Decisión nº 16J-424-06 de Tribunal Décimo Sexto de Juicio de Caracas, de 20 de Marzo de 2007

Fecha de Resolución20 de Marzo de 2007
EmisorTribunal Décimo Sexto de Juicio
PonenteMaria Lourdes Fragachan
ProcedimientoActa De Juicio Oral Y Publico

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DECIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN

FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL

AREA METROPOLITANA DE CARACAS

ACTA DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO

CAUSA N º 16 J- 424 -06.-

JUEZ: DRA. M.D.L.F.

FISCAL AUXILIAR (25°) COMISADO EN LA FISCALIA (63°) DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. A.Z.

ACUSADOS: C.D.F.

V.L.L.

LIHER HAVEER COVA GUERRERO

DEFENSA PÚBLICA (43º) PENAL: ABG. M.F.R.

DEFENSOR PRIVADO: ABG. X.E.P.M.

ABG. A.L.

ABG. I.Y.

ABG. J.C..

SECRETARIA: ABG. M.G.O.

En el día de hoy, martes veinte (20) de marzo del año dos mil siete (2007), siendo las 12:30 horas del mediodía, día fijado por este Tribunal para la realización de la continuación del juicio oral y público en el presente proceso penal seguido a los acusados C.D.F., V.L.L. y LIHER HAVEER COVA GUERRERO, signada bajo el N° 16-J-424-06, (Nomenclatura de este Tribunal), se constituye en el nivel dos SALA Este del Palacio de Justicia, el Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, integrado por la ciudadana Juez M.D.L.F., la Secretaria M.G.O. y el Alguacil correspondiente. Acto seguido la ciudadana Juez solicitó a la secretaria verificar la presencia de las partes y demás personas a intervenir en el presente acto, dejándose constancia de la presencia del ciudadano Representante de la Fiscalía (25°) comisionado a la Fiscalía (63°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas Dr. A.Z., el acusado C.D.F., debidamente asistido por su Defensora Pública (43º) Penal Dra. M.F.R., el acusado V.L.L., debidamente asistido por su Defensor Privado Abg. X.E.P.M., y el Acusado LIHER HAVEER COVA GUERRERO, debidamente asistido por los Abogados I.Y. y ABG. J.C., igualmente se encuentran presentes en la sala especial para testigos el ciudadano I.A.H.M., en su condición de testigo, cuyo testimonio fue ofrecido por el Ministerio Público. Seguidamente, y de conformidad con lo establecido en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal, la ciudadana Juez procedió a resumir brevemente los actos cumplidos con anterioridad. En este estado, la ciudadana Juez, ordena proceda con la recepción de pruebas y ordena a la Secretaria, llamar al ciudadano I.A.H.M., en su calidad de testigo, siendo debidamente conducido al estrado, quedando identificado como quedo escrito, de nacionalidad venezolana, natural de San F.E.B., fecha de nacimiento: 15/05/1968, de 38 años de edad, estado civil Casado , profesión u oficio Abogado adscrito a la Consultaría Jurídica de la Policía del Municipio Sucre, y titular de la Cédula de Identidad N º V- 10.389.071; juramentado e impuesto del artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 242 del Código Penal, el cual expuso el conocimiento que tenía en relación a los hechos objeto del presente debate, señalando entre otras cosas que “Me citaron por un Oficio que había suscrito del cual reconozco la firma del folio 151 y 152, fue un comunicado que nos remitió el Jefe de la División Contra Robo de Vehículo del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, donde nos solicitaban información acerca de dos funcionarios adscrito a la Policía del Municipio Sucre, de nombre V.L.L. y C.D.F., nosotros le remitimos copia del acta de nombramiento, aceptación y juramentación de los cargos de ambos funcionarios, asimismo en el oficio el funcionario nos requería la información acerca del ciudadano Haveer Cova Guerrero, preguntando si el ciudadanos antes señalado era funcionario del la Policía Municipal de Sucre, en esa oportunidad le contestamos que el referido ciudadano no era funcionario policial adscrito a este organismo policial, también nos solicitaba información acerca del día 28/ 01/2006, y en este caso los funcionarios V.L.L. y C.D.F.e. laborando para la fecha, en este sentido, le remitimos un cronograma de actividades de los ciudadanos supramencionados, efectivamente de fecha 28/01/2006; en el caso del funcionario V.L. se encontraba para la fecha de permiso, y en caso de Feo Carlos estaba de franco de servicio, este último adscrito a la División Motoriza.d.P.d.M.S., y el primero de ellos nombrado adscrito a la División de Seguridad Interna, es todo”. Acto seguido a la declaración se les cede el derecho de palabra al representante del Ministerio Público y a los Defensores de los acusados de autos, a los fines de proceder con el interrogatorio, advirtiéndosele que no debía realizar preguntas que ya hubiere realizado el Representante Fiscal, en ese orden, para que de conformidad con lo establecido en la parte In Fine del artículo 347 del Código Orgánico Procesal Penal interroguen al testigo, quienes así lo hicieron e igualmente formuló preguntas el Tribunal. En este estado toma la palabra la ciudadana Juez a los fines de solicitarle a la secretaria se sirva informar a las partes si se encuentra presente algún otro órgano de prueba, dejándose constancia que no se encuentra presente otro órgano de prueba. Seguidamente la ciudadana Juez toma la palabra a los fines de participarle a las partes que falta por evacuar los testimonios de los funcionarios W.C., J.M., A.G., L.G., RONIEL MENDOZA, INGER RONDON, C.T. y F.D., todos adscritos a la División de Robo de Vehículo del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, dichos funcionarios se encuentran debidamente notificados, toda vez que el tribunal sostuvo comunicación telefónica con dicha institución el día viernes 16/03/2007, y los dejo debidamente notificados, informándoles que debían comparecer por ante la sede de este despacho el día de ayer oportunidad fijada para la continuación del presente juicio, en este sentido, los referidos funcionarios no se presentaron en el día de ayer por ante la sede de este Tribunal, toda vez que según la información aportada por el funcionario R.M., adscrito a también a ese organismo policial, manifestó a este Despacho que los mencionados funcionarios se encontraba en el sepelio de un funcionario que había fallecido el fin de semana, en razón de ello, el Tribunal de igual forma le participo sobre el deber que tienen los funcionarios antes señalados de comparecer por ante la sede este juzgado en el día de hoy, siendo que en el día de hoy esos funcionarios no han comparecido para la continuación del presente juicio; en lo que respecta a la situación de los expertos que se encuentran adscritos a la División de Balística del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, la funcionaria L.M. actualmente se encuentra de reposo pos natal, e igualmente el funcionario PATEIRO MANUEL, quien conjuntamente suscribió la experticia con la funcionaria antes señalada, no se encuentra activo a ese organismo, información que aportara la funcionaria H.A. quien se encuentra adscrita a dicha división, en fecha 16/03/2007; en relación a la otra victima que responde al nombre de TERAN NOVOA L.R., se le realizó llamada a sus número telefónico celular quedando debidamente notificado del deber que tiene comparecer por ante la sede de este Juzgado en el día 19/03/2007 a las (11:00) horas de la mañana, no compareciendo el mismo en el día de ayer, con respecto a ala ciudadana M.D.V., el tribunal levanto diligencia el día viernes 16/03/2007, a los fines de dejar constancia que se realizaron reiteradas llamadas telefónicas al domicilio de la misma siendo infructuosa ya que dichas llamadas no fueron contestadas por nadie, con respecto al ciudadano H.G.P.P., consta en autos el acuse de la boleta de citación librada a nombre de dicho ciudadano, mediante la cual se evidencia que la dirección aportada por el ciudadano antes señalado, siendo esta la del estacionamiento de la Funeraria El Rosal, en el cual el laboraba como vigilante; se acuerda dejar constancia que los alguaciles que practicaron dicha citación dejaron constancia que el referido ciudadano ya no labora en esa funeraria, por tal motivo se ha hecho imposible la ubicación del mismo, en este sentido la ciudadana Juez le pregunta al Fiscal del Ministerio Público si prescinde de dicho organismo de prueba, a lo que contesto afirmativamente, de igual forma solicito a este Juzgado, que los demás testigos sea conducido por la fuerza pública de conformidad a lo establecido en el artículo 357 del Código Orgánico Procesal Penal. Seguidamente la ciudadana Juez toma la palabra a los fines de participar a las partes que se acuerda SUSPENDER LA CONTINUACION DEL PRESENTE JUICIO ORAL Y PÚBLICO, para el día JUEVES VEINTINUEVE (29) de MARZO a las 11:00 a.m., ello de conformidad a lo pautado en el artículo 357 con relación al artículo 335 numeral 2, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia quedan notificadas las partes presentes de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, líbrese las boletas de notificaciones y remítanse anexas a oficios del organismo correspondiente, con el objeto de localizar y citar a las personas que intervinieron en la fase procesal en sus cualidades de expertos, y testigos; así como las correspondientes traslados de los acusados de autos, a los fines legales consiguientes. Se deja constancia que el presente acto quedará registrado en

archivo de audio. Siendo las cuatro y veinte (1:10 p.m.) minutos de la tarde, se da por concluido el acto……........................................................................................................................

LA JUEZ,

M.D.L.F.

LA SECRETARIA,

M.G.O.

EXP. N° 16J-424-06-

MDLF/mgom.-

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