Decisión de Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 13 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución13 de Octubre de 2010
EmisorJuzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteVictor Gonzalez
ProcedimientoExequatur

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

CARACAS, 13 DE OCTUBRE DE 2010.

Años 200° Y 151°

Vista la diligencia suscrita por la abogada A.M.V., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 5396, mediante la cual solicita la citación del Defensor Judicial designado, este Tribunal acuerda lo solicitado de conformidad con lo establecido en el artículo 853 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia líbrese la correspondiente boleta de citación.

EL JUEZ,

DR. V.G.J..

EL SECRETARIO.

Abg. RICHARS MATA.

VJG/RM/kelly

Exp. N° 9940

República Bolivariana de Venezuela

En su Nombre

Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, trece (13) de octubre de 2010

Años 200° y 151°

BOLETA DE CITACION

SE HACE SABER:

Al ciudadano W.R.S., venezolano, mayor de edad y titular de cedula de identidad Nº 1.352.140, a su apoderado Judicial ciudadano G.F. D`Alessandro e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 38.170, en su carácter de Defensor Judicial, que por auto de esta misma fecha este Juzgado Superior acordó su citación, en virtud, de haber sido admitida la solicitud de EXEQUÁTUR interpuesta por la ciudadana L.B. de Ramírez, a los fines que sea concedida fuerza ejecutoria en Venezuela al acto de disolución y liquidación de la sociedad conyugal, expedida por las autoridad extranjera firmantes, debidamente apostilladas por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la Republica de Colombia en fecha 26 de junio de 2007, y suscrita por el Notario Primero del Circulo de la ciudad de Pereira, Departamento de Risaralda, Republica de Colombia, debidamente apostillada en Bogota; Citación que se le hace a usted, a los fines de que comparezca personalmente o por medio de apoderado hacerse parte en la presente solicitud y una ves que conste la consignación en los autos del presente expediente deberá comparecen dentro de los diez siguientes a su citación todo de conformidad con lo establecido en el articulo 853 del Código de Procedimiento Civil.-

EL JUEZ,

DR. V.J.G.J.

VJG/RM/kl.

Exp. N° 9940

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR