Decisión de Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de Monagas, de 20 de Enero de 2016

Fecha de Resolución20 de Enero de 2016
EmisorJuzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo
PonenteMarvelys Sevilla Silva
ProcedimientoQuerella Funcionarial

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN EL ESTADO D.A.

Maturín, 20 de Enero de 2016

205º y 156º

ASUNTO: NP11-G-2016-000002

Vista la QUERELLA FUNCIONARIAL (Nulidad de Acto Administrativo), interpuesta por el ciudadano O.A.B.H., titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.550.732, asistido por la abogada Yulimar Sifontes, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 58.184, contra la OFICINA DE REGISTRO PÚBLICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DEL MUNICIPIO MATURÍN DEL ESTADO MONAGAS y SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS, este Tribunal se declara competente para conocer de la presente demanda de conformidad con lo previsto en los artículos 9 y 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y la Disposición Transitoria Primera de la Ley del Estatuto de la Función Pública en concordancia con el artículo 94 ejusdem; y por cuanto no se encuentra incursa en ninguna de las causales de inadmisibilidad prevista en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de revisar nuevamente dichas causales en la sentencia definitiva, en atención a lo establecido en el artículo 101 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, se ADMITE la referida querella en cuanto derecho se refiere, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 ejusdem.

En consecuencia, se ordena la citación del Procurador General de la República, para que comparezca por ante este juzgado a dar contestación a la querella, dentro del plazo de quince (15) días de despacho siguientes, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 99 de la Ley de Estatuto de la Función Pública, vencido como se encuentre el lapso de quince (15) días hábiles a que se refiere el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, más seis (06) días que se le conceden como término de la distancia, los cuales comenzaran a transcurrir a partir que conste en autos la citación debidamente practicada; asimismo, se acuerda remitirle a dicho funcionario, las copias certificadas correspondientes, ello, de conformidad con el artículo 81 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Notifíquese al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES DEL INTERIOR, JUSTICIA Y PAZ, a LA OFICINA DE REGISTRO PÚBLICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DEL MUNICIPIO MATURÍN DEL ESTADO MONAGAS y al SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS a fin de notificarles sobre la admisión de la presente querella funcionarial.

Asimismo, a los fines de notificar al Procurador General de la República, Ministerio Del Poder Popular Para Las Relaciones Del Interior, Justicia Y Paz, se comisiona amplia y suficientemente al Coordinador del Circuito Judicial de los Juzgados de Municipio del Área Metropolitana de Caracas.-

Finalmente, requiérasele al SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS (SAREN), de conformidad con el artículo 79 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; los antecedentes administrativos del caso, para lo cual se le concede un lapso de diez (10) días hábiles, haciéndole énfasis que por la omisión o retardo en la remisión del expediente administrativo, podrá ser sancionado con multa entre Cincuenta Unidades Tributarias (50 UT) y Cien Unidades Tributarias (100 U.T).- Cúmplase con lo ordenado.

Publíquese y regístrese.

Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior

Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con Competencia en el estado D.A., en Maturín, a los veinte (20) días del mes de enero de dos mil dieciséis (2016). Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación.

La Jueza,

MARVELYS SEVIILA SILVA

La Secretaria,

Niljos Lovera Salazar

En esta misma fecha, siendo las tres y veintiún minutos de la tarde (3:21 p.m.), se publicó y agregó la presente resolución a las actuaciones del expediente. De igual manera, se ordenó su inserción en el Sistema Juris 2000 por parte de la ciudadana Jueza, así como su correspondiente publicación en el portal informático http://monagas.tsj.gov.ve/. Dejándose la copia ordenada para el copiador correspondiente. Conste.

La Secretaria,

Niljos Lovera Salazar

MSS/NLS/nn.-

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