Decisión de Tirbunal Tercero de Juicio de Trujillo, de 18 de Mayo de 2009

Fecha de Resolución18 de Mayo de 2009
EmisorTirbunal Tercero de Juicio
PonenteLexi del Carmen Matheus
ProcedimientoJuicio Oral Y Privado. Tribunal Unipersonal

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio

TRUJILLO, 18 de Mayo de 2009

199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2005-002789

ASUNTO : TP01-P-2005-002789

JUEZ: LEXI MATHEUS MAZZEY

ACUSADOS: I.J.B.M., J.L.P.G. E Y.G.M.

DEFENSORES PRIVADOS: S.Q., L.D. Y V.C.

FISCAL: SEGUNDO

DELITOS: HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES CALIFICADOS EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, ROBO AGRAVADO Y APROVECHAMIENTO DE COSA PROVENIENTE DEL DELITO.

SECRETARIA: ALBA MAVAREZ

El Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en sentencia dictada en fecha 02/10/06, admitió la acusación formulada por el Fiscal segundo del Ministerio Público de esta circunscripción judicial en contra de los ciudadanos J.L.P.G., por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto en el articulo 406 ordinal 1 (por Alevosía) del Código Penal, en perjuicio de R.C., LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES CALIFICADOS EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, en perjuicio de M.V., Y.P., J.A. y W.C., de conformidad con los artículos 416, 418 encabezamiento y 424 del código penal, y ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 458 del código penal, en perjuicio de M.V., W.C., J.C.D., J.A. Y Y.P.; Y.G.M., por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, prevista en el articulo 470 del código penal encabezamiento e I.J.B.M., por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 458 del código penal, en agravio de M.V., W.C., J.C.D., J.A. y Y.P., y LESIONES PERSONALES LEVES CALIFICADAS en grado de complicidad correspectiva, previstas en el articulo 416 en concordancia con el articulo 418 y 424 del código penal, en agravio de M.R.V., W.C., J.C.A. y Y.P., correspondiéndole el conocimiento de la causa a un TRIBUNAL UNIPERSONAL previo requerimiento de las partes al no lograrse constituir el tribunal mixto, conforme a lo previsto en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, iniciándose el debate ORAL Y PÚBLICO el día 16/02/09, concluido el 29/04/09 en cuya oportunidad se dio lectura a la parte dispositiva y estando dentro del lapso de los diez días establecidos en el Segundo Aparte del artículo 365 se publica el texto íntegro de la sentencia, en los siguientes términos:

HECHOS ATRIBUIDOS Y MEDIOS DE PRUEBA ADMITIDOS CORRESPONDIENTE A LA REPRESENTACION FISCAL

La representación fiscal señaló como hechos objeto del presente debate, admitido en su oportunidad por el Tribunal de Control competente, en relación al acusado I.B.. “ El día 17 de Diciembre del año 2005, aproximadamente a las 10:30 horas de la noche el ciudadano I.J.B.M. se hizo presente en compañía del ciudadano J.L.P.G. y de otros dos sujetos, en el hotel “América” ubicado en el sector peña de tucutucu, Trujillo Estado Trujillo y portando armas de fuego bajo amenazas de muerte; el ciudadano I.J.B.M. obligó a la ciudadana M.V.R. a que le entregara todas sus pertenencias incluyendo dinero en efectivo, logrando su cometido, pues, la despojó de tales objetos a la vez que la golpeó en la región facial, mientras que paralelamente a ello el ciudadano J.L.P.G. penetró en compañía de otros dos sujetos a la habitación marcada con el numero tres (03) del mencionado hotel donde se alojaban los ciudadanos W.A.C.A., J.C.D. y J.U.A., y con el mismo proceder, quiere decir, bajo amenazas de muerte y portando armas de fuego los despojaron de sus pertenecías y dinero en efectivo, golpeándolos en la cabeza con las armas de fuego que portaban, dándose posteriormente a la fuga en un vehículo Marca: Toyota, Modelo: Corolla, Placas: EAK-81I, luego de haber despojado del mismo a la ciudadana M.V.R. dueña del mencionado hotel.”. Sic. Se admitieron como medios de prueba: EXPERTOS: Declaración del Sub Inspector EL SOUKI MUNIR, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Estadal Trujillo, quien practicó la Experticia de Reconocimiento y Avalúo Real sobre Un par de zapatos Marca: Loblan, corte alto, color marrón y Beige, talla 41 y una chaqueta color marrón y beige marca: I.M., Talla “S. Declaración del Medico Forense W.A.G., adscrito a la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Estadal Trujillo, quien practicó los informes médicos a los ciudadanos M.R.V., Y.A.P. y J.U.A.L.. Declaración del Sub Inspector D.A., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Estadal Valera, quien practicó la Experticia de Seriales al vehículo que le fue robado a la ciudadano M.R.V.. FUNCIONARIOS: Declaración del Agente J.J.B., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Estadal Trujillo, quien realizó la Inspección Técnico Criminalistica, en el hotel “América” donde se cometió el delito de Robo contra la ciudadana M.V.R. y los ciudadano W.A.C., J.C.D. y J.U.A.. Declaración del Detective C.A., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Estadal Trujillo, quien realizó la Inspección Técnico Criminalistica, en la calle 24 de Julio, sector El Tendal Trujillo Estado Trujillo e integró la comisión policial que realizó los allanamientos en las casas de la familia Pacheco. Declaración del Agente F.G., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Estadal Trujillo, quien realizó la Inspección Técnico Criminalistica, en la carretera vieja que conduce hacía Boconó, sector Mocoy, Trujillo Estado Trujillo. Declaración del Comisario R.M., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Estadal Trujillo, quien integró la comisión policial que realizó los allanamientos en las casas de la familia Pacheco. TESTIGOS: 1.- Declaración del ciudadano CARDOZA A.W.A., Titular de la Cédula de Identidad N° V- 19.813.028, residenciado en la calle Páez, casa Nº 20, Achaguas Estado Apure, quien es testigo presencial en la presente causa, ya que es víctima del Robo Agravado cometido en el Hotel “América. 2.- Declaración del ciudadano JEANS C.D., Titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.217.251, residenciado en la urbanización El Nazareno, vereda 06, casa Nº 10, quien es testigo presencial en la presente causa, ya que es víctima del Robo Agravado cometido en el Hotel “América”. 3.- Declaración del ciudadano A.L.J.U., Titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.241.255, residenciado en la calle Páez, casa Nº 12, Achaguas Estado Apure, quien es testigo presencial en la presente causa, ya que es víctima del Robo Agravado cometido en el Hotel “América”. 4.- Declaración de la ciudadana M.R.V., Titular de la Cédula de Identidad N° V- 3.312.487, residenciada en el sector La Aguadita, Hotel “América” Trujillo Estado Trujillo, quien es testigo presencial en la presente causa, ya que es víctima del Robo Agravado cometido en el Hotel “América”. 5.- Declaración del ciudadano E.A.D.V., titular de la Cédula de Identidad Nº 13.206.640, residenciado en el sector El Tendal, casa S/n, calle principal después del puente nuevo, Trujillo Estado Trujillo, quien es necesario y pertinente, por ser testigo presencial de los hechos. 6.- Declaración del ciudadano N.D.D.S., titular de la Cédula de Identidad Nº 11.610.062, residenciado en el sector El Tendal, casa S/n, calle principal después del puente nuevo, Trujillo Estado Trujillo, quien es testigo presencial de los hechos. 7.- Declaración del ciudadano Y.A.P., titular de la Cédula de Identidad Nº 18.035.283, residenciado en la peña de Tucutucu, Hotel “América” Trujillo Estado Trujillo, quien es testigo presencial de los hechos. DOCUMENTALES: A los f.d.J.O. y Público para que sean incorporados por vía de exhibición a quienes las suscriben, testigos y expertos, de conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 358 en su encabezamiento del Código Orgánico Procesal Penal, se admiten como pruebas las siguientes: 1.- Experticia de Seriales signada con el Nº 0601041, de fecha 24 de Enero del año 2006, practicada sobre un vehículo Marca: Toyota, Modelo: Corolla, Placas: EAK-81I, Color: Rojo, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Estadal Trujillo. 2.- Avalúo Real, de fecha 17-12-2005, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Estadal Trujillo, practicado sobre Una Chaqueta de color negro, marca Rumway, (...) Una Chaqueta de color azul, marca Beethoven, (...) Una Chaqueta de color negro, con una raya de color rojo en la parte posterior, con la inscripción FERRARI (...) Un Short de color negro, con rayas gris y rojo, marca Eagle, (...) Un pasamontañas, de color negro con signos de discontinuidad (...) Una navaja con inscripción Stainless Steel, con figura alusiva a un Cocodrilo, con empuñadura de color negro y plateado (...) Un par de botas deportivas marca Reebok, color blanco y azul, número 41, ya que a través de ella se deja constancia de las características de los mencionados objetos, unos utilizados para cometer el robo y otros pertenecientes a las víctimas. 3.- Experticia de Avalúo Real, signada con el N° 9700-004-190, de fecha 17 de Diciembre del año 2.005, practicada sobre una (01) gorra color beige, (...), un (01) guante de tela de color blanco, (...) un (01) pasa montaña de tela de color azul (...), un (01) par de botas deportivas marca puma (...), dos (02) cinturones de tela de color negro (...), un (01) bolso tipo estuche de color azul (...), un (01) monedero para damas (...) un (01) zapato de color negro (...), un (01) cuaderno (...), un equipo de sonido marca AIWA (...), una (01) cedula de identidad (...) una (01) cartera para caballero (...), y una (01) cartera de cuero de color marrón para uso de damas (...), suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Trujillo, ya que a través de ella se deja constancia de las características de los mencionados objetos, unos utilizados para cometer el robo y otros pertenecientes a las víctimas. 4.- Experticia de Avalúo Real, signada con el N° 9700-004-189, de fecha 17 de Diciembre del año 2.005, practicada sobre un (01) par de botas deportivas (...), una (01) chaqueta, elaborada en material sintético de color negro (...), un (01) koala elaborado en material sintético de varios colores amarillo, azul y rojo (...), un (01) bolso elaborado en material sintético de varios colores amarillo, azul y rojo (...), un (01) par de medias deportivas (...), un (01) desodorante de la marca MUM (...), un (01) envase de dencorud (...) y un bolígrafo (...), suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Trujillo, ya que a través de ella se deja constancia de las características de los mencionados objetos, unos utilizados para cometer el robo y otros pertenecientes a las víctimas. 5.- Informe Médico Legal, N° 9700-165-2005-1892, de fecha 19-12-2005, sobre el Reconocimiento Médico Legal practicado a la ciudadana M.R.V., suscrito por el Médico Forense II Dr. W.A.G., adscrito al Servicio Médico Legal del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Estadal Trujillo, ya que a través de él se deja constancia del tipo de lesiones infringidas a la mencionada ciudadana. 6.- Informe Médico Legal sobre Reconocimiento, practicado en fecha 19 de diciembre de 2005, al ciudadano Y.A.P., titular de la Cédula de Identidad N° V-18.035.283, por el Médico Forense W.A.G., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Estadal Trujillo, ya que a través de él se deja constancia del tipo de lesiones infringidas al mencionado ciudadano. 7.- Informe Médico Legal sobre Reconocimiento, practicado en fecha 21 de diciembre de 2005, al ciudadano J.U.A.L., titular de la Cédula de Identidad N° V-11.241.255, por el Médico Forense W.A.G., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Estadal Trujillo, ya que a través de él se deja constancia del tipo de lesiones infringidas al mencionado ciudadano. Se admite para ser incorporada por su lectura, conforme al articulo 339 numeral segundo del COPP: 8.- Acta de Reconocimiento de imputado de fecha 07 de Abril del año 2006, realizada en la sede del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, la cual es necesaria y pertinente ,ya que a través de ella se deja constancia que la ciudadana M.R.V., titular de la Cédula de Identidad Nº 3.312.487, reconoció al imputado I.J.B.M. como la persona que el día 17 de Diciembre del año 2005, se presentó en el Hotel América de la Ciudad de Trujillo Estado Trujillo portando arma de fuego y bajo amenazas de muerte la despojó de sus pertenencias. EVIDENCIAS FISICAS: De conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 358 del Código Orgánico Procesal Penal se admiten como objetos ocupados a los fines de que sean exhibidos en el Juicio oral y Público los siguientes: 1.- Una Chaqueta de color negro, marca Rumway. 2.- Una Chaqueta de color azul, marca Beethoven. 3.- Una Chaqueta de color negro, con una raya de color rojo en la parte posterior, con la inscripción FERRARI. 4.- Un Short de color negro, con rayas gris y rojo, marca Eagle. 5.- Un pasamontañas, de color negro con signos de discontinuidad. 6.- Una navaja con inscripción Stainless Steel, con figura alusiva a un Cocodrilo, con empuñadura de color negro y plateado. 7.- Un par de botas deportivas marca Reebok, color blanco y azul, número 41. 8.- Un (01) gorra color beige. 9.-Un (01) guante de tela de color blanco. 10.-Un (01) pasa montaña de tela de color azul. 11.- Un (01) par de botas deportivas marca puma. 12.- Dos (02) cinturones de tela de color negro. 13.- Un (01) bolso tipo estuche de color azul. 14.- Un (01) monedero para damas. 15.- Un (01) zapato de color negro. 16.- Un a (01) un equipo de sonido marca AIWA , una (01) cedula de identidad ,una (01) cartera para caballero, una (01) cartera de cuero de color marrón para uso de damas. 17.- Un (01) par de botas deportivas, una (01) chaqueta, elaborada en material sintético de color negro, Un (01) koala elaborado en material sintético de varios colores amarillo, azul y rojo, Un (01) bolso elaborado en material sintético de varios colores amarillo, azul y rojo, un (01) par de medias deportivas, 02 proyectiles, uno extraído al cadáver de quien en vida respondiera al nombre de R.E.C.T. y el otro colectado en el sitio de los hechos, Una franela cuello redondo, talla “S”, de fibras naturales teñidas de color azul, ribete del cuello de color gris con una etiqueta identificativa donde se lee “OXIGEN SINCE 1982” y un pantalón tipo jeans, talla 34, de fibras naturales de color azul con una etiqueta identificativa donde se lee “RAM”. 18.- Un par de Zapatos Marca: Loblan color marrón y beige, talla 41 y una chaqueta color marrón y beige marca I.M. talla “S”.

En relación a los acusados Y.G. Y J.L.P., los hechos objeto del presente debate, se corresponden: “El día 17 de Diciembre del año 2005, aproximadamente a las 10:30 horas de la noche el ciudadano J.L.P.G. se hizo presente en compañía de otros tres sujetos, entre ellos uno de nombre ISIDRO, en el hotel “América” ubicado en el sector peña de tucutucu, Trujillo Estado Trujillo y portando armas de fuego bajo amenazas de muerte, obligaron a la ciudadana M.V.R. a que les entregara todas sus pertenencias incluyendo dinero en efectivo, luego de despojarla de tales objetos y golpearla por la región facial, penetraron a la habitación marcada con el numero tres (03) del mencionado hotel donde se alojaban los ciudadanos W.A.C.A., J.C.D. y J.U.A., y con el mismo proceder, quiere decir, bajo amenazas de muerte y portando armas de fuego los despojaron de sus pertenecías y dinero en efectivo, golpeándolos en la cabeza con las armas de fuego que portaban, dándose posteriormente a la fuga en un vehículo Marca: Toyota, Modelo: Corolla, Placas: EAK-81I, luego de haber despojado del mismo a la ciudadana M.V.R. dueña del mencionado hotel; posteriormente y cerca de las 11:30 horas de la noche de ese mismo día el ciudadano J.L.P.G., luego de una discusión con vecinos del sector El tendal, específicamente en la calle 24 de Julio del mencionado sector, ubicado en Trujillo, Estado Trujillo, desenfundó un arma de fuego del tipo revólver con la cual efectúo varios disparos, alcanzando una de ellos al ciudadano R.E.C.T., ocasionándole un herida en la espalda la cual le produjo la muerte de manera casi inmediata; posteriormente funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Estadal Trujillo, cuando realizaban las diligencias necesarias y urgente tanto del robo antes narrado como del homicidio y ejecutaban la aprehensión del ciudadano J.L.P.G., procedieron a practicar los allanamientos en las residencias del mencionado J.L.P.G. y en la de su cuñado ciudadano I.G.M., a los fines de lograr la captura de J.L.P.G., la cual había sido ordenada por el Juez de Control Nº 03, logrando encontrar en la casa de J.L.P.G., un pasamontañas color negro y un par de zapatos deportivos marca reebok color blanco y azul talla 41, y en la casa del ciudadano I.G.M., se encontró la cartera y la cédula de identidad de la ciudadana M.V.R., un par de zapatos deportivos marca Puma, una gorra con el logotipo “ANDES2005” color gris, un par de vendas color negro y rojo, cinco conchas percutadas calibre 38 marca “cavim”, un guante de tela de color blanco con el borde de color negro, un pasamontañas de tela de color azul con dos signos de discontinuidad, un bolso tipo estuche color azul con la inscripción de “Gobierno Bolivariano FundeApure”, un rollo de cinta adhesiva marca “tartan”, una cartera marrón, objetos estos de los que habían sido despojados los ciudadanos M.V.R., W.A.C.A., J.C.D. y J.U.A. por el ciudadano J.L.P.G. en el hotel “América”, el día 17 de Diciembre del año 2.005”. Los medios de prueba admitidos, se corresponden: “EXPERTOS: Declaración de la Anatomopatólogo Forense M.A., titular de la Cédula de Identidad Nº 5.494.390, adscrita al Servicio de Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Estadal Trujillo, donde puede ser citada, por cuanto la misma practicó la Necropsia de Ley a quien en vida respondiera al nombre de R.E.C.T.. Declaración del Detective J.E.B., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Estadal Trujillo, quien practicó la Experticia de Reconocimiento y Avalúo Real sobre Una chaqueta de color negro, Marca: Rumway, Talla “M”, con signos de discontinuidad en el lado lateral derecho, Una chaqueta de color azul, Marca: Beethoven, Talla “M” con la inscripción “ARLETIC BEETHOVEN ISSUE ATLHELCS DIVISION 086”, Una chaqueta color negro, con una raya de color rojo con la inscripción “Ferrari” Un short de color negro, con rayas gris y rojo Marca: Eagle, Un pasamontañas de color negro, con signos de discontinuidad, una navaja con la inscripción “Stainlees Ateel, Un par de botas deportivas Marca: Reebok, Una gorra de color beige con el logotipo “Andes 2005”, un guante de tela color blanco, Un pasamontañas de color azul con dos signos de discontinuidad, Un par de botas deportivas Marca: Puma, dos cinturones de telas de color negro y rayas rojas, Un bolso tipo estuche de color azul, con la inscripción “Gobierno Bolivariano FUNDEAPURE”, Un monedero para d.M.: Cardin, Un zapato de color negro Marca: Puma, Una Cédula de Identidad a nombre de R.V.M., Una cartera para caballero de color marrón de cuero contentiva de documentos personales tales como una cédula de identidad a nombre de A.L.J.U., otra a nombre de J.C.D.D., Una licencia de conducir a nombre de J.D., una libreta de ahorros a nombre de la ciudadana M.R., Un par de botas Marca: New Balance deportivas color blanco, azul y rojo, Una chaqueta de color negro marca NBA, talla “46”, Un Koala con los colores amarillo, azul y rojo y la inscripción Gobierno Bolivariano FUNDEAPURE y Un bolso elaborado en material sintetico de varios colores, amarillo, azul y rojo con la inscripción Gobierno Bolivariano. Declaración del Sub Inspector EL SOUKI MUNIR, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Estadal Trujillo, quien practicó la Experticia de Reconocimiento y Avalúo Real sobre Un par de zapatos Marca: Loblan, corte alto, color marrón y Beige, talla 41 y una chaqueta color marrón y beige marca: I.M., Talla “S”. Declaración del Medico Forense W.A.G., adscrito a la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Estadal Trujillo, quien practicó los informes médicos a los ciudadanos M.R.V., Y.A.P. y J.U.A.L.. Declaración del Sub Comisario L.P., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Estadal Valera, quien practicó la Experticia de Trayectoria. Declaración del Sub Inspector J.L., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Estadal Valera, quien practicó la Experticia de Levantamiento Planimetrico. Declaración del Sub Inspector D.A., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Estadal Valera, quien practicó la Experticia de Seriales al vehículo que le fue robado a la ciudadano M.R.V.. Declaración de la Detective M.L.P., adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Estadal Valera, quien practicó la Experticia de Reconocimiento Técnico sobre el proyectil colectado en el sitio donde ocurrió la muerte del ciudadano R.E.C.T.. Declaración del Detective J.F.C., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Estadal Valera, quien practicó la Experticia de Reconocimiento Técnico sobre el proyectil extraído al cadáver del ciudadano R.E.C.T.. Declaración del Agente S.Á., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Estadal Valera, quien practicó la Experticia de Comparación Hematológica sobre las prendas de vestir del occiso R.E.C.T.. Declaración del Inspector Jefe F.S., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Estadal Valera quien practicó la Experticia Física sobre la vestimenta del occiso R.E.C.T.. FUNCIONARIOS: Declaración del Agente J.J.B., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Estadal Trujillo, quien realizó la Inspección Técnico Criminalistica, en el hotel “América” donde se cometió el delito de Robo contra la ciudadana M.V.R. y los ciudadano W.A.C., J.C.D. y J.U.A.. Declaración del Detective C.A., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Estadal Trujillo, quien realizó la Inspección Técnico Criminalistica, en la calle 24 de Julio, sector El Tendal Trujillo Estado Trujillo e integró la comisión policial que realizó los allanamientos en las casas de la familia Pacheco, ubicadas en el sitio donde falleció el ciudadano R.E.C.T.. Declaración del Agente F.G., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Estadal Trujillo, quien realizó la Inspección Técnico Criminalistica, en la carretera vieja que conduce hacía Boconó, sector Mocoy, Trujillo Estado Trujillo. Declaración del Comisario R.M., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Estadal Trujillo, quien integró la comisión policial que realizó los allanamientos en las casas de la familia Pacheco, ubicadas en el sitio donde falleció el ciudadano R.E.C.T.. TESTIGOS: 1.- Declaración del ciudadano CARDOZA A.W.A., Titular de la Cédula de Identidad N° V- 19.813.028, residenciado en la calle Páez, casa Nº 20, Achaguas Estado Apure, quien es testigo presencial en la presente causa, ya que es víctima del Robo Agravado cometido en el Hotel “América”. 2.- Declaración del ciudadano JEANS C.D., Titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.217.251, residenciado en la urbanización El Nazareno, vereda 06, casa Nº 10, Achaguas Estado Apure, teléfono 0247-8821664, quien es testigo presencial en la presente causa, ya que es víctima del Robo Agravado cometido en el Hotel “América”. 3.- Declaración del ciudadano A.L.J.U., Titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.241.255, residenciado en la calle Páez, casa Nº 12, Achaguas Estado Apure, quien es testigo presencial en la presente causa, ya que es víctima del Robo Agravado cometido, en el Hotel “América”. 4.- Declaración de la ciudadana M.R.V., Titular de la Cédula de Identidad N° V- 3.312.487, residenciada en el sector La Aguadita, Hotel “América” Trujillo Estado Trujillo, quien es testigo presencial en la presente causa, ya que es víctima del Robo Agravado cometido en el Hotel “América”. 5.- Declaración del ciudadano R.A.B., Titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.715.277, residenciado en el Barrio El Tendal, calle principal, casa S/n a dos casas a mano izquierda pasando el puente nuevo Trujillo Estado Trujillo, quien es testigo presencial de los hechos. 6.- Declaración del ciudadano J.J.C., Titular de la Cédula de Identidad N° V- 19.270.798, residenciado en el sector Timirisis, parte alta, casa S/n, Trujillo Estado Trujillo, quien es testigo presencial de la muerte de su hermano R.E.C.T.. 7.- Declaración del ciudadano J.A.M.B., Titular de la Cédula de Identidad N° V- 18.376.717, residenciado en el sector El Tendal, calle primera, casa Nº A-71, Trujillo Estado Trujillo, quien es testigo presencial de la muerte del ciudadano R.E.C.T.. 8.- Declaración de la ciudadana YOLIMAR COROMOTO BRICEÑO BRICEÑO, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.982.023, residenciada en el sector El Tendal, calle principal, casa S/n Trujillo Estado Trujillo, quien es testigo presencial de los hechos. 9.- Declaración del ciudadano A.J.P.T., titular de la Cédula de Identidad Nº 19.148.442, residenciado en el sector Timirisis parte alta, casa S/n, Trujillo Estado Trujillo, quien es testigo presencial de los hechos. 10.- Declaración del ciudadano BRICEÑO BRICEÑO N.E., titular de la Cédula de Identidad Nº 19.428.705, residenciado en el sector El Tendal, casa S/n, parte alta, Trujillo Estado Trujillo, quien es testigo presencial de los hechos. 11.- Declaración del ciudadano LEON BRICEÑO J.G., titular de la Cédula de Identidad Nº 19.813.028, residenciado en el sector El Tendal, casa S/n, parte alta, Trujillo Estado Trujillo, quien es testigo presencial de los hechos. 12.- Declaración del ciudadano E.A.D.V., titular de la Cédula de Identidad Nº 13.206.640, residenciado en el sector El Tendal, casa S/n, calle principal después del puente nuevo, Trujillo Estado Trujillo, quien es testigo presencial de los hechos. 13.- Declaración del ciudadano N.D.D.S., titular de la Cédula de Identidad Nº 11.610.062, residenciado en el sector El Tendal, casa S/n, calle principal después del puente nuevo, Trujillo Estado Trujillo, quien es testigo presencial de los hechos. 14.- Declaración del ciudadano Y.A.P., titular de la Cédula de Identidad Nº 18.035.283, residenciado en la peña de Tucutucu, Hotel “América” Trujillo Estado Trujillo, quien es testigo presencial de los hechos. DOCUMENTALES: A los f.d.J.O. y Público para que sean incorporados por vía de la exhibición de conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 358 en su encabezamiento del Código Orgánico Procesal Penal, ofrecemos como pruebas las siguientes: 1.- Protocolo de Autopsia signado con el N° 9700-165-05-128, de fecha 27 de diciembre de 2005, practicada a quien en vida respondiera al nombre de R.E.C.T., suscrito por el Anatomopatólogo Forense M.A., adscrito a la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Estadal Trujillo. 2.- Nueve (09) fijaciones fotográficas, a través de las cuales, funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Estadal Trujillo, dejan constancia de la herida infringida al occiso R.E.C.T., las evidencias (trozos de plomo) colectado en el sitio de los hecho y del vehículo robado a la ciudadana M.R.V.. 3.- Experticia de Reconocimiento Técnico signada con el Nº 9700-069-DC-3209 de fecha 04 de Enero del año 2.006, practicada sobre Un (01) proyectil, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Estadal Trujillo. 4.- Experticia de Seriales signada con el Nº 0601041, de fecha 24 de Enero del año 2006, practicada sobre un vehículo Marca: Toyota, Modelo: Corolla, Placas: EAK-81I, Color: Rojo, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Estadal Trujillo. 5.- Experticia de Trayectoria Balística, signada con el Nº 9700-069-DC-129 de fecha 25 de Enero del año 2.006, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Estadal Valera. 6.- Experticia de Levantamiento Planimetrico signado con el Nº 11-12, practicada en la calle 24 de Julio, sector El Tendal, Trujillo Estado Trujillo, suscrito por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Estadal Valera. 7.- Experticia de Reconocimiento Técnico y Comparación Balística, signada con el Nº 9700-069-DC-74, practicada sobre 02 proyectiles, uno extraído al cadáver de quien en vida respondiera al nombre de R.E.C.T. y el otro colectado en el sitio de los hechos, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. 8.- Experticia de Reconocimiento Técnico y Comparación Balística, signada con el Nº 9700-069-DC-3215, de fecha 24 de Enero del año 2.006 practicada sobre Una franela cuello redondo, talla “S”, de fibras naturales teñidas de color azul, ribete del cuello de color gris con una etiqueta identificativa donde se lee “OXIGEN SINCE 1982” y un pantalón tipo jeans, talla 34, de fibras naturales de color azul con una etiqueta identificativa donde se lee “RAM”, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Estadal Valera. 9.- Experticia de Reconocimiento Legal y Hematológica, signada con el Nº 9700-069-DC-3214, de fecha 25 de Enero del año 2.006 practicada sobre Una franela cuello redondo, talla “S”, de fibras naturales teñidas de color azul, ribete del cuello de color gris con una etiqueta identificativa donde se lee “OXIGEN SINCE 1982” y un pantalón tipo jeans, talla 34, de fibras naturales de color azul con una etiqueta identificativa donde se lee “RAM”, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Estadal Valera. 10.- Avalúo Real, de fecha 17-12-2005, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Estadal Trujillo, practicado sobre Una Chaqueta de color negro, marca Rumway, (...) Una Chaqueta de color azul, marca Beethoven, (...) Una Chaqueta de color negro, con una raya de color rojo en la parte posterior, con la inscripción FERRARI (...) Un Short de color negro, con rayas gris y rojo, marca Eagle, (...) Un pasamontañas, de color negro con signos de discontinuidad (...) Una navaja con inscripción Stainless Steel, con figura alusiva a un Cocodrilo, con empuñadura de color negro y plateado (...) Un par de botas deportivas marca Reebok, color blanco y azul, número 41. 11.- Experticia de Avalúo Real, signada con el N° 9700-004-190, de fecha 17 de Diciembre del año 2.005, practicada sobre una (01) gorra color beige, (...), un (01) guante de tela de color blanco, (...) un (01) pasa montaña de tela de color azul (...), un (01) par de botas deportivas marca puma (...), dos (02) cinturones de tela de color negro (...), un (01) bolso tipo estuche de color azul (...), un (01) monedero para damas (...) un (01) zapato de color negro (...), un (01) cuaderno (...), un equipo de sonido marca AIWA (...), una (01) cedula de identidad (...) una (01) cartera para caballero (...), y una (01) cartera de cuero de color marrón para uso de damas (...), suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Trujillo. 12.- Experticia de Avalúo Real, signada con el N° 9700-004-189, de fecha 17 de Diciembre del año 2.005, practicada sobre un (01) par de botas deportivas (...), una (01) chaqueta, elaborada en material sintético de color negro (...), un (01) koala elaborado en material sintético de varios colores amarillo, azul y rojo (...), un (01) bolso elaborado en material sintético de varios colores amarillo, azul y rojo (...), un (01) par de medias deportivas (...), un (01) desodorante de la marca MUM (...), un (01) envase de dencorud (...) y un bolígrafo (...), suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Trujillo. 13.- Informe Médico Legal, N° 9700-165-2005-1892, de fecha 19-12-2005, sobre el Reconocimiento Médico Legal practicado a la ciudadana M.R.V., suscrito por el Médico Forense II Dr. W.A.G., adscrito al Servicio Médico Legal del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Estadal Trujillo. 14.- Informe Médico Legal sobre Reconocimiento, practicado en fecha 19 de diciembre de 2005, al ciudadano Y.A.P., titular de la Cédula de Identidad N° V-18.035.283, por el Médico Forense W.A.G., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Estadal Trujillo. 15.- Informe Médico Legal sobre Reconocimiento, practicado en fecha 21 de diciembre de 2005, al ciudadano J.U.A.L., titular de la Cédula de Identidad N° V-11.241.255, por el Médico Forense W.A.G., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Estadal Trujillo. 16.- Levantamiento de cadáver signado con el Nº 1928 de fecha 17 de Diciembre del año 2.005, suscrito por el Medico Forense II W.A.G.. EVIDENCIAS FISICAS: De conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 358 del Código Orgánico Procesal Penal se admiten a los fines de que sean exhibidos en el Juicio oral y Público los siguientes: 1.- Una Chaqueta de color negro, marca Rumway. 2.- Una Chaqueta de color azul, marca Beethoven. 3.- Una Chaqueta de color negro, con una raya de color rojo en la parte posterior, con la inscripción FERRARI. 4.- Un Short de color negro, con rayas gris y rojo, marca Eagle. 5.- Un pasamontañas, de color negro con signos de discontinuidad. 6.- Una navaja con inscripción Stainless Steel, con figura alusiva a un Cocodrilo, con empuñadura de color negro y plateado. 7.- Un par de botas deportivas marca Reebok, color blanco y azul, número 41. 8.- Un (01) gorra color beige. 9.-Un (01) guante de tela de color blanco. 10.-Un (01) pasa montaña de tela de color azul. 11.- Un (01) par de botas deportivas marca puma. 12.- Dos (02) cinturones de tela de color negro. 13.- Un (01) bolso tipo estuche de color azul. 14.- Un (01) monedero para damas. 15.- Un (01) zapato de color negro. 16.- Un a (01) un equipo de sonido marca AIWA , una (01) cedula de identidad ,una (01) cartera para caballero, una (01) cartera de cuero de color marrón para uso de damas. 17.- Un (01) par de botas deportivas, una (01) chaqueta, elaborada en material sintético de color negro, Un (01) koala elaborado en material sintético de varios colores amarillo, azul y rojo, Un (01) bolso elaborado en material sintético de varios colores amarillo, azul y rojo, un (01) par de medias deportivas, 02 proyectiles, uno extraído al cadáver de quien en vida respondiera al nombre de R.E.C.T. y el otro colectado en el sitio de los hechos, Una franela cuello redondo, talla “S”, de fibras naturales teñidas de color azul, ribete del cuello de color gris con una etiqueta identificativa donde se lee “OXIGEN SINCE 1982” y un pantalón tipo jeans, talla 34, de fibras naturales de color azul con una etiqueta identificativa donde se lee “RAM”. 18.- Un par de Zapatos Marca: Loblan color marrón y beige, talla 41 y una chaqueta color marrón y beige marca I.M. talla “S”. Como Pruebas complementarias, se admiten por el Tribunal para ser exhibidas a los respectivos expertos, para que las reconozcan e informen sobre ellas, conforme al articulo 242 del COPP: Experticia legal y hematologica 9700.069.DC 3213, de fecha 30.03.2006, realizada por S.A.. Experticia de análisis de trazas de disparo numero 9700.028. AME 006 de fecha 20.03.2006, suscrita por E.J.P..

EXPOSICIÓN INICIAL DEL MINISTERIO PÚBLICO

De conformidad a lo establecido en el artículo 344 del Código Orgánico Procesal Penal, se declaró abierto el debate, concediéndose la palabra al Fiscal II del Ministerio Público Abg. L.T. quien narró los hechos, acontecidos en fecha 17 de diciembre de 2005 por lo que el MP demostrara según el hecho narrado en la fecha indicada en el escrito acusatorio, el hecho que se le imputa y acusa formalmente a los ciudadanos J.L.P.G., por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto en el articulo 406 ordinal 1 (por Alevosía) del Código Penal, en perjuicio de R.C., LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES CALIFICADOS EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, en perjuicio de M.V., Y.P., J.A. y W.C., de conformidad con los artículos 416, 418 encabezamiento y 424 del código penal, y ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 458 del código penal, en perjuicio de M.V., W.C., J.C.D., J.A. y Y.p.; Y.G.M. por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, prevista en el articulo 470 del código penal, encabezamiento; I.J.B.M., por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 458 del código penal, en agravio de M.V., W.C., J.C.D., J.A. y Y.P., y LESIONES PERSONALES LEVES CALIFICADAS en grado de complicidad correspectiva, previstas en el articulo 416 en concordancia con el articulo 418 y 424 del código penal, agravio de M.R.V., W.C., J.C.A. y Y.P., por lo que señalo los elementos en que fundamento su acusación, así como los medios de prueba que constan en el escrito de acusación, como los son testigos, inspección técnica del lugar, declaración de los testigos, testimonio de los funcionarios actuantes, que serán debatidos en el presente juicio oral y público, y que fueron admitidas por el Tribunal de Control en su oportunidad, y solicitó sea enjuiciado los ciudadanos J.L.P.G., Y.G.M. e I.J.B.M., a quien solicito se mantenga privado de Libertad, y se les imponga la pena correspondiente en cuanto a la condena.

EXPOSICIÓN INICIAL DE LA DEFENSA

Acto seguido se le otorga la palabra al Defensor Privado Abogado Abg. V.C., quien expuso: rechazo todo lo expuesto por el fiscal del Ministerio Público, y negamos la participación de nuestros defendidos en los hechos que se les imputa ya que son inocentes, lo cual demostraremos a lo largo del debate oral y público es todo. Acto seguido se le otorga la palabra a la Defensa privada Abg. L.D., quien expuso: de igual manera negamos, rechazamos y contradecimos todo lo expuesto por el fiscal del Ministerio Público, y negamos la participación de nuestros defendidos en los hechos que se les imputa ya que son inocentes, lo cual demostraremos a lo largo del debate oral y público, es todo.

