Antecedentes históricos y desarrollo de la Ley Orgánica del trabajo de Venezuela. Rigidéz y flexibilidad en la legislación laboral venezolana

AutorOscar Hernández Álvarez - Napoleón Goizueta Herrera
CargoAbogado, egresado de la Universidad Central de Venezuela - Abogado graduado en el año 1964. Promoción «Dr. José Luis Bonnemaison W» Universidad de Carabobo. Valencia
Páginas21-37
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Antecedentes históricos y desarrollo de la
Ley Orgánica del Trabajo de Venezuela.
Rígidez y Flexibilidad en la
Legislación Laboral Venezolana
1.1.
1.1.
1. Antecedentes y proceso legislativo de la Ley Orgánica delAntecedentes y proceso legislativo de la Ley Orgánica del
Antecedentes y proceso legislativo de la Ley Orgánica delAntecedentes y proceso legislativo de la Ley Orgánica del
Antecedentes y proceso legislativo de la Ley Orgánica del
TrabajoTrabajo
TrabajoTrabajo
Trabajo.
La primera Ley del Trabajo Venezolana fue promulgada en 1928. Se
trató de un instrumento muy general, aprobada por la dictadura del General
Juan Vicente Gómez para cumplir formalmente con compromisos del país
como miembro de la Organización Internacional del Trabajo, pero que no
llegó a tener mayor vigencia en la práctica, pues, aparte de que el régimen
no tenía voluntad política de hacerla efectiva, no existía oficina o dependencia
encargada de velar por su cumplimiento.
Muerto el Dictador y atendiendo a fuertes presiones populares, en
febrero de 1936 se creó una Oficina Nacional del Trabajo que, con asesoría
de la O.l.T., preparó un proyecto de Ley del Trabajo que fue puesto en
vigencia en julio de 1936.
Después de la promulgación de la Ley de 1936, el Derecho Laboral
venezolano experimentó reformas continuas, pero coyunturales. La larga
vigencia de la Ley se debió, precisamente, a que el instrumento se fue
adecuando a la realidad social que se deseaba disciplinar mediante reformas
parciales (siete en total) y, además, mediante decretos y reglamentos
complementarios que desarrollaron sus instituciones y que llegaron ,incluso,
en ocasiones a invadir la competencia legislativa estrictamente considerada,
en aras de adaptar la normativa a la nuevas necesidades Este proceso presentó
avances positivos, en cuanto determinó mejoras en el nivel de protección de
los trabajadores, pero con su carácter disperso y, por las frecuentes deficiencias
de técnica legislativa, comportó un deterioro de la sistemática jurídica laboral.1
Para 1985, la Ley del Trabajo de 1936, principal instrumento de la
normativa laboral venezolana, presentaba un aspecto de colcha de retazos
que hacia imperiosa su reforma integral, a fin de incorporar, con una técnica
legislativa adecuada y respetando el orden jerárquico de las fuentes, los
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1 Sobre este tema véase Oscar Hernández Alvarez, Setenta años de legislación laboral en Venezuela,
Derecho del trabajo, Nº 4, 2007, pp.141 y ss, Barquisimeto.
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principios incorporados por la Constitución Nacional aprobada en 1.961, al
inicio de la etapa democrática que nace con la caída de la dictadura militar
de Marcos Pérez Jiménez, los progresos logrados por leyes especiales, por
los Convenios Internacionales del Trabajo ratificados, por el Reglamento de
1974 y por los diversos decretos dictados en la materia, así como también
los aportes hechos por la jurisprudencia, la doctrina y la negociación colectiva.
En Julio de 1985 el Profesor Rafael Caldera, actuando en su carácter
de Senador Vitalicio presentó un anteproyecto de Ley Orgánica del Trabajo,
elaborado con el concurso de los Doctores Reinaldo Rodríguez Navarro y
Juan Nepomuceno Garrido. El anteproyecto fue sometido a la consideración
de una comisión Bicameral, que después de una larga y minuciosa discusión,
en la cual oyó las ideas de distintos sectores que ante ella acudieron,
presentó, con fecha 10 de agosto de 1988, un proyecto de Ley Orgánica del
Trabajo que fue sometido a la consideración de laCámara de Diputados.
Después de más de dos años de discusiones, al final de los cuales se planteó
un encendido debate público acerca de la conveniencia o no aprobación
del proyecto de Ley, ésta fue sancionada por el Congreso de la República
el 27 de Noviembre de 1990 y promulgada por el Presidente de la República
el 20 Diciembre de 1.990 (G.O. No 4.240 Extraordinaria del 20-12-90), fecha
la cual comenzaron a regir unas pocas de sus disposiciones, mientras que
otras lo hicieron 1 de Enero de 1.991 y la Ley en su totalidad el 1 de Mayo
de 1.991.
Antes de referirnos a algunos contenidos específicos de la Ley Orgánica
Trabajo, haremos algunos comentarios de orden general.
En primer lugar, podemos señalar que la iniciativa de la reforma no
obedeció a una solicitud que en este sentido hicieran los actores sociales,
los cuales salvo en 1983, cuando se planteó la necesidad de reformar la Ley
para evitar efectos de una decisión de Casación relativa a la antigüedad y a
la cesantía, no hicieron de la reforma legislativa un elemento prioritario de
sus luchas. La reforma obedece más bien a la convicción técnica,
especialmente expresada por importantes sectores de la doctrina iuslaboralista,
de que la Ley de 1.936, convertida en una especie de colcha de retazos, no
respondía a la necesidad de contar con una normativa laboral sistematizada,
coherente y acorde con el desarrollo de la realidad laboral venezolana. La
iniciativa de la reforma, corresponde casi a un aporte personal de Rafael
Caldera, quien, en su carácter de Senador Vitalicio, presentó un anteproyecto
de reforma en buena parte inspirado en el contenido del reglamento de
1.973.2
El proceso de discusión fue lento, pues el ex-Presidente Caldera
presentó el anteproyecto en julio de 1.985 y la Ley Orgánica del Trabajo
fue sancionada por el Congreso en Noviembre de 1.990. Esta lentitud
constituye un dato histórico que merece ser tomado en cuenta por otros
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2 Véase RalaeI Caldera, Anteproyecto de Ley Orgánica del Trabajo, Ediciones del Congreso de la
República, Caracas 1.985)
Oscar Hernández Álvarez Napoleón Goizueta Herrera

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