Decisión nº INTERLOCUTORIA de Juzgado Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de Caracas, de 24 de Febrero de 2014

Fecha de Resolución24 de Febrero de 2014
EmisorJuzgado Superior Tercero de lo Contencioso Tributario
PonenteBeatriz González
ProcedimientoAdmisión De Pruebas

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 24 de febrero de 2014

203º y 155º

ASUNTO: AP41-U-2013-000558 SENTENCIA INTERLOCUTORIA

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en horas de despacho del día 14 de febrero de 2014, por la ciudadana A.C.G.Á., titular de la cédula de identidad No. 4.352.513 e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 23.064, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil “EL NOVILLO DE BARUTA, C.A.”, y por cuanto las pruebas contenidas, no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, SE ADMITEN todas cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. La evacuación de las pruebas promovidas y admitidas se realizará de la siguiente manera:

CAPÍTULO I (MERITO FAVORABLE):

Se reproduce y ratifica íntegramente el mérito probatorio que se desprende de las actas procesales en favor de la contribuyente.

CAPÍTULO II (DOCUMENTALES):

Las pruebas documentales promovidas por la Apoderada Judicial de la Contribuyente, se encuentran agregadas a los autos:

  1. - Resolución No. SNAT/GGSJ/GR/DRAA/2013/0557 del 30/09/2013 (folios 18 al 16).

  2. - Acta Constitutiva de la sociedad mercantil EL NOVILLO E BARUTA, C.A. (folios 17 al 24).

  3. - Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas del 28/03/2011 (folios 25 al 34).

  4. - Presupuesto para la adquisición de cajas registradoras especiales (folios 27 y 58).

  5. - Recibos de liquidación de contratos (folios 59 y 60).

  6. - Recibos de liquidación que evidencian el gasto de contratar dos (02) cajeras más para el manejo e las nuevas cajas registradoras (folios 61 y 62).

LA JUEZA,

B.B.G..- LA SECRETARIA,

YANIBEL L.R..-

BBG/Dr.-

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