema de
Justicia. a ’. Corte Plena. b’. Sala Político -Administrativa. b. Corte primera de lo Contencioso-
Administrativo. c. Tribunal de la Carrera Administrativa. d. Tribunales Superiores Co ntencioso-
Administrativos. B. Clases. Amparo acumulado. C. Carácter de la acción. a. Carácter personalísi-
mo. b. Carácter restablecedor. D. Objeto. a. Amparo contra sentencias. a’. Competencia. a’’. Corte
Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil. b’’. Corte Primera de lo c ontencioso-administrativo.
b. Improcedencia. E. Motivos. a. Violaciones de derechos constitucionales. F. Procedimiento. a.
Admisibilidad. a’. Condiciones de amenaza de lesión. b’. Acción de amparo pendiente. c’. Rep a-
rabilidad del daño. d’. Situación jurídica irreparable. e’. Existencia de otros medios procesales. f’.
Consentimiento. b. Medidas cautelares. G. Sentencia. Incumplimiento (Desacato).
VII. LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
1. Órganos. A. Competencia. a. Corte Suprema de Justicia. b. Corte Primera de lo Contencioso
Administrativa. c. Tribunal de la Carrera Administrativa. d. Tribunales Ordinarios. 2. El conten-
cioso-administrativo de anulación. A. Regulación del procedimiento. a. Cuestiones de orden pr o-
cesal. a’. Declaratoria de urgencia. b’. Declaratoria de mero derecho. B. La Admisibilidad. a. Le-
gitimidad activa. C. Medidas cautelares. D. Suspensión de efectos del acto administrativo. a.
Carácter. b. Procedencia. c. Improcedencia. E. Las Partes en el procedimiento. a. Coadyuvantes.
F. Las pruebas. Medios de prueba. a. Exhibición de documentos. b. Documentos privados. G. Sen-
tencia. a. Aclaratoria. a’. Ratificación de errores materiales. b’. Facultades del Juez. b. Improce-
dencia. c. Vicios. a’. Falso supuesto. d. Impugnación. a’. Recurso de hecho. 3. El Contencioso
Administrativo de anulación y amparo. A. Competencia. a. Corte Suprema de Justicia. a’. Sala
Plena. b’. Sala Político Administrativa. b. Corte primera de lo Contencioso-Administrativo. c.
Juzgados Superiores Contencioso-Administrativos. B. Acción de Amparo. a. Admisibilidad del
amparo. b. Inadmisibilidad del amparo. C. Inadmisibilidad. 4. El Contencioso Administrativo de
las demandas contra los entes públicos. A. Competencia. 5. Recurso de interpretación. A. Com-
petencia. Corte Suprema de Justicia. B. Procedencia. C. Inadmisibilidad. 6. El contencioso-
administrativo especial. A. Contencioso funcionarial. B. Contencioso Tributario. a. Admisibili-
dad. b. Perención. C. Recurso Contencioso-Electoral. a. Mero derecho. b. Medidas Cautelares.
Improcedencia. c. Desistimiento.
VIII. PROPIEDAD Y EXPROPIACIÓN
1. Derecho de propiedad. 2 . Expropiación. A. Decreto de Expropiación. a. Ocupación Pr evia.
Avalúo Previo.
IX. FUNCIONARIOS PÚBLICOS
1. Régimen legal. A. Ámbito de aplicación de la Ley de Carrera Administrativa. B. Clases de fun-
cionarios. a. Funcionarios de Carrera del Servicio Exterior. C. Obligaciones.
I. ORDENAMIENTO CONSTITUCIONAL Y FUNCIONAL DEL ESTADO
1. Convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente
A. Convocatoria a referendum. Alcance
CSJ-SPA (17) 19-1-99
Magistrado Ponente: Humberto J. La Roche
Caso: Junta Directiva de la Fundación para los Derechos Humanos (fun-
dahumanos).
