Decisión de Juzgado Décimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo de Caracas, de 31 de Octubre de 2007

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2007
EmisorJuzgado Décimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
PonenteAnibal Abreu
ProcedimientoCobro De Pretaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Sexto (16°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, treinta y uno de octubre de dos mil siete

197º y 148º

ASUNTO: AP21-L-2007-003684

Visto el escrito de Tercería y su respectiva subsanación presentado por la abogada D.C., en su carácter de apoderada judicial de la demandada INVERSIONES MAISON DOREE C.A mediante el cual solicita el emplazamiento de las empresas INVERSIONES J.M., C.A., FESTEJOS DORADOS 34 C.A, FESTEJOS PREMIER 55 C.A, FESTEJOS MARFIL 357, C.A en la persona de los ciudadanos J.C.E.S.F., C.G.N., J.R.D.S.S. y J.C.J.D.F. respectivamente, este Juzgado de conformidad con lo establecido en el artículos 54 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, se ordena emplazar mediante cartel de notificación, a las referidas empresas, a fin de que comparezcan por ante los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas asistido de abogado o representado por medio de apoderado, a las 11:00 a.m del Décimo (10°) día hábil siguiente, a que conste en autos la certificación del Secretario de haberse cumplido las notificaciones ordenadas a los efectos de que tenga lugar la Audiencia Preliminar., atendiendo a lo establecido en el artículo 51 eiusdem. Se le hace saber a las partes que deberá consignar su escrito de pruebas y elementos probatorios, en la oportunidad del inicio de la Audiencia Preliminar, a los fines de procurar la mediación, para lo cual se le insta a acudir personalmente.

El Juez

La Secretaria

Abg. Aníbal F. Abreu Portillo

Abog. Keyu Abreu

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