Jurisprudencia Administrativa y Constitucional (Corte Suprema de Justicia y Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo): Enero-Diciembre 1998

AutorMary Ramos Fernández
Páginas77-317
Información Jurisprudencial
Jurisprudencia Administrativa y Constitucional
(Corte Suprema de Justicia y Corte Primera
de lo Contencioso-Administrativo):
Segundo Semestre de 1997
Selección, recopilación y notas
por Mary Ramos Fernández
Abogado
Secretaria de la Redacción de la Revista
SUMARIO
I. EL ORDENAMIENTO CONSTITUCIONAL Y FUNCIONAL DEL ESTADO
1. El Poder Legislativo. 2. El Poder Judicial. A. Corte Suprema de Justicia: Avocamiento. a.
Procedencia. b. Improcedencia. B. Régimen de los jueces. a. Recusación. a‟. Procedencia. b‟.
Improcedencia. b. Inhibición. c. Régimen disciplinario. d. Sanciones: Suspensión. C. Regula-
ción de jurisdicción.. D. Actuaciones judiciales. a. Aclaratoria de sentencias. 3. La Organización
Administrativa. A. Administración Ministerial. B. Administración descentralizada. a. Estableci-
mientos públicos corporativos. a‟. Universidades experimentales. b‟. Colegios profesionales.
II. DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES
1. Derechos Individuales. A. Derecho a la igualdad. B. Derecho a la protección del honor, repu-
tación, vida privada. 2. Derechos Sociales. A. Derecho a la educación. B. Derecho al trabajo. C.
Derecho a la seguridad social. D. Protección a la maternidad y derechos de la mujer embar aza-
da. 3. Derechos económicos. A. Derecho a la libertad económica. 4. Derechos Políticos. A. De-
recho al sufragio: Derecho al voto.
III. EL ORDENAMIENTO ORGANICO DEL ESTADO
1. Estados: Organización de los Poderes Públios. 2. Los Municipios. A. Alcaldes. a. Competen-
cia. b. Supuestos de inelegibilidad. B. Régimen de los funcionarios municipales: Competencia
del Contralor Municipal. C. Bienes Municipales: Ejidos.
IV. EL ORDENAMIENTO ECONOMICO
1. Libertad Económica. 2. Sistema monetario y cambiario.
V. EL ORDENAMIENTO TRIBUTARIO
1. Impuestos Municipales patente de Industria y Comercio: Territorialidad.
VI. LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
1. El procedimiento administrativo. A. Derechos de los administrados: Derecho a la defensa. B.
Terminación: Decisión. Variación de criterios. 2. Los Actos Administrativos. A. Requísitos de
forma. a. Motivación. B. Notificación. C. Vicios. a. Vicios de fondo. a‟. Vicios en la causa o
motivos: Falso supuesto. b‟. Desviación de poder. 3. Contratos administrativos. A. Competen-
cia. B. Caracterización.
REVISTA DE DERECHO PÚBLICO N° 71-72 / 1997
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VII. LA JURISPRUDICCIÓN CONSTITUCIONAL
1. Acción de Inconstitucionalidad. A. Motivos. B. Sentencia. C. Perención. 2. Acción de Incons-
titucionalidad y Amparo: Partes. 3. Acc ión de Amparo Constitucional. A. Competencia.
B.Organos. a. Corte Suprema de Justicia. b. Corte Primera de lo Contencioso -Administrativo. c.
Tribunales Contencioso Tributarios. d. Tribunales Agrarios. e. Cuestiones de competencia: regu-
lación de competencia. C. Carácter de la acción. a. Carácter personalísimo. b. Carácter restable-
cedor. D. Objeto. a. Amparo contra sentencias. a‟. Requísitos de a dmisibilidad. b‟. Procedencia.
c‟. Improcedencia. E. Admisibilidad. a. Condiciones de admisibilidad. a‟. Legitimación activa.
b‟. Carácter de la lesión: Actualidad del daño. F. Partes. a. Asistencia de abogado. b. Terceros.
c. Oportunidad. d. Informes G. Medidas cautelares. H. Sentencia. a. Aclaratoria. b. Condenato-
ria en costas. I. Desistimiento.
VIII. LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
1. El Contencioso-Administrativo de anulación. A. Organos. a. Corte Suprema de Justicia. B.
Objeto: Casos de actos irrecurribles. C. Admisibilidad. a. Lapso de caducidad. D. Aspectos del
procedimiento. a. Lapsos procesales. b. Procedimiento de urgencia. c. Suspensión de efectos del
acto administrativo. a‟. Procedencia. b‟. Improcedencia. E. Las partes en el procedimiento. a.
Representación de las partes: Abogado. B. Notificación al Fiscal General de la República. F.
Pruebas. a. Régimen legal de las pruebas: Apertura a pruebas. Promoción. b. Admisión: Presen-
tación de pruebas en segunda instancia. c. Medios de Pruebas. a‟. Pruebas Testimoniales. b‟.
