Decisión nº auto de Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Monagas y Delta Amacuro de Monagas, de 5 de Diciembre de 2014

Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2014
EmisorJuzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Monagas y Delta Amacuro
PonenteLeonardo Jimenez Maldonado
ProcedimientoMedida Autónoma De Protección A La Produc. Agraria

Maturín, 05 de Diciembre de 2014.

204º y 155º

Vista la diligencia del 21/11/2014 (Folio 131), suscrita por el alguacil temporal de este Tribunal Agrario, de la cual se infiere la imposibilidad de practicar la notificación del ciudadano CAMPERO AYALA C.A., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 5.390.009, asimismo, vista la diligencia suscrita el 04/12/2014 por la Defensora Pública Tercera Integral Indígena actuando en representación de la Organización Civil Colectivo Indígena KAAPUTAANO, mediante la cual solicita se libre cartel de notificación según lo que establece el articulo 223 del Código Procedimiento Civil, en consecuencia, esta Instancia Agraria, acuerda librar sendos carteles de emplazamiento, a los fines de que sean fijados, uno en la morada del prenombrado ciudadano, otro en las puertas de este Juzgado Superior Agrario y otro en un periódico de circulación regional, haciéndole saber al ciudadano CAMPERO AYALA C.A., antes identificado, que deberá comparecer a darse por notificado en el presente asunto, todo conforme a lo establecido en el Artículo 202 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Líbrense carteles

El Juez,

L.J.M..

La Secretaria,

M.L.V.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Conste.

La Secretaria,

M.L.V.

Exp. Nº 0344-2014. Medida provisional

LJM/MV-Hernan

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