Sentencia nº 0615 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala de Casación Civil de 28 de Octubre de 2005

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2005
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala de Casación Civil
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto que establece lapso para la contestación

Caracas, 28 de octubre de 2005

Años: 195º y 146º

Visto el escrito presentado en fecha 20 de octubre del año que discurre, por el profesional del derecho T.C.R., en su carácter de co-apoderado judicial de la sociedad que se distingue con la denominación mercantil Shell Oil Company; este Juzgado de Sustanciación a objeto de dar cumplimiento al contenido y alcance de los artículos 49 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y 10 del Código de Procedimiento Civil, para garantizar el derecho a la defensa y el buen desarrollo del proceso, estima pertinente pronunciarse en relación a la oportunidad en que se debe efectuar el acto de contestación de la solicitud de exequátur que cursa en este expediente, distinguido con el N° AA20-C-2004-000673. En tal sentido, no obstante, que la fijación de dicho lapso fue determinado en el auto de admisión, deja expresamente establecido que la misma deberá efectuarse dentro de los diez (10) días despachos siguientes a que conste en autos la última de las citaciones ordenadas contra las personas que se pretende obre la ejecutoria de la sentencia dictada en fecha 11 de diciembre de 2002, por el Juzgado Tercero Civil del Distrito de la ciudad de Managua de la República de Nicaragua. En consecuencia, queda entendido que las ya consumadas conservan vigencia bajo el principio de la citación única de que las partes quedan a derecho (art. 26 c.p.c.). En cuanto a los demás pedimentos contenidos en el mentado escrito, se resolverá oportunamente lo que en derecho corresponda.

El Presidente de la Sala,

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C.O. VELEZ

El Secretario,

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ENRIQUE DURÁN FERNÁNDEZ

Exp. AA20-C-2004-000673

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