DECLARACION RENDIDA POR LOS ACUSADOS

EN EL TRANSCURSO DEL DEBATE

De conformidad a lo establecido en el artículo 347 del Código Orgánico Procesal Penal se le otorga la palabra a los acusados a quienes se les impuso del precepto constitucional previsto en el artículo 49 numeral 5 de la Constitución, en concordancia con los artículos 131 y 136 del Código Orgánico Procesal Penal, así mismo se le explico el hecho que les esta atribuyendo el Ministerio Público, quien se identifico el primero como Y.G.M., venezolano, cédula de identidad N° 12.953.746, casado, funcionario policial, hijo de H.G. y G.M., de 35 años de edad, nacido el 05-09-73, residenciado en Urb. La Vega. Vereda 1, N° 6, Trujillo, Estado Trujillo, quien expuso: me acojo al precepto constitucional, es todo. El segundo: se identificó como: P.G.J.L., venezolano, cédula de identidad N° 11.134.659, casado, antes era escolta del doctor R.D., hijo de J.P. y M.d.P., de 37 años de edad, nacido el 19-04-71, residenciado en Urb. La Vega. Vereda 1, N° 6, Trujillo, Estado Trujillo, quien expuso: me acojo al precepto constitucional, es todo. El tercero se identifico como I.J.B.M., venezolano, cédula de identidad N° 12.721.440 (no porta), soltero, agricultor, hijo de B.M. e I.B., de 32 años de edad, nacido el 07-07-76, residenciado en F.d.P., sector primero de mayo, Las Malvinas, casa N° 10, Estado Trujillo, quien expuso: “Me acojo al precepto constitucional”

Antes de declarar el tribunal concluido el debate, conforme a lo establecido en el artículo 360 del código orgánico procesal penal, el acusado Y.G.M., venezolano, cédula de identidad N° 12.953.746, casado, funcionario policial, hijo de H.G. y G.M., de 35 años de edad, nacido el 05-09-73, residenciado en Urb. La Vega. Verda 1, N° 6, Trujillo, Estado Trujillo, expuso: el día 16 de diciembre del año 2005 en horas de la maña me dirijo al departamento policial Nº 10 donde prestaba servicio para esa fecha, a los fines de prestar un servicio que es netamente interno así como el fin de semana, viernes 16, sábado 17 día en que mi esposa me llama y me dice que hay personas frente a la casa lanzando piedras y gritando groserías y agresivas, y me dice que tenia mucho miedo ya que mi hijo en esa fecha tenia 10 meses y otro de 10 años, por lo que tenia temor que les pasara algo, por lo que me pide que vaya hasta allá, le pedi permiso a mi superior y me traslado hasta allá, en la zona había una sola familia que me decían váyanse de aquí porque ustedes son asesinos, saque a mi esposa y a mis hijos y estos familiares no me permitieron ya que tenían botellas, piedras entre otro, por lo que llamo en ese instante y solicito un apoyo por radio, apoyo de funcionarios para sacar a mi familia de ahí…. Al rato llega la comisión que me ayudaron,… por lo que con unas almohadas y sabana los protegí para poderlos sacar de ahí… cuando regrese al sitio y colabore para llevarme a los hijos de mi cuñado J.L. Pacheco…Me traslado nuevamente a mi comando e informo lo sucedido, y me dicen que tengo que estar ahí…. Cuando me llaman y me dicen que van hacer un allanamiento de mi casa, voy y el fiscal con dos testigos revisan mi casa, casa que era de zin, en la parte posterior las columnas no tenían cemento…. En mi casa no consiguieron nada así lo expuso el fiscal…. Salimos y coloco los candados y me pide las llaves de la casa de al lado y me dice que si tengo las llaves y yo le digo que si, ingresa a la casa y efectivamente observo que habían cosas que no eran de ahí, así también observa gran parte del techo que estaba abierto…Y es allí donde me sorprendo y el fiscal me dice que son objetos de un hecho delitivo… y yo me le puso a la orden para lo que sea…estando allí las personas de sintieron con mas algarabía de ofender y agredir….me ofendía a 100%...ahora bien porque esa familia no acepta la presencia de los policías… Juez en el año 98 yo estaba nuevo ahí, y en las partes de atrás de la casa escucho piedras que caen en la parte de atrás y observo personas que la lanzaban… entonces para ese entonces me dirigí y le pregunte cual era la situación sin tener repuestas positivas, por lo cual los denuncie y obtuve de eso la destrucción parcial de mi vivienda…esas mismas personas y que declararon aquí en ese momento firmaron una caución en prefectura para pagarme los daños de la vivienda…… personas que declararon en esta sala…por lo que solicito que esas personas deben ser investigadas ya que dijeron mentiras en esta sala…ahora bien cuando se sentía el olor de marihuana, hacían parranda hasta amanecer, o tiraban piedras a mi casa, yo siempre llamaba a la comisión a los fines de que asistieran, por eso me tiene rabia a mi…. Ese es una calle donde consumen mucho alcohol… motivo por el cual me consideran enemigos mucha gente por ahí…. Yo vivía en ese sitio por necesidad… ya que los recursos de nosotros como policías es muy difícil vivir bien… por eso tenemos que convivir con los malandros…. Ahora ellos dicen que están tranquilo es porque ahorita por ahí no pasa la policía…esa misma noche comienza el saqueo, y yo estaba en el comando y me entere de todo…. Se llevaron todo… en mi casa lo único que pude sacar fue la sabana y las almohadas y un televisor…. Muestro en esta sala mi casa como quedo, quemada y destruido, la casa que era de mis hijos, quienes quedaron en la calle…gracias a dios estamos con mi suegro… mis hijos son victimas de lo que paso……nunca me beneficie ni me beneficiaré de cosas provenientes del delito…me siento victima aun estando aquí acusado, siendo inocente…Edgar Dávila, N.S. y Roger, personas que estuvieron aquí fueron lo que tumbaron mi casa…. Es todo. El segundo acusado se identificó como: P.G.J.L., venezolano, cédula de identidad N° 11.134.659, casado, antes era escolta del doctor R.D., hijo de J.P. y M.d.P., de 37 años de edad, nacido el 19-04-71, residenciado en Urb. La Vega. Vereda 1, N° 6, Trujillo, Estado Trujillo, expuso: cuando yo me mude para la casa eso estaba puro monte…yo fui el primero que me fui a vivir a ese sitio…eso era de basura y orinadero…. Mi abuelo y mi papa me regalaron ese pedazo de terreno…Era el botadero de basura de ellos a medida de eso fue los problemas…. Ahí antes había un árbol grande donde se la pasaban consumiendo y atracando… como yo era policía se fue poniendo denuncia, pero eso fue avanzando mas, cada día era peor…. Hice mi casa ahí…. Estuvimos cuatro ahí todos hermanos…..nos decían mal vivientes… pero no somos moneditas de oro para caerle bien a todo el mundo…. A medida de eso surgieron muchos problemas con los testigos que vivieron acá…. Esas personas todo el tiempo se acercaban era a nuestra casa a molestar, tratando de matarnos… son dos familias los Briceño y Suárez los que se adueñan del lugar… ahí hay varios bares…frente a mi casa ponía carros a todo volumen y molestaba, pero ellos decía que era mi familia Pacheco los que molestaban…. Siempre que íbamos a dialogar con ellos estaban ebrios…. Pero esos son los testigos que vinieron que son enemigos de nosotros desde el año 92, personas que tienen mala conducta.. yo no podía hacer los que ellos hacían… ya que yo tengo que dar ejemplo como funcionario que soy……el día 16 de diciembre para esa época yo trabaja como chofer y escolta junto con I.B.d. los ciudadano R.D. y S.Q.…que es cuando consigo trabajo con ellos…. Un día aquí en las puertas del circuito conozco a R.D., y conocí a Isidro así como a S.Q.…Un día el doctor Duran le vende un chevette azul a Isidro…A mi me gusta la mecánica….y ese tenia unas fallas… yo le digo yo te lo arreglo… ese día 16 de diciembre el me trae los repuestos…lo arregle y a las dos de la tarde ya estaba listo… fuimos a probarlo para f.d.p. y de allá para acá nos echamos unas tres cervezas… después el me dice vamos a rumbear y yo le digo no puedo porque mi esposa estaba aquí con las niñas…. Ese día cumplía años mi sobrino…. Yo le digo me voy a bañarme y a prepararle la comida a las niñas porque mi esposa salía tarde del trabajo… después llego Isidro en el chevettte muy tomado y se metió en la casa donde cumplía años mi sobrino… y me dice me voy porque voy a tomar ahí…después me llaman para cantar cumpleaños a mi sobrino…ya era como las nueve de la noche… después de eso nos acostamos todos. Le pongo una película de DVD a mis hijas…ya eran como a las 11:00 de la noche se escucha un bullaranga afuera de mi casa…yo despierto y escucho la voz de mi sobrino discutiendo, salgo de la casa y es cuando veo a Milla, León Briceño…eran como 6 personas, personas que vinieron a declarar en esta sala…Milla tenia problemas con mi sobrino desde antes…En el liceo…pero el muchacho no hizo caso…en eso A.M. me parte el vidrio de la ventana de mi casa…al salir yo de mi casa ellos me atacan y acabaron con el frente de mi casa…por lo que saque una pistola 380 automática de color negro… abrí la puerta de la casa y Salí un metro de la casa hice dos disparan al aire y dios sabe que es así… porque para ellos no hay ley que valga… en eso salen corriendo.. en eso llega Isidro con el amigo que carga en el chevette.. se paran frente a mi casa y Isidro saca un arma y el otro señor también que era un 38…ellos sacan el arma sin preguntarme a mi que pasa empiezan a echar tiros a toda las gente unos seis tiros y el otro como cinco tiros aproximadamente…. Isidro y el señor se quedan al frente de la casa y trato de traérmelos a ellos… en eso venia un grupo mas grandes de personas….que es cuando Isidro y el señor salen corriendo pa el puente…el amigo de el se queda en plena inclinación del puente… incluso le digo que se lo traiga… en ese tiempo había mucho monte por ahí que tapaba el puente…ese señor se quedo en plena inclinación con el arma hacia abajo… se escucho cuatro o cinco detonaciones en ese momento…. En eso viene corriendo I.B. y me dice compadre me voy porque mate a uno…y yo le digo como es eso… el me dice si me voy porque mate uno…lo digo con la verdad… prende el carro y se va…. Yo quede nervioso y trato de subir al puente y no veo no oigo nada… después me pongo a conversar con mis hermanos y como a las 12:30 de la noche nos acostamos cada uno…. Al otro día a las 7 de la mañana se vino un bululo de gente, se viene la familia Briceño y Suárez y lo que decían es vamos a matarlo y mas nada…. La gente se viene encima…cierro la puerta y protejo a mis hijas y esposa…. Después logre sacar a mi familia…y las llevaron a la urbanización las vegas…. Allí había comunidad pero observando lo que hacia…era la familia Briceño los que destruían la casa… yo me quede un rato después que salio mi esposa…. Llamo a mi mama y le digo que estaban diciendo que yo mate un muchacho… yo estaba viendo como salía de ahí…y mi mama me dice que a mi papa lo tenían preso por eso…le dije trate de pedir apoyo para que me ayuden a salir de aquí…. Salí por la parte de atrás…. Yo cargaba una pistola…. Por lo que digo que si yo fuese asesino hubiese matado a alguien…Pero yo tengo un porte ilícito y el doctor Duran me dijo cuidado caes en algo porque vas preso…Cargaba unas bermudas y me puse arriba de ella un pantalón y una chaqueta de dos tonos…yo guarde la pistola en una piedra que esta por detrás de mi casa…pero eso por el medio que yo ya tenia un porte ilícito….admito que dispare frente a mi casa dos tiros pero con una 380 mas no con una 38…yo no lo dispare a nadie…El muerto aparece es en puente mas no por mi casa….. y el único que paso por allá fue I.B.…en una de las llamadas que hice me comunique con el inspector Bencomo y me puse de acuerdo con el como iba a salir yo de de la casa…ellos me llevaron al CICPC al llegar ahí a mi me sientan en la parte de atrás y me dice C.A. me dice siéntate ahí y me senté y me dicen donde esta tu compadre el otro chofer de R.D. y yo les digo debe estar en su caso…y me dicen ya lo allanamos y no esta…ahora bien porque si el es inocente porque se le fuga…ellos me sacan una foto de Isidro y me dicen este fue el que mato a R.C.… y yo les cuento lo que dije aquí……en eso llega la señora Maria y me saluda y me dice como esta J.L. porque asi se llama el hijo de ella…en eso cuando ve que ella me esta saludando Charly me agarra y me meten en un cuarto y a la señora Maria la meten en una oficina por ahí…. Ellos se ponen a hablar como media Hora Charly y Becerra… en eso llega Charly y me dice quítate la ropa…..este Charly sale con mi ropa y botas Loblan y la mete dentro de la oficina que están las victimas…. Ahora bien como esas personas victimas describen las botas…Ellos me implicaron a mi en eso porque yo no les quise pagar 20 millones que me pidieron…diez por mi y diez por mi papa para dejarnos el libertad… Donde estaba usted cuando el señor J.C. dijo que I.B. fue el que mato a su hermano…Cuanto mucho la verdad…pero si todos sabemos que J.C. dijo que Isidro fue el que mato a Carmona… Dios sabe que fue así, es mas en esta sala cuando J.C. declaro miraba a I.B. con rabia y rencor…no entiendo como el doctor Quiñones esta defendiendo a I.B.…es mas una vez me dijeron a mi que ya I.h. admitido que mato a R.C.…Le plantie el caso a Simoza y me dijo vamos hablar con el Juez para ese entonces era D.P.…quien dio una orden…… donde el señor Isidro se dio la fuga…. El dueño de esa casa era el señor Segundo…. Quien si dijo la verdad cosa que debe constar en acta…. Ellos se entraron en un porche hablar… entro a eso porche…el DISIP le dice sabemos que I.B. esta aquí, sabemos que lo tiene protegido y ellos dinero que si…y dijeron que si porque el doctor Duran había venido y había dicho que lo tuvieran ahí porque I.H. matao un muchacho…. Yo pienso que de eso debe haber acta…. Buscamos a Isidro como sea porque el fue que mato al muchacho… yo tenia fotos de el porque en una fiesta que fuimos compadre existen esas fotos…las ampliamos… yo quería decir esto en este momento porque sino ya yo hubiese admitido los hechos y ya hubiese salido de aquí, pero quiero que se busque la verdad……que es lo que quieren…este juicio que me hacen del cual soy inocente abra uno donde yo voy hacer victima y ustedes van hacer enjuiciados, ese día llegara…El que esta arriba juzgara con derecho y si sabe que I.B. fue el que mato ese muchacho…Agradezco a la Juez porque dio prioridad al juicio para que se iniciara…no estoy conforme con la verdad que dicen tener aquí…Un día ustedes estarán aquí y yo allá…. La verdad la sabe dios…. Pero no estoy conforme con la investigación del fiscal…Hay muchos que les gusta juzgar… pero la Biblia dice no juzgues para que no te juzguen…. Es todo.

DE LOS MEDIOS DE PRUEBA RECEPCIONADOS

  1. - Testimonio del funcionario J.F.C.G., venezolano, 34 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.134.094, de ocupación Funcionario del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, en calidad de Detective, con 12 años de Servicio, actualmente Técnico Superior en Ciencias Policiales, previo juramento de ley, manifestó: Se trata de 2 proyectiles, es una experticia de reconocimiento técnico y comparación balística, son dos proyectiles, el primer proyectil según protocolo de autopsia 2733 extraído del cadáver de Carmona Enrique, es metálico de color gris, deformado con sus respectivas longitudes y diámetros, el segundo proyectil fue realizado su descripción en la primera experticia hecha por la funcionaria M.L.P., es de color gris, con un peso de 7.3 gramos, presenta deformación y perdida del material que lo compone, el primer proyectil que fue extraído al ciudadano Carmona queda depositado, el segundo proyectil quien fue practicado por la funcionaria ella indica que no presenta suficientes características para su individualización. De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió:… al proyectil comúnmente se le dice plomo, es metálico de color gris…por mi experiencia se que es plomo pero no se le hizo análisis químico…el segundo de los proyectiles no está optimo para su comparación…es fácil la deformación del plomo a diferencia de los blindados aunque también se deforman…la balística es de certeza, tengo que tener seguridad al no existir suficientes características para comparar…no eran blindados ninguno…el primer proyectil pudo haber chocado con una superficie blanda, depende del ángulo del cañón…de la zona impactada, el proyectil también se puede deformar en zonas blandas del cuerpo humano, cuanto mas una pared…el primer proyectil si tenia características…no tengo la solicitud de comparación balística con un arma de fuego…no se entrego arma…la comparación balística fue entre esos dos elementos (2 proyectiles) son resultados de certeza…De seguida pregunta el defensor a las que les respondió: ……de que calibre… el primero encuadrable con los calibre punto 38 y 357 mágnum…el segundo no lo permite por la deformación que presenta….hay infinidades de municiones cada calibre tiene un diámetro diferente y así un determinado proyectil, porque corresponde al diámetro y a la longitud del proyectil, una munición de calibre 38 puede ser percutada por un arma 357 mágnum… esa pudo haber sido percutada por un arma 357…es todo.

  2. - Testimonio del ciudadano R.A.B., venezolano, 42 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.715.277, de ocupación chofer de transporte publico, previo juramento de ley, expuso no ser familia del acusado y manifestó: “ en la madrugada de los hechos yo me levanto a eso de las tres de la mañana, de repente yo veo a un señor de nombre I.G. en actitud sospechosa, que lanza un bolso hacia el rio, yo llegue y me levante y lo busque y se lo entregue a la policía después me entere que era de una delegación de deportistas de Apure…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: …el se llama I.G.…si se encuentra presente aquí… yo lo conozco de vista no de trato por ser vecino del sector… usted dice que recogió un bolso de una delegación deportiva?...yo me levante como a las tres de la mañana porque ese día era la misa de aguinaldos del sector y yo era uno de los organizadores, aun por eso yo me levante temprano… la aptitud sospechosa como ya habían ocurridos los hechos de que habían asesinado a un muchacho entonces el salía y entraba a su casa, porque supuestamente el estaba involucrado en la muerte del muchacho… el estaba en el puente del tendal…el andaba uniformado ese día de los hechos…usted pudo visualizar que era el señor Galindo?…si estoy seguro que era el señor Galindo… el bolso era mas o menos grande era de color Amarillo, Azul y Rojo y tenia el nombre de Apure… y como pudo ver que decía apure?… porque yo lo saque del rio y se lo entregue a la policía…no yo no lo abrí lo abrió fue la policía y vi que tenia implementos deportivos y que tenia cosas personales… usted se lo entrego a la policía de una vez?…fuimos de una vez hasta la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas en San Jacinto…me imagine que estaba botando evidencias…eso me impulso a buscar el bolso por lo que había pasado…en parte yo estaba colaborando por mi amigo…para que lo de Felipe no quede impune…el rio no tiene mucho caudal, pero si llueve se lo lleva el rio…usted converso con el señor Galindo?… no para nada tuve contactos con el señor Galindo…no se decirle si el señor me vio cuando yo estaba agarrando el bolso…fui acompañado de otros vecinos para ir a agarrar el bolso… ahí había mucha gente por lo que había pasado porque unos iban a las misas y pasaban por ahí… usted presencio los hechos de la muerte?… no, yo estaba durmiendo la gente comentaba que había sido unos de los monos, el mono gordo, ese es un apodo que le dice la gente, que se llama J.L.P., solo lo comentaba la gente… si esas personas eran vecinos del puente y lo conocen a el… si a ellos le dicen los monos pero no se porque le dicen así… problemáticos si eran porque cuando se ponían a tomar, no dejaban pasar a nadie por ahí y molestaban a las demás personas cuando bebían…no ellos ya no viven ahí…después que ellos se fueron de ahí… mejoro mucho y se ha notado mas la tranquilidad por el sector… es todo. De seguida pregunta los defensores a las que les respondió: … eso fue de tres a tres y media… si me comentaron que habían matado a alguien…yo no presencie nada de lo que paso ahí… usted vio al señor Galindo en compañía de alguien mas?…yo lo vi solo cuando lanzaba el bolso al rio…a las preguntas de la Juez… mi residencia esta en el sector el tendal, las araujas de aquí de Trujillo, por ahí baja el rio Castán como a 100 a 150 metros de mi casa…hay un puente…usted dice que salió de su casa?… si yo Salí de mi casa para ir a ver… si estaba solo en ese momento… la iluminación es buena hay bastante luz…el río queda detrás de la casa de donde el señor vive y el se metió…usted pudo identificar el bolso?… si yo vi algo como un bolso pero yo pienso que son evidencias de lo que había pasado y cuando fui a ver si era el bolso y decía Apure…el bolso estaba en el medio del rio…el rio no tiene mucho cauce… después me entere en el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas que si era de unos jugadores…se decía que lo habían herido a plomo que se había muerto felique ya que el era un muchacho muy apreciado por ahí… yo me entere como a las 3 de la mañana fue que me entere de lo que había pasado…no de mi casa no se ve la casa de Galindo… yo fui por la pared del puente que queda detrás de la casa de el para ver lo que habían tirado…el bolso estaba en el medio del río…si yo saque el bolso y de ahí nos fuimos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas… yo iba exactamente al bucare que era donde iba hacer la misa en eso yo me encuentro con el alboroto de la gente que estaban ahí… no le se decir si había mas personas por ahí si vieron que el bolso estaba en el río…si a esa hora nos atendieron en el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas porque ya los PTJ habían ido por ahí…si yo tengo una buseta con la que fui para allá…es todo.

  3. - Testimonio del funcionario J.A.L.G., venezolano, 39 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.032.592, de ocupación Funcionario del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, con el rango de sub. Inspector adscrito al departamento de Criminalisticas de la delegación estadal Trujillo, Detective, con 14 años de Servicio, actualmente Técnico Superior en Ciencias Policiales, previo juramento de ley, manifestó: La evaluación mía fue levantar el levantamiento planimétrico y trayectoria intraorgánica, un plano detalle de una vivienda se puede visualizar un sitio de suceso abierto, vía publica, tramo de una calle, permite el transito automotor en varios sentidos…punto de referencia unas viviendas calcinadas y demolidas…al oeste un local comercial de venta de licores…también se encuentra un pequeño puente por donde pasa el río castan, la idea de la experticia es organizar el sitio, un impacto que se ubica en la fachada de una casa de la familia Briceño que se encontraba a unos 25cms del piso…un proyectil metálico de color gris, deformado sobre la superficie del piso….De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: …el impacto se encontraba cuando me traslade, el proyectil ya no se encontraba cuando me traslade….no recuerdo con exactitud la fecha cuando me traslade al lugar, como a los 8 o 15 posterior al hecho… a cuantos metros de esas viviendas calcinadas y demolidas se encontraban las evidencias?...el primer tramo desde el poste a una curva pegada al puente 20 metros, de la curva al puente 7 metros y medio….30 metros del puente a la alcantarilla…5 metros de la alcantarilla a las evidencias…donde está el poste es plano…aproximadamente 62 metros…el impacto está sobre la superficie de la fachada de la vivienda de la familia Briceño y el proyectil estaba inmediatamente debajo… observo usted unas manchas de sangre en el sitio?… no observe manchas de sangre en el sitio…no recuerdo el nombre de las personas que vivían ahí… supuestamente las viviendas calcinadas eran de los imputados ya que lo manifestaban las personas que viven por ahí… el rió pasa por la parte posterior de las viviendas…las viviendas se encuentran prácticamente a orillas del río…una de las casas se encuentra a cuatro metros de la orilla del río…otra está mas distante como a doce metros de la orilla del río…hay 27 metros aproximadamente desde el poste hasta el comienzo del puente…a cuantos metros estaría la ultima vivienda del poste?…a 17 metros…hay una semi inclinación del poste hacia arriba…se inclina bastante al ser una curva parra llegar al puente…no puedo determinar donde cayó el occiso, por no existir sangre…La trayectoria intraorganica nos da de manera grafica el recorrido del proyectil dentro del cuerpo…el disparo fue ascendente… el disparo fue de atrás hacia adelante…el orificio de entrada esta aproximadamente en el 5º espacio intercostal y se aloja en el 3º espacio, sube dos costillas… fue de derecha a izquierda… se tomaron en cuenta las tres experticias…De seguida pregunta el defensor a las que les respondió: ……se reflejo fue el impacto y el proyectil como evidencia…del poste si se ve al puente, muy someramente porque esta un árbol…esta relativamente cerca…de ese puente se puede observar la parte posterior de las viviendas, porque esta en un plano superior…desde el puente hasta la ultima vivienda calcinada en su parte posterior hay una distancia de 43 metros…desde el puente se puede observar todo…en la parte posterior de la primera vivienda hay un recodo, porque llega el cauce a un talud (pared)… es todo.

  4. - Testimonio del ciudadano J.J.C.T., venezolano, 18 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.270.798 de ocupación Estudiante, manifestó no ser familia de los acusados, previo juramento de ley expuso: Yo me encontraba en la vega, en la cancha como a las 9 de la noche mi hermano me fue a buscar en eso en lo que íbamos entrando al Kiosco donde esta mi pollo en eso yo veo que hay mucha gente, veo un enfrentamiento, yo le digo a mi hermano será que pasamos o nos quedamos, en eso el me dice que sigamos…cuando voy al frente de ellos sale un señor y dice aquí hay tiros pa todo el mundo…empiezan a echarnos tiros…iba delante de mi hermano…cuando regreso mi hermano estaba en el suelo…los dos tiros estaban en la pared en la casa donde cayó mi hermano…yo reviso a mi hermano tiene un impacto de bala por la espalda…en eso paso un taxi y nos llevo hasta el hospital y ya estaba muerto…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: …usted dice que esa noche usted estaba en compañía de el?… si yo estaba jugando y el me fue a buscar en eso nos íbamos para la casa…bajamos a la avenida principal donde están los kioscos en la vega… ninguno de los dos estábamos bebiendo…el era alto flaco no se metía con nadie, el no tenia enemigos, no peleaba con nadie, nunca uso un arma…vivimos en Timirisis parte alta…pues necesariamente no pero como por ahí era mas cerca decidimos irnos por ahí… esa es la mas cercana para llegar a mi casa…hay otra vía por los bomberos…pero por ahí es mas cerca y nosotros no tenemos enemigos…veo un grupo de personas arriba de muchachos y abajo otro grupo de personas en la casa, discutiendo no se…esa gente vive en las casas que quemaron…si fuéramos enemigos nunca hubiésemos pasado por ahí…nosotros pasamos por ahí porque no temíamos a nadie… después que ocurrieron los hechos me entere de muchas cosas, decían las personas que ellos ingerían alcohol, también que cuando se ponían a beber echaban tiros al aire…si a ellos le dicen los monos es el apodo que le tienen…que era policía el que mato a mi hermano…porque cuando yo estaba recogiendo a mi hermano el estaba echando tiros como locos y una bala de esa le cayo a mi hermano…tenía chaqueta azul…yo lo vi de lejos…esta aquí en la sala…si…lo vi desde lejos porque yo estaba recogiendo a mi hermano me tuve que quitar rápido…estaba el otro señor y había un grupo de personas en eso dijo el señor que había tiros para todo el mundo…no está aquí…era una persona mayor…esa persona andaba sin camisa…yo me acuerdo de un chico y de una chica el chico se llama D.P., pero de los demás no recuerdo exactamente…si yo lo vi desde lejos el que mato a mi hermano…el que era policía…era primera vez que yo lo veía…era gordito…musculoso…moreno…le vi un arma…había otra persona mas debajo de él no se exactamente, no vi si estaba armado…estaba lejos no sé a cuantos metros estaba de la persona de chaqueta azul…las personas que estaban al frente de la casa estaban a mano izquierda…cuando escuché el primer tiro iba mi hermano al lado izquierdo mío…cuando yo veo me adelanto dos o tres pasos mas adelante en eso miro hacia atrás estaba mi hermano y estaba tirado, y cuando yo me regrese a recoger a mi hermano el señor disparo dos veces mas…ahí estaban los dos impactos de bala en la casa donde vive el señor Regulo…no se si firman Briceño…cuando lo fui a recogerme ayudó un vecino J.M.…me ayudó a recoger a mi hermano…todos salieron corriendo y nosotros quedamos de ultimo, cuando el señor empezó a disparar yo pedí ayuda que me ayudaran a recoger a mi hermano… mi hermano cayo después del puente…como a 20 pasos mas o menos…hay una curvita…J.M. iba entrando al puente…al comienzo del puente estaba la persona que disparó…el puente tenía luz….estoy seguro que la persona que señale es la persona que le disparó a mi hermano…como de 1.78 de altura…D.P. es sobrino de ese funcionario…yo identifique a tres personas, yo vi al c.D.P., la novia y el señor que dijo que habían tiros para todas las personas…De seguida pregunta el defensor a las que les respondió: …la cancha del sector La vega…mi hermano me fue a buscar a pie…yo me estuve como hasta las 11:10 de la noche porque mi hermano me fue a buscar y de ahí nos fuimos…el grupo que estaba discutiendo un grupo estaba en el puente y el otros estaba en el sitio de donde derrumbaron las casas…estaban diciéndose cosas entre ellos mismos…nosotros pasamos por la cera de la mano derecha…en ese el señor que se llama J.p. dijo aquí hay plomo para todo el mundo…nosotros seguimos caminando…en eso empezaron a echar tiros y salimos corriendo… no se decirle la distancia que ahí desde la casa hasta el puente… cuando empezaron a disparar al aire nosotros íbamos por el puente…como 7 metros pudimos correr…mi hermano viene a mi izquierda…cuando yo me regrese a recoger a mi hermano vi a la persona…esa persona tenia el arma…me regrese y lo recogí y venia el vecino y le dije que me ayudara a recogerlo… esa persona era morena, papeada como de estatura 1.78…no lo había visto anteriormente…a las preguntas del tribunal respondió: …Sector La vega se llama por donde esta la cancha…el 16 de Diciembre del 2006…veníamos solos…yo vivo en timirisis parte alta…desde la chancha a mi casa es lejos como a 15 minutos…veníamos por la avenida cuatricentenaria, yo vengo de la vega y salgo a la avenida donde le dicen mis pollos…nos fuimos por ahí porque es mas cerca que por donde queda la panadería…en eso observamos dos grupos de personas que están discutiendo en el primer grupo habían como 8 o 9 personas ellos estaban en las casas que están derrumbadas…y el segundo grupo estaba en el comienzo del puente también había como 8 o 7 personas…los grupos estaban cerca… no observe armas de fuego…no se si estaban tomados…de ese primer grupo me recuerdo de solo tres personas…del segundo grupo los conozco a todos, J.G., Á.P., Néstor, Noé y otro que tiene un apodo el menor…en ese momentos las viviendas no estaban calcinadas…cuando íbamos a la mitad del puente empiezan se escuchan como 8 disparos… cuando yo iba pasando al lado de la persona que dijo aquí hay tiros para todo el mundo… no esa era la persona que después observé con un arma…donde cae mi hermano no se pueden ver las casas que quedaron calcinadas…observo que viene Jhon a nivel del puente cuando voy a auxiliar a mi hermano…la persona que tenía el arma estaba empezando el puente…cuando yo estaba recogiendo a mi hermano me estaba disparando…yo escuche dos disparos que estaban en la pared…a mi espalda tenía dos casas…cuando escuche los disparos vi que mi hermano estaba tirado yo pedí ayuda, Milla me ayudo y lo recogimos entre los dos y lo llevamos a una esquina…mi hermano no boto sangre donde le dieron el tiro…le observé un hueco en la espalda en el hombro izquierdo…yo vi cuando quedaron los impactos de bala en la pared…la persona que tenia el arma andaba vestido con una chaqueta azul con blanco, después me entere de que era policía…no se si los que estaban discutiendo vieron lo que estaba pasando…al otro día que mataron a mi hermano las tumbaron y quemaron las casas…creo que eran dos casas las que demolieron…ahí vivían la familia pacheco…es todo.

  5. - Testimonio del funcionario L.R.P.B., venezolano, años 37 de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.133.641, Comisario del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Experto Criminalística y actualmente Jefe del Departamento de Criminalística de la Delegación Estadal Trujillo, previo juramento de ley, expuso: En relación a la Experticia de Trayectoria Balística, reconozco el contenido y mi firma, me solicitaron que se practicara una trayectoria balística, en una vía publica, sector el tendal, un hecho ocurrido en diciembre del año 2006, la realice conjuntamente con el Sub Inspector Laguna y con funcionarios de la Sub Delegación Trujillo, el lugar del hecho es un sitio de suceso abierto, correspondiente a un tramo de la vía publica, conformado por pavimento de asfalto, aceras de protección peatonal, que permite el transito automotor, en el sitio se ubico una vivienda de la familia Briceño, en su fachada lateral izquierda en su parte final, se observo un impacto producido por un proyectil de arma de fuego, en cuanto a su dirección y sentido que impacto, se tomaron en cuenta elementos técnicos criminalísticos como la inspección técnica del sitio, la experticia balística identificativa y comparativa de un proyectil ubicado en el sitio, experticia hematológica en las prendas de vestir, experticia química, y como elementos de carácter medico legal el protocolo de autopsia practicado a R.E.C. (victima), en la que refiere una herida por el paso del proyectil del arma de fuego con orificio de entrada a nivel de tórax posterior del lado derecho, sin orificio de salida, dicho proyectil a nivel del pectoral izquierdo, trayectoria de atrás hacia adelante, de derecha a izquierda, de abajo hacia arriba…concluyendo que el impacto ubicado en la fachada de la vivienda de la familia Briceño, se encuentra en el cuadrante noreste sobre el pavimento y adyacente a la alcantarilla, en cuanto a la ubicación es decir posición de la victima R.E.C. (occiso) con respecto al tirador, para el momento de recibir el impacto del proyectil, impacto que le ocasiona la herida descrita en el respectivo protocolo de autopsia, se encuentra de pie con su tronco ligeramente inclinado hacia adelante, se ubica de espalda al tirador y en un mismo plano horizontal con respecto a el, en cuanto a la ubicación y posición del tirador respecto a la victima al momento de efectuar el disparo se encuentra ubicado hacia la espalda de la victima y sobre el mismo plano horizontal, en cuando al índice de proximidad de acuerdo a las características que presenta la herida en la humanidad de la victima descrita en el protocolo de autopsia así como el resultado del informe pericial físico - químico se llego a que ese disparo fue realizado a distancia aproximadamente a una distancia mayor de 60 centímetros. De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: lo que se quiere con la experticia es conocer la ubicación y posición de la victima para el momento que fue impactada, la ubicación del tirador y la distancia que existe entre la boca del cañón y el área anatómica afectada … en este caso hubo un impacto ubicado en la fachada de una vivienda…la inspección técnica Criminalística no indica elementos hematológicos en el lugar del hecho… la trayectoria balística debe contar con elementos criminalísticos y elemento medico legal, elemento criminalistico, experticia balísticas, lo que nos permite establecer una posición… la trayectoria balística se hace simultanea con el levantamiento planimétrico, el sitio que indica la inspección técnica Criminalística, elementos de referencia de sustancia hematica (sangre), en el caso que nos ocupa no indica sustancia hematica, sino refiere elemento de interés criminalistico que es un impacto, al ser analizado vimos que tenia un bisel…aquellos producidos por el choque de un proyectil disparado por arma de fuego…al no referir sustancia hematica que nos ayude a la ubicación…no podemos ubicar victima en un sitio especifico… en el caso del impacto si tenemos un sitio fijo…la pared…nos da referencia en relación a la ubicación del tirador...el tirador para el momento de efectuar el disparo se ubica en el cuadrante noroeste al lado de una alcantarilla…en cuanto a la ubicación de la victima no se establece un sitio exacto en el lugar del hecho porque no tenemos una sustancia hematica..el protocolo de autopsia refiere que el cadáver presenta un herida en la región (espalda) y el proyectil se abotona en el pectoral en el lado izquierdo…es indudable que la victima estaba a espalda del tirador…el impacto fue realizado de atrás hacia delante…el tirador estaba ubicado hacia la espalda de la victima…la distancia que se pudo determinar según los elementos técnicos criminalisticos fue una distancia mayor de 60 centímetros, es certeza no hay duda que estaba a mas de 60 cm., fue un disparo a distancia… el protocolo de autopsia no indica que el mismo presenta tatuaje, no obstante se solicito una experticia técnica a las prendas de vestir, las cuales no presentaron presencia de iones nitritos…si la victima hubiese estado acostada, la trayectoria intraorganica no fuera de arriba hacia, lo mas probable es que la victima hubiese estado de pie o ligeramente inclinada hacia adelante al recibir el impacto de bala…en el sitio del suceso hay varios aspectos…hay un puente, después de la alcantarilla hay un plano horizontal que tiene sentido hacia la vivienda de la familia Briceño, antes del puente hay un plano, como no se ubico referencia de sangre solamente la trayectoria se hizo repito ubicación de la victima con respecto al tirador y del tirador respecto a la victima, se estableció una trayectoria balística en un espacio determinado…antes del puente hay un ascenso una subida, y al ingresar al puente hay un plano…después de las viviendas quemadas hay una subida, luego el puente…en la casa de la familia Briceño donde vi un bisel (un hueco) es un impacto que no produjo orifico, porque no penetro la pared…la alcantarilla está hacia la parte final de la vivienda de la familia Briceño…el impacto tiene trayectoria de derecha a izquierda ligeramente ascendente…el impacto esta hacia la parte final del lateral izquierdo de la vivienda de la familia Briceño…el tirador se encontraba adyacente a la alcantarilla…no le quita valor a la experticia porque debe constar una inspección técnica, es imposible hacerla el mismo día, tengo que tener el protocolo de autopsia, necesito esos elementos sino no puedo realizar la experticia balística, no se hace inmediatamente el día del hecho… lo mas determinante en esta experticia a los fines de la búsqueda de la verdad…una el impacto en la vivienda de la familia Briceño se ubica en un plano horizontal y la ubicación y posición de la víctima con respecto al tirador es que al momento de recibir el impacto la victima se encuentra a espalda del tirador, y que el disparo fue realizado a distancia…De seguida pregunta el defensor Abg. V.C. a las que les respondió: En cuanto a los elementos que yo pude captar para mi análisis no pude determinar si la victima se desplazo o si estaba caminando o corriendo… el disparo fue hecho a distancia, el tirador se encontraba a una distancia mayor de 60 cm…esta ubicada la casa de la familia Briceño y esa casa presento una muestra evidente que fue el impacto del proyectil, el tirador se encontraba adyacente a la alcantarilla, de acuerdo al plano… el tirador se encontraba donde dice alcantarilla se encontraba en la parte adyacente (señalando el plano)… El Defensor Privado Abg. S.Q. no realizo preguntas. A las preguntas de la Juez respondió: En relación a la primera conclusión sobre el impacto y la ubicación del tirador, no se determino la distancia…Es todo.

  6. - Testimonio del funcionario F.R.S.C., venezolano, años 47 de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.761.853, Trabajo en el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en el Departamento de Criminalística Área del Laboratorio de Criminalística de Valera Estado Trujillo, con 14 años laborando en ese Departamento previo juramento de ley, expuso: “Reconocimiento Legal Nº 3215 de fecha 24/01/06, reconozco mi firma, en realidad estos son análisis que se hacen en el laboratorio análisis ordinarios se hacen todos los días, se hizo un análisis físico y químico a la superficie de las prendas de vestir para determinar si existe iones nitritos y nitratos, en este caso no se detecto la presencia de iones de nitrato y nitrito (producto de la deflagración de la pólvora) no se determino presencia de iones nitritos nitratos…los orificios presentes en la franela en el área derecha presenta características físicas que permiten encuadrar por el paso del proyectil, en el caso del pantalón es una rasgadura originada por un mecanismo de tracción violenta…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: Ratifico que suscribí la experticia y reconozco el contenido y mi firma… primero se hace un reconocimiento legal descripción de la pieza, la experticia consiste en describir a dos objetos el primero una franela cuyas características eran de color azul, talla S, con una franja de color gris, cuello redondo, en regular estado de uso y conservación y presentaba una mancha de color pardo rojizo y signo de suciedad y un orificio con un diámetro de 5 milímetros, hice una experticia a los fines de determinar si tienen solución de continuidad, es una ruptura de algo que es continuo, por ejemplo un objeto se le hace un hueco, eso es una solución de continuidad, estaba ubicada en región escapular derecha (en la espalda)…las características de la solución de continuidad que determinan ya que es una experticia física sencilla donde el experto sabe cuales son las características que presenta, por donde paso el proyectil, hay estiramiento, cuando el proyectil pasa en la tela se produce un estiramiento hacia adentro en este caso, presenta los bordes de la fibra que son irregulares y deshilachados, quiere decir que al pasar el proyectil se deshilacha, cuando se rompe la fibra queda deshilachadas eso se ve con lupa estereoscópica, es una característica propia que presenta el orificio por el paso del proyectil, hay perdida de material…no es acoplable… por ejemplo si uno pasa una navaja por la tela no se va a estirar, en la tela no se observa un orificio, no se observa deshilachamiento, cuando se hace un corte con un cuchillo son acopables, en cambio con el orificio queda un hueco que se ve para el otro lado, yo no tengo duda que fue producido por el paso de un proyectil de un arma de fuego…aparte de la solución de continuidad encontré manchas de color pardo rojizo…eran pocas, ubicadas en la parte posterior…de aspecto hemático, no esta en mi capacidad de decir si es sangre o no porque esa experticia la realizo otro experto… eran pocas manchas…estas manchas estaban ubicadas en la parte posterior de la franela (señalando la espalda)… aparte de estos dos indicios de interés criminalísticos no observe nada mas… esa prenda de vestir fue sometida a otra experticia en la cual no se determino la presencia de componentes de iones nitrito- nitratos, porque cuando uno esta en presencia de una prenda de vestir y determina que tiene un orificio, por el paso de un proyectil, generalmente el análisis químico para determinar nitrito y nitrato pólvora quemada, es sencillamente que el arma o el tirador o la posición victima o victimario, el que tenia el arma de fuego estaba a una distancia mayor a 60 cm., eso se toma en cuenta de la boca del cañón, ese impacto fue a distancia… yo puedo decir si fue a una distancia menor de 50 cm. o mayor… en este caso se entiende que la distancia fue mayor de 60 cm…yo no tengo duda que fue un disparo a distancia… en relación a la prenda de vestir denominada blue jean, lo que se le consiguió fueron unas rasgaduras en la parte de la rotula derecha y signos de suciedad… la rajadura pudo ocasionarse porque la persona se cayo… se determino porque hubo un mecanismo de tracción violenta… este mecanismo de tracción violenta pudo ser por una caída, que la persona iba caminando o corriendo…Defensa no realizo preguntas. La Juez no realizo preguntas.

  7. - Testimonio del funcionario S.E.A.B., venezolano, 38 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.941.120, Agente de Investigaciones Criminales, Experto de Investigación Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la Sub delegación Trujillo, 5 años y tres meses en la Institución, previo juramento de ley, expuso: Reconocimiento Legal y Experticia Hematológica, reconozco mi firma, se trata de una experticia hematológica solicitada por la Sub Delegación del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas a unos elementos criminalisticos, se realizo peritaje realizando un reconocimiento a las piezas suministradas era una franela talla S, de color azul, con una franja de color gris, la pieza para el momento de recibida presentaba pequeñas y diluidas manchas de color pardo rojizo, un pantalón tipo jean talla 34, de color azul, la pieza para el momento recibida presentaba buen estado, las piezas suministradas las manchas presentes fueron sometidas a los análisis, se inicio con el método de certeza, producto del oxigeno presente en la sangre, el método de certeza donde se observo a través de un microscopio se trata de una pequeña mancha de color pardo rojizo, motivo por el cual llegue a la conclusión…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: MI función es Agente de Investigación Criminal, Agente Dos…la experticia hematológica busca determinar si la mancha de color pardo rojizo presentes en la franela de color azul era o no sangre, se pudo determinar que era sangre…a través del teisman determine que era sangre…no pude realizar una experticia sub-siguiente a la muestra para determinar el factor RH positivo o negativo, porque era una muestra muy exigua (poquita), era imposible hacer exámenes relativo al grupo sanguíneo, no se llevo a cabo la determinación del grupo sanguíneo… La Defensa no realizo preguntas. La Juez no realizo preguntas.

  8. - Testimonio del ciudadano E.A.D.V., venezolano, 32 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.206.640, de ocupación obrero previo juramento de ley, quien manifestó que no tener parentesco alguno con los acusados, expuso: El día del hecho yo me encontraba al frente de donde ocurrió lo sucedido en vista que no tenia ningún problema con los acusados ni la victima, paso los hechos y en ese momento llego el Fiscal R.D. en vista que no teníamos ningún vinculo a lo sucedido el Fiscal procedió a llamarnos para levantar el respectivo informe, en compañía de otra persona que estaba nos dirigimos a la casa del señor J.L.P. se consiguieron una caja de balas, una chaqueta negra y unos pasamontañas, seguimos a la casa de J.I.G. no se consigo nada, tanto funcionarios de la PTJ y el Fiscal, posteriormente nos dirigimos a un anexo que hay ahí, el Fiscal pidió apertura de ese anexo y el señor Isaac dijo que el era el que tenia la llave, dentro de este anexo se consiguió unos bolsos de la delegación de Apure 2005, el Fiscal hizo un informe y hasta allí fue mi participación con respecto a la casa y de allí a las declaraciones en la PTJ, es todo. De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: Estaban el Dr. R.D. y unos funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas anteriormente la PTJ… estos funcionarios no maltrataron a ninguna persona, mas bien se les brindo seguridad a las personas que estaban ahí, una señora y una niña, hubo respeto a la dignidad humana y respeto a los derechos de estas personas… procedimos a ingresar a la residencia del señor J.L.P. yo presencie que incautaron los objetos; una caja de balas, una chaqueta cuya características era totalmente negra, un pasamontañas como una bufanda especie de gorro, lo que yo recuerdo solamente son esos objetos… dentro de la vivienda de la persona J.L. solamente se encontró lo que acabo de mencionar…estos objetos fueron encontrados en una habitación es decir en un cuarto, donde había una cama, en la casa del señor J.L. Pacheco… no nos dijeron a quien pertenecía ese cuarto la casa era del señor J.L. Pacheco… a mi me llamaron como testigo, yo no soy ni amigo ni enemigo ni de ese lado ni del otro, es decir ni de los acusados ni las victimas, yo me dirigía a mi trabajo y observe el hecho y posteriormente llego el fiscal y el Fiscal me dijo a mi y a otra persona que sirviéramos como testigo, yo fui voluntariamente…las casas quedan pegadas ellos son familia, de allí el Fiscal procedió a introducirse a la otra casa, la de I.G. el Funcionario Policial porque el estaba uniformado, el señor I.G. voluntariamente dijo pasen…a I.G. lo conocía pero no de trato uno de pasar siempre por ahí, lo conozco de vista mas no de trato… si I.G. estaba uniformado de policía y permitió el acceso voluntariamente del Fiscal y de los funcionarios… el dijo que era su casa I.G., en esa casa no encontramos nada… después el señor I.G. tenia unas llaves de un anexo que queda al lado de la casa del señor Galindo a mano derecha tiene su puerta y para ese momento tenia su ventana, el Fiscal pregunto de quien era eso y el dice ese es un anexo, el Fiscal dice como hacemos para entrar y el dijo yo tengo las llaves y el voluntariamente abrió…cuando ingresamos a ese anexo encontramos a parte de cosas que uno comúnmente puede guardar se consiguieron unos bolsos, unas gorras que definían el nombre del Estado Apure, decían Estado Apure, no recuerdo otras características… hasta donde yo me acuerdo eso era las cosas que habían ahí…en la visita domiciliaria al comienzo había una señora y una niña que estaban en la casa del señor J.L.P., no recuerdo el nombre de la señora, dijo que era la esposa del señor J.L.P. y la hija…el señor J.L.P. no estaba ahí…en relación a las otras viviendas no se presentaron familiares de estas personas, solamente estaba el señor Galindo…De seguida pregunta el Defensor Privado Abg. V.C. a las que les respondió: la hora que ocurrió el hecho fue temprano en el momento que yo me dirigía a mi trabajo a las 7:00 de la mañana … cuando el Fiscal me dijo que colaborara habían otras personas, estaba el señor N.d.S. que también fue invitado a esa visita domiciliaria… manifesté que en la primera vivienda se consiguió una chaqueta, una caja de balas, el bolso estaba en el anexo, el bolso decía Estado Apure, el Fiscal tomo nota y se lo llevaron… al anexo entramos por la puerta principal que esta por la calle… hasta donde yo recuerdo ese anexo era independiente… para ese entonces tenia una puerta y una ventana para la calle, eso no existe eso lo tumbaron… Yo conozco al señor Galindo de vista y me entero que se llama Isaac al momento que el se presenta al Fiscal y a los Funcionarios de la PTJ… si yo tengo un hermano que se llama Richard, no recuerdo si mi hermano tuvo un problema con el señor I.G. y no supe nada si firmaron una caución en la Prefectura del Municipio Trujillo…Seguidamente el Fiscal objeta la pregunta realizada por el defensor Privado porque es en relación a una visita domiciliaría no en relación a si tuvo o no algún problema con su hermano… De seguida pregunta el Defensor Privado Abg. V.C. a las que les respondió: el problema lo tuvieron ellos no supe nada si firmaron caución o no… al señor lo conocí con nombre de Isaac cuando se presento al Fiscal, si lo había visto pero no lo trataba, no sabia que se llamaba I.G. fue en ese momento cuando el se presento al Fiscal y a los funcionarios. De seguida pregunta los Defensor Privado Abg. S.Q. a las que les respondió: yo hablo de un bolso que se encontró en el anexo de la casa, no se a quien pertenecía ese bolso… no se como llego ese bolso ahí, después que se hace el ingreso al anexo fue que encontraron ese bolso, no se como llego ni se a quien pertenece… A las preguntas de la Juez respondió: Yo pase a las 7 y vi un hecho, se corrían los rumores que habían asesinado a un joven, posteriormente cuando transite por el sitio no había cadáver, ni nada, y hay un alboroto una multitud de gente al frente de las casa de las personas ya antes mencionadas, yo me quedo a un lado y es donde empieza el corre corre de lo que ahí se estaba presentando, posteriormente llego el Fiscal y los funcionarios de la PTJ haciendo las averiguaciones pertinentes, a resguardar a las personas que ahí estaban y ahí el Fiscal me llamo a mi y al señor N.d.S. para que sirviéramos de testigos… la señora y la niña que se encontraban en ese memento iban a salir de su casa…habían tres casas y el anexo… solamente en la vivienda que se iba hacer la inspección estaba la señora y la niña… no recuerdo el día… la fecha si el 17 de diciembre del año 2005…ese sector se llama el Tendal, también se ubica por el puente nuevo es el punto de referencia, ubicado en el Municipio Trujillo, parroquia Matriz…Es todo.

  9. - Testimonio del ciudadano N.D.D.S., venezolano, 41 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.610.062, docente, manifestó no tener parentesco con ninguno de los acusados, previo juramento de ley, expuso: estaba al frente de las casas donde ocurrieron los hechos, fui testigo presencial en el sentido de los allanamientos que se realizaron en las casas, donde ocurrieron los hechos cuando nos llama el Fiscal R.D. para servir de testigos procedimos a la orden de allanamiento en las dos primeras casas no se encontró nada, ningún tipo de evidencia, se llego a la casa de señor no recuerdo su nombre y se consiguieron una chaqueta, pasamontañas, guantes, posteriormente a la vivienda del funcionario Galindo que no se encontró nada, posteriormente a un anexo se encontró evidencia de material deportivo de una delegación de Apure de Andes 2005, habían botas deportivas, un koala, unas carteras, material que utilizaban ellos para el momento de sus actividades…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: yo fui testigo presencial de unos allanamientos… yo estaba al frente de la casa, en ese momento había sucedido lo del asesinato del muchacho, ese día se había realizado la misa de aguinaldo…el acontecimiento fue un asesinato de un muchacho de la comunidad…un vecino, posterior al asesinato la comunidad va a las casas a exigir justicia, porque ya habían pasado demasiadas cosas, yo soy vecino del sector…si anteriormente ya habían problemas con esas personas, porque ellos eran malos vividores porque no se la llevan bien con nadie, ahora hay demasiada tranquilidad… unos vecinos que se habían mudado ya volvieron a su casa… yo como vecino del sector consideraba a esas personas problemáticas, ya habían tenido problemas conmigo y con otras personas…yo me presente voluntariamente como testigo, bueno yo fui porque me llamo el Fiscal como testigo…no el Fiscal ni los Funcionarios no maltrataron a ninguna persona, los allanamientos se hicieron en base a los permisos de las personas que estaban en ese momento… en primer lugar se hizo el allanamiento a la casa de D.P. y no se encontró nada, luego a la otra casa del señor R.P. no se encontró absolutamente nada, después en la casa del señor J.L.P... habían cuatro casas mas un anexo que tenían como deposito que antes lo utilizaban para vender licores… en la casa del señor J.L.P., por el tiempo que tengo viviendo por ahí se que esa es la casa de él, se consiguieron unas chaquetas, pasamontañas, unos guantes, eso fue lo que se encontró ahí… no recuerdo si habían armas…después visitamos la casa del señor Galindo que era policía… en la casa del señor Galindo no se encontró absolutamente nada… ahí estaban casi todos ellos, en la casa de señor R.P. estaba la esposa, los familiares, en la casa del señor Galindo estaba la esposa en ese momento estaba muy nerviosa… en ese momento no aparecían las llaves de ese anexo, luego aparecieron y se encontró material utilizado por deportistas levantadores de pesas, unas botas deportivas para ese tipo de actividad, cinturones para alzar pesas, unos koalas… en ese momento se estaban realizando uno juegos creo que Andes 2005 ese material se relacionaban con eso juegos.. Delegación de Apure o de Yaracuy no recuerdo…habían unas carteras de dama, un koala… estas cosas estaban en el anexo…después de realizar ese allanamiento se tomo nota de todo lo que se había encontrado, me llamaron a la PTJ a la declaración respectiva a lo que se encontró ahí…De seguida pregunta el defensor Abg. V.C. a las que les respondió: cuando yo fui llamado era en el transcurso de la mañana, eran como las 10:30 o 11:00, de verdad no recuerdo la hora…a parte de mi para el allanamiento también estaba el Señor Alexander Dávila… se allanaron 4 viviendas más el anexo…en las dos primeras viviendas no se encontró nada en la vivienda del señor J.L. se encontraron las chaquetas, el pasamontañas, los guantes, recuerdo que era una chaqueta negra… no recuerdo que otros objetos… en la casa del señor I.G. no se encontró nada.. cuando dijo un anexo que anteriormente lo tenían como venta de licor pero en ese momento lo utilizaban como un deposito y ahí si se encontraron algunas cosas… para ingresar al anexo el señor Galindo solicito que buscaran las llaves, no se a quien, no se como llegaron esas llaves ahí… en ese anexo encontramos unos cinturones para levantar pesas, unas botas que utilizan para levantar pesas, unos koalas, unas carteras… se relacionaban con los juegos de Yaracuy o Apure de esa Delegación que estaba aquí en el Estado, porque se encontró un bolso, supuestamente vio un niño que lo lanzaron de la casa del señor Galindo hacia el río… un señor de una buseta fue a llevar el bolso a los funcionarios… yo siempre tenia que pasar por ese anexo… los encargados eran todos ellos porque ellos eran todos familia…ahí cuando se metía en problemas uno se metía en problemas todos…De seguida pregunta el defensor Abg. S.Q. a las que les respondió: esa era una hilera de casas, en ninguna de esas casa vivía el señor I.B.… no lo conozco ni se quien es el señor I.B.… en un anexo encontramos ciertos artículos deportivos, habían unas carteras de dama, un koala y eso se relacionaba con la gente que estuvo aquí de la delegación de Yaracuy… en ese anexo habían unas barras para hacer ejercicio, levantar pesas…A las preguntas de la Juez respondió: No recuerdo el día… la fecha fue 16 o 17 de diciembre del año 2005… ese sector donde estaban las casas se llama calle Maracaibo sector las Araujas, de aquí de Trujillo… yo vivo cerca de ahí…Es todo.

  10. - Testimonio del ciudadano J.A.M.B., venezolano, 20 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.376.717, soy estudiante, manifestó no tener parentesco con los acusados, previo juramento de ley expuso: El día ese 16 de diciembre eran como las 11:15 cuando ocurre un problema en el puente yo estaba en la pasarela del lado de acá haciendo un pesebre, pasaron tres jóvenes y empiezan a discutir cuando salgo esta discuerdo la familia Pacheco con un Joven, sale el señor y dice aquí hay plomo pa todo el mundo y el señor J.L. empezó a disparar, y le disparo al señor occiso, el señor J.L. me disparo en dos oportunidades, en lo que salimos corriendo el señor Rafael cae, da un paso y vuelve a caer, cerca de la alcantarilla, es todo. De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: Yo estaba terminando el pesebre porque el día 17 era la misa de aguinaldo…yo no estaba tomando cerveza yo no tomo… yo estaba haciendo el pesebre y fui a averiguar porque son amigos míos… donde yo estaba y el puente queda un poco elevado y nosotros veíamos solamente a los muchachos, me metí pa mi casa y después salí por el patio de mi casa… estaba discutiendo el y un sobrino de J.L.… no se porque era esa discusión, fue entre jóvenes, el muchacho se llama Daniel, D.P. estaba discutiendo con Noé, Manuel y con J.G.…la discusión empezó entre estos muchachos Noé, Manuel y con J.G. con el sobrino de J.L. que es D.P.…yo vi al señor J.L.P. armado…yo estaba casi en la entrada de mi casa y el estaba empezando el puente…cuando yo salgo a correr me caí…me a.Á. el llego hasta donde yo estaba…el señor J.L.P. me apunto y me disparo 2 o 3 veces, pero no me pego ningún tiro…yo me sentí asustado por eso salí corriendo y me caí…yo no había tenido problemas con el señor J.L. ni con el señor D.P.… ellos habían tenido problemas con los mayores de la comunidad… a ellos les dicen de apodo los monos, no se porque… yo soy del puente mi casa queda en el medio del puente y la pasarela…ellos le buscaban problemas a las personas que pasaban por ahí, después que ellos se fueron esta tranquilo el sector… yo no soy enemigo de ellos…cuando me disparó el señor J.L.P. estaba comenzando a subir, estaba casi que llegaba al puente…la gente corría para la pared…para ese momento Felique estaba como a mano izquierda, cuando el sube con el arma empezaron a correr la gente corría pegada a la pared y el se abrió mas… a el le pegaron el tiro porque el se abrió más…el señor J.L. fue el que le pego el tiro a Felique…cuando íbamos corriendo el señor J.L. pego 2 o 3 tiros que uno esta en la pared de la bodega… recuerdo que el señor J.L. tenia una chaqueta y un blue jean…cuando el finao estaba en el suelo nosotros nos regresamos yo lo agarre con Juan y Álvaro que lo estaban ayudando…el tenia el tiro por la espalda, no boto sangre, no boto nada… nos dimos cuenta porque el se estaba poniendo blanco, nosotros lo volteamos para revisarlo y tenia el tiro en la espalda… el tenia una camisa azul, con cuello redondo y el orillo era gris, era una franela y un blue jean…no resulto otra persona herida solamente la victima Felique…cuando el señor J.L. dio el disparo a la victima Felique ya estaba casi finalizando el puente…Daniel no estaba armando el era el que tenia la discusión… el señor J.J. y J.L.e. armados… el señor J.J.P. que dijo tiro pa todo el mundo es el papa de J.L. …el único que subió disparando fue el señor J.L.…había otro señor se que uno que se llama Isidro, no lo conozco se que se llama Isidro.. el señor Isidro no estaba armado, el no tuvo que ver nada ahí… el señor Isidro se la pasaba mucho con ellos con la familia Pacheco con J.L. mas que todo…el señor solamente subió y cuando dijeron plomo pa todo el mundo el señor J.J. se devolvió con el señor Isidro…yo vi el arma del señor J.L. pero yo no se de pistolas…De seguida pregunta el Defensor Abg. V.C. a las que les respondió: Eso fue el 16 de diciembre… ocurrió a golpe de 11:20 o 11:30… presencie una discusión entre Manuel, Noé y J.G.e. discutiendo con el sobrino de ellos D.P.… yo recuerdo que estaban ellos tres discutiendo con ellos… como estaban discutiendo la gente salió a asomarse pero cuando dispararon no quedo nadie, yo salí corriendo yo no se que se hicieron ellos… disparo una sola persona J.L.… el papa de el estaba ahí estaba sin franela, el no disparo solamente subió como hasta la mitad del puente y se regresó, incluso el papa fue el que dijo plomo pa todo el mundo…una sola persona disparo…escuche muchos disparos…algunos no tan seguidos…cuando estaban discutiendo yo esta como a 6 o 5 metros, estaba cerca… cuando empiezan a disparar toda la gente salió corriendo, la gente no encontraba pa donde esconderse… el joven muerto iba corriendo con el hermano pero el hermano iba pegado a la pared… yo corrí y me tropecé con un compañero y el compañero Álvaro se devolvió a levantarme y yo le dije que no y salí corriendo… cuando yo me levante y doy tres pasos veo que Rafael cae…se vuelve a levantar pero se cae de una vez…yo pensé que había caído igual como me caí yo… cuando yo me caí se oían los disparos… cuando oí los disparos estaba puro J.L., es decir la ultima persona que estábamos era yo y Álvaro y atrás estaba J.L.… cuando yo me pare del suelo salí corriendo pegado a la pared… cuando voy corriendo veo que cae Felique el se paro y dio un paso y cayo por segunda vez, seria muerto que se yo…cuando el se vuelve a caer el hermano se regresa, porque estaba un poco mas adelante…me dice Jhon ayúdame…conmigo estaba Álvaro que fue el que se devolvió a levantarme cuando yo me caí… Álvaro estaba con nosotros haciendo el pesebre, al lado mío estaba Néstor…cuando disparan Álvaro corre hacia donde la familia Briceño… el corre como 4 metros el me vio que yo caí y se devuelve el viene a levantarme pero yo me pare, el me llevaba ventaja, Juan cuando ve que no llevaba al lado a su hermano se devuelve y me dice J.J. ayúdame… yo recogí a Rafael con Juan y ahí se devuelve Álvaro…de frente iba Rafael cuando lo veo y cae…yo volteo cuando Juan nos llama…alante Iba J.G., Noé, Manuel, Néstor… el único que pudo haber presenciado fue J.G. y Néstor porque los otros iban adelante, no se si veían, ellos iban como a 7 metros delante mío … cuando Álvaro y yo íbamos corriendo íbamos mirando hacia adelante pero en lo que nos regresamos a recoger a Rafael… cuando estábamos recogiendo a Felique estaba Juan…miramos y vemos a J.L. que estaba en el medio del puente…solo estaba él… yo esa noche no converse con el hermano de Felique, esa noche el estaba llorando y se fue para el hospital… yo en lo que fui a salir de carrera me caí, y me levante y salí corriendo… en el momento que yo caí y me levante había como 10 metros yo iba por el poste, cuando yo me pare que di 4 pasos vi que el señor Felique cae por primera vez, se levanto dio un paso y se volvió a caer…De seguida pregunta el defensor Abg. S.Q. a las que les respondió: Al señor Isidro lo nombre pero yo no lo conozco solamente los rumores que le decían Isidro… con respecto al ciudadano Isidro a veces lo veía que estaba con J.L. arreglando el carro, el ese día no hizo ningún cometario… no le vi ninguna arma… el no ofendió ni agredió a nadie… el llego hasta donde esta la curvita, el no se pego pal postal como quien va pa la curva de los Quintero… el ni hablo… el comportamiento del señor Isidro fue bien, el no ofendió ni agredió, bueno no tengo conocimiento… nunca escuche ningún comentario del señor Isidro… Isidro a veces lo veía arreglando el carro, arreglando la moto, la gente decía que el se llama Isidro… lo veía tal cual vez con el con J.L.…esa noche si estaba tomando y las otras veces lo veía arreglando la moto…el señor Isidro no me acuerdo como estaba vestido, no recuerdo como estaba vestido…A las preguntas de la Juez respondió: Donde estaban esas viviendas actualmente están metiendo unas tuberías… hay habían 4 casas, y arriba vendían licor… mas arriba estaba otra casa… yo vivo al finalizar la ultima casa de ellos, yo vivo entre el puente y la pasarela… esta el puente pasa el río, uno se para en el puente y ve la pasarela, el río pasa al lado de mi casa … la alcantarilla fue donde c.F., al frente de la semi curva esta la bodega y al lado esta la alcantarilla… yo estaba mas acá de la familia Briceño… yo estaba aquí abajo y se veían las personas en el puente… esta la familia Briceño y yo estaba mas acá… las casa no se ven porque quedan abajo, yo salí por detrás de mi casa y salí por el patio y llegue a la esquina del puente, como pa la lomita, yo me pare si uno viene de la familia Pacheco me pare al comienzo y el grupo estaba al frente como a tres metros, ellos estaban en la lomita…estaban como de frente y otro grupo era Daniel y atrás venían los otros tres mayores el señor Luis el señor Juan y el muchacho Isidro…eso fue rápido porque en eso subió el señor Juan y dijo aquí va a ver plomo pa todo el mundo… todos los muchachos y el fiano nos regresamos… nosotros corrimos cuando los disparos… ellos estaban discutiendo y venían caminando al frente de la casa de ellos… cuando yo llegue al puente ellos llegan también… cuando yo escuche los disparos delante de mi iba Néstor corriendo y ahí me tropecé y paso Juan y Rafael… yo me caí casi al finalizar el puente, ahí se regresa Álvaro, y Néstor siguió adelante… el cae antes de la alcantarilla ahí adelante pasando la alcantarilla…yo lo vi caer por primer vez y se volvió a levantar yo pase, en lo que yo voy que se volvió a caer Juan me llama J.J. en lo que lo estamos parando el señor siguió disparando… cuando yo iba nunca voltié para atrás volteo cuando me llama Juan… nos devolvimos Álvaro y Juan…de ahí se ven los cuatro postales porque tiene cada uno en la esquina el puente…el señor Isidro y Juan llegaron hasta la curva, hasta la subida para el puente… eso fue cuando estaban en discusión cuando saca el arma el señor J.L., el señor Juan e Isidro se devuelven y el único que siguió adelante fue el señor J.L. Pacheco…las características físicas de Isidro son flaco, morenito, piel oscura… lo conozco de vista… lo vi como 6 o 8 veces y de ahí de la muerte de Felique mas nunca…yo vi el arma pero no me acuerdo que color era… estaba J.G., Noé y Manuel… me acuerdo que estaba Noé, J.G. y Manuel, no se si Néstor estaba también ahí en ese grupo…ese sector donde vivían los Pacheco he escuchado que se llama Maracaibito y nosotros vivimos en pie de Timirisis y el Tendal… Maracaibito es donde esta el bar… se que se llama maracaibito aquí en Trujillo…nosotros recogemos al joven y lo arrastramos hasta la esquina y lo acostamos, lo recogimos entre los tres, y como vimos que se estaba poniendo blanco, Álvaro le subió la camisa, y Juan el hermano estaba llorando y le dio coñazos a la pared y Álvaro vio la herida y dijo ahí no boto sangre…Es todo.

  11. - Testimonio del ciudadano J.G.L.B., venezolano, 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.813.028, estudiante, quién manifestó no tener parentesco con los acusados previo juramento de ley, expuso: Ese día en la noche el 17 de diciembre eran como las 8 nosotros estábamos reunidos haciendo el pesebre y ahí abajo estaban tomando, entonces había una discusión entre ellos, lo mismo todos los días era música y rumba, se forma un problema y nosotros estábamos en el puente entonces el señor mayor salió diciendo que plomo pa todo el mundo y salieron disparando hasta el puente y Felique iba adelante y el se cayo, cuando el cayo el señor J.L. siguió disparando los que quedaron auxiliando a Felique fue Álvaro y Jhon eso fue como de 11:00 a 11:30…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: Yo estaba en el sector el Tendal… en las Araujas pie de Timisiris, en el Tendal…en la casa donde vendían cervezas vivían los Pacheco…esa casa queda ubicada al frente de donde hay una licorería hay donde se va hacer la cancha, no se como se llama esa calle, queda cerca de la bomba de gasolina… a estas personas la familia los Pacheco les dicen los monos, no se porque les dicen así… a todos los conozco, señalando a J.L., Isaac y el otro lo conozco pero no se el nombre y a Daniel que no esta presente aquí…el señor J.L. e I.v. allí en esas casas…yo no tengo enemistad con ellos, yo solamente pasaba por ahí…yo soy vecino del sector, vivo en ese sector…la comunidad se expresa que eran personas mal vivientes, muchas rumbas, pleitos, cervezas, casi todos los días, mas énfasis los fines de semana…yo sigo viviendo por el sector, las cosas han cambiado para bien, no hay problemas, todo esta tranquilo…yo conocía al joven fallecido, era una persona que estudiaba, tranquilo…el occiso Felique no estaba armado, el ni sabia lo que estaba pasando…el pasaba con su hermano Juan… yo vi a J.L.P. armado…el disparo con esa arma, el la uso… yo vi el arma se veía como un revolver, pistola, no se si era pistola o revolver no conozco de armas…yo vi cuando le disparó a joven muerto, yo vi que le disparo J.L. Pacheco…yo no ayude a levantar al occiso yo iba adelante cuando intente regresarme el señor J.L. siguió disparando, los que se quedaron fue Álvaro y J.M.…lo vi que estaba sangrando por aquí (señalando la espalda)… el señor J.L. tenia ese día un chaqueta… el occiso no recuerdo como estaba vestido… no recuerdo cuantos disparos se que fueron muchos…ese día yo sentí que me iba a morir…yo estaba muy asustado por los disparos…yo no estaba tomando estábamos arreglando el pesebre… los Pacheco desde temprano tenían una bebedera… De seguida pregunta el Defensor Abg. V.C. a las que les respondió: Si había una rumba en la casa de los Pacheco…había una discusión entre dos grupos de personas, los P.e. en la casa de ellos, al frente estaban los otros… yo estaba en el pesebre…yo pase a comprar perro caliente y vi que había una discusión… yo fui a comprar perros calientes en la vega, pero había que pasar por el sitio… la primera vez que pase eran como las 9:00 y después volví a pasar como a las 10:00 o 10:30… hay fue donde escuchamos plomo pa todo el mundo…los muchachos del problema empezaron a disparar… yo escuche al señor mayor decir plomo pa todo el mundo… ese señor estaba armado…dispararon los dos pero el disparó mas (señalando al acusado J.L.P.)… no recuerdo como estaba vestido el señor…yo estaba como a 20 metros del puente hacia abajo…cuando oigo los disparos corro…cuando yo salí corriendo yo veía hacia atrás, disparaban a todas las personas… disparo el señor J.L. y el otro señor… yo me desplace en línea recta hacia el puente como de 8 a 10 metros… Felique iba delante de mi con el hermano… el señor J.L. que disparaba vio el cuerpo caer y siguió disparando hacia nosotros… después que yo paso donde cayo el joven yo seguí pa mi casa… yo me detuve solo un instante y como siguió disparando yo seguí… estaba J.M., Álvaro y había mucha gente… cuando cae Felique solamente estaba J.M. y Álvaro quienes lo auxiliaron… yo estaba con ellos en el puente estaba yo, J.M. dos mas y Álvaro… el señor J.L. y el papa tenían arma…J.L. tenía una chaqueta azul o negro, estaba con la cara descubierta… no recuerdo como estaba vestido el señor mayor… el señor mayor se quedo mucho mas abajo… yo salí corriendo cuando escuche los primeros disparos y salí corriendo al instante, me detuve al ver caer a Felique, pero después seguí corriendo… yo me entere de la muerte esa noche, cuando el cayo no se levantó mas el quedo ahí… yo iba en carrera detrás de el, íbamos casi todos detrás de el cuando lo vimos caer… el cayo un poquito mas adelante de la alcantarilla… Álvaro y J.M. venían y cuando el cayo ellos se quedaron a auxiliarlo…aproximadamente oí mas de quince disparos entre 15 y 20… esos disparos fueron seguidos… ellos dispararon al grupo con el cual discutían… no se a que distancia porque cuando dispararon nosotros salimos corriendo… había una discusión y estos señores disparaban a todos, ellos cuando dicen plomo pa todo el mundo los demás 3 o 4 personas iban corriendo por el puente… cuando empezaron a disparar todos salimos corriendo por el puente… ellos no nos conocían a nosotros…El Defensor Abg. S.Q. no realizo preguntas. La Juez no realizo preguntas.

    Si bien el testimonio rendido por el ciudadano J.G.L.B. concuerda en su mayoría con lo expuesto por el restante de los testigos que presenciaron la muerte de quien en vida respondía al nombre de R.E.C., llama considerablemente la atención a esta juzgadora y por ello resta credibilidad el dicho rendido por el testigo al señalar que él vio que estaba sangrando la victima por la espalda, lo cual es contrario y no encuentra base y soporte del restante de los medios probatorios recepcionados durante el debate oral y público por cuanto del dicho de los testigos presenciales al subirle la franela a la victima observaron un huequito pequeño en la espalda y no botaba sangre, entre ellos el ciudadano Á.P. “…yo le subí la franela y tenía un huequito chiquito en la espalda…”, el ciudadano J.M. “…el tenía el tiro por la espalda, no boto sangre, no boto nada…”, la ciudadana Yolimar Briceño “…le vi en la espalda un hueco mínimo, no botó nada de sangre…” lo que es corroborado con las distintas experticias practicadas entre ellas el levantamiento Planimétrico practicado por el funcionario J.L. “…no observe manchas de sangre en el sitio…”, Trayectoria Intraorgánica practicada por el funcionario L.P. “…en el caso que nos ocupa no indica sustancia hemática…”, reconocimiento legal y experticia hematológica practicada por el funcionario Á.S. “…para el momento de recibida presentaba pequeñas y diluidas manchas de color pardo rojizo…porque era una muestra muy exigua (poquita) era imposible hacer exámenes relativos al grupo sanguíneo…”; no resultando lógico, coherente y ajustado a la realidad de los hechos que el testigo J.G.L.B. haya observado sangre en la franela que vestía la victima, por cuanto el experto Á.S. concluye que las manchas presentes en la franela resultaron exiguas, pocas para determinar el grupo sanguíneo, aunado a que se trata de hechos ocurridos aproximadamente a las 11:30 de la noche, donde la visibilidad es menor para precisar detalles de este tipo, al igual si el testigo va corriendo al escuchar múltiples detonaciones por arma de fuego a fin de resguardar su vida, no siendo visible las pequeñas manchas de sangre en la camisa de la victima, su dicho no es confiable a los fines de fundamentar el presente fallo.

  12. - Testimonio del ciudadano A.J.P.T., venezolano, 20 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.148.442, estudiante, manifestó no tener parentesco con lo acusados, previo juramento de ley, expuso: Ese día estaba yo haciendo el pesebre en el Tendal donde vivimos nosotros…de repente pasan unos amigos de nosotros y hay unos pleitos con un familiar de ellos (señalando a J.L.P.) nosotros nos vamos hacia allá y vemos que los familiares se estaban metiendo con uno de los amigos de nosotros, estaba el señor Juan discutiendo y dice plomo pa todo el mundo, en eso sale J.L. y se viene disparándonos a nosotros de frente esta Felique con el hermano ahí al frente, en eso salimos corriendo y cae Felique mas adelante de nosotros, en eso lo vi tirado en el suelo, y J.L. siguió disparando…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: ese día yo estaba armando un pesebre yo no estaba bebiendo… íbamos a beber después de hacer el pesebre…esos hechos fueron como a las 11:00 a 11:30… eso fue en el sector el Tendal bajando el puente…yo fui para allá porque los amigos míos tenían un problema…una discusión…no se porque era la discusión…todos se fueron para allá a ver la discusión…uno de los p.D.P. estaba discutiendo con Noé… D.P. es como de mi edad… Noé vive mas arriba por el sector… D.P. yo lo conozco… los Pachecos vivían al frente de los Viera, bajando por el puente, donde venden miche… ellos vivían frente de donde Pipo… yo vivo del puente hacia arriba… la conducta de estas personas siempre eran busca pleito, gente mala con un familiar mío tuvieron problemas… y no es la primera vez que tiraban tiros… eran gente de problemas… ahora esta tranquilo todo por ahí no hay problemas todo esta tranquilo… ellos siempre le echaban tiros a la gente, el mismo J.L. una vez a un primo mío le echo unos tiros en los pies… J.L.P. el mismo que mato a Felique…ese día de los hechos yo estaba con J.M. haciendo el pesebre…yo cuando escuche la discusión yo fui para allá, yo estaba en toda la acera del puente…el señor J.L.P. no recuerdo como estaba vestido…yo estoy seguro que era el señor J.L.P. que echaba los tiros…el ultimo que quedo echando los tiros cuando lo estaba recogiendo a Felique era J.L.…el señor J.L. estaba casi saliendo del puente…yo no vi el arma… no se que tipo de arma era, yo se que estaba echando tiros pero no se decir que arma era…Felique resulto herido en el pulmón aquí atrás en la parte derecha (señalando la espalda)… yo le subí la franela y tenia un huequito chiquito en la espalda…el joven R.C. (Felique) tenia una franela azul con el cuello gris…la franela era cuello redondo…después que le echaron el tiro, que lo fui a recoger…como de 7 a 8 metros después del puente cayó el occiso…viniendo de la casa de los Pacheco pasa el puente como a 7 o 8 metros…cuando estábamos agarrando a Felique el señor J.L. siguió disparando como 2 o 3 veces mas…fue el ultimo que quedó en el puente…el señor Juan el papa de J.L. fue el que dijo plomo pa todo el mundo, y partir de ahí empezó a disparar… venían los dos el señor Juan y J.L. disparando… el señor Juan subió como empezando el puente y ahí se regreso… el único que llego hasta el puente fue J.L. y hay c.F.… yo venia corriendo y el siguió disparando…cuando lo estamos recogiendo….J.L. era el único que estaba en el puente disparando… a parte del señor Juan, a J.L. y D.P. no había mas nadie, que recuerde vi a ellos solamente…De seguida pregunta el defensor Vicente a las que les respondió: ese día yo estaba haciendo un pesebre, donde esta el puente esta una pasarela al frente de la casa de J.M.… detrás de ese puente estábamos haciendo el pesebre…hay como 10 a 11 metros de ahí al puente…yo estaba con J.M. haciendo el pesebre al momento que se formo el problema… había una discusión entre Noé el sobrino de ellos y Néstor y otros muchacho ahí…ellos estaban en toda la subida del puente, por donde está la casa de ellos…en ese momento el señor Juan dijo plomo pa todo el mundo y ahí salieron echando tiros…el señor Juan no recuerdo como estaba vestido, pero se que estaba ahí…yo estaba en todo el puente casi en la mitad yo estaba con J.M.… cuando escuchamos los disparos todos salimos corriendo…los otros que tenían el problema estaban mas abajo, donde estaba el problema..Felique y el hermano ellos iban ya saliendo del puente…yo iba detrás de ellos…adelante de mi corría Felique y el hermano, y detrás veían Jhon, yo y Néstor… no se, e.F. y su hermano como 2 a 3 metros de nosotros… yo observe que cae J.M. y me llama, yo iba corriendo Milla venia detrás de mi y me dice Álvaro, Felique, Felique…en la carrera voy de espaldas al puente…llegue como a 2 metros de donde cae el… el se cae se para y se vuelve a caer y ahí yo paso…en ese momento los único que quedamos ahí fue el hermano, Jhon y yo, lo demás salieron corriendo… el señor Juan fue el que dijo plomo para todos… no recuerdo como estaba vestido, y también me consta que el disparo… cuando ellos disparan nosotros salimos corriendo… A las preguntas de la Juez respondió: yo estaba en la mitad del puente con J.M. en toda la acera… el otro grupo que estaba discutiendo estaban en toda la subida del puente… yo escuche al señor Juan que dice plomo pa todo el mundo y observe que salen ellos dos contra nosotros a echar tiros… venían ellos dos salieron detrás de nosotros, yo escuché los disparos pero no observe las armas ni a uno ni a otro… ellos venían los dos corriendo hacia nosotros se que traían armas porque empezaron a echar tiros…el señor Juan llego empezando el puente en toda la subidita y se regresa…cuando yo salgo corriendo no mire hacia atrás… cuando el cae la primera vez y cae la segunda vez vi que el señor Juan se regreso… cuando yo voy ayudar a auxiliar al joven observe al señor Juan que se regreso… yo escuche los disparos y salí corriendo delante de mi iba Felique y el hermano iba con nosotros… el nos paso y después el cae y yo lo pase y a mi me llamo J.M. que se volvió a caer y ahí fuimos el hermano, J.M. y yo a auxiliarlo… observe al señor Juan que estaba en toda la entrada del puente… donde estaba yo se veía el inicio del puente… cuando yo voy a auxiliar al joven el señor J.L. siguió disparando 2 o 3 veces mas…Es Todo.

  13. - Testimonio de la ciudadana YOLIMAR COROMOTO BRICEÑO BRICEÑO, venezolana, años 27 de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.982.023, estudiante, quien manifestó no tener parentesco con ninguno de los acusados, previo juramento de ley, expuso: Esa noche yo me encontraba con la comunidad realizando el pesebre cuando de repente escuchamos unos disparos estábamos cerca de la pasarela…venían corriendo los muchachos que viven en la casa…yo estaba en la pasarela y vi que el estaba disparándole a los muchachos y yo conocí fue a J.L. eso fue alrededor de las 11:30 de la noche…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: Yo soy vecina del sector, vivo en el Tendal a mano izquierda… yo vivo cerca de donde ocurrieron los hechos… cuando me refiero a una persona es al ciudadano J.L. (señalando al acusado J.L.P.)… yo me encontraba haciendo el pesebre y nos fuimos hacia la pasarela cuando escuchamos los disparos y yo conocí fue al señor J.L. porque el tenia tiempo viviendo por ahí… el señor J.L. tenia una chaqueta… no recuerdo el color de la chaqueta…yo vi al señor disparando pero no vi el arma porque yo estaba como a 10 o 15 metros de el… el señor J.L. cuando disparaba estaba en el puente…estaba casi finalizando el puente…yo lo reconocí porque el vivía por el sector, por la calle maracaibito eso pertenece al sector la araujas… el vivía subiendo en la segunda casa…en las otras casas vivían los familiares del señor J.L. no conozco a ninguno de los familiares solo de vista nada más…la conducta de estas personas como vecinos era pésima porque cada vez que uno pasaba por donde ellos vivían ellos tenían la costumbre de beber cervezas, uno pasaba y amenazaban a uno, le tiraban puntas, ellos querían adueñarse de esa calle, a mi hermano lo amenazo y le iba a disparar…yo vi que el que disparo al hoy difunto al ciudadano que le decían Felique fue el señor J.L.… De seguida pregunta el defensor Abg. V.C. a las que les respondió: Yo ese día estaba elaborando un pesebre, eso fue como alrededor de las 11:30 de la noche… yo me encontraba con Álvaro, J.M., J.G., éramos varios…éramos mas de cinco personas… si escuchamos unos disparos… antes de los disparos no escuchamos ninguna discusión… yo estaba en la pasarela cuando oí los disparos… yo estaba realizando el pesebre, era por temporada de Diciembre, 15 o 16 en el año 2005…el pesebre se estaba haciendo al lado de la pasarela…mi casa queda cerca de donde se estaba haciendo el pesebre…escuche varios disparos…nos fuimos hacia la pasarela…los que estábamos realizando el pesebre, los de la comunidad…éramos varios…hay como 10 a 15 metros de distancia de la pasarela al puente…si había buena iluminación en el puente…venían corriendo como 5 o 7 muchachos…venía Álvaro, N.B., J.G.B., Noe, el occiso y el hermano…veo los ciudadanos que les estaban disparando…J.L. y los otros cuatro….venían 5 personas…pero venía disparando el señor J.L.…el tenía el arma disparándole a los muchachos…si el tenía un arma… a él fue al único que le vi el arma… en el momento que estaban disparando estaban en el puente, todos estaban en el puente y de ahí disparaban… el ciudadano J.L. le disparaba a los muchachos que venían de un juego… se que venían de un juego porque ellos esa noche nos dijeron que no podían ayudarnos con el pesebre porque iban a un juego…las cinco personas estaban en el puente… sobre el puente estaban… y los muchachos venían corriendo…y ellos venían mas atrás de los muchachos disparando… desde donde estaba se ve el puente completo…los que seguían a los muchachos venían subiendo el puente atrás de ellos…cuando nosotros nos asomamos vimos correr a los muchachos…ellos pasaron cerca de mi, ellos pasaron por la parte de arriba… cuando fuimos a ver ya estaba uno de los muchachos herido…no recuerdo que se haya caído uno, no recuerdo…cuando yo vi que estaban disparando nosotros nos quedamos en la pasarela como dicen en el grupo de los mirones… en la pasarela estaba la señora Yelitza y varios muchachos de la comunidad… las personas que estábamos en la pasarela son conocidos de la comunidad … no recuerdo cuantas personas habían en la pasarela… yo no vi caer a ninguna persona cuando los muchachos venían en carrera… yo conozco a J.L. porque vivía por ahí… ese día estaba el (J.L.) y el papa pero en verdad el que estaba disparando era el señor J.L.…el tenía el arma disparándole a los muchachos…el tenía un arma…a él fue al único que le vi el arma…cuando yo vi al señor J.L. los vi fue en el puente el ya venia corriendo a los muchachos disparándoles… los muchachos pasaron por el puente corriendo… ellos pasaron como a 10 metros de mi… ellos corrieron y se fueron a mano izquierda, menos el ciudadano que cayo y el que quedo fue el hermano a ayudarlo… los demás muchachos siguieron corriendo… De seguida el Defensor Privado Abg. S.Q. no realizo preguntas. A las preguntas de la Juez respondió: No recuerdo muy bien la fecha creo que era 15 o 16 era por el mes de diciembre… en el año 2005…yo estaba realizando un pesebre al lado de la pasarela… ahí queda un puente y después la pasarela, al lado de la pasarela estábamos haciendo el pesebre… si, queda primero el puente y después la pasarela…mi casa queda cerca de donde estábamos haciendo el pesebre…yo no note ninguna discusión antes de escuchar los disparos…yo escuche varios disparos…cuando yo escuche los disparos nosotros nos fuimos hacia la pasarela, todos los que estábamos realizando el pesebre…estábamos varios, no recuerdo cuantos…la distancia entre la pasarela al puente es como de 10 a 15 metros…de la pasarela yo tenia visibilidad al puente porque había buena iluminación en el puente…cuando yo me dirijo hacia la pasarela venían corriendo como 5 o 7 muchachos… venían corriendo Álvaro, N.B., J.G.B., Noé no recuerdo el apellido y venía el occiso y el hermano… ellos venían corriendo porque les venían disparando… yo vi a los ciudadanos que estaban disparando el señor J.L. y a los otros cuatro… venía disparando el señor J.L. y el era el que tenia el arma disparándole a los muchachos… yo le observe un arma al señor J.L.…a las otras cuatros personas no recuerdo si tenían arma a el; a J.L. fue el único que le vi el arma… esas cinco personas que venían detrás de los muchachos venían corriéndolos…cuando yo los observe ellos venían pasando el puente…de la pasarela donde yo estaba se ve todo el puente completo…las cinco personas venían detrás de los muchachos, cuando los muchachos pasaron el puente ellos venían subiendo la carretera…de esas cinco personas me acuerdo del señor J.L. al que reconocí y al papa… yo recuerdo es a el al señor J.L.…después del puente hay una alcantarilla… donde esta el puente a mano derecha esta la pasarela (señalando el plano)…porque en toda la esquina hay una casa de la señora Y.M., al lado de esa casa queda la pasarela…yo tenia visibilidad a la casa y la calle que sube y al puente… cuando llegamos a la pasarela vemos que venían los muchachos corriendo… ellos tomaron la dirección por donde está la alcantarilla…el señor J.L. llegó hasta finalizar el puente y los otros se quedaron mas atrás…yo no observe a alguien que cayo porque no se ve de donde yo estaba…yo observe hasta el ultimo disparo porque dijeron allá cayo un muchacho…iban cinco personas y observe al señor J.L. que iba disparando…cuando yo no escuche mas nada esas cinco personas salieron corriendo hacia la casa de ellos…las casas de ellos quedan ahí mismo bajando (señalando el plano)… después yo me dirigí hacia las casas hacia arriba, que estaba el muchacho tirado, por la alcantarilla por la casa de la familia Briceño, estaba con el hermano, el hermano estaba pidiendo ayuda…a parte del muchacho que cayo y el hermano estaba toda la comunidad…los primeros que llegamos fuimos nosotros los que estábamos realizando el pesebre éramos como 7 o 8 personas…cuando nosotros vinos el hermano lo llevaba arrastrándolo hasta la esquina de la casa porque no lo podía, pidiendo ayuda y una de las muchachas que se llama Y.M. que estaba ahí con nosotros le levanto la camisa…ella lo voltio y le vio el disparo en la espalda y no voto nada de sangre…le vi en la espalda un hueco mínimo, no botó nada de sangre…no recuerdo como estaba vestido el joven muerto se que tenia un blue jean…Es todo.

