La oralidad en el proceso laboral
Author | Carlos Hernández Contreras |
Position | Profesor de Derecho Laboral y Derecho de la Seguridad Social de la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (República Dominicana). Director General del Instituto de Estudios de Trabajo (República Dominicana) |
Pages | 217-242 |
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Carl os Hernández Contr eras
La oralidad en el proceso laboral
Carlos Hernández Contreras
Profesor de Derecho Laboral y Derecho de la
Seguridad Social de la Pontificia Universidad
Católica Madre y Maestra
(República Dominicana)
Director General del Instituto de Estudios de
Trabajo (República Dominicana)
Congreso Internacional de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Memorias y Comunicaciones.
Revista Derecho del Trabajo n° 5/2008 (extraordinario) 217-242
Sumario:
Introducción
I. ¿Dónde está ubicada la oralidad dentro de las ciencias
jurídicas?
II ¿En dónde radica la importancia del tema?
III. ¿Cómo vamos a abordar el tema?
Primera parte:
Origen, definición y manifestación de la oralidad en el proceso
laboral
I. ¿Cómo surge la oralidad en el proceso laboral?
II. ¿Qué ha determinado su renovada vigencia en el proceso?
III. ¿Cómo podríamos definir la oralidad del proceso laboral?
IV. ¿Es o no es un principio del Derecho Procesal del Trabajo?
V. ¿Cómo se manifiesta la oralidad dentro del proceso laboral?
VI. ¿Cabe alguna clasificación de la oralidad durante el proceso?
Segunda parte:
Apreciación crítica de la oralidad en el proceso laboral
I. ¿Cómo conciliar la oralidad con el principio de la
contradicción?
II. ¿Cuál es el grado de autonomía de la oralidad respecto a los
principios del proceso?
III. ¿Cumple la oralidad su cometido o dificulta la administración
de justicia?
A modo de conclusión
Bibliografía
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La oralidad en el proceso laboral
1Según nos refiere B. RÍOS SALMERÓN, citado por MONTOYA MELGAR, la oralidad en la Ley
Procesal Laboral española ha sido tomada del juicio verbal civil de la Ley de Enjuiciamiento
Civil. (Alfredo MONTOYA MELGAR. El principio de celeridad en los procesos laborales.
Encuentro Iberoamericano de Justicia Laboral, 24-25 de junio 1999, San José, Costa Rica.
Corte Suprema de Justicia y Sociedad Internacional de Derecho del Trabajo y de la Seguridad
Social).
Introducción
1. Generalidades.
Hay un tema que hoy en día está de moda; que es objeto de estudio
y debate entre los juslaboralistas latinoamericanos, y aunque es un tema
ya viejo y presente en el Derecho del Trabajo desde la creación de las primeras
normas de procedimiento ante los tribunales laborales, el mismo ha adquirido
una renovada actualidad, debido en parte, a las reformas introducidas en los
códigos y leyes de trabajo, e incluso en las constituciones de algunos de
los países de América Latina, a través de las cuales el Legislador ha requerido
una efectiva aplicación de La oralidad en el proceso laboral.
La presencia de la oralidad en los procedimientos ante jurisdicciones
de trabajo será pues, el tema de la presente disertación: ¿Qué se entiende
por juicio oral? ¿Cuándo un procedimiento es oral y cuando no lo es? ¿De
qué manera conviven e interactúan la oralidad y la escritura dentro del proceso
laboral? ¿Qué lugar ocupa la oralidad junto a principios del proceso tales
como la contradicción, la inmediación (o inmediatez), la concentración, etc.?
¿Cuál es el rol (razón de ser y finalidad) de la oralidad en el Derecho Procesal
del Trabajo?...Todo esto será materia de análisis y ponderación en lo que
sigue de la presente exposición.
I. ¿Dónde está ubicada la oralidad en las ciencias jurídicas?
2. Institución del proceso penal y proceso laboral.
En el mundo de las ciencias jurídicas encontramos a la oralidad dentro
de las normas de procedimiento, muy especialmente en el Derecho Procesal
Penal y en el Derecho Procesal Laboral. No está presente -salvo contadas
excepciones-1 en el Derecho Procesal Civil, cuyos procedimientos son
esencialmente escritos en contraposición a la oralidad:
* En el proceso civil las demandas e instancias se inician mediante
escritos y nunca mediante declaraciones verbales de las partes ante el
tribunal;
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