Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sucre (Extensión Cumaná), de 28 de Febrero de 2007
Fecha de Resolución | 28 de Febrero de 2007 |
Emisor | Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución |
Ponente | Yasmore Peña |
Procedimiento | Auto De Ejecución |
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
Cumaná, 28 de Febrero de 2007
196º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : RL01-P-1997-000011
ASUNTO : RL01-P-1997-000011
Visto el Oficio Nº U.T.A.S.P. 03- Cná. 2007-111, procedente de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, Región Oriental Nº 03, Cumaná, Estado Sucre, en el cual informa a este Juzgado sobre “… que el 23/02/2007, venció el lapso fijado para el cumplimiento de las Condiciones impuestas cuando se le otorgo la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena como es la L.C. otorgado en fecha 21/08/2003 a la Ciudadana E.J.R., titular de la cédula de identidad N° V.- 8.432.524. … cumplió con las indicaciones impartidas por su Delegado de Prueba y asistió con puntualidad a las entrevistas pautadas… en general, podría afirmarse que la probacionaria respondió satisfactoriamente a las exigencias del Régimen de Prueba otorgado…”; es por lo que este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad a los fines de proveer sobre el contenido del Oficio en cuestión, previa revisión de las actuaciones que conforman la Causa Penal Nº RL01-P-1997-000011 y constatado que ha trascurrido el tiempo necesario para que se cumpla totalmente la pena impuesta a la penada E.J.R., titular de la cédula de identidad N° V.- 8.432.524. quien fue condenada por el Suprimido Juzgado Superior Penal del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial en fecha 03/02/2003 a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS. previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, Este Tribunal a efectos de resolver la situación jurídica de esta Ciudadana ya identificada y declarar extinta la pena, observa lo siguiente:
La penada E.J.R., titular de la cédula de identidad N° V.- 8.432.524. fue condenada por el Suprimido Juzgado Superior Penal del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial en fecha 03/02/2003 a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS. previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
En fecha 29/04/1999, se ejecutó la sentencia condenatoria de la penada E.J.R., titular de la cédula de identidad N° V.- 8.432.524.
La penada E.J.R.,, antes identificada se le Acuerda la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena como es la L.C. en fecha 21/08/2003 por el lapso de TRES (03) AÑOS, SEIS (06) MESES, TRES (03) DÍAS y DOCE (12) HORAS de Prisión mas las accesorias de Ley. Señalándose que vencen el 23/02/2007.
En consecuencia, al verificar que ha transcurrido el lapso de cumplimiento de la totalidad de pena impuesta y el cumplimiento de las condiciones impuestas por el tribunal, tal y como se evidencia de Oficio Nº U.T.A.S.P. 03- Cná. 2007-111, procedente de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, Región Oriental Nº 03, Cumaná, Estado Sucre suscrito por la Jefe de la Unidad Técnica Lic. Carmen Osuna. Este Tribunal Primero de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara cumplida y por consecuencia extinta la pena corporal de la penada E.J.R., titular de la cédula de identidad N° V.- 8.432.524 quien fue condenada por el Suprimido Juzgado Superior Penal del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial en fecha 03/02/2008 a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS. previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. y Se ACUERDA:
Oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de la Región Oriental remitiéndole Copia Certificada de la Presente decisión.
Ofíciese a los Órganos de Seguridad del Estado, a los fines que la prenombrada ciudadana sea excluida del sistema de SIIPOL en cuanto a la presente causa.
Se fija 06/03/2007 A LAS 9:30 AM. a los fines de la imposición de la presente decisión. Notifíquese a las partes y a la penada para que acudan a este Tribunal el día y hora indicados. Se ordena remitir las presentes actuaciones al archivo central a los fines de su guarda y custodia. Cúmplase.
LA JUEZA PRIMERO DE EJECUCION
M.M.S.
El Secretario
LUIS ALFREDO PRIETO