  14. - Testimonio del ciudadano N.E.B.B., venezolano, años 18 de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.428.705, estudiante, quien manifestó no tener parentesco con ninguno de los acusados, previo juramento de ley, expuso: Todo comenzó así, yo iba con mi amigo J.G. y Noé a comer perros calientes en la vega, como era de costumbre, nosotros íbamos bajado por el lugar donde ellos viven que había una fiesta y estaban tomando allí, un chamito que se llama Daniel el tenia un problema con Noe, en lo que sube para el puente ellos comienzan a discutir, yo no le hago mucho caso porque como estaban borrachos, cuando de repente empezaron a echar los tiros yo comencé a correr y se cae mi amigo J.M., Jhon se tropezó con mi pie y cayo, Felique venia del juego de la vega, el camino y cuando iba mas adelante que nosotros fue que empezaron a disparar…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: Yo estaba ese día ahí… aproximadamente fue como a las 10:00 de la noche mas o menos… era la noche…yo soy vecino del sector, yo vivo por ahí… cuando eso yo estaba recién llegado al sector, tengo 10 años viviendo ahí…yo vi cuando ellos estaban disparando… exactamente el venia subiendo el señor no se como se llama el esta aquí presente (señalando al acusado J.L.P.)… exactamente creo que estaba vestido de negro… yo fui uno de los primeros que corrí yo iba adelante… yo no vi el tipo de arma, el venia hacia nosotros cuando se escuchaban los tiros…que yo sepa los tiros suenan, escuche los sonidos de los disparos…el sonido de los disparos venía de la casa de ellos, pero yo no me iba a quedar viendo… yo le pase por un lado al finao (Felique)… el estaba vivo cuando yo lo pase… yo fui uno de los primeros que corrí…nos perseguía la gente que estaba en la fiesta, en la casa de D.P.… hermano del señor el (señalando al acusado J.L.P.)… la fiesta era en la casa de D.P.…la conducta de las personas que vivían en la casa de D.P., ellos tenia problemas con la mayoría de los vecinos, siempre tomaban los fines de semana…si estas personas que estaban en la fiesta estaban tomando…el joven herido cayo un poco mas delante de la alcantarilla, en lo que doble para subir a la casa, el hermano de Felique Juan se devolvió todo asustado, en lo que cruzo volteo y miro y veo a Felique caer… el señor de negro (el acusado J.L.P.) yo lo vi cuando venia subiendo hacia el puente…yo no tenia conocimiento de lo que estaba pasando…no, no vi donde recibió el disparo Felique, pero el otro día dijeron que fue en la espalda a mi me dio temor volver… me dio temor de los disparos… eran muchos disparos y seguidos…De seguida pregunta el defensor Abg. V.C. (quien asiste a los acusados I.G.M. y acusado J.L.P.G.), a las que les respondió: Eran como alrededor de las 10:00 de la noche… yo me encontraba exactamente en el puente íbamos bajado y cuando empezaron los disparos, los mayores discutían desde abajo…había un grupo ellos allá y nosotros los chinos acá… nosotros nos fuimos al puente y nos sentamos en el puente y del puente discutían hacia abajo… no se cuantas personas habían, puros carajitos y los mayores… del sector conocía a los muchachos que estaban conmigo... los que estaban conmigo e.Á., J.M., J.L., Noé y yo que me llamo Néstor…la victima y el hermano… ellos venían de un juego de la vega, ellos nos saludaron y siguieron…ellos venían de la vega y pasaron por un lado… cuando empezaron los disparos ellos iban mas allá del puente… cuando comienzan los disparos yo salí corriendo hacia el sector el tendal, yo salí corriendo hacia mi casa…eran varios tiros pero no se cuantas personas disparaban…si en ese sector hay una pasarela cerca no se decir a cuantos metros… en esa pasarela estaban los muchachos que estaban haciendo el pesebre, de allí se vino Jhon y Álvaro que son mis amigos … de la pasarela se vino Álvaro y Jhon para el puente…y los que estaban haciendo el pesebre se quedaron mirando de la pasarela para el puente…los que salieron corriendo e.N., Á.J., éramos cinco… J.M. se cayo que se tropezó con mi pie el otro amigo Álvaro lo fue ayudar y Jhon se paro y salió corriendo…cayo J.M. que fue el que se tropezó, Felique iba adelante… cuando yo le pase por un lado Felique estaba con Juan el hermano ellos iban pasando… cuando yo pase por un lado de Felique el estaba de pie el iba para su casa, yo pase por un lado y corrí….volteó en lo que crucé y ví que Juan se devolvió a recoger a su hermano…yo estaba mas o menos cerca… yo no fui a recoger a Felique yo estaba atemorizado por tantas balas… a el lo fue a recoger el hermano Juan yo no se si los demás muchachos fueron a ayudarlo sabrán ellos…por donde yo vivo si los trato a todos, a ellos no… yo nunca he tenido ningún trato con ellos… estábamos haciendo el pesebre Álvaro, Jhon y las muchachas la gente de la comunidad, como siempre hacemos todos los años… en esa discusión que hubo vi que ofrecieron tiros… y después dentro de todas esas casas fue que escuche los tiros…de ese bululú venían los tiros… yo no me iba a quedar a ver quien venia yo me fui…yo estaba en el puente, el puente queda cerca hacia las casas de ellos, no se la distancia… Felique y el hermano no discutieron con esa gente ellos venían del juego de la vega… ellos pasaron por la casa de ellos, caminaron por el puente… cuando empezaron los disparos ellos habían pasado el puente…ellos venían caminando… ellos pasan nos saludan se despiden y cuando iban un poquito mas adelante comenzaron los disparos… el finao Felique creo que no corrió…yo escuche que el finao Felique dijo que no iban a correr porque el problema no era con el… De seguida el defensor Abg. S.Q. (quien asiste al acusado I.B.) no realizo preguntas. A las preguntas de la Juez respondió: Yo iba a comer perros calientes nosotros de vez en cuando nos reunimos y salimos a comer… íbamos a comer perros Noe, J.G. y yo… íbamos a comer hacia un kiosco que se llama el Bocones…para ir teníamos que cruzar el puente…cuando íbamos a comer los perros es que nos encontramos con el problema…nosotros íbamos en la primera casa donde viven ellos y tuvimos que regresarmos… íbamos en la casa de la familia de ellos..ellos tenían como 4 casa ahí…ellos vienes exactamente como de la casa de Daniel…había como una fiesta porque había música…estaban bebiendo…yo observe varias personas… de esas personas yo reconozco a la familia de ellos a las mujeres y los hombres… venían varias hombres y mujeres… ellos venían discutiendo que no se metieran con ellos que si quieren plomo nosotros les echamos plomo…yo cuando escuche primero no lo creí porque como estaban bebiendo… cuando ellos se vinieron que salieron nosotros nos regresamos hacia el puente, los tres y cuando nos regresamos venían Álvaro y Jhon por la pasarela antes de comenzar la discusión… Álvaro, Noé y J.e. discutiendo con Daniel y con las personas que estaban allá…yo observe esa discusión y posteriormente el ofreció los plomos D.P. y el se regreso y venia una persona de negro como de chaqueta negra subiendo…venía hacia nosotros…venia el y detrás venían varios…antes de yo ver a la persona como de chaqueta negra ya se escuchaban los disparos…cuando yo escuche los disparos ya habían pasado Juan y Felique ellos iban mas adelantico…todos estábamos en el puente…yo salí corriendo… J.M. fue el que tropezó con mi pie y se cayo…yo observe que Álvaro iba a ayudar a J.M. pero en eso Jhon se levanto de una vez…después que escuche las detonaciones voltie y vi que venían disparando varias personas una adelante la principal… la principal la que venia de primera, es la misma persona por el reflejo que vi que tenía como chaqueta negra … era una persona alta, gruesa…todos salimos corriendo pero yo fui el primero que pasé…a Juan si lo vi corriendo al finao no exactamente… aceleraría el paso…yo observe que la victima cayo un poquitico adelante de la alcantarilla…cuando yo voltie y vi al joven que cae yo no tenia visibilidad al puente…Es todo.

  15. - Testimonio del funcionario D.E.A.V., venezolano, años 34 de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.456.432, Funcionario Público adscrito el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Delegación Valera, con 15 años en la institución, previo juramento de ley, expuso: Realice Experticia de seriales Nº 0601041 de fecha 24-01-2006; a un vehículo, reconozco que es mi firma, este vehículo se le mando hacer un reconocimiento y avaluó, se practico peritaje para determinar los seriales originales, era un vehículo cuyas características eran vehículo del año 2002, marca toyota corolla, de color rojo, se practico un peritaje para verificar su estado real, no presentaba ningún tipo de alteración en los seriales de carrocería, y la superficie donde se encuentra el serial de carrocería grabado en bajo relieve no presentaba alteración, era original, el serial del motor no presentaba alteración se encontraba en su estado original…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: cuando digo en mi experticia avaluó real de conformidad a lo establecido en el articulo 88 del Código Orgánico Procesal Penal avaluó real es cuando se esta en presencia del objeto bajo peritación…real es por que lo vi…yo pude individualizar ese vehículo marca toyota, corola, por el modelo y la marca… se individualiza con otros vehículos por intermedio de sus seriales… porque otros vehículos tienen que tener otros seriales… primero existencia real del bien, vehículo toyota , no hay duda que ese carro es toyota corola 2002 con los seriales que son individuales. De seguida el defensor Abg. V.C. (quien asiste a los acusados I.G.M. y acusado J.L.P.G.), no realizo preguntas. De seguida pregunta el defensor Abg. S.Q. (quien asiste al acusado I.B.) no realizo preguntas. La Juez no realizo preguntas.

  16. - Testimonio de la experto M.L.P.M., venezolana, años 34 de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.798.747, Experto en Balística actualmente soy Jefe de Brigada de Violencia contra de Mujer del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Delegación Valera, con 6 años en la institución, previo juramento de ley, quien expuso: Realice Reconocimiento Técnico Nº 9700-069-DC-3209 de fecha 04-01-2006 a un proyectil reconozco el contenido y mi firma, realice la experticia a un proyectil raso plomo, color gris el cual no presentaba estrías y campos suficientes para su comparación o estudio con otro proyectil…presentaba deformaciones en partes de su cuerpo debido a que choco con una superficie, observándolo por medio de la lámpara de alógeno se pudo contactar que las estrías no eran suficientes para hacer una comparación con otro proyectil…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: en relación al peritaje es un reconocimiento legal a un proyectil…en el cual no encontré suficientes estrías para poder diferenciarlo…las causas que conllevan a un proyectil su deformación es el impacto con una superficie de mayor o igual cohesión molecular, primero estábamos hablando de un proyecto de raso plomo, de color gris, no brindado, por el material que lo conforma…al igual los daños que presentó no permitieron su individualización…no era blindado, porque cuando es blindado las características son mas constantes es decir mas visibles, mas fáciles de estudiar o de comparar…el numero de campos y estrías depende del arma de fuego para indicar el número de campos y estrías necesarias para individualizar el proyectil…cuando esta deformado no se puede determinar a que tipo de calibre pertenece, porque uno se basa en la medida, nosotros hacemos comparaciones con una muestra que tenemos, pero mientras exista deformidad en la base del proyectil es complicada la conclusión decir pertenece a cierto calibre… no seria una conclusión científica…para el estudio que yo hice es imposible hacérsele cualquier tipo de peritaje por su deformidad… en caso contrario de que si aparecen los campos y estrías si aparece un arma se puede determinar, con una comparación balística… esa prueba seria una prueba 100% de certeza…De seguida el defensor Abg. V.C. (quien asiste a los acusados I.G.M. y acusado J.L.P.G.), y Abg. S.Q. (quien asiste al acusado I.B.) no realizaron preguntas. La Juez no realizo preguntas.

  17. - Testimonio del medico W.R.G.A., venezolano, años 44 de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.785.429, Medico forense, en la Medicatura de Trujillo, 8 años en la institución previo juramento de ley, expuso: Practique tres Reconocimientos Medico Legal y un Levantamiento de cadáver…En cuanto al primer reconocimiento reconozco mi firma, fue realizado el 19-12-2005 a la ciudadana R.V.M. al examen realizado observe una contusión equimótica y edematosa en la región frontal (señalando la frente) morado, hinchado…habían contusiones equimoticas en el párpado inferior derecho e izquierdo de ambos ojos, había contusión equimótica en el dorso nasal (señalando la nariz), había contusión equimótica en la región posterior de la muñeca derecha, fueron lesiones de carácter medico leves, con un tiempo de curación de 8 días, lesiones en las que no quedan cicatrices…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: si fue practicado el 19-12-2005…el tipo de lesiones predominaron las contusiones equimoticas…producidas con golpe o puño, no habían cortaduras, en las lesiones que describí fueron equimoticas (morados) y edematosas, aumentadas de volumen, hinchadas…se suponen que son recientes por cuanto eran visibles e hinchadas….la coloración nos dice el tiempo, generalmente los cambios de la coloración aparecen al 3º día…cambia de morado a color amarillento…esta lesión era morada es decir era reciente, no había comenzado el cambio de color…la inflamación se conoce como signos agudos, es decir algo reciente…los signos agudos se manifiestan a través de la hinchazón…el objeto que hubiese producido la equimosis es posible con un puñetazo, un palazo…la piel se pone en contacto con un objeto contundente… aquí son áreas muy específicas en la cara… lo mas probable es que sean puñetazos…también había equimosis en los parpados inferiores derecho e izquierdo, coincidían con la data de la frente, similares a las anteriores…tenía una lesión en el mentón (señalando la barba) y en el dorso nasal, yo las describí como contusión equimótica… y había otra lesión en la muñeca… la lesión de la muñeca tenia la característica de lesión contusa…dentro de lo establecido en el Código de Instrucción Medico Forense en cuanto a la premisas establece que hay que preguntarle a la persona lesionada como ocurrieron esas lesiones, en este caso no tengo los detalles recuerdo que yo la vi en la delegación del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, recuerdo que se refiere que había sido agredida… Seguidamente el Defensor Privado Abg. S.Q. expuso: Objeto la pregunta, ya que es la victima la que debe ser llamada para decir como fueron las lesiones. De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: Las lesiones son de carácter leve… curan aproximadamente en un tiempo de 8 días… De seguida pregunta el defensor Abg. S.Q. a las que les respondió: Las lesiones de los parpados producidas en el rostro, como son sitios diversos en la cara, parecieran que no ocurrieron en un solo impacto, por cuanto hablamos de lesiones en el mentón, en los parpados…yo describo diferentes lesiones contusas…a parte de lo manifestado por la ciudadana M.V. estas lesiones en este caso son muy especificas en el área facial… el mecanismo es muy variado en cuanto al objeto contundente que lo produjo… De seguida pregunta el defensor Abg. V.C. (quien asiste a los acusados I.G.M. y acusado J.L.P.G.), no realizo preguntas. En cuanto al segundo Informe practicado al ciudadano Y.A.P. expuso: En fecha 19-12-2005 realice informe al ciudadano Y.A.P. encontré excoriación por arrastre fue la única lesión que describo, lesión de carácter leve con tiempo de curación de 5 días, había como una raspadura en la región de la ceja parte izquierda. De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: Si, fueron lesiones recientes… estas lesiones tienen una morfología diferente a las analizadas anteriormente, estas son excoriaciones… las excoriaciones generalmente desaparecen muy rápidamente, no dejan cicatrices ya a los cincos días desaparecen…por las características de la excoriación es una herida que en términos coloquiales seria una raspadura superficial de la piel…con signos de lesión reciente... si era una lesión reciente por las características de la misma…al 3º día ya se observa la herida con signos de recuperación… la forma en que se produjo esta lesión es con el contacto con una superficie no muy lisa, como la pared, contacto con una superficie fija y con característica de arrastramiento… generalmente pudo ser como un arrastre… eran en forma lineales, generalmente una persona que cayo al piso o con una pared hay movimientos… no hay seguridad si se produjo si la persona cayo al piso o fue con una pared… puede ser con un desplazamiento sobre una superficie…la superficie pudo haber sido el piso o la pared, superficies fijas…generalmente nos limitamos al examen físico, casi no en cuanto a los comentarios del paciente… el Código Forense establece que el lesionado debe aportar los antecedentes generalmente seguimos las pautas del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas… En cuanto al Tercer Informe practicado al ciudadano J.A.L. expuso: Al tercer Examen realizado al ciudadano J.A.L. en fecha 21-12-2005 se encontró excoriaciones en el cuero cabelludo, en la región parietal izquierda, lesión de carácter leve con un tiempo de curación de 5 días…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: La morfología de esta lesión es excoriación pero no por arrastre… aquí es una excoriación que formo una costra que midió 2.5 cm…una excoriación es una lesión de la capa superficial de la piel que generalmente no deja cicatrices… una excoriación es en la capa de la piel y luego se produce una costra…región parietal seria por acá (señalando el lado izquierdo de la cabeza)…debe ser de carácter reciente porque yo la califique como leve, que tiene un tiempo de curación de 5 días…agrupándolas las tres que son lesiones de carácter reciente es posible que hayan ocurrido las tres un el mismo momento… De seguida pregunta el Abg. S.Q. a las que les respondió: Las 2 primeras experticias las hice el mismo día el 19-12-205, es posible que hayan ocurrido el mismo día, la tercera experticia fue tres días de diferencia, yo no puedo decir 100% que fueron el mismo día. La Juez no realizo preguntas. En cuanto al Levantamiento de Cadáver Nº 1928 de fecha 17-12-2005 realizado al ciudadano R.E.C.T. expuso: Realice el Levantamiento del Cadáver el día 17-12-2005 a las 7:30 de la mañana realice el levantamiento en la morgue del Hospital de Trujillo al ciudadano R.E.C.T., de 17 años de edad, delgado, cabello negro, la descripción del cadáver era de sexo masculino, tenia una herida orificial redondeada de arma, tenían características de orificio de entrada y no se observo orificio de salida, efectuado en la región de la espalda, se observo que había un aumento de volumen en la región pectoral izquierda, y excoriaciones por arrastre y luego se solicito la autopsia respectiva…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: Analizando el levantamiento del cadáver si reconozco mi firma y el contenido del mismo…aparecen dos fecha el 27-12-2005 y el 17-12-2005 la fecha con la que sale el informe de la medicatura es posterior a la fecha en que se realiza…la fecha en que realice el levantamiento fue el día 17-12-2005 a las 7:30 am… fue el la morgue del Hospital de Trujillo… el levantamiento del cadáver es una experticia muy importante ya que es el primer contacto que tiene el medico forense con el cadáver… lo ideal es que se haga en el sitio del suceso… el procedimiento es el mismo es como la parte preliminar, es en la autopsia donde se van a ver los detalles…el levantamiento del cadáver es como un reconocimiento, una descripción externa del cadáver…yo observe una herida con característica orificial de 0,8 cm. de diámetro con característica de orificio de entrada y estaba ubicada en la región sub escapular derecha (señalando la espalda), es decir en la espalda…esa herida era redondeal de 0.8 cm… tenia la característica de entrada ya que se reconoce la herida de entrada, los bordes están hacia adentro…tiene las características clínicas de ser un orifico de entrada… al igual es mas fácil determinarlo por cuanto no hay orificio de salida…no describo orificio de salida… las características en este caso seria 100% seguro porque no tiene orificio de salida…hablo de contusión…el proyectil al entrar en la piel forma como un anillo con quemaduras…ha de ser un disparo de distancia por cuanto carece de tatuaje…cuando hablo de aumento de volumen en la región pectoral izquierda, es aquí por delante en el pecho probablemente yo no ingreso dentro del cadáver es muy probable que quedo abotonado allí (señalando la parte del corazón) el proyectil que intento salir… por mi experiencia considero de que sea el plomo yo dejo citado lo que observo en el examen… refiero también excoriaciones por arrastre en la región posterior del brazo izquierdo (señalando el brazo la parte de abajo), es una lesión poco común que pudo producirse que pudo haber sido por el contacto con una superficie fija, con el pavimento, una pared…también una excoriación en la cadera izquierda, las características iguales por arrastres con objeto fijo… en cuanto a la excoriación en la rodilla derecha, si no describí diferencias es porque eran similares estas tres excoriaciones, es decir la misma data…al final de mi informe manifiesto que solicito autopsia es una formalidad… lo que pasa es que primero es el levantamiento del cadáver y posteriormente se realiza la autopsia… en cuanto al tipo de muerte digo que es muerte violenta porque tiene signos de violencia…tiene una herida…no observé sangre ahí…cuando yo observe el cadáver estaba en una camilla, recuerden que el había estado en la cava, estaba refrigerado ya no es lo mismo de haber estado en el sitio del suceso…esta establecido en la ley que posteriormente al levantamiento del cadáver debe hacerse la autopsia…Seguidamente la Defensa y la Juez no realizaron preguntas.

  18. - Testimonio del funcionario J.E.B.B., venezolano, años 33 de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.797.642, Funcionario del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas sub Delegación Trujillo, con 6 años en la institución previo juramento de ley, realizo tres avalúos reales, quien expuso: En cuanto al primer reconocimiento de un avalúo de varias prendas, en la experticia se da las características es decir la descripción y el valor que tienen en el mercado…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: Practique el reconocimiento de los objetos y determine el valor que tienen en el mercado… avalúo real se realiza a determinados objetos de interés criminalistico que se pueden tocar palpar, son objetos que han sido recuperados y que tienen un planilla de custodia… se dice reconocimiento para determinar las características que individualizan a cada elemento, ósea que los elementos fueron tocados, palpados…en ese reconocimiento tengo que describir las características el uso, que tiene, las condiciones si esta en buen estado y cualquier otro objeto de interés criminalistico…cuando me dan un pedimento posteriormente se le hace el reconocimiento a los objetos que están resguardados…en la cadena de custodia especifica como fue la colección de esos elementos y en que sitio fueron colectados… el investigador es el que refiere el caso… yo me refiero solamente al área técnica… el indicado para decirles como fueron colectados estos objetos es el investigador…en cuanto a la chaqueta de color negro y el pasamontañas consigo signos de discontinuidad cuando se aprecian en una prenda de vestir se determina que las superficies que constituyen la prenda en una determinada área no continua el tejido, presenta bordes y ciertas rasgaduras, significa que estaba rota…esa discontinuidad o rotura puede evidenciarse que puede ser a través de la fuerza física o por un objeto filoso (cortes)…esas prendas de vestir que describí y la navaja y el par de botas, al momento de hacer el reconocimiento a la prenda si tuviera algún tipo de elemento o si se evidencia sustancia de color pardo rojizo se remitiría al laboratorio para determinar que tipo de sustancia es…al no establecer ningún tipo de elemento o sustancia es porque carece… si, yo determino que esas prendas no se visualizo ninguna sustancia se hace el reconocimiento y si tiene alguna sustancia se remite al laboratorio…La Defensa y la Juez no realizaron preguntas. Se deja constancia que en relación a las prendas que constan en el reconocimiento las partes no tiene ningún tipo de pregunta. En cuanto al Avalúo Real Nº 9700-004-190 de fecha 17-12-2005 el Funcionario J.E.B.B. expuso: La segunda experticia también es otro reconocimiento técnico y avalúo real donde también se describen una serie de objetos personales y un artefacto electrodoméstico y el valor que se le da a los mismos…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: Se aplica las mismas características la misma metodología…hice un reconocimiento a una gorra color beige, un guante de tela, un pasamontañas de tela color azul…el pasamontañas de color azul son prendas de vestir utilizados para cubrir la parte superior de la cabeza y atípicamente se puede usar para cubrir el rostro y no ser identificados… el fin de un pasamontañas es prácticamente cubrir la cabeza donde la temperatura es fría…normalmente estas prendas son utilizadas para cubrir la cabeza pero atípicamente también son utilizadas para cubrir la cara y para no ser identificados…esa prenda como le dije se puede utilizar de manera debida pero ya cubrir el rostro es para que la persona no se le conozca la parte identificativa…en cuanto al guante de color blanco también es una prenda de vestir utilizado en el área de las manos y se puede utilizar en este caso para no tocar cosas frías o atípicamente puede ser utilizado para estar en un sitio y no dejar plasmadas las huellas digito dactilares…estas prendas son para utilizarlas en climas fríos…las prendas de este tipo es zonas cálidas es muy poco probables que sean utilizadas pero de manera atípica son utilizadas… pero aquí en Trujillo es muy poco probable que la gente las utilice…atípicamente se puede utilizar para otros medios que las personas les de otro uso…a la gorra color beige es una prenda de vestir que cubre la cabeza… con la descripción que tiene se individualiza es una gorra para una actividad deportiva especifica… En este estado se deja constancia que el Fiscal Segundo del Ministerio Publico exhibe a las partes la evidencia física gorra de color beige con la inscripción Andes 2005. De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: Esta en regular de estado uso y conservación a pesar del tiempo que ha pasado… podría decirse que es una gorra casi nueva con poco uso… En este estado se deja constancia que el Fiscal Segundo del Ministerio Publico exhibe a las partes la evidencia física pasamontañas de color azul con signos de discontinuidad. De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: Si reconozco ese es pasamontañas se observa la solución de continuidad esos dos orificios (señalando los orificios del pasamontañas)… se utilizan para que la persona pueda ver a través del pasamontañas… En este estado se deja constancia que el Fiscal Segundo del Ministerio Publico exhibe a las partes la evidencia física pasamontañas de color negro con signos de discontinuidad. De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: Si reconozco ese es pasamontañas, este lo utilizan para ocultar el rostro y que solamente se vean los ojos y la boca… En este estado se deja constancia que el Fiscal Segundo del Ministerio Público exhibe a las partes la evidencia física un equipo de sonido, marca AIWA, de color gris, de tres CD. De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: Si, ese es el mismo equipo al que le hice el reconocimiento, es un artefacto destinado para escuchar música… yo lo individualizo por los seriales… este serial lo puede individualizar ese artefacto…en cuanto a la Cédula de Identidad en la experticia están los nombres a quienes pertenecen las cedulas… es un documento de identidad a nombre de A.L.J.U. signada con el Nº 11.241.255, otra cédula de identidad a nombre de Díaz Delgado J.C. 16217251, Montilla A.M.A. signada con el Nº 15.513.596 y una Licencia de conducir a nombre de J.D., con cédula de identidad Nº 16.217.251, una libreta para deposito de cuenta de ahorro a nombre de M.R.V. y un certificado médico para conducir a nombre de la ciudadana María Ramírez…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: En estas prendas no pude observar elementos de interés criminalistico…no se observó que estas prendas presentaran algún tipo de manchas…en cuanto a los documentos son documentos de identificación, es decir que los tiene que tener a quien pertenece, ya que la cedula tienen un nombre y un numero que es único asignado a una determinada persona…esas cédulas de identidad es de uso exclusivo a la persona a la cual tienen asignado su numero…estas evidencias están asignadas a una cadena de custodia y seria el investigador, mi labor es solamente al aspecto técnico y al reconocimiento de las prendas…La Defensa y la Juez no realizaron preguntas. En cuanto al Avalúo Real Nº 9700-004-189 de fecha 17-12-2005 el Funcionario J.E.B.B. expuso: En el tercer reconocimiento técnico fue de varios elementos y prendas de vestir de uso deportivo, unos bolsos y un analgésico Dencorud utilizado en actividades deportivas…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: Yo vi los objetos, los describí para poder hacer este reconocimiento y avalúo real, al igual que las otras dos experticias… si reconozco mi firma… hablo de un par de botas, una chaqueta de color negro, de material sintético, un koala de color amarillo, azul y rojo donde se aprecia la inscripción de Gobierno Bolivariano FUNDA APURE…al leer pude determinar que esa prenda es de uso exclusivo de un club deportivo de un ente público, por decir Gobierno Bolivariano del Estado Apure…esa prenda esta referida a identificar a algún Estado en este caso el Estado Apure… en cuanto al bolso con los colores amarillo, azul y rojo J.A. Gobernador…si esos bolsos son utilizados para llevar cosas, pero la descripción lo individualiza Gobernación del Estado Apure… para finales del año 2005 se había dado una competencia de Juegos Naciones Deportivos aquí en el Estado Trujillo… Trujillo era sede de algunos eventos deportivos en esa oportunidad…no le aprecie alguna evidencia de interés criminalistico… En este estado se deja constancia que el Fiscal Segundo del Ministerio Publico exhibe a las partes la evidencia física un bolso de color azul, amarillo y rojo con la inscripción Gobierno Bolivariano de Apure…De seguida pregunta el Defensor Abg. S.Q. a las que les respondió: La prenda dice Gobierno Bolivariano Funda Apure, es de uso exclusivo de un grupo de personas pertenecientes a Funda Apure ya que individualizan a una delegación deportiva… no todo el mundo tiene un bolso con esas descripciones… no esta prohibida su venta al público, porque esos bolsos son destinados para una determinada actividad deportiva…fueron elaborados para una competencia deportiva…la gorra se utiliza para un determinado deporte… yo si puedo poseer un bolso de esos…pero hay que determinar como obtiene usted ese bolso… depende como usted lo pudo obtener, en una tienda deportiva no lo va a conseguir porque no es un bolso de una marca comercial… puede ser obsequiado…a mi me solicitan realizar dicho reconocimientos a través de un oficio de las evidencias…yo no estoy seguro si proviene de un hecho ilícito eso seria con el investigador…La Juez no realizo preguntas. En cuanto a la inspección Técnica Criminalística realizada en el Hotel América, se deja constancia que no se exhibe al funcionario por cuanto no fue admitida como documental para el debate, el Funcionario J.E.B.B. expuso: Tendría que leer la experticia, porque tengo una idea un poco borrada…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: Recuerdo que el Hotel América esta ubicado en el sector La Morita, en la peña Tucutucu, la aguadita, 3 esquinas viniendo de Valera a mano derecha… creo que ese hotel no esta funcionando…al hacer la inspección ingrese a esa estructura no recuerdo cuantas plantas tenia… se la ubicación porque esta ubicado en ese sector pero no recuerdo detalles en relación a la estructura… es un local de hospedaje y un sitio de suceso cerrado… tiene una puerta de acceso, en la entrada hay una recepción, y esta constituido de varias habitaciones…es un sitio de suceso cerrado…no recuerdo si se encontró evidencias de interés criminalistico…realice esa inspección técnica recuerdo que fue en la noche, que en ese recinto habían efectuado un atraco…si había ocurrido un robo a mano armada con varios lesionados…yo iba a ese sitio con la noción de que había ocurrido un atraco…recuerdo que era un sitio de suceso cerrado, era un establecimiento de hospedaje… y que en las instalaciones se estaban hospedando unos atletas de una delegación… atletas de la categoría de pesas, me manifestaron que minutos antes llegaron unos sujetos a ese sitio portando armas de fuego y bajo amenazas de muerte los despojaron de sus pertenencias…no recuerdo cuantos personas fueron lesionadas…para el despacho se traslado uno de los atletas lesionado…De seguida pregunta el Defensor Abg. S.Q. a las que les respondió: La delegación de atletas me manifestaron que habían sido victimas de un atraco… se entrevisto a la persona victima de ese hecho pero el investigador es el que lleva ese caso…la información que he aportado al tribunal es mi competencia darla porque estoy en la comisión…yo voy en la comisión como técnico…cuando sale la comisión yo salgo con el investigador quien es el que entrevista a las victimas… yo no manejo la características de las personas que cometen el hecho… cuando nos trasladamos al referido Hotel América fue por información que había sucedido un atraco, donde personas de la delegación manifestaron que hubo un atraco con personas armadas…esa información la dieron de manera general… la manera como me entere del hecho creo, no me acuerdo, no estoy muy seguro fue que una de las victimas se traslado hasta la sub delegación…no recuerdo las características…la delegación que estaba hospedada no se decirle con exactitud el número de atletas que estaban en el hotel…no, no recuerdo el número de las personas lesionadas…tuve conocimiento a posteriori de los objetos… en el momento me manifestaron que los habían despojados de prendas de vestir y cosas personales…no recuerdo cuantas personas habían llegado al sitio cuando ocurrió el hecho…El Defensor Abg. V.C. no realizo preguntas. A las preguntas de la Juez respondió: La fecha no recuerdo… eso fue como en diciembre…yo fui como técnico en la comisión… en esa comisión solo fueron dos un experto y un investigador… el investigador no recuerdo quien era…como técnico tendría que ver la inspección…no recuerdo que colecte, si algún tipo de evidencia, tendría que ver el documento para refrescar la memoria ya que fue en el año 2005…Es todo.

  19. - Testimonio del funcionario C.C.A.F., venezolano, años 29 de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.148.377, Investigador del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Trujillo, con 8 años con 3 meses en la institución, previo juramento de ley, se deja constancia que no se exhibe al funcionario por cuanto no fue admitida como documental para el debate, seguidamente el Funcionario expuso: Realice una inspección Técnica Criminalística en el Sector el tendal, los hechos fueron hace tiempo, lo que recuerdo tomando en consideración al tiempo que ha transcurrido es que se tuvo conocimiento de un delito de homicidio, me traslade con el funcionario J.B., a realizar inspección técnica en la calle 24 de julio sector el tendal, y nos trasladamos a ese lugar quien dejo constancia expresa fue J.B. quien fungía como técnico, luego de eso con respecto al allanamiento se practicaron en presencia del Fiscal para ese entonces el Abg. R.D. que fungía como Fiscal Segundo, el Juez de control creo que el Dr. D.P. fue quien autorizo los allanamientos, con presencia de los testigos ubicamos unos objetos que fueron colectados y llevados al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas para sus respectivas experticias, es lo que recuerdo…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: Mi rango, soy Sub Inspector… practique varias actuaciones como investigador, mi actuación va mas que todo a pesquisas, ubicar evidencias y que sean llevadas la sede para las experticias… la inspección al Hotel América la hizo otro funcionario con el detective J.B.… la inspección del homicidio la practique yo con el funcionario J.B.… no, yo no tuve como investigador en la inspección del Hotel América, tuve conocimiento porque yo estaba de guardia… yo me traslade hacia el sector el tendal, para los allanamientos autorizados por el Juez de Control Dr. D.P.…los allanamientos se efectuaron donde quedan las residencias de la familia de apellido Pacheco…no recuerdo si eran 4 o 5 viviendas… eran varias residencias, se practicaron varias visitas el mismo día… el objeto de las visitas domiciliarias es buscar elementos de interés criminalisticos en virtud de haber ocurrido un hecho punible, se realizo con testigos inclusive el mismo Fiscal, los testigos y por supuesto los mismos ocupantes de las viviendas…inclusive hay allanamientos donde el representante del Ministerio Publico no nos acompañada en este caso si hubo la presencia del Fiscal Segundo del Ministerio Publico R.D.… no hubo en ningún momento agresiones en contra de los ocupantes de las viviendas, nos limitamos a nuestro trabajo solamente…hubo presencia de testigos ajenos a la casa, ya que para un allanamiento uno tiene que ir con personas para que sean testigos que uno no va a maltratar ni causar daños…entramos a la casa previa autorización judicial… recuerdo porque yo levante el acta de que cada residencia allanada se solicito y eso reposa en las actuaciones lo que pasa es que no recuerdo los nombres…recuerdo que las residencias eran de las personas de apellido Pacheco… recuerdo que se localizo algunos objetos relacionados con el robo denunciado en el Hotel América, delito que había sido denunciado y otras cuestiones que no recuerdo mucho por el tiempo que ha trascurrido…entre esos objetos se encontró un radio reproductor de CD y de casette fue encontrado en ese allanamiento, exactamente no recuerdo donde fue encontrado… se que era de color gris… En este estado se deja constancia que el Fiscal Segundo del Ministerio Publico exhibe a las partes la evidencia física un equipo de sonido, marca AIWA, de color gris, de tres CD. De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: Si era de color gris, pero todas las características de lo que se encontró aparecen en actas…recuerdo que se encontraron bolsos, botas deportivas, chaquetas negras en sí no eran deportivas, las víctimas vieron a los investigados con esas ropas… todo se colecta como parte de la investigación… no recuerdo de gorras recuerdo los bolsos, las botas deportivas…recuerdo las características del bolso de color azul y alusivo a la representación deportiva que fue victima del robo… el bolso era azul no muy grande ni muy pequeño… creo que se consiguió artículos de uso personal y no recuerdo si hubo documentos identificativos…recuerdo que en uno de los allanamientos se consiguió una placa de un vehículo… eran cuatro viviendas, recuerdo que en dos viviendas se localizaron los objetos… dependiendo del uso que uno le de a la casa…nosotros no tuvimos que utilizar la fuerza para acceder al interior de los inmuebles…en dos de los inmuebles solamente fue que se colecto los objetos en los otros dos no… no se utilizo ningún tipo de fuerza para acceder a los inmuebles…no recuerdo quien era el propietario… todo eso reposa en actas, hay que tomar en cuenta que estamos hablando de hace años no de una semana…habían dos viviendas donde habían objetos relacionados con el robo del Hotel América, recuerdo que en una de las casas era donde estaban las chaquetas negras era la casa de J.L. Pacheco…De seguida pregunta el defensor Abg. V.C. (quien asiste a los acusados I.G.M. y acusado J.L.P.G.), a las que les respondió: No recuerdo si fueron 4 o 5 las viviendas allanadas…una de las residencias a allanadas eran del investigado J.L.P., pero los otros inmuebles no recuerdo le mentiría si digo otros nombres… recuerdo los objetos un radio reproductor de casette, un bolso de color azul, unas botas deportivas, unas chaquetas de color negro…de las casas allanadas solamente en dos residencias se encontraron objetos…lo que si recuerdo porque son los objetos la chaqueta localizada en la casa de J.L. Pacheco… en dos residencias fue donde localizamos objetos… cuando se solicito los allanamientos se solicitaron para todas las casas que estaban ubicadas en ese sitio, para el momento todos eran familiares, parientes…el Fiscal solicito al Juez de Control de Guardia quien autorizo los allanamientos… no estoy seguro si fueron 4 allanamientos, se que de 4 a 5… no recuerdo si habían habitantes de otra familia, se que la familia Pacheco… En este estado se deja constancia que el Fiscal Segundo del Ministerio Publico exhibe a las partes la evidencia física de un bolso tipo estuche de color azul y un bolso elaborado en material sintético de varios colores, amarillo, azul, negro y rojo con la inscripción Gobierno Bolivariano Apure. De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: Este es (señalando el bolso grande) identificado con planilla de custodia P-1390, evidencia Nº 04, bolso color azul, rojo, amarillo y negro… De seguida el defensor Abg. S.Q. (quien asiste al acusado I.B.), no realizo preguntas. A las preguntas de la Juez respondió: Eso fue el 17 de diciembre del año 2005… esos allanamientos fueron de 10 o 11 de la mañana en adelante… y en todo momento estuvo el representante del Ministerio Publico Dr. R.D. y los testigos…Es todo.

