Sentencia nº 300 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 24 de Abril de 2014

Fecha de Resolución24 de Abril de 2014
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación

Numero : 300 N° Expediente : X-2014-000002 Fecha: 24/04/2014 Procedimiento:

Auto ordenando devolución de originales, previa certificación

Partes:

O.A., solicitó medida cautelar innominada en el sentido que se ordene el ciudadano Rector de la Universidad del Zulia, Dr. J.P.P., que suspenda la entrega de dichos recursos provenientes de los aportes de los trabajadores y de la Previsión Social de Asdeluz, y me haga entrega de la Sede donde ha venido funcionando por más de 40 años nuestra Asociación Sindical.

Decisión:

Vista la diligencia presentada en fecha 21-04-2014 por la abogada I.P., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 123.827, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano W.A., tercero adhesivo simple de la parte recurrida, mediante la cual solicitó la devolución de los anexos identificados como "A", "C" y "D" que cursan a los folios 106 al 109, 124 al 143 y 144 al 169 del expediente, respectivamente. En consecuencia, esta Sala ACORDÓ la devolución de los mismos, previa su certificación en autos.

Ponente:

Juzgado de Sustanciación ----VLEX----

SALA ELECTORAL

Caracas, 24 de abril de 2014

204º y 155º

            Vista la diligencia presentada en fecha 21 de abril de 2014 por la abogada I.P., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 123.827, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano W.A., tercero adhesivo simple de la parte recurrida, mediante la cual solicitó la devolución de los anexos identificados como “A”, “C” y “D” que cursan a los folios ciento seis (106) al ciento nueve (109), ciento veinticuatro (124) al ciento cuarenta y tres (143) y ciento cuarenta y cuatro (144) al ciento sesenta y nueve (169) del expediente, respectivamente.

Al respecto, esta Sala observa que cursa a los folios ciento seis (106) al ciento nueve (109), anexo identificado como “A” contentivo de copia certificada del Acta N° 001 de Instalación de la Junta Directiva de ASDELUZ para el período 2013-2015, la cual fue expedida por la Oficina de Registro Nacional de Organizaciones Sindicales del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social del estado Zulia y que corresponde al expediente N° 042-1992-02-00043 (nomenclatura del mencionado Ministerio), cursa a los folios ciento veinticuatro (124) al ciento cuarenta y tres (143), anexo marcado “C” copia certificada de recaudos, expedida por la Oficina de Registro Nacional de Organizaciones Sindicales del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social del estado Zulia y que corresponde al expediente N° 042-1992-02-00043 (nomenclatura del mencionado Ministerio), asimismo, cursa a los folios  ciento cuarenta y cuatro (144) al ciento sesenta y nueve (169), anexo identificado como “D”, contentivo de copia certificada de documentos, expedida por la Oficina de Registro Nacional de Organizaciones Sindicales del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social del estado Zulia y que corresponde al expediente N° 042-1992-02-00043 (nomenclatura del mencionado Ministerio). En consecuencia, se ACUERDA la devolución de los mismos, previa su certificación en autos.

                Expídase por Secretaría las copias de los mencionados documentos a los fines de su certificación, todo lo antes expresado se realiza de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22 numeral 16 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y 112 del Código de Procedimiento Civil.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

            La Secretaria,

          P.C.G.

Exp. N° AA70-X-2014-000002

FRVT/pc

P.C.G., Secretaria de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, quien suscribe certifica: que la copia de los documentos que siguen, corresponde a la copia certificada del Acta N° 001 de Instalación de la Junta Directiva de la Asociación Sindical de Empleados de la Universidad del Zulia (ASDELUZ) para el período 2013-2015, marcada “A”, la cual fue expedida por la Oficina de Registro Nacional de Organizaciones Sindicales del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social del estado Zulia y que corresponde al expediente N° 042-1992-02-00043 (nomenclatura del mencionado Ministerio), a la copia certificada de recaudos identificados como anexo “C”, expedida por la Oficina de Registro Nacional de Organizaciones Sindicales del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social del estado Zulia y que corresponde al expediente N° 042-1992-02-00043 (nomenclatura del mencionado Ministerio) y la copia certificada de los documentos identificados como anexo “D”, expedida por la Oficina de Registro Nacional de Organizaciones Sindicales del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social del estado Zulia y que corresponde al expediente N° 042-1992-02-00043 (nomenclatura del mencionado Ministerio), que cursaron a los folios ciento seis (106) al ciento nueve (109), ciento veinticuatro (124) al ciento cuarenta y tres (143) y ciento cuarenta y cuatro (144) al ciento sesenta y nueve (169) del expediente N° AA70-X-2014-000002, los cuales son traslado fiel y exacto de los mismos y fueron devueltos a solicitud de la abogada I.P., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 123.827, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano W.A., tercero adhesivo simple de la parte recurrida, previa su certificación en autos. Caracas, a los veinticuatro (24) días del mes de abril del año dos mil catorce (2014).

            La Secretaria,

   P.C.G.

P.C.G., Secretaria de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, quien suscribe, hace constar que este pliego corresponde a los folios ciento seis (106) al ciento nueve (109) del expediente N° AA70-X-2014-000002, donde cursó anexo identificado como “A” contentivo de copia certificada del Acta N° 001 de Instalación de la Junta Directiva de la Asociación Sindical de Empleados de la Universidad del Zulia (ASDELUZ) para el período 2013-2015 y cuya certificación fue expedida por la Oficina de Registro Nacional de Organizaciones Sindicales del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social del estado Zulia y que corresponde al expediente N° 042-1992-02-00043 (nomenclatura del mencionado Ministerio), documento que fue devuelto a solicitud de la abogada I.P., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 123.827, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano W.A., tercero adhesivo simple de la parte recurrida, previa su certificación en autos. Caracas, a los veinticuatro (24) días del mes de abril del año dos mil catorce (2014).

            La Secretaria,

         P.C.G.

P.C.G., Secretaria de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, quien suscribe, hace constar que este pliego corresponde a los folios ciento veinticuatro (124) al ciento sesenta y nueve (169) del expediente N° AA70-X-2014-000002, donde cursó copia certificada de recaudos, expedida por la Oficina de Registro Nacional de Organizaciones Sindicales del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social del estado Zulia y que corresponde al expediente N° 042-1992-02-00043 (nomenclatura del mencionado Ministerio), documentos que fueron devueltos a solicitud de la abogada I.P., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 123.827, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano W.A., tercero adhesivo simple de la parte recurrida, previa su certificación en autos. Caracas, a los veinticuatro (24) días del mes de abril del año dos mil catorce (2014).

            La Secretaria,

           P.C.G.

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