Decisión nº PJ0052007000014 de Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Carabobo (Extensión Valencia), de 11 de Enero de 2006

Fecha de Resolución11 de Enero de 2006
EmisorTribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteNoris Beatriz Godoy Villegas
ProcedimientoCalificación De Despido

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

Valencia, once de enero de dos mil siete

196º y 147º

ASUNTO: GP02-S-2007-000018

Con vista a la solicitud de calificación de despido, solicitada por la ciudadana M.O.L., contra el INSTITUTO AUTONOMO DE FERROCARRILES DEL ESTADO, este despacho observa lo siguiente:

  1. - Que en la solicitud se expresa que la reclamante se encontraba de reposo para el momento del despido.

  2. - Que este hecho encuadra en el supuesto establecido en los artículos 94 ordinal (B en concordancia con el 96 de la Ley Orgánica del Trabajo, y encontrándose amparada por inamovilidad laboral o estabilidad absoluta; similar o equiparable al fuero sindical, corresponde la tramitación a los órganos administrativos del trabajo, llámense regionalmente Inspectorias del Trabajo, a quienes corresponde la jurisdicción en los mencionados casos.

En atención a lo expuesto, resulta forzoso para esta juzgadora declarar la FALTA DE JURISDICCION, en la presente causa. Publíquese, regístrese y déjese copia la presente decisión.

La juez.

Abg. N.B.G.V.

La secretaria.

Abg. Amarillis Mieses Mieses.

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