El nuevo proyecto de la Ley Orgánica de Hidrocarburos presentado por Comisión Permanente de Energía y Minas en septiembre de 2020

AutorJosé Ignacio Hernández G
CargoProfesor de Derecho Administrativo en la Universidad Central de Venezuela y la Universidad Católica Andrés Bello. Profesor Invitado, Universidad Castilla-La Mancha. Visiting Fellow, Center for International Development at Harvard
Páginas473-489
EL NUEVO PROYECTO DE LA LEY ORGÁNICA DE
HIDROCARBUROS PRESENTADO POR LA
COMISIÓN PERMANENTE DE ENERGÍA Y
MINAS EN SEPTIEMBRE DE 2020
José Ignacio Hernández G.,
Abogado
Resumen: El sector petrolero venezolano se encuentra ante una disyuntiva. La des-
trucción del sector y la ventana de oportunidades que ofrece el mercado internacio-
nal, exigen importantes inversiones de cerca de cien (100) millardos de dólares en un
lapso de ocho (8) años. Esas inversiones deberán ser proveídas, al menos principal-
mente, por la inversión privada (como el propio régimen de Maduro lo reconoce).
Para lograr ese objetivo, hay dos alternativas institucionales: la opción de la “Ley
constitucional anti-bloqueo” y la opción de la nueva Ley Orgánica de Hidrocarbu-
ros. La primera opción, del régimen de Maduro, no ofrece ninguna ventaja competi-
tiva en términos de certeza y protección de derechos económicos, con lo cual, no se
trata de una opción in stitucional adecuada a las exigencia s del sector. Por el contra-
rio, esta opción responde a los mismos arreglos institucionales que, desde el 2016,
han promovido solo soluciones precarias e inestables. La segunda opción, ofrecida
por la Asamblea Nacional, brinda el marco institucional adecuado para promover la
inversión privada, considerando las condiciones actuales del mercado petrolero in-
ternacional y de la industria petrolera venezolana. El proyecto de Ley Orgánica de
Hidrocarburos presentado por la Asamblea Nacional en septiembre de 2020 introdu-
ce reformas institucionales razonables que facilitan la implementación de las nuevas
políticas públicas petroleras, aunque este artículo recomienda mejorar la calidad de
ciertos aspec tos institucionales l a reforma.
Palabras Clave: Ley Orgánica de Hidrocarburos, regula ción de hidrocarburos,
PDVSA, Agencia Venezolana de los Hidrocarburos, regalías, Derecho de los Hi-
drocarburos en Venezuela.
Abstract: The Venezuelan oil sector is facing a dilemma. The destruction of the
sector and the reduced windo w of opportunities offered by the international mark et
require significant in vestments of about one hun dred (100) billion dolla rs in eight
(8) years. These investments must be provided, at least mainly, by private invest-
ment (as the Maduro regime itself recognizes). There are two institutional alterna-
tives to achieve this objective: the “constitutional anti-blockade law” and the new
Hydrocarbons Organic Law. The first option, offered by Maduro, does not provide
any competitive advantage in terms of certainty and protection of economic rights;
thus, it is not an appropriate institutio nal arrangement to prom ote private inves t-
ment. On the contrary , this option follows the same inst itutional arrangements that,
since 2016, have promoted only weak and unstable solutions. The second option,
, Profesor de Derecho Administrativo en la Universidad Central de Venezuela y la Universidad
Católica Andrés Bello. Profesor Invitado, Universidad Castilla-La Mancha. Visiting Fellow, Cen-
ter for International Development at Harvard.
REVISTA DE DERECHO PÚBLICO N° 163/164 - 2020
474
offered by the National Asse mbly, provides the appropriate institutional fram ework
to promote private investment -considering the current conditions of the interna-
tional oil market and the Venezuelan oil industry. The project of Hydrocarbons
Organic Law presented by the National Assembly in September 2020, introduces
reasonable institutional reforms that facilitate the implementation of the new oil
public policies, although the paper recommends improving th e quality of some
institutional reforms.
Key words: Hydrocarbons Organ ic Law, hydrocarbons regulation, PDVSA, Vene-
zuelan Hydrocarbons Agency, ro yalties, Hydrocarbons Law in Venezuela.
INTRODUCCIÓN
La presente nota tiene como propósito desarrollar brevemente cuatro premisas y una
conclusión, a propósito del proyecto de Ley Orgánica de Hidrocarburos preparado por la
Comisión Permanente de Energía y Petróleos en septiembre de 2020 (referido como el “pro-
yecto”):
a) El colapso de la producción petrolera en Venezuela responde al inadecuado marco
institucional impuesto desde el 2002, que debilitó la capacidad de producción petro-
lera de Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA) al tiempo que la capacidad del Esta-
do venezolano igualmente se deterioraba.
b) Recuperar la producción petrolera requiere importantes inversiones de capital que
PDVSA y en general, el Estado venezolano no pueden asumir por (i) el colapso
de los ingresos fiscales y (ii) la fragilidad del Estado.
c) En función de lo anterior, las inversiones para la recuperación petrolera deben ser
principalmente conducidas por la inversión privada, dentro del marco constitucional
conforme al cual (i) los yacimientos de hidrocarburos son propiedad de la República
y (ii) las acciones de PDVSA o del ente creado para el manejo de la industria pe-
trolera no pueden ser transferidos al sector privado.
d) El marco institucional de la vigente Ley Orgánica de Hidrocarburos (LOH) impide
canalizar esas inversiones, pues legalmente las actividades de exploración y produc-
ción y sus inversiones anejas deben estar a cargo del Estado, al menos, mayorita-
riamente, lo que se extiende a los deberes de inversión.
e) En conclusión, la recuperación de la producción petrolera requiere, como condición
necesaria pero no suficiente, eliminar los obstáculos que derivan de la LOH, lo cual
hace de manera adecuada el proyecto, aun cuando es preciso fortalecer la calidad de
ciertas reformas institucionales adoptadas.
Para desarrollar esta reforma i nstitucional, especialmente desde 2018, se trabajaron en
tres propuestas:
a) Introducir solo las reformas mí nimas a la vigente LOH a través de la Ley Ómnibus.
Más allá del alcance material puntual de estas reformas, lo cierto es que su impacto
económico y político aconsejó su incorporación en un texto separado, para promo -
ver su mejor discusión y los consensos políticos necesarios para la aprobación de
esas reformas.
b) Las reformas puntuales podían introducirse en una modificación parcial de la LOH.
Sin embargo, la promoción de la inversión privada en el contexto de los cambios
del mercado energético mundial aconsejan una reforma más amplía, plasmada en
una nueva Ley.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR