Decisión nº PJ0062010000559 de Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Cojedes, de 23 de Septiembre de 2010

Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2010
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
PonenteYolimar Marquez
ProcedimientoObligacion De Manutención

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes

Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes

San Carlos, veintitrés de septiembre de dos mil diez

200º y 151º

ASUNTO: HH11-V-2002-000056

DEMANDANTE: F.R.R.G., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.322.319.

DEMANDADO: B.Y.T.d.R., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.996.813.

BENEFICIARIOS: ………………, ……………….. y …………………, de dieciocho (18), diecisiete (17) y catorce (14) años de edad respectivamente

MOTIVO: Obligación de Manutención (Responsabilidad de Crianza)

SENTENCIA: Interlocutoria.

Por recibido de la URDD, en fecha diez 21 de septiembre de 2010, el presente asunto por Responsabilidad de Crianza; presentada por la Fiscalía IV del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial del estado Cojedes, actuando en defensa de los derechos e intereses de los adolescentes ………………….., ………………….. y ……………………, de dieciocho (18), diecisiete (17) y catorce (14) años de edad respectivamente, a solicitud del ciudadano F.R.R.G., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.322.319 en contra de la ciudadana B.Y.T.d.R., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.996.813, procedente del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, mediante la cual en fecha veintiséis (26) de julio de dos mil diez (2010), declaró Con Lugar la demanda propuesta. Es por lo que, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y encontrándose dentro del lapso legal correspondiente decreta la ejecución de la indicada sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, se ordena:

Primero

Se otorga la custodia preferente de los adolescentes …………… y ………………….., a su padre F.R.R., los demás atributos de la Responsabilidad de crianza continúan ejercidos por ambos progenitores, en el entendido que ambos padres comparten los demás derechos y obligaciones respecto de sus hijos.

Segundo

Se establece a favor de los adolescentes un régimen de convivencia abierto con su madre B.Y.T.d.R., pudiendo encontrarse con esta en las oportunidades que lo deseen, siempre que no interfiera con sus actividades escolares, el padre deberá ser informado previamente, por sus hijos respecto de los encuentros con la madre y en caso de pernocta deberán contar con la aprobación de este.

Tercero

Se indica a la progenitora que la custodia preferente que se delega en esta sentencia puede ser revisada judicialmente cuando cambien sustancialmente las causas que originaron la modificación

Así se decide. Notifíquese a las partes. Cúmplase.

La Jueza

Abg. Yolimar M.A.

La Secretaria

Abg. Eliana Lizardo Ysea

En la misma fecha se publico el anterior fallo dictado por la Jueza JC0000005 quedando registrado bajo el No. PJ0062010000559.

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