Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Lara (Extensión Barquisimeto), de 15 de Diciembre de 2004

Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2004
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
PonenteAntonio Martinez
ProcedimientoExtinción De La Acción Penal

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución de Barquisimeto

Barquisimeto, 15 de Diciembre de 2004

Años: 194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2001-000145

Por cuanto se evidencia en autos que el Penado E.A.P., titular de la Cédula de Identidad No. 7.410.841, fue condenado a cumplir la pena de UN AÑO, OCHO MESES Y DOS DÍAS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de EJERCICIO ILEGAL DE LA MEDICINA Y FALSIFICACION DE TITULO, previstos y sancionados en los artículos 215 y 322 del Código Penal; Por lo que para la presente fecha cumplió totalmente la pena bajo el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA.

D I S P O S I T I V A

Por lo expuesto y en virtud de lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL por el cumplimiento de la condena al Ciudadano E.A.P., titular de la Cédula de Identidad No. 7.410.841 habiendo finalizado la pena impuesta. Líbrese Boleta de L.P.. Notifíquese al Fiscal Decimotercero del Ministerio Público, y al Penado. Remítase el presente Asunto al Archivo Judicial, a los fines de su conservación y archivo. Cúmplase.

El Juez de Ejecución Nº 1

El Secretario, (a)

Abg. A.M.B.

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