Sentencia nº AVP-031 de Tribunal Supremo de Justicia - Sala Político Administrativa de 13 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución13 de Octubre de 2010
EmisorSala Político Administrativa
PonenteYolanda Jaimes Guerrero
ProcedimientoAuto de Vicepresidencia

ACCIDENTAL

Caracas, trece (13) de octubre de 2010

200° y 151°

Vista la actuación de fecha 12 de agosto de 2010, suscrita por la Magistrada Evelyn Marrero Ortíz, mediante la cual manifiesta su voluntad de inhibirse en esta causa, en virtud de haber emitido opinión, al suscribir la decisión de fecha 26 de junio de 2003, dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, relacionada con el recurso de nulidad interpuesto; y por cuanto del examen de las actas que conforman el expediente se desprende que en efecto se ha verificado la causal de inhibición alegada, esto es, la prevista en el numeral 5 del artículo 42 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en consecuencia, es procedente declarar con lugar la inhibición propuesta por la mencionada Magistrada. Así se decide.

Practíquese la convocatoria del respectivo suplente, conjuez o conjueza, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la nueva Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.991 del 29 de julio de 2010.

La Vicepresidenta,

Y.J.G.

La Secretaria

S.Y.G.

En trece (13) de octubre del año dos mil diez, se publicó y registró el anterior Auto de Vicepresidencia bajo el Nº AVP-031.

La Secretaria,

S.Y.G.

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