De conformidad con el orden constitucional vigente (Preámbulo,
artículo 4 y artículo 50), artículos 234 de la Ley Orgánica del Sufra-
gio y Participación Política y 42 ordina l 24 de la Ley Orgánica de la
Corte Suprema de Justicia.
JURISPRUDENCIA
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El alcance del Referéndum Consultivo consagrado en el Art. 181
de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, consiste en
que a través del mismo puede ser consultado el parecer del cuerpo
electoral sobre cualquier decisión de especial trascendencia nacional
distinto a los expresamente excluido s por la propia Ley Orgánica del
Sufragio y participación política en su artículo 185, incluyendo la re-
lativa a la convocatoria de una Asamblea Constituyente.
Mediante escrito presentado en fecha 16 de diciembre de 1998, los ciudadanos Raúl Pinto
Peña, Enrique Ochoa Antich y Viviana Castro, titulares de las cédulas de identidad Nos.
7.375.444, 4.632.450 y 13.531.806, respectivamente, actuando en la condición de integrantes de
la Junta Directiva de la Fundación para los Derechos Humanos (Fundahumanos), asistidos por
la abogado Lisethlote Moreno Pineda, interpusieron, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 234 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política y el artículo 42, numeral
24 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, recurso de interpretación:
“…con relación al artículo 4 de la Constitución nacional (sic.) y de conformidad con el artí-
culo 181 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación política”.
El día 17 del mismo mes y año se dio cuenta en Sala y se designó ponente al Magistrado
que con tal carácter suscribe el presente fallo, a los fines de decidir el recurso de interpreta-
ción, lo cual pasa a hacerse, previas las siguientes consideraciones:
Alegan los recurrentes, en primer lugar, que están dados los supuestos de procedencia
del recurso intentado, y en tal sentido señalan lo siguiente:
1.- Que la Ley cu ya interpretación se solicita, esto es, la Ley Orgánica del Sufragio y
Participación Política, sí contempla expresamente en su artículo 234 la posibilidad de que los
preceptos en ella contemplados sean objeto de interpretación.
2.- En segundo lugar, consideran que poseen legitimación para recurrir y en tal sentido
señalan que:
“…el interés que nos asiste deviene de nuestra condición de electores inscritos en el Registro
Electoral Permanente, que nos otorga el derecho a sufragar en los comicios presidenciales”.
Asimismo, señalan que se está en presencia de un caso concreto vinculado al interés en
recurrir, el cual es otro de los supuestos que según ha entendido la jurisprudencia, exige la ley
a los fines de que el recurrente esté debidamente legitimado. En este sentido, expresan lo
siguiente:
“…ha sido propósito nacional, recurrentemente propuesto producir una profunda reforma de
nuestra Constitución. Todos sin excepción, los más diversos sect ores nacionales -políticos,
económicos y sociales- han expresado una común con vicción: las nuevas realidades, venezo-
lanas y mundiales, reclaman una actualización del texto constitucional de 1961(…).
El presidente electo de la República, Hugo Chávez Frías, ha expresado su intención de con-
vocar una Asamblea Constituyente, mediante el procedimiento de conminar un Referéndum
popular el 15 de febrero del próximo año. Además se ha anunciado para el 23 de enero de
1999 fecha de instalación del nuevo Congreso, la apertu ra de un debate parlamentario en tor-
no a la posición del Movimiento V República, ya formalizada públicamente por el Senador
Hermann Escarrá, de convocar el mismo referendo pero por vía del Poder Legislativo (…).
Sin embargo, en el camino escogido por él quedan muchos cabos sueltos (…) por esto rec u-
rrimos a la Corte en el entendido de que todos los participantes aceptarán co mo regla de jue-
go su veredicto inapelable. Lo hacemos antes de que los acontecimientos se precipiten y ya
no sean administrables. Si la Corte interpreta que la vía sugerida por el Presidente es con sti-
tucional y legítima, quienes suscribimos el presente documento seremos su s más decididos
propiciadores”.

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