  20. - Testimonio del funcionario F.A.G.A., venezolano, de 45 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.785.028, Investigador Funcionario del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub delegación Trujillo, con 24 años en la institución, previo juramento de ley, expuso: Realice una Inspección técnico Criminalística, eso fue subiendo por la plazuela, fuimos hasta allá, por la carretera vieja de Bocono, en un barranco localizamos un vehículo, tuvimos conocimiento que se encontraba en ese sitio el vehículo de una victima de un robo ocurrido en el Hotel América…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: Las características del vehículo no las recuerdo… recuerdo que era de color rojo…se que era el vehículo de la victima porque las características coincidían con el vehículo que fue robado en el Hotel América…el vehículo fue localizado en la carretera vieja Trujillo-Bocono subiendo por la plazuela… en el vehículo no encontramos ninguna evidencia… el vehículo estaba como oculto en un barranco y se saco con una grúa…la victima reconoció el vehículo incluso el hijo de la señora estaba en el sitio el señor J.L., propietario del hotel… el hijo de la señora del hotel fue el que reconoció el carro…no recuerdo con que funcionario fui hacer la recuperación de ese vehículo…luego de que fue recuperado el vehículo y reconocido por la victima se traslado al despacho hacer la experticia…no se que arrojo esa experticia… De seguida pregunta el defensor Abg. S.Q. (quien asiste al acusado I.B.), a las que les respondió: el vehículo estaba en un barranco…no tuve conocimiento en ese momento de quien había sido el autor o participe de ese delito… El Defensor Privado Abg. V.C. y la Juez no realizaron preguntas.

  21. - Testimonio del funcionario MUNIR DAOOD EL SOUKI SAAVEDRA, venezolano, de 38 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.317.813, Funcionario del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Trujillo, actualmente Jefe del Área Técnica, con 16 años en la institución, quien realizo Avalúo Real de algunos objetos, previo juramento de ley, quien expuso: Recuerdo el caso que yo practique el ATD el análisis de trazo de disparo…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: No recuerdo que practique un reconocimiento a unos zapatos marca Loblan…en cuanto a los objetos relativos al robo ocurrido en el Hotel América, se que el funcionario J.B. estaba en ese caso… En este estado se deja constancia que el Fiscal Segundo del Ministerio Publico exhibe a las partes la evidencia física un par de zapatos marca Loblan, color marrón y beige, talla 41. De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: Yo recuerdo los objetos porque eso se hizo en el área técnica… si vi esas prendas en mi oficina pero no recuerdo haber hecho ese avalúo yo…no recuerdo ninguna chaqueta de color negro ni beige… Los Defensores Privados Abg. V.C. y Abg. S.Q. no realizaron preguntas. La Juez no realizo preguntas.

  22. - Testimonio de la Doctora M.A. venezolana, años 49 de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5494390, medico cirujano anatomopátologo, 20 años como medico y 8 años especialista en anatomía patológica, quien una vez que reconoció su firma y contenido y previo juramento de ley, una vez que se le dio lectura, expuso: el día 17-12-05 se realiza la autopsia…. A un cadáver de sexo masculino…. Por una herida de arma de fuego….De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: …de la revisión externa del cadáver por lo general cuando yo realizo la autopsia ya al cadáver le han hecho otras experticias…por lo general se recibe el cadáver desnudo, se extrae de la cava y se coloca en el mesón… los cadáveres se colocan en conservación en un cava…. Si fue a las 9:00 de la mañana del día 17-12-05…al final del protocolo la data de la muerte era de 6 horas…existían livideces móviles, por error de transcripción…los fenómenos cadavéricos se instauran al comienzo de la muerte…las primeras 3 horas la rigidez es muy intensa posterior a las 3 horas comienza la movilidad de las livideces y posterior a las 24 horas es que comienza la fase de putrefacción…en este caso no había llegado el cadáver a la fase de putrefacción…la data podría estar entre 3 a 6 horas…la región escapular derecha esta en la espalda…se observó una herida producida por el paso de un proyectil de arma de fuego…ovoide quiere decir ovalada…el plano de penetración en el cuerpo influye en la forma del orificio cuando es completamente perpendicular generalmente es redondo…es un orificio de entrada, son lesiones contuso penetrantes, en este caso es ovoide, presenta lesiones escoriadas ( halo de contusión asimétrico producido por el proyectil que choca con la piel y vence la resistencia de ella)…en este caso no hay orificio de salida, lo que se consigue un canal sin salida….no tengo duda de que estamos en presencia de un orificio de entrada de distancia mayor de 60 centímetros del área anatómica del cuerpo afectada y la boca del cañón del arma de fuego accionada…el halo de contusión es asimétrico, se corresponde con el orificio de entrada ojival u ovoide…presenta excoriaciones en el brazo izquierdo, cadera izquierda, cara anterior externa de la rodilla izquierda y en la cara lateral de la rodilla derecha…la equimosis son derrames de sangre por debajo de la piel…La equimosis son lesiones contusas que se acompañan por derramamiento de sangre en las partes blandas de la piel (morados) presente en la región trapezoidal derecha (del cuello al tórax)…ambas lesiones eran recientes, excoriaciones y equimosis…esas lesiones fueron pre- morten…. Si, la persona estaba viva cuando recibió los golpes, no tengo duda de eso…… son lesiones vitales…. Son lesiones que ocurren en vida que son lesiones vitales a diferencia de la lesión en un cadáver que se llamaría apergaminadas…si pudo haber sido estas excoriaciones por una fricción con el pavimento, por caída…A nivel de cuero cabelludo no había lesiones… forma parte de la experticia que realizo describir las parte interna y externa de la trayectoria…al examen interno no presenta lesiones a nivel de la cabeza, en relación a la trayectoria interna…el orificio de entrada por debajo de lo conocido como la paleta…perfora la columna (7º columna vertebral), lesiona la medula…penetra la cavidad toráxico…perfora la arteria aorta descendente…hacia el lado derecho de la aorta está el esófago y al lado izquierdo está el corazón…hay lesión en el ventrículo derecho del corazón…sigue y consigo lesión en la aurícula izquierda del corazón…luego lesiona el hilio izquierdo pulmonar, se consiguió hematomas…el hilio lo componen las venas…lesión del lóbulo inferior izquierdo…lesión del 4º espacio intercostal izquierdo…en la línea clavicular, ese espacio fue fracturado para finalmente alojarse en la parte blanda de la región pectoral izquierda..se extrajo el proyectil deformado de color gris…las lesiones de los grandes vasos (arteria Aorta) la lesión del corazón, se consideran heridas mortales…en el cadáver no se observo ninguna sustancia etílica, presencia de alcohol…De seguida la defensa no tiene preguntas ni el Tribunal. Es todo.

  23. - Testimonio del funcionario M.C.R. venezolano, años 44 de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5789282, jefe de la subdelegación del CICPC el Vigía, 24 años de servicio, quien una vez que se le informo del acta la cual no fue admitida por el tribunal de Control para su exhibición, y previo juramento de ley, expuso: estuve en un allanamiento que se hizo cerca de un rio, sector El tendal, habían 4 residencias, en dicho allanamiento se encontró, guantes, chaquetas, bolsos, pasamontañas…Gorras…bolsos grandes, el cual tenia que ver con algo de deporte del Estado Apure…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: …..si, esa visita fue bajo la orden de un juez…si, se llevo testigo…para ese momento estaban ahí unas personas…y se decía que en ese sitio habían matado a un muchacho, entonces la comunidad arremetió contra esas casas…Yo no estaba ahí en ese momento, pero incluso como que tumbaron una pared…Si mal no recuerdo fue a 4 viviendas que se les hizo la visita…Estaba Gudiño y C.A.… recuerdo a ver estado en una casa que tenia un pasillo, se encontró un bolso… era de color azul, grande…no recuerdo en cuales de esas vivienda fue que se encontró el bolso, creo que las casas se comunicaban por la parte de atrás por el río, una de la casas era de la esposa de uno de los policías, creo que de Isaac….. el motivo de la visita fue por un robo que ocurrió cerca de tres esquinas en un hotel… si, el allanamiento tenia que ver con el robo, se buscaba en esa casa, vestimenta de los deportista que habían robado… implementos deportivos relativos a unos levantadores de pesa, como carteras, bolsos…creo que uno de los deportista reconoció la cartera y gorra de andes 2005…era de color beige la gorra… y las letras de andes 2005…se encontraron guantes, pasamontañas la cual no recuerdo si estaba en el bolso o en una de las residencias…en ese momento había mucha gente por fuera de las casas que quería entrar y había que controlar para que la gente no entrara…El muchacho delgadito que era policía del estado se llamaba Isaac, y estaba la esposa también…si Isaac estaba uniformado ese día…uniformado de la policía…según los comentarios el no tenia conocimiento de eso, por la situación que las viviendas en la parte de atrás se comunicaban…hubo una vivienda que si se preguntó por las llaves…no recuerdo quien entregó las llaves… una señora del hotel reconoció algo de allí de ella…..la señora del hotel unas de las victimas…De seguida pregunta la defensa Abg. V.C. a las que les respondió: …si, eso fue al lado de río…. Creo que fue cuatro viviendas las allanadas, si eran de diferentes propietarios pero de una misma familia…yo no busque a los testigos, de eso de encarga la comisión…..al parecer ese día estaban bebiendo por ahí y sin querer dispararon y hirieron a un muchacho, de ahí es donde llaman y dicen que familiares y amigos de la victima iban a tumbar la vivienda de los implicados…Lo que desencadena que los vecinos arremetieran con los que vivían en esa casa…..si, solo se que dispararon y que estaban celebrando algo… si, a mi me llaman y me dicen que encuentran un bolso en la casa de Isaac donde estaba la gorra andes 2005, uno guantes y una chaqueta, unos cinturones, no se si había otra cosa….. no puedo decir que fue lo que reconoció la señora…. Se que esa casa era del muchacho joven flaco que se llamaba Isaac estaba…creo que es marido de una de las muchachas Pacheco…allí cuando estábamos no llego ninguna de las victimas, fue al CICPC que llegaron…en esas viviendas habían e.d., casi ninguno de los varones estaba…una de las casas tenia una pared derribada por la comunidad… en la casa donde estaba derribada la pared no se encontró algún objeto, los objetos se encontraron en la casa donde costó encontrar la llave…yo no entré a esa casa, yo entré donde estaba el bolso en la parte posterior…estaba en un espacio techado…por ahí el obstáculo era el río…Pregunta el tribunal…….yo entre al lugar porque me llamaron…. Ahí se demoraron para entregar la llave, no entre a la habitación…. No estoy, seguro pero yo no tome ninguna de las evidencia, el bolso estaba en la parte posterior de una de las viviendas…..si, en una pared que se comunica con otra vivienda, se que el bolso contenía, la gorra, un guante y cinturón…esas casas estaban muy cercas, eran cuatro residencias…..la comunicación con una casa y otra era por medio de una pared que era por la mitad…. No recuerdo el día, la visita fue de día, había mucha gente afuera…. Las personas estaban agresivas… había indignación por parte de los vecinos… pedían que se hiciera justicia por la muerte del muchacho… es todo.

  24. - Testimonio del funcionario A.B.S.E. venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 12941120, quien una vez que reconoció su firma y contenido y previo juramento de ley, expuso: narró sobre la experticia hematológica Nº 3213 de fecha 30/03/06, suscrita por su persona…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: …soy agente de investigación en el CICPC,… si reconozco el contenido y firma de la experticia…Experticia que fue ordenada…..si, bajo una cadena de custodia…se trata de un trozo de cinta adhesiva que presenta costras…las costras se encontraban sobre un trozo de cinta adhesiva…generalmente se utiliza para embalar objetos…si, se utiliza el método de certeza…hay un método que me indica que efectivamente estoy en presencia de sangre…. Sigue siendo una experticia de orientación la cual dio positivo…. El método de tacayama y el método de Teischman se utilizan…. Si, ambos de certeza…. No tengo duda de que esa sustancia era sangre…. Aun cuando no este plasmado en la experticia quiero que sepan que se hizo el método de teischman…. Donde se concluye que la sangre que se trabajo era sangre humana…luego se procedió a determinar lo que era el grupo sanguíneo…. Con dicha experticia se determino si es sangre, y a que grupo sanguíneo pertenece…grupo sanguíneo B…El factor en este caso no se determina en virtud de que estamos en presencia de sangre seca…De seguida la defensa no tiene pregunta. De seguida pregunta el Tribunal a las que le respondió…solo me remito a lo solicitado en la experticia, es todo.

    La presente experticia se refiere a la presencia de costras de sustancia color pardo rojiza en un trozo de cinta adhesiva en la que concluye el experto que se trata sustancia de naturaleza hemática correspondiente al grupo sanguíneo B; sin embargo del restante de las pruebas recepcionadas no consta donde fue colectada la evidencia lo que impide ser concatenado con los mismos, no siendo útil para fundamentar el presente fallo.

  25. - Testimonio del ciudadano PEÑA Y.A. venezolano, de edad 24 años, titular de la cédula de identidad Nº 18035283, expuso no tener ningún parentesco con los acusados, y previo juramento de ley, expuso: yo estaba trabajando en el hotel América cuando llegaron un señor y una chama a alquilar una habitación, se las alquile, después llegaron dos sujetos mas con pasamontañas, me pidieron la llave del apartamento de la dueña que estaba ahí mismo, subieron…me preguntaron que donde estaba la plata…se llevaron el carro el carro de la dueña…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió: …era recepcionista ahí en ese hotel… se llamaba hotel América…se encuentra ubicado en la peña de Tucu Tucu, ya esta cerrado…mas abajo esta tres esquinas…queda a mano derecha subiendo de Valera a Trujillo…. No, ese lugar ya no funciona…tenia la planta baja, primer piso y la mezanine arriba que tenia dos cuartos…yo ahí tenia laborando como dos años…. Yo atendió los clientes que llegaban…. Si, exacto yo verificaba las habitaciones…les entregaba las llaves a los clientes...no recuerdo la fecha de los hechos… eso fue entre nueve y diez de la noche…. si, ese día estaba trabajando como recepcionista…Si, ese día se hospedaron tres personas que participaban en los juegos de Judenatru…. Exactamente no recuerdo de donde venían esas tres personas…eran hombres…. Ellos me dijeron que eran deportistas que venían a los juegos de Judenatru…ellos se quedaron en la habitación numero tres… esa habitación quedaba en el primer piso a mano derecha buscando la puerta principal…la jefa mía era la señora M.V.… ella era la dueña del hotel…Si, ella estaba ese día en el hotel… ella venia de vez en cuando de Barinas y se quedaba ahí, pasaba vacaciones ahí…era primera vez que pasaba eso desde que yo estaba ahí…antes cuando eso era deposito había ocurrido un hecho similar…como hotel no…para entrar a la recepción se entra directamente, porque las puertas estaban abiertas…yo estaba en la recepción al momento de los hechos…los que llegaron primero si se les veía la cara…un hombre y una mujer…los otros no porque estaban encapuchados…el que se veía era de mi estatura, un poco mas gordo, moreno…. No, no lo volví a ver…no le se decir si esta aquí presente…..no, esta presente……ellos lo que me dijeron, el hombre me dijo que me quedara tranquilo que esto era un atraco…Ellos tenían un arma, si me apuntaron con el arma…Me quede quieto ahí…como a los tres minutos, llegaron las otras personas encapuchadas…con pasamontañas, trapo negro…..no recuerdo algún detalle de cómo estaban vestidos…uno se quedo conmigo abajo y los otros subieron para el apartamento de la señora María…se que era un hombre el que se quedo ahí conmigo pero no se si tenia pasamontañas porque me tiraron al piso…ellos me pidieron que llamara a la dueña…me dijeron que si tenía las llaves del apartamento y ahí estaban y se fueron para allá…uno me golpeó (señala la espalda)… si, ellos encontraron a la señora Maria…. No supe que le hicieron porque ella estaba arriba y yo estaba abajo…después que ellos se fueron si vi a la señora María…me pedía que la sacara porque la habían dejado encerrado en el apartamento…. Si, la vi y estaba golpeada…si, ellos se fueron en el carro de la señora Maria que era un Corolla…ella me dijo que le habían quitado las prendas…los deportista también fueron golpeados, uno fue golpeado…si, ellos me dijeron que les habían quitado el dinero que cargaban…No pude observar si todos se fueron en el carro de la señora… no, a mi no me quitaron nada…Si, fui solo golpeado, mas no me despojaron de prendas ni de dinero….si, después se puso la denuncia como a las doce o una de la mañana al CICPC…De seguida pregunta la defensa ABG V.C. a las que le respondió…..si, llego primero un hombre y una mujer, el hombre estaba armado…ellos no llevaban pasamontañas…yo estaba en el cuarto donde atendía a la gente…ellos me dijeron que le alquilara una habitación y me pidieron que cerrara el portón…primero llego la mujer y el hombre…y me pusieron hacia la pared…cuando llegaron los otros me tiraron al piso y subieron, porque se oían las escaleras…después que me tiraron contra el suelo, se que subieron porque se oían las escaleras de hierro que subían y bajaban...yo mido 1.70 mas o menos…No veo en esta sala la persona que en ese momento no tenia pasamontañas…no pude ver cuando subieron a la habitación donde estaban los deportistas…no pude ver que se llevaron en sus manos porque me metieron en el cuarto donde yo atendía…no, nunca oí decir que la dueña conocía alguna de esas personas…De seguida pregunta la defensa ABG S.Q. a las que le respondió…..yo trabaje ahí como constructor y después como recepcionista desde que abrieron el hotel…Si, conocía las reglas de ese hotel…. Se que el hotel no se hacia responsable por lo objetos dejados en las habitaciones…no le se decir si el hotel se hacia responsable de lo que se perdió ese día del hecho…es todo. De seguida pregunta la defensa ABG L.D. a las que le respondió….eso fue entre nueve y diez de la noche, mas o menos…Es todo. De seguida pregunta el Tribunal a las que le respondió…mi horario era de 5 y media de la tarde a seis y media de la mañana, laboraban dos personas como recepcionistas diariamente y una persona que iba los domingos… yo trabajaba todos los días incluyendo los domingos…Yo trabaja todas las noches de lunes a lunes, a veces me daban un día libre…primero el hotel tenia 5 habitaciones y después tuvo 7 habitaciones…En la oportunidad de los hechos tenia 7 habitaciones…tenia tres puestos de estacionamiento de carro…solo para tres vehículos, en ese momento no había vehículo…solo estaba el de la dueña, creo que era de color vino tinto…Yo trabaje como tres meses mas ahí después de los hechos y después me retire porque me salio un trabajo mejor… si he tenido contacto con la señora Maria por teléfono, ahora no funciona ese hotel…Primero llego un hombre y una mujer, después llegaron dos hombres…Yo estaba en la recepción que es un cuartico…si, las personas entran hasta donde estoy yo…Al salir yo a cerrar el portón del estacionamiento, habían tres portones, es que me tiran en contra la pared…Los tres portones dan acceso a la recepción…Era un portón corredizo que se ala de arriba hacia abajo…el me dijo cierra el portón pa que no se me vea el carro…yo no vi ni sentí otro carro afuera…fue cuando Salí de la recepción… en ese momento como a las tres minutos llegan las otras personas, me preguntaron que donde estaba la dueña…Y me dicen que me tire al piso, no se cual de ellos de quedo conmigo porque yo estaba boca abajo en el suelo…el apto donde estaba ella era aparte de las otras 7 habitaciones, si ella dejaba las llaves ahí porque ahí estaba la nevera…ella estaba sola en ese momento, ella debe tener como casi 60 años…el apto de ella esta en el primer piso, ese día la habitación tres era la única que estaba ocupada, que eran los tres hombres que eran los deportistas de judenatru…No recuerdo de donde venían…Si, eso fue entre nueve y diez de la noche, si yo fui con la señora a poner la denuncia, hacia San Jacinto…nos auxilio unos PTJ que bajaron y ahí mismo nos trajeron pa acá arriba en San Jacinto…si, la señora Maria tenia la nariz golpeado, y uno de los deportistas estaba lesionado en la cabeza… no se con que lo lesionaron pero se que tenia rota la cabeza…. Ellos dijeron que lo habían despojado de dinero, no escuche mas nada, es todo. Seguidamente pregunta nuevamente la fiscalía a la que le respondió…. Esas personas estuvieron bastante ahí, ellos se fueron como a las diez y pico casi a las onces de la noche…. ellos me preguntaron a mi en que habitación estaba la gente…me preguntaron que habitaciones estaban ocupadas y se veía donde están las llevas que faltaban solo la de las tres, no creo que ellos revisaron las otras habitaciones…. De lo que yo sepa ellos solo se llevaron dinero…El dinero de los deportistas y de la señora Maria la joyas…. De lo que yo vi no se llevaron mas nada… es todo.

  26. - Testimonio del funcionario P.E.J. venezolano, de edad 35 años, titular de la cédula de identidad Nº 11652873, Inspector Jefe del Área de microscópia electrónica CICPC Caracas, 10 años de servicio, y previo juramento de ley, y una vez que reconoció contenido y firma expuso: dio explicación de lo que significa una experticia…Las armas de fuego, dentro de sus componentes está el proyectil…puede al impactar ocasionar daños, incluso la muerte...en cuanto a la pólvora esta relacionada con otros elementos…el fulminante posee elementos químicos muy particulares…Todo depende su mecanismo, bien sea pistola, revolver, entre otros…la deflagración violenta genera gases…los residuos provenientes de la deflagración de la pólvora…la dispersión de la pólvora (nitratos y nitritos)…en cuanto a la experticia elaborado por mi persona, se detecto la presencia de los tres elementos químicos que la componen como son el Antimonio, balio y plomo…deben estar los tres elementos juntos…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió:…… si, es un resultado de certeza lo que arroja la experticia…al detectarse esos tres elementos es indicativo de que se ha efectuado un disparo por arma de fuego...una vez que el funcionario de Trujillo colecta la muestra en este caso del ciudadano J.L.P., se detecto los elementos necesario en la muestra, pero no me puedo dirigir directamente a dicho ciudadano…ya que a mi solo me suministran la muestra colectada, por lo que el funcionario Souki Mounir es el que podría decir si corresponde al ciudadano J.L. Pacheco…en este caso el tribunal o MP son lo que pueden solicitar a la persona que colecto la muestra como lo hizo…se colecta primero el región dorsal de ambas manos, porque lógicamente quien toma un arma la toma por la empuñadura, se dice que el 90% se disemina entre la región dorsal y el restante en el arma…al efectuar un disparo…se producen dos fenómenos…la pólvora queda tanto en el que produjo el disparo como en el que se encuentra cerca de quien efectúo el disparo…el elemento individualizante esta en el efecto de ignición…el estudio del fulminante mediante la presencia de iones nitritos y nitratos es de orientación a diferencia del estudio a través de la vía microscopia electrónica cuyo resultado es de certeza…cuando falta alguno de los elementos individualizantes se concluiría que no estamos en presencia de un disparo por arma de fuego…lo que data la certeza es la morfología de esa partícula…de forma circular, esférica, bastante redonda, mas el análisis químico y la experiencia del experto, se concluye de certeza el resultado…en la misma esfera o partícula se encuentran los tres elementos (antimonio, plomo y balio)…las partículas son metálicas…el formato incluye la fecha de colección de la muestra y la fecha del hecho que fue el 16 de diciembre y la colección de la muestra fue el 17 de diciembre…por lo que cubre las horas necesarias para hacer la experticia, no paso cuarenta y ocho horas…se tiene pautado como norma según los parámetros establecidos en el CICPC área de microscopia electrónica 72 horas a partir del momento en que se cometió el hecho y la toma de la muestra…De seguida pregunta la defensa ABG V.C. a las que le respondió…porque yo me baso en una muestras recibidas por el funcionario Souki Mouner…por lo que no puedo individualizar que el fue o no el que disparo…. No, en absoluto, no puedo decir si la muestra era del ciudadano J.L. Pacheco…en este caso el funcionario Souki Mouner es el que puede decir de donde tomo la muestras…El tribunal no tiene preguntas.

  27. - Testimonio del ciudadano CARDOZA A.W.A. venezolano, de edad 24 años, titular de la cédula de identidad Nº 16851610, expuso no tener ningún parentesco con los acusados, y previo juramento de ley, expuso: los hechos fuero en el 2005 cuando llegamos acá para un competencia de los Juegos Nacionales, nos quedamos residenciado, pero no recuerdo el nombre de la residencia, eso fue como de diez y media a once, en eso nos llegaron tocando la puerta y nos dijeron que fuéramos a recepción para hablar con la dueña…mi compañero le dijo que, que mañana…en eso cuando uno de mis compañeros se paro le dieron una patada a la puerta, le dieron con una cacha por la cabeza, le hicieron una cicatriz, le cayeron a patadas en el piso, a mi me encañonaron…y me dijeron que si no entregábamos el dinero nos iban a matar…en eso nos amarraron con cinta plástica y nos agredieron y nos dijeron que nos iban a matar… un compañero dijo que ahí estaba todo, prendas, zapatos….se llevaron todo, prendas de vestir, zapatos…y dijeron que si gritábamos subían para matarnos…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió:…dos de esas personas cargaban capuchas…como medias negras que se colocan en la cabeza que le abren unos huecos, como un pasamontañas…no nunca se los quitaron… después entro otro que no cargaba…si, en total eran tres sujetos…Otra cosa en la parte de afuera de la habitación se escucho la voz de una dama, mas no la vimos porque estábamos amarrados…ella no se metió para la habitación…a los tres nos amarraron con cinta plástica…si, le vi las facciones a la persona que no tenia capucha, pero ha pasado tanto tiempo…Una de esas personas tenía unas botas…que cuando a esa persona la aprehendieron en la policía yo pude reconocerlo…son botas Loblan pico puyudo…eran de cuero… esa personas fue el que le cayó a patadas al compañero mío, ese no cargaba capucha…si, esa persona que no tenia capucha si esta presente en esta sala (señala al acusado J.L.P.)…Si, esa persona estaba armada…los tres estaban armados…golpearon a un tío mío que es el entrenador de nosotros de pesas, J.A.…primero entraron los encapuchados y luego al mucho rato este señor…eso fue sorpresivo, relámpago…todos armados…cuando yo observé que le estaban dando patadas a mi tío me paré y me apuntaron y me dijeron que me iban a matar…el otro compañero llorando les decía que no me mataran, yo pensé que ese día era el final de nosotros tres…Ellos eran muy agresivos…Uno no puede hacer nada con tres personas armadas…y hoy día le doy todos los días gracias a mi dios por estar vivo después de eso…Nos quitaron el efectivo que era un aproximado de un millón y pico que eran los viáticos que nos había dado la federación…se llevaron una chaqueta de unos basketbolistas, era negra, unos compañeros…un par de zapatos New Balan…eran míos…uno bolsos., cinturones, pesas…Los bolsos decían Apure y su logotipo….después que las consiguieron nosotros las reconocimos en la PTJ…la federación nos da un koala y ahí cargaba el dinero…yo escuché en la PTJ que decían que estos mismos sujetos estaban involucrados en la muerte de un muchacho…las cedulas no se las llevaron…en ese momento que atracaron, atracaron a una señora y se llevaron el vehículo que ella tenía, un corolla…en ese vehículo se fueron…Nosotros andábamos en un Neón del cual se habían desaparecido las llaves… después la policía nos dio la llaves para poder irnos…Yo me fui para Apure con una bermuda y uno shorts…de verdad no recuerdo el numero de la habitación donde estábamos, esa residencia tenia muy pocas habitaciones, era muy pequeña la residencia…en ese momento no habían mas personas hospedadas en ese hotel, sólo nosotros, estaba el recepcionista, nosotros y la señora…No estoy seguro para decir la hora exacta…eso fue de 10 a 11…eso fue sorpresivo para uno…no estoy seguro de decir la hora exacta…si, aparte de mi tío también golpearon al otro muchacho y a la señora…nos amarraron con cinta plástica… era imposible desamarrarnos…intenté romperlo…si, el recepcionista subió y nos soltó…el tío mío se estaba ahogando con la sangre de el, a el lo tiraron en una colchoneta, el estaba amarrado y la sangre la tenia en la cara, el es mi tío y el entrenador…a la dueña del hotel se le perdió un plata y el carro, pero no le se decir que mas…De seguida pregunta la defensa ABG V.C. a las que le respondió…..si, yo estaba en la habitación con dos compañeros mas… estábamos acostados…al momento en que ellos entraron encendieron las luces…yo ya me estaba durmiendo…en eso se escucho el golpe en la puerta…ahí había una cama…. Nosotros hablamos con la señora, cargábamos dinero, por lo que le pedimos que nos metiera una colchoneta para dormir todos ahí…me amarraron las manos y los pies…no me taparon los ojos…Cuando entran y le dan el cachazo a mi tío, le cayeron a patadas…a ninguno de los muchachos le taparon la cara…los dos primero que entraron fueron con capucha, no le deseo a nadie esa experiencia, es un momento impactante que no da tiempo de nada…después que le dieron a mi tío, uno de los encapuchados que le dio por la cabeza, el otro señor pa completarlo le cayó a patadas…le tiraron una sabana encima y con la sangre se estaba ahogando…Al otro compañero que andaba conmigo lo hirieron pero leve, esa gente estaba totalmente agresiva, hasta dijeron que nos iban a matar…Eso fue rápido…ellos entraron y se fueron, al rato volvieron a subir otras vez…la mujer decía ya, vámonos, vámonos…el señor entró sin capucha y permaneció sin capucha…los demás permanecieron con la capucha…no puedo decir cuanto tiempo exactamente permanecieron ahí…menos de media hora…Es todo.

  28. - Testimonio del ciudadano DIAZ DELGADO J.C. venezolano, de edad 24 años, titular de la cédula de identidad Nº 16217251, expuso no tener ningún parentesco con los acusados, y previo juramento de ley, expuso: eso fue un día antes para la competencia de los juegos nacionales, la selección se encontraba concentrada en la puerta…me ataco el frío porque no estoy acostumbrado…el entrenador tomo la decisión de hospedarnos aquí ya que el clima era más cálido…la primera noche todo bien…La segunda noche me acuesto, el entrenador me da los respectivos masajes y me pone un relajante muscular para la noche…. aproximadamente de diez a diez y media de la noche, nos tocan la puerta de la habitación, contesta mi entrenador “que quiere”….mira chamo que la señora quiere hablar contigo abajo…le dijo mañana hablamos, yo hablo con ella mañana…después dijeron que tienen que mover el carro, le respondió que el lo movía mañana…como a los 10 segundos tumban la puerta…al entrenador lo golpean y lo tiran al piso…le cayeron aproximadamente como tres minutos de puras patadas, le tiraron una sabana encima…entraron dos y le cayeron a patadas al entrenador…Al compañero mío que estaba en el suelo se le montaron en la espalda porque estaba poniendo resistencia, uno de ellos el que cargaba unas botas vaqueras de punta era el que daba la orden de que lo mataran…decía mátalo, mátalo… se escuchaba la voz de una mujer…luego como vieron las maletas que decían Apuren nos preguntaron que si éramos de Apure, y nosotros decíamos que si, pero el hombre seguida diciendo que nos mataran…le ponen una almohada a mi compañero en la cabeza el que tenía sobre la espalda y lo apuntaba… yo le suplicaba que no lo mataran… yo le dije donde estaba el koala que era donde estaba la plata, el otro se sentía que estaba recogiendo…agarraron el koala, pero siempre con la orden de que lo mataran, que le dieran un tiro, luego mandó que nos amarraran…el que me apuntaba decía si te mueves te mato…me dicen pon las manos en las espaldas…me era difícil ajuntar las manos en la espalda…después amarraron a mi entrenador y se fueron saliendo…se escuchaba la risa de la mujer…el que nos amarro dijo ahorita vengo y si los encuentro soltados los matos…. Mi compañero empezó a desamárrame con los dientes, y yo le dije quédate quieto que esos vuelven, y fue así volvió a ver si nos habíamos desamarrado, quedamos amarrados como 5 minutos, y el muchacho de la recepción asustado casi llorando nos soltó… vimos a la dueña del hotel que también la golpearon, estaba llorando, y nos invito a que fuéramos a la PTJ a poner la denuncia y fuimos… se que eran altas horas de la noche mas no recuerdo las hora… cuando yo estoy hablando que están copiando la denuncia ala en la PTJ, llega un funcionario y dice que acaba de suceder un homicidio…Nos llevaron de nuevo pa el hotel…La federación me presto lo que necesitaba para competir… pero eso nos perturbo psicológicamente y no pudimos competir bien… al finalizar la competencia llego unos funcionarios de la PTJ y nos dicen que habían atrapado a uno de los hombres…mis otros dos compañeros si los acompañaron…de allí me llevaron a la puerta me practicaron la asistencia medica necesaria…Después nos dicen que teníamos que quedarnos por medio de citación… ya casi toda la selección se había ido, y si mal no recuerdo era 22 de diciembre y todavía estábamos aquí con esto, después me llegan varias notificaciones a mi residencia…después me llamaron para un reconocimiento y se suspendió…Y después no asistí mas porque son casi 16 horas de donde yo vivo aquí, y aquí me siento muy inseguro porque no se que me va a pasar como testigo…Vine porque la boleta decía que era obligado…me asesore y me dijeron que era obligatorio que tenia que venir…De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió:…en si la fecha exacta no recuerdo…fue en el mes de diciembre, 2005, un día antes de la competencia…uno de ellos tenia la cara cubierta con una capucha gris, si había uno descubierto la cara…no alcance a verlo muy bien porque yo le veía por el espejo…De verdad que no recuerdo si esta aquí presente…porque yo quede en show, estaba asustado porque pensé que me iban a matar, que iban a matar a mis compañeros, lloré les pedí y suplique que no me mataran y les dije donde estaba la plata en un koala era tricolor y decía fundapure 2005…si fue recuperado ese koala por la PTJ…yo lo reconocí como mi koala...Se llevaron mi zapatos de pesas, mi bolso de mano que es tricolor, la insignia Fundapure 2005 y decía J.A.G. Gobernador…los reconocí en la PTJ, también reconocí mis zapatos deportivos y el bolso grande…si de mis compañeros se llevaron ropas, zapatos y de todo…quedamos prácticamente con lo que cargábamos puesto…yo estaba en ropa interior…el hijo de la señora del hotel me presto un mono para salir…solo dejaron las maletas grandes negras…la señora dueña del hotel dijo que le preguntaron donde estaban las prendas…y se las llevaron… creo que también se llevaron el dinero que habían hecho del día… esas personas se fueron en el auto de la señora del hotel, era un Corolla vino tinto, si todos ellos estaban armados… el líder lo reconocí por su botas vaqueras con punta puyada….el daba la orden de todo…se decían guaro…y decían Apureños aquí lo que van a comer es candela…esa eran unas botas de color marrón con chapitas, con metal de cuero…de cuero…..allá en la PTJ mientras yo estaba declarando dijeron que acaba de suceder un homicidio pero no oí mas nada…De seguida pregunta la defensa ABG V.C. a las que le respondió….era como diez a once y media aproximadamente…la habitación estaba en el primer piso…ellos llegaron directamente y prendieron la luz… primero entro el que golpeo al entrenador, que estaba encapuchado, luego entro el otro que estaba encapuchado y el otro sin capucha…y se escuchaba la mujer riéndose…decía muchas groserías y le daba patadas…mi compañero se intentó parar el otro se le mentó en la espalda, él hacía que se iba a parar… Había una cama grande donde dormimos dos y había una cama pequeña a la izquierda donde dormía el entrenador…Primero golpearon al entrenador que fue el que se paro…el realidad no vi como cayó el entrenador yo estaba en la cama y el cayó mas debajo de la cama…se escuchaba la voz de una mujer…no la llegué a ver…ni por el espejo…ellos permanecieron como de 5 a diez minutos…estaban recogiendo todo...hubo uno que nos dijo si vuelvo y están desamarrados los mato…mi compañero con los dientes empezó a desamárrame, yo le dijo que no, vamos a esperar que esos vuelven, y así fue de una vez volvió a ver si estábamos desamarrados…. Desde ahí nosotros o sea el entrenador y ello no teníamos contacto, nos dejamos de hablar…ni siquiera en este viaje nos dirigimos la palabra…después de esos hechos tuvimos problemas personales…cuando ellos llegaron yo estaba dormido…. Solo escuche cuando tumbaron la puerta, y cuando se fueron eché un disparo al aire, se escucho lejos…supuse que era un disparo…yo me lo supuse…no lo comenté con nadie…al entrenador era al que le decían baje pa que mueva el carro…. Y el se negó…. Al pasar diez segundo aproximadamente y tumbaron la puerta…con el recepcionista no hablé mucho…la señora era la que me decía que me calmara que yo iba a competir…ella no comentó que conocía a esas personas…es todo.

  29. - Testimonio del ciudadano A.L.J.U. venezolano, de edad 43 años, titular de la cédula de identidad Nº 11241255, expuso no tener ningún parentesco con los acusados, y previo juramento de ley, expuso: nosotros somos tres amigos deportistas de Apure selección de pesas, que llegamos aquí en un hotel y el ultimo día de viernes para amanecer al sábado de 10 a 11:30 de la noche, nos tocan la puerta y nos dicen que baje que los llama la señora quiere hablar con nosotros… mis alumnos estaban dormidos ya…yo les dije que mañana hablábamos con ella…En eso tumbaron la puerta…uno se me vino encima sobre mí…me daban patadas por las costillas…me patearon con unas botas…le decía mata a ese desgraciado… eran tres….me dieron por la cabeza…el amigo mío le dijo llévense todo ahí esta todo…ahí está la plata…yo estaba sangrado…a uno de los amigos míos le pusieron una almohada en la cabeza, yo no lo vía me dijo el amigo…yo acostado decía pero ya, si ya estamos entregados no nos maten…nos amarraron con cinta plásticas con los brazos para atrás…. Después salieron y dijeron si alguno gritan lo matamos…. De seguida pregunta el Fiscal a las que les respondió:……eso hace cuatro años… en los juegos nacionales andes 2005…al otro día sábado en la mañana teníamos competencia…Mas o menos calculamos la hora…los amigos míos estaban viendo la novela…Antes de esa hora no fue…después fue que llegaron…no les pude ver la cara a ellos…los 3 tenían pasamontañas…yo vi las botas si…que voy a estar viendo yo en ese momento cuando me dieron el cachazo en la cabeza…los tres se vinieron hacia mi con la pistola, me dan el cachazo y una patada en el estomago…el primero que entró era pequeño, tenía unas botas de cuero puyadas…y decía maten a ese desgraciado…Lo único que oí en el momento porque yo caí al suelo era que pedían la plata y celulares… todos eso apareció en la PTJ…. Se que el me hirió en la cabeza era pequeño…no les vi la cara porque andaban con pasamontañas…me golpearon a mi nada mas…después fue que converse con la señora del hotel… a la señora del hotel la golpearon… que vamos a ver en que vehículo se retiraron, nos daba miedo hasta acercarnos a la puerta…Es todo.