Exhibición de documentos. c‟. Prueba de informes. d‟. Inspección ocular. G. Sentencia. H. Pe-
rención. 2. El Contencioso Administrativo de Anulación y Amparo. A. Competencia. a. Corte
Suprema de Justicia. b. Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. B. Procedimiento. C.
Inadmisibilidad. D. Improcedencia del amparo. 3. Recurso Contencioso Administrativo de in-
terpretación. 4. El Contencioso administrativo de las demandas contra los entes públicos. 5.
Recursos Contencioso Administrativos especiales. A. Contencioso Funcionarial. a. Competen-
cia. b. Agotamiento de la vía administrativa: gestión conciliatoria. c. Lapso de Caducidad. d. Pe-
rención. B. Contencioso tributario. a. Régimen procesal: Aplicación del Código Orgánico Tribu-
tario. b. Sentencia. a‟. Apelación. b‟. Recurso de hecho. c. Perención. C. Contencioso Agrario.
D. Contencioso Administrativo de los conflictos entre autoridades. E. Contencioso Elect oral. a.
Competencia. b. Procedimiento.
IX. PROPIEDAD Y EXPROPIACION
1. Propiedad. A. Derecho de propiedad: Violaciones. B. Régimen de la propiedad urbana. C.
Propiedad Industrial. Marcas Comerciales. 2. Expropiación. A. Decreto de Expropiación. B.
Justa indemnización. a. Pago de intereses. b. Correción monetaria.
X. FUNCIONARIOS PUBLICOS
1. Régimen Legal: Ambito de aplicación de la Ley de Carrera Administrativa. 2. Clases de fun-
cionarios. 3. Remoción.
JURISPRUDENCIA
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I. EL ORDENAMIENTO CONSTITUCIONAL Y FUNCIONAL DEL ESTADO
1. El Poder Legislativo
CSJ-CP 1-7-97
Magistrado Ponente: Josefina Calcaño de Temeltas
La Corte delimita la participación del Congreso de la República
en la actividad presupuestaria.
El dispositivo constitucional contenido en el artículo 7° de la Enmienda N° 2, prescribe
que “El Ejecutivo Nacional en el transcurso del primer año de cada período constitucional
presentará para su aprobación, a las Cámaras en sesión conjunta, las líneas generales del Plan
de Desarrollo Económico y Social de la Nación. Dichas líneas cumplirán con los requisitos
exigidos en la Ley Orgánica respectiva”.
A su vez el artículo 2° de la Ley Orgánica de Régimen Presupuestario cuerpo normati-
vo al que remite el Texto Fundamental dispon e que los presupuestos públicos deberán ex-
presar lo s planes nacionales regionales y locales, elaborados dentro del marco del Plan de
Desarrollo Económico y Social de la Nación y las líneas generales de dicho Plan aprobadas
por el Congreso de la República en aquellos aspectos que exigen por parte del sector público
captar y asignar recursos conducentes al cumplimiento de las metas de desarrollo económico
social a institucional del país.
Se inscribe así el venezolano en el sistema de Estado moderno que reconoce en la plani-
ficación el instrumento esencial para el diseño y consecución de políticas estables y armóni-
cas de desarrollo. El Plan de Desarrollo Económico y Social, en efecto, no es otra cosa que el
ordenamiento racional y sistematizado de los recursos, y gastos del Estado para alcanzar sus
metas que, a la vez; deben coincidir con los fines últimos que propugna el ideario constitu-
cional: educación desarrollo sostenido estabilidad económica seguridad social, pleno empleo,
entre otros.
Se trata por excelencia de una función político-administrativa, como ya se dejó aso-
mar en la parte previa de este fallo que busca establecer, dentro de un ejercicio de gobierno
las etapas a cu mplir por una acción gubernativa coherente e incluye la formulación de políti-
cas, objetivos y metas que, como se verá más adelante, se convierten en la Ley de Presupues-
to, por obra de la iniciativa gubernativa en “programas, subprogramas y proyectos”.
A la vez, no puede entenderse que la función planificadora sea privativa del Ejecutivo
Nacional, limitándose la labor de la rama legislativa a una simple formalidad, sin ninguna
repercusión sustancial, en un proyecto del que por su naturaleza envergadura e incidencia en
el futuro del país, es aconsejable participen o estén representados todos los sectores de la vida
nacional.
Es, entonces una actividad concertada que cuenta con la participación d el Parlamento en
la determinación y homologación del Plan. De ahí que deba entenderse como el ejercicio de
una competencia con currente, ya que a tenor de la norma constitucional, las Cámaras en
sesión conjunta, deben aprobar las líneas generales del Plan d e Desarrollo Económico y
Social de la Nació n con lo que se le confiere al órgano legislativo una participación limitada
y específica pero no por ello irrelevante a la hora de fijar la orientación y programación del
proyecto de desarrollo que se pretende adelantar dotándolo, además de una conveniente esta-
bilidad pues esa participación garantiza la ado pción de un sistema definido ajeno a vaivenes
tan frecuentes como inconvenientes y onerosos.

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