La necesidad de una metafísica jurídica realista

AutorJuan Riofrío
CargoUniversidad de Los Hemisferios Quito, Ecuador
Páginas56-87
FRONESIS
Revista de Filosofía Jurídica, Social y Política
Instituto de Filosofía del Derecho Dr. J.M. Delgado Ocando
Universidad del Zulia. ISSN 1315-6268 - Dep. legal pp 199402ZU33
Vol. 22, No. 1, 2015: 56 - 87
La necesidad de una metafísica
jurídica realista
Juan Carlos Riofrío Martínez-Villalba
Universidad de Los Hemisferios
Quito- Ecuador
juancarlosr@uhemisferios.edu.ec
jcriofrio@coronelyperez.com
Resumen
El trabajo demuestra la necesidad actual de anclar el saber jurídico en una
metafísica jurídica realista, trabajo aún no realizado. Luego de exponer qué es y
qué no es la metafísica (Capítulo I), se justifica la mencionada necesidad mostrando
las ventajas y desventajas de fundamentar el Derecho y los derechos sobre las bases
de una metafísica del ser (Capítulo II), para luego mostrar que aunque hay estu-
dios parciales, hasta hoy no hay un estudio sistemático e integral de la materia (Ca-
pítulo III). Constatado el vacío, se bosquejan tres directrices para desarrollar inte-
gralmente una metafísica jurídica realista (Capítulo IV).
Palabras clave: Metafísica del derecho, tomismo, realismo jurídico, idealismo jurí-
dico, fenomenología jurídica.
The Need for Realistic Legal Metaphysics
Abstract
The paper demonstrates the current need to anchor legal knowledge in real-
istic juridical metaphysics, a work not yet realized. After explaining what metaphys-
ics is and is not (Chapter I), the aforementioned need is justified showing the ad-
vantages and disadvantages of basing the science of law and rights on the founda-
Recibido: 23-06-2014 ·Aceptado: 01-12-2014
tion of a metaphysics of being (Chapter II), to then demonstrate that even though
partial studies exist, to date there has been no systematic, integral study of the
topic. (Chapter III). Testifying to this absence, three guidelines for the integral de-
velopment of realistic juridical metaphysics are outlined (Chapter IV).
Keywords: Legal metaphysics, Thomism, legal realism, legal idealism, legal phe-
nomenology.
1. Noción de metafísica
Comenzamos este estudio de metafísica definiendo qué se entiende
por esta palabra tan misteriosa, hoy tan equívoca. No pocas sorpresas se
puede uno llevar al visitar la sección de “filosofía” o, más aún de “metafísi-
ca”, en cualquier biblioteca: aparecerán ahí excentricidades tan curiosas
como la astrología, el espiritismo y el yoga, o asuntos especializados como
la astrofísica, la ecología, el naturismo, con frecuencia impregnados de tin-
tes un tanto esotéricos. Otras veces tales libros de metafísica contendrán
elucubraciones ociosas, un devaneo especulativo sobre causas ocultas o en-
tidades no verificables donde sólo tendría cabida la mera suposición, sin
constatación alguna. ¡Nada más lejano de la ciencia metafísica! Muchos hoy
incluso identifican la metafísica con la filosofía escolástica, o con la filosofía
sin más. Y lo peor es que aún entre los filósofos de alto vuelo se observa
que el término “metafísica” no dice lo mismo a los aristotélicos-tomistas,
que a los idealistas, fenomenólogos, etc.
La historia de la voz “metafísica” es bien conocida. Viene del griego y
en ese idioma significa lo que está «más allá de la física». Fue Andrónico de
Rodas quien, hacia el año 70 a.C., utilizó el término al catalogar las obras
de Aristóteles: a los libros que Aristóteles llamó “filosofía primera” Andró-
nico rebautizó “metafísica” porque se encontraban después de los de la “fí-
sica”. El nombre causó fortuna y se popularizó porque mostraba bien cómo
esta disciplina estaba orientada a explicar la causa última de las cosas, la
que está más allá de lo material y sensible.
