Decisión nº 1 de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de Merida (Extensión Mérida), de 22 de Noviembre de 2007

Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2007
EmisorTribunal de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteConsuelo del Carmen Toro Davila
ProcedimientoAutorización Judicial Para Cobrar

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ DE JUICIO Nº 01. Mérida, veintidós de Noviembre del año dos mil siete.

197º y 148º

Vista la solicitud presentada por la ciudadana M.H.C., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.961.785, domiciliada en Brisas del Chama, Vía Panamericana, casa Nº 1-20, civilmente hábil, debidamente asistida por la abogada en ejercicio L.C.R.V., venezolana, mayor de edad titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.766.510, domiciliada en M.E.M., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 107.683, solicita en su condición de legitima madre y representante legal del adolescente OMITIR NOMBRE, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.142.187, de diecisiete (17) años de edad; la AUTORIZACION JUDICIAL para proceder a cobrar y recibir en representación de su hijo el adolescente OMITIR NOMBRE, la suma de dinero que a él le pertenece por concepto de participación en el cobro de prestaciones sociales y demás beneficios de los trabajos laborados en la EMBOTELLADORA VALERA (DIFRESCOS EL VIGIA) en el cargo de Gerente de su padre R.J.R.L.; quien era titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.739.641 así mismo solicito autorización para cobrar cualquier otro beneficio que le pueda corresponder por ante esa Institución a su hijo, dejado por la muerte de su legitimo padre el causante antes mencionado.--------------------------------------------

Vistos los recaudos presentados por la parte interesada así como la opinión favorable emitida por la abogada Y.R.V., con el carácter de Fiscal Novena del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Estado Mérida y por cuanto de la revisión de las actas, documentos y demás recaudos que integran el presente expediente se desprende que la operación que se pretende realizar es de INTERES SUPERIOR para el adolescente OMITIR NOMBRE, toda vez que le permitiría asegurar su patrimonio personal, en consecuencia este TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE LA AUTORIZACION JUDICIAL SOLICITADA, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 177 Páragrafo cuarto literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. “Se deja a salvo los derechos de terceros”. El Tribunal Exhorta al Organismo antes mencionado, a elaborar Cheques de Gerencia, a nombre de este Tribunal de Protección, por la cuota parte que le pueda corresponder al adolescente OMITIR NOMBRE, el cual deberá ser entregado a la solicitante ciudadana M.H.C., a objeto de que los consigne por ante este Tribunal en un término no mayor de treinta (30) días después de realizada la operación, así mismo deberá consignar documento que acredite la presente autorización. Entréguese copia certificada por Secretaria a la parte solicitante de esta decisión.

LA JUEZA TITULAR DE JUICIO Nº 01

ABOG. C.D.C. TORO DAVILA

LA SECRETARIA TITULAR

ABOG. E.G.R.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

LA SRÍA.

Mj/3306

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