    HECHOS QUE EL TRIBUNAL ESTIMA ACREDITADOS

    Partiendo en principio de los hechos atribuidos por la representación fiscal admitidos en su oportunidad por el tribunal de control respectivo en contra de los acusados J.L.P.G., por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto en el articulo 406 ordinal 1 (por Alevosía) del Código Penal, en perjuicio de R.C., LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES CALIFICADOS EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, en perjuicio de M.V., Y.P., J.A., y W.C., de conformidad con los artículos 416, 418 encabezamiento y 424 del código penal, y ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 458 del código penal, en perjuicio de M.V., W.C., J.C.D., J.A. y Y.P.; Y.G.M., por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, prevista en el articulo 470 del código penal encabezamiento e I.J.B.M., por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 458 del código penal, en agravio de M.V., W.C., J.C.D., J.A. y Y.P., y LESIONES PERSONALES LEVES CALIFICADAS en grado de complicidad correspectiva, previstas en el articulo 416 en concordancia con el articulo 418 y 424 del código penal, en agravio de M.R.V., W.C., J.C.A. y Y.P.. En relación a los hechos atribuidos al acusado I.J.B.M. se corresponden: “El día 17 de Diciembre del año 2005, aproximadamente a las 10:30 horas de la noche el ciudadano I.J.B.M. se hizo presente en compañía del ciudadano J.L.P.G. y de otros dos sujetos, en el hotel “América” ubicado en el sector peña de tucutucu, Trujillo Estado Trujillo y portando armas de fuego bajo amenazas de muerte; el ciudadano I.J.B.M. obligó a la ciudadana M.V.R. a que le entregara todas sus pertenencias incluyendo dinero en efectivo, logrando su cometido, pues, la despojó de tales objetos a la vez que la golpeó en la región facial, mientras que paralelamente a ello el ciudadano J.L.P.G. penetró en compañía de otros dos sujetos a la habitación marcada con el numero tres (03) del mencionado hotel donde se alojaban los ciudadanos W.A.C.A., J.C.D. y J.U.A., y con el mismo proceder, quiere decir, bajo amenazas de muerte y portando armas de fuego los despojaron de sus pertenecías y dinero en efectivo, golpeándolos en la cabeza con las armas de fuego que portaban, dándose posteriormente a la fuga en un vehículo Marca: Toyota, Modelo: Corolla, Placas: EAK-81I, luego de haber despojado del mismo a la ciudadana M.V.R. dueña del mencionado hotel.” En relación a los hechos atribuidos a los acusados J.L.P.G. e Y.G.M., se corresponden: “El día 17 de Diciembre del año 2005, aproximadamente a las 10:30 horas de la noche el ciudadano J.L.P.G. se hizo presente en compañía de otros tres sujetos, entre ellos uno de nombre ISIDRO, en el hotel “América” ubicado en el sector peña de tucutucu, Trujillo Estado Trujillo y portando armas de fuego bajo amenazas de muerte, obligaron a la ciudadana M.V.R. a que les entregara todas sus pertenencias incluyendo dinero en efectivo, luego de despojarla de tales objetos y golpearla por la región facial, penetraron a la habitación marcada con el numero tres (03) del mencionado hotel donde se alojaban los ciudadanos W.A.C.A., J.C.D. y J.U.A., y con el mismo proceder, quiere decir, bajo amenazas de muerte y portando armas de fuego los despojaron de sus pertenecías y dinero en efectivo, golpeándolos en la cabeza con las armas de fuego que portaban, dándose posteriormente a la fuga en un vehículo Marca: Toyota, Modelo: Corolla, Placas: EAK-81I, luego de haber despojado del mismo a la ciudadana M.V.R. dueña del mencionado hotel; posteriormente y cerca de las 11:30 horas de la noche de ese mismo día el ciudadano J.L.P.G., luego de una discusión con vecinos del sector El tendal, específicamente en la calle 24 de Julio del mencionado sector, ubicado en Trujillo, Estado Trujillo, desenfundó un arma de fuego del tipo revólver con la cual efectúo varios disparos, alcanzando una de ellos al ciudadano R.E.C.T., ocasionándole un herida en la espalda la cual le produjo la muerte de manera casi inmediata; posteriormente funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Estadal Trujillo, cuando realizaban las diligencias necesarias y urgente tanto del robo antes narrado como del homicidio y ejecutaban la aprehensión del ciudadano J.L.P.G., procedieron a practicar los allanamientos en las residencias del mencionado J.L.P.G. y en la de su cuñado ciudadano I.G.M., a los fines de lograr la captura de J.L.P.G., la cual había sido ordenada por el Juez de Control Nº 03, logrando encontrar en la casa de J.L.P.G., un pasamontañas color negro y un par de zapatos deportivos marca reebok color blanco y azul talla 41, y en la casa del ciudadano I.G.M., se encontró la cartera y la cédula de identidad de la ciudadana M.V.R., un par de zapatos deportivos marca Puma, una gorra con el logotipo “ANDES 2005” color gris, un par de vendas color negro y rojo, cinco conchas percutadas calibre 38 marca “cavim”, un guante de tela de color blanco con el borde de color negro, un pasamontañas de tela de color azul con dos signos de discontinuidad, un bolso tipo estuche color azul con la inscripción de “Gobierno Bolivariano FundeApure”, un rollo de cinta adhesiva marca “tartan”, una cartera marrón, objetos estos de los que habían sido despojados los ciudadanos M.V.R., W.A.C.A., J.C.D. y J.U.A. por el ciudadano J.L.P.G. en el hotel “América”, el día 17 de Diciembre del año 2.005”.

    Del cúmulo probatorio presentado en este debate oral y público, se constata que el día 16/12/05 los ciudadanos M.V.R., Y.P. se encontraban dentro de las instalaciones del Hotel América, ubicado en el sector Peña de tucutucu, Trujillo, Estado Trujillo, la primera en calidad de propietaria del inmueble y el segundo como recepcionista, al igual se encontraban hospedados los ciudadanos W.A.C.A., J.C.D. y J.U.A., deportistas, pertenecientes a la delegación Apure, con motivo de los juegos Nacionales Andes 2005, siendo el Estado Trujillo, sede de los mismos y aproximadamente entre las 9:00 a 10:00 de la noche llegan al lugar cuatro sujetos entre ellos una dama quienes portando armas de fuego y bajo amenazas de muerte, logran despojarlos de sus pertenencias y dinero en efectivo, causándoles lesiones en diferentes partes del cuerpo a los ciudadanos M.V.R., Y.P. y J.U.A..

    Lo anterior resulta acreditado de la declaración del ciudadano Y.A.P., quien manifiesta se encontraba laborando como recepcionista en el hotel América, el cual se encuentra ubicado en la peña de Tucutucu, mas abajo esta tres esquinas y queda a mano derecha subiendo de Valera a Trujillo y aproximadamente de nueve a diez de la noche no recuerda el día, llegan al lugar un señor y una chama a alquilar una habitación, se las alquiló le pidieron que cerrara el portón para que el carro no se viera y al salir de la recepción es cuando el hombre lo apunta con un arma de fuego y le dice que es un atraco lo colocan hacia la pared y después llegaron dos sujetos mas con pasamontañas, le pidieron la llave del apartamento de la dueña que estaba ahí mismo, el cual estaba en el primer piso del hotel, lo tiraron al suelo lo golpearon por la espalda y con él recuerda se quedó un hombre pero no logró identificarlo por cuanto estaba boca abajo, subieron los otros porque el escuchaba el ruido de las escaleras, señala que ese día se habían hospedado tres personas de sexo masculino que le dijeron que eran deportistas que participaban en los juegos de Judenatru y se quedaron en la habitación numero tres, la cual estaba en el primer piso a mano derecha buscando la puerta principal, al irse los sujetos como a las diez y pico se llevaron el carro de la dueña del hotel, un corolla color vino tinto, vio a la señora Maria golpeada en la nariz, al igual a los deportistas que uno fue golpeado por la cabeza y le dijeron que les habían quitado el dinero que cargaban, a él no lo despojaron de prendas ni de dinero, sólo lo golpearon. Corroborado con el dicho del ciudadano CARDOZA A.W.A., quien manifestó que los hechos fueron en el año 2005 cuando llegaron acá para una competencia de los Juegos Nacionales, se encontraba residenciado en un hotel que tenía muy pocas habitaciones, donde se encontraba el recepcionista y la dueña del hotel y sólo ellos eran las únicas personas hospedadas en ese momento, aproximadamente de 10 a 11 de la noche, sin poder asegurar la hora exacta, ya estaban acostados, el ya se estaba durmiendo por lo que fue sorpresivo para ellos, cuando llegan a tocar la puerta y les dicen que bajaran a la recepción para hablar con la dueña y su compañero contesta que mañana y este se paró de donde estaba acostado y es cuando le dan una patada a la puerta, señala que entraron primero dos sujetos armados y encapuchados, como con unas medias negras que se colocan en la cabeza y les abren huecos, y nunca se la quitaron, al entrar ellos encendieron las luces, le dieron con una cacha por la cabeza a su tío quien era el entrenador de pesas de ellos, J.A., le hicieron una cicatriz, le cayeron a patadas en el piso, después entró otro sujeto que también estaba armado pero no estaba encapuchado, quien tenía unas botas Loblan pico puyudo, de cuero y le cayó a patadas a su tío, lo tiraron en un colchoneta, le tiraron un sabana encima, se estaba ahogando que su misma sangre, cuando él observó que le estaban dando patadas a su tío se paró y le apuntaron y le dijeron que lo iban a matar, pero su otro compañero llorando les decía que no lo mataran, pensó que ese día era el final de ellos tres, los sujetos estaban muy agresivos, lo encañonaron y les dijeron que si no entregaban el dinero los iban a matar, escuchó que en la parte de afuera de la habitación que se encontraba una dama, porque se escuchaba la voz pero no la vieron, ella no entró a la habitación, su compañero dijo que ahí estaba todo, prendas, zapatos, se llevaron todo, prendas de vestir, zapatos, los amarraron con cinta plástica las manos y los pies, pero no les taparon los ojos y era imposible desamarrarse, él intentó romperlo y dijeron que si gritábamos subían para matarnos, manifiesta que les quitaron el efectivo que tenían como un millón y pico que eran los viáticos que les había dado la federación, se llevaron una chaqueta de unos basketbolistas, era negra, de unos compañeros, un par de zapatos New Balan, unos bolsos, cinturones, pesas, los bolsos decían Apure y su logotipo, después que las consiguieron ellos las reconocieron en la PTJ, también atracaron a la señora y se llevaron el vehículo que ella tenía, un corolla, aparte de su tío también golpearon al otro muchacho y a la señora, el recepcionista subió y los soltó, su tío se estaba ahogando con la sangre de el, a el lo tiraron en una colchoneta, el estaba amarrado y la sangre la tenia en la cara, refiere que a la dueña del hotel se le perdió un plata y el carro, no sabe que mas, al igual no puede decir cuanto tiempo exactamente permanecieron ahí, calcula menos de media hora, ellos entraron y se fueron, al rato volvieron a subir otras vez…la mujer decía ya, vámonos, vámonos. Testimonio ratificado con el dicho del ciudadano DIAZ DELGADO J.C. quien señaló que fue un día antes para la competencia de los juegos nacionales, el mes de diciembre de 2005, la selección se encontraba concentrada en la puerta, le ataco el frío porque no esta acostumbrado y el entrenador tomo la decisión de hospedarlos aquí ya que el clima era más cálido, la primera noche todo bien, la segunda noche se acuesta, el entrenador le da los respectivos masajes y le pone un relajante muscular para la noche…. aproximadamente de diez a diez y media de la noche, tocan la puerta de la habitación, contesta su entrenador “que quiere”….mira chamo que la señora quiere hablar contigo abajo…le dijo mañana hablamos, yo hablo con ella mañana…después dijeron que tienen que mover el carro, le respondió que el lo movía mañana…como a los 10 segundos tumban la puerta…al entrenador lo golpean y lo tiran al piso…le cayeron aproximadamente como tres minutos de puras patadas, le tiraron una sabana encima…entraron dos y le cayeron a patadas al entrenador…expone textualmente “…Al compañero mío que estaba en el suelo se le montaron en la espalda porque estaba poniendo resistencia, uno de ellos el que cargaba unas botas vaqueras de punta era el que daba la orden de que lo mataran…decía mátalo, mátalo… se escuchaba la voz de una mujer…luego como vieron las maletas que decían Apure nos preguntaron que si éramos de Apure, y nosotros decíamos que si, pero el hombre seguida diciendo que nos mataran…le ponen una almohada a mi compañero en la cabeza el que tenía sobre la espalda y lo apuntaba… yo le suplicaba que no lo mataran… yo le dije donde estaba el koala que era donde estaba la plata, el otro se sentía que estaba recogiendo…agarraron el koala, pero siempre con la orden de que lo mataran, que le dieran un tiro, luego mandó que nos amarraran…el que me apuntaba decía si te mueves te mato…me dicen pon las manos en las espaldas…me era difícil ajuntar las manos en la espalda…después amarraron a mi entrenador y se fueron saliendo…se escuchaba la risa de la mujer…el que nos amarro dijo ahorita vengo y si los encuentro soltados los matos…. Mi compañero empezó a desamarrarse con los dientes, y yo le dije quédate quieto que esos vuelven, y fue así volvió a ver si nos habíamos desamarrado, quedamos amarrados como 5 minutos, y el muchacho de la recepción asustado casi llorando nos soltó… vimos a la dueña del hotel que también la golpearon, estaba llorando, y nos invito a que fuéramos a la PTJ a poner la denuncia y fuimos… se que eran altas horas de la noche mas no recuerdo las hora… cuando yo estoy hablando que están copiando la denuncia ala en la PTJ, llega un funcionario y dice que acaba de suceder un homicidio…uno de ellos tenia la cara cubierta con una capucha gris, si había uno descubierto la cara…no alcance a verlo muy bien porque yo le veía por el espejo…De verdad que no recuerdo si esta aquí presente…porque yo quede en show, estaba asustado porque pensé que me iban a matar, que iban a matar a mis compañeros, lloré les pedí y suplique que no me mataran y les dije donde estaba la plata en un koala era tricolor y decía fundapure 2005…si fue recuperado ese koala por la PTJ…yo lo reconocí como mi koala...Se llevaron mi zapatos de pesas, mi bolso de mano que es tricolor, la insignia Fundapure 2005 y decía J.A.G. Gobernador…los reconocí en la PTJ, también reconocí mis zapatos deportivos y el bolso grande…si de mis compañeros se llevaron ropas, zapatos y de todo…quedamos prácticamente con lo que cargábamos puesto…yo estaba en ropa interior…el hijo de la señora del hotel me presto un mono para salir…solo dejaron las maletas grandes negras…la señora dueña del hotel dijo que le preguntaron donde estaban las prendas…y se las llevaron… creo que también se llevaron el dinero que habían hecho del día… esas personas se fueron en el auto de la señora del hotel, era un Corolla vino tinto, si todos ellos estaban armados… el líder lo reconocí por su botas vaqueras con punta puyada….el daba la orden de todo…se decían guaro…y decían Apureños aquí lo que van a comer es candela…esa eran unas botas de color marrón con chapitas, con metal de cuero…de cuero…..allá en la PTJ mientras yo estaba declarando dijeron que acaba de suceder un homicidio pero no oí mas nada…era como diez a once y media aproximadamente…la habitación estaba en el primer piso…ellos llegaron directamente y prendieron la luz… primero entro el que golpeo al entrenador, que estaba encapuchado, luego entro el otro que estaba encapuchado y el otro sin capucha…y se escuchaba la mujer riéndose…decía muchas groserías y le daba patadas…mi compañero se intentó parar el otro se le sentó en la espalda, él hacía que se iba a parar… Había una cama grande donde dormimos dos y había una cama pequeña a la izquierda donde dormía el entrenador…Primero golpearon al entrenador que fue el que se paro…el realidad no vi como cayó el entrenador yo estaba en la cama y el cayó mas debajo de la cama…se escuchaba la voz de una mujer…no la llegué a ver…ni por el espejo…ellos permanecieron como de 5 a diez minutos…estaban recogiendo todo...hubo uno que nos dijo si vuelvo y están desamarrados los mato…mi compañero con los dientes empezó a desamarrarme, yo le dijo que no, vamos a esperar que esos vuelven, y así fue de una vez volvió a ver si estábamos desamarrados…. Desde ahí nosotros o sea el entrenador y ello no teníamos contacto, nos dejamos de hablar…ni siquiera en este viaje nos dirigimos la palabra…después de esos hechos tuvimos problemas personales…cuando ellos llegaron yo estaba dormido…. Solo escuche cuando tumbaron la puerta, y cuando se fueron escuché un disparo al aire, se escucho lejos…supuse que era un disparo…yo me lo supuse…no lo comenté con nadie…al entrenador era al que le decían baje pa que mueva el carro…. Y el se negó…. Al pasar diez segundo aproximadamente y tumbaron la puerta…con el recepcionista no hablé mucho…la señora era la que me decía que me calmara que yo iba a competir…ella no comentó que conocía a esas personas…”. Al igual el ciudadano A.L.J.U. quien señaló que eran tres deportistas de Apure selección de pesas, que llegaron aquí a un hotel y el ultimo día, viernes para amanecer al sábado de 10 a 11:30 de la noche, les tocan la puerta y les dicen que bajen que los llama la señora…sus alumnos estaban dormidos ya, por lo que respondió que mañana hablaba con ella, en eso tumbaron la puerta y manifiesta textualmente “…uno se me vino encima sobre mí…me daban patadas por las costillas…me patearon con unas botas…le decía mata a ese desgraciado… eran tres….me dieron por la cabeza…el amigo mío le dijo llévense todo ahí esta todo…ahí está la plata…yo estaba sangrado…a uno de los amigos míos le pusieron una almohada en la cabeza, yo no lo vi a me dijo el amigo…yo acostado decía pero ya, si ya estamos entregados no nos maten…nos amarraron con cinta plásticas con los brazos para atrás…. Después salieron y dijeron si alguno gritan lo matamos…eso hace cuatro años…en los juegos nacionales Andes 2005…al otro día sábado en la mañana teníamos competencia…Mas o menos calculamos la hora…los amigos míos estaban viendo la novela…Antes de esa hora no fue…después fue que llegaron…no les pude ver la cara a ellos…los 3 tenían pasamontañas…yo vi las botas si…que voy a estar viendo yo en ese momento cuando me dieron el cachazo en la cabeza…los tres se vinieron hacia mi con la pistola, me dan el cachazo y una patada en el estomago…el primero que entró era pequeño, tenía unas botas de cuero puyadas…y decía maten a ese desgraciado…Lo único que oí en el momento porque yo caí al suelo era que pedían la plata y celulares… todos eso apareció en la PTJ…. Se que el me hirió en la cabeza era pequeño…no les vi la cara porque andaban con pasamontañas…me golpearon a mi nada mas…después fue que converse con la señora del hotel… a la señora del hotel la golpearon… que vamos a ver en que vehículo se retiraron, nos daba miedo hasta acercarnos a la puerta…”.

    Los organismos de investigación policial competentes fueron informados de lo ocurrido por las mismas victimas del hecho antes señalado quienes manifestaron acudieron a las oficinas de la PTJ hoy Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalisticas de esta ciudad de Trujillo como de 12 a 1 de la mañana del mismo día, aunado a lo dicho por el ciudadano R.A.B., quien señala reside en el sector el tendal, las Araujas, Trujillo, de 100 a 150 metros de su casa baja el río Castán, en la madrugada de los hechos donde muere el joven que apodaban Felique, se levantó como a las tres de la mañana ya que iniciaban las misas de aguinaldos y el era una de los organizadores y observó al señor de nombre I.G. que lanzaba un bolso hacia el río y le pareció sospechoso por cuanto habían ocurridos los hechos que habían asesinado un muchacho, le pareció que estaban botando evidencias, por lo que sacó el bolso del río y pudo ver que era un bolso mas o menos grande de color Amarillo, Azul y Rojo y tenia el nombre de Apure, no lo abrió sino que lo llevó hasta la policía (CICPC de San Jacinto) quienes lo abrieron y observó que en su interior habían implementos deportivos, cosas personales. Así mismo el funcionario F.A.G.A., adscrito al CICPC subdelegación Trujillo manifiesta que por el sector La Plazuela, carretera vieja de Trujillo-Bocono, localizó un vehículo que se encontraba como oculto en un barranco y fue sacado con una grúa, siendo reconocido el vehículo por el hijo de la victima de un robo ocurrido en el Hotel América de nombre J.L., vehículo éste que le fue practicado experticia de reconocimiento de seriales N° 0601041 de fecha 24/01/06 por el funcionario D.E.A.V., adscrito al CICPC subdelegación Valera el cual presenta las siguientes características clase automóvil, marca Toyota, modelo Corolla, tipo sedan, placas EAK-811, color rojo, año 2002, uso particular, señalando el experto que sus seriales de identificación se encuentran en estado original.

    Igualmente del respectivo debate oral y público resultó acreditado que el día 16/12/05 aproximadamente a las 11:30 de la noche cuando transitaba por el sector El tendal, específicamente por la calle Maracaibito, Trujillo, Estado Trujillo el ciudadano R.E.C.T. es alcanzado por uno de los disparos efectuados por arma de fuego que le ocasionó una herida en la espalda que le produjo la muerte casi de inmediato, según se desprende de la declaración rendida por la Dra. M.A., medico anatomopatólogo, quien practicó protocolo de autopsia Nº 9700-165-05-1928 de fecha 27/12/05, el día 17/12/05 a las 9:00 de la mañana, al cadáver de quien en vida respondía al nombre de R.E.C.T., el cual describe al examen externo, cadáver de sexo masculino, de 18 años de edad, que mide 1.83cm, raza mezclada, contextura delgada, pelo negro, corto, sin bigote, ojos de color marrón con opacidad corneal, piel blanca, que presenta Una (01) herida producida por el paso de proyectil único, disparado por arma de fuego, con orificio de entrada ovoide que mide (0,9 x 0,7cms) con halo de contusión asimétrico en hemotórax posterior derecho a nivel subescapular derecho con línea escapular y sin orificio de salida. Perfora 7° cuerpo vertebral dorsal sigue y penetra a tórax, perfora aorta toráxico y sigue y perfora ileo pulmonar izquierdo, perfora ventrículo derecho y aurícula izquierda, perfora lóbulo inferior del pulmón izquierdo, para finalmente salir por hemitorax izquierdo anterior (III espacio intercostal) con línea media clavicular y alojarse en partes blandas de región pectoral izquierdo un proyectil de color gris deformado que mide 1,8 x 0,8cms, en relación al referido proyectil, extraído del cadáver, le fue practicado experticia de reconocimiento técnico y comparación balística Nº 9700-069-DC-74 de fecha 18/01/06, exhibida a las partes y en especifico al funcionario que la suscribe J.F.C.G., adscrito al CICPC subdelegación Trujillo, que refiere sobre un (01) proyectil metálico de color gris, perteneciente a una de las partes que componen el cuerpo de una bala para arma de fuego, encuadrable con los calibres .38SPL o 357 Magnum de la forma cilindro ojival, presenta una longitud que oscila entre 15,3 y 17,5 milímetros el cual presenta una deformación en su ojiva con perdida del material que lo conforma debido al violento impacto que sufrió al chocar contra una superficie de igual o mayor cohesión molecular. Al respecto el funcionario manifestó que se trata de un proyectil que comúnmente se le dice plomo, es metálico de color gris y que por su experiencia sabe que es plomo aún cuando no le hizo análisis químico, es de fácil deformación a diferencia de los blindados aunque también se deforman, el proyectil si tenia características, pero no se le entrego arma para la practica de prueba de comparación balística, lo cual igualmente no fue solicitado. Señala que el proyectil encuadra con los calibre punto 38 y 357 mágnum. Igualmente presentó el cadáver excoriaciones en miembro superior izquierdo, cadera izquierda y cara lateral de rodilla derecha y antero externa de rodilla izquierda. Equimosis en hombro izquierdo y región trapezoidal derecha, estableciéndose como data de la muerte seis (06) horas y causa Shock Hipovolemico debido a herida por arma de fuego en tórax. Señala la experto anatomopatólogo que el cadáver presentaba livideces móviles, explicando que en los fenómenos cadavéricos las livideces se instauran al comienzo de la muerte, las primeras 3 horas la rigidez es muy intensa posterior a las 3 horas comienza la movilidad de las livideces y posterior a las 24 horas es que comienza la fase de putrefacción y en este caso no había llegado el cadáver a la fase de putrefacción. Observó en la región escapular derecha (espalda) una herida producida por el paso de un proyectil de arma de fuego, un orificio de entrada en forma ovoide sin orificio de salida, lo que indica que el plano de penetración en el cuerpo influye en la forma del orificio porque cuando es completamente perpendicular generalmente es redondo, considerando sin duda alguna que se está en presencia de un orificio de entrada de distancia mayor de 60 centímetros del área anatómica del cuerpo afectada y la boca del cañón del arma de fuego accionada, presenta excoriaciones en el brazo izquierdo, cadera izquierda, cara anterior externa de la rodilla izquierda y en la cara lateral de la rodilla derecha al igual equimosis (morados) que son derrames de sangre por debajo de la piel en la región trapezoidal derecha (del cuello al tórax), considerando ambas lesiones como recientes, excoriaciones y equimosis y pre morten, es decir que la persona estaba viva cuando recibió los golpes, no tiene duda de que son lesiones vitales, lesiones que ocurren en vida a diferencia de las lesiones en un cadáver que se llamaría apergaminadas, pudo haber sido estas excoriaciones por una fricción con el pavimento, por caída, al examen interno no presenta lesiones a nivel de la cabeza, en relación a la trayectoria interna, señala que el orificio de entrada se observa por debajo de lo conocido como la paleta, perfora la columna (7º columna vertebral), lesiona la medula, penetra la cavidad toráxico, perfora la arteria aorta descendente, hacia el lado derecho de la aorta está el esófago y al lado izquierdo está el corazón, hay lesión en el ventrículo derecho del corazón sigue y consigo lesión en la aurícula izquierda del corazón, luego lesiona el ilio izquierdo pulmonar, se consiguió hematomas, el ilio lo componen las venas, lesión del lóbulo inferior izquierdo, lesión del 4º espacio intercostal izquierdo, en la línea clavicular, ese espacio fue fracturado para finalmente alojarse en la parte blanda de la región pectoral izquierda, extrajo el proyectil deformado de color gris y concluye que las lesiones de los grandes vasos (arteria Aorta) la lesión del corazón, se consideran heridas mortales, no observando ninguna sustancia etílica, presencia de alcohol. En igual sentido al examen físico practicado al cadáver de R.E.C.T. por el medico forense II Dr. W.A.G., quien practicó levantamiento del cadáver en la morgue del hospital J.G.H.d.T. en fecha 17/12/05 a las 7:30 a.m., signado con el Nº 9700-165-05-1928 de fecha 27/12/05, exhibida a las partes y en especifico al experto que la suscribe, quien explica que el levantamiento del cadáver es una experticia previa al protocolo de autopsia, es el primer contacto que tiene el medico forense con el cadáver, es una descripción externa del cadáver, observó una herida producida por arma de fuego con característica orificial de 0,8 cm. de entrada y estaba ubicada en la región subescapular derecha (señalando la espalda), cuyos bordes estaban hacia adentro, es un disparo de distancia por cuanto carece de tatuaje y en cuanto al aumento de volumen en la región pectoral izquierda, por delante en el pecho, es muy probable que el proyectil al intentar salir quedo abotonado allí, refiere también excoriaciones por arrastre en la región posterior del brazo izquierdo, que pudo producirse por el contacto con una superficie fija, con el pavimento, una pared, también una excoriación en la cadera izquierda, las características iguales por arrastres con objeto fijo, en cuanto a la excoriación en la rodilla derecha, señala que si no describió diferencias es porque eran similares esas tres excoriaciones, es decir la misma data, en cuanto al tipo de muerte considera que es muerte violenta porque tiene signos de violencia, una herida por arma de fuego, no observé sangre al momento del examen del cadáver, aclarando que el cadáver se conserva en las cavas de refrigeración y cuando él lo observa estaba en una camilla.

    RESPECTO A LA RESPONSABILIDAD PENAL DEL ACUSADO J.L.P.G. EN LA COMISION DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 458 del código penal, en perjuicio de M.V., W.C., J.C.D., J.A. y Y.P., LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES CALIFICADAS EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, en perjuicio de M.V., Y.P., J.A., y W.C., de conformidad con los artículos 416, 418 encabezamiento y 424 del código penal y HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto en el articulo 406 ordinal 1 (por Alevosía) del Código Penal, en perjuicio de R.E.C.T..

    En relación al delito Robo agravado previsto en el articulo 458 del código penal, la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, según expediente Nº Exp. N° 04-000270 de fecha 19/07/05, establece que “…El robo agravado es un delito complejo y es considerado como uno de los delitos más ofensivos y graves, debido a la violación de los derechos de libertad, de propiedad, y en ciertos casos, el derecho a la vida, tomando a esta última como el máximo bien jurídico. Es evidente que este delito atenta contra las condiciones de existencia y el buen desarrollo de la sociedad, es por lo que no debe interpretarse tan sólo gramaticalmente, sino ver más allá de lo escrito, y determinar que el bien jurídico protegido al perseguir el delito de robo es el de proteger a los ciudadanos en su derecho a la propiedad, libertad individual, integridad física y la vida misma, aunado a la característica principal del delito, como lo es el ánimo de lucro sobre una o varias cosas muebles ajenas, todo lo cual encuadra perfectamente en los hechos que ocasionaron el presente juicio…”

    Del cúmulo probatorio presentado en este debate oral y público, se constato que el día 16/12/05 los ciudadanos M.V.R., Y.P. se encontraban dentro de las instalaciones del Hotel América, ubicado en el sector Peña de tucutucu, Trujillo, Estado Trujillo, la primera en calidad de propietaria del inmueble y el segundo como recepcionista, al igual se encontraban hospedados los ciudadanos W.A.C.A., J.C.D. y J.U.A., deportistas, pertenecientes a la delegación Apure, con motivo de los juegos Nacionales Andes 2005, siendo el Estado Trujillo, sede de los mismos y aproximadamente entre las 9:00 a 10:00 de la noche llegan al lugar cuatro sujetos entre ellos una dama, siendo identificado uno de los sujetos el hoy acusado J.L.P.G., quienes portando armas de fuego y bajo amenazas de muerte, logran despojar a las victimas de sus pertenencias y dinero en efectivo, causándoles lesiones en diferentes partes del cuerpo a los ciudadanos M.V., Y.P., J.A..

    Lo anterior resulta acreditado de la declaración del ciudadano Y.A.P., quien manifiesta se encontraba laborando como recepcionista en el hotel América, el cual se encuentra ubicado en la peña de Tucutucu, mas abajo esta tres esquinas y queda a mano derecha subiendo de Valera a Trujillo y aproximadamente de nueve a diez de la noche no recuerda el día, llegan al lugar un señor y una chama a alquilar una habitación, se las alquiló le pidieron que cerrara el portón para que el carro no se viera y al salir de la recepción es cuando el hombre lo apunta con un arma de fuego y le dice que es un atraco lo colocan hacia la pared y después llegaron dos sujetos mas con pasamontañas, le pidieron la llave del apartamento de la dueña que estaba ahí mismo, el cual estaba en el primer piso del hotel, lo tiraron al suelo lo golpearon por la espalda, corroborado con el dicho del experto W.A.M.F. II adscrito al CICPC subdelegación Trujillo Medicatura de Trujillo quien practicó reconocimiento medico legal Nº 9700-165-2005-1893 al ciudadano Y.A.P. en fecha 19/12/05 y observó excoriación costrosa por arrastre en arco superciliar izquierdo (región de la ceja parte izquierda), calificando la lesión como leve con un tiempo de curación de cinco días, manifestando textualmente el experto “…por las características de la excoriación es una herida que en términos coloquiales seria una raspadura superficial de la piel…con signos de lesión reciente... si era una lesión reciente por las características de la misma…al 3º día ya se observa la herida con signos de recuperación… la forma en que se produjo esta lesión es con el contacto con una superficie no muy lisa, como la pared, contacto con una superficie fija y con característica de arrastramiento… generalmente pudo ser como un arrastre… eran en forma lineales, generalmente una persona que cayo al piso o con una pared hay movimientos…”. Continúa exponiendo el testigo que con él se quedó un hombre pero no logró identificarlo por cuanto estaba boca abajo, subieron los otros porque el escuchaba el ruido de las escaleras, señala que ese día se habían hospedado tres personas de sexo masculino que le dijeron que eran deportistas que participaban en los juegos de Judenatru y se quedaron en la habitación numero tres, la cual estaba en el primer piso a mano derecha buscando la puerta principal, al irse los sujetos como a las diez y pico se llevaron el carro de la dueña del hotel, un corolla color vino tinto, vio a la señora Maria golpeada en la nariz, al igual a los deportistas que uno fue golpeado por la cabeza y le dijeron que les habían quitado el dinero que cargaban, a él no lo despojaron de prendas ni de dinero, sólo lo golpearon. Corroborado con el dicho del ciudadano CARDOZA A.W.A., quien manifestó que los hechos fueron en el año 2005 cuando llegaron acá para una competencia de los Juegos Nacionales, se encontraba residenciado en un hotel que tenía muy pocas habitaciones, donde se encontraba el recepcionista y la dueña del hotel y sólo ellos eran las únicas personas hospedadas en ese momento, tal y como lo confirma el ciudadano Y.P. quien manifestó que el Hotel América contaba para el momento de los hechos de siete habitaciones en total, encontrándose la noche del hecho delictivo solo tres ciudadanos deportistas hospedados en la habitación Nº 03 del hotel en el cual laboraba como recepcionista, encontrándose igualmente la dueña del Hotel M.V. quien estaba ese día en el hotel por cuanto ella venía de vez en cuando de Barinas y pasaba vacaciones ahí en el hotel y contaba con un área para ella ajena a las siete habitaciones dentro del mismo hotel el cual estaba en el primer piso. Al igual el testigo Cardoza señala que aproximadamente de 10 a 11 de la noche, sin poder asegurar la hora exacta, ya que estaban acostados, el ya se estaba durmiendo por lo que fue sorpresivo para ellos, cuando llegan a tocar la puerta y les dicen que bajaran a la recepción para hablar con la dueña y su compañero contesta que mañana y este se paró de donde estaba acostado y es cuando le dan una patada a la puerta, señala que entraron primero dos sujetos armados y encapuchados, como con unas medias negras que se colocan en la cabeza y les abren huecos, y nunca se la quitaron, al entrar ellos encendieron las luces, le dieron con una cacha por la cabeza a su tío quien era el entrenador de pesas de ellos, J.A., le hicieron una cicatriz, le cayeron a patadas en el piso, después entró otro sujeto que también estaba armado pero no estaba encapuchado identificando al hoy acusado J.L.P.G. como la persona que entró a la habitación y no se encontraba encapuchado, quien tenía unas botas Loblan pico puyudo, de cuero y le cayó a patadas a su tío, lo tiraron en un colchoneta, le tiraron una sabana encima, se estaba ahogando con su misma sangre, constatándose ello con lo expuesto por el experto W.A.M.F. II adscrito al CICPC subdelegación Trujillo Medicatura de Trujillo quien practicó reconocimiento medico legal Nº 9700-165-2005-190 al ciudadano A.L.J.U. de fecha 21/12/05 y observó excoriación costrosa de 2,5 cm en cuero cabelludote región parietal izquierda, calificando la lesión como leve con un tiempo de curación de cinco días, manifestando textualmente el experto “…La morfología de esta lesión es excoriación pero no por arrastre… aquí es una excoriación que formo una costra que midió 2.5 cm…una excoriación es una lesión de la capa superficial de la piel que generalmente no deja cicatrices…región parietal seria por acá (señalando el lado izquierdo de la cabeza)…debe ser de carácter reciente porque yo la califique como leve, que tiene un tiempo de curación de 5 días…”. Continúa el testigo exponiendo que él observó que le estaban dando patadas a su tío se paró y le apuntaron y le dijeron que lo iban a matar, pero su otro compañero llorando les decía que no lo mataran, pensó que ese día era el final de ellos tres, los sujetos estaban muy agresivos, lo encañonaron y les dijeron que si no entregaban el dinero los iban a matar, escuchó que en la parte de afuera de la habitación que se encontraba una dama, porque se escuchaba la voz pero no la vieron, ella no entró a la habitación, su compañero dijo que ahí estaba todo, prendas, zapatos, se llevaron todo, prendas de vestir, zapatos, los amarraron con cinta plástica las manos y los pies, pero no les taparon los ojos y era imposible desamarrarse, él intentó romperlo y dijeron que si gritábamos subían para matarnos, manifiesta que les quitaron el efectivo que tenían como un millón y pico que eran los viáticos que les había dado la federación, se llevaron una chaqueta de unos basquetbolistas, era negra, de unos compañeros, un par de zapatos New Balan, unos bolsos, cinturones, pesas, los bolsos decían Apure y su logotipo, después que las consiguieron ellos las reconocieron en la PTJ, también atracaron a la señora y se llevaron el vehículo que ella tenía, un corolla, aparte de su tío también golpearon al otro muchacho y a la señora, el recepcionista subió y los soltó, su tío se estaba ahogando con la sangre de el, a el lo tiraron en una colchoneta, el estaba amarrado y la sangre la tenia en la cara, refiere que a la dueña del hotel se le perdió un plata y el carro, no sabe que mas, al igual no puede decir cuanto tiempo exactamente permanecieron ahí, calcula menos de media hora, ellos entraron y se fueron, al rato volvieron a subir otras vez…la mujer decía ya, vámonos, vámonos. Testimonio ratificado con el dicho del ciudadano DIAZ DELGADO J.C. quien señaló que fue un día antes para la competencia de los juegos nacionales, el mes de diciembre de 2005, la selección se encontraba concentrada en la puerta, le ataco el frío porque no esta acostumbrado y el entrenador tomo la decisión de hospedarlos aquí ya que el clima era más cálido, la primera noche todo bien, la segunda noche se acuesta, el entrenador le da los respectivos masajes y le pone un relajante muscular para la noche…. aproximadamente de diez a diez y media de la noche, tocan la puerta de la habitación, contesta su entrenador “que quiere”….mira chamo que la señora quiere hablar contigo abajo…le dijo mañana hablamos, yo hablo con ella mañana…después dijeron que tienen que mover el carro, le respondió que el lo movía mañana…como a los 10 segundos tumban la puerta…al entrenador lo golpean y lo tiran al piso…le cayeron aproximadamente como tres minutos de puras patadas, le tiraron una sabana encima…entraron dos y le cayeron a patadas al entrenador…expone textualmente “…Al compañero mío que estaba en el suelo se le montaron en la espalda porque estaba poniendo resistencia, uno de ellos el que cargaba unas botas vaqueras de punta era el que daba la orden de que lo mataran…decía mátalo, mátalo… se escuchaba la voz de una mujer…luego como vieron las maletas que decían Apure nos preguntaron que si éramos de Apure, y nosotros decíamos que si, pero el hombre seguida diciendo que nos mataran…le ponen una almohada a mi compañero en la cabeza el que tenía sobre la espalda y lo apuntaba… yo le suplicaba que no lo mataran… yo le dije donde estaba el koala que era donde estaba la plata, el otro se sentía que estaba recogiendo…agarraron el koala, pero siempre con la orden de que lo mataran, que le dieran un tiro, luego mandó que nos amarraran…el que me apuntaba decía si te mueves te mato…me dicen pon las manos en las espaldas…me era difícil ajuntar las manos en la espalda…después amarraron a mi entrenador y se fueron saliendo…se escuchaba la risa de la mujer…el que nos amarro dijo ahorita vengo y si los encuentro soltados los matos…. Mi compañero empezó a desamarrarse con los dientes, y yo le dije quédate quieto que esos vuelven, y fue así volvió a ver si nos habíamos desamarrado, quedamos amarrados como 5 minutos, y el muchacho de la recepción asustado casi llorando nos soltó… vimos a la dueña del hotel que también la golpearon, estaba llorando, y nos invito a que fuéramos a la PTJ a poner la denuncia y fuimos… se que eran altas horas de la noche mas no recuerdo las hora… cuando yo estoy hablando que están copiando la denuncia ala en la PTJ, llega un funcionario y dice que acaba de suceder un homicidio…uno de ellos tenia la cara cubierta con una capucha gris, si había uno descubierto la cara…no alcance a verlo muy bien porque yo le veía por el espejo…De verdad que no recuerdo si esta aquí presente…porque yo quede en show, estaba asustado porque pensé que me iban a matar, que iban a matar a mis compañeros, lloré les pedí y suplique que no me mataran y les dije donde estaba la plata en un koala era tricolor y decía fundapure 2005…si fue recuperado ese koala por la PTJ…yo lo reconocí como mi koala...Se llevaron mi zapatos de pesas, mi bolso de mano que es tricolor, la insignia Fundapure 2005 y decía J.A.G. Gobernador…los reconocí en la PTJ, también reconocí mis zapatos deportivos y el bolso grande…si de mis compañeros se llevaron ropas, zapatos y de todo…quedamos prácticamente con lo que cargábamos puesto…yo estaba en ropa interior…el hijo de la señora del hotel me presto un mono para salir…solo dejaron las maletas grandes negras…la señora dueña del hotel dijo que le preguntaron donde estaban las prendas…y se las llevaron… creo que también se llevaron el dinero que habían hecho del día… esas personas se fueron en el auto de la señora del hotel, era un Corolla vino tinto, si todos ellos estaban armados… el líder lo reconocí por su botas vaqueras con punta puyada….el daba la orden de todo…se decían guaro…y decían Apureños aquí lo que van a comer es candela…esa eran unas botas de color marrón con chapitas, con metal de cuero…de cuero…..allá en la PTJ mientras yo estaba declarando dijeron que acaba de suceder un homicidio pero no oí mas nada…era como diez a once y media aproximadamente…la habitación estaba en el primer piso…ellos llegaron directamente y prendieron la luz… primero entro el que golpeo al entrenador, que estaba encapuchado, luego entro el otro que estaba encapuchado y el otro sin capucha…y se escuchaba la mujer riéndose…decía muchas groserías y le daba patadas…mi compañero se intentó parar el otro se le sentó en la espalda, él hacía que se iba a parar… Había una cama grande donde dormimos dos y había una cama pequeña a la izquierda donde dormía el entrenador…Primero golpearon al entrenador que fue el que se paro…el realidad no vi como cayó el entrenador yo estaba en la cama y el cayó mas debajo de la cama…se escuchaba la voz de una mujer…no la llegué a ver…ni por el espejo…ellos permanecieron como de 5 a diez minutos…estaban recogiendo todo...hubo uno que nos dijo si vuelvo y están desamarrados los mato…mi compañero con los dientes empezó a desamarrarme, yo le dijo que no, vamos a esperar que esos vuelven, y así fue de una vez volvió a ver si estábamos desamarrados…. Desde ahí nosotros o sea el entrenador y ello no teníamos contacto, nos dejamos de hablar…ni siquiera en este viaje nos dirigimos la palabra…después de esos hechos tuvimos problemas personales…cuando ellos llegaron yo estaba dormido…. Solo escuche cuando tumbaron la puerta, y cuando se fueron escuché un disparo al aire, se escucho lejos…supuse que era un disparo…yo me lo supuse…no lo comenté con nadie…al entrenador era al que le decían baje pa que mueva el carro…. Y el se negó…. Al pasar diez segundo aproximadamente y tumbaron la puerta…con el recepcionista no hablé mucho…la señora era la que me decía que me calmara que yo iba a competir…ella no comentó que conocía a esas personas…”. Al igual el ciudadano A.L.J.U. quien señaló que eran tres deportistas de Apure selección de pesas, que llegaron aquí a un hotel y el ultimo día, viernes para amanecer al sábado de 10 a 11:30 de la noche, les tocan la puerta y les dicen que bajen que los llama la señora…sus alumnos estaban dormidos ya, por lo que respondió que mañana hablaba con ella, en eso tumbaron la puerta y manifiesta textualmente “…uno se me vino encima sobre mí…me daban patadas por las costillas…me patearon con unas botas…le decía mata a ese desgraciado… eran tres….me dieron por la cabeza…el amigo mío le dijo llévense todo ahí esta todo…ahí está la plata…yo estaba sangrado…a uno de los amigos míos le pusieron una almohada en la cabeza, yo no lo vi a me dijo el amigo…yo acostado decía pero ya, si ya estamos entregados no nos maten…nos amarraron con cinta plásticas con los brazos para atrás…. Después salieron y dijeron si alguno gritan lo matamos…eso hace cuatro años…en los juegos nacionales Andes 2005…al otro día sábado en la mañana teníamos competencia…Mas o menos calculamos la hora…los amigos míos estaban viendo la novela…Antes de esa hora no fue…después fue que llegaron…no les pude ver la cara a ellos…los 3 tenían pasamontañas…yo vi las botas si…que voy a estar viendo yo en ese momento cuando me dieron el cachazo en la cabeza…los tres se vinieron hacia mi con la pistola, me dan el cachazo y una patada en el estomago…el primero que entró era pequeño, tenía unas botas de cuero puyadas…y decía maten a ese desgraciado…Lo único que oí en el momento porque yo caí al suelo era que pedían la plata y celulares… todos eso apareció en la PTJ…. Se que el me hirió en la cabeza era pequeño…no les vi la cara porque andaban con pasamontañas…me golpearon a mi nada mas…después fue que converse con la señora del hotel… a la señora del hotel la golpearon… que vamos a ver en que vehículo se retiraron, nos daba miedo hasta acercarnos a la puerta…”.