Por su origen histórico, la ciencia metafísica tiene un inexorable lazo
de unión la filosofía primera de Aristóteles. Siguiendo al filósofo, esta es la
ciencia del «ente en cuanto ente» y de las «propiedades que le competen en
cuanto tal (1)». Dicho en otras palabras: la metafísica analiza «toda la reali-
dad» (= el ente), desde el punto de vista del «ser de la realidad» (= su enti-
dad) (2). No se fija tanto en los aspectos accidentales de la realidad (v. gr.
su color, dureza, funciones, etc.), como en las propiedades y las causas últi-
mas del ente. Las galaxias y los sistemas estelares le interesan tanto al astró-
nomo, como al metafísico, pero al primero le interesarán analizar sus di-
La necesidad de una metafísica jurídica realista 57
mensiones, ritmos y colores (por ejemplo, para calcular el efecto doppler),
mientras al segundo esto le traerá sin cuidado y se fijará sólo en que ellas
tienen “ser”, en que su ser es “material” y en que son causados.
Ahora bien, el calificativo de “primera filosofía” tiene sus motivos. To-
das las ramas de la filosofía analizan las causas profundas de las cosas que
“ya son”, presuponiendo que “son”. Por ejemplo, la filosofía sobre la natu-
raleza estudia la naturaleza, presuponiendo que ella existe yestá presente en
la realidad; si no estuviera, no tendría nada que estudiar. La filosofía eco-
nómica estudia la economía, presuponiendo que existe yestá presente su
objeto de estudio; si no existiera, no tendría nada que estudiar. En cambio,
la metafísica no estudia ni la naturaleza, ni la economía, que “ya son”, sino
que sólo atiende a que “son”: las estudia en cuanto “son”, “están” o “exis-
ten”. La metafísica viene a ser la primera filosofía porque todas las demás
partes de la filosofía presuponen su estudio: solo después de estudiar que
las cosas “son” y “existen”, se puede proceder a estudiar el resto de parti-
cularidades acerca de cómo son y cómo están presentes en la realidad (3).
Tomás de Aquino añade que la metafísica es prioritaria entre las ra-
mas del saber «por la dignidad y por la finalidad de esta ciencia» que está
dedicada al estudio de las sustancias inmateriales (4). Por otro lado, afirma
que esta ciencia se llama “metafísica” porque ella se aprende post physicam
(después de la física), en cuanto estamos constreñidos a llegar a aquello que
no es sensible a partir del dato que nos dan los sentidos (5).
Fue Avicena († 1037) quien, en su comentario a la Metafísica de Aris-
tóteles, nos introdujo por primera vez a las preguntas fundamentales de la
metafísica: ¿qué es el ser?, ¿qué es lo que hay?, ¿por qué hay algo, en vez
de nada?6 Con su ánimo inquisitivo, Avicena nos obligó a adentrarnos a la
metafísica respondiendo cuáles son las causas últimas de toda realidad.
Bajo estos presupuestos, en rigor no podría existir una metafísica que
no fuera “metafísica del ser”, pues lo propio de la metafísica es hablar del
ser, es contestar las cuestiones planteadas por Avicena. Una metafísica que
no tratara del ser, sino de las ideas, del cognitum, de la mente, sería un im-
posible; en el fondo, hablar de una “metafísica de las ideas” (contrapuesta a
la metafísica del ser) sería incurrir en una contradictio in terminis.
Con el advenimiento de la edad moderna cambió la forma de estudiar
el mundo. En la modernidad todo conocimiento de la realidad fue sometido a
crítica, pues la realidad podía engañar… lo único seguro era la idea del cogito,
ergo sum, desde la que se intentó explicar toda la realidad. El idealismo mo-
derno nació combatiendo la premisa inicial de la que partía la metafísica: que
Juan Carlos Riofrío Martínez-Villalba
58 Frónesis Vol. 22, No. 1 (2015) 56 - 87

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR