Decisión de Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Estabilidad Laboral, con sede en Cagua de Aragua, de 17 de Octubre de 2007

Fecha de Resolución17 de Octubre de 2007
EmisorJuzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Estabilidad Laboral, con sede en Cagua
PonenteEulogio Segundo Paredes Tarazona
ProcedimientoDaños Materiales Y Lucro Cesante

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil,

Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua

DECLINATORIA

ACCIONANTE: N.B.L.M..

DEMANDADA: SERVIQUIM C.A.

MOTIVO: LUCRO CESANTE Y DAÑO MORAL.

El 25 de Septiembre de 2007, la ciudadana N.B.L.M., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.329.455, asistida por el Abg. O.A., Inpreabogado Nº 65.961, interpuso ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, demanda de DAÑOS Y PERJUICIOS (LUCRE CESANTE) y DAÑO MORAL contra la empresa SERVIQUIM C.A.

Ahora bien, de la revisión de la demanda se observa que de la naturaleza del conflicto trasciende de la esfera de competencia de este juzgado, ya que se demanda a la empresa en la que la accionante laboraba, las pretensiones de la demandante son no sólo de daño moral, sino además de daño emergente y lucro cesante, en virtud de los salarios dejados de percibir, fundamentando la demanda en el artículo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por lo que este juzgado evidencia que carece de competencia por la materia para conocer del presente juicio. Por lo que corresponde al Juzgado con competencia Laboral, conocer de la presente demanda, ya que la Jurisdicción Laboral ejerce el Fuero Atrayente sobre el fuero civil.

En consecuencia de todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal se declara Incompetente en razón de la materia y declina la competencia al Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circunscripción Judicial Laboral del Estado Aragua, a quien se ordena remitir el presente expediente, para que conozca del mismo. Désele salida. Líbrese Oficio. A los efectos del control de causas se le asignó el Nº_________.-

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, a los diecisiete (17) días del mes de Octubre del año dos mil siete. Años 197° de la Independencia y 148° de la Federación. Comuníquese y Publíquese.-

El Juez,

El Secretario,

Abg. E.P.T.

Abg. C.E.C.H.

En esta misma fecha se publicó la anterior Sentencia, siendo las 2:30 p.m.

El Secretario,

Abg. C.E.C.H.

Exp. N° _______-2007.-

EPT/Camilo.-

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