Compilación jurisprudencial de Casación Social en Recursos Procesales de materia laboral

AutorBlanca Rojas
CargoSecretaria de la Revista Derecho del Trabajo
Páginas401-417
401
Jurisprudencia de Casación Social en Recursos Procesales laborales
Compilación jurisprudencial de
Casación Social en Recursos
Procesales de materia laboral
Sumario:
1. Requisitos para admitir el Recurso de Control de Legalidad Sentencia n° 108:
en la legislación procesal venezolana.
27 de febrero de 2003
* La potestad discrecional de la Sala de Casación Social como
único tribunal para restringir el acceso al Recurso de Control de Legalidad
2. Restricciones de admisibilidad al Recurso de Control de Sentencia n° 179:
Legalidad
27 de marzo de 2003
* Violaciones al orden legal establecido o a los criterios de la
jurisprudencia de la Sala de Casación Social
.3. Amparo constitucional y Recurso de Control de Legalidad Sentencia nº 720:
16 de octubre de 2003
* El Recurso de Control de Legalidad no es el mecanismo para la
solicitud de revisión de una sentencia de Amparo Constitucional
Laboral
4. Procedencia del Recurso de Control de Legalidad Sentencia nº 060:
1 de marzo de 2005
* La indeterminación del objeto sobre el cual recae la decisión y
el Recurso de Control de Legalidad
5. Cuantía para admitir el Recurso de Control de Legalidad Sentencia nº 970:
15 de mayo de 2007
* Criterio de la Sala de Casación Social sobre la Cuantía para
admitir el Recurso de Control de Legalidad
6. Recurso de Casación y orden de denuncias Sentencia nº 242:
10 de abril de 2003
* Desaplicación del artículo 320 del C.P.C. en la Casación Laboral
7. Recurso de Casación de oficio Sentencia nº 1649:
14 de diciembre de 2004
* La violación al orden público laboral y la Casación de Oficio
en Venezuela
Por:
Blanca Rojas
Secretaria de la Revista Derecho del Trabajo
402
Derecho del Trabajo n° 4 (enero/diciembre 2007)
Sentencia n° 108
Expediente n° 03-106
Partes: Manuel Mercado Vs. Baroid de Venezuela, S.A.
Fecha: 27 de febrero de 2003
Magistrado Ponente: Doctor Alfonso Balbuena Cordero
Tema: Requisitos para admitir el Recurso de Control de Legalidad en la
legislación procesal venezolana
La potestad discrecional de la Sala de Casación Social
como único tribunal para restringir el acceso al Recurso
de Control de la Legalidad
«(...) Esta Sala de Casación Social
en fecha 20 de febrero del año 2003,
estableció los requisitos de
admisibilidad del especialísimo
recurso de control de la legalidad,
señalando lo que a continuación se
transcribe:
“1.- Que se trate de sentencias
emanadas de Juzgados Superiores
laborales;
2.- Que no sean impugnables en
casación;
3.- Que violen o amenacen con
violentar normas de estricto orden
público; y
4.- Que resulten contrarias a la
jurisprudencia reiterada de esta Sala
de Casación Social.
Además de ello para su admisibilidad
se requiere verificar:
1.- La oportunidad para su
interposición, es decir, que sea
solicitado el recurso de control de la
legalidad dentro de un lapso
preclusivo de cinco (5) días, contado
por días de despacho, siguientes a
la fecha en que sea dictada la
sentencia sujeta a revisión; y
2.- La extensión del escrito, es decir,
que no exceda de tres (3) folios útiles
y sus vueltos.”
Asimismo, mediante decisión de
fecha 18 de diciembre del año 2002,
esta Sala expresó que aun cuando
los requisitos de admisibilidad se
cumplan “corresponde a esta Sala
de Casación Social restringir,
atendiendo a la potestad discrecional
conferida por el artículo 178 de la Ley
Orgánica Procesal Laboral, la
admisibilidad de dicho recurso,
cuando se hallan violentadas o
amenazadas disposiciones de orden
público o la jurisprudencia reiterada
de la Sala”.
Por tanto, refiere la Sala a situaciones
donde la violación o amenaza son de
tal entidad, que resulte alterada la
legalidad de la decisión o proceso
sujeto a revisión. De allí, que se trate
entonces, de violaciones categóricas
del orden legal establecido, que en
definitiva, transgredirían el Estado de

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