    Si bien los tres testigos victimas, deportistas del Estado Apure señalan distinta hora en que consideran ingresaron los dos sujetos encapuchados y el hoy acusado J.L.P.G. como lo refiere el ciudadano CARDOZA A.W.A., que no se encontraba encapuchado al interior de la habitación Nº 03 donde ellos estaban durmiendo, es necesario aclarar que en principio como lo refiere el ciudadano Y.P. llegan al área de recepción un hombre y una mujer quienes no se encontraban encapuchados aproximadamente entre nueve y diez de la noche, solicitan una habitación y pasado corto tiempo es que logran someterlo y llegan los otros dos sujetos encapuchados, preguntaron por la dueña del hotel y las personas que se encontraban hospedados; es decir, no sólo entraron a la habitación Nº 03 donde se encontraban los tres deportistas del Estado Apure, sino incluso ingresaron al departamento de la señora M.V. conforme al dicho del ciudadano Y.P. quien señaló “después que ellos se fueron si vi a la señora María…me pedía que la sacara porque la habían dejado encerrada en el apartamento…. Si, la vi y estaba golpeada…si, ellos se fueron en el carro de la señora Maria que era un Corolla…ella me dijo que le habían quitado las prendas…”. Al igual el ciudadano DIAZ DELGADO J.C., señalo “…la señora dueña del hotel dijo que le preguntaron donde estaban las prendas y se las llevaron…creo que también se llevaron el dinero que habían hecho del día…”. El ciudadano A.L.J.U., señala “…después fue que converse con la señora del hotel… a la señora del hotel la golpearon…”, lo anterior es corroborado con el dicho del experto W.A.M.F. II adscrito al CICPC subdelegación Trujillo Medicatura de Trujillo, practicó reconocimiento medico legal Nº 9700-165-2005-1892 de fecha 1912/05 a la ciudadana M.R.V. y observó contusión equimótica y edematosa en región frontal, contusiones equimoticas en parpado inferior derecho e izquierdo y región mentoniana, contusión equimotica en dorso nasal, contusión equimotica en región posterior de muñeca derecha, calificando la lesión como leve con un tiempo de curación de cinco días, manifestando textualmente el experto “…el tipo de lesiones predominaron las contusiones equimoticas…producidas con golpe o puño, no habían cortaduras, en las lesiones que describí fueron equimoticas (morados) y edematosas, aumentadas de volumen, hinchadas…se suponen que son recientes por cuanto eran visibles e hinchadas…la inflamación se conoce como signos agudos, es decir algo reciente…los signos agudos se manifiestan a través de la hinchazón…el objeto que hubiese producido la equimosis es posible con un puñetazo, un palazo…la piel se pone en contacto con un objeto contundente… aquí son áreas muy específicas en la cara… lo mas probable es que sean puñetazos…también había equimosis en los parpados inferiores derecho e izquierdo, coincidían con la data de la frente, similares a las anteriores…tenía una lesión en el mentón (señalando la barba) y en el dorso nasal, yo las describí como contusión equimótica…y había otra lesión en la muñeca…la lesión de la muñeca tenia la característica de lesión contusa…refiere que había sido agredida…Las lesiones de los parpados producidas en el rostro, como son sitios diversos en la cara, parecieran que no ocurrieron en un solo impacto, por cuanto hablamos de lesiones en el mentón, en los parpados…yo describo diferentes lesiones contusas…”.

    El tiempo en que permanecen los dos sujetos encapuchados y el hoy acusado J.L.P.G. como lo refiere el ciudadano CARDOZA A.W.A., que no se encontraba encapuchado en el interior de la habitación Nº 03 donde ellos estaban durmiendo, cada uno expone su percepción de los hechos, los cuales resultan coherentes y lógicos y tal como lo afirma el jurista F.G. en su libro titulado De la Apreciación de las pruebas, “…Demasiada seguridad constituye un defecto tan grande como la insuficiencia, el buen testigo debe saber atenerse al grado de certeza de su conocimiento…”. En efecto el ciudadano CARDOZA A.W.A., manifiesta es sobrino del ciudadano A.L.J.U., quien para la fecha de los hechos era su entrenador en pesas, la habitación inicialmente contaba con una cama matrimonial pero solicitaron una colchoneta para que pudieran alojarse los tres en el mismo cuarto, evidenciándose con el dicho de los testigos deportistas que el ciudadano A.L.J.U. se encontraba acostado en una cama adicional y se encontraba mas cercano a la puerta, por lo que su tío cuando escucharon que tocaban la puerta y les piden que bajen a hablar con la dueña del hotel les responde que mañana y cuando tumban la puerta con una patada, observa entran dos sujetos encapuchados armados, le dan un cachazo por la cabeza a su tío quien cae al suelo y le caen a patadas, entrando posteriormente el hoy acusado J.L.P.G. según el dicho del testigo quien no tenia capucha en la cabeza, pero vestía unas botas Loblan de cuero punta puyada con las cuales también le daba patadas a su tío, observa lo narrado porque manifiesta que los encapuchados al entrar encendieron la luz de la habitación, es lógico concluir que los testigos Cardoza Wilian y J.C.D., cuentan con mayores posibilidades de observar con claridad lo ocurrido por cuanto el ciudadano J.U.A. es quien recibe un fuerte golpe en la cabeza al momento en que ingresan los sujetos encapuchados y armados, cae al suelo y continua siendo agredido, luego le colocan una sabana sobre su cabeza, ello en cuanto a que el ciudadano J.U.A. señala que los tres sujetos que entraron a la habitación estaban encapuchados y por ello no pudo verles el rostro, contrario a lo expuesto por los ciudadanos Cardoza Wilian “…dos de esas personas cargaban capuchas…como medias negras que se colocan en la cabeza que le abren unos huecos, como un pasamontañas…no nunca se los quitaron… después entro otro que no cargaba…si, en total eran tres sujetos…” y J.C.D. “…primero entro el que golpeo al entrenador, que estaba encapuchado, luego entro el otro que estaba encapuchado y el otro sin capucha…”. En este aspecto especifico en cuanto a que los tres sujetos se encontraban encapuchados, conforme al dicho del testigo victima J.U.A. su dicho es inconsistente por cuanto el mismo señala “…mis alumnos estaban dormidos ya…yo les dije que mañana hablábamos con ella…en eso tumbaron la puerta…uno se me vino encima sobre mi…”, posterior señala “…que voy a estar viendo yo en ese momento cuando me dieron el cachazo en la cabeza…los tres se vinieron hacia mi con la pistola, me dan el cachazo y una patada en el estomago…”, evidentemente el ciudadano J.U. fue objeto de agresión física por parte de los tres sujetos armados que entraron a la habitación, sin embargo fue notoria su exaltación y estado de animo al momento de rendir su declaración en el debate oral y publico, recordando nuevamente momentos difíciles que vivieron e incluso pensaron que perderían la vida, aunado a que él de manera sorpresiva al tumbar la puerta lo golpean fuertemente por la cabeza y cae al suelo donde sigue siendo agredido y estaba sangrando e incluso no logra observar cuando uno de sus amigos le colocan una almohada sobre la cabeza, se enteró porque se lo dijo su amigo. Sin embargo ello no obsta para que su declaración sea descartada totalmente por cuanto efectivamente el se encontraba en el interior de la habitación y logra escuchar a su amigo que les decía llévense todo, ahí está todo, ahí esta la plata, como en efecto lo refiere el ciudadano J.C.D. “…yo le dije donde estaba el koala que era donde estaba la plata, el otro se sentía que estaba recogiendo…agarraron el koala…les dije donde estaba la plata en un koala era tricolor y decía fundapure 2005…si fue recuperado ese koala por la PTJ…yo lo reconocí como mi koala...Se llevaron mi zapatos de pesas, mi bolso de mano que es tricolor, la insignia Fundapure 2005 y decía J.A.G. Gobernador…los reconocí en la PTJ, también reconocí mis zapatos deportivos y el bolso grande…si de mis compañeros se llevaron ropas, zapatos y de todo…quedamos prácticamente con lo que cargábamos puesto…yo estaba en ropa interior…el hijo de la señora del hotel me presto un mono para salir…solo dejaron las maletas grandes negras…”, corroborado con el dicho del ciudadano W.C....”…un compañero dijo que ahí estaba todo, prendas, zapatos…se llevaron todo, prendas de vestir, zapatos… Nos quitaron el efectivo que era un aproximado de un millón y pico que eran los viáticos que nos había dado la federación…se llevaron una chaqueta de unos basquetbolistas, era negra, unos compañeros…un par de zapatos New Balan…eran míos…uno bolsos, cinturones, pesas…Los bolsos decían Apure y su logotipo….después que las consiguieron nosotros las reconocimos en la PTJ…la federación nos da un koala y ahí cargaba el dinero…”. Al igual el ciudadano J.U.A. escuchaba que decía mata a ese desgraciado. Sobre este particular el testigo J.C.D. señala que uno de los sujetos cargaba unas botas vaqueras de punta y era el que daba la orden de que matara a su compañero, decía mátalo, mátalo, en este caso al testigo W.C. quien estaba poniendo resistencia y por ello se le montaron en la espalda, le pusieron una almohada sobre su cabeza y lo apuntaban. La razón de esta acción de resistencia la origina según el dicho del ciudadano W.C. el hecho de que le estaban dando patadas a su tío y él se paró, por lo que lo apuntaron y le dijeron que lo iban a matar y precisa que esa persona que le cayó a patadas a su tío tenía unas botas Loblan, pico puyado, de cuero y no cargaba capucha señalando al hoy acusado J.L.P.G..

    Los organismos de investigación policial competentes fueron informados de lo ocurrido por las mismas victimas del hecho antes señalado quienes manifestaron acudieron a las oficinas de la PTJ hoy Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalisticas de esta ciudad de Trujillo como de 12 a 1 de la mañana del mismo día, tal y como lo señala igualmente el funcionario J.B. adscrito al CICPC subdelegación Trujillo quien recuerda que en horas de la noche, mes de diciembre del año 2005 se trasladó al hotel América, ubicado en el sector La Morita, en la peña Tucutucu a los fines de practicar inspección técnica en el lugar por cuanto había ocurrido un robo a mano armada donde habían resultado varias personas lesionadas, entre ellas atletas de la categoría de pesas de una delegación quienes se encontraban allí hospedados y quienes les manifestaron que minutos antes habían llegado unos sujetos a ese sitio portando armas de fuego y bajo amenazas de muerte los habían despojado de sus pertenencias, describiendo a su vez el Hotel América como un sitio de suceso cerrado con una puerta de acceso, el área de recepción, constituido de varias habitaciones. Aunado a lo dicho por el ciudadano R.A.B., quien señala reside en el sector el tendal, las Araujas, Trujillo, de 100 a 150 metros de su casa baja el río Castán, en la madrugada de los hechos donde muere el joven que apodaban Felique, se levantó como a las tres de la mañana ya que iniciaban las misas de aguinaldos y el era una de los organizadores y observó al señor de nombre I.G. que lanzaba un bolso hacia el río y le pareció sospechoso por cuanto habían ocurridos los hechos que habían asesinado un muchacho, le pareció que estaban botando evidencias, por lo que sacó el bolso del río y pudo ver que era un bolso mas o menos grande de color Amarillo, Azul y Rojo y tenia el nombre de Apure, no lo abrió sino que lo llevó hasta la policía (CICPC de San Jacinto) quienes lo abrieron y observó que en su interior habían implementos deportivos, cosas personales. Así mismo el funcionario F.A.G.A., adscrito al CICPC subdelegación Trujillo manifiesta que por el sector La Plazuela, carretera vieja de Trujillo-Bocono, localizó un vehículo que se encontraba como oculto en un barranco y fue sacado con una grúa, siendo reconocido el vehículo por el hijo de la victima de un robo ocurrido en el Hotel América de nombre J.L., vehículo éste que le fue practicado experticia de reconocimiento de seriales N° 0601041 de fecha 24/01/06 por el funcionario D.E.A.V., adscrito al CICPC subdelegación Valera el cual presenta las siguientes características clase automóvil, marca Toyota, modelo Corolla, tipo sedan, placas EAK-811, color rojo, año 2002, uso particular, señalando el experto que sus seriales de identificación se encuentran en estado original.

    En efecto consta de la declaración de los funcionarios adscritos al CICPC subdelegación Trujillo, C.C.A.F. y M.C.R.; quienes en fecha 17/12/05 aproximadamente de 10 a 11 de la mañana, ingresaron al interior de las viviendas donde residían la familia Pacheco ubicadas en la calle 24 de Julio, sector El Tendal, Trujillo, Estado Trujillo, previa orden de allanamiento en presencia de dos testigos residentes del lugar de nombres E.A.D.V. y N.D.d.S. en el cual fueron encontrados objetos relacionados al hecho delictivo ocurrido la noche anterior en el Hotel América, conforme al dicho del funcionario C.C.A.F. “…los allanamientos se efectuaron donde quedan las residencias de la familia de apellido Pacheco…no recuerdo si eran 4 o 5 viviendas… eran varias residencias, se practicaron varias visitas el mismo día… el objeto de las visitas domiciliarias es buscar elementos de interés criminalisticos en virtud de haber ocurrido un hecho punible, se realizo con testigos inclusive el mismo Fiscal, los testigos y por supuesto los mismos ocupantes de las viviendas…recuerdo que se localizo algunos objetos relacionados con el robo denunciado en el Hotel América, delito que había sido denunciado…entre esos objetos se encontró un radio reproductor de CD y de casette de color gris…se encontraron bolsos, botas deportivas, chaquetas negras en sí no eran deportivas…las botas deportivas…recuerdo las características del bolso de color azul y alusivo a la representación deportiva que fue victima del robo… el bolso era azul no muy grande ni muy pequeño…creo que se consiguió artículos de uso personal y no recuerdo si hubo documentos identificativos…recuerdo que en uno de los allanamientos se consiguió una placa de un vehículo… eran cuatro viviendas, recuerdo que en dos viviendas se localizaron los objetos… dependiendo del uso que uno le de a la casa…nosotros no tuvimos que utilizar la fuerza para acceder al interior de los inmuebles…en dos de los inmuebles solamente fue que se colecto los objetos en los otros dos no…habían dos viviendas donde habían objetos relacionados con el robo del Hotel América, recuerdo que en una de las casas era donde estaban las chaquetas negras era la casa de J.L. Pacheco…” El respectivo funcionario haciendo uso de la memoria recuerda que solo en dos viviendas de las ocupadas por la Familia Pacheco se encontraron objetos relacionados al hecho delictivo denunciado ocurrido en el Hotel América, a saber en la residencia del Hoy acusado J.L.P., se encontraron chaquetas negras y en otra de las viviendas de la misma familia Pacheco recuerda se encontraron bolsos con los colores e inscripciones alusivos al equipo deportivo que fue objeto del robo, exhibiéndosele la evidencia Nº 04 identificada con la planilla de custodia Nº P-1390 correspondiente a un bolso de color amarillo, azul, rojo y negro con la inscripción Gobierno Bolivariano de Apure el cual identificó como uno de los objetos recuperados durante el allanamiento practicado. Lo anterior guarda estrecha relación con lo expuesto por la victimas del robo en el Hotel América, específicamente los integrantes del equipo deportivo del Estado Apure, en especifico el ciudadano W.C. “…se llevaron una chaqueta de unos basquetbolistas, era negra, de unos compañeros…un par de zapatos New Balan…eran míos…uno bolsos, cinturones, pesas…Los bolsos decían Apure y su logotipo…”. Al igual el ciudadano J.C.D. “…Se llevaron mi zapatos de pesas, mi bolso de mano que es tricolor, la insignia Fundapure 2005 y decía J.A.G. Gobernador…”. En efecto las distintas evidencias incautadas en el allanamiento practicado en la viviendas ocupadas por la familia Pacheco entre las cuales residía el hoy acusado J.L.P.G. fueron encontradas una serie de objetos descritos en los distintos reconocimientos técnicos y avalúos reales practicados por el funcionario adscrito al CICPC subdelegación Trujillo J.B., signados con los Nº 9700-084-189, 9700-004-190 Y 9700-004 todos de fecha 17/12/05, en los cuales se describen Un (01) par de botas deportivas, color blanco, azul y rojo, marca New Balance, Una (01) chaqueta elaborada de material sintético color negro, marca NBA Apersone, talla 46, Un (01) koala elaborado en material sintético de colores amarillo, azul y rojo con la inscripción Gobierno Bolivariano FUNDA APURE, Un (01) bolso elaborado en material sintético de colores amarillo, azul y rojo con la inscripción Gobierno Bolivariano APURE J.A.G., Un (01) par de medias deportivas elaboradas en algodón color blanco, se aprecia la figura de la bandera de Venezuela, Un (01) desodorante de la marca MUM, Un (01) envase de Dencorub, contentivo de relajante muscular , Un (01) bolígrafo marca F.C., Una (01) gorra color beige, con el logotipo Andes 2005, Un (01) guante de tela de color blanco con el borde negro, Un (01) pasamontañas de tela color azul con dos signos de discontinuidad, Un (01) par de botas deportivas marca PUMA, Dos (02) cinturones de tela, color negro y rayas rojas, Un (01) bolso tipo estuche, color azul con la inscripción Gobierno Bolivariano FUNDE APURE contentivo de cepillos dentales marca Pro, repuestos de maquinas de afeitar, Un (01) monedero para damas, Un (01) zapato marca PUMA, Un (01) cuaderno marca Universiti, Un (01) equipo de sonido marca AIWA, tres CD, serial 503EM06K0656, Una (01) cedula de identidad a nombre de R.V. Marìa V- 3.312.487, Una (01) cartera para uso de caballero, color marròn, contentiva de documentos personales, tales como A) Una cedula de identidad a nombre de A.L.J.U. V- 11.241.255, B) Una cedula de identidad a nombre de Diaz Delgado J.C. V- 16.217.251, C) Una cedula de identidad a nombre de Montilla Alvarado Marìa Angelica V- 15.513.596, D) Licencia para conducir J.D. V- 16.217.251, Una (01) cartera de cuero de color marròn para damas contentiva de Una (01) libreta de ahorros del Banco de Venezuela a nombre de M.R.V. V- 3.312.487, Un (01) certificado medico de tercer grado a nombre de M.R.V. V- 3.312.487. Una (01) chaqueta de color negro marca RUMWAY, talla M, Una (01) chaqueta de color azul marca BETHOVEN, talla M, Una (01) chaqueta de color negro, con una raya de color rojo en la parte posterior la inscripción FERRARI, Un (01) short de color negro con rayas gris y rojo, marca Eagle, Un (019 pasamontañas de color negro con signos de discontinuidad, Una (01) navaja con la inscripción Stainless Steel, Un (01) par de botas deportivas marca Reebok color blanco y azul numero 41.

    El anterior procedimiento de allanamiento igualmente fue practicado por el funcionario M.C.R., quien señala “…el motivo de la visita fue por un robo que ocurrió cerca de tres esquinas en un hotel… si, el allanamiento tenia que ver con el robo, se buscaba en esa casa, vestimenta de los deportistas que habían robado…implementos deportivos relativos a unos levantadores de pesa, como carteras, bolsos…creo que uno de los deportistas reconoció la cartera y gorra de Andes 2005…era de color beige la gorra… y las letras de Andes 2005…se encontraron guantes, pasamontañas…”. Los testigos que presenciaron el allanamiento corroboran la incautación de los objetos antes descritos, entre ellos, el ciudadano E.A.D.V., quien manifiesta conocía de vista a los residentes de las viviendas allanadas pero no de trato y presenció el registro de las viviendas en fecha 17/12/05 en el sector El Tendal, municipio Trujillo, parroquia Matriz, manifestando que recuerda que en la vivienda del hoy acusado J.L.P. fue encontrada una caja de balas, una chaqueta negra, unos pasamontañas, posteriormente siguieron a la residencia del hoy acusado I.G. donde no se consiguió nada, posteriormente se dirigieron a un anexo que está ahí y el señor Isaac dijo que tenía la llave y dentro del mismo se consiguieron bolsos, gorras que decían el nombre de Estado APURE, de la delegación de Apure 2005. Testimonio corroborado con el dicho del ciudadano N.D.d.S., quien manifiesta ser residente del lugar y presencio el allanamiento practicado en la denominada calle Maracaibito, sector Las Araujas, Trujillo en las viviendas donde residen la Familia Pacheco, manifestando textualmente “…en primer lugar se hizo el allanamiento a la casa de D.P. y no se encontró nada, luego a la otra casa del señor R.P. no se encontró absolutamente nada, después en la casa del señor J.L. Pacheco… habían cuatro casas mas un anexo que tenían como deposito que antes lo utilizaban para vender licores…en la casa del señor J.L.P., por el tiempo que tengo viviendo por ahí se que esa es la casa de él, se consiguieron unas chaquetas, pasamontañas, unos guantes, eso fue lo que se encontró ahí…no recuerdo si habían armas…después visitamos la casa del señor Galindo que era policía… en la casa del señor Galindo no se encontró absolutamente nada… en ese momento no aparecían las llaves de ese anexo, luego aparecieron y se encontró material utilizado por deportistas levantadores de pesas, unas botas deportivas para ese tipo de actividad, cinturones para alzar pesas, unos koalas… en ese momento se estaban realizando uno juegos creo que Andes 2005 ese material se relacionaban con eso juegos…Delegación de Apure o de Yaracuy…habían unas carteras de dama, un koala… estas cosas estaban en el anexo…”

    En relación a las evidencias encontradas el funcionario J.B., adscrito al CICPC subdelegación Trujillo, en su labor técnica e investigativa, practica reconocimiento técnico y avalúo real a las mismas, lo que significa que pudo tocar, palpar los objetos recuperados, describir las características de su uso, estado y valor en el mercado y expone en relación a una gorra color beige, un guante de tela y un pasamontañas de tela color azul “…el pasamontañas de color azul son prendas de vestir utilizados para cubrir la parte superior de la cabeza y atípicamente se puede usar para cubrir el rostro y no ser identificados…el fin de un pasamontañas es prácticamente cubrir la cabeza donde la temperatura es fría…normalmente estas prendas son utilizadas para cubrir la cabeza pero atípicamente también son utilizadas para cubrir la cara y para no ser identificados…en cuanto al guante de color blanco también es una prenda de vestir utilizado en el área de las manos y se puede utilizar en este caso para no tocar cosas frías o atípicamente puede ser utilizado para estar en un sitio y no dejar plasmadas las huellas digito dactilares…estas prendas son para utilizarlas en climas fríos…las prendas de este tipo es zonas cálidas es muy poco probables que sean utilizadas pero de manera atípica son utilizadas… pero aquí en Trujillo es muy poco probable que la gente las utilice…atípicamente se puede utilizar para otros medios que las personas les de otro uso…a la gorra color beige es una prenda de vestir que cubre la cabeza… con la descripción que tiene se individualiza es una gorra para una actividad deportiva especifica… En este estado se deja constancia que el Fiscal Segundo del Ministerio Publico exhibe a las partes la evidencia física gorra de color beige con la inscripción Andes 2005…”, al igual en relación a varias prendas de vestir de uso deportivo, refiere “…hablo de un par de botas, una chaqueta de color negro, de material sintético, un koala de color amarillo, azul y rojo donde se aprecia la inscripción de Gobierno Bolivariano FUNDA APURE…al leer pude determinar que esa prenda es de uso exclusivo de un club deportivo de un ente público, por decir Gobierno Bolivariano del Estado Apure…esa prenda esta referida a identificar a algún Estado en este caso el Estado Apure…en cuanto al bolso con los colores amarillo, azul y rojo J.A. Gobernador…si esos bolsos son utilizados para llevar cosas, pero la descripción lo individualiza Gobernación del Estado Apure…para finales del año 2005 se había dado una competencia de Juegos Naciones Deportivos aquí en el Estado Trujillo…Trujillo era sede de algunos eventos deportivos en esa oportunidad…”, descripción esta que concuerda con las distintas prendas de vestir que portaban las victimas deportistas hospedados en el Hotel América quienes procedían del Estado Apure a los fines de participar en el Estado Trujillo de los Juegos Nacionales Andes 2005 tal y como lo refiere el ciudadano J.C.D. “…lloré les pedí y suplique que no me mataran y les dije donde estaba la plata en un koala era tricolor y decía FUNDA APURE 2005…si fue recuperado ese koala por la PTJ…yo lo reconocí como mi koala...Se llevaron mi zapatos de pesas, mi bolso de mano que es tricolor, la insignia FUNDA APURE 2005 y decía J.A.G. Gobernador…”

    Posterior a ocurrir los hechos antes narrados donde resultó acreditada la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 458 del código penal, en perjuicio de M.V., W.C., J.C.D., J.A. y Y.P. y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES CALIFICADAS EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, en perjuicio de M.V., Y.P., J.A., y W.C., de conformidad con los artículos 416, 418 encabezamiento y 424 del código penal, por el hoy acusado J.L.P.G., el mismo día 16/12/05 aproximadamente a las 11:30 horas de la noche el hoy acusado J.L.P.G., luego de una discusión con vecinos del sector El tendal, específicamente en la calle 24 de Julio del mencionado sector, ubicado en Trujillo, Estado Trujillo, desenfundó un arma de fuego del tipo revólver con la cual efectúo varios disparos, alcanzando uno de ellos al ciudadano R.E.C.T., ocasionándole un herida en la espalda la cual le produjo la muerte de manera casi inmediata.

    Lo anterior resultó acreditado en principio con la muerte de quien en vida respondía al nombre de R.E.C.T., quien el día 16/12/05 aproximadamente a las 11:30 de la noche cuando transitaba por el sector El tendal, específicamente por la calle Maracaibito, Trujillo, Estado Trujillo es alcanzado por uno de los disparos efectuados con un arma de fuego que portaba el hoy acusado J.L.P.G., que le ocasionó una herida en la espalda y le produjo la muerte casi de inmediato, según se desprende de la declaración rendida por la Dra. M.A., medico anatomopátologo, quien practicó protocolo de autopsia Nº 9700-165-05-1928 de fecha 27/12/05, el día 17/12/05 a las 9:00 de la mañana, al cadáver de quien en vida respondía al nombre de R.E.C.T., el cual describe al examen externo, cadáver de sexo masculino, de 18 años de edad, que mide 1.83cm, raza mezclada, contextura delgada, pelo negro, corto, sin bigote, ojos de color marrón con opacidad corneal, piel blanca, que presenta Una (01) herida producida por el paso de proyectil único, disparado por arma de fuego, con orificio de entrada ovoide que mide (0,9 x 0,7cms) con halo de contusión asimétrico en hemotórax posterior derecho a nivel subescapular derecho con línea escapular y sin orificio de salida. Perfora 7° cuerpo vertebral dorsal sigue y penetra a tórax, perfora aorta toráxico y sigue y perfora ileo pulmonar izquierdo, perfora ventrículo derecho y aurícula izquierda, perfora lóbulo inferior del pulmón izquierdo, para finalmente salir por hemitorax izquierdo anterior (III espacio intercostal) con línea media clavicular y alojarse en partes blandas de región pectoral izquierdo un proyectil de color gris deformado que mide 1,8 x 0,8cms, en relación al referido proyectil, extraído del cadáver, le fue practicado experticia de reconocimiento técnico y comparación balística Nº 9700-069-DC-74 de fecha 18/01/06, exhibida a las partes y en especifico al funcionario que la suscribe J.F.C.G., adscrito al CICPC subdelegación Trujillo, que refiere sobre un (01) proyectil metálico de color gris, perteneciente a una de las partes que componen el cuerpo de una bala para arma de fuego, encuadrable con los calibres .38SPL o 357 Magnum de la forma cilindro ojival, presenta una longitud que oscila entre 15,3 y 17,5 milímetros el cual presenta una deformación en su ojiva con perdida del material que lo conforma debido al violento impacto que sufrió al chocar contra una superficie de igual o mayor cohesión molecular. Al respecto el funcionario manifestó que se trata de un proyectil que comúnmente se le dice plomo, es metálico de color gris y que por su experiencia sabe que es plomo aún cuando no le hizo análisis químico, es de fácil deformación a diferencia de los blindados aunque también se deforman, el proyectil si tenia características, pero no se le entrego arma para la practica de prueba de comparación balística, lo cual igualmente no fue solicitado. Señala que el proyectil encuadra con los calibre punto 38 y 357 mágnum. Igualmente presentó el cadáver excoriaciones en miembro superior izquierdo, cadera izquierda y cara lateral de rodilla derecha y antero externa de rodilla izquierda. Equimosis en hombro izquierdo y región trapezoidal derecha, estableciéndose como data de la muerte seis (06) horas y causa Shock Hipovolemico debido a herida por arma de fuego en tórax. Señala la experto anatomopátologo que el cadáver presentaba livideces móviles, explicando que en los fenómenos cadavéricos las livideces se instauran al comienzo de la muerte, las primeras 3 horas la rigidez es muy intensa posterior a las 3 horas comienza la movilidad de las livideces y posterior a las 24 horas es que comienza la fase de putrefacción y en este caso no había llegado el cadáver a la fase de putrefacción. Observó en la región escapular derecha (espalda) una herida producida por el paso de un proyectil de arma de fuego, un orificio de entrada en forma ovoide sin orificio de salida, lo que indica que el plano de penetración en el cuerpo influye en la forma del orificio porque cuando es completamente perpendicular generalmente es redondo, considerando sin duda alguna que se está en presencia de un orificio de entrada de distancia mayor de 60 centímetros del área anatómica del cuerpo afectada y la boca del cañón del arma de fuego accionada, presenta excoriaciones en el brazo izquierdo, cadera izquierda, cara anterior externa de la rodilla izquierda y en la cara lateral de la rodilla derecha al igual equimosis (morados) que son derrames de sangre por debajo de la piel en la región trapezoidal derecha (del cuello al tórax), considerando ambas lesiones como recientes, excoriaciones y equimosis y pre morten, es decir que la persona estaba viva cuando recibió los golpes, no tiene duda de que son lesiones vitales, lesiones que ocurren en vida a diferencia de las lesiones en un cadáver que se llamaría apergaminadas, pudo haber sido estas excoriaciones por una fricción con el pavimento, por caída, al examen interno no presenta lesiones a nivel de la cabeza, en relación a la trayectoria interna, señala que el orificio de entrada se observa por debajo de lo conocido como la paleta, perfora la columna (7º columna vertebral), lesiona la medula, penetra la cavidad toráxico, perfora la arteria aorta descendente, hacia el lado derecho de la aorta está el esófago y al lado izquierdo está el corazón, hay lesión en el ventrículo derecho del corazón sigue y consigo lesión en la aurícula izquierda del corazón, luego lesiona el ilio izquierdo pulmonar, se consiguió hematomas, el ilio lo componen las venas, lesión del lóbulo inferior izquierdo, lesión del 4º espacio intercostal izquierdo, en la línea clavicular, ese espacio fue fracturado para finalmente alojarse en la parte blanda de la región pectoral izquierda, extrajo el proyectil deformado de color gris y concluye que las lesiones de los grandes vasos (arteria Aorta) la lesión del corazón, se consideran heridas mortales, no observando ninguna sustancia etílica, presencia de alcohol. En igual sentido al examen físico practicado al cadáver de R.E.C.T. por el medico forense II Dr. W.A.G., quien practicó levantamiento del cadáver en la morgue del hospital J.G.H.d.T. en fecha 17/12/05 a las 7:30 a.m., signado con el Nº 9700-165-05-1928 de fecha 27/12/05, exhibida a las partes y en especifico al experto que la suscribe, quien explica que el levantamiento del cadáver es una experticia previa al protocolo de autopsia, es el primer contacto que tiene el medico forense con el cadáver, es una descripción externa del cadáver, observó una herida producida por arma de fuego con característica orificial de 0,8 cm. de entrada y estaba ubicada en la región subescapular derecha (señalando la espalda), cuyos bordes estaban hacia adentro, es un disparo de distancia por cuanto carece de tatuaje y en cuanto al aumento de volumen en la región pectoral izquierda, por delante en el pecho, es muy probable que el proyectil al intentar salir quedo abotonado allí, refiere también excoriaciones por arrastre en la región posterior del brazo izquierdo, que pudo producirse por el contacto con una superficie fija, con el pavimento, una pared, también una excoriación en la cadera izquierda, las características iguales por arrastres con objeto fijo, en cuanto a la excoriación en la rodilla derecha, señala que si no describió diferencias es porque eran similares esas tres excoriaciones, es decir la misma data, en cuanto al tipo de muerte considera que es muerte violenta porque tiene signos de violencia, una herida por arma de fuego, no observé sangre al momento del examen del cadáver, aclarando que el cadáver se conserva en las cavas de refrigeración y cuando él lo observa estaba en una camilla.

    La noche del deceso del joven R.E.C.T., se encontraban presentes moradores del lugar quienes lograron observar al hoy acusado J.L.P.G., efectuando varios disparos con arma de fuego alcanzando uno de esos impactos la humanidad del joven R.E.C.T. a nivel de la espalda, causándole la muerte casi de inmediato. El ciudadano J.A.M.B. manifiesta que el día 16/12…como a las 11:15 de la noche observa una discusión en el puente del sector donde vive al pie de Timirisis y el Tendal, conocida la calle donde residía la Familia Pacheco como Maracaibito, Trujillo, discusión entre unos jóvenes, D.P., sobrino del hoy acusado J.L.P.G. con Noé, Manuel y J.G. quienes eran, estos últimos sus amigos, el se encontraba haciendo el pesebre por donde está la pasarela y como su casa queda entre el puente y la pasarela el salió por detrás de su casa y se paró en la esquina del puente como al comienzo del puente y observó que el grupo de sus amigos estaban como a tres metros de él frente al otro grupo que era D.P. y detrás de él fue que subieron tres personas mayores, el señor Luis, el señor Juan y el muchacho Isidro, el señor Juan fue el que dijo aquí va a ver plomo pa todo el mundo, observó al señor J.J. el papa de J.L. y a este ultimo armados, comenzó a escuchar muchos disparos y observó al hoy acusado J.L.P. que le estaba apuntando, toda la gente que estaba ahí salió corriendo, el sale corriendo y delante de él iba Néstor corriendo y tropezó con él, se calló casi al finalizar el puente, en eso se regresa Álvaro para ayudarlo y le dijo que no y siguió corriendo, Néstor siguió adelante, cuando le disparó el señor J.L. estaba este casi llegando al puente, la gente corría pegada a la pared, la ultima persona que estaba después de él y Álvaro era el hoy acusado J.L. y cuando él oía los disparos estaba sólo J.L.. Recuerda que cuando él cae y se levanta y da unos pasos ve al hoy occiso que cae antes de la alcantarilla, se vuelve a levantar pero cae de una vez, es cuando el hermano del occiso se regresa y le dice Jhon ayúdame y se devolvió al igual que Álvaro y observó al hoy acusado J.L. que estaba ya finalizando el puente y sólo estaba él y seguía disparando, uno de esos disparos está en la pared de la bodega de la familia Briceño, el señor Juan e Isidro se devolvieron y el único que siguió adelante fue el señor J.L.P. quien tenía una chaqueta y un blue jean, arrastraron al hoy occiso hasta la esquina, lo vio que se estaba poniendo blanco, lo voltearon y Álvaro le subió la camisa y vio el tiro por la espalda y no botó sangre, la franela que tenía el occiso era azul, con cuello redondo y en el orillo era gris y un blue jean. Corroborado con el dicho del ciudadano Á.J.P.T., quien manifestó, se encontraba esa noche haciendo el pesebre al frente de la casa de J.M. donde esta la pasarela, en el sector el Tendal donde él vive y escucha un pleito entre unos amigos de él con un familiar del hoy acusado J.L.P.d. nombre D.P., siendo aproximadamente las 11:00 a 11:30 de la noche y se fue para donde estaba la discusión, en toda la acera del puente, escuchó que el señor Juan el papa del hoy acusado J.L. dijo plomo pa todo el mundo y observó que los dos el señor Juan y J.L. disparaban, todos salieron corriendo, el estaba con J.M. en el puente, delante de él iban el hoy occiso y su hermano y detrás venía él con Jhon, y Néstor, observó que cae J.M. y lo llama y le dice Felique, Felique, cuando él auxilia al hoy occiso observa al señor Juan que se regresa, que estaba en toda la entrada del puente, al inicio del puente y el hoy acusado J.L.P. siguió disparando dos o tres veces mas y estaba casi saliendo del puente. Observó al hoy occiso que tenía un huequito chiquito en la espalda, le subió la franela que era azul con cuello gris y redondo, descripción que igualmente realiza el experto Á.S., adscrito al CICPC subdelegación Valera, quien practicó experticia de reconocimiento legal, experticia hematológica N° 9700-069-DC-3214 de fecha 25/01/06 a una franela de cuello redondo, talla S, confeccionada con fibras naturales teñidas de color azul, ribete del cuello de color gris, presentaba pequeñas y diluidas manchas de color pardo rojizo ubicadas en la parte posterior así mismo presentaba una solución de continuidad (orificio) ubicada a nivel del área de proyección anatómica de la región escapular derecha de 05 mm de diámetro. Un pantalón tipo jean, color azul, presentaba una solución de continuidad (rasgadura) ubicada a nivel del área de proyección anatómica de la región rotular derecha, concluyendo con certeza el experto que las manchas de color pardo rojizo presentes en la franela de color azul era sustancia de naturaleza hemática, sangre, no logrando determinar su grupo sanguíneo, por cuanto la muestra era muy exigua; es decir poquita. La experticia practicada sobre las prendas de vestir que portaba el occiso el día en que ocurre su deceso, cuyo pantalón de jean color azul presentaba una solución de continuidad (rasgadura) a nivel de la región rotular derecha, guarda relación con el hecho de que la victima al momento de ser impactada efectivamente cae y en el presente caso el ciudadano J.M. señala que él observó a Felique que caía, se levantó y pocos pasos volvió a caer cerca de la alcantarilla, al igual como lo refiere N.E.B.B. quien observó que el hoy occiso cayó un poco después de la alcantarilla y vio que su hermano se devolvió a recogerlo. El joven Á.J.P.T. expone “…cuando el cae la primera vez y cae la segunda vez, vi que el señor Juan se regresó…cuando yo voy a ayudar a auxiliar al joven observé al señor Juan que se regresó…”. La victima cae producto del impacto por arma de fuego que sufre a nivel de la espalda, que origina la rasgadura del pantalón que vestía, corroborado igualmente conforme al dicho del experto F.S. adscrito al CICPC subdelegación Valera quien practicó reconocimiento legal, experticia física (determinar origen de solución de continuidad) y experticia química (iones Nitritos y Nitratos) N° 9700-069-DC-3215 de fecha 24/01/06, al concluir que la solución de continuidad (rasgadura) presente en el pantalón tipo jean, presenta características físicas de clase que le permiten encuadrarlas dentro de las originadas por un mecanismo de tracción violenta, manifestando el experto “…en relación a la prenda de vestir denominada blue jean, lo que se le consiguió fueron unas rasgaduras en la parte de la rotula derecha y signos de suciedad…la rajadura pudo ocasionarse porque la persona se cayo…se determino porque hubo un mecanismo de tracción violenta… este mecanismo de tracción violenta pudo ser por una caída, que la persona iba caminando o corriendo…”. Igualmente manifestó el ciudadano N.E.B.B., ser vecino del sector y que se encontraba esa noche en compañía de sus amigos J.G. y Noé con quien iba a comer perros calientes, aproximadamente a las 10:00 de la noche y necesariamente tenían que pasar por donde vive un chamo de nombre D.P. el cual tenía un problema con Noé, observó que había como una fiesta en la casa de D.P., ellos se sentaron en el puente y había discusión entre el grupo de ellos allá y los chicos acá, de la pasarela se vinieron sus amigos Álvaro y Jhon para el puente, al comienzo de la discusión el no le hacía mucho caso a los otros que estaban en la fiesta, porque estaban borrachos, pero cuando comenzó a escuchar los disparos, vio que subía hacia ellos, hacia el puente el hoy acusado J.L.P. que estaba vestido de negro, salió corriendo, los perseguía la gente que estaba en la fiesta, en la casa de D.P. hermano del hoy acusado J.L.P., cuando escuchó los disparos el hoy occiso y su hermano ya estaban pasando el puente, al salir el corriendo se tropezó con su pie J.M. y este cae, Álvaro lo fue a ayudar pero Jhon se paró y salió corriendo, él le pasó por un lado al hoy occiso (Felique) y a su hermano y lo vio de pie, después que escuchó las detonaciones volteó y observó que venían disparando varias personas, pero la persona que tenía chaqueta negra venía de primero, observó que el hoy occiso cayó un poco después de la alcantarilla y vio que su hermano se devolvió a recogerlo, pero él siguió corriendo y ya no tenía visibilidad hacia el puente. Igualmente consta la declaración de la ciudadana Yolimar Coromoto Briceño Briceño, quien manifiesta se encontraba realizando el pesebre cerca de la pasarela el día en que fallece el hoy occiso R.C., 15 ó 16/12/05 en el sector el Tendal alrededor de las 11:30 de la noche, escuchó unos disparos y se fue hacia la pasarela que queda como 10 a 15 metros del puente y observó al hoy acusado J.L. disparando a los muchachos Álvaro, N.B., J.G., Noé el occiso y el hermano, fue al único que le vio arma, observó cinco personas que venían persiguiendo a los muchachos, las cinco personas estaban en el puente y los muchachos venían corriendo, de esas cinco personas recuerda al hoy acusado J.L. y al papa, pero fue el hoy acusado J.L. quien llegó hasta finalizar el puente y los otros se quedaron mas atrás, cuando ya no escuchó mas disparos esas cinco personas salieron corriendo hacia sus casas que quedan ahí mismo bajando, ella tenía visibilidad de la casa de la señora Y.M., la calle que sube y el puente el cual tenía buena iluminación, no observó a alguien que cayó porque no se ve de donde ella estaba, ya que el hoy occiso estaba tirado por la alcantarilla cerca de la casa de la familia Briceño, estaba el hermano pidiendo ayuda y se acercaron los de la comunidad y los primeros que llegaron eran los que estaban haciendo el pesebre, observó al hermano que arrastraba al hoy occiso hasta la esquina de la casa, observó que Yaremis Milla le levantó la camisa y le vio un disparo en la espalda, un hueco mínimo y no botó nada de sangre.

    Los testigos que presenciaron la muerte del hoy occiso R.E.C. son contestes en afirmar en principio que observaron al hoy acusado J.L.P.G. accionando en varias oportunidades un arma de fuego hacia un grupo de jóvenes que se encontraban en el puente ubicado al pie del sector El Tendal de esta ciudad Trujillo, Estado Trujillo el día 16/12/05 aproximadamente a las 11:30 de la noche, previa discusión entre un grupo de jóvenes de la comunidad y un Joven de nombre D.P. sobrino del acusado J.L.P., cuando por el lugar antes señalado iba transitando igualmente el hoy occiso R.E.C. junto a su hermano J.J.C.T., quienes venían de la cancha ubicada en el sector La Vega de esta ciudad, por lo que no tenían conocimiento de lo que ahí estaba ocurriendo, tal y como lo corrobora el ciudadano J.J.C.T., quien manifestó que aproximadamente a las 9.00 de la noche se encontraba en la cancha de la Vega y su hermano fue a buscarlo, cuando deciden regresar a su residencia ubicada en la parte alta de Timirisis como a las 11:10 de la noche, tomaron la vía mas cerca de su casa por la avenida donde le dicen mis pollos, en la calle donde vivían la Familia Pacheco a quienes conocía de vista en especifico al joven D.P. y al señor J.P. y cuando pasan por el lugar observó dos grupos de personas que discutían, un grupo de muchachos en la parte de arriba y otro grupo de personas en la casa de la Familia Pacheco y como ellos no tenían ningún tipo de enemistad con alguien deciden continuar y escucha al señor J.P. que dice aquí hay plomo pa todo el mundo, ellos iban cruzando el puente cuando comenzó a escuchar los disparos, salieron corriendo, su hermano el hoy occiso iba a su izquierda, él se adelanta y cuando mira hacia atrás ve a su hermano tirado en el suelo unos 20 pasos después del puente donde hay una curvita y se regresa a recogerlo y es cuando observa a un hombre que identifica como gordito, musculoso, moreno, de 1.78 de estatura, que era primera vez que lo veía, tenía una chaqueta azul, el cual disparó dos veces mas hacia donde estaba él recogiendo a su hermano, cuyos impactos de bala estaban en la casa del señor Regulo cree firma Briceño, momento en el cual estaba ayudando a recoger a su hermano su vecino J.M., lo llevaron a una esquina, le observó un hueco en la espalda y no botó sangre donde le dieron el tiro. Esa persona que el hermano de la victima señala como gordito, musculoso, moreno, de 1.78 de estatura, que era primera vez que lo veía y tenía una chaqueta azul, que observa al momento en que está recogiendo a su hermano, es igualmente visto por el ciudadano J.M., en el momento en que el hermano del occiso se regresa y le dice Jhon ayúdame, él se devolvió al igual que Álvaro y observó al hoy acusado J.L. que estaba ya finalizando el puente y sólo estaba él y seguía disparando, corroborado con el dicho del ciudadano Á.P. quien señala que cuando él auxilia al hoy occiso observa al señor Juan que se regresa, que estaba en toda la entrada del puente, al inicio del puente y el hoy acusado J.L.P. siguió disparando dos o tres veces mas y estaba casi saliendo del puente.

    Las múltiples detonaciones por arma de fuego efectuadas por el hoy acusado J.L.P., una de las cuales alcanza la humanidad de R.E.C. a nivel de la espalda, tal y como lo refieren los testigos que presenciaron los hechos antes narrados, iniciándose los disparos en el momento en que la victima se trasladaba por el puente junto con su hermano, ubicado en el sector El Tendal de esta ciudad de Trujillo y el hoy acusado se encontraba en la primera vivienda adyacente al referido puente, corroborado por el dicho de los ciudadanos J.J.C.T. quien señala entre otras que ellos iban cruzando el puente cuando comenzó a escuchar los disparos, salieron corriendo, su hermano el hoy occiso iba a su izquierda, él se adelanta y cuando mira hacia atrás ve a su hermano tirado en el suelo unos 20 pasos después del puente donde hay una curvita y se regresa a recogerlo y es cuando observa a un hombre que identifica como gordito, musculoso, moreno, de 1.78 de estatura, que era primera vez que lo veía, tenía una chaqueta azul, el cual disparó dos veces mas hacia donde estaba él recogiendo a su hermano, cuyos impactos de bala estaban en la casa del señor Regulo cree firma Briceño. El ciudadano N.B. quien observó que había como una fiesta en la casa de D.P., ellos se sentaron en el puente y había discusión entre el grupo de ellos allá y los chicos acá, de la pasarela se vinieron sus amigos Álvaro y Jhon para el puente, al comienzo de la discusión el no le hacía mucho caso a los otros que estaban en la fiesta, porque estaban borrachos, pero cuando comenzó a escuchar los disparos, vio que subía hacia ellos, hacia el puente el hoy acusado J.L.P. que estaba vestido de negro, salió corriendo, los perseguía la gente que estaba en la fiesta, en la casa de D.P. hermano del hoy acusado J.L.P., cuando escuchó los disparos el hoy occiso y su hermano ya estaban pasando el puente. Conforme al dicho del experto J.L. quien practicó levantamiento planimétrico y trayectoria intraorgánica la distancia aproximada existente entre el poste que se observa en el plano general, ubicado en la segunda de la viviendas que posteriormente fueron calcinadas donde residían la familia Pacheco hasta la curva que se encuentra pegada al puente hay veinte metros (20mts) de la curva al puente siete metros y medio y treinta metros del puente a la alcantarilla, al igual el experto L.P. quien practicó Trayectoria balística señala que en cuanto al sitio del suceso se observa que hay un plano horizontal en el puente, después y antes de la alcantarilla metálica; es decir, la victima se encontraba a cierta distancia al momento en que se inician las detonaciones por arma de fuego por parte del acusado J.L.P. quien se dirigía hacia los jóvenes que se encontraban sobre el puente, quienes al escuchar los disparos salieron corriendo en dirección contraria al tirador, siendo lógico concluir que se mantenía cierta distancia entre la victima y el victimario y fue impactada en un mismo plano horizontal entre el puente y hasta después de la alcantarilla metálica adyacente a la vivienda de la familia Briceño, si bien no consta la ubicación de la victima en un sitio especifico al no constar en el lugar la presencia de sustancia de naturaleza hemática tal y como lo especifica el experto L.P. adscrito al CICPC subdelegación Valera, quien practicó Trayectoria Intraorgánica N° 9700-069-DC-129 de fecha 25/01/06 y concluye que la victima al momento de recibir el impacto de proyectil único disparado por arma de fuego que le ocasiona la herida a nivel de la espalda se encuentra de pie y con su tronco ligeramente inclinado hacia delante, de espalda al tirador y sobre un mismo plano horizontal con respecto a éste, con la región anatómica comprometida por el orificio de entrada orientada hacia la boca del cañón del arma de fuego. A su vez el tirador al momento de efectuar el disparo con arma de fuego que le ocasiona la herida a la victima a nivel de la espalda, se encuentra ubicado hacia la espalda de la victima y sobre un mismo plano horizontal con respecto a esta, existiendo un índice de proximidad con respecto al disparo entre la boca del cañón del arma de fuego y la región anatómica comprometida por el orificio de entrada de la victima mayor de 60 cm; es decir, un disparo a distancia, corroborado igualmente por el estudio practicado por el experto F.S. quien realizó reconocimiento legal, experticia física (determinar origen de solución de continuidad) y experticia química (iones Nitritos y Nitratos) N° 9700-069-DC-3215 de fecha 24/01/06, sobre la franela que vestía el occiso al momento en que es impactado por un arma de fuego, presentando la misma una solución de continuidad (orificio) ubicada a nivel del área de proyección anatómica de la región escapular derecha de 05 mm de diámetro ocasionada por el paso de proyectil disparado por arma de fuego, no presentando en la superficie de la misma la presencia de iones oxidantes nitratos y nitritos, por lo que considera “…el que tenia el arma de fuego estaba a una distancia mayor a 60 cm., eso se toma en cuenta de la boca del cañón, ese impacto fue a distancia…yo no tengo duda que fue un disparo a distancia…”. Conclusión a la que igualmente llega la Dra. M.A. medico anatomopatólogo, quien practicó autopsia al cadáver de R.E.C. y expuso “…la región escapular derecha esta en la espalda…se observó una herida producida por el paso de un proyectil de arma de fuego…ovoide quiere decir ovalada…el plano de penetración en el cuerpo influye en la forma del orificio cuando es completamente perpendicular generalmente es redondo…es un orificio de entrada, son lesiones contuso penetrantes, en este caso es ovoide, presenta lesiones escoriadas ( halo de contusión asimétrico producido por el proyectil que choca con la piel y vence la resistencia de ella)…en este caso no hay orificio de salida, lo que se consigue un canal sin salida….no tengo duda de que estamos en presencia de un orificio de entrada de distancia mayor de 60 centímetros del área anatómica del cuerpo afectada y la boca del cañón del arma de fuego accionada…”*

    El hoy occiso cae cerca de la alcantarilla, posterior al puente y cerca de la vivienda de la familia Briceño en la cual se observó impactos de balas, conforme al dicho de los testigos que presenciaron las detonaciones por arma de fuego efectuadas por el hoy acusado J.L.P. alcanzando una de ellas la humanidad de R.C., entre ellos el ciudadano J.A.M.B. “…Recuerda que cuando él cae y se levanta y da unos pasos ve al hoy occiso que cae antes de la alcantarilla, se vuelve a levantar pero cae de una vez, es cuando el hermano del occiso se regresa y le dice Jhon ayúdame y se devolvió al igual que Álvaro y observó al hoy acusado J.L. que estaba ya finalizando el puente y sólo estaba él y seguía disparando, uno de esos disparos está en la pared de la bodega de la familia Briceño…”, al igual el ciudadano J.J.C.T. “…su hermano el hoy occiso iba a su izquierda, él se adelanta y cuando mira hacia atrás ve a su hermano tirado en el suelo unos 20 pasos después del puente donde hay una curvita y se regresa a recogerlo y es cuando observa a un hombre que identifica como gordito, musculoso, moreno, de 1.78 de estatura, que era primera vez que lo veía, tenía una chaqueta azul, el cual disparó dos veces mas hacia donde estaba él recogiendo a su hermano, cuyos impactos de bala estaban en la casa del señor Regulo cree firma Briceño, momento en el cual estaba ayudando a recoger a su hermano su vecino J.M.…”, corroborado con la declaración del experto L.P., adscrito al CICPC subdelegación Valera, quien practicó Trayectoria Intraorgánica N° 9700-069-DC-129 de fecha 25/01/06 y concluye que el tirador para el momento de efectuar el disparo con arma de fuego que ocasiona el impacto localizado en la pared de la fachada lateral izquierda en su parte final perteneciente a la familia Briceño, se encuentra en el cuadrante Nor-Oeste, sobre el pavimento y adyacente a la alcantarilla metálica, de pie sobre un plano horizontal inferior con respecto al impacto, en una posición que permite que la boca del cañón del arma de fuego se encuentre en forma ligeramente ascendente y orientada hacia el referido impacto. Al igual el experto J.A.L.G., quien practicó levantamiento planimétrico N° 11-12 y especifica que el sitio del suceso correspondiente a la calle 24 de Julio, sector el Tendal, Trujillo, Estado Trujillo, se trata de un sitio de suceso abierto, vía pública que permite el transito automotor en ambos sentidos y como punto de referencia señala unas viviendas calcinadas y demolidas, se observa un pequeño puente por donde pasa el río Castán y se localiza un impacto de bala en la fachada de la Familia Briceño, impacto que se encontraba a 1,25 metros del piso y el proyectil estaba inmediatamente debajo, tratándose de un proyectil, metálico de color gris, deformado, el cual según experticia de reconocimiento técnico N° 9700.069-DC-3209 de fecha 04/01/06 practicado por la experto M.L.P. adscrita al CICPC subdelegación Valera, se correspondía a un proyectil que originalmente forma parte del cuerpo de una bala, metálico de color gris, el cual presenta deformaciones y perdida del material que lo constituye, debido al violento impactó que sufrió al chocar contra una superficie de igual o mayor cohesión molecular, así mismo manifestó la experto que el proyectil no presentaba estrías y campos suficientes para su comparación o estudio con otro proyectil, observándolo por medio de la lámpara de alógeno que las estrías no eran suficientes para hacer una comparación con otro proyectil, por cuanto el mismo no era blindado, en cuyo caso las características serían mas constantes es decir mas visibles, mas fáciles de estudiar o de comparar. Si bien ambos proyectiles no fue posible su comparación; es decir, el proyectil extraído al cadáver de R.E.C. según el protocolo de autopsia N° 3733-A de fecha 17/12/05 y el proyectil colectado en el lugar del suceso que impactó en la fachada de la familia Briceño, tal y como lo refiere el experto J.F.C.G., adscrito al CICPC subdelegación Valera quien suscribe experticia de reconocimiento técnico y comparación balística N° 9700-069-DC-74 de fecha 18/01/06, por cuanto el primer proyectil era encuadrable en los calibres .38SPL o 357 mágnum el segundo proyectil no presentaba suficientes características de clase que permitiera individualizarlo con el arma de fuego que lo disparó, no es menos cierto que ambos proyectiles son metálicos, de color gris y plomo, no blindados, configurando un elemento mas que confirma la responsabilidad penal del hoy acusado J.L.P.G. en la muerte de R.E.C.. Efectivamente al acusado J.L.P.G. le fueron tomadas muestras por adherencias en el dorso de ambas manos en fecha 17/12/05 por el funcionario Souki Munir, adscrito al CICPC subdelegación Valera, conforme a lo expuesto por el mismo, quien recuerda sobre el caso la practica del análisis de trazas de disparo ATD en el cual participó, el cual conforme a lo expuesto por el experto E.J.P., adscrito al CICPC, División de laboratorio Físico-Químico, área de Microscopia Electrónica, Caracas le fue suministrado el material colectado por el respectivo funcionario M.D.E.S.S. a los fines de la practica de análisis de Trazas de Disparo ATD N° 9700-028-AME-006 de fecha 20/03/06, concluye que las muestras colectadas en el dorso de ambas manos del ciudadano J.L.P.G. se detectó la presencia de Antimonio (Sb), Bario (Ba) y Plomo (Pb), lo que indica que son residuos producto de la ignición de la capsula fulminante de cartuchos para armas de fuego, que sólo pueden detectarse cuando se efectúa el disparo. Al respecto el experto E.P. manifestó que el resultado arrojado en la experticia era de certeza, por cuanto al detectarse esos tres elementos es indicativo de que se ha efectuado un disparo por arma de fuego, cumpliendo lo solicitado igualmente con los parámetros establecidos en el CICPC, Caracas, área de microscopia electrónica, como es la toma de la muestra en la región dorsal de ambas manos, por cuanto refiere el experto que lógicamente quien toma un arma la toma por la empuñadura y se dice que el 90% de la pólvora se disemina entre la región dorsal y el restante en el arma, al igual la colección de la muestra en el lapso establecido dentro de las cuarenta y ocho horas posterior al hecho y la fecha del hecho conforme a los datos que le fueron suministrados ocurrieron en fecha 16/12/05 y la colección de la muestra fue el 17/12/05; es decir no habían transcurridos cuarenta y ocho horas, concluye que la certeza deriva de la morfología de esa partícula, de forma circular, esférica, bastante redonda, mas el análisis químico y la experiencia del experto, la presencia de los tres elementos (antimonio, plomo y bario) en la misma esfera o partícula.

    RESPECTO A LA RESPONSABILIDAD PENAL DEL ACUSADO Y.G.M., por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del código penal encabezamiento.

    El delito de aprovechamiento de cosas provenientes del delito, según el Dr. J.R.M.T. es un delito cuya acción presenta dos hipótesis; una la de obrar por cuenta propia, otra la de actuar como intermediario. La primera es adquirir, recibir o esconder dinero o cosas provenientes del delito; la segunda en cualquier forma entrometerse para que adquieran, reciban o escondan dichos dineros o cosas. La actividad delictuosa requiere que el sujeto activo no haya tomado parte en el delito en el cual provengan el dinero o las cosas; esto es el delito principal aunque el aprovechamiento no sea accesorio sino consecuencial. Además este delito es sucesivo, en el sentido de que se comete cuando ya el delito principal finalizó. La ilicitud del aprovechamiento resulta del amparo que se presta con ello a los malhechores que muchas veces no resulta consecuencial sino promotor de la delincuencia.

    En el presente debate oral y público resultó acreditado que el hoy acusado I.G.M., escondía en un anexo a su residencia del cual disponía de las llaves para su acceso los siguientes objetos, entre los cuales destacan Un (01) par de botas deportivas, color blanco, azul y rojo, marca New Balance, Una (01) chaqueta elaborada de material sintético color negro, marca NBA Apersone, talla 46, Un (01) koala elaborado en material sintético de colores amarillo, azul y rojo con la inscripción Gobierno Bolivariano FUNDA APURE, Un (01) bolso elaborado en material sintético de colores amarillo, azul y rojo con la inscripción Gobierno Bolivariano APURE J.A.G., Un (01) par de medias deportivas elaboradas en algodón color blanco, se aprecia la figura de la bandera de Venezuela, Un (01) desodorante de la marca MUM, Un (01) envase de Dencorub, contentivo de relajante muscular , Un (01) bolígrafo marca F.C., Una (01) gorra color beige, con el logotipo Andes 200, los cuales fueron incautados con motivo de la orden de allanamiento practicada a la residencia de la Familia Pacheco ubicada en el sector El Tendal el día 17/12/05, objetos estos de los que habían sido despojados los ciudadanos M.V.R., W.A.C.A., J.C.D. y J.U.A. por el ciudadano J.L.P.G. en el hotel “América”, el día 16 de Diciembre del año 2.005”.

    En principio acreditada la responsabilidad penal del acusado J.L.P.G. en la comisión del delito de Robo agravado en agravio de los ciudadanos M.V., Y.P., W.C., J.C.D. y J.U.A.. Lo anterior resultó acreditado en principio con la declaración del ciudadano R.A.B., quien señala reside en el sector el tendal, las Araujas, Trujillo, de 100 a 150 metros de su casa baja el río Castán, en la madrugada de los hechos donde muere el joven que apodaban Felique, se levantó como a las tres de la mañana ya que iniciaban las misas de aguinaldos y el era una de los organizadores y observó al señor de nombre I.G. que lanzaba un bolso hacia el río y le pareció sospechoso por cuanto habían ocurridos los hechos que habían asesinado un muchacho, le pareció que estaban botando evidencias, por lo que sacó el bolso del río y pudo ver que era un bolso mas o menos grande de color Amarillo, Azul y Rojo y tenia el nombre de Apure, no lo abrió sino que lo llevó hasta la policía (CICPC de San Jacinto) quienes lo abrieron y observó que en su interior habían implementos deportivos, cosas personales.

    Una vez en conocimiento los cuerpos de investigación penal, de hecho delictivo ocurrido en el hotel América el día 16/12/05 aproximadamente entre las 9 y 10 de la noche, fue autorizado el allanamiento de las residencias de la Familia Pacheco ubicadas en el sector El Tendal de esta ciudad de Trujillo el día 17/12/05, practicado por el funcionario C.C.A.F. y M.C.R.; quienes en fecha 17/12/05 aproximadamente de 10 a 11 de la mañana, ingresaron al interior de las viviendas donde residían la familia Pacheco ubicadas en la calle 24 de Julio, sector El Tendal, Trujillo, Estado Trujillo, previa orden de allanamiento en presencia de dos testigos residentes del lugar de nombres E.A.D.V. y N.D.d.S. en el cual fueron encontrados objetos relacionados al hecho delictivo ocurrido la noche anterior en el Hotel América, conforme al dicho del funcionario C.C.A.F. “…los allanamientos se efectuaron donde quedan las residencias de la familia de apellido Pacheco…no recuerdo si eran 4 o 5 viviendas… eran varias residencias, se practicaron varias visitas el mismo día… el objeto de las visitas domiciliarias es buscar elementos de interés criminalisticos en virtud de haber ocurrido un hecho punible, se realizo con testigos inclusive el mismo Fiscal, los testigos y por supuesto los mismos ocupantes de las viviendas…recuerdo que se localizo algunos objetos relacionados con el robo denunciado en el Hotel América, delito que había sido denunciado…entre esos objetos se encontró un radio reproductor de CD y de casette de color gris…se encontraron bolsos, botas deportivas, chaquetas negras en sí no eran deportivas…las botas deportivas…recuerdo las características del bolso de color azul y alusivo a la representación deportiva que fue victima del robo… el bolso era azul no muy grande ni muy pequeño…creo que se consiguió artículos de uso personal y no recuerdo si hubo documentos identificativos…recuerdo que en uno de los allanamientos se consiguió una placa de un vehículo… eran cuatro viviendas, recuerdo que en dos viviendas se localizaron los objetos… dependiendo del uso que uno le de a la casa…nosotros no tuvimos que utilizar la fuerza para acceder al interior de los inmuebles…en dos de los inmuebles solamente fue que se colecto los objetos en los otros dos no…habían dos viviendas donde habían objetos relacionados con el robo del Hotel América, recuerdo que en una de las casas era donde estaban las chaquetas negras era la casa de J.L. Pacheco…”. Los testigos que presenciaron el allanamiento corroboran la incautación de los objetos antes descritos, entre ellos, el ciudadano E.A.D.V., quien manifiesta conocía de vista a los residentes de las viviendas allanadas pero no de trato y presenció el registro de las viviendas en fecha 17/12/05 en el sector El Tendal, municipio Trujillo, parroquia Matriz, manifestando que recuerda que en la vivienda del hoy acusado J.L.P. fue encontrada una caja de balas, una chaqueta negra, unos pasamontañas, posteriormente siguieron a la residencia del hoy acusado I.G. donde no se consiguió nada, posteriormente se dirigieron a un anexo que está ahí y el señor Isaac dijo que tenía la llave y dentro del mismo se consiguieron bolsos, gorras que decían el nombre de Estado APURE, de la delegación de Apure 2005. Testimonio corroborado con el dicho del ciudadano N.D.d.S., quien manifiesta ser residente del lugar y presencio el allanamiento practicado en la denominada calle Maracaibito, sector Las Araujas, Trujillo en las viviendas donde residen la Familia Pacheco, manifestando textualmente “…en primer lugar se hizo el allanamiento a la casa de D.P. y no se encontró nada, luego a la otra casa del señor R.P. no se encontró absolutamente nada, después en la casa del señor J.L. Pacheco… habían cuatro casas mas un anexo que tenían como deposito que antes lo utilizaban para vender licores…en la casa del señor J.L.P., por el tiempo que tengo viviendo por ahí se que esa es la casa de él, se consiguieron unas chaquetas, pasamontañas, unos guantes, eso fue lo que se encontró ahí…no recuerdo si habían armas…después visitamos la casa del señor Galindo que era policía… en la casa del señor Galindo no se encontró absolutamente nada… en ese momento no aparecían las llaves de ese anexo, luego aparecieron y se encontró material utilizado por deportistas levantadores de pesas, unas botas deportivas para ese tipo de actividad, cinturones para alzar pesas, unos koalas… en ese momento se estaban realizando uno juegos creo que Andes 2005 ese material se relacionaban con eso juegos…Delegación de Apure o de Yaracuy…habían unas carteras de dama, un koala… estas cosas estaban en el anexo…”

    En efecto las distintas evidencias incautadas en el allanamiento practicado en la viviendas ocupadas por la familia Pacheco entre las cuales se contaba con un anexo cuyas llaves disponía el acusado I.G. fueron encontradas una serie de objetos descritos en los distintos reconocimientos técnicos y avalúos reales practicados por el funcionario adscrito al CICPC subdelegación Trujillo J.B., signados con los Nº 9700-084-189, 9700-004-190 Y 9700-004 todos de fecha 17/12/05, en los cuales se describen Un (01) par de botas deportivas, color blanco, azul y rojo, marca New Balance, Una (01) chaqueta elaborada de material sintético color negro, marca NBA Apersone, talla 46, Un (01) koala elaborado en material sintético de colores amarillo, azul y rojo con la inscripción Gobierno Bolivariano FUNDA APURE, Un (01) bolso elaborado en material sintético de colores amarillo, azul y rojo con la inscripción Gobierno Bolivariano APURE J.A.G., Un (01) par de medias deportivas elaboradas en algodón color blanco, se aprecia la figura de la bandera de Venezuela, Un (01) desodorante de la marca MUM, Un (01) envase de Dencorub, contentivo de relajante muscular , Un (01) bolígrafo marca F.C., Una (01) gorra color beige, con el logotipo Andes 2005, Un (01) guante de tela de color blanco con el borde negro, Un (01) par de botas deportivas marca PUMA, Dos (02) cinturones de tela, color negro y rayas rojas, Un (01) bolso tipo estuche, color azul con la inscripción Gobierno Bolivariano FUNDE APURE contentivo de cepillos dentales marca Pro, repuestos de maquinas de afeitar, Un (01) monedero para damas, Un (01) zapato marca PUMA, Un (01) cuaderno marca Universiti, Un (01) equipo de sonido marca AIWA, tres CD, serial 503EM06K0656, Una (01) cedula de identidad a nombre de R.V. Marìa V- 3.312.487, Una (01) cartera para uso de caballero, color marròn, contentiva de documentos personales, tales como A) Una cedula de identidad a nombre de A.L.J.U. V- 11.241.255, B) Una cedula de identidad a nombre de Diaz Delgado J.C. V- 16.217.251, C) Una cedula de identidad a nombre de Montilla Alvarado Marìa Angelica V- 15.513.596, D) Licencia para conducir J.D. V- 16.217.251, Una (01) cartera de cuero de color marròn para damas contentiva de Una (01) libreta de ahorros del Banco de Venezuela a nombre de M.R.V. V- 3.312.487, Un (01) certificado medico de tercer grado a nombre de M.R.V. V- 3.312.487, Un (01) short de color negro con rayas gris y rojo, marca Eagle, , Un (01) par de botas deportivas marca Reebok color blanco y azul numero 41.

    El comportamiento antes descrito por el acusado J.L.P.G., se subsume en los siguientes delitos HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto en el articulo 406 ordinal 1 (por Alevosía) del Código Penal, en perjuicio de R.C., LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES CALIFICADOS EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, en perjuicio de M.V., Y.P., J.A. y W.C., de conformidad con los artículos 416, 418 encabezamiento y 424 del código penal, y ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 458 del código penal, en perjuicio de M.V., W.C., J.C.D., J.A. y Y.P.. El delito de Homicidio Intencional Calificado previsto en el artículo 406 numeral 1° del código penal establece una sanción de prisión de quince (15) a veinte (20) años, cuyo término medio es diecisiete (17) años y seis (06) meses de prisión. El delito de Lesiones Personales Intencionales leves calificadas en grado de complicidad correspectiva, previstas en los artículos 416 cuya sanción es de tres (03) a seis (06) meses de arresto, 418 encabezamiento el cual establece un aumento de 1/6 a 1/3 parte de la pena y 424 establece una rebaja de 1/3 a la ½ de la pena; todos del código penal. El delito de Robo agravado previsto en el artículo 458 del código penal establece una sanción de diez (10) a diecisiete (17) años de prisión, cuyo término medio es trece (13) años y seis (06) meses de prisión. El artículo 89 del código penal establece que al culpable de uno o mas delitos que merecieren pena de prisión y de otro u otros que acareen penas de arresto….se le convertirán estas en la de prisión y se le aplicará sólo la pena de esta especie que mereciere por el hecho mas grave pero con el aumento de la mitad del tiempo correspondiente a la otra u otras penas de prisión en que hubiere incurrido y de la mitad también del tiempo que resulte de la conversión de las otras penas indicadas en la prisión. Tomando en consideración que el hoy acusado si registra antecedentes penales, al serle dictada en su contra sentencia condenatoria por la comisión del delito de Porte Ilícito de arma de fuego, no le es aplicable la circunstancia atenuante establecida en el artículo 74 numeral 4° del código penal, que permite la rebaja de la pena al limite inferior, en consecuencia a la mitad de la pena correspondiente al delito mas grave, a saber; Homicidio Intencional Calificado cuyo termino medio es diecisiete (17) años y seis (06) meses de prisión, se le suma la mitad del otro delito sancionado con pena de prisión en este caso el delito de Robo agravado, a saber, seis (06) años y nueve (09) meses de prisión, al igual se suma la mitad de lo resultado de la conversión de la pena de arresto a la de prisión, resultando Un (01) mes, tres (03) días y dieciocho (18) horas de prisión por los delitos de Lesiones intencionales leves calificadas en grado de complicidad correspectiva, siendo en definitiva la pena por cumplir de VEINTICUATRO (24) AÑOS, CUATRO (04) MESES, TRES (03) DIAS Y DIECIOCHO (18) HORAS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley previstas en el artículo 16 del código penal.

    El comportamiento antes descrito por el acusado Y.G.M. se subsume en lo contemplado en el artículo 470 encabezamiento del Código Penal, correspondiente al delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, cuya sanción es de prisión de tres (03) a cinco (05) años, cuyo término medio es cuatro (04) años de prisión y por cuanto el acusado no registra antecedentes penales le es aplicable la circunstancia atenuante establecida en el artículo 74 numeral 4° del código penal, lo que permite la rebaja de la pena al limite inferior, resultando en definitiva la pena a imponer de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN mas las accesorias de ley previstas en el artículo 16 del código penal.

    En relación al acusado I.J.B.M. imputado por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 458 del código penal, en agravio de M.V., W.C., J.C.D., J.A. y Y.P., y LESIONES PERSONALES LEVES CALIFICADAS en grado de complicidad correspectiva, previstas en el articulo 416 en concordancia con el articulo 418 y 424 del código penal, en agravio de M.R.V., W.C., J.C.A. y Y.P., del respectivo debate oral y público no surgió de ningún medio probatorio, elemento alguna que permitiera establecer responsabilidad penal alguna, siendo necesario para determinar la existencia de un delito, entendido como aquella conducta que objeta la vigencia de la norma penal que la tipifica, desaprobada por el ordenamiento jurídico, imputable a una determinada persona y que afecta bienes jurídicos derivados de la constitución, debe comprobarse en principio la realización de una conducta o acción humana que sea visible en el mundo exterior a través de la cual podamos catalogar como prohibida, adecuarla a un determinado tipo penal, no constando en el presente caso el relación al acusado J.I.B.M., solicitando incluso la representación fiscal se dictara a su favor sentencia absolutoria al no demostrar el Ministerio Público su culpabilidad en el debate oral, público y contradictorio, no habiéndose quebrantado el principio de presunción de Inocencia consagrado en el artículo 8 del Código Orgánico Procesal.

    DISPOSITIVA

    En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Unipersonal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, apreciadas las pruebas según la libre convicción y observando las reglas de la lógica y las máximas de experiencia, de conformidad a lo establecido en los artículos 366 y 367 ambos del código orgánico procesal penal, DECLARA, EN PRIMER LUGAR, CULPABLE al ciudadano J.L.P.G., venezolano, cédula de identidad N° 11.134.659, casado, antes era escolta del doctor R.D., hijo de J.P. y M.d.P., de 37 años de edad, nacido el 19-04-71, residenciado en Urb. La Vega. Vereda 1, N° 6, Trujillo, Estado Trujillo, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1 (por Alevosía) del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondía al nombre de R.E.C.T., LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES CALIFICADOS EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, en perjuicio de Y.P., J.A. y W.C., de conformidad con los artículos 416, 418 encabezamiento y 424 del código penal, y ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del código penal, en perjuicio de los ciudadanos W.C., J.C.D., J.A. y Y.p. respectivamente y se CONDENA a cumplir la pena de VEINTICUATRO (24) AÑOS, CUATRO (04) MESES, TRES (03) DÍAS Y DIECIOCHO (18) HORAS DE PRISIÓN y las accesorias legales correspondientes de conformidad con lo establecido en el articulo 16 del Código Penal. Segundo: Se declara Culpable al ciudadano Y.G.M., venezolano, titular de la cédula de identidad N° 12.953.746, casado, funcionario policial, hijo de H.G. y G.M., de 35 años de edad, nacido el 05-09-73, residenciado en Urb. La Vega. Vereda 1, N° 6, Trujillo, Estado Trujillo, por la comisión del delito APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, prevista en el articulo 470 del código penal, encabezamiento y se CONDENA a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN y las accesorias legales correspondientes de conformidad con lo establecido en el articulo 16 del Código Penal. Tercero: Se declara INOCENTE al ciudadano I.J.B.M., venezolano, cédula de identidad N° 12.721.440 (no porta), soltero, agricultor, hijo de B.M. e I.B., de 32 años de edad, nacido el 07-07-76, residenciado en F.d.P., sector primero de mayo, Las Malvinas, casa N° 10, Estado Trujillo, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del código penal, en agravio de los ciudadanos M.V., W.C., J.C.D., J.A. y Y.P., y LESIONES PERSONALES LEVES CALIFICADAS en grado de complicidad correspectiva, previstas en el articulo 416 en concordancia con el articulo 418 y 424 del código penal, agravio de M.R.V., W.C., J.C.A. y Y.P. y en consecuencia se DICTA SENTENCIA ABSOLUTORIA a favor del mismo, por cuanto el Ministerio Público no demostró su culpabilidad en el debate oral, público y contradictorio, no habiéndose quebrantado el principio de presunción de Inocencia consagrado en el artículo 8 del Código Orgánico Procesal Penal. Cuarto: Se exonera en costas a los acusados y al Estado Venezolano por cuanto la Justicia es gratuita, conforme a lo establecido en el artículo 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 26 eiusdem, según el cual el Estado garantizara una Justicia gratuita y que el Poder Judicial no está facultado para establecer tasas, aranceles, exigir pago alguno por sus servicios. Quinto: Se estima como fecha aproximada de cumplimiento de pena en relación al ciudadano J.L.P.G. el 02/09/2033. Sexto: Se estima como fecha aproximada de cumplimiento de pena en relación al ciudadano Y.G.M. el 29/04/2012. Séptimo: Se mantiene al ciudadano J.L.P.G. que resultó condenado en la presente sentencia en las mismas condiciones procesales hasta que el Tribunal de Ejecución decida lo conducente. Octavo: Por cuanto la pena impuesta en relación al ciudadano Y.G.M., no es superior a cinco años y quien ha resultado condenado en la presente decisión se encuentra en libertad, se mantiene en las mismas condiciones hasta que el tribunal de ejecución decida lo conducente, de conformidad a lo establecido en el artículo 367 del código orgánico procesal penal. Noveno: En relación al ciudadano I.J.B.M., cesa cualquier medida de coerción personal que pesare sobre el mismo. Se acuerda remitir las presentes actuaciones al tribunal de ejecución que corresponda transcurrido en lapso de ley. Dada, firmada y sellada en el Juzgado de Juicio N° 03 de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Circuito Judicial Penal, en Trujillo a los dieciocho (18) días del mes de mayo de dos mil nueve (2009).

    La Juez de Juicio N° 03

    Abg. Lexi Matheus

    La Secretaria,

    Abg. A.M.

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