El lenguaje sexista en el ámbito jurídico-laboral

AutorRaiza Mercedes Madriz Anaya
CargoAbogado. Especialista en Derecho del Trabajo. Doctora en Ciencias Jurídicas. Profesora Asociada. Universidad de Los Andes
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EL LENGUAJE SEXISTA EN EL ÁMBITO JURÍDICO-LABOL
SEXIST LANGUAGE IN THE FIELD LABOUR LAW
Madriz Anaya, Raiza Mercedes*
*
Abogado. Especialista en Derecho del Trabajo. Doctora en Ciencias Jurídicas.
Profesora Asociada. Universidad de Los Andes.
E-mail: raizamadriz@hotmail.com
Recibido: 04/02/2013 / Aceptado: 13/09/2013
Resumen
Dentro de los derechos sociales, se encuentra el derecho social al trabajo, en el
cual se exteriorizan la mayor parte de las dicultades que vienen presidiendo
los debates entre la Teoría del Derecho y la Dogmática Jurídica. La presente
investigación, se basa en la Teoría Feminista y en los Estudios de la Mujeres,
por cuanto es posible la invisibilización de las mujeres como parte integrante
de la estructura del Derecho del Trabajo. Este artículo mostrará la enorme
importancia que tiene el Género en las relaciones laborales en Venezuela lo
que conlleva a analizar la inuencia del modelo patriarcal como generador de
relaciones de poder y de género en el Derecho del Trabajo, causando un lenguaje
jurídico/laboral sexista el cual limita el ejercicio de la equidad entre sujetas y
sujetas laborales pudiendo acarrear, en consecuencia, conictos laborales.
Palabras Clave: género laboral; sexismo jurídico; lenguaje laboral.
Abstract
Within social rights, is the social right to work, in which most of the diculties
that come chairing the discussions between the eory of Law and Legal
Dogmatic materialize. is research is based on Feminist eory and Women’s
Studies, as the invisibility of women as an integral part of the structure of labor
law is possible. is article will show the huge importance of gender in labor
relations in Venezuela which leads to analyze the inuence of the patriarchal
model as a generator of power relations and gender in labor law, causing
a legal / labor sexist language which limits the exercise of equity between
subject/man and subject/woman labor can lead consequently labor disputes.
Key Words: Labor Gender.; Labor Sexism ; Labor Language.
38 Madriz Anaya, Raiza. El lenguaje sexista en el ámbito jurídico-laboral/
pp. 37-66
DESDE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO: EL
LENGUAJE SEXISTA EN EL ÁMBITO JURÍDICO
LABOL
1. INTRODUCCIÓN
Las relaciones humanas comprendidas como todo vínculo existente en-
tre los seres humanos, produce lenguaje, materializado por medio de las
palabras, escrituras y actitudes acompañadas de una expresión mental,
emocional y corporal que describe nuestra manera de ser, fundamentán-
dose en la comunicación, comprensión y buen trato con los semejantes
y las semejantes, es decir, una comunicación humana, lo que genera dife-
rentes maneras de actuar y en consecuencia, diferentes clases de persona-
lidades que se exteriorizan ante las situaciones o controversias del diario
vivir o debido al ejercicio de los diversos roles sociales. En esa interacción
humana se intercambia información con carga ideológica mediante un
lenguaje supuestamente objetivo la cual puede incidir en la estructura
del texto escrito o en la estructura oral, ya que a través de ese lenguaje
se transmite la información, las opiniones y valoraciones de una esfera
individual a una esfera social, quedando interrelacionados la estructura
escrita y oral con el contexto social como la familia, el trabajo, lo políti-
co, religioso, entre otros, originando una función individual, el mantener
sus propósitos comunicativos mediante el sistema de valores, creencias,
hábitos, vicios y costumbres imperantes en los diferentes escenarios so-
ciales lo que puede crear líneas divisorias entre mujeres y hombres, las
cuales pueden atentar contra su dignidad, identidad y libertad.
1.1. BASES CONCEPTUALES DEL LENGUAJE SEXISTA EN EL
DERECHO
Es importante señalar que, se debe tener cuidado al analizar todo aquello
a lo que se reere la lengua española, ya que según Álvaro García Mese-
guer (1994, 17-243):
La lengua española tiene reglas relativas al género gramatical que